Distintivo cosido del lado izquierdo de la franela. Zapatos negros o marrones. No se permitirá el uso de zapatos deportivos, salvo causa debidamente justificada. Correa de color negro o marrón.
Artículo 52. Del Uniforme de Educación Física. A. De EDUCACIÓN INICIAL a TERCER (3°) Grado, pantal ón corto (short) o mono de color azul marino, franela blanca timbrada con el logo de la institución, zapatos de goma azul marino, negro o blanco, o sus combinaciones, y medias blancas. B. De CUARTO (4º) GRADO de Primaria a QUINTO (5º) AÑO de Educación Media General, mono azul marino, franela blanca timbrada con el logo de la institución, zapatos de goma blancos, negros, azules o sus combinaciones, y medias blancas. C. Todos los educandos podrán usar durante sus actividades de educación física la gorra que autorice la dirección del plantel.
Artículo 53. Del Uniforme de Instrucción Premilitar. Pantalón azul marino de gabardina, franela blanca con distintivo que identifica la cátedra de premilitar, al igual que la gorra. Zapatos escolares y correa de color negro.
Artículo 54. Desde el CUARTO (4°) GRADO de primaria al QUINTO ( 5º) AÑO de educación media general, los educandos deberán cumplir con el uso de la bata blanca para asistir a las prácticas de laboratorio de biología, física y química.
SECCIÓN TERCERA Del Salón de Clases
Artículo 55. Para fomentar la responsabilidad, todo educando deberá traer a la primera hora de clase, los útiles necesarios requeridos por los docentes para el desarrollo de las actividades escolares del día (libros, cuadernos, lápices, sacapuntas, juego geométrico, entre otros). El docente sólo permitirá el uso de materiales
40