#QuéHacer
Jessica Ignot
Cuando vas manejando, es común oír la sirena de un vehículo de emergencia; en ocasiones, los nervios se apoderan de nosotros y no sabemos qué hacer para dejarlos pasar.
Obstaculizar el paso de un vehículo de emergencia, o incluso aprovechar la velocidad a la que van para ir detrás de ellos, nos puede meter en serios problemas en el estado de Querétaro, no solo por las multas que nos puede imponer, sino por las sanciones o puntos negativos a nuestra licencia de conducir que pueden llevarnos a perderla.
Si bien se trata de una situación inesperada, es preciso que, cuando escuchemos la sirena de una unidad de este tipo, mantengamos la calma para poder hacer nuestros movimientos de forma segura.
La prisa con que se conducen los vehículos de emergencia es justificada.
Los tiempos de sus desplazamientos deben ser reducidos debido a que tienen que atender un llamado de urgencia, ya sea una situación médica, accidente, incendio o situación de riesgo.
El automovilista que no ceda el paso a los vehículos de emergencia será sujeto a sanciones o multas de hasta 2 mil 100 pesos y puntos negativos en la licencia de conducir; pero si un vehículo de emergencia circula a alta velocidad, con luces y sirena encendidas, y no va a atender una emergencia, también será sancionado según lo estipula el Reglamento de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro.
Leyes y sanciones en caso de no ceder el paso a unidades de emergencia
El Reglamento de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro estipula que se debe ceder el paso a vehículos de emergencia. Estas son las prohibiciones para los automovilistas y las conductas permitidas para quien conduce una unidad de este tipo:
ARTÍCULO
LO QUE ESTABLECE SANCIONES
MANTÉN LA CALMA EN SITUACIONES INESPERADAS
Multas de hasta $3,100 por ‘perseguir’ ambulancias
Además, si no cedes el paso cuando llevan sirena y luces encendidas, también tendrás sanciones de $2,100
Esto debes hacer si te encuentras un vehículo de emergencia:
Mantén la calma en todo momento.
Aminora progresivamente la velocidad, sin frenadas bruscas.
Observa, señaliza y muévete hacia un lado si es posible.
Obedece las instrucciones del personal de emergencias.
Utiliza tus direccionales, para indicar tu dirección, o tus intermitentes, para alertar a los demás conductores.
Evita detenerte; es mejor reducir la velocidad y, sin detenerte, oríllate al lado correspondiente.
No hagas maniobras abruptas.
No sigas al vehículo.
Así debes moverte si te hallas cerca de un vehículo de emergencia:
Si la avenida es de un carril, debes hacerte a la derecha sufi cientemente para liberar el paso.
Si la avenida es de dos carriles, los autos circulando deberán irse a los extremos; los del carril izquierdo deben orillarse a ese lado y del mismo modo los del carril derecho.
Si es de más de dos carriles, los del centro y lateral, deberán correrse a la derecha, mientras que los del carril izquierdo deberán moverse a ese lado.
#LasVoces
Articulo 47. Fracción X. Ceder el paso a los vehículos de emergencia que circulen con las señales luminosas y audibles encendidas, debiendo disminuir la velocidad para despejar el camino y procurar alinearse hacia la derecha, o en la dirección que permita la libre circulación de estos.
Artículo 51. Fracción XIV. Fracción XV.
Tipos de vehículos de emergencia
Ambulancias (Cruz Roja, IMSS, ISSSTE, servicios particulares)
Corporaciones policiacas (Policía Municipal, Policía Estatal, Sedena, Marina, Guardia Nacional)
Bomberos
Protección Civil
En estas direcciones pueden aproximarse los vehículos de emergencia:
Por detrás.
Por delante en dirección opuesta.
Cuando llegan por intersecciones
Los conductores tienen prohibido circular detrás de vehículos de emergencia que transiten con las señales luminosas y audibles encendidas, debiendo guardar una distancia mínima de 50 metros, y detenerse a una distancia que entorpezca o ponga en riesgo las labores del personal de atención a emergencias.
Artículo 53. Los conductores de vehículos de emergencia que circulen con las luces encendidas y señales audibles, podrán realizar las siguientes conductas, en el cumplimiento de su deber:
I. Desatender la señalización vial;
II. Transitar en sentido contrario;
III. Exceder los límites de velocidad permitidos;
IV. Desatender las reglas de preferencia de paso y proseguir con la luz roja del semáforo o señal de alto, reduciendo la velocidad;
V. Circular por carriles de contraflujo, confinados, preferentes y exclusivos para el transporte público;
VI. Dar vueltas en intersecciones en cualquier sentido, aun cuando existe señalamiento restrictivo, y
VII. Estacionarse o detenerse en lugar prohibido.
Lo anterior no exime a los conductores de los vehículos de emergencia de su responsabilidad de conducir con la debida prudencia para salvaguardar la integridad física de las personas y los bienes.
