MEMORIA ACADÉMICA

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2020

MEMORIA ACADร MICA CURSO: DERECHO PENAL HP

Por: M Sc. Mario Juรกrez


Tribunal Supremo Electoral, Guatemala. C. A. 6a avenida 0-32 Z.2, Centro Histórico, Ciudad de Guatemala. Guatemala. C. A. Teléfono:23783900 PBX: 1580 Docentes: Magister Ana Belber de Franco Magíster Lisbeth Escobar Hernández Curso: Derecho Electoral Cohorte: primera del 2020 Duración: cuatro semanas Calendarización: del 4 de mayo al 7 de junio de 2020 Modalidad: e-Learning en plataforma educativa del Instituto Electoral. Participante: Mario Juárez. Guatemala, junio de 2020.

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INTRODUCCIÓN El proceso electoral de manera sencilla se puede definir como el conjunto de decisiones, actos, tareas y actividades que realizan los organismos políticoelectorales, los partidos políticos y los ciudadanos, con la finalidad de instrumentar y facilitar la realización de comicios y la posterior asignación de cargos entre las distintas fuerzas políticas participantes en base al resultado por ellas obtenido. Así iniciamos nuestro curso en conocer la importancia del proceso y la ley electoral en Guatemala. Y para sistematizar nuestro aprendizaje virutal se desarrollo la memoria académica del curso de “Derecho Electoral con énfasis en las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos”, donde está constituida por la compilación ordenada cronológicamente de los conocimientos relevantes que obtuvimos como participantes. El objetivo del documento es evidenciar de manera sistemática el dominio y conocimiento en forma cronológica los elementos jurisprudenciales del Derecho Electoral en Guatemala. El documento contiene una estructura por unidades, en las cuales se realizó un resumen de cada tema, que son:    

Proceso electoral Delitos electorales Fiscalización y financiamiento de partidos políticos Control de medios y voto en el extranjero.

Al final del documento encontrar el anexo de nuestras opiniones sobre nuestra percepción del curso. Por último, el presente trabajo que se desarrollo sirva de referente para fortalecer a las personas en la comprensión de los procesos, las leyes que regulan, la fiscalización y los actores que participan en el proceso electoral.

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Contenido INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 2 Unidad Proceso Electoral................................................................................................ 5 1.1.

Ciudadanía y voto .............................................................................................. 5

1.2.

Autoridades y órganos electorales .................................................................. 5

1.3.

Desarrollo del proceso electoral ...................................................................... 5

CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD I. .................................................................................. 6 Unidad 2 Delitos Electorales ........................................................................................... 8 2.1.

Derecho penal electoral .................................................................................... 8

2.2.

Teoría del delito electoral .................................................................................. 8

2.3.

Tipos penales en la ley guatemalteca .............................................................. 9

2.4.

Jurisdicción penal electoral .............................................................................. 9

CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD II. ............................................................................... 10 Unidad 3 Fiscalización y financiamiento de partidos políticos .................................. 12 3.1.

Control y fiscalización ..................................................................................... 12

3.2.

Financiamiento público y privado .................................................................. 12

3.3.

Estados financieros y registros contables de las organizaciones políticas 13

3.4.

Rendición de cuentas y sanciones................................................................. 14

CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD III. .............................................................................. 14 Unidad 4 Control de medios y voto en el extranjero ................................................... 16 4.1.

Proselitismo y campaña electoral .................................................................. 16

4.2.

Medios de comunicación ................................................................................ 16

4.3.

Estudios de opinión ........................................................................................ 17

4.4.

Voto de guatemaltecos en el extranjero ........................................................ 17

CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD III. .............................................................................. 18 Dificultad y facilidades del curso ................................................................................. 20 Tabla evaluadora del curso ........................................................................................... 20 Comentarios ................................................................................................................... 21

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Fotografía de Mario Juárez en la primera vuelta de las elecciones de 2019.

UNIDAD I Proceso Electoral 4


Unidad 1 Proceso Electoral Fecha: 4 al 10 de mayo del 2020.

1.1.

Ciudadanía y voto

Aquí se abordaron las definiciones de dos conceptos importantes en los procesos electorales, que son:

Ciudadanía: es la condición o estatus de la persona como miembro de la nación o Estado a la que esta jurídicamente ligada por el simple hecho de pertenecer a determinado país. Voto: según el artículo 198 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, el ejercicio del sufragio “Es el derecho que le asiste a un ciudadano debidamente empadronado de acudir a las urnas a manifestar su voluntad mediante el voto”.

1.2.

Autoridades y órganos electorales

Las autoridades que rigen y vigila los procesos electorales son:      

Tribunal Supremo Electoral. La Dirección General del Registro de Ciudadanos. Departamento de Inscripción de Ciudadanos y elaboración de padrones. El departamento de Organizaciones Políticas. La Unidad Coordinadora de Delegaciones y Subdelegaciones. Los órganos electorales temporales.

Organizaciones políticas que convergen en los escenarios del proceso político son:   

Los partidos políticos. Los comités cívicos electorales. Las asociaciones con fines políticos.

1.3.

