Reglamento de Convivencia Escolar 2019 - Escuela Diferencial san José de San Bernardo

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2019

ESCUELA DIFERENCIAL SAN JOSE DE SAN BERNARDO

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José ANTECEDENTES GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO

Nombre del establecimiento

: Escuela Diferencial san José de San Bernardo

Dependencia

: Particular Subvencionado

Sostenedor

: Sonia Veliz Bascuñán

Dirección

: Avenida San José N° 0399

Comuna

: San Bernardo

Región

: Metropolitana

Provincia

: Maipo

Teléfono

: 227616106 – 978883021

Jefa UTP

: Katherine Ruz Salazar

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José El reglamento de convivencia escolar de la escuela especial san José, año 2019 está enmarcado conforme a la circular que imparte instrucciones sobre reglamentos internos de los establecimientos educacionales de básica y media con reconocimiento oficial del estado Artículo 1: Ámbito y Alcance de la Aplicación: La Escuela Diferencial San José de San Bernardo, es un establecimiento orientado a entregar educación de calidad, a estudiantes que presentan discapacidad intelectual, explotando al máximo sus potencialidades para así formar seres autónomos capacitados en todos los ámbitos del quehacer social. Nuestra comunidad educativa está formada por estudiantes, padres, apoderados, personal directivo, docente, asistente de la educación, administrativos y auxiliares, que vivencian día a día la interacción y participación entre los diversos estamentos, donde es necesario desarrollar un ambiente grato y adecuado; fortaleciendo los derechos de los y las estudiantes, el respeto a la diversidad, así como también principios y valores sólidos. El reglamento interno de la Escuela Diferencial San José de San Bernardo establece disposiciones generales de organización y funcionamiento, explicita un conjunto de regulaciones y normas que regulan una sana convivencia entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Artículo 2: Objetivo El objetivo del reglamento interno es salvaguardar los valores del Proyecto Educativo, establecer los requerimientos de organización y funcionamiento de la institución y cautelar la sana convivencia de la Comunidad Educativa, regulando y orientan los comportamientos, desde el rol que cumple cada uno de ellos. Artículo 3: Conceptos y Definiciones Proyecto Educativo Institucional: El Proyecto Educativo Institucional es un instrumento que articula la Gestión Escolar. Es “un instrumento político y técnico que orienta el quehacer del establecimiento escolar y de sus distintos actores, explicitando la propuesta educacional y especificando los medios que se pondrán en marcha para realizarla” (MINEDUC). Comunidad Educativa: La comunidad educativa la define como “una agrupación de personas que inspiradas en un propósito común integran una institución educativa” cuyo” objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los estudiantes” para “asegurar su pleno desarrollo espiritual; ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico”; este “propósito compartido se expresa en la adhesión al proyecto educativo del establecimiento y a sus reglas de convivencia” (Art, 9°.LGE). La comunidad educativa está integrada por estudiantes, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales. Cada uno de los cuales gozan de derechos y están sujetos a deberes que explicita la LGE. (Definición Mineduc)

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Consejo Escolar: Son equipos de trabajo que se constituirán en cada escuela para aumentar y mejorar la participación de toda la comunidad educativa, y promover una vinculación más estrecha entre la familia y el quehacer escolar. Convivencia Escolar: Se trata de la construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa. Reglamento de Convivencia: Es un documento que tiene como función principal orientar el comportamiento de los diversos actores que conforman la comunidad, a través de normas que definen los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones de violencia Encargado de Convivencia: El Artículo 15 de la Ley sobre Violencia Escolar, que modifica el mismo artículo de la Ley General de Educación, señala que todos los establecimientos educacionales deben contar con un Encargado de Convivencia Escolar, cuyo nombramiento y definición de funciones deben constar por escrito, lo que será fiscalizado por la Superintendencia de Educación. De acuerdo a la LSVE, se establece que sus principales funciones son: Coordinar el Consejo Escolar para la determinación de las medidas del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, Elaborar un Plan de gestión, implementar las medidas del plan de gestión. Maltrato Escolar: El acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar, matoneo escolar, maltrato escolar o en inglés bullying) es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado tanto en el aula, como a través de las redes sociales, con el nombre específico de ciberbullying. Protocolos: Es un conjunto de procedimientos establecidos en un plan, cuya finalidad es estandarizar un comportamiento o acto. TITULO I: SOBRE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL ESTABLECIMIENTO Artículo 4: De los Consejos técnicos u organismos equivalentes De acuerdo a la legislación vigente y en razón de las necesidades de planificación, organización o evaluación de la gestión curricular, la Dirección del Establecimiento podrá convocar a Consejos Técnicos u organismos equivalentes, de carácter informativo, propositivo, consultivo, los cuales estarán integrados por docentes directivos, técnicos y/o docentes de aula. Estos consejos tendrán el carácter de instancias técnicas, cuyas resoluciones expresarán la opinión profesional de sus integrantes (Artículo 14 de la Ley Nº 19.070, Texto refundido, Estatuto docente Para los efectos de planificación, organización y resolución, se reconocen en el establecimiento los Siguientes consejos:

 Consejo de Equipo de Gestión: Se encuentra conformado por Sostenedor, directora, jefa de UTP, Psicóloga, su función es el encargado de la gestión y buen desenvolvimiento de las labores educativas. 5


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José  Consejo General de Profesores: Es dirigido por directora y jefa técnica, participan además todas las docentes del establecimiento. Entre sus funciones se destacan organizar, analizar todo el quehacer técnico/pedagógico de la escuela, programación del calendario anual, resolver situaciones emergentes, entre otros.  Consejo Escolar: El Consejo Escolar es el espacio participativo integrado a las escuelas y liceos de Chile como la instancia que resguarda la mirada de todos los miembros de la comunidad educativa: sostenedores, directivos, docentes, padres, madres y apoderados/as, estudiantes, asistentes de la educación. Todos/as, con roles enmarcados en derechos y deberes, resguardando la participan activa y representativa de cada uno/a, logrando con esto, trabajar sobre la realidad de cada comunidad y lograr acuerdos que fortalezcan la calidad de la educación de nuestros niños, niñas y jóvenes. (Fuente Educar Chile). El Consejo Escolar tiene atribuciones de tipo consultivo, informativo y propositivo, y si así lo determina el sostenedor, podrá ser también resolutivo. TITULO II: SOBRE LOS CARGOS Y SUS FUNCIONES Artículo 5: De la naturaleza de sus funciones Para los efectos del presente Reglamento y de acuerdo con la naturaleza de sus funciones, el personal que se desempeña en el Establecimiento, se clasifica de la siguiente forma: 1. Docentes Directivos 2. Docentes de Aula 3. Asistentes de la Educación 3.1 Función asistente de aula 3.2 Función psicóloga 3.3 Función fonoaudióloga 3.4 Función del cargo contable 3.5 Función auxiliar de aseo Artículo 6: Función Docente Directiva: La función Docente Directiva es aquella de carácter profesional de nivel superior que, sobre la base de una formación y experiencia docente específica para la función, se ocupa de lo atingente a la dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación y que conlleva tuición y responsabilidad adicionales directas sobre el personal docente, asistentes de la educación y de los estudiantes Se encuentra conformado por directora y jefa de la Unidad Técnico pedagógica. a) Director: Es la persona responsable de la dirección, organización y funcionamiento de la Escuela, de acuerdo a las normas legales vigentes, y al Proyecto Educativo del Establecimiento, siendo la responsable de la formación académica ante MINEDUC. Además, debe impulsar la marcha general de la Escuela, de acuerdo con los objetivos y orientaciones del Proyecto Educativo y con la colaboración de todos los estamentos. Debe dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de administración educacionales, teniendo siempre presente que la principal función es educar. 6


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José b) Jefa de UTP: Es la Docente responsable de asesorar en la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares. Debe programar, organizar, supervisar y evaluar, junto al cuerpo docente, las actividades correspondientes del proceso de aprendizaje. Procurar que exista un orden en el trabajo de los docentes, y que la planificación esté acorde al trabajo realizado diariamente por las docentes en aula y de acuerdo a las N.E.E de los alumnos según nivel en que se encuentra. Artículo 7: Docentes de Aula: Es el responsable inmediato de la vida escolar de los estudiantes que forman un grupo curso y de la formación de cada uno de ellos. Debe realizar la intervención de acuerdo a las N.E.E de los educandos en las distintas áreas del desarrollo. Artículo 8: Asistentes de la Educación: Es el funcionario que tiene la responsabilidad de apoyar complementariamente el proceso enseñanza - aprendizaje en labores de paradocencia, de administración y de servicios menores. 3.1. Función asistente de Aula: Dentro de las principales funciones de los Asistentes de Aula encontramos:  Apoyar a la docente en el desarrollo de su clase.  Colaborar en eventos, ceremonias, levantamientos de escenografías, exposiciones, etc.  Apoyar en la elaboración y construcción de materiales didácticos u otras herramientas de apoyo a la gestión educativa.  Apoyar a los y las estudiantes que lo requieran en su higiene personal, en su ida al baño y su muda y/o cambio de ropa en caso de ser necesario. 3.2. Función Psicóloga: Es la persona responsable de evaluar a los estudiantes que son derivados a la escuela, aplicándoles pruebas psicométricas para determinar el rango psicológico del alumno, y a su vez definir si en realidad el educando posee necesidades educativas especiales para ingresar al establecimiento, además de apoyar la labor docente entregando estrategias a las profesoras para poder orientar el proceso educativo, además apoya a la comunidad escolar, realizando talleres para padres, docentes y estudiantes. Además de estar encargado del plan de convivencia escolar dentro del establecimiento 3.3. Función del Fonoaudiólogo: Es la profesional encargada de realizar evaluación, diagnóstico y tratamiento a los estudiantes que presenten problemas de lenguaje y/o comunicación. 3.4. Función del cargo contable: Es el profesional del área de recursos humanos, quien tiene la misión de la administración Financiera-Contable del Establecimiento. 3.5. Función de auxiliar de aseo: Es la funcionaria que realiza labores de cuidado, aseo, limpieza de las instalaciones de la escuela, además controla el acceso a la escuela, informar a dirección sobre desperfectos encontrados en la escuela, entregar la alimentación en la sala de clases a los estudiantes.

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TITULO III-. SOBRE LOS NIVELES ESCOLARES DEL ESTABLECIMIENTO. De los niveles escolares: La Escuela Diferencial San José atiende a estudiantes en edades que fluctúan entre los 6 y 24 años, tiene matrícula para 114 estudiantes, agrupados en cuatro cursos por jornada escolar. Los cursos que imparte la escuela son: Regidos por el decreto 83:  1° básico  2° básico  3° básico  4° básico  5° básico  6° básico  7° básico  8° básico Regidos por decreto 87  Taller Laboral de alimentación El horario de clases para los cursos regidos por el decreto 83 son de 45 minutos la hora pedagógica, con un tiempo total de recreo de 30 minutos. El horario de clases para los cursos regidos por el decreto 87 (laborales) serán de 45 minutos la hora pedagógica para el taller laboral, ambos niveles con 30 minutos de recreo.

PARTE 2: REGLAMENTO DE CONVIVENCIA TITULO VI: SOBRE ASPECTOS CENTRALES DE CONVIVENCIA Artículo 9: Del Concepto de Convivencia Escolar La Escuela Diferencial San José de San Bernardo define la convivencia escolar como la forma de interacción armónica de los diferentes miembros que conforman la comunidad educativa, convivir en un ambiente grato, enmarcado en el respeto, la tolerancia y la inclusión, permitiendo un clima que propicia el aprendizaje y desarrollo integral de los estudiantes. Artículo 10: De los deberes de los padres y Apoderados - Padres y apoderados deben tomar conocimiento de los progresos y avances de sus estudiantes.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José - Padres y apoderados tienen la obligación de asistir a las convocatorias del colegio, tanto individuales como grupales. (Entrevistas y reuniones de apoderados). - Es deber de los padres, retirar los informes de sus hijos (as) en las fechas destinadas para ello. - Padres y apoderados deberán proporcionar a su hijo el uniforme o vestimenta apropiada para ir al colegio. - Es deber de los padres preocuparse por la vestimenta con la que asisten sus hijos(as) a la escuela. - La asistencia sistemática de los estudiantes a las jornadas de clases y aquellas extracurriculares expresamente convocadas, es obligatoria y debe ser supervisada por los padres. - Es obligación que padres y apoderados mantener con el personal docente y no docente del establecimiento una relación de respeto y deferencia. - Los apoderados no podrán ingresar a las salas una vez iniciado y durante el desarrollo del período de clases, salvo en el caso que sea expresamente citado o autorizado para ello, bajo la regulación de la Dirección. - Los padres y apoderados deberán responsabilizarse por deterioros y daños que causen sus hijos intencionalmente dentro del establecimiento. - Es responsabilidad de los padres y apoderados brindar a su pupilo las condiciones adecuadas para realizar sus deberes escolares. y apoyar a su pupilo en actividades escolares y tratamiento específico. - Es deber de los padres y apoderados informar oportunamente a la dirección del retiro de los alumnos, cuando sea en otro horario o si es hecho por otro adulto. - Los padres y apoderados tienen la obligación de comunicar oportunamente al establecimiento cualquier cambio de antecedentes del alumno en forma personal a la dirección del establecimiento. Artículo 11: De los derechos de los Padres y Apoderados - Todo padre y/o apoderado tiene derecho a recibir información del rendimiento escolar, diagnóstico, tratamiento, avance y comportamiento de su pupilo. - Los padres y apoderados podrán retirar al alumno antes del término de la jornada previo aviso a la Dirección y firmando libro de registro de salidas. - Padres y apoderados podrán solicitar entrevistas con profesores, especialistas y directivos en dirección del establecimiento, así como también, solicitar y recibir derivaciones e ínter consultas a psicólogos y neurólogos si es que fuese necesario. - Todo padre y apoderado tiene el derecho a recibir información y orientación sobre las necesidades educativas de su pupilo. 9


