NACIONAL»4
SISTEMA JUDICIAL
ESTÁ AL BORDE DEL COLAPSO, SEGÚN
MARIO GODOY

El presidente del Consejo de la Judicatura compareció a la Asamblea Nacional.

NACIONAL»4
SISTEMA JUDICIAL
ESTÁ AL BORDE DEL COLAPSO, SEGÚN
MARIO GODOY
El presidente del Consejo de la Judicatura compareció a la Asamblea Nacional.
100 estudiantes culminaron sus estudios, gracias al servicio de Nivelación y Aceleración Pedagógica (NAP).
REGIONAL»7
MINISTROS DE ESTADO, EN TERRITORIO
DEL DERRAME DEL SOTE PODRÁ DEMORAR
Ministros del ministerio del MAATE y Salud Pública, visitaron Wanpuink, para la entrega de viabilidades técnicas, para proyectos de agua en Taisha. Las comunidades locales están molestas con la demora en los trabajos.
Editorial Los últimos acontecimientos experimentados en planteles educativos en especial de la ciudad de Quito, encendieron las alarmas de las autoridades que analizan reformas profundas a la Ley de Educación con el propósito de evitar hechos mayores que las familias tengan que lamentar.
para realizar los controles pertinentes?,Existe la predisposición de los padres de familia para estos controles?
El 19 de junio, dos adolescentes ingresaron con un arma de fuego a una institución educativa, y uno de ellos disparó, presuntamente con la intención de agredir a algún funcionario, compañero o docente de la institución. Un día después dos estudiantes se enfrentaron a golpes con matices de mucha violencia que causaron graves daños a una de ellas.
Estas situaciones llama a la reflexión sobre el control que deben ejercer las autoridades del plantel en cuanto tiene de que ver al ingreso de armas, o sustancias sujetas a fiscalización. Surgen entonces algunas interrogantes: ¿hay protocolos establecidos
Opinión
Consideremos que ante la escalada de violencia los planteles educativos incrementen si no los tienes estos tipos de controles o protocolos en los accesos, con lo cual se garantiza la seguridad de quienes permanecen en los interiores. El otro punto no menos importante es contar con el consentimiento de los padres de familia, para que realicen revisión a mochilas y bolsos.
Lamentablemente la pérdida de autoridad de los profesores sobre los alumnos es un problema que se ha agravado en los últimos años, afectando la dinámica del aula y el proceso de aprendizaje. Esta situación se manifiesta en una disminución del respeto hacia la figura del docente y una mayor dificultad para mantener la disciplina y el orden en las aulas .Esto indudablemente en cierta
forma coacciona a las autoridades de los planteles incluidos al mismo Ministerio de Educación para dictaminar controles y reglamentos en los cuales se incluyan a los estudiantes, por lo que ahora de todo se requiere la figura del “consentimiento”.
Es muy importante también mejorar el entorno familiar de los niños, jóvenes y adolescentes, que los mismo se conviertan espacios de paz, y amor, y no de guerra y violencia. Para esto es crucial que los padres impartan buenos patrones de conducta, creando conciencia para sembrar en nuestros hijos modales como: la bondad, respecto, honestidad, y sobre todo amor propio. Recordemos ecuatorianos que los carteles y grupos que generan violencia en el país están agazapados y actuando de manera ágil, primero para expandir el mercado de venta de drogas, segundo para captar menores de edad para sus propósitos malévolos.
Por: Wagner Jaramillo M
La felicidad señala la perfecta satisfacción, la plenitud del hombre que ha alcanzado el completo desarrollo de su ser verdadero, en plena conformidad consigo mismo y con el orden del cosmos También podemos definir a la felicidad como estado emocional de una persona feliz. Es la sensación de bienestar y realización que experimentamos cuando alcanzamos nuestras metas, deseos y propósitos. Pero que tan difícil o sencillo es vivir una vida plena y satisfactoria. Por siempre se ha relacionado a la felicidad con el poder del dinero, en otras palabras “si tengo dinero soy feliz”, sin embargo esta aseveración no siempre es una verdad, pues mucho entendidos sostienen que la verdadera felicidad esta en apreciar las pequeñas cosas, los eventos sencillos, y situaciones aparentemente insignificantes
que pueden terminar llenando de mucha felicidad a la vida de los individuos.
La percepción sobre la felicidad es subjetiva, esta influenciada por condicionamientos conscientes e inconscientes, que nos llevan a sentirla o no, y a presentarnos a otros como felices o no.
Pese a la subjetividad que acompaña a la felicidad, acaba de lanzarse un informe sobre cómo éste concepto influye en cada uno de los países del planeta, el Word Happiness Report 2024, elaborado por Gallup, Universidad de Oxford, la Red de Soluciones para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. En este Ranking que incluye a 143 países, Finlandia encabeza la lista como el país más feliz del mundo, por séptimo año consecutivo, esto lo alcanzo capitalizando esta ubicación para atraer visitantes a quienes los invita a compartir el estilo de vida de sus habitantes.
Otro aspecto importante para Finlandia fue lograr una relación muy estrecha de los habitantes con la naturaleza y los beneficios de vivir en armonía con ella, entre ellos la relajación, de cuerpo mente para alcanzar el equilibrio del estado mental. Así también es fundamental encontrar la conexión con la naturaleza a través de incorporarla.
Al referirnos a los países latinoamericanos, el estudio demostró que Costa Rica es el país más feliz de esta parte del mundo ocupando la casilla 12. Ecuador ocupa el puesto 74 en este listado, considerando datos como la expectativa de vida, el Producto Interno Bruto y encuestas individuales sobre autopercepción de bienestar. Si Finlandia encontró la fórmula para encontrar la felicidad, deberíamos seguir su ejemplo; esto es relacionarnos de mejor forma con la naturaleza y sus componentes.
Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota
Director–Editor: Roberto Ratti
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Corresponsales: Carlos Navarrete y Fausto Campos
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Circulación del 29 de junio al 05 de julio de 2025
Según Petroecuador, la medida representa un ahorro de USD 1,71 millones anuales. Gremio de trabajadores del sector energético rechaza el despido de los 70 trabajadores de la estatal petrolera.
Petroecuador anunció el 24 de junio de 2025 que ha desvinculado a 70 funcionarios, como parte de un proceso de revisión de estructuras salariales. Esta es una de las empresas públicas que tenía más funcionarios con "sueldos dorados", según mencionó el Ministerio de Trabajo.
La medida representa un ahorro de USD 1,71 millones anuales, informó Petroecuador a través de un comunicado.
"Este grupo corresponde a casos de personal sobrevalorado, que presentan distorsiones salariales superiores al 100%, respecto al valor de sus puestos, establecidos en la tabla salarial vigente", detalla la empresa estatal. Incluso, en algunos casos, las remuneraciones de los funcionarios desvinculados superaban a las de los gerentes y subgerentes de la empresa. Las partidas sobrevaloradas serán eliminadas,
indicó Petroecuador en el comunicado.
"El proceso se fundamenta en un análisis técnico, sustentado en la normativa vigente, y respeta de manera estricta los derechos laborales", dice el comunicado. Además, fueron excluidos de la medida los trabajadores de los grupos prioritarios, como personas con discapacidad, con enfermedades catastróficas, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia.
