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Los niños tienen derechos

Por: Ruth Sánchez Hernández
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Abogada litigante dedicada a la materia familiar desde hace 12 años, conferencista en temas de familia y conductora del programa De Voz en Voz que se transmite por Radio Palabra Viva en Chihuahua y Juárez, así como en Facebook, donde toca temas de todo tipo con el objetivo de llevar a la población conocimientos que sirvan para mejorar la vida de las personas de manera integral.
Solo la vida nos abre la puerta para ejercer un derecho, aún el de cujus 1 para tener derecho a ser representado como víctima o como masa hereditaria, debió haber vivido para haber logrado situarse en el mundo del derecho, por eso el derecho más importante es el Derecho a Vivir.
La Convención sobre los Derechos del Niño establece en su artículo
6 primera parte que “Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida”, lo que significa que nadie, ningún gobierno, ningún grupo social, da el derecho, o concede derecho a la vida, o crea el derecho a la vida, sino que lo RECONOCEN porque es propio o característico del niño por el hecho de ser “ser humano”, y no depende de las circunstancias, esto quiere decir que no hay pretexto que valga para interferir con su vida, para quitársela.
El derecho a la vida es un derecho reconocido desde el 20 de noviembre de 1990 cuando se firmó la Convención de los Derechos del Niño por 20 países, convirtiéndose en el tratado internacional más ratificado en el mundo, siendo adoptada por 196 países, incluido México.
La pregunta viene ahora: si el niño tiene derecho a la vida, entonces legalmente ¿A partir de cuándo se considera vivo?, esta pregunta también
1
Véase: http://www.enciclopedia-juridica.com/d/de-cujus/de-cujus.htm Voz: Derecho Civil; Primeras palabras de la fórmula latina “de cujus succesione agitur”:aquel de cuya sucesión se trata; utilizada en nuestros días para designar al difunto causante de la sucesión: se dice el “de cujus”.
México Vive
ha sido respaldada por el derecho desde hace muchos años, nuestro país firmó el comúnmente conocido Pacto de San José de Costa Rica, o mejor dicho la Convención Americana que establece textualmente en su artículo 4 titulado “Derecho a la vida”, apartado 1 que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida”. Este derecho estará protegido por la ley y en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”; no hay ni siquiera que explicar, pero vamos a desmenuzarlo:
Toda persona es TODA persona, sin distinción de raza, sexo, nivel socioeconómico, ni ningún otro tipo de distintivo, simplemente todos tenemos derecho a la vida, a que se nos respete esa vida, y éste derecho estará PROTEGIDO, resguardado, amparado, cubierto por la ley desde el momento en que la persona es CONCEBIDA, desde el momento en que el embrión es implantado en la matriz.
Entonces todo niño, al momento de ser concebido, tiene derecho a que se le respete su vida sin importar las condiciones bajo las que se dio dicha concepción, ni si viene sano o enfermo, completo o con discapacidad, a una familia integrada o desintegrada, con medios económicos adecuados o con precariedades económicas.
No hay motivos que justifique el hecho de que la vida de un niño sea arrebatada, y al momento en que se atenta contra la vida de un ser tan inocente como aquel que se encuentra dentro del vientre de su madre, se actualiza lo establecido al final del párrafo 1 de precepto mencionado “Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.
en infanticidas, y eso atenta contra toda ley y contra cualquier instinto natural, pues las leyes están diseñadas para proteger la vida y todo lo que ésta conlleve, buscando el sano y adecuado desarrollo del ser humano en todas sus vertientes, y la naturaleza del ser humano esta dirigida a preservar la vida, a subsistir como especie humana.
Cualquier atentando contra la vida humana, es un atentado contra la subsistencia de nuestra especie, y nada, absolutamente nada en nuestra composición natural, biológica, está diseñado para auto eliminarnos.
Por esto es que las leyes no pueden ir contra naturaleza, por que el objetivo de la ley es salvaguardar la vida, proteger su adecuado desarrollo, crear leyes que vayan contra naturaleza es hacer camino para nuestra propia extinción.
Por esto es que necesitamos que las leyes protejan a los más desprotegidos, que los gobiernos y la sociedad recuerden que el sentido de permanecer bajo un orden legal es proteger el desarrollo de la vida, que la niña y el niño puedan estudiar, aprender, vivir libres de violencia, que tengan oportunidades de desarrollar sus talentos, de tener un papá y una mamá, de crecer en una familia que les de principios y valores que los fortalezcan para llegar a la adultez y convertirse en seres humanos útiles a la sociedad, y la sociedad pueda seguir creciendo en ciencia, en conocimiento, en avances tecnológicos mejorando la calidad de vida de todos.

No hay motivo por el cual un niño deba ser violentado, asesinado siendo desmembrado, o quemado, o degollado, nadie, bajo ninguna circunstancia tiene derecho a privar de la vida a un niño, porque cualquiera que lo haga lo hará de manera arbitraria, sin razón, salvajemente, abusivamente, el permitirlo provoca que la sociedad y el gobierno se conviertan en mercenarios,
Necesitamos fomentar y pelear por la vida, respetar lo que las leyes internacionales ya nos obligan a hacer, no podemos retroceder por el bien de las generaciones que vienen, si queremos un México Vivo, necesitamos pelear por la vida, si queremos hablar de los derechos del niño, necesitamos defender su derecho a la vida.
Para los países que se han unido a la Convenció de los Derechos del Niño, en los asuntos donde se ven inmiscuidos derechos de menores de edad, se encuentran obligados a resolverlos en base al Interés Superior del Niño 2 , esto significa que todo asunto que involucra a un menor debe ser resuelto conforme a lo que más beneficie al infante, buscando siempre la salvaguarda de sus derechos así como el menor daño posible para éste, poniendo incluso, los derechos e intereses del menor por encima de las demás personas que se encuentren involucradas en el asunto.
Esto tiene una razón de ser, y es que los niños son seres vulnerables en la sociedad, que requieren de todo el esfuerzo social para salir adelante, para ayudar a esa vida a desarrollarse en plenitud, libre de violencia y con la mayor satisfacción de sus necesidades, porque esa vida es la puerta y la esperanza para que la propia sociedad subsista y continúe mejorando su calidad de vida.
Falta mucho camino para que el Interés Superior del Niño sea una realidad social, una realidad en los planes y programas de los gobiernos, para que los niños sean verdaderamente respetados en su esfera jurídica, en TODA su esfera jurídica, pero nunca avanzaremos en este camino hasta que empecemos a respetarles la vida, tanto o más de como esperamos que se nos respete la nuestra, y respetarla es reconocerla en el momento que comienza, es protegerla en el momento que comienza, es aceptarla como valiosa desde el momento en que comienza, como importante, a pesar de no tener voz ni voto, a pesar de no tener capacidad de elección o fuerza política, a pesar de ser indefensa y completamente dependiente de nosotros, y justamente por ello, necesitamos empezar a defender los derechos de la infancia defendiéndoles y asegurándoles a los niños el vivir.
¡Vamos México! Eres el águila que devora serpientes


Los derechos de los niños derivan de un presupuesto lógico y natural: el estar vivos.
No podemos hablar de que hay derechos sin el derecho a la vida, si no hay vida, no hay nada, y entonces el derecho no tiene razón de ser.
2
Convención de los Derechos del Niño. Artículo 3. Párrafo 1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.