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José - Todo padre y apoderado tiene el derecho a recibir un trato adecuado e información veraz y oportuna de parte del establecimiento. Artículo 12: De los Deberes de los Estudiantes - Cumplir las normas establecidas de convivencia escolar. - Respetar a sus pares como autoridades del establecimiento. - Concurrir al colegio con el uniforme escolar, si no lo tiene debe venir con ropa adecuada a las actividades escolares con colores y diseños apropiados, sobrios y sencillos. - Respetar el horario de ingreso y retiro del establecimiento, así como también, los horarios de clases, recreos y actividades programáticas y/o extraescolares, horarios de entrega de desayuno y almuerzos. - Asistir todos los días a clases. - Es obligación velar por el cuidado de su mobiliario y enseres. - Cumplir con sus deberes escolares, realizando las tareas y trabajos que se le envían. - Todo estudiante debe hacerse responsable de sus pertenencias, cuidando sus cuadernos y ropa con la que asisten al colegio. - Traer a la escuela los materiales necesarios que se le solicitan para una clase o actividades. - Está prohibido traer al colegio objetos personales y otros que no sean requeridos por los docentes, artefactos tecnológicos y de comunicación, dinero u objetos de valor cuya pérdida, el colegio no se hará cargo. Además, éstos no deben ser utilizados en horas de clases o en actividades que no correspondan. - Asistir a la escuela con una correcta presentación personal, esto implica tanto la vestimenta escolar, limpieza del uniforme, presentación personal también implica: aseo personal, uñas cortas y limpias (sin pintar). - Todo estudiante debe utilizar un lenguaje apropiado, respetando a su entorno. Artículo 13: De los Derechos de los Estudiantes - Recibir educación de calidad en cada una de las áreas de su desarrollo. - Recibir un trato con respeto con respecto a toda la comunidad educativa. - Derecho a escuchar y ser escuchados, siempre en un ambiente de respeto.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Artículo 14: De los derechos de los funcionarios del Colegio Los profesionales de la educación tienen derecho a:  Trabajar en un ambiente grato y de respeto  Se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la Comunidad educativa.  Recibir un trato de respeto por parte de todos los miembros de la comunidad escolar. Artículo 15: De los deberes de los funcionarios del Colegio Funciones generales:    

Respetar las normas del establecimiento. Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa. Procurar mantener la sana convivencia de todos los actores de la comunidad educativa. Procurar respetar las normas de convivencia y mantener el correcto funcionamiento de las actividades diarias a su función.

Los derechos, deberes y obligaciones de los funcionarios del establecimiento se encuentran detallados en forma extensa en el Reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad del Personal del Establecimiento, en conformidad con el Código del trabajo y Estatuto Docente. TITULO V: COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR Existirá un comité de Sana Convivencia Escolar, integrado por: Dirección, profesora, alumno, representante de padres y/o apoderado, asistente de la educación, encargado de proponer o adoptar medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano, así como también diseñar e implementar planes de prevención de la violencia escolar en el establecimiento. Artículo 16: Encargado de Convivencia Escolar Para cumplir con lo estipulado en los objetivos de convivencia escolar, es necesario contar con un coordinador de convivencia escolar, la profesional encargada es la Psicóloga del establecimiento La que tendrá la labor de:  Participar como principal mediador ante algún conflicto escolar.  Investigar sobre los actores involucrados en algún conflicto de convivencia escolar.  Informar a los apoderados sobre las gestiones realizadas en marco del manual de convivencia escolar.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Artículo 17: Normas de Comportamiento Reconocemos que el comportamiento de los estudiantes es un aspecto importante a tratar y educar para poder mantener buenas relaciones personales con sus pares y autoridades al igual les permite comprender y trabajar de forma efectiva los contenidos pedagógicos trabajados en clases y en espacios de esparcimiento. Consideramos que la mejor manera de promover el buen comportamiento, es teniendo un código de conducta claro, entendido tanto por el personal de la escuela, estudiantes y apoderados, apoyado de metodologías adecuadas a las características de cada alumno, complementadas con refuerzos positivos y negativos a la conducta. Artículo 18: Objetivos y valores de Buena Convivencia Escolar El objetivo de nuestra escuela es entregar educación de calidad a los estudiantes, y uno de los factores importantes para poder entregarla es mediante un ambiente grato, de respeto y seguro para todos. - Proveer un ambiente positivo, considerando el respeto mutuo y el medio ambiente. - Apoyar a los que necesitan ayuda, especialmente en cuanto a la autoestima, considerando la importancia del reconocimiento de los pares. - Escuchar con atención y valorar los puntos de vista y opiniones de los demás. - Cumplir con el rol establecido en la escuela, en cuanto a estudiante, profesores y directivos, en relación a: -

Puntualidad Cumplir con nuestras responsabilidades Cuidar nuestras pertenencias. Respetar a pares y demás miembros del colegio. Motivar conductas de no violencia tanto física como verbal y si al diálogo. Promover valores de respeto y responsabilidad.

TITULO VI: COMPORTAMIENTO Y FALTAS Siempre se entenderá que afectan gravemente la convivencia escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la comunidad escolar (profesores. Padres y apoderados, estudiantes, técnicos, etc.) que causen daño a la integridad física y/o psíquica de cualquier miembro de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren dentro de las dependencIas del establecimiento, ESTAS PUEDEN SER DE CARÁCTER SEXUAL, AGRESIONES FISICAS QUE PRODUZCAN LESIONES, USO, PORTE, POSESION Y/O TENENCIA DE ARMA O ARTEFACTOS INCENDIARIOS, ASI COMO TAMBIEN DE LOS ACTOS QUE ATENTEN CONTRA LA INFRAESTRUCTURA

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Las faltas y conductas inapropiadas estarán divididas en dos categorías, siendo una de ellas el comportamiento presentado en el establecimiento considerado como “falta leve” y la segunda falta en las que incurre el estudiante que es de carácter “grave”. FALTAS DE INDOLE PEDAGOGICO - Presentarse sin tarea y no entregar trabajos a tiempo (solo una vez) - Presentarse sin útiles de trabajo solicitados para realizar alguna actividad. - Presentarse sin justificativos al colegio por falta a clase u otro acontecimiento que lo amerite. - Llegar atrasado en alguna oportunidad al colegio sin justificación escrita. - Asistir a la escuela en solo alguna oportunidad con ropa inapropiada para asistir a un centro educacional (siempre con el justificativo del apoderado). FALTAS DE INDOLE PEDAGOGICO - Presentarse sin tareas o trabajos escolares en forma permanente. - Llegar atrasado en forma reiterada al colegio sin justificativo del apoderado. - Usar el uniforme escolar de manera inapropiada y/o con elementos no autorizados de manera reiterativa. - Asistir permanentemente con ropa de calle al establecimiento, sin autorización. - Faltar a clases en forma reiteradas sin justificativo del apoderado o sin certificado médico que lo acredite. - Usar celulares, i-pods u otros sistemas de audio, cámaras, juegos sin que estos hayan sido autorizados por el profesor y que estén distrayendo la clase. (ESTOS SERAN REQUISADOS Y TENDRAN QUE SER RETIRADOS POR EL APODERADO). PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO GENERAL 1. Todo procedimiento relativo a normas de convivencia escolar se tramitará conforme a las siguientes reglas, el procediendo se iniciará por oficio o mediante denuncia. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. 2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. 3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. 13


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Deber de protección 1. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso. 2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. Notificación a los apoderados. Al inicio de todo el proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo. Pero deberá quedar constancia de ella. Investigación 1. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información y evidencias a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. 2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe al Comité de Sana Convivencia Escolar o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento Citación a entrevista. 1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos. 2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia. 3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quién podrá aconsejar o pronunciarse al respecto. Resolución La autoridad competente, estos es la Dirección del establecimiento, deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo deber ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de Sana Convivencia Escolar. 14


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Medidas de reparación. En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tal medida podrá consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de establecimiento u otras que la autoridad competente. Recursos Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada en un procedimiento, dentro de un plazo 15 días hábiles a contar de la notificación del acto impugnable. El recurso será conocido y resuelto por la dirección en consulta al consejo de profesores, Disposiciones Especiales Aula Segura. (Ley 21 128) 1. A todo evento se entenderá que afectan gravemente la convivencia escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como profesores, padres y apoderados, alumnos, asistentes de la educación, entre otros, de un establecimiento educacional, que causen daño a la integridad física o síquica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias de los establecimientos, tales como: a) b) c) d)

Agresiones de carácter sexual, Agresiones físicas que produzcan lesiones, Uso, porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, Así como también los actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educativo por parte del establecimiento 2. En estos casos el director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio de conformidad a las normas prevista en el Titulo III de este reglamento, en los casos en que algún miembro de la comunidad educativa incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal en los reglamentos internos de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en la ley y este reglamento, especialmente las conductas tipificadas en el numeral 25.1 anterior. 3. Medida Cautelar de Suspensión de clases. La suspensión de clases en el establecimiento se aplicará como medida cautelar de acuerdo a las siguientes reglas:  El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en este reglamento o la ley.  El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a sus fundamentos, por escrito al estudiante afectado y a su madre, padre o apoderado, según corresponda. 15


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José  En los procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión, habrá un plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la medida cautelar.  En dichos procedimientos se deberán respetar los principios del debido proceso, tales como la presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas, entre otros.  Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los párrafos anteriores se podrá pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito.  La interposición de la referida reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación.  La imposición de la medida cautelar de suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando resuelto el procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como son la expulsión o la cancelación de la matrícula 4. La resolución de expulsión de un alumno no podrán aplicarse en un período del año escolar que haga imposible que el estudiante pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional, salvo cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integralidad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar y solo podrá ser resuelta y decretada por el director del establecimiento; su resolución una vez notificada, será susceptible de recurso EL QUE DEBERA INTERPONERSE DENTRO De quince días de su notificación, ante el Director, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores quien deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes. Deducido un recurso en contra de dicha resolución el director podrá aplicar mientras durante la tramitación del mismo, la medida cautelar de suspensión de clases. 5. Una vez resuelta la expulsión del alumno, sin posibilidad de recurso alguno, ya sea porque el mismo no fue acogido o no fue presentado dentro de plazo, la dirección del establecimiento deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise, el cumplimiento del procedimiento contemplado en la ley, A su vez, informara mediante oficio al Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional Ministerial respectiva, la medida de expulsión del alumno afectado a objeto de que dicho organismo practique la reubicación del estudiante sancionado según ordena la ley, en establecimientos que cuenten con profesionales que presten apoyo psicosocial, y adoptará las medidas para su adecuada inserción en la comunidad escolar. De este oficio se entregará copia al apoderado del alumno sancionado personalmente o mediante carta certificada.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José TITULO VII: SOBRE ASPECTOS DE NORMAS DEL TRABAJO ESCOLAR. Artículo 21: De la Asistencia Los estudiantes deben asistir diariamente a clases, si el estudiante falta al colegio, el apoderado debe justificar su falta a través de comunicación escrita en la libreta de comunicaciones del estudiante o a través de certificado médico que justifique su inasistencia. La inasistencia a clases en forma reiterada es considerada como una falta grave de acuerdo al presente reglamento. Artículo 22: De la Puntualidad Los estudiantes deben ser puntuales a la llegada al colegio, así como también al ingreso a la sala de clases después del recreo. Con la finalidad de normar la puntualidad en el establecimiento es que tomaremos un conjunto de acciones: En el caso de ingreso tardío al establecimiento, el estudiante debe dirigirse a Dirección, en donde quedara registrado el día y horario en que ocurrió el atraso, donde se le entregara un pase para que pueda ingresar a la sala. Si un estudiante entra en forma tardía a la sala de clases después de un recreo, el profesor debe solicitar un pase para que pueda ingresar, el que debe ser solicitado a Dirección, quedando el atraso registrado. Artículo 23: Del Uniforme Escolar La Escuela Especial Diferencial San José de San Bernardo desde el año 2009 instauro un uniforme escolar para que los estudiantes mantengan el orden en su vestimenta manteniendo una adecuada presentación personal, la vestimenta no es vendida por el colegio, sin embargo, existe una persona externa que los confecciona, el apoderado debe comunicarse directamente con la persona indicada para coordinar precios, tallas, etc. El teléfono y dirección se encuentra a disposición de los apoderados en la lista de útiles entregada a comienzo de año y en dirección.        