La Asociación Nacional de Trabajadores de la Energía y el Petróleo (Antep) rechazó el despido de los 70 trabajadores de Petroecuador, señalando que el comunicado publicado por la petrolera estatal busca "manchar la reputación de quienes han entregado décadas de servicio al país".
Según la Antep, muchos de los trabajadores cesados son técnicos con más de 30 años de experiencia,
que ingresaron a la estatal tras la nacionalización de campos que estaban bajo operación privada, por lo que mantuvieron derechos adquiridos previamente, como sus salarios. En un comunicado, difundido el 24 de junio, la asociación gremial asegura que en Petroecuador hay "cientos de trabajadores que ganan menos de lo que establece la tabla salarial".
En marzo de 2024, el Ministerio de Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2024-039, que establece que el sueldo de los trabajadores del sector público, incluyendo a las empresas públicas, no puede ser mayor que el del Presidente.
La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, había informado que había "sueldos dorados" en varias empresas públicas, incluyendo a Petroecuador. También mencionó a la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) y la Corporación Eléctrica de Ecuador (CELEC). Periódico Primic ias
Lago Agrio.- El derrame de crudo ocurrido el 16 de junio en el sector de El Reventador, provincia de Sucumbíos, ha generado malestar entre las comunidades
locales. Han pasado ya, más de 10 días desde que un aluvión provocó la rotura del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE), desplazando la tubería 20 metros fuera de su eje. Aunque la magnitud del derrame aún no se determina con exactitud, se estima que al menos 5.000 barriles de crudo han sido vertidos en la zona, afectando principalmente al río Coca.
El hidrocarburo sigue drenando desde las laderas cercanas, cubiertas por deslaves, sin contención suficiente. Las lluvias constantes agravan la situación e impiden el control del derrame.
Petroecuador ha informado que los trabajos de remediación ambiental podrían demorar algunos días más, argumentando que las condiciones climáticas dificultan las labores de limpieza y representan riesgos operativos. Aunque la empresa estatal ha colocado barreras de contención en el río y ha intervenido puntos críticos, admite que el inicio completo de la restauración ambiental sigue condicionado al clima.
Ecuavisa informó que, frente a esta falta de avances concretos, las comunidades locales han empezado a movilizarse. Esta semana, un grupo de comuneros
bloqueó una vía principal como medida de presión, exigiendo una respuesta inmediata. El gobernador de Sucumbíos, Wuilmer Mora, confirmó que ya se cuenta con un estudio preliminar del daño ambiental, pero solicitó una nueva prórroga para iniciar los trabajos, que vence el próximo martes. Como parte de los compromisos alcanzados, Petroecuador ofreció contratar mano de obra local para las labores de remediación y analiza el uso de maquinaria adicional según las condiciones del terreno.
Fuente El Oriente
El martes 24 de junio, la Corporación Financiera Nacional CFN B.P. Cumplió con la Rendición de Cuentas 2024, conforme al mandato de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) de informar a la ciudadanía con responsabilidad respecto a los avances y resultados de la gestión de la entidad. La presentación fue dirigida por la Gerente General encargada, María Isabel Moncayo, quien destacó los avances significativos en transformación institucional, inclusión financiera y apoyo a los sectores productivos del país. Los objetivos de la gestión 2024 estuvieron enmarcados en la misión de contribuir a la transformación del modelo productivo nacional,
otorgando soluciones financieras y asegurando el desarrollo integral de oportunidades, dijo la expositora. Moncayo detalló que la CFN colocó USD 418 millones, beneficiando a 17.233 empresas del sector productivo; de esos recursos, el 60% fue destinado a proyectos liderados por mujeres.
La entidad, además, se consolidó como banca de desarrollo mediante acciones claves como:
Ì La implementación de mecanismos de alivio financiero, destinados a sectores afectados por la coyuntura económica.
Ì El impulso a la recuperación de cartera, con resultados positi-
vos en sostenibilidad financiera de la institución
Ì La gestión efectiva del Fondo Nacional de Garantías, facilitando el acceso al crédito para miles de ecuatorianos.
Ì La colaboración con organismos multilaterales, garantizando liquidez y apoyo técnico.
Ì La obtención de la calificación de riesgo AAA-, reflejo de una gestión financiera sólida y confiable.
“La CFN reafirma su compromiso como banca de desarrollo al servicio del país. 2024 fue un año clave para transformar, estabilizar y proyectar una institución sólida, transparente y cercana a la ciudadanía”, destacó María Isabel Moncayo, gerente general encargada. Gracias al fortalecimiento de su estructura, esta banca de desarrollo pudo generar acceso e inclusión financiera con más de 18,000 operaciones en las 24 provincias del Ecuador mediante el esquema de Segundo Piso. La CFN B.P. aportó a la dinamización de la economía mediante su portafolio de inversiones, el cual se situó en USD 1,251 millones,
lo que representa un aumento del 24.4% respecto al año anterior.
La entidad, también impulsó procesos de transformación digital, mejora regulatoria y fortalecimiento del gobierno corporativo. Asimismo, mediante su Programa de Educación Financiera capacitó a 7.307 personas de todo el país mediante talleres presenciales y módulos en línea; el 49% de los capacitados fueron mujeres. Los contenidos impartidos abarcaron temas fundamentales como: derechos y obligaciones del usuario financiero, elaboración de presupuestos personales, productos y servicios del sistema financiero ecuatoriano, manejo prudente del crédito, educación financiera dirigida a escolares, estructura y formulación de planes de negocio, así como herramientas para la administración de riesgos. Siguiendo los lineamientos del presidente Daniel Noboa, la Corporación Financiera Nacional continuará proyectando nuevos desafíos para 2025, enfocados en innovación, inclusión y alianzas estratégicas que permitan aumentar el apoyo a los sectores productivos e impulsen el desarrollo económico de El Nuevo Ecuador.
Sistema Judicial está al borde del colapso, según
Quito.- El presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Mario Godoy, compareció el 25 de junio, ante la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional. Expuso la crítica situación que atraviesa la Función Judicial, declarando una emergencia estructural sin precedentes. “Estamos frente a un colapso procesal insostenible”, advirtió, al revelar un déficit de 753 jueces en todos los niveles del sistema.
Godoy sostuvo que más del 50 % de las dependencias judiciales
del país se encuentran en estado crítico o de alerta, afectadas por infraestructura deteriorada, carencia de tecnología, falta de insumos básicos y sobreacumulación de procesos. De las 437 unidades judiciales, 166 operan sin personal suficiente y bajo amenaza del crimen organizado. Presentó imágenes y estadísticas que respaldan su declaración, señalando también que el 89 % de los equipos de red están descontinuados, lo que hace vulnerable al sistema informático judicial. “Se ha optimizado el
recurso hasta el último centavo”. También defendió la actuación de jueces honestos y explicó que se ha procedido con sanciones en casos emblemáticos como Purga, Metástasis y Plaga, que evidencian infiltraciones del narcotráfico y la corrupción. Agregó que, cuando no se comprueben faltas, los jueces separados serán reintegrados con sus haberes. El proceso de fiscalización continúa, mientras el país observa con preocupación cómo se tambalean los cimientos de su justicia.
Circulación del 29 de junio al 05 de julio de 2025
La Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura (CJ) de Sucumbíos realizó el evento deliberativo de rendición de cuentas ante la ciudadanía, este 23 de junio de 2025. La actividad se realizó de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.
