











Artículo24º
Disposiciones generales
Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por el Rector. En la resolución deberá señalarse la norma legal o reglamentariaque le sirva de fundamento.
Segundo: El Reglamento General antes aprobado, entrará en vigencia a contar de esta fecha.
Tercero: Se deroga el "Reglamento General" aprobado por Decreto Rectoría Nº 22/2009 del mismo año y cualquiera otra versión anterior o modificación vigente a la fecha.
Publíquese, comuníquese y archívese.
Santiago, a 1 de septiembre del año 2016