MUJER HOMBRE Falda de color burdeo y/o plomo  Pantalón de color plomo Calcetines de color plomo  Calcetines de color plomo Polera ploma con insignia del colegio  Polera ploma con la insignia del colegio Chaleco de color gris  Chaleco de color plomo Zapatos negros  Zapatos negros Medias de color plomo  Parca de color azul marino, burdeo y/o plomo Parca de color azul marino, burdeo y/o plomo  Cotona de dolor café y/o blanca Delantal cuadrille azul UNIFORME PARA CLASES DE EDUCACION FISICA

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Buzo de color bordeo Polera blanca 17


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José 

Zapatillas blancas UTILES DE ASEO PARA CLASES DE EDUCACION FISICA

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Polera de cambio Toalla Desodorante UNIFORME ESTUDIANTES DE TALLER LABORAL DE ALIMENTACION

   

Uniforme Escolar descrito Zapatos cerrados Cotona de color blanco Cofia de genero de color blanco

Si los estudiantes no pueden acceder a la compra del uniforme escolar con la insignia de la escuela, pueden utilizar vestimenta escolar con el tono del colegio y un delantal y cotona según corresponda, no siendo obligación adquirir el uniforme de la escuela con la insignia (siempre manteniendo la tonalidad del color del uniforme institucional). Artículo 24: De la presentación personal Los estudiantes de la escuela, deben venir correctamente presentados al establecimiento, aseados, peinados y con el uniforme, teniendo presente que:        

No se permitirán el uso de pircing. No Utilizar el pelo largo (hombre). Utilizar cortes de pelo de fantasía. Utilizar aros largos. Utilizar maquillaje en el rostro como en uñas. Asistir a la escuela con ropa inapropiada. En el caso de los varones, su cara debe estar rasurada. Uñas cortas

Artículo 25: Del mantenimiento de Infraestructura y material pedagógico Sobre el correcto uso de la infraestructura del establecimiento, así como el equipamiento se establece que:  Es responsabilidad de todos los estudiantes del establecimiento la conservación y cuidado de todos espacios, mobiliario, jardines, artefactos, baños.  En caso que el estudiante provoque algún destrozo en la infraestructura, mobiliario o implementos educativos, la reparación o reposición según corresponda sebe ser asumida por el apoderado del estudiante involucrado. 18


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Artículo 26: De la libreta de Comunicaciones La libreta de comunicaciones es un medio formal de comunicación entre el colegio y el apoderado, en la libreta debe estar especificado todos los datos de identificación del estudiante como: nombre, dirección, nombre del apoderado, teléfono, los datos deben estar permanentemente actualizados. La libreta de comunicaciones debe ser portada diariamente por el estudiante, las comunicaciones enviadas deben ser firmadas por el apoderado o docente según corresponda el envío de esta. El establecimiento no posee libreta institucional, debe ser utilizado para este fin un cuaderno o una libreta genérica Artículo 27: De los Premios, Elogios y Felicitaciones

- Entregar elogios y felicitaciones, estos pueden ser formales o informales, en público o en privado. El elogio debe identificar un buen comportamiento, premiar el logro del alumno(a) y debe ser visto como un apoyo para el aprendizaje de éste. - Los elogios formales corresponden a comunicaciones o llamados a los apoderados indicando alguna actitud o comportamiento positivo del alumno. - Panel de Estudiante Destacado: se reconocerá alguna conducta o responsabilidades educativas que presentan los estudiantes, los que serán premiados al final de cada mes, mediante el reconocimiento público, al aparecer su fotografía en el panel que se encuentra en el holl de dirección y mediante la entrega de un diploma.

PROTOCOLO DE ACCIDENTES ¿Dónde trasladar al estudiante ante un accidente? El alumno se traslada al servicio de urgencia más cercano al establecimiento, en nuestro caso Hospital “Parroquial”, ubicado en avenida O´Higgins # 04, comuna de San Bernardo. ¿Cómo se traslada el estudiante al servicio de urgencia? Se llama al centro de radio ubicado próximo a la escuela, para que envíen un móvil al establecimiento. En el caso que el accidente sea grave, como alguna caída o golpe donde exista pérdida de conciencia o dolor intenso que dificulte el desplazamiento del estudiante en forma autónoma, se llama al servicio de urgencia del Hospital Parroquial o al servicio de ambulancia 131. Casos particulares y extraordinarios serán evaluados caso a caso. ¿Quién acompaña al estudiante accidentado al servicio de urgencia? 19


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José La profesora titular del estudiante es la persona encargada de acompañar al estudiante al servicio de urgencia, la docente permanecerá en el recinto hasta que se presente un familiar del estudiante. ¿Quién se queda a cargo del curso si un estudiante tiene un accidente y la profesora titular debe acompañarlo? Los estudiantes en ninguna instancia pueden quedar sin supervisión de un profesional de la educación cuando ocurre un accidente, por lo cual la profesora rotativa tomara a cargo de inmediato el grupo curso. ¿Qué documentación debe llevar el estudiante accidentado al servicio de urgencia? Debe llevar el documento del Seguro de Accidente Escolar, que es proporcionado por la escuela, el que indica los antecedentes del alumno, identificación del establecimiento y breve descripción del evento ocurrido. El documento de Seguro Escolar permite que el alumno sea atendido en forma gratuita en el servicio de urgencia. ¿Cómo se da aviso a los padres y/o apoderado del accidente ocurrido? Una vez sucedido el accidente, y realizado las gestiones necesarias para la atención médica, se da aviso a los padres mediante una llamada a los teléfonos que el apoderado deja en la escuela. En el caso que el apoderado no registre ningún teléfono habilitado en el establecimiento, una vez que el alumno sea dado de alta del servicio de urgencia, se envía una comunicación indicando el accidente ocurrido, las medidas de acción tomadas y las copias del documento de Seguro Escolar e indicaciones médicas si correspondiese. PROTOCOLO DE ADMINISTRACION DE MEDICAMENTOS El apoderado del estudiante tiene el deber inexcusable de informar al establecimiento la existencia de cualquier enfermedad que pueda presentar el estudiante y/o tratamiento a seguir que requiera ser medicado, en el horario en que el estudiante se encuentre en horario escolar. Para que un estudiante se le administre algún medicamento en el establecimiento educacional es necesario que: 1. El apoderado deberá presentar a dirección el certificado médico en donde indica el tratamiento a seguir, una copia del certificado debe quedar archivada en la carpeta del estudiante. 2. El apoderado debe autorizar la administración de medicamentos al estudiante mediante autorización escrita, anexa al presente protocolo. 3. Los medicamentos deben ser entregados personalmente a dirección, no pueden ser enviados en la mochila del estudiante, con el objetivo de evitar la manipulación de este por parte de niños o jóvenes. Dirección llevara un registro de la fecha de entrega y cantidad de medicamentos entregados por el apoderado. 20


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4. La dosis del medicamento será administrada en el horario indicado, en la sala de profesores acompañado de un vaso de agua. 5. La persona encargada de administrar el medicamento es: Jornada Mañana: directora, de no encontrarse la persona responsable es la jefa de UTP. Jornada Tarde: directora, de no encontrarse la persona responsable es la jefa de UTP. 6. La escuela recibirá los medicamentos en su envase original. 7. Es exclusiva responsabilidad del apoderado llevar el registro de los medicamentos que existen en el establecimiento, con el objetivo que el estudiante no esté ningún día sin el tratamiento indicado. 8. El apoderado debe informar mediante documento escrito la continuidad o cambio en la administración del medicamento prescrita por el médico tratante en los controles periódicos que tiene asignado el estudiante.

SOLICITUD PARA LA ADMINISTRACION DE MEDICAMENTOS EN EL COLEGIO YO………………………………………………………. Rut; …………………………............. teléfono:………………………… / ………………………………………………. Como madre, padre o tutor del estudiante …………………………………………………, solicito y autorizo a la Escuela Diferencial San José de San Bernardo administrar la siguiente medicación: Nombre del medicamento: _________________________________________ Hora de administración del medicamento: _____________________________ Fecha de inicio medicación en el establecimiento: ______ / ______ / ______ Fecha de término medicación: _____ / _____ / ______, Indefinido: ______ 21


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Días en que se debe administrar:

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

Posología (Dosis de administración prescrita por el médico tratante) …………………………………………………………………………………………………………………… ______________________________________ Firma Apoderado

Fecha: _________________ de _______________ de 2019

PROTOCOLO DE CAMBIO DE PAÑALES O ROPA El protocolo de cambio de ropa y pañales tiene por objetivo establecer los procedimientos a seguir ante algún imprevisto que un estudiante requiera cambio de ropa o en el caso que un estudiante utilice pañales deban ser cambiados durante el periodo de horario escolar. PROFESIONAL A CARGO DE CAMBIO DE ROPA Y PAÑALES: La profesional a cargo del cambio de ropa es la asistente de educación, de no poder realizar el cambio tanto de ropa como de pañal la profesional a cargo es la docente del estudiante. CAMBIO DE ROPA: Consideraciones Generales: A. Para realizar cambio de muda o ropa al estudiante debe haber una autorización previa firmada por el apoderado. En caso de que no cuente con autorización se llamara para que lo retire o cambie de ropa dentro del establecimiento. La autorización será firmada por el apoderado en el momento de matricular al estudiante.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José B. El apoderado si lo desea debe enviar una muda de ropa dentro de la mochila del estudiante, de no existir la muda y necesariamente el estudiante debe ser cambiado, el apoderado debe dirigirse en forma inmediata al establecimiento para retirarlo o cambiarle la ropa correspondiente. Procedimiento: 1. El / la estudiante debe ser llevado al baño de niños(as), no podrá ser cambiado de ropa en la sala de clases u otra dependencia del establecimiento. 2. Siempre debe haber un adulto durante la realización del cambio de ropa. 3. En el caso que el estudiante pueda cambiarse de ropa por sí mismo, siempre se favorecerá su autonomía. 4. En el caso que el estudiante deba ser lavado, es la técnica quien deberá realizar el lavado con la ducha de mano habilitada en el baño de preescolar, en caso de poder realizar la acción en forma autónoma, se habilitara el mismo sitio siempre en compañía de la técnico de sala. 5. La ropa sucia será enviada al apoderado dentro de una bolsa plástica. 6. Se debe informar el procedimiento realizado al apoderado una comunicación escrita en la libreta de comunicaciones del estudiante, señalando el profesional que llevo a cabo el procedimiento, fecha y horario. 7. Si el estudiante requiere cambio de ropa y no es traída en su mochila, la docente se pondrá inmediatamente en contacto con el apoderado para que asista al colegio y lleve la ropa necesaria para su estudiante. SOLICITUD PARA EL CAMBIO DE ROPA EN EL ESTABLECIMIENTO

YO………………………………………………………. Rut; …………………………............. teléfono: ……………………… / ………………………………………………. Como madre, padre o tutor del estudiante …………………………………………………, solicito y autorizo a la Escuela Diferencial San José de San Bernardo a cambiar de ropa a mi estudiante si este lo requiere: Se deja en constancia que: 1. El / la estudiante debe ser llevado al baño de niños(as), no podrá ser cambiado de ropa en la sala de clases u otra dependencia del establecimiento. 2. Siempre debe haber un adulto durante la realización del cambio de ropa. 3. En el caso que el estudiante pueda cambiarse de ropa por sí mismo, siempre se favorecerá su autonomía. 4. En el caso que el estudiante deba ser lavado, es la técnica quien deberá realizar el lavado con la ducha de mano habilitada en el baño de preescolar, en caso de poder realizar la acción en forma autónoma, se habilitara el mismo sitio siempre en compañía de la técnico de sala. 5. La ropa sucia será enviada al apoderado dentro de una bolsa plástica. 6. Se debe informar el procedimiento realizado al apoderado una comunicación escrita en la libreta de comunicaciones del estudiante, señalando el profesional que llevo a cabo el procedimiento, fecha y horario. 7. Si el estudiante requiere cambio de ropa y no es traída en su mochila, la docente se pondrá inmediatamente en contacto con el apoderado para que asista al colegio y lleve la ropa necesaria para su estudiante.

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______________________________________ Firma Apoderado

Fecha: _________________ de _______________ 2019

CAMBIO DE PAÑALES Consideraciones Generales: A. Para realizar cambio de pañal al estudiante debe haber una autorización previa firmada por el apoderado. En caso de que no cuente con autorización se llamara para que lo retire o cambie de pañal dentro del establecimiento. La autorización será firmada por el apoderado en el momento de matricular al estudiante. B. Debe existir un lugar habilitado para realizar el cambio de pañales. C. Antes de mudar a cada niño se debe poner sabanilla para mantener la higiene. D. La profesional que realiza el cambio de pañales utilizando guantes para su limpieza. E. El estudiante debe traer todos los implementos necesarios para realizar el cambio de pañal e higiene. (toallas húmedas, pañales, toalla nova) de no contar con los implementos necesarios para realizar una correcta muda e higiene se llamará al apoderado para que asista al estudiante llevándole los implementos necesarios, de lo contrario no podrá ser mudado, siendo responsabilidad exclusiva del apoderado.

Procedimiento: 1. El / la estudiante debe ser llevado al lugar establecido para mudar, no podrá ser mudado en la sala de clases u otra dependencia del establecimiento. 2. Siempre debe haber dos adultos durante la realización de la higiene y cambio de pañal. 3. La profesional que realiza el procedimiento debe tomar las medidas de higiene necesarias, lavarse las mano, secarlas, poner sabanilla en el mudador, poner guantes. 4. Preparar las pertenencias junto con los artículos de aseo que se van a utilizar. 5. Recostar al estudiante en el mudador para realizar el procedimiento de cambio de pañal. 6. La ropa sucia será enviada a casa en una bolsa plástica. 7. Se debe informar el procedimiento realizado al apoderado una comunicación escrita en la libreta de comunicaciones del estudiante, señalando el profesional que llevo a cabo el procedimiento, fecha y horario. 8. Se debe dejar registro de situaciones anómalas detectadas durante el cambio de pañal en el registro anecdótico del estudiante e informar al apoderado en forma escrita a través de la libreta de comunicaciones.