El director provincial de Sucumbíos, Gustavo Cueva expuso los detalles de la gestión realizada por la administración de justicia durante el año 2024 en concordancia al Plan Estratégico de la Función Judicial 2019-2025, basados en sus cuatro líneas de acción. Lucha contra la corrupción; Fortalecimiento institucional a través de la capacitación evaluación y tecnificación de los servidores judiciales; Independencia judicial y control disciplinario y Fortalecimiento de mecanis -
mos de prevención y sanción en casos de violencia sexual contra niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Gustavo Cueva, señaló que la Mesa Provincial de Justicia, en el 2024 se acordó estrategias integrales para fortalecer la seguridad y la lucha contra la corrupción a través de la coordinación y la atención de los delitos.
Explicó, que la oficina de Mediación logró resolver 587 casos a través del diálogo, contribuyendo a reducir en un 22,62% la carga del sistema judicial y generando un ahorro de alrededor de doscientos sesenta mil dólares para el Estado.
“Durante el 2024 en Sucumbíos, se registraron importantes avances en la gestión judicial, se realizaron 3.099 citaciones y un
total de 12.819 escritos ingresados de las causas en trámite”, aseveró Gustavo Cueva.
La Mesa de Justicia y Género, desarrolló una hoja de ruta en conjunto para establecer un protocolo claro y eficiente para la atención y protección de las víctimas de violencia de género, además se trabajó en proyectos de capacitación.
La Dirección Provincial del CJ de Sucumbíos en coordinación con la Escuela de la Función Judicial capacitaron virtualmente a alrededor de 210 abogados en libre ejercicio y estudiantes de derecho, sobre COGEP y COIP.
El Consejo de la Judicatura, como órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial, ratifica su compromiso con el Estado de Derecho, la democracia y el respeto a la Constitución.
Con un presupuesto de 26’661.000 dólares que tuvo en el año 2024, la Dirección Distrital de Educación, 21D02 Lago Agrio y una cobertura del 98,84%, (26’351.000 dólares); la entidad satisfizo la demanda
de gastos en el año 2024 y que fue motivo de la rendición de cuentas, que realizó el director, licenciado Freddy Alarcón, rendición que se dio el jueves 26 de junio, en el Salón de la Ciudad, en Nueva Loja.
Estos recursos invertidos en diversas áreas de mejoramiento de infraestructura, sueldos de docentes y más gastos, fueron dirigidos a 31.977 estudiantes que corresponden al Distrito Lago Agrio, es decir la capital cantonal, Nueva Loja y parroquias rurales del cantón. Siendo la de mayor cobertura a estudiantes de educación fiscal, a 27.369 estudiantes, educación fiscomisional con 2.629 estudiantes y la particular, con 1.981.
De hecho, Alarcón resaltó el aporte de instituciones que han sido parte del desarrollo del distrito de educación; es el caso del municipio de Lago Agrio, con su alcalde Abraham Freire, cuyo aporte ha siso tmportante, en infraestructura escolar, mediante la construcción de aulas, blo-
que de aulas y otros; entrega de becas para estudiantes; entrega de laptops, mochilas, han sido un gran aporte para docentes y estudiantes.
De parte de las petroleras, Alarcón destacó la presencia de Pablo Sánchez, representante de Orión, quienes también han sido parte de importante aporte en beneficio de la educación, dijo Alarcón.
Freddy Alarcón, dijo estar satisfecho del trabajo realizado en el 2024, “ha sido un trabajo en equipo y con buenos resultados” dijo. No obstante, hay mucho por hacer, añadió.
A esta rendición, asistieron docentes estudiantes, de instituciones como el Mies y más, quienes dijeron estar satisfechos de la labor del director distrital y el distrito mismo.
Ministra de educación, presente en clausura del año lectivo, del programa educativo de “nivelación y aceleración pedagógica” en Lago
100 estudiantes culminaron sus estudios, gracias al servicio de Nivelación y Aceleración Pedagógica (NAP).
Lago Agrio.- Con un emotivo acto en Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, el Ministerio de Educación reconoció a 100 estudiantes que culminaron la Educación Básica Superior. Lo hicieron gracias al Servicio de Nivelación y Aceleración Pedagógica (NAP), una iniciativa que apoya la reinserción escolar de jóvenes en situación de vulnerabilidad, especialmente madres y padres adolescentes.
La jornada contó con la participación de la ministra Alegría Crespo, autoridades zonales, representantes de Unicef, docentes y familias.
El evento destacó historias de superación como la de Yislainer Bazurto, de 15 años de edad, quien afirmó: “Regresar a clases luego de ser madre, fue una de las decisiones más difíciles de mi vida. Hoy estoy culminando mis estudios a través del NAP”.
Los estudiantes asistieron a espacios comunitarios seguros en zonas rurales como Jesús de Nazareno, Puyupungo, Cofán Dureno y otras, donde se desa-
rrollaron procesos formativos adaptados a sus necesidades.
PRESENCIA DE LA MINISTRA
Alegría Crespo, junto a su equipo de coordinación pedagógica, llegaron a una de las canchas de parque Recreativo Nueva Loja, donde se dio el evento; los recibieron el alcalde Abraham Freire y más autoridades, como Freddy Alarcón, de la Dirección Distrital
de Educación Lago Agrio 21D02 y representantes de Unicef, HIAS, fundación Humboldt Zentrum que también asistieron a la clausura del año lectivo de los 100 estudiantes, en estado de vulnerabilidad, que, gracias al Programa Educativo de Nivelación y Aceleración Pedagógica, NAP, pudieron retomar sus estudios, gracias a la iniciativa del Ministerio de Educación e instancias que también aportaron para el desarrollo de este programa. El evento de clausura se dio el martes 24 de junio en una de las canchas de parque Recreativo Nueva Loja, de esta ciudad: Nueva Loja. Los 100 estudiantes de comunidades de la provincia de Sucumbíos, chicos y chicas en estado de vulnerabilidad, asistieron a esta ceremonia, donde recibieron sus respectivas certificaciones simbólicas de haber terminado este año lectivo. Chicos, mujeres adolescentes, algunas de ellas con
sus niños en brazos, embarazadas, estuvieron es esta clausura, a la que asistió la ministra, quien, en primera instancia felicitó a los estudiantes y a la vez, agradeció a instancias que fueron parte del programa.
Al evento asistieron además representantes de la prefectura, de gobernación y otras instancias de educación de la provincia. De parte de la municipalidad de Lago Agrio, el alcalde Abraham Freire y su esposa Elena Tituana, le dieron obsequios representativos de la nacionalidad Cofán y otros, tanto a la ministra Alegría Crespo, como al viceministro Jaime Medina.
Durante su visita, Crespo también supervisó obras en la Unidad Educativa Jorge Añazco, en Nueva Loja, que recibió dos nuevas aulas por $ 70.000, y la Unidad Educativa Sebastián de Benalcázar, en la parroquia El Eno, que fue dotada de mobiliario por $ 25.000.
