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El Proceso De Financiaci N

La financiación de una propiedad con una hipoteca sigue siendo una de las opciones más atractivas para comprar una propiedad en Mallorca, ya que los compradores pueden minimizar el impuesto sobre el patrimonio, mantener la liquidez y aprovechar al máximo los bajos tipos de interés disponibles actualmente.

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Es importante que cada comprador entienda las ventajas y las diferentes opciones de hipotecas que ofrecen los bancos internacionales y españoles. En la mayoría de los casos, las hipotecas españolas no tienen restricciones en cuanto al precio de compra o la nacionalidad del comprador, la mayor diferencia radica en el ratio préstamo-valor (LTV) máximo que los bancos permiten para los préstamos a residentes y no residentes. Los residentes suelen poder pedir un préstamo de hasta el 80% del valor de tasación de la propiedad. Los no residentes están limitados al 60-70% de ratio préstamo-valor, dependiendo del tipo de hipoteca y de la tasación del inmueble.

El banco o el asesor hipotecario se encargará de realizar una tasación para la solicitud de la hipoteca. El coste de la tasación del inmueble varía en función del precio de compra. Una vez aprobada la hipoteca, se necesitarán fondos para cubrir el importe restante y los gastos de compra.

El porcentaje máximo de préstamo sobre el valor de la vivienda y los plazos de amortización varían según la entidad bancaria, y un buen asesor hipotecario puede negociar mejores condiciones para cada cliente, siempre que el perfil y la solvencia del solicitante sean adecuados. Podemos presentarle a los líderes expertos en financiación de las Islas Baleares. Son un contacto único para todos los bancos y solicitan condiciones de hipotecas preferentes y exclusivas para todos nuestros clientes.

EL RATIO PRÉSTAMO- VALOR DE VIVIENDAS EN ESPAÑA

Hasta el 80% del valor de la propiedad para préstamos residenciales

60-70% del valor de la propiedad para préstamos no residenciales

PASO 1

PASO 2

Aprobaci N De La Hipoteca Solicitud De Hipoteca

Cuando contacte con el asesor hipotecario, éste concertará una reunión, estudiará sus datos y le pedirá que aporte una serie de documentos para la solicitud. El preparará un informe y lo presentará a los mejores bancos para cada cliente en función de sus prioridades.

Una vez aprobada su solicitud, se organizará una tasación de la propiedad que tarda entre 5 y 7 días. Se comprobará el valor de la propiedad y se confirmará el importe de la hipoteca. A continuación, se emitirá la oferta formal y, una vez firmada, se enviará al notario para preparar la finalización.

PASO 3

PASO 4

Firma De La Escritura Tramitaci N De La Hipoteca

En cuanto el notario reciba los documentos, estos deben permanecer en la Notaría 10 días antes de que se pueda completar la transacción. El cliente debe visitar al notario antes de la finalización para confirmar que entiende los términos y condiciones de la hipoteca.

El día de la finalización, tanto la hipoteca como la escritura pública de compraventa, se firman directamente ante el notario. Una vez firmado y pagado todo, los clientes recibirán las llaves de la propiedad para empezar a disfrutar de su nuevo hogar.

Desde el mobiliario, el coste potencial de las reparaciones, los plazos para la reserva de la propiedad, los plazos para la firma ante notario, hasta las formas de pago y la entrega de las llaves son muchos los factores que afectan al precio a ofrecer por una propiedad.

Conocemos los aspectos a tener en cuenta a la hora de cerrar una operación de compraventa. Ofrecemos un asesoramiento de confianza, representamos sus intereses y mediamos en el proceso de negociación para conseguir las condiciones más favorables y obtener lo mejor para todos nuestros clientes.

Firmar Un Contrato

Cuando se han acordado el precio de compra de la propiedad, las condiciones de pago y se han comprobado los trámites administrativos, el Vendedor y el Comprador pueden proceder a la firma de un contrato privado y al pago del depósito de reserva.

Este primer contrato no supone la transmisión de la propiedad, sino que protege el derecho a comprar tras haber pagado la opción y supone la obligación de vender en un plazo determinado.

Habitualmente es el 10% del valor de la compra para reservar el derecho a adquirir la propiedad. Esta cantidad puede pagarse directamente al Vendedor o depositarse en una cuenta de depósito de un tercero, normalmente la cuenta fiduciaria del Notario.

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