PROTOCOLO ANTE EMBARAZO ESCOLAR El propósito de este documento es declarar la postura y los pasos a seguir del establecimiento frente a la situación de embarazo, maternidad y paternidad, que fortalezcan y favorezcan la permanencia de los estudiantes de la comunidad educativa, que se vean enfrentados a esta situación en el establecimiento. 24


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José El embarazo y la maternidad no debe ser impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales, por lo tanto, toda institución educativa deberá otorgar facilidades para cada caso. Lo anterior se encuentra sustentado en la Ley 20.370 en sus artículos 11º, 15º, 16º, y 46º, decreto supremo de educación número 79 de 2004 y Ley Nº 20.418 de 2010 de Salud, además de la Convención Internacional sobre los derechos y deberes del niño (menores de 18 años) de 1989. Toda la información contenida en este documento se fundamenta en el deber que tiene la Escuela Diferencial San José, el de asegurar el derecho a la educación, brindando las facilidades correspondientes para la permanencia del o la joven en el sistema escolar, evitando así la deserción de la o las alumnas embarazadas y/o madres y padres adolescentes. Estas observaciones se fundamentan en el respeto y valoración de la vida y en los derechos de todas las personas, lo que implica no premiar o fomentar el embarazo adolescente. DERECHOS Y DEBERES De la estudiante embarazada: DEBERES La estudiante debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares. La estudiante (y/o el apoderado) debe informar su condición a su profesor jefe, presentando un certificado médico que acredite su condición. La estudiante debe presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los controles médicos del bebe. La estudiante debe justificar las inasistencias por problemas de salud tanto del bebe como de la madre, con los respectivos certificados médicos. Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades académicas. DERECHOS La estudiante tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que forman parte de la Comunidad Educativa. La estudiante tiene permiso para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carnet de salud o certificado emitido por el médico tratante. La estudiante tiene derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir una infección urinaria, siendo esta la primera causa de síntoma de aborto. Facilitar durante los recreos pueda utilizar las dependencias del colegio para evitar el estrés o posibles accidentes. Realizar las gestiones necesarias para incorporar a las figuras parentales significativas (padre, madre, u otro) , como factor fundamental en la red de apoyo necesaria para él o la estudiante, especialmente como lo es en nuestro caso aquellos/as estudiantes en situación y/o situación distinta (NEE) 25


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José La estudiante tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en actividades extra programáticas y graduación según corresponda. La estudiante tiene derecho a adaptar su uniforme escolar a la condición de su embarazo PERIODO DE MATERNIDAD La estudiante tiene derecho a decidir el horario de alimentación del hijo/a, que debiera ser como máximo una hora, sin considerar los tiempos de traslado, evitando con esto que se perjudique su evaluación diaria. Este horario debe ser comunicado formalmente al director/a del establecimiento educacional durante la primera semana de ingreso de la alumna. Para las labores de amamantamiento, en caso de no existir sala cuna en el propio establecimiento educacional, se permitirá la salida de la madre en el horario predeterminado para acudir a su hogar o sala cuna. Cuando el hijo/a menor de un año presente alguna enfermedad que requiera de su cuidado especifico, según conste con un certificado emitido por el médico tratante, el establecimiento dará, tanto a la madre como al padre adolescente las facilidades pertinentes, considerando especialmente que esta es una causa frecuente de deserción escolar post parto. Del estudiante Progenitor DEBERES El estudiante debe informar a las autoridades del colegio de su condición de progenitor, entregando los antecedentes correspondientes a Profesor Jefe y a la Dirección del colegio. Para justificar inasistencia y permisos deberá presentar el carnet de salud o certificado médico correspondiente. DERECHOS El estudiante tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de las etapas del embarazo y su rol como progenitor. (Dichos permisos, entradas y salidas deben ser solicitados por el estudiante a través de documentación médica respectiva). El estudiante tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por enfermedad de su hijo/a, al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol de padre. 26


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Del establecimiento educativo DEBERES En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio. No discriminar a las estudiantes, mediante cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, negación de la matrícula, suspensión u otro similar. Mantener a la estudiante en la misma jornada y curso, salvo que ella exprese lo contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y él bebe. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos pre y post natales, así como a los que requiera su hijo/a recién nacido. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles actividades extra programáticas, así como en las ceremonias donde participen sus compañeros de colegio. A excepción de si existen contraindicaciones específicas del médico tratante. Respetar la eximición de las estudiantes, de las clases de educación física. Otorgar las facilidades para compatibilizar su condición de estudiante y de madre durante el periodo de lactancia. CONSIDERACIONES PARA LOS ADULTOS RESPONSABLES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES EN SITUACION DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDAD Los padres y madres adolescentes intentan hacer las cosas de la mejor forma posible para sus hijos/as, y es fácil desesperarse cuando se les ve oscilar entre la dependencia de un joven y la independencia de un adulto. 27


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Por lo tanto, el desafío como adultos responsables de un adolescente es estar atentos a sus señales, claras o equivocas, y mantener abiertas las vías de comunicación. Al padre, madre o figura parental significativa que es apoderado/a de un adolescente en situación de embarazo, maternidad o paternidad, debe incorporar en este rol responsabilidades en sus deberes. Los padres y madres o figuras parentales responsables de una o un adolescente en situación y/o situación distinta (NEE) debe tener presente que su desarrollo físico y socio afectivo generalmente pasa por las mismas etapas de los demás jóvenes, por lo tanto, es importante que se mantengan informados y establezcan una comunicación abierta con sus hijos e hijas adolescentes. Recordar que antes que nada son personas. Informar en el establecimiento educacional que la o el estudiante se encuentra en esta condición. El director/a o profesor/a responsable le informara sobre los derechos y obligaciones, tanto del estudiante como de la familia y del establecimiento educacional. Cada vez que el/ la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al establecimiento a entregar el certificado médico correspondiente. El apoderado deberá velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y el cumplimiento del proceso educativo del o la estudiante. El apoderado deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedara bajo la tutela o responsabilidad de otra persona. El apoderado deberá mantener su vínculo con el establecimiento cumpliendo con su rol de apoderado. Con el fin de que los estudiantes en situación de embarazo, maternidad y maternidad no abandonen el sistema escolar, puedan continuar sus estudios y complementar su trayectoria educativa, los docentes y directivo del establecimiento deben orientar y asegurarse de que ellos accedan a los beneficios que entrega el Ministerio de Educación.

PROCEDIMIENTO ANTE SITUACION DE EMBARAZO ADOLESCENTE 1.- TOMA DE CONOCIMIENTO La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo en el establecimiento idealmente a su profesor jefe, si no a cualquier docente, directivo o funcionario quien debe acoger, orientar y respetar con discreción la información. En esta etapa se debe establecer un vínculo de confianza inicial favoreciendo el proceso de apoyo a la estudiante, evitando la deserción escolar y procurando su protección.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Una vez comunicada la condición de maternidad de la estudiante, la información debe ser llevada a las autoridades directivas por medio del profesor jefe y en nuestro caso por la psicóloga encargada de Convivencia escolar. 2.- ENTREVISTA INVOLUCRADOS El director/a en conjunto con el encargado de convivencia escolar y el profesor/a jefe deben citar a la estudiante a entrevista, en la cual se debe acoger y pueda tomar conocimiento tanto de sus derechos como sus deberes, mostrando en todo en todo momento que el colegio la apoyara en el proceso. En esta instancia, se deben citar al o los apoderados de la estudiante. En la entrevista con el apoderado se deben registrar aspectos tales como la situación familiar y la reacción de los padres frente a la condición de embarazo de su hija. Se debe dar a conocer el protocolo de acción que se implementara para que la estudiante continúe con sus actividades y no pierda su año escolar. También se deben recopilar antecedentes de la estudiante embarazada tales como estado salud, meses de embarazo, fecha posible de parto y certificados médicos que acrediten su condición. 3.- SEGUIMIENTO El profesor jefe será el tutor de la estudiante, encargándose de que el proceso académico de la estudiante se lleve a cabo, así como también en lo que respecta a las evaluaciones. Se debe contemplar en este proceso entrevistas de seguimiento tanto con la estudiante, como con su apoderado. Cabe señalar la importancia de registrar en la carpeta de la estudiante todos los antecedentes que se recopilen desde el inicio hasta el fin de la aplicación de este protocolo. PLAN ACADEMICO La Unidad técnico Pedagógica en conjunto con el profesor jefe elaboran una programación de trabajo escolar adecuando los procesos de evaluación para la estudiante que le permitan desenvolverse de manera normal en el colegio y al mismo tiempo pueda cumplir con los cuidados y controles de su condición de embarazo. El profesor jefe debe elaborar un informe final académico cuando se haya cumplido el periodo establecido. Este informe se entrega a la gestión técnica pedagógica, para luego ser entregado al apoderado, dejando una copia PROTOCOLO DE ATENCION AL APODERADO Cabe señalar que por definición la atención de apoderados es el encuentro entre el profesor jefe(a) y/o cualquier docente que cito o le fue solicitada la entrevista, en donde se acuerda un encuentro con el objetivo de mejorar la atención pedagógica del estudiante. El siguiente protocolo está destinado a la Comunidad Educativa y consigna las acciones que se deben tomar en la atención de Padres y Apoderados del Establecimiento.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José  El apoderado toma conocimiento del día y horario de atención del profesor en reunión de padres y apoderados.  El apoderado que sean citado a entrevistas concedidas serán atendidos al interior del establecimiento en este caso Sala de Profesoras u oficina Psicóloga en el caso que el profesional solicite una cita.  Los apoderados pueden ser citados por el Profesor Titular o de otra asignatura, así como también por la psicóloga, fonoaudióloga, director o jefe técnico del establecimiento.  Los contenidos del encuentro quedaran registrados en ficha de entrevista de Apoderados.  El apoderado asiste a una citación cuando el profesor(a) jefe u otro profesional se lo solicite.  Si el apoderado requiere de una hora de atención debe enviar una comunicación escrita mediante la libreta de comunicaciones solicitando una entrevista con el profesor, quien le indicara la fecha y hora del encuentro.  El profesor atiende al apoderado el día y hora señalada para resolver la situación  Se estima adecuado para la atención de Apoderados que el profesor(a) lo realice dentro de sus horas no Lectivas.  Los Padres y Apoderados están conscientes que el conducto regular se inicia contactando primero al profesor(a) jefe y/o al profesor(a) de la asignatura.  El profesor y/o profesional a cargo de la citación y los Apoderados, tienen la obligación de relacionarse en un ambiente de colaboración y respeto, siendo fundamental el trato de manera formal a través del uso de un lenguaje adecuado y formal.  Si un Padre o Apoderado no cumple con las normas de respeto antes señaladas el profesor(a) y/o profesional a cargo de la citación, dará término a la entrevista comunicando la situación a Dirección y dejando registro en ficha de entrevista apoderados.  Si en la cita entre el profesor y el apoderado no se llega a una solución, el equipo de Convivencia Escolar debe evaluar la situación y se deriva en caso que sea necesario a UTP (si es académico) o a Dirección (si es conductual) teniendo un plazo de tres días para entregar la respuesta al apoderado.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José  Es de carácter obligatorio la asistencia por parte de los apoderados a las citaciones que les son solicitadas, estando determinadas dentro del Reglamento de Convivencia Escolar.  El apoderado debe respetar el día y el horario en el cual fue citado, debido a que las profesoras tienen un horario de atención designado lo cual les impide salir del rango establecido para ello, en función de seguir cumpliendo con la docencia directa en sala de clases.  El apoderado que no asiste a una cita previamente acordada tendrá que reprogramar nuevamente la cita con el profesor(a) o el profesional con el cual se acordó la entrevista, en donde se debe acomodar al horario que pueda tener programado el profesor(a).  La inasistencia por parte del Apoderado a una entrevista debe ser justificada a través de comunicación enviada con anticipación al profesor(a), esto quedara registrado en la ficha de entrevista de atención de apoderados.  Si el Padre o Apoderado requiere conversar fuera del horario de atención de apoderados vía telefónica asuntos puntuales con el Profesor o Profesional, debe comunicarse directamente al teléfono del establecimiento, en donde dirección o unidad técnico Pedagógica evaluara si puede ser atendido por el profesional.  Se dictamina a los apoderados la prohibición en relación a la comunicación directa a los teléfonos personales de los profesionales del establecimiento, así como también la comunicación a través redes sociales entre el Apoderado y el Profesional. PROTOCOLO DE RETIRO DEL ESTUDIANTE DURANTE EL HORARIO DE CLASES El protocolo de retiro de los estudiantes durante la jornada de clases es un documento que norma la salida de los estudiantes entre las horas de jornada escolar en el establecimiento, con el objetivo de garantizar la seguridad de los estudiantes. El retiro de los estudiantes de su horario de clases debe ser una medida excepcional, debido a que pierden horario de clases, dificultando su aprendizaje y continuidad. a. El estudiante solo se podrá retirar del establecimiento cuando su apoderado designado en la ficha de matrícula se haga presente en el lugar. b. Ningún estudiante podrá salir del colegio con comunicaciones o llamados por teléfono. c. Si el apoderado designa a un apoderado suplente que retire al estudiante, debe comunicarse con el colegio mediante comunicación indicando el nombre de la persona que retira, horario, parentesco, 31


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Rut. Además, debe llamar al colegio indicando lo mencionado en la libreta de comunicaciones, de esta forma tenemos la certeza de quien retira al estudiante. d. Los estudiantes solo podrán retirarse durante la jornada de clases por razones de fuerza mayor, entre ellas es: asistencia a médico, fallecimiento de un familiar, enfermedad del estudiante, etc. e. El apoderado deberá identificarse en la puerta del colegio y posteriormente solicitar en dirección el retiro del estudiante en forma justificada, una vez autorizado por dirección el apoderado debe registrar en el registro de salida sus datos personales, motivo del retiro, horario. Y firma.

REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION Nuestro Proyecto Educativo tiene por finalidad ofrecer a los alumnos un sólido proceso de enseñanza aprendizaje y de formación integral, para responder a las exigencias y desafíos del mundo actual, junto con desarrollar en ellos el amor por la cultura y el saber, como una instancia de preparación para la vida e inserción en la sociedad. A partir del año 2017 la Escuela Diferencial San José de San Bernardo ha incorporado a su curriculum educativo la implementación del decreto Nº 83/2015 que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica, así como también para los cursos de nivel básicos y laboral de educación especial nuestro establecimiento se rige por el plan de estudio del Decreto 87/90 y homologación de Planes y Programas de Educación General Básica y Bases Curriculares de Educación Parvularia. PROMOCION En la modalidad del decreto 83/2015 los alumnos de los cursos de 1º a 8° año básico son promovidos según el logro de los objetivos propuestos, así como también el porcentaje de asistencia. La nota mínima para aprobar una asignatura, módulo o sector de aprendizaje es 4,0 y la asistencia mínima es de un 85%. 32


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En caso de los laborales En la Escuela consideramos que existen dos formas en que los alumnos son promovidos de un nivel o tipo de enseñanza. a) Los alumnos son promovidos de nivel de acuerdo a su edad cronológica: De acuerdo a la reglamentación del decreto 87/90 la promoción de curso de los estudiantes de la Escuela Diferencial San José de San Bernardo, se realiza dependiendo de la edad cronológica del alumno y no por las capacidades intelectuales que cada niño o joven posee. b) Los alumnos son promovidos del establecimiento dependiendo de su evaluación psicológica: Los alumnos egresados de nuestra escuela, son aquellos que han cumplido satisfactoriamente con los requisitos necesarios para ingresar a la Educación General Básica. Entre los requisitos más importante están; obtener un rendimiento intelectual global igual o superior a 70 (limítrofe) y aprobar algunos criterios pedagógicos mínimos. EVALUACION Consideramos dos tipos de evaluaciones: 1.Evaluación Pedagógica 2. Evaluación Psicológica

Evaluación Pedagógica: De acuerdo a la implementación de 1º a 8° básico la evaluación realizada corresponde a calificaciones las cuales serán expresadas en una escala de uno (1.0) a siete (7.0) y hasta con un decimal. La calificación uno (1.0) será la mínima y corresponderá a un 0% de evidencia o demostración de logros de aprendizajes o dominio de contenidos. La calificación siete (7.0) será la máxima y corresponderá a un 100% de logros de aprendizajes o dominio de contenidos. Excepcionalmente, estas correspondencias podrán ser modificadas transitoriamente en casos de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales. Para esta decisión, se requiere de la aprobación de los especialistas en estas materias y Jefe Técnico Pedagógico. Para las evaluaciones y calificaciones, el profesor podrá usar procedimientos e instrumentos dentro de una amplia y variada gama de ellos: pruebas escritas, ensayos, interrogaciones orales listas de cotejo, disertaciones, portafolios, trabajos prácticos, construcciones, representaciones, etc. Lo esencial es que el procedimiento de evaluación sea congruente con el tipo actividades de aprendizaje y con la forma de evidencia de aprendizaje que se espera Para cursos de 1° a 8° básico, así como también los talleres laborales les corresponde la evaluación realizada por las docentes, existen tres tipos de evaluaciones: 33


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a) Evaluación Diagnostica: Se realiza al inicio del proceso escolar, y tienen como propósito obtener los antecedentes necesarios para que cada alumno comience adecuadamente su proceso de enseñanza aprendizaje. b) Evaluación Formativa: Se realiza durante el proceso de enseñanza aprendizaje, permitiendo ver los avances obtenidos durante el transcurso del proceso, tiene como propósito proporcionar a los profesores y estudiantes información sobre el proceso en el aprendizaje con el fin de hacer las adecuaciones y planes remediales que sean necesarios para el logro académico de los estudiantes. c) Evaluación Sumativa: Se realiza al término de un periodo de enseñanza, para identificar los logros obtenidos. Esta evaluación es para determinar si los estudiantes han logrado los aprendizajes establecidos en los objetivos correspondientes y con el propósito de asignar calificaciones parciales. De las asignaturas de Orientación La calificación obtenida por los estudiantes en esta asignatura no incidirá en la promoción y serán expresadas en conceptos: MB: muy bueno, B: bueno, S: suficiente y I: insatisfactorio Calificaciones Para los estudiantes de 1º a 8° básico el sistema de evaluación será a través de los siguientes criterios: Los estudiantes serán calificados en todas las asignaturas ponderables al plan de estudio correspondiente a cada nivel. El nivel de logro alcanzado por los estudiantes se reflejará en una calificación con una escala que va de 1,0 a 7,0. Estas calificaciones deberán referirse solamente al rendimiento escolar del estudiante. La calificación mínima de aprobación es nota 4,0 y será asignada al estudiante que presente un dominio del 60% de los contenidos de la evaluación. El número de calificaciones del semestre en cada asignatura será equivalente al número de horas según el plan de estudio más 2 adicionales. Asignatura LENGUAJE Y COMUNICACIÓN MATEMATICAS HISTORIA Y CIENCIAS SOCIALES ARTES VISUALES MUSICA EDUCACION FISICA TECNOLOGIA CIENCIAS NATURALES

Nº de Evaluaciones 8 8 5 4 4 5 3 5 34


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José ORIENTACION

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La distribución de las evaluaciones por asignatura (pruebas parciales, lecturas, laboratorio, proceso, trabajos, Etc.) serán determinadas en conjunto el profesor de asignatura con la coordinación de ciclo e informadas a los alumnos de manera oportuna. Los cuadernos de asignatura de los estudiantes podrán ocuparse como un instrumento de aprendizaje, el profesor podrá evaluar la calidad del trabajo desarrollado en él, siempre y cuando su revisión sea habitual y sistemática por parte del docente y el estudiante. Los estudiantes que falten a una prueba fijada, justificando su inasistencia con certificado, deberán rendir la prueba en la fecha que acordara el profesor siendo evaluados con nota del 1,0 al 7,0. Por el contrario si la falta es sin justificación serán evaluados con una calificación máxima de un 4,0.

Niveles Básicos – Talleres Laborales Los estudiantes de niveles laborales serán evaluados con los siguientes indicadores: Logrado (L) En desarrollo (ED) No observado (NO)  En el transcurso de cada semestre a los y las estudiantes se les realizarán tres evaluaciones, diagnóstica, formativa y sumativa, recibiendo los resultados dentro de los 10 días hábiles siguientes, teniendo la retroalimentación correspondiente.  La asistencia a las evaluaciones calendarizadas es obligatoria, salvo casos particulares y extraordinarios con justificativos médicos y/o que se justifique de manera clara la inasistencia  Los apoderados de la escuela deberán justificar la inasistencia de su estudiante presentando la documentación correspondiente que respalde la ausencia a la evaluación, el mismo día de su reincorporación.  El o la estudiante deberá rendir las evaluaciones calendarizadas faltantes en un plazo a convenir con el docente, las que no se aplicarán el mismo día de la reincorporación del estudiante ni excederán el plazo de cinco días hábiles.  El alumno que no rinda una evaluación programada, sin justificación del apoderado como se establece en el artículo precedente, será evaluado con el indicador mínimo, es decir, NO LOGRADO (NL).  A final de año se les hará entrega de una carpeta con las evaluaciones realizadas. Evaluación Psicológica: 35


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José La evaluación psicológica se aplica a todos los estudiantes de la escuela, de acuerdo a las especificaciones Ministeriales son: TEST DE INTELIGENCIA WISC III, Versión Es un instrumento clínico de administración individual que Chilena se utiliza para evaluar la capacidad intelectual de niños de 6 años hasta 16 años, 11 meses y 30 días. TEST WAIS (Wechsler Adult Intelligence La escala de inteligencia de Wechsler para adultos, es un Scale) instrumento clínico que permite evaluar la inteligencia en adultos entre edades que fluctúan entre los 17 y los 24 años de edad

REGLAMENTO CONSEJO DE PROFESORES Es dirigido por directora y jefa de UTP, participa todas las docentes del establecimiento. Entre sus funciones se destacan es organizar, analizar todo el quehacer técnico - pedagógico de la escuela, programación del calendario anual, resolver situaciones emergentes, etc.

DE LOS DEBERES Y FUNCIONAMIENTO  El consejo de profesores sesionará una vez al mes durante todo el año académico en curso, de ser necesario se convocará en forma extraordinaria.  Todo docente tiene la obligación de asistir con puntualidad a todos los consejos de profesoras y reuniones que cite dirección o UTP:  Cuando por motivos justificados se suspenda una reunión técnica, los profesores deben permanecer en el establecimiento en el horario que corresponda realizando trabajo técnico pedagógicos designado por UTP.  Las reuniones técnicas serán dirigidas por la jefe de la Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento.  En cada reunión se debe levantar un acta de registro la que será realizada por la persona que encabece la sesión, directora o Jefa Técnica. FUNCIONES      

Discutir temas pedagógicos Discutir temas relacionados con el PEI Analizar y discutir temas relacionados con Convivencia Escolar. Analizar los problemas de los estudiantes en los distintos ámbitos de funcionamiento. Organizar actividades pedagógicas y recreativas. Estudiar y compartir métodos didácticos y pedagógicos de aprendizaje.

PROTOCOLO DE MATRICULA Y RETIRO 36


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José MATRICULA Matricula de estudiantes nuevos: Una vez realizada la evaluación psicológica en el establecimiento cuyo resultado indique que el estudiante reúne las condiciones necesarias para que pueda entrar a escuela diferencial, el apoderado debe: 1. Presentar certificado de nacimiento. 2. Llenar ficha de matrícula. Matrícula de estudiantes antiguos: 1. El apoderado debe realizar el proceso de matrícula en forma presencial en la dirección del establecimiento, donde debe llenar una ficha de matrícula del estudiante. 2. La fecha en que se realiza el proceso de matrícula será informada oportunamente a través de reuniones de apoderados y comunicaciones. Retiro de un estudiante del establecimiento: Se entiende por retiro cuando un apoderado solicita la documentación del estudiante para ser matriculado en otro establecimiento educacional. Para solicitar el retiro de un estudiante el apoderado debe:     

Informar a Dirección la decisión tomada por el apoderado respecto al retiro del estudiante del establecimiento. Solicitar la documentación del estudiante. La documentación entregada al apoderado debe ser en formato original, quedando una fotocopia en el establecimiento. Una vez solicitada la documentación al establecimiento, dirección tendrá plazo de 5 días hábiles para realizar la entrega. La documentación solicitada del estudiante será entregada solo al apoderado en forma presencial, el que debe firmar un registro donde indica la documentación que recibe. PROTOCOLO DE SALIDA PEDAGOGICA

Entendemos por salida pedagógica toda actividad que los estudiantes se trasladen fuera del establecimiento con el objetivo de complementar el aprendizaje en una asignatura determinada, reforzando el desarrollo curricular de una asignatura. El presente documento tiene la finalidad de dar a conocer a toda la comunidad educativa los pasos a seguir, medidas de seguridad que se deben tomar cuando un estudiante, grupo curso o colegio salen del establecimiento para realizar una actividad complementaria a la actividad pedagógica realizada dentro del establecimiento. 1.- Previo a la salida, con al menos 20 días de anticipación, el o los profesores responsables de la salida a terreno deberán enviar las autorizaciones de salida a los apoderados, para su correspondiente firma. 37


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José 2.- Los estudiantes van acompañados de las docentes y una asistente. Cuando la conducta del estudiante lo amerite, se pedirá la colaboración del apoderado responsable. 3.-Ningún estudiante podrá salir sin contar con la autorización escrita de su apoderado, la que constará en un documento con el nombre del alumno, nombre y firma del apoderado. 4.- - El día de la salida debe confeccionarse un listado con la nómina de los alumnos que salen, la cual debe coincidir con las autorizaciones enviadas anteriormente. 5.- Los estudiantes deberán salir debidamente uniformados, dependiendo del carácter de la salida. 6.-Los estudiantes deberán atenerse a las Normas de Convivencia de la misma forma como lo hacen durante la jornada de clases. 7.-Los estudiantes no podrán separarse del grupo liderado por el profesor (es) o apoderado, ni alejarse a desarrollar actividades distintas de lo programado. 8.- Quedará estrictamente prohibido la salida de los estudiantes portando elementos tales como: cigarrillos, alcohol, cualquier tipo de droga o alucinógeno, elementos que puedan ser peligrosos (corta cartones, corta plumas, cuchillos o algún tipo de arma de fuego). .9.-En caso de acudir en transporte público; tales como bus de recorrido, u otro medio los estudiantes también deberán mantener una conducta apropiada y respetuosa, considerando que son la imagen del colegio en el exterior. 10.- Los estudiantes deberán hacerse responsables de sus pertenencias, evitando dejarlas olvidadas en los medios de transporte o en los recintos que sean visitados. 11.- Cada vez que los estudiantes accedan a un recinto con el fin de interiorizarse de una actividad, visitar una muestra, presenciar un espectáculo, ingresar a un museo, etc estos tendrán especial cuidado de no causar ningún tipo de deterioro, destrozo o sustracción de elementos que allí se encuentren.