En un acto realizado en la comunidad de Wanpuink, parroquia Huasaga del cantón Taisha, el gobernador de Morona Santiago, William Gómez, acompañó a María Luisa Cruz Riofrío, Ministra del Ambiente Agua y Transición Ecológica, MAATE; Juan Bernardo Sánchez, Ministro de Salud Pública; y a Segundo Miguel Vásquez Calahorrano, vi-
ceministro de Inclusión Social del MIES, en la entrega de viabilidades técnicas y equipos de purificación de agua, en beneficio de tres comunidades del sector: Chiarentza, Ishpink y Pumpuntsa. Durante el encuentro con la ciudadanía, se oficializó la viabilidad técnica para los proyectos de construcción de unidades básicas sanitarias (UBS) en las
comunidades mencionadas, emitidas por el MAATE, a través de la Subsecretaría de Agua Potable, Saneamiento, Riego y Drenaje.
Este documento forma parte del proceso de aprobación de los proyectos de saneamiento básico que serán ejecutados, en el segundo semestre del año fiscal por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Taisha, en respuesta a solicitudes ciudadanas, históricamente olvidadas.
La ministra María Luisa Cruz, aseguró que, por disposición del presidente Daniel Noboa, se dará trámite prioritario a todos los proyectos de saneamiento, presentados desde el cantón Taisha y se comprometió a viabilizarlos durante el presente mes. “Estamos en territorio, porque queremos que los pueblos de las nacionalidades, Shuar y Achuar, reciban por fin, la atención que merecen. Este ha sido un cantón olvidado, y es momento de saldar esa deuda histórica” manifestó.
Por su parte, el ministro Sánchez, reafirmó el compromiso del Gobierno Nacional, con la salud
a 23 asociaciones
ra Chinchipe. Es un esfuerzo por fortalecer la gobernanza minera y combatir la extracción ilegal de minerales,
El acto tuvo lugar en el coliseo Luis Felipe Borja de Alcázar de Zamora. Contó con la presencia del viceministro de Minas, Javier Subía, quien subrayó que “este proceso dignifica la labor de los pequeños mineros”.
Del total de asociaciones formalizadas, 18 corresponden al régimen de pequeña minería y 5 a minería artesanal. La legalización de estas actividades no solo permite el acceso a financiamiento, asistencia técnica y mercados
y el bienestar de las comunidades amazónicas. “Esta visita responde al mandato del presidente Daniel Noboa, de estar presentes personalmente, para atender necesidades urgentes, como el acceso al agua limpia. Taisha es una prioridad y vamos a garantizar condiciones dignas para nuestros pueblos”, señaló.
Este gobierno, cumple con hechos, priorizando el agua, la salud y la dignidad de los pueblos amazónicos, explicó el ministro Juan Bernardo Sánchez.
regulados, sino que también incrementa la productividad y garantiza precios más justos para sus productos.
Además, se estima que este proceso tendrá un impacto positivo en las economías locales, al promover la generación de empleo indirecto, el pago de impuestos y la dinamización de las comunidades de influencia minera.
La iniciativa forma parte de una política estatal que busca consolidar una minería responsable, ambientalmente sostenible y alineada con las necesidades sociales del país.
ilegal en una zona donde se evidencian grandes excavaciones y destrucción de la vegetación.
El Gobierno ecuatoriano ha señalado que está empeñado en combatir la minería ilegal, en la que asevera están involucrados grupos de delincuencia organizada.
En el Alto Punino han proliferado en los últimos años los campamentos de mineros ilegales de oro, que se encuentran en el límite entre las amazónicas Napo y Orellana, separadas de Colombia por la provincia de Sucumbíos
La resolución establece una tarifa de "supervisión y control" que deberá ser abonada una o dos veces al año, en función del tamaño de las empresas. Las grandes y medianas pagarán semestralmente, mientras que las más pequeñas tendrán solo un pago único.
Quito.- Doce personas fueron detenidas durante un operativo en el que se desmanteló un campamento de minería ilegal en una provincia del sur de Ecuador fronteriza con Perú, donde se inhabilitó también maquinaria pesada y se decomisó materiales, según informó este martes el Ministerio de Defensa Nacional.
El operativo se desarrolló en la amazónica provincia sureña de Zamora Chinchipe median-
te "tecnología especializada" que permitió identificar las actividades de minería ilegal en la ribera del río Zamora, de acuerdo al mismo Ministerio.
Entre las evidencias halladas en el operativo figuran cinco retroexcavadoras, 500 galones (unos 1.892 litros) de diésel y cinco motores de succión, entre otros.
En sus redes sociales, el Ministerio publicó videos en los que se aprecian las labores de extracción
El pasado viernes entró en vigor una tasa minera, planteada para recaudar fondos que permitan un mayor control y lucha contra la minería ilegal, pese al rechazo tajante de la Cámara de Minería (CME), que agrupa a las principales empresas del sector, quienes advierten una posible pérdida de competitividad ante los valores que estiman que deberán abonar.
El importe se establecerá a través del cálculo efectuado por la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom, dependiente del Ejecutivo)" y supondrá un porcentaje del salario básico de Ecuador (470 dólares) que variará en función del número de hectáreas mineras de las que dispongan las empresas.
Estos porcentajes irán desde el 3 % al 100 % de los 470 dólares, siendo las fases de exploración más caras. Además, el primer pago debe efectuarse antes de que termine julio próximo.
Con la tasa minera, el Gobierno pretende recaudar 229 millones de dólares al año para destinarlo a labores de vigilancia, fiscalización y control ambiental del sector.
EFE
Puyo.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) invirtió más de $ 550 mil durante 2024 para fortalecer el sector agropecuario en la provincia de
Pastaza. Benefició a más de 3.000 productores locales.
Entre los logros más destacados está la entrega de 60 títulos de propiedad rural, que legalizan 464
hectáreas en los cantones Pastaza, Mera, Santa Clara y Arajuno. Además, se impulsó el reconocimiento de territorios ancestrales mediante ocho jornadas de socialización de la Ley de Tierras con pueblos indígenas.
En el área de capacitación, 2.078 productores fueron instruidos en buenas prácticas agrícolas y pecuarias. Se brindaron casi 3.800 asistencias técnicas y se entregaron 250 paquetes tecnológicos. También se entregaron ocho Unidades Móviles Agropecuarias (Umas).
En el sector ganadero, se formaron 75 productores en escuelas de fortalecimiento pecuario. Se distribuyeron kits tecnológicos y
se realizaron 40 inseminaciones artificiales.
En cuanto al sector forestal, se otorgaron 15 licencias de aprovechamiento y se creó un vivero comunitario en Curaray, en alianza con Pluspetrol.
Además, se promovió la Agricultura Familiar Campesina (AFC) con 11 comunidades de aprendizaje, 131 registros en el sistema SIRUS y ventas por más de $ 280 mil a través de circuitos alternativos.
Alba Breedy, directora distrital del MAG, reafirmó el compromiso institucional con el desarrollo del agro amazónico. “El compromiso ha sido siempre con el pequeño y mediano productor”.
La petición fue presentada a nombre de la Federación de Comunas Unión de Nativos de la Amazonia Ecuatoriana.
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Quito.- Las comunidades del pueblo indígena kichwa afectadas por un derrame de petróleo de al menos 15.800 barriles en 2020 en la Amazonia ecuatoriana solicitaron entablar un diálogo "intercultural" con instituciones estatales en sus mismos territorios, como garantía de sus derechos.
