Resolución de Liquidación de Presupuesto 2011

Page 5

2.1.4.01.01.01.01-05- BONIFICACION ESPECIAL POR RECREACION: Pago que se reconoce a los Empleados Públicos de la Entidad por cada periodo de vacaciones, en cuantía equivalente a dos (2) días de asignación básica mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periodo vacacional. Así mismo se reconoce cuando se compensen las vacaciones en dinero. 2.1.4.01.01.01.01-06-PRIMA DE VACACIONES: Es el derecho que tienen los empleados que hubieren prestado sus servicios durante un año, equivalente a 15 días consecutivos y remunerados, liquidados teniendo en cuenta los factores saláriales. 2.1.4.01.01.01.01-07-VACACIONES: Es el gasto ocasionado por el pago de la remuneración a los funcionarios de la Personería de Tunja, por el tiempo que se encuentre disfrutando de vacaciones, acorde con el Decreto 1919 del 2002 y demás normas vigentes. 2.1.4.01.01.01.01-08-PRIMA DE NAVIDAD: Comprende el pago equivalente a cada mes de salario o proporcionalmente al tiempo laborado, a que tienen derecho los trabajadores públicos de la Entidad, que se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. 2.1.4.01.01.01.01-09-GASTOS JUDICIALES: Por este rubro se pagarán las sumas que ordenen condenas que hayan proferido contra la Personería de Tunja por parte de las autoridades judiciales 2.1.4.01.01.01.01-10-BONIFICACIONES DE TIEMPO SERVIDO: Comprende el pago a que tienen derecho los empleados de L a Personería Municipal de Tunja, según Acuerdo No 003 de 1991. 2.1.4.01.01.01.01-11-INDEMNIZACION POR VACACIONES: Comprende el pago en dinero por vacaciones causadas y no disfrutadas por el personal que se desvincula del organismo, o a quienes por necesidad del servicio, no pueden tomarlas en tiempo. Su cancelación se hará con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de su casación. La afectación de este rubro debe hacerse mediante resolución motivada suscrita por el Personero Municipal. 2.1.4.01.01.01.01- 12-BONIFICACIONES DE TIEMPO SERVIDO: Comprende el pago a que tienen derecho los empleados de L a Personería Municipal de Tunja, según Acuerdo No 003 de 1991. 2.1.4.01.01.01.01-13-INTERESES CESANTIAS: Por este rubro se cancelara el 12 por ciento que sobre la cantidad a 31 de diciembre de cada año figure a nombre del empleado, inclusive sobre la parte de cesantías que se encuentre en poder del establecimiento.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.