AUTORIZACIÓN SALIDA

Yo:……………………………………………CI:………………………... Apoderado del alumno:…………………………quien cursa el __________Autorizo el viaje y asistencia de mi pupilo, a _______________ El día________De__________del _________________

2019_______________,

en

el

horario

correspondiente

a 38


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José

Santiago, …. de …………. de 201…..

Firma

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE ENFERMEDADES DEL ESTUDIANTE El siguiente documento tiene por finalidad poner en conocimiento de todos los miembros de nuestra comunidad educativa la acción a realizar frente a enfermedades generales en los estudiantes del establecimiento e informar de una manera clara y concreta la intervención que se presta en cada situación durante el horario escolar. Objetivos -Atender y asistir oportunamente los problemas de salud de los(as) estudiantes ante la presencia de malestares. -Otorgar los primeros auxilios básicos a los(as) estudiantes que lo requieran. Información obligatoria que debe entregar el apoderado -El apoderado, para los efectos de comunicación en los casos señalados, debe informar y mantener actualizados sus datos de contacto (Número de casa, celular, vecina, entre otros) -El apoderado debe mantener informado al establecimiento respecto a alguna enfermedad de su hijo/a, para poder tener los cuidados y precauciones correspondientes. - No se administra ningún medicamento salvo que el apoderado lo autorice o que haya presentado la “correspondiente prescripción médica escrita, legible, correcta y actualizada”. Procedimientos 1. En caso de cefaleas, dolor de garganta, dolor abdominal y anomalías leves, la docente no está autorizada a dar medicación alguna al estudiante, sólo podrá recibir agua de hierbas para luego volver a clases.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José 2. Si el estudiante persiste con las molestias, se llamará al apoderado de manera inmediata para que retire a su hijo/a del establecimiento y lo asista en el centro médico más cercano. 3. El apoderado debe firmar el libro de salida, al momento de retirar al estudiante del establecimiento, registrando hora y motivo.

PROTOCOLO DE CONTENCION

Dada la discapacidad que presentan los alumnos que asisten a establecimientos de educación especial. Es necesario tener especial consideración con aquellos alumnos que además presentan trastornos conductuales de toda índole desde severos hasta leves No es raro que los niños que tienen dificultad para manejar sus emociones pierdan el control y dirijan su enojo contra sus profesores, gritando e insultando, lanzando objetos peligrosos, o pateando y mordiendo. Puede ser una experiencia alarmante y estresante tanto para el alumno como para toda la comunidad escolar. Un niño que se siente tan abrumado como para volverse agresivo es un niño angustiado. No tiene la capacidad de controlar sus emociones ni expresarlas de una manera más madura. Puede que carezca de las habilidades de lenguaje, la capacidad para controlar sus impulsos o resolver problemas. ¿A quién va dirigido este protocolo? A los estudiantes que presenten ALTERACIONES COMPORTAMENTALES: •Trastorno por déficit de atención e hiperactividad. •Trastorno Negativista desafiante. •Trastorno disocial Las siguientes medidas tienen la categoría de EXCEPCIONALES y SOLUCIONES URGENTES ante las situaciones especificadas en este protocolo INDICACIONES GENERALES 1.-ABORDAJE VERBAL: 40


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José       

Separarlo del lugar del conflicto. Intentar abordarlo verbalmente para “enfriar” la situación. Tomar asiento a la misma altura siempre que se pueda. Escuchar atentamente dejando que exprese la irritación antes de responderle Mantener una actitud firme, acogedora, sin evitar el contacto visual y utilizando un tono de voz calmado y de bajo volumen. Cuando la hostilidad se haya reducido, empatizar con la persona irritada sin necesidad de mostrar acuerdo, pero sí reservándote tus propios juicios sobre lo que debería o no hacer. Si se percibe que no se puede afrontar la situación, pedir ayuda y no continuar intentándolo a solas.

2.- MEDIDAS AMBIENTALES Y/O CONDUCTUALES:  Restricción de estímulos y/o reducir el número de estímulos provocadores de respuestas agresivas o violentas.  Sacar del contexto a las personas implicadas o al mismo alumno.  Posibilitar y/o facilitar la ejecución de las respuestas incompatibles con la agitación y/o alternativas.  Ayudar a la realización de respuestas desactivadoras: relajación muscular, técnicas respiratorias, …  Formalizar en el ámbito verbal un contrato conductual en el que se explicite las conductas no permitidas, así como las esperadas, así como las consecuencias que seguirán a la emisión o no de las conductas ACTUACIONES.  No debe haber gente alrededor.  Una vez que se haya tomado la decisión de reducir y aislar al alumno debe elegirse un coordinador  A partir de ese momento no se deberá realizar ningún intercambio verbal con el alumno, excepto por el coordinador que le comunicará al alumno de forma clara que va a ser reducido y aislado debido a que ha perdido el control, y esto sucederá hasta que remita la crisis.  El aula habilitada para la contención deberá contar con una colchoneta.  Para intervenir en el desplazamiento, desde el lugar de los hechos hasta el aula de de privación estimular, debemos quitarnos los anillos, pulseras, relojes, collares, así todo lo que el alumno lleve encima con lo que se pueda hacer daño.  El traslado del alumno se realizará sujetándolo por las piernas a la altura de las rodillas, y por los brazos, alrededor de los codos con apoyo bajo los hombros. Hay que tener en cuenta que no deben forzarse las articulaciones.  Se habrá tenido en cuenta que ha de hacerse de manera firme y segura, pero teniendo en cuenta que no dañe la piel o impidan la circulación sanguínea.  Mantener la cabeza del alumno ligeramente levantada para disminuir sus sentimientos de indefensión.  Se tumbará al alumno en decúbito supino, salvo disminución de nivel de conciencia, en los que se colocará al alumno decúbito lateral izquierdo.  Se inmovilizarán los brazos y con el peso del cuerpo, bloquearemos su cuerpo para que no pueda moverse y no hacerse daño. Hay que procurar que le entre el máximo aire posible vigilar los movimientos de la cabeza para que no pueda morder ni autolesionarse.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José CONSIDERACIONES GENERALES AL APLICAR ESTE PROTOCOLO El protocolo establecido por este establecimiento señala lo siguiente: MANTENER LA CALMA: Aunque sea muy difícil de lograr, es necesario mantener la calma y controlar las emociones de las personas involucradas con el fin de dar un buen ejemplo al alumno y enseñarle comportarse de la misma manera. RESPONDER A LA CONDUCTA: Llevar al niño en un lugar seguro donde no tengan acceso los demás compañeros ni a ninguna otra posible recompensa que el desee obtener  Si el niño es pequeño (por lo general de 7 años o menos), trate de sentarlo en una silla hasta que se calme. Si no se queda en la silla, llévelo a otra área de la escuela donde pueda calmarse por sí solo sin que haya nadie más en la habitación. Es necesario que en todo momento este vigilado por un docente o funcionario de la escuela.  En caso que el alumno sea mayor de 14 años y se torna muy agresivo con todos los miembros de la comunidad escolar será necesario alejarse de él. Esto asegura que no reciba ningún tipo de atención o reforzamiento por parte de la persona que lo vigila y es necesario poner a salvo a toda la comunidad escolar. TECNICA DEL AISLAMIENTO: Si el estudiante se encuentra en una actitud de pataleta o muy desafiante, es necesario Utilizar la técnica del aislamiento que ayuda a que él o la menor aprenda a calmarse. En casos extremos, la Dirección del establecimiento podría considerar necesario llamar CARABINEROS DE CHILE para que adopten medidas necesarias. Una vez iniciada la contención se valorará el tiempo que dura la crisis, y se mantendrá con una especial vigilancia después de que haya remitido. También hay que valorar la conveniencia de llamar a los servicios de salud, si hay pérdida de consciencia, convulsiones, no control de esfínteres, excesiva duración de la crisis, etc.

Bibliografía…técnicas de séneca PROTOCOLO DE CONTENCIÓN FÍSICA CEIP JOSEFA FRÍAS (SANTIPONCE) (Pero también es importante ayudarlo a que exprese sus sentimientos de una manera más madura y segura.

PROTOCOLO DE ACCION Y PREVENCION FRENTE AL ABUSO SEXUAL En relación a la obligación de denunciar hechos con características de abuso sexual infantil, cabe destacar que tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal establecen la obligación para los funcionarios/as públicos, directores/as de establecimientos educacionales públicos o privados y profesores/as, de denunciar estos hechos. Dicha obligación debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento de los hechos, sancionándose su incumplimiento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal en relación con el Artículo 494 del Código Penal, con la pena de multa de 1 a 4 UTM. Esta denuncia la puede realizar cualquier funcionario que pertenezca a nuestra comunidad escolar, previa notificación la directora de nuestra escuela. 42


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José PREVENCION: Nuestra escuela debe ser no solo un espacio de protección para nuestros alumnos, sino también un entorno donde se deben entregar herramientas que permitan a los alumnos desarrollarse en forma integral. Para ello nuestra escuela debe ser un espacio protector para todos los niños/as y adolescentes, especialmente para aquellos que presenten algún tipo de vulneración de derechos como puede ser el Abuso Sexual. En ese sentido la encargada de convivencia escolar realiza un taller durante todo el año, abarcando temas como el bullying, el maltrato, mi cuerpo, mis derechos etc.  Los padres, madres, docentes u otros adultos significativos deben tener un rol activo en el cuidado y protección de los niños/as. por ejemplo, siempre deben escucharlos atentamente.  La prevención debe formar parte del aprendizaje de los conocimientos, valores y actitudes relacionados con sexualidad, afectividad y género, considerando las distintas etapas de desarrollo.  Se debe priorizar la comunicación constante con los padres, madres y apoderados en un clima de confianza, así también construir espacios de acogida con los niños/as y adolescentes que asisten diariamente al establecimiento.  El vínculo familia-escuela es la clave fundamental en la prevención del abuso sexual infantil.

ACCION: PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL FUERA DE LA ESCUELA En el caso que un alumno o alumna sufriera algún tipo de abuso fuera del establecimiento escolar y que evidentemente existiera la certeza de esto se debe guiar por el siguiente protocolo de acción:  Si un docente detecta algunos indicadores emocionales, psicológicos, conductuales y/o físicos, deberá informar a la dirección del establecimiento educacional lo observado durante algún periodo de tiempo prudente, que pudieran llevar a pensar de un posible abuso sexual.  Citar al apoderado del alumno(a) para informar de los cambios de conductas observados en el último tiempo.  Según corresponda el caso se puede orientar o derivar al apoderado a las instituciones correspondientes.  Nuestro establecimiento prestará toda la ayuda necesaria a la justicia, si esta lo requiere y se someterá a la realización de todos los trámites que la ley establece ante este tipo de abusos. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL DENTRO DE LA ESCUELA 

Si un funcionario dentro del establecimiento, cualquiera sea su rol o función dentro de la escuela, sospecha o tiene evidencia de algún tipo de abuso sexual de un alumno o alumna por parte de un alumno 43


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José de la comunidad educativa escolar, deberá informar a la Dirección de la escuela entregando las razones por las cuales ocurre esta acción y aportando evidencias que respalden dicha acusación. 

Si un funcionario dentro del establecimiento, cualquiera sea su jerarquía, detecta, sospecha o tiene evidencia de algún tipo de abuso sexual contra algún alumno o alumna, deberá informar a la dirección del colegio en forma inmediata entregando pruebas o evidencias que respalden dicha acusación. Si la Dirección de la escuela admite y da crédito a dichas evidencias, se verá en la obligación de iniciar un sumario interno con el fin de llevar a cabo una investigación con respecto al caso. De forma simultánea se le debe desvincular de sus funciones dentro de la institución hasta que el hecho sea esclarecido. Dicho sumario estará presidido por la directora del establecimiento y a la vez participaran la sostenedora y la encargada de convivencia escolar.

