Revista en otras palabras No. 25 Mujeres Adolescentes y Niñas

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de quitar; y si yo vivo mis derechos sé que debo respetar los derechos de los demás. ¿Si ven cómo es de importante esta obligación del Estado de promover los derechos para que todas –y todoslos vivamos como patrones de conducta? La cuarta es la defensa de los derechos humanos. Así como el Estado (cuando hablo del Estado pienso en todas las oficinas en los municipios, en los departamentos, pienso en la policía, en el ejército, en los juzgados) tiene que promover los derechos, también tiene la obligación de defenderlos cuando están en peligro o cuando se encuentran en riesgo de ser violados. Por eso tiene que garantizar la paz, porque en las guerras siempre se violan los derechos humanos. Para cumplir ésta y las demás obligaciones del Estado, se han establecido instituciones tales como la Defensoría del Pueblo. Esta entidad fue creada en 1991 con la Constitución que se aprobó ese año. También existen organizaciones sociales cuya finalidad es la defensa de los derechos humanos de las personas y de las comunidades. Los defensores de los derechos humanos están muy expuestos a las represalias de quienes los consideran enemigos del Gobierno porque denuncian a quienes desconocen los derechos de la población. Pero defender los derechos es una obligación que nos corresponde como titulares de los mismos y es una profesión tan respetable, autónoma e independiente como todas las demás formas de trabajo que existen en una sociedad democrática. Demos las gracias a los defensores de los derechos humanos. Muchos han muerto por esta causa. La quinta obligación del Estado es el restablecimiento de los derechos cuando éstos han sido violados. En todas las sociedades la posibilidad de violar los derechos está abierta, especialmente cuando los organismos encargados de su protección y defensa no son eficientes y cuando el reconocimiento y respeto de los mismos es muy

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débil. La violación de los derechos humanos puede derivarse de una intención directa de hacerlo o puede desprenderse de acciones legales y realizadas con buena intención pero que a la postre los violan. Por ejemplo, el Gobierno no tiene dinero para garantizar la educación de todos los niños, niñas y adolescentes; entonces aprueba un plan de acción para garantizar el 70% de cupos en todo el país; ¿qué pasa con el 30% de la población en edad escolar que no puede ir al colegio? Pues a pesar de las buenas intenciones, a esos treinta sobre cien niños, niñas y adolescentes que se quedan sin colegio se les está violando el derecho a la educación, porque no cumplir con el ciclo educativo en el momento oportuno que son las primeras décadas de la vida tiene consecuencias graves para el desarrollo posterior de los seres humanos. Restablecer los derechos violados quiere decir que se tienen que tomar las medidas necesarias para que las personas implicadas puedan volver a ejercerlos plenamente, es decir, hay que eliminar los obstáculos que en el presente impiden que las personas puedan gozar de sus derechos. Esas medidas adecuadas las toma el Estado, a través de autoridades competentes, o sea que la ley los autorice para cumplir esa función. En términos específicos, son los jueces de la república quienes tienen la autoridad para restablecer los derechos; pero también existen autoridades administrativas como los y las defensoras de familia y las comisarías de familia que son entidades especialmente consagradas a dirimir los conflictos que se desencadenan en las familias. También tienen la facultad de proteger a las niñas, niños y adolescentes y demás miembros del grupo familiar contra los peligros y riesgos que existen en la sociedad y al interior de la misma familia. Para proteger y restaurar los derechos violados, existe la llamada tutela o derecho de amparo, como se le denomina en los tratados internacionales de derechos humanos.


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