Desarrollo del proceso electoral

El desarrollo del proceso electoral se divide en tres fases:

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1. La primera fase es cuando se inscriben todos los candidatos políticos, que participaran en la contienda electoral. 2. La segunda fase es lo primera vuelta como se le conoce vulgarmente, y es cuando se realiza la campaña política de los diferentes candidatos y agrupaciones. 3. La tercera fase es el conteo de los votos y el cierre de las urnas electorales.

CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD I. La conclusión es sobre la unidad uno es conocer algunos principios y definiciones del proceso electoral. También, reconocer las autoridades y sus funciones que velan por el desarrollo del proceso electoral; así como las organizaciones que participan en la contienda electoral. Comprendimos las fases o etapas que se desarrollan en el proceso electoral y sus tiempos de ejecución.

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Fotografía de Mario Juárez en la segunda vuelta de las elecciones de 2019.

UNIDAD II Delitos Electorales 7


Unidad 2 Delitos Electorales Fecha: 11 al 17 de mayo de 2020

2.1.

Derecho penal electoral

Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible. Según el fiscal de delitos electorales, el Doctor Santiago Nieto Castillo 1, manifestó que los delitos más comunes son:     

Comprar el voto Condicionamiento de programas sociales Peculado electoral. Alteración del registro electoral Acarreo de votos.

Por lo tanto, con esos problemas para que el voto se desarrolle en los preceptos de ser libre y obligatorio según la doctrina dogmática del Derecho Electoral. Cuando hay un ilícito electoral se sanciona en tres maneras que son:   

2.2.

Acto nulo Falta administrativa Delito electoral

Teoría del delito electoral

En base a lo estudiado y leído sobre la teoría del delito electoral; nuestra definición es la siguiente: Es la concepción científica de las ciencias jurídicas en donde se tipifica que son aquellas acciones u omisiones que de una u otra formas, atentan contra los principios de objetividad, transparencia, igualdad y libertad, que han de regir un

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Observar la entrevista en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?time_continue=51&v=8UGySFW6r6o&feature=emb_title

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sistema electoral democrático. En donde se componen de elementos positivos y negativos.

2.3.

Tipos penales en la ley guatemalteca

Nuestro sistema de justicia guatemalteca tiene leyes que velan por la pureza del Estado de Derecho del Proceso Electoral. Los cuales son ejecutadas por el Ministerio Público por parte de la Fiscalía de Delitos Electorales. Los delitos que son tipificados por el código penal son:                

2.4.

Coacción contra la libertad política. Agravación electoral. Uso ilegítimo de documento de identidad. Turbación del acto eleccionario. Coacción contra elecciones. Coacción del elector. Fraude del votante. Violación del secreto del voto. Ocultamiento, retención y posesión ilícita de documento que acredita la ciudadanía. Abuso de autoridad con propósito electoral. Abuso con propósito electoral. Propaganda oficial ilegal. Atentado contra el transporte de material electoral. De la fiscalización electoral de fondos. Financiamiento electoral. Financiamiento electoral No registrado.

Jurisdicción penal electoral

Según Cambronero Torres es citado en el curso Derecho Electoral del TSE, mencionó que “Jurisdicción Penal Electoral”. La construcción de un prototipo institucional para el juzgamiento de conductas humanas desvaloradas por el legislador y cuya ocurrencia incide en la esfera de lo electoral […] La enunciación y la justificación específicas de los rasgos deseables para una jurisdicción que tramite causas por ilícitos electorales es el punto inicial […] (2018: 6). Con esa definición nosotros entendemos que son aquellas conductas, acciones, incluso omisiones atentatorias contra los principios que han de regir un sistema electoral en un Estado democrático y que, por su propio carácter peculiar, son

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definidas y castigadas, por lo general, no en el código penal, sino en la propia ley electoral.

CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD II. Lo que aprendimos en la segunda unidad fue conocer los parámetros legales y científico sobre el derecho penal electoral, donde se pone se expone las vulnerabilidades de los sistemas electorales del país. También las consecuencias penales de infringir o adulterar los procesos electorales del país.

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Fotografía de Mario Juárez en la segunda vuelta de las elecciones de 2019.

UNIDAD III Fiscalización y Financiamiento de Partidos 11


Unidad 3 Fiscalización y financiamiento de partidos políticos Fecha: 18 al 24 de mayo de 2020

3.1.

Control y fiscalización

Es importante conocer que todas las agrupaciones políticas manejan fondos públicos y privados, por medio del financiamiento del erario público y donaciones de empresas y personas particulares. Por lo tanto, el Tribunal Supremo Electoral es la autoridad máxima en materia electoral y por lo tanto tiene distintas funciones y competencias en dicha materia. Una de las funciones que más le compete es la de fiscalizar el cumplimiento de todas las normas y procedimientos del proceso electoral. Se creó la Unidad Especializada de Control y Fiscalización de las Finanzas de los Partidos Políticos, cuya tarea principal es velar porque todos los partidos políticos cumplan con sus obligaciones de rendición de cuentas sobre la ejecución de recursos públicos y privados que reciben. En su acuerdo de creación, si bien se establece que la misma puede actuar con total independencia para llevar a cabo auditorías, investigaciones y estudios que considere necesarios para cumplir con sus funciones, la misma se creó como una dependencia más de la Auditoría Electoral.