Así lo solicitaron al juez multicompetente de la amazónica
provincia de Orellana, después de que la Corte Constitucional de Ecuador ordenara en noviembre de 2024 que el caso sea revisado nuevamente por un juez de primera instancia, tras confirmar que las decisiones anteriores vulneraron el derecho al debido proceso.
Como parte de este nuevo proceso, el juez Clemente Paz convocó a un diálogo intercultural para el próximo lunes de 30 de
junio, mientras las comunidades denunciantes entregaron hoy un escrito al magistrado para exigirle que el encuentro se lleve a cabo en los territorios kichwa afectados por el derrame ocurrido hace cinco años.
La petición fue presentada a nombre de la Federación de Comunas Unión de Nativos de la Amazonia Ecuatoriana (FCUNAE) y los accionantes son miembros de la comunidad kichwa de la ribera del río Coca, según informó ‒en un comunicado‒ la misma FCUNAE y la Alianza por los Derechos Humanos en Ecuador.
De acuerdo con estas organizaciones, "el derrame afectó gravemente la vida, salud, seguridad alimentaria, espiritualidad y territorio de más de 27.000 personas kichwas ribereñas".
"Aunque se presentó una acción de protección ese mismo año, hasta el día de hoy no se ha decla-
rado la violación de derechos ni se ha garantizado una reparación integral a las comunidades que aún siguen sintiendo los impactos en su vida comunitaria", añadieron las mismas organizaciones.
Los accionantes sostuvieron que "realizar el diálogo en territorio es una condición indispensable para que exista un verdadero diálogo intercultural".
"Solo desde el territorio se puede comprender la magnitud de la afectación provocada por el derrame y cómo este ha ocasionado la fractura del vínculo de las comunidades kichwa con el río, con la selva y con la vida", ahondaron los solicitantes.
En ese sentido, los peticionarios enfatizaron que "no puede haber reparación sin escucha, ni escucha sin respeto a las formas propias de organización, pensamiento y autodeterminación de los pueblos indígenas".
EFE
Macas.- Desde mayo, se viene ejecutando un plan integral de intervención en Morona Santiago con el objetivo de prevenir y controlar el dengue, la fiebre amarilla y otras enfermedades transmisibles. La estrategia se concentra principalmente en los cantones de Macas, Sucúa y Taisha, considerados zonas prioritarias por su riesgo epidemiológico. Así lo informó el Ministerio de Salud Pública (MSP).
Entre las acciones desplegadas se incluyen campañas de vacunación contra la fiebre amarilla, control vectorial, promoción de la salud y barridos de inmunización para mejorar la cobertura del
esquema regular de vacunación. Además, se han organizado mingas comunitarias de limpieza para eliminar posibles criaderos del mosquito transmisor del dengue.
“Frenar el avance del dengue y prevenir la fiebre amarilla es el objetivo de estas acciones que venimos ejecutando en estos meses. Estamos evaluando el impacto de este trabajo”, indicó Benjamín Celi, director Nacional de Promoción de la Salud del MSP.
La iniciativa cuenta con el apoyo de los gobiernos municipales, personal de los distritos y zonales de salud, así como de organizaciones sociales.
También se informó que, para
el 27 de junio, se desarrollará una nueva minga de limpieza en Macas. Contará con la participa-
ción de instituciones públicas, líderes barriales y representantes comunitarios.
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LA JOYA DE LOS SACHAS
ORELLANA – ECUADOR – SACHA EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMARON ASAS TAYO MARCELO ROLANDO Y ASAS CASHABAMBA JOSE
ACCIONANTE: JIMENEZ VERDEZOTO MARTHA CECILIA
DEMANDADA: ASAS TAYO JANETH ALEXANDRA, ASAS TAYO MAYRA YADIRA, ASAS TAYO JAIME PATRICIO, ASAS TAYO JAJAIRA MARICELA, ASAS PITIUR AITANA MARCELA, ASAS ORTIZ ESTHEFANY LIZBETH
CAUSA: INVENTARIO
TRÁMITE: VOLUNTARIO
PROCESO: No. 22302-2024-00279
CUANTIA: $5,000.00 (CINCO MIL DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 00/CTVS)
DEFENSOR: ABG. DARWIN MANOBANDA ARMIJO
JUEZ: DRA. JESSICA ROMO MERA
SECRETARIO: AB. ALEX SHIGUANGO
PARTE PERTINENTE: 4.- HECHOS: 4.1.- Señora juez, quien en vida fue el señor; ASAS CASHABAMBA JOSE, padre de mi hijo de nombres; ASAS JIMENEZ JOSE GAEL, falleció el 27 de abril del 2022, dejando su peculio abintestato, por lo cual en derecho le corresponde heredar a mi hijo por ser legitimo hijo, como lo demuestro con la partida de nacimiento que adjunto a la presente demanda de inventario. 4.2.- Ante el fallecimiento del señor antes mencionado, se realizó la respectiva posesión efectiva de fecha 20 de mayo del 2022, dejando el causante como único y exclusivo bien el siguiente; lote de terreno rural sin numero, ubicado en el sector Moran Valverde/ veintitrés de
CERTIFICADO NRO. 3564- 2025
Conforme a la solicitud presentada y al informe del departamento de revisión de títulos, el Registrador de la Propiedad del cantón SHUSHUFINDI, certifica lo siguiente: Que revisados los libros de registros de la oficina a mi cargo según sus índices, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI AVISO PÚBLICO
Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segundo del Código Civil en concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registro, se comunica al público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, la PRIMERA COPIA del siguiente contrato de COMPRAVENTA:
OTORGADA EL: 31 de Octubre del año 1997.
NOTARÍA: PRIMERA DEL CANTÓN LAGO AGRIO
OTORGADO POR: CABRERA ARMIJOS HERMEL ALCIVIADES Y MADROÑERO LUZ MARÍA.
FAVOR DE: TORRES CRESPO ANGEL PACIFICO
CUANTÍA: $ 200.000,00 SUCRES
UBICACIÓN: Lote rural que se encuentra ubicado en la Zona Cincuenta y nueve, la Primavera, al respaldo de la Parroquia Shushufindi, Cantón de Shushufindi, Provincia de Sucumbíos.
LOS LINDEROS SON: NORTE: Con terrenos de los vendedores, en cuarenta metros. SUR: Con los vendedores, en cuarenta metros. ESTE: Con los vendedores, en veinte metros. OESTE: Con Calle de la Iglesia del lugar, en veinte metros. Dando una Superficie Total de: OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS de superficie. SHUSHUFINDI, jueves 19 de junio del 2025.