Si se determina que los operadores de estos vehículos utilizan las luces encendidas y señales audibles cuando no se dirijan a atender una situación de emergencia, serán sancionados.
Fuente: Reglamento de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro
Multa equivalente de 10 ($1,307) a 20 ($2,074)
Unidades de Medida y Actualización (UMA).
3 puntos de penalización en licencia para conducir.
Multa equivalente de 20 ($2,074) a 30 ($3,112)
UMA.
3 puntos de penalización en licencia para conducir.
Multa equivalente de 10 ($1,307) a 20 ($2,074) UMA.
“Cuando te encuentras un vehículo de emergencia, forzosamente debes de darle el paso; ver por dónde viene la unidad y moverte de manera segura para evitar un accidente. Por eso es importante estar siempre atento, moverse y dejarlo pasar”.
Judith Sánchez Gallarlo
“Hay que hacerse a un lado, dejarlos pasar. No sabía que existían sanciones para quienes aprovechan y siguen al vehículo de emergencia cuando se va abriendo paso entre el tráfico; sí me ha tocado observar que algunos conductores hacen ese tipo de cosas y no es correcto. Cuando oigo una sirena, busco por dónde viene el vehículo para ver hacia dónde me voy a mover”.
Gerardo Aguilar Conductor
03 02 DE MAYO DE 2023 DE MAYO DE 2023 MIÉRCOLES 24 MIÉRCOLES 24
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Lo que hemos perdido
ROBERTO MENDOZA
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Parte 2 a
El presidente, por medio de sus dichos y a veces de sus actos, pareciera que quiere ser un dictador. Le estorban los largos procesos administrativos y los requisitos legales que necesitan cumplir sus actos y acciones, incluso ha dicho que, para estos, la ley no debería ser la ley, porque sus decisiones, solo por su voluntad, le parecen más importantes y benéficas que lo que pudiera marcar la norma. Desde su punto de vista, si existe un peligro que justifica su impulso cuasitiránico, está en riesgo su entrada a la historia como el prócer que él siente que ya es.
Quizá sea un pequeño pudor o una pequeña integridad, pero el presidente se detiene todavía; lo que no detiene son sus dichos. “Su pecho no es bodega”, asegura; es decir, no se guarda nada y sin importar que sus dichos, frases y mensajes resuenen en cada uno de sus seguidores de múltiples maneras y provoquen múltiples acciones, él crea una narrativa que, en muchos sentidos, provoca hasta violencia. La falta de mesura también socava la institucionalidad y provoca que se debilite la de otros poderes. Esta tendencia , este permiso que se otorga, se transfiere a senadoras, senadores, diputadas, diputados, magistradas y magistrados, gobernadores, secretarios de Estado, titulares de deportes, funcionarios de todas las dependencias y, en todos los cargos, da lo mismo si es el titular o el policía de la entrada; si creen que tienen poder, lo ejercen ante cualquiera. ¿Políticos y funcionarios mexicanos podrán ver a los ojos a sus hijas o hijos después de lo que dicen y hacen? ¿Se los demandará la nación? ¿Qué lugar ocuparán en la historia? Lo más preocupante es que esta “carta blanca” la retoma de manera literal, cualquiera que cree defender al presidente. ¿Se les da permiso para la protesta violenta? ¿Para desear e insinuar la muerte y así llevar un ataúd a la puerta del trabajo de su adversario? ¿Cuándo nos perdimos?
pante es que esta “carta que cree defender al preprotesta trabajo
JEFATURA DE INFORMACIÓN
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JEFATURA DE REPORTEROS Salvador Castillo
DISEÑO Marco A. Rodríguez
17516, de los cuales es titular AD COMUNICACIONES, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio de la Publicación: Avenida Constituyentes Nº109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Imprenta: El Universal Compañía Periodística Nacional, S.A. de C.V. Bucareli Número 8, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México C.P. 06040. Distribuidor: AD COMUNICACIONES, S. DE R.L. DE C.V. Avenida Constituyentes Nº 109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta edición.
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AD QUERÉTARO, periódico de lunes a viernes, 24 de mayo de 2023. Editor responsable: Fernando Sánchez López. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo número 04-2022-080513290700-101 y Certificado de Licitud de Título y Contenido número