#TusFinanzas
Casos en donde puede usarse la e.firma
En servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Avisos aduanales.
Permisos de importación.
Presentar declaraciones, como método de autentificación ante el SAT.
Solicitudes, como la de tu cédula profesional.
En caso de ser contribuyente que expide comprobantes o presenta declaraciones periódicas, tienes la obligación de solicitar este documento electrónico.
Darte de alta o de baja del sistema del Servicio de Administración Tributaria.
Mayores contribuyentes en México por sector económico
29.8%
son de servicios profesionales, científicos y técnicos
6.8% industrias manufactureras
5.4% comercio al por menor
5.4% servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación
4.7% agricultura, aprovechamientoganadería,forestal, pesca y caza
2.5%
otros servicios excepto actividades del Gobierno
2.2% actividades del Gobierno y de organismos internacionales y extraterritoriales
2.2% construcción
2.0% comercio al por mayor
ESTE TRÁMITE ES INDISPENSABLE
9,300 trámites de e.firma se hacen al día: SAT
El SAT no te sancionará por no renovar tu firma electrónica en tiempo y forma, ya que permite renovarla hasta por un lapso menor a un año después de la fecha de vencimiento
En México, diariamente se hacen 9 mil 313 trámites de e.firma ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Según datos estadísticos, 54 por ciento de ellos son por renovación y 46 por ciento son trámites de primera vez.
La e.firma es el conjunto de datos y caracteres que te identifican al efectuar trámites y servicios por internet en el SAT, así como en otras dependencias, entidades federativas, municipios y la iniciativa privada.
Tu e.firma es única, es un archivo seguro y cifrado, que tiene la validez de una firma autógrafa. Por sus características, es segura y garantiza tu identidad.
Este archivo digital está compuesto por tres elementos: un certificado (que contiene información como tu RFC), una llave del archivo y una contraseña.
Cómo recuperar la firma electrónica
Si olvidaste la contraseña que protege la llave privada de tu e.fi rma, tendrás que revocarla y tramitar una nueva en las ofi cinas del SAT.
Al solicitar la cita, escoge la opción de renovación o revocación de personas físicas.
La opción que ofrece la página del SAT es para renovar la contraseña de acceso al portal del SAT (la que generas cuando te das de alta en el SAT mediante tu RFC), no de la e.firma.
Si perdiste la llave privada, no hay manera de recuperarla. Tienes que acudir a las oficinas del SAT personalmente para que revoquen tu certificado actual y te den uno nuevo.
Puedes solicitar una cita en el portal del SAT.
Si perdiste el certificado de tu e.firma (archivo con extensión .CER), podrás recuperarlo en línea mediante el sistema del SAT, ya que, a diferencia de la contraseña y la clave privada, este es público.
Solo necesitas tu RFC o el número de serie del certificado y acceder al ‘sistema de recuperación de certificados’.
Una vez ahí, delimita la búsqueda por RFC o número de serie y selecciona el certificado que deseas descargar.
¿Quieres saber si tu e.firma está vigente?
Consulta el estado de tu certifi cado en el portal del SAT. El estatus puede ser: revocado, caduco o activo.
En caso de que necesites renovarla, puedes realizar este proceso en línea. Solo tienes que seguir los siguientes pasos:
Descarga el ‘software’ Certifica.
Selecciona ‘Requerimiento de renovación de e.firma’.
Cómo puedo obtener mi e.firma por primera vez
De forma presencial
Solicita y programa una cita en la oficina del SAT de tu preferencia. Presenta y entrega la documentación e información señalada en el apartado requisitos
Original o copia certificada de una identificación oficial vigente (INE, pasaporte, licencia de conducir u otro documento similar).
Copia de tu CURP.
Comprobante de domicilio fiscal (en caso de que sea necesario), y para los asalariados: comprobante de domicilio (en caso de contar con la misma información, tu credencial para votar puede ser válida).
USB, para poder almacenar tu e.firma.
Correo electrónico.
Durante el trámite se registrarán tus datos biométricos, consistentes en foto, huellas dactilares, iris, fi rma autógrafa y la documentación que presentes de acuerdo a los requisitos.
Firma el acuse de generación de certificado digital de e.firma.
Trámites de e.firma
3
MILLONES
399 mil 448 certificados de firma electrónica se emitieron en 2021
1 MILLÓN
576 mil 547 corresponden a su primer trámite
De los cuales 1 MILLÓN
479 mil 887 fueron para personas físicas
96 MIL
660 personas morales
1 MILLÓN
822 mil 901 solicitaron renovación
De los cuales 1 MILLÓN
Estos componentes se suben al momento de realizar un trámite (en internet), ya que la página lo solicita.