3.2.

Financiamiento público y privado

Las reformas electorales de 2016 insertaron al sistema político un gran número de nuevas reglas, procedimientos y requisitos. Comparto lo que mencionó Humberto Calle que: La expresión “financiamiento público” se dice en relación con el empleo de fondos públicos en beneficio de los partidos y las campañas. Este puede hacerse de manera directa, transfiriendo a unos u otros dinero del presupuesto nacional, o de manera indirecta, mediante la concesión de ventajas, prerrogativas, aportes en especie o subvenciones a favor de los partidos o de las campañas electorales, o como incentivo para las donaciones privadas. Tal es el caso de las franquicias postales, el acceso privilegiado a algunos medios de comunicación, la utilización de 12


recintos públicos para hacer reuniones, o las exenciones tributarias sobre los bienes de los partidos2.

3.3.

Estados financieros y registros contables de las organizaciones políticas

Especialmente en el financiamiento privado y algunos aspectos importantes y requisitos que todo financista debe cumplir, según la vigente Ley Electoral. Como punto de partida, ya no se podrán realizar aportes a candidatos de forma individual, ya que todo aporte debe canalizarse a través de la organización política. Al momento de realizar un aporte, el partido debe extender un recibo contable a favor del financista donde conste el monto, tipo de aporte y destino de los fondos entre otros requisitos que la ley exige. Este documento es muy importante tanto para el partido político como el financista. Otro nuevo elemento lo encontramos en la obligación de cada financista de tener libros contables de contribuciones en efectivo o en especie. Según este mismo artículo lo anterior aplica en toda época, es decir para proselitismo y campaña electoral. Es fundamental mencionar que estos libros deben ser habilitados por la Unidad Especializada de Control y Fiscalización de Finanzas del TSE. Según el artículo 21 de la LEPP nos menciona el límite de los gastos de campaña electoral de las agrupaciones políticas, en donde comparto la siguiente imagen explicativa.

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Documento recuperado en el siguiente enlace: http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/0CDDB54477AAB2DD05257D95005E3F28/$FI LE/21.pdf

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3.4.

Rendición de cuentas y sanciones

Las personas encargadas en presentar la rendición de cuentas y se le aplicara las sanciones correspondientes a la ley penal electoral es:     

Secretario General Nacional Secretarios Departamentales y Municipales Comités Cívicos Electoral. Secretarios financieros del partido. Contador general del partido.

En los cuales, la ley menciona los documentos o informes que deben entregar que son:     

Estados financieros anuales Informes trimestrales de ingresos y gastos nacionales Informes de campañas electoral Estados financieros de las cuentas bancarias Recibos de ingresos autorizados por la SAT.

Ahora, como explicó el Lic. Giovanni Rodríguez, jefe de la Unidad Especializada de Control y Fiscalización de las Finanzas de los partidos políticos del TSE 3, las sanciones por no cumplir lo que marca la LEPP es la siguiente:    

Amonestación pública o privada. Multa. Suspensión temporal. Suspensión de la facultad de recibir financiamiento político público o privado en caso de contravención a las normas que regulan el financiamiento y fiscalización de las organizaciones políticas. Cancelación del partido.

CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD III. Lo aprendido en la unidad número tres es conocer los aportes financieros y económicos de un partido político en Guatemala. En donde el presupuesto de cada partido está distribuido por un control y techo financiero. Por medio de las herramientas fiscalizadoras y rendición de cuenta son los informes financieros; que deben presentarse en los tiempos establecidos por la LEPP. Lo importante es conocer los procedimientos y los responsables para ejecutar, desarrollar y exponer la transparencia financiera. 3

Observar en el video en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=yz_JRZEDPk&feature=youtu.be

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Fotografía de Mario Juárez en la segunda vuelta de las elecciones de 2019.

UNIDAD IV Control de Medios y Voto en el Extranjero 15


Unidad 4 Control de medios y voto en el extranjero Fecha: 25 al 31 de mayo de 2020.

4.1.

Proselitismo y campaña electoral

Aquí encontramos la diferencia entre propaganda y proselitismo electoral; pero aquí enviamos compartimos la infografía que creo muy importante para la comprender este tema.

Por eso, se creó la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión del Tribunal Supremo Electoral (TSE) nació jurídicamente el 25 de noviembre del 2016 y que tiene el objetivo de vigilar, supervisar, monitorear y fiscalizar por medio de un plan de medios de los partidos políticos deben entregar y ejecutar.

4.2.

Medios de comunicación

Los medios de comunicación que actualmente reconoce la LEPP son los medios tradicionales que son: Televisión, radio, prensa, vallas publicitarias y publicidad

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BTL. La cual, se deben de monitorear y fiscalizar el cumplimento del plan de medios que presentaron los partidos políticos. Los retos que tiene la Unidad de medios es poder fiscalizar los medios digitales y medios alternativos los cuales son utilizados para realizar campaña anticipada y propaganda política.

4.3.

Estudios de opinión

Primero aprendimos la definición que son los