MGS. NORMA CUMANDA GALEAS GALEAS REGISTRADORA Enc.
julio de la parroquia San Carlos, cantón la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: NORTE: Con Víctor Cashabamba en ochenta y uno con diez metros; SUR.- Con área comunal en uno coma veintidós metros, con Tarco Michael y Jiménez Martha, en cuarenta coma cero seis metros; con cancha en diecinueve coma cincuenta y seis metros y con camino publico en treinta y dos coma noventa y cinco metros: ESTE.- Con Juan Leroy Narváez en ciento setenta coma cero cinco metros, con área comunal en trece coma sesenta y un metros; con Tarco Michael y Jiménez Martha en treinta y dos coma cuarenta metros; y con cancha en cuarenta y cuatro coma ochenta y dos metros y OESTE.- Con Jaime Asas, en doscientos cincuenta y nueve coma noventa y un metros. 4.3.- Como lo dejo indicando al ser legitimo heredero y al haber más herederos, muy comedidamente, solicito señora juez, se realice el inventario y tasación de bienes ya que en derecho me corresponde. AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LA JOYA DE LOS SACHAS. La Joya de los Sachas, 27 de agosto del 2024, a las 14h52. VISTOS. Dentro del proceso VOLUNTARIO signado con el Nro. 223022024-00279 en lo principal: Incorpórese al proceso el escrito presentado por la actora de la causa y en cumplimiento a lo dispuesto, se dispone: 1) La presente demanda de inventarios, presentada por la señora JIMÉNEZ VERDESOTO MARTHA CECILIA en calidad de representante legal del menor ASAS JIMÉNEZ JOSÉ GAEL, reúne los requisitos de ley; por lo que se le admite a trámite mediante procedimiento VOLUNTARIO, conforme el Art. 334 numeral 4 del COGEP.- 2) Cítese a los señores ASAS TAYO JANETH ALEXANDRA; ASAS TAYO MAYRA YADIRA; ASAS TAYO JAIME PATRICIO; ASAS TAYO JAJIRA MARICELA; ASAS TAYO EDISON PAUL; a la menor ASAS PITIUR AITANA MARCELA, a través de su representante legal la señora PITIUR FLORES GLADYS MARIELA; y, a la menor ASAS ORTIZ ESTHEFANY LIZBETH a través de su representante legal señora ORTIZ HUACA VICKY ELIZABETH en la dirección y croquis anexado proporcionado por la parte actora en su demanda. Para el cumplimiento de esta diligencia, se realizará mediante la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, a quien se le remitirá la documentación pertinente.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo" Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias y ponga a disposición dicha documentación, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada. Se le previene a los demandados de la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir notificaciones. 3) Por cuanto se ha solicitado la citación a los herederos presuntos y desconocidos, previamente a disponer lo que en derecho corresponda: De conformidad con lo establecido en el Art. 56 numeral 2 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que la señora IMÉNEZ VERDESOTO MARTHA CECILIA en calidad de representante legal del menor ASAS JIMÉNEZ JOSÉ GAEL, comparezca a esta Unidad Judicial el día 13 de septiembre de 2024, a las 16h00, a fin de que declare bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó ASAS TAYO MARCELO ROLANDO. 4) Referente al anuncio y solicitud de prueba, la misma será admitida el día de la audiencia única, con observancia de lo prescrito en los Art. 160 y 161 del COGEP; con la salvedad de la solicitud de designación de peritos que se atenderá en el momento procesal oportuno, luego de la citación.- 5) Tómese en cuenta la designación de su abogado defensor, la autorización conferida en su favor, los correos electrónicos señalados; incorpórese los documentos adjuntos a la demanda. Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, se indica a las partes procesales que la FIRMA ELECTRÓNICA contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.–NOTIFÍQUESE.
AUTO.UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL
CON SEDE EN EL CANTON LA JOYA DE LOS SACHAS. La Joya de los Sachas, 08 de mayo del 2025, a las 14h56. VISTOS: Dentro del proceso signado con el Nº 22302-2024-00279 en lo principal: En mérito al juramento rendido por la accionante, de que pese a las múltiples averiguaciones y gestiones realizadas ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fueron ASAS TAYO MARCELO ROLANDO y ASAS CASHABAMBA JOSÉ, de conformidad al artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos; CÍTESE por la prensa en el “PERIÓDICO INDEPENDIENTE” que circula en la Amazonía ecuatoriana, mediante tres Publicaciones, en tres fechas distintas y seguidas a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMARON ASAS TAYO MARCELO ROLANDO y ASAS CASHABAMBA JOSÉ, con el extracto de la demanda y el auto de calificación de la misma, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad Joya de los Sachas para que reciban posteriores notificaciones, en caso de no comparecer continuará el trámite de la causa. El secretario del despacho entregue el extracto respectivo para su publicación.- Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, se indica a las partes procesales que la FIRMA ELECTRÓNICA contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.–NOTIFÍQUESE. NOTIFÍQUESE. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY
Ab. Alex Shiguango Reyes SECRETARIO DE LA UNIDAD 3/3 C-4545
JUICIO: 21331-2025-00320
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 11 de junio de 2025, a las 10h17
EXTRACTO–CITACIÓN JUDICIAL
NOTIFICAR A: DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA HA SIDO EL SR. JORGE VICENTE GONZALEZ GRANDA
ACTOR: BASTIDAS RAMOS ROSAURA
DEMANDADOS: FANNY CECILIA HEREDIA VACA, JORGE GONZALEZ GRANDA, JORGE XAVIER
GRANDA, JORGE XAVIER GONZALEZ HEREDIA, PEDRO RICARDO GONZALEZ HEREDIA, FANY FLORESMILA GONZALEZ HEREDIA
JUICIO: 21331-2025-00320
TRAMITE: ORDINARIO-PRESCRIPCION EXTRAORDINARIO ADQUISITIVA DE DOMINIO
FECHA DE INICIO: 06-05-2025
CUANTIA: 20.000,00 DOLARES
JUEZA: ABG. JUAN PRADO MORENO
SECRETARIA: ABG. FANY JUMBO GOMEZ
PRETENSIÓN:
OBJETO: Que mediante sentencia su autoridad se sirva declararme como dueña y propietaria absoluta del inmueble antes descrito, por haber operado la PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble singularizado de la siguiente forma a la presente fecha: zona 03 sector 04, manzana 03, lote signado con el Nro. 02, ubicado en la Lotización Los Laureles de este Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, en las calles Tupac Yupanqui, S/N, entre Sangolquí y Guayas. Que por medio de su autoridad se ordene la protocolización de la sentencia y su posterior inscripción en el registro de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, de conformidad con lo previsto en el Art. 2413 del Código Civil en vigencia. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 7 de mayo del 2025, a las 15h00. VISTOS. 2. En lo principal, la demanda presentada por Rosaura Bastidas Ramos, en contra de Fanny Cecilia Heredia Vaca, en calidad de cónyuge sobreviviente de Jorge Vicente Gonzalez Granda; y, Fanny Floresmila, Jorge Xavier, Marco Daniel y Pedro Ricardo Gonzalez Heredia, en calidad de herederos del mismo causante, se la califica de clara, completa y precisa, dado que cumple los requisitos generales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la ADMITE a procedimiento ordinario establecido en los artículos 289 y siguientes del citado Código. 3. De