En el caso que el agresor fuese otro menor de edad, ya sea un estudiante mayor o uno de su misma edad, es importante tener en consideración que la intervención profesional oportuna y especializada tiene una alta probabilidad de revertir las conductas abusivas e inadecuadas. la ley de responsabilidad penal sanciona a los menores entre 14 y 18 años. Informar a padres y apoderados de la situación acaecida. Informar y realizar la denuncia respectiva a las instituciones correspondientes ya sea el ministerio público, Policía de investigaciones de Chile o Carabineros de Chile

 

OBLIGACION DE DENUNCIA DE DELITOS La directora y profesoras tienen la facultad de denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas. Se debe denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de investigaciones dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho de acuerdo a lo establecido en los Artículos 175° y 176° del código Procesal Penal. ¿QUE HACER EN CASO DE SOSPECHA DE UNA SITUACION DE ABUSO O MALTRATO NFANTIL? 1. Quien detecta el hecho debe informar al responsable de convivencia escolar, éste comunica inmediatamente el hecho a la dirección del establecimiento. 2. El responsable de convivencia escolar reúne los antecedentes generarles que permitan contextualizar la situación, entre esto se entrevista con el profesor jefe u se comunica con la familia. Si la situación lo amerita se entrevista con el alumno haciendo hincapié en el rol del contenedor, de apoyo psicosocial y pedagógico del establecimiento. 3. Se comunica con la familia, apoderado o adulto protector, si se trata de una sospecha se solicita observación ante cambios significativos en el alumno y se escuchan comentarios al respecto, se puede solicitar derivación externa y se puede disponer de medidas pedagógicas de apoyo con el objeto de establecer un seguimiento y acompañamiento. 44


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José

4. Si se trata de una certeza, puesto que el alumno llego con lesiones visibles y/o atribuibles a una agresión o el alumno relata que ha sido agredido(a) o la agresión fue presenciada por un tercero, la dirección del establecimiento debe trasladar de forma inmediata al alumno al centro asistencial más cercano para que sea examinado. Se sebe informara a la familia o a la apoderado ara que éste llegue al centro asistencial y no a la escuela. 5. En caso que se tenga la certeza que sea una situación de maltrato grave, se deben poner los antecedentes a disposición de la justicia: se debe solicitar un requerimiento de protección efectuado dentro de las 48 horas siguientes, siempre y cuando la familia no de garantías de proteger y cuidara a nuestro alumno(a).

6. Se debe efectuar una denuncia obligatoriamente ante la POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, POLICIA DE CARABIMEROS o MINISTERIO PÚBLICO. Debe ser dentro de las primeras 24 horas 7. Es muy importante en dicho trámite identificar al o los funcionarios que recepciona la denuncia y que den por escrito el procedimiento a seguir y que quede copia firmada por quien realiza la demanda. 8. Generar una comunicación con centros especializados, tales con red de apoyo local en temas de abuso sexual, red Sename, consultorios, etc. 9. Disponer medidas pedagógicas para el alumno(a) afectado. CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL MARCO NORMATIVO Y LEGAL VIGENTE. Es muy importante que la comunidad educativa y en particular los estudiantes y sus familias, conozcan los alcances de la normativa legal vigente, ya que puede ser una medida informativa preventiva que les ayude a evitar verse involucrados en hechos relacionados con el tráfico de drogas. a) La Ley Nº 20.000 o Ley de Drogas, sanciona en nuestro país el tráfico ilícito de drogas y entró en vigencia el 16 de febrero de 2005. Esta normativa reemplazó a la Ley Nº 19.366 y contiene aspectos que la antigua normativa no consideraba, como es la sanción del delito de microtráfico, de tal manera de evitar que quienes trafican con pequeñas cantidades queden sin sanción o sólo sean sancionados como consumidores. b) Existe tráfico de drogas ilícitas no sólo cuando alguien la vende o comercializa, también se considera tráfico cuando: Se distribuya, regale o permute (se cambie por otra cosa). Guarda o lleva consigo drogas ilícitas, a menos que se acredite ante el tribunal, que la droga que el sujeto portaba era para su propio consumo personal, o que está sometido a un tratamiento médico. En ese caso, se aplica la sanción propia del consumo de drogas ilícitas en lugares públicos (multa, o asistencia a programas de prevención). c) El tráfico de drogas ilícitas es un delito que la ley sanciona con penas muy altas, que van desde los 5 años y un día hasta los 15 años de privación de libertad. Cuando el Estado penaliza una conducta es porque considera que hay un bien

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José jurídico que es necesario proteger (la vida, o la propiedad, por ejemplo). En este caso, el bien jurídico protegido es la salud pública, que se ve seriamente lesionada con la actividad desplegada por los traficantes, al introducir al mercado drogas ilícitas (sustancias estupefacientes y psicotrópicas) destinadas al consumo de la población. d) Si el tráfico de drogas ilícitas se realiza en las inmediaciones o en el interior de un establecimiento educacional, la conducta se castiga más severamente. Constituye una circunstancia agravante de la responsabilidad penal, lo mismo que ocurre si se suministran o si se promueve o facilita el consumo de éstas, entre menores de edad. Lo anterior demuestra la importancia que se le asigna a la persecución del delito de tráfico de drogas ilícitas cuando éste puede afectar a menores de edad y, en consecuencia, la gravedad que reviste si se configura al interior de los establecimientos educacionales. e) La normativa procesal penal obliga a una serie de personas a denunciar los delitos que tengan conocimiento. Entre ellos, se cuentan los directores, profesores e inspectores de establecimientos educacionales de todo nivel, a quienes se impone la obligación de denunciar los delitos que afectaren a los estudiantes o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. El incumplimiento de esta obligación de denunciar acarrea una sanción penal que consiste en el pago de una multa de una a cuatro UTM.

¿COMO INTERVENIR? REALIZAR ENTREVISTAS DE ACOGIDA INICIAL. 

Cualquier funcionario de la institución que detecte o sea informado como el primer contacto, canalizará la información hacia el profesor(a) jefe y éste realizará una entrevista personal con el estudiante, de tal manera de recoger información de primera mano y abordar el tema. La entrevista debe quedar registrada en el documento de nuestra escuela que se denomina “REGISTRO ANECDOTICO” pues servirá como evidencia.

 De ser necesario, referirá el caso a la encargada de convivencia escolar del establecimiento, quien realizará las entrevistas necesarias que permitan la identificación de los hábitos y tipos de consumo, así como los alcances y consecuencias que ha tenido. Todo esto previa toma de conocimiento por parte de la directora de la escuela. La o la entrevista deberá quedar registrada bajo el formato de “ENTREVISTA CON APODERADO”

 La encargada de convivencia escolar tendrá una reunión de intercambio de información y coordinación con el Profesor Jefe.

 El comité de convivencia escolar de nuestra escuela, ya informado previamente de la situación, realizará entrevista(s) con el apoderado o adulto responsable del alumno(a) para informarle de la situación. Durante este espacio el apoderado o adulto será acogido manifestándole que el colegio les brindará todo el apoyo, pues es una forma de colaborar y buscar alternativas de solución al problema.

 Posteriormente, la encargada de convivencia escolar, elaborará un perfil del caso, que considera el nivel de consumo, los problemas anexos y los factores de riesgo y factores protectores con los que cuenta el estudiante.

 Finalmente informará al Profesor(a) Jefe y a la Directora de las acciones a seguir. Todo el proceso anteriormente enumerado debe de ser registrado (escrito, audiovisual o auditivamente), pues se trata de evidencias que refieren el caso.

ACUERDOS 46


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José  Todas las medidas o resoluciones que pudiera llegar a tomar el comité de convivencia escolar de nuestro establecimiento deberán ser expuestas y dadas a conocer al estudiante involucrado y su familia, apoderado o adulto responsable. En dicha entrevista deberán quedar por escrito EL ESTABLECIMIENTO DE COMPROMISOS POR AMBAS PARTES (APODERADO-ESCUELA). TODOS LOS PARTICIPANTES DEBEN FIRMAR DICHO DOCUMENTO.  Se elaborará en conjunto, un Plan de Intervención de acuerdo al tipo de consumo; éste considerará acciones y compromisos a nivel individual, familiar y de colegio.  En caso de que sea necesario y si el comité lo estima conveniente, se evaluará la necesidad de solicitar apoyo profesional externo al establecimiento. Se considerará principalmente apoyo SENDA, PREVIENE, atención de salud en el Consultorio o en el Centro de Salud Familiar (CESFAM) más cercano, con quienes el establecimiento educacional tiene una coordinación permanente.  En la mencionada reunión quedará por escrito el punto donde se asegurará el derecho que tienen los niños, niñas y jóvenes a dar continuidad a sus estudios en el establecimiento siempre y cuando el alumno(a) y la familia sigan comprometida y responsablemente lo determinado tanto por los especialistas, como por las indicaciones del colegio. Esto último para evitar la propagación del consumo hacia terceros. Todo el proceso anteriormente enumerado debe de ser registrado (escrito, audiovisual o auditivamente), pues se trata de evidencias que refieren el caso.

PLAN DE INTERVENCION  Se les solicitará a las instituciones de referencia que informen sistemáticamente respecto a la participación del estudiante y su familia en las actividades programadas, así como del logro de los objetivos, para estar al tanto de los avances del caso y de los compromisos asumidos por el alumno y la familia con el colegio.  Se establecerá un sistema de seguimiento y evaluación.  El encargado de convivencia escolar realizará reuniones semanales con el estudiante, llevando una bitácora donde quede registrado la evolución, involución o estancamiento del caso. Se enviará comunicación escrita en la libreta de comunicaciones al apoderado.  A partir del inicio del tratamiento se debe mantener un flujo comunicativo con las instituciones o profesionales que atiendan al alumno(a) y la familia; siendo esta vía presencial, telefónica, virtual o escrita.

Consumo detectado al Interior y/o Exterior del Establecimiento.  Frente a situaciones que se susciten en este contexto de consumo de drogas y alcohol en niños, niñas y jóvenes del establecimiento, consideramos que es prioritario establecer instancias de mediación con el fin de que los alumnos y alumnas encuentren la solución de conflictos, por una vía armoniosa, con 47


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José tolerancia, respeto a la dignidad y derecho de cada persona, sin olvidar que en la resolución de tales situaciones siempre se encontrarán involucrados los padres/apoderados, alumnos, profesores y cada uno de los agentes del quehacer pedagógico. En este mismo sentido debe trabajarse en base a lo siguiente:  Se abordarán todas aquellas situaciones de manera institucional, siendo el director o quien él designe, quien canalice la información a las autoridades que correspondan.  En el caso del consumo o porte de drogas, se recolectará el máximo de antecedentes, los que se pondrán a disposición y conocimiento directo del fiscal del Ministerio Público correspondiente, con el objeto de que la investigación se desarrolle en un contexto que garantice, de la mejor manera posible, los derechos de los niños, niñas y adolescentes que pudiesen aparecer involucrados/as en las redes de tráfico, así como los de sus compañeros/as expuestos/as al tráfico desplegado al interior del establecimiento educacional. Considerando que efectivamente los niños, niñas y adolescentes involucrados pueden ser instrumentos, más que sujetos activos del delito, así como la necesidad de proteger sus derechos frente a quienes sean los verdaderos/a responsables de la actividad ilícita, los establecimientos, ante situaciones de esta naturaleza, recurrirán y tomarán contacto con las Oficinas de Protección de Derechos (OPD) de la comuna de San Bernardo , y que corresponden a una línea de trabajo comunal desarrollada por el SENAME, de manera de facilitar que los adultos responsables denuncien el caso ante la justicia, si corresponde, y de brindar medidas de protección a nuestros niños(as) y jóvenes si así lo requieran, a través de sus profesionales o derivándolos a las instancias especializadas. En tanto, cada unidad educativa debe considerar pertinente que, aun cuando se proceda, según lo indicado en el párrafo anterior, y luego de ratificar la falta, el alumno(a) involucrado(a) se debe someter a las reglamentaciones de los Reglamento de Convivencia Escolar, que señalan:  

Alumno(a) se sorprende portando cigarrillos. Se retira la cajetilla o cigarro y se cita al apoderado para su devolución, registro en el libro de clases. Alumno(a) se sorprende fumando alrededor del establecimiento. Se le señala al alumno que está prohibido según la normativa legal vigente y se le da a conocer los daños que este hábito produce en su organismo. Si es reiterado se le notifica al apoderado. Alumno(a) se sorprende fumando en el colegio. Se conversa con el alumno de lo inadecuado de su conducta, se registra en el libro de clases o en registro anecdótico y se cita al apoderado de inmediato. El alumno deberá confeccionar y exponer al curso un trabajo acerca de los daños que produce el cigarrillo.

¿QUE HACER FRENTE AL CONSUMO DE DROGAS EN LA ESCUELA?  Toda situación referida a microtráfico, que sea detectada por cualquier funcionario del colegio, se pondrá en conocimiento del director. Siendo entregados todos los antecedentes posibles de manera reservada y oportuna que privilegie y resguarde el principio de inocencia del o los alumnos(as) que resulten involucrados. 48


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José  Frente a casos flagrantes de tráfico o microtráfico de drogas, es decir al sorprender a una persona realizando esta actividad, la directora o jefa de UTP del establecimiento o cualquier otro funcionario, deberá llamar a la unidad policial más cercana, para denunciar el delito que se está cometiendo.  Frente a la existencia de sospechas de tráfico o microtráfico de drogas, la directora o cualquier otro funcionario, pondrán la información y antecedentes con que cuentan en conocimiento del Fiscal del Ministerio Público o de las policías de la comuna. Es importante tomar nota del nombre del funcionario público que decepciona la denuncia.  La directora y los miembros del comité de convivencia escolar, tomarán contacto y solicitarán el apoyo de las redes institucionales a nivel local, tales como SENDA y OPD (SENAME), según corresponda, de tal manera de brindar las medidas de protección y atenciones de los niños, niñas y adolescentes que posiblemente se vean involucrados.  Todas estas medidas deben ser informadas al apoderado, tutor o familiar del estudiante involucrado quien señala tomar conocimiento de la situación y las repercusiones que implica y deberán quedar registradas en un documento oficial de la escuela y con carácter de confidencial.