Así podrás hacer trámites de forma segura sin tener que ir personalmente a las dependencias.
La e.firma tiene una vigencia de cuatro años, por lo cual es necesario hacer su renovación en este periodo.
El Sistema de Administración Tributaria no te sancionará por no renovar tu firma electrónica en tiempo y forma, ya que permite renovarla hasta por un lapso menor a un año después de la fecha de vencimiento a través de sus medios digitales.
Sin embargo, te castigará por no cumplir con tus obligaciones fiscales que requieren de tu e.firma vigente como la emisión de facturas o la presentación de tu declaración anual o periódica según lo indique tu actividad económica.
Prepara los archivos de e.fi rma (incluyen el .CER y .KEY).
Sigue las indicaciones del programa.
491 mil 777 fueron personas físicas
331 MIL
124 personas morales
02 03 DE SEPTIEMBRE DE 2023 DE SEPTIEMBRE DE 2023 JUEVES 14 JUEVES 14
Jessica Ignot
OCCMundial SAT Orden Jurídico Cámara de Diputados: indicadores de recaudación Inegi
1 2 3 4 5
Consultamos:
FOTO: ARMANDO VÁZQUEZ
JUEVES 14
DE SEPTIEMBRE DE 2023
#TuPágina 04
¿Omisión legislativa o de la CNDH?
SERGIO ARELLANO @siarellano5
Somos el país de las regulaciones y el protagonismo; bien sabemos que los integrantes del aparato legislativo buscan su trascendencia histórica con una infinidad de reformas a las normas vigentes, muchas de ellas ociosas y contradictorias.
En el caso concreto que quiero compartir, evaluando una de las bondades del “hiperreformismo” (que ha estudiado con detalle el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM) se encuentra el hecho de que reiteradamente se cita a los grupos de atención prioritaria, es decir, su presencia se ha vuelto innegable en nuestro cuerpo normativo por razones evidentes; en consecuencia, la observancia de tales disposiciones se constituye como un menester para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en aras de que no se cometan acciones u omisiones por parte de la autoridad en perjuicio de los grupos en comento.
Recientemente, estimada o estimado lector, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó que la CNDH tuviera facultades para supervisar a las estancias migratorias, así como sucede en los centros penitenciarios.
En ese sentido, me gustaría preguntarles: ¿Era necesaria esa reforma? En otras palabras, ¿las personas migrantes se encontraban en un estado de indefensión? Lo anterior, en la inteligencia de que no se contemplaba este supuesto específico dentro del marco jurídico del ‘ombudsperson’.
Mes patrio en el Centro Histórico
Querétaro
DIRECTOR GENERAL EDITORIAL
Miguel Ángel Flores García mflores@adcomunicaciones.mx
DIRECTOR COMERCIAL
Antonio Collado Prieto acollado@adcomunicaciones.mx
gordando el texto legal y justifica-
Sorpresivamente, este tipo de acciones provocan los aplausos cuando, en realidad, seguimos engordando el texto legal y justificamos la pasividad del órgano autónomo.
Por estos razonamientos, salvo su mejor opinión, tenemos que volvernos mucho más críticos con el espectáculo político, captar las incongruencias, exigir resultados y proponer todas aquellas alternativas que abonen al mejor quehacer de la autoridad.
JEFATURA DE INFORMACIÓN Marittza Navarro
JEFATURA DE REPORTEROS Salvador Castillo
DISEÑO Marco A. Rodríguez
Editor responsable: Fernando Sánchez López. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo número 04-2022-080513290700-101 y Certificado de Licitud de Título y Contenido número 17516, de los cuales es titular AD COMUNICACIONES, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio de la Publicación: Avenida Constituyentes Nº109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Imprenta: El Universal Compañía Periodística Nacional, S.A. de C.V. Bucareli Número 8, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México C.P. 06040. Distribuidor: AD COMUNICACIONES, S. DE R.L. DE C.V. Avenida Constituyentes Nº 109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta edición.
Oficinas y ventas: publicidad@adcomunicaciones.mx
Móvil: (442) 479 14 89 | Oficina: (442) 291 99 00
Reporte ciudadano: 442 479 1513
@paloli02
CONVERSA
Envíanos tu foto a jignot@adcomunicaciones.mx
AD
S de RL de CV
Editado por la empresa
Comunicaciones
AD QUERÉTARO, periódico de lunes a viernes, 14 de septiembre de 2023.