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4.2. Regulación de la reforma de 2015

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11. Bibliografía

11. Bibliografía

4.2. Regulación de la reforma de 2015

La mayor reforma en la tutela penal de los animales en nuestro país ha venido de la mano de la modificación operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo.

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Como principales novedades incorporadas por la reforma podemos resaltar las siguientes: a) Se amplía el ámbito de aplicación y el abanico de animales a los que cabe otorgar la tutela penal. Prácticamente los únicos animales que quedan fuera de la protección que brinda el Código Penal son los animales salvajes. b) Se incorporan agravantes específicas, concretamente cuando los hechos se cometen en presencia de un menor, son cometidos con armas o medios peligrosos para la vida del animal, ha mediado ensañamiento, o se ha provocado la inutilidad de un sentido u órgano principal del animal. c) Incorpora un tipo agravado; si como resultado del maltrato se provocase la muerte del animal, se castiga con pena de prisión de hasta dieciocho meses e inhabilitación de hasta cuatro años. d) Elevación de la cuantía de la pena de prisión e inhabilitación y del contenido de la pena de inhabilitación. e) Incluye como subtipo penal el maltrato cruel a los animales domésticos y a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente. f) Se introduce la explotación sexual del animal. No el mero abuso sexual. g) Y, por último, recoge como delito leve el abandono de estos animales en condiciones en que puedan peligrar su vida o su integridad.

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