REDES DE APOYO  Centro de salud integral del adolescente Rucahueche Teléfono 224815823 El centro de atención Rucahueche es un centro especializado de salud integral que atiende a jóvenes de la comuna de San Bernardo entre los 10 y 19 años.  Centro de salud mental familiar COSAM fono: 25761000 - 24815790  Centro comunitario de Salud Familiar “Ribera del Maipo” CECOF fono: 25769920  Centros de referencia de salud de la comuna.  Oficina de protección del Menor O.P.D de la comuna de San Bernardo

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José

¿QUE HACER EN CASO DE SOSPECHA DE UNA SITUACION DE ABUSO O MALTRATO NFANTIL? Quien detecta el hecho debe informar al responsable de convivencia escolar, éste comunica inmediatamente el hecho a la dirección del establecimiento. 10. El responsable de convivencia escolar reúne los antecedentes generarles que permitan contextualizar la situación, entre esto se entrevista con el profesor jefe y/o se comunica con la familia. Si la situación lo amerita se entrevista con el o la estudiante haciendo hincapié en el rol del contenedor, de apoyo psicosocial y pedagógico del establecimiento. 11. Se comunica con la familia, apoderado o adulto protector, si se trata de una sospecha se solicita observación ante cambios significativos en el alumno y se escuchan comentarios al respecto, se puede solicitar derivación externa y se puede disponer de medidas pedagógicas de apoyo con el objeto de establecer un seguimiento y acompañamiento. 12. Si se trata de una certeza, puesto que el alumno llego con lesiones visibles y/o atribuibles a una agresión o el alumno relata que ha sido agredido(a) o la agresión fue presenciada por un tercero, la dirección del establecimiento debe trasladar de forma inmediata al alumno al centro asistencial más cercano para que sea examinado. Se sebe informara a la familia o a la apoderado ara que éste llegue al centro asistencial y no a la escuela. 13. En caso que se tenga la certeza que sea una situación de maltrato grave, se deben poner los antecedentes a disposición de la justicia: se debe solicitar un requerimiento de protección efectuado dentro de las 48 horas siguientes, siempre y cuando la familia no de garantías de proteger y cuidara a nuestro alumno(a). 50


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José 14. Se debe efectuar una denuncia obligatoriamente ante la POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, POLICIA DE CARABIMEROS o MINISTERIO PÚBLICO. Debe ser dentro de las primeras 24 horas 15. Es muy importante en dichos trámites identificar al o los funcionarios que recepcionan la denuncia y que den por escrito el procedimiento a seguir y que quede copia firmada por quien realiza la demanda. 16. Generar una comunicación con centros especializados, tales con red de apoyo local en temas de abuso sexual, red sename, consultorios, etc. 17. Disponer medidas pedagógicas para el alumno(a) afectado. PLAN DE SEGURIDAD PISE 1.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR  EN ESCUELA Se entiende como accidente escolar; “toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte” Ante una situación de accidente escolar dentro de nuestro establecimiento el procedimiento a seguir es el siguiente: a) El estudiante afectado será atendido en primera instancia por el personal que se encuentra a cargo de él de manera periódica, entregando los primeros auxilios. b) Si las características del accidentado son graves, el estudiante afectado deberá ser trasladado al servicio de salud correspondiente a la zona en donde se encuentre suscripta la escuela. Para dicho caso será el centro de salud Hospital Parroquial, ubicado en avenida O’Higgins # 04, Comuna de San Bernardo. El encargado de efectuar dicho trámite será única y exclusivamente el APODERADO del estudiante, el cual será contactado telefónicamente por el personal de la escuela. Una vez que el apoderado se encuentre en la escuela, se entregará la DECLARACIÓN INDIVIDUAL DE ACCIDENTES ESCOLARES y con la cual tendrá cobertura de seguro escolar. c) En caso de no ubicar a un familiar directo del estudiante accidentado, será trasladado por un representante de la escuela al servicio de salud a través del servicio de taxis. Mientras tanto en la escuela, seguirán ubicando al apoderado. Una vez contactado, el familiar del niño deberá acercarse a la brevedad al servicio de salud para continuar la atención del menor. El representante de la escuela, deberá retornar. d) Para la escuela es de suma importancia que, ante una situación de emergencia, el alumno accidentado sea acompañado por un pariente cercano (mamá, papá, abuela, hermano de mayor de edad, u otro) que se encuentre encargado de su crianza puesto que: 51


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José - El niño cuando se encuentra en una situación angustiante, logra controlarse con aquellas personas con las cuales tiene lazos afectivos - El familiar directo del niño, conoce con mayor precisión la situación de salud del menor y, puede entregar mayores antecedentes de las contraindicaciones médicas que lo pueden perjudicar. - El estudiante, se encontrará en mejor situación de seguridad, ya que el familiar lo protegerá sobre todas las circunstancias. - Es una medida transparente para los familiares del estudiante afectado ya que de esta manera, se evitarán malos entendidos y /o confusiones referentes a temas de abusos deshonestos.

 DE TRAYECTO De acuerdo a las políticas de seguridad escolar emanada por Mineduc, se entiende como accidente de trayecto a “situaciones ocurridas en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación o sitio de trabajo del estudiante y el establecimiento educacional respectivo, el lugar donde realiza su práctica educacional o profesional como también los ocurridos directo entre estos últimos lugares”. Ante una situación de accidente escolar de trayecto, el procedimiento a seguir será el siguiente: a) En apoderado del estudiante deberá acercarse directamente a la escuela a informar la situación detallando con claridad lo ocurrido y la hora en que ocurrió el accidente. b) El encargado de seguridad, llenará el formulario de declaración individual de accidentes escolares, entregándole al apoderado el duplicado el cual, deberá presentar en servicio de atención pública al cual fue derivado el accidente de trayecto o bien al más cercano a la escuela, pudiendo ser el centro de salud Hospital Parroquial, ubicado en avenida O’Higgins # 04, Comuna de San Bernardo c) En el servicio de salud estatal recibirá la atención correspondiente sin costo alguno ya que, de manera automática el seguro escolar cubrirá los costos. d) Una vez atendido, el apoderado del estudiante deberá informar a la escuela respecto de la situación actual de salud del estudiante. e) En el caso de un accidente grave de trayecto (ida o regreso al establecimiento educacional) en el que él estudiante requiera de ser trasladado de manera inmediata al servicio de salud, el apoderado deberá informar en el hospital que es un accidente escolar de trayecto y señalar el colegio en el cual estudia el niño ya que de esta manera, recibirá la cobertura de accidente escolar.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José f) En caso que un apoderado decida atender a su hijo o representado en un servicio de salud particular, los gastos correrán por parte de la familia, ya que la escuela sólo cuenta con el seguro escolar con cobertura en el sistema público de salud. 2.- PROCEDIMIENTO GENERAL DE EVACUACIÓN  AL ESCUCHAR LA ALARMA DE EVACUACIÓN a) Todos los integrantes del establecimiento dejarán de realizar sus tareas diarias y se prepararán para esperar la orden de evacuación si fuese necesario. b) Conservar y promover la calma. c) Todos los integrantes del establecimiento deberán obedecer la orden del monitor de apoyo y coordinador de área o piso. d) Se dirigirán hacia la zona de seguridad, por la vía de evacuación que se le indique. e) No corra, no grite y no empuje. f) Si hay humo o gases en el camino, proteja sus vías respiratorias y si es necesario avance agachado. g) Evite llevar objetos en sus manos. h) Una vez en la zona de seguridad, permanezca ahí hasta recibir instrucciones del personal a cargo de la evacuación. i) Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del coordinador general 3. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO EN CASO DE INCENDIO PARA ESCUELA DIFERENCIAL SAN JOSE DE SAN BERNARDO a) Estudiantes ante el aviso sonoro de incendio (timbre) o de su profesor o adulto a cargo, se formarán inmediatamente para evacuar. b) Profesora o adulto a cargo abre la puerta y toma el libro de clases, se ubica en el umbral de ésta para mayor visualización de los niños de la sala y lo que ocurra al exterior de ella, para así evitar que ésta se cierre y se atasque, evitando cualquier otra dificultad para evacuar. c) Encargado de seguridad designado para control de suministros de gas y electricidad, se encargará de cerrar paso de gas y cortar suministro de electricidad. d) Paralelamente, los encargados de utilizar y accionar equipos portátiles de incendio, deberán hacer uso de ellos para actuar de manera rápida y eficiente en el control del incendio. 53


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José e) Adulto a cargo de los menores, conduce a los niños hacia la zona de salida, según el nivel de seguridad que tenga el acceso a ella. f) Niños y adultos se dirigen a zona de seguridad externa, plaza ubicada en Bilbao con Arturo Dagnino. Una vez en la zona de seguridad se permanece en ella junto a adultos a cargo, mientras encargado se seguridad designados controlan posibles daños que atenten contra el bienestar de quienes componen la comunidad escolar y dan aviso a bomberos. g) CSE aseguran el bienestar de los estudiantes y equipo docente. h) Profesores de cada curso pasarán asistencia para constatar presencia de cada niño y estado de salud de cada uno de ellos. i) Apoderados no podrán ingresar de inmediato ni de manera intempestiva o violenta al establecimiento al reclamar la entrega de los menores. j) Por motivos de seguridad la entrega de los niños será bajo firma y reconocimiento de quien retira por parte del profesor jefe. k) Por seguridad de ruega calma y no enviar a desconocidos a retirar a los menores, ya que estos no serán entregados sin previo aviso y autorización del apoderado. Es importante prevenir estas situaciones por lo que siempre es necesario tener al tanto personas autorizadas para el retiro de los niños. 4. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO EN CASO DE SISMO PARA ESCUELA DIFERENCIAL SAN JOSE DE SAN BERNARDO. a) Los estudiantes ante el aviso de su profesora o adulto a cargo se protegen debajo de las mesas. b) Profesora o adulto a cargo abre la puerta y toma el libro de clases, se ubica en el umbral de la puerta para su protección y mayor visualización de los niños de la sala y lo que ocurra al exterior de ella, para así evitar que ésta se cierre y se atasque, evitando cualquier otra dificultad para evacuar. c) Encargado de seguridad designado para control de suministros de gas y electricidad, se encargará de cerrar paso de gas y cortar suministro de electricidad. d) El sonido del timbre por parte del encargado de seguridad designado, alerta a la comunidad que es seguro evacuar. e) Al toque del timbre y luego de la instrucción de la profesora o adulto a cargo, los menores evacuan hacia la zona de seguridad, en este caso, patio de la escuela. f) Si se ha definido realizar evacuación del establecimiento educacional, el adulto a cargo de los menores, conduce a los niños hacia la zona de salida, según el nivel de seguridad que tenga el acceso a ella.

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Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José g) Una vez en la zona de seguridad se permanece en ella junto a adultos a cargo, mientras encargado se seguridad designados controlan posibles daños que atenten contra el bienestar de quienes componen la comunidad escolar. h) CSE aseguran el bienestar de los alumnos (as) y equipo docente. i) Profesores de cada curso pasarán asistencia para constatar presencia de cada niño y estado de salud de cada uno de ellos. j) Apoderados no podrán ingresar de inmediato ni de manera intempestiva o violenta al establecimiento al reclamar la entrega de los menores. k) Por motivos de seguridad la entrega de los niños será bajo firma y reconocimiento de quien retira por parte del profesor jefe. l) Por seguridad de ruega calma y no enviar a desconocidos a retirar a los menores, ya que estos no serán entregados sin previo aviso y autorización del apoderado. Es importante prevenir estas situaciones por lo que siempre es necesario tener a las tantas personas autorizadas para el retiro de los niños. 5. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ARTEFACTO EXPLOSIVO Ante cualquier evidencia de un paquete, maletín o bulto con características sospechosas que llamen la atención, por haber sido dejado, abandonado u olvidado, se deben adoptar las siguientes medidas. a) Avise de inmediato a personal del establecimiento indicando el lugar exacto donde se encuentra el bulto sospechoso. El personal avisará al coordinador general para ponerlo al tanto de la situación. b) Aléjese del lugar. En caso que se le indique, siga el procedimiento de evacuación. c) El coordinador general debe verificar la existencia del presunto artefacto explosivo y de ser necesario dar aviso inmediato a Carabineros. *ADVERTENCIA: Por su seguridad, está estrictamente prohibido examinar, manipular o trasladar el bulto, paquete o elemento sospechoso. 6. PROCEDIMIENTO EN CASO DE FUGA  Posteriormente, pasados ya algunos días, el comité deberá nuevamente reunirse y evaluar más profundamente el ejercicio, oportunidad en que no cabe duda, se encontrarán nuevas y valiosas lecciones RECLAMOS, SUGERENCIAS O FELICITACIONES En dirección existirá a disposición de los padres y/apoderados un registro de reclamos, sugerencias o felicitaciones. 55


Reglamento de Convivencia Escolar, escuela diferencial San José Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar, podrá ser expuesto a dirección en forma verbal o escrita para dar inicio al debido proceso de investigación y aclaración de lo sucedido.

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