conformidad al artículo 76 numeral 7, letra a) de la Constitución de la República, en concordancia con lo previsto en el artículo 53 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE con el contenido de la demanda y providencia recaída en ella, a los demandados Fanny Cecilia Heredia Vaca; y, Fanny Floresmila, Jorge Xavier, Marco Daniel y Pedro Ricardo Gonzalez Heredia, en el lugar indicado en la demanda, a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. 4. Previo a disponer la citación a los herederos presuntos o desconocidos del señor (+) Jorge Vicente Gonzalez Granda, se dispone que la parte actora Rosaura Bastidas Ramos, comparezca a este despacho el día 12 de mayo de 2025, a las 11h20, a fin de que conforme lo previsto en el inciso segundo del artículo 56 (1) del Código Orgánico General de Procesos, rinda el juramento sobre el desconocimiento de la individualidad de otros herederos presuntos o desconocidos del señor (+) Jorge Vicente Gonzalez Granda. 5. Además, al tratarse de una demanda de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio de un inmueble, de conformidad con lo previsto en la Disposición General Décima del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, cítese al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Lago Agrio, en las personas del Alcalde y Procurador Síndico. 6. Los demandados deberán comparecer a dar contestación a la demanda dentro del término de treinta días, contados a partir de la última citación, conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos.7.Conforme a lo determinado en el inciso séptimo del artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, inscríbase previamente la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, a fin de que cumpla con lo dispuesto en este auto. 9. Intervenga la Dra. Alexandra Cuenca, en calidad de secretaria (e) de este despacho. Notifíquese.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, viernes 6 de junio del 2025, a las 16h07. En atención al acta con juramento suscrito por la parte actora, con sustento de lo determinado por el artículo 56 y 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haberse realizado todas las diligencias necesarias para determinar el domicilio de los presuntos desconocidos y herederos, ordénese NOTIFICAR a los desconocidos y presuntos herederos de quien en vida ha sido el señor JORGE VICENTE GONZÁLEZ GRANDA, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, mediante tres publicaciones en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 del mismo cuerpo legal, en uno de los semanarios de amplia circulación regional que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, así como en uno de los periódicos que circulan a nivel nacional, para lo cual la señora actuaria elabore el correspondiente extracto de publicación para la prensa, con las prevenciones legales.- Intervenga la Abg. Fany Esperanza Jumbo Gomez en calidad de Secretaria de este despacho.- NOTIFÍQUESE. Abg. Juan Prado Moreno, JUEZ.Lago Agrio, 11 de junio del 2025
Abg. Fany Jumbo Gómez
SECRETARIA
Abg. Fany Jumbo Gómez
SECRETARIA 2/3 S-5594
EXTRACTO PARA LA PUBLICACIÓN EN LA PRENSA
NOTARIA SEGUNDA DEL CANTÓN LAGO AGRIO. Cumple poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, celebrada el veinticuatro de junio del año dos mil veinticinco en la Notaría Segunda de este cantón a cargo de la doctora Nora Beatriz Culqui García, los señores
ELSA MARIANA PROCEL ROMERO y JUAN ANTONIO CAPA ANGAMARCA, procedieron a liquidar los bienes de la Sociedad Conyugal, la misma que fue disuelta por divorcio de mutuo acuerdo de fecha cuatro de julio del dos mil veintitrés; y, posteriormente marginada en el Registro Civil del cantón Lago Agrio de la Provincia de Sucumbíos. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura de partición de los bienes de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número 406 del veinte y ocho de noviembre del dos mil seis, que a su vez reforma el artículo 18 de la Ley Notarial, agregan-
do varios numerales, entre los cuales el numeral veinte y tres faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura de partición de la Sociedad Conyugal, previo el tramite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la partición del patrimonio de la sociedad de bienes correspondiente a los señores ELSA MARIANA PROCEL ROMERO Y JUAN ANTONIO CAPA ANGAMARCA, otorgada mediante escritura pública del veinticuatro de junio del dos mil veinticinco, ante la suscrita doctora Nora Beatriz Culqui García, Notaría Segunda del cantón Lago Agrio, por el termino de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren intereses en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondiente. Nueva Loja, a veinticuatro de junio del año dos mil veinticinco. -
F.- ELSA MARIANA PROCEL ROMEROC.C.-0702954777.-
F.- JUAN ANTONIO CAPA ANGAMARCA.C.C.-0701981425.-
F.-DRA. NORA BEATRIZ CULQUI GARCÍA. NOTARIA SEGUNDA DEL CANTÓN LAGO AGRIO. 1/1 S-5596
En el Juicio N° 21201-2025-00381, hay lo siguiente:
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS PUBLICACIÓN JUDICIAL
PUBLICACIÓN: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio Ordinario para que se cite por la prensa a los presuntos herederos de quien en vida se llamó OMAR EDUARDO GAONA RUMIGUANO, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: TANIA GISSELA CEDEÑO MORENO
JUICIO NRO: 21201-2025-00381
CUANTÍA: INDETERMINADA
CAUSA: DECLARATORIA DE LA UNIÓN DE HE-
CHO
TRAMITE: ORDINARIO
JUZGADO: U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, DEPENDENCIA “D”
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.–UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA.–TANIA GISSELA CEDEÑO MORENO, … comparezco ante usted con la siguiente demanda de DECLARATORIA DE LA UNIÓN DE HECHO: 1.- La narración de los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, son como siguen. De la partida de defunción que adjunto vendrá a su conocimiento señor (a) Juez(a), que el señor GAONA RUMIGUANO OMAR EDUARDO, falleció en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, sin haber otorgado testamento alguno, el día 02 de mayo del año 2025, quien, a la fecha de fallecimiento, su estado civil era el de SOLTERO, conforme lo justifico con la copia de la cédula y el certificado de defunción que se apareja a la presente demanda. 6.2.- Más sucede señor(a) Juez(a), que con el señor OMAR EDUARDO GAONA RUMIGUANO, desde el día 12 de junio del año 2022, libres de vínculo matrimonial alguno, constituimos una unión estable y monógama, es decir, convivíamos juntos desde hace más de 3 años, compartimos el mismo techo, vacacionamos juntos, somos conocidos socialmente como pareja, nunca nos hemos separado, asistíamos a los días festivos juntos a cada una de nuestras familias, todo ello en
forma pública, notoria, estable y singular, al inicio vivíamos arrendado en la calle 20 de junio y Tungurahua de esta ciudad y fijamos nuestro hogar en la calle 27 de febrero del barrio 25 de Febrero, parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, conforme lo justifico con la certificación conferida por el señor Administrador del Conjunto Habitacional. Por lo expuesto señor Juez, muy respetuosamente solicito que en sentencia se declare mi estado civil de UNIÓN DE HECHO que mantenía con el señor GAONA RUMIGUANO OMAR EDUARDO, desde el día 12 de junio del año 2022, pues como pareja hemos sido tratados, tanto por nuestros familiares, amigos y más conocidos de la pareja, al tenor de lo dispuesto en los Arts.- 222; 223; 331; 332; 337, y 341 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 178 del COGEP. 2.- Fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de la acción, expuestos con claridad y precisión.–Constitución de la Republica- Art. 68."La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generara los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio. La adopción corresponderá sólo a parejas de distinto sexo". 7.2.Código Civil.–Art. 222; 223; 227; 229; 232; 331; 337; 347 y 341. El inciso final del artículo 334 y 289 del COGEP. 3.- La pretensión clara y precisa que se exige: solicito que en sentencia se DECLARE A Ml FAVOR EL ESTADO CIVIL DE UNIÓN DE HECHO que mantenía desde el día 12 de junio del año 2022, entre mi persona CEDEÑO MORENO TANIA GISSELA, ecuatoriana, portadora de la cédula de ciudadanía número 210117669-7 con el señor GAONA RUMIGUANO OMAR EDUARDO, con cédula de ciudadanía No.–210056633-6. 4.- El procedimiento que debe darse en la presente causa. es el PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo determinado en el art. 289 y más pertinentes del COGEP. AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.–Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, nombrado mediante acción de personal Nro. 5903-DNTH-2014, Resolución Nro. 122-2014 del 28 de julio de 2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO propuesta por TANIA GISSELA CEDEÑO MORENO, en contra de DULCE BETANIA y MILLAN JULIAN GAONA MILLAN (menores de edad) mediante su representante legal DIANA KATHERINE MILLAN CHIMBACO como madre, es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo tanto, se la admite a TRÁMITE ORDINARIO. 1.- Se dispone que con copia de la demanda y esta providencia se CITE a los demandados DULCE BETANIA y MILLAN JULIAN GAONA MILLAN ( menores de edad) mediante su representante legal DIANA KATHERINE MILLAN CHIMBACO como madre, en el lugar que se señala en la demanda, esto es mediante la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial; a los herederos desconocidos se los citará por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado cuarto inciso, esto es la actora deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos, diligencia que tendrá lugar el dia 02 de junio del 2025, a las 15h30 en la sala de audiencias Nro. 1 de esta unidad judicial; previniéndoles a los accionados la obligación de señalar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). 2.- Se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 291 del mismo cuerpo normativo; 3.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala para recibir notificaciones que le corresponda; así como la autorización que le confiere a su abogado defensor en la presente causa; 4.- De conformidad con el Art. 158, del Código General de Procesos respecto a los medios
probatorios, presentados por la actora los mismos se dispone: 1).- Téngase en cuenta los anuncios probatorios documentales a su favor los enunciado en los numerales VIII) 8.1.1, 8.1.3, 8.1.4, 8.1.5, 8.1.6, 8.1.7 de su demanda; así como también de conformidad con los Art. 187, 189 y 190 se recepte el testimonio de señores DIGNA ISABEL TENORIO MICOLTA, RUTH MIREYA AGUILAR CHILUIZA, ARACELY LILIANA SÁNCHEZ ARTEAGA y ROSA ANGÉLICA TINIZARAY TINIZARAY, quienes rendirán sus testimonios sobre los hechos narrados en la presente demanda según lo solicitado en día de la audiencia; y, 5.- Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda. JURAMENTO DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO ACTA DE DECLARACIÓN CONFORME AL NUMERAL 1 DEL ART. 56 DEL COGEP. En Nueva Loja, a los dos días del mes de junio del 2025, a las quince horas con treinta minutos, ante el Dr. Fredy Álava Muentes, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, dependencia “D”; y la infrascrita secretaria titular, comparece la señora TANIA GISSELA CEDEÑO MORENO con cédula de ciudadanía Nro. 2101176697, conforme con lo dispuesto en el numeral 1 e inciso segundo del numeral 2 del artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Al efecto juramentado que es en legal y debida forma previas las explicaciones de las penas de perjurio y de la obligación que tiene en decir la verdad con claridad y exactitud manifiesta: Mis nombres y apellidos son como los dejo indicados, de veinticinco años de edad, estado civil soltera, ecuatoriana, domiciliada en el barrio 25 de Febrero del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos: Señor Juez, en la actualidad conozco de la existencia de dos hijos menores de edad, de nombres JULIAN ALVEIRO y DULCE BETANIA GAONA MILLAN, sin embargo, pese a haber realizado averiguaciones a conocidos y amigos del señor quien en vida se llamó OMAR EDUARDO GAONA RUMIGUANO, para dar con el domicilio o paradero de los herederos presuntos y desconocidos, me ha sido imposible llegar a individualizar el domicilio o residencia, por lo que desconozco en absoluto la existencia, paradero y domicilio, por lo que solicito que se cite a través de la prensa. Con lo que termina la presente diligencia, firmando juntamente con el señor Juez y la señorita secretaria titular que certifica. AUTO DE CONVALIDACIÓN.–Continuando con la tramitación de la causa se tiene lo siguiente: mediante auto de calificación de fecha 28 de mayo del 2025, a las 16h41, se ha dispuesto citar con copia de la demanda y esta
providencia se CITE a los demandados DULCE BETANIA y MILLAN JULIÁN GAONA MILLÁN (menores de edad) mediante su representante legal DIANA KATHERINE MILLÁN CHIMBACO como madre en el lugar que se señala en la demanda, esto es mediante la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial. En lo principal, ante lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del Art. 100 y 254 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) en concordancia con el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial, se reforma parcialmente el auto de fecha 13 de de marzo del 2025, a las 09h10, siendo lo correcto se CITE a los demandados DULCE BETANIA y JULIÁN ALVEIRO GAONA MILLÁN (menores de edad) mediante su representante legal DIANA KATHERINE MILLÁN CHIMBACO como madre, en el lugar que se señala en la demanda, esto es mediante la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial. En cuanto a lo solicitado por la parte actora en su numeral 9.2 se atiende parcialmente lo solicitado y con sustento en el artículo 126 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se oficie al señor Registrador de la Propiedad de Nueva Loja, provincia de Sucumbíos , con la formal prohibición de enajenar del predio signado con el número cero cuatro, manzana numero ochenta y seis, ubicado en la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio provincia de Sucumbíos, adquirido por compra venta al Comité Pro mejoras 25 de febrero (COPROFEB), mediante escritura pública celebrada en la Notaría Cuarta del cantón Lago Agrio a cargo del Dr. Stalin Andrés Chonata Morales, el veinte de abril del dos mil veintitrés e inscrita el veinte de abril del dos mil veintitrés. Los linderos son: NORTE: Con lote tres, en treinta metros.–SUR: Con varios posesionarios, en treinta coma cincuenta y cuatro metros.–ESTE: Con calle 5 de junio, en ocho coma noventa y nueve metros.- OESTE: Con lote cinco, en catorce coma sesenta y nueve metros. Lo que da una cabida de trescientos cincuenta y cinco coma veintiún metros cuadrados de superficie. Sobre el predio pesa UN AUTO DE INHABILIDAD (PROHIBICIÓN DE ENAJENAR), dictado por el juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, Causa Nro. 2016-00246. Atentamente, Lo que comunico para los fines de ley. ORDOÑEZ QUIÑONEZ DOLORES VIRGINIA SECRETARIA 2/3 S-5596
1 Pedro 5:8
Circulación del 29 de junio al 05 de julio de 2025
Con las más altas calificaciones, 53 peluditos de distintas razas y tamaño, recibieron su certificación de haber aprobado el tercer curso en adestramiento, a través de sus adiestradores de la Policía Nacional.
El sábado 21 de junio, las mascotas acompañadas de sus dueños, asistieron a su graduación de este curso de adiestramiento. De hecho, antes de recibir sus respectivos
diplomas debieron realizar las pruebas del curso realizado, bajo las explicaciones y señal res-
pectiva de los maestros de la Policía Nacional. El evento de pruebas de las enseñanzas recibi-
das y la posterior entrega de diplomas se realizó en una de las canchas del parque Recreativo de Nueva Loja, al que asistieron las mascotas acompañadas de sus dueños e incluso, en algunos casos, la familia. Para la entrega de diplomas, asistieron el alcalde Abraham Freire y su esposa Elena Tituana, ya que este acto fue parte de las festividades de Lago Agrio, en sus 46 años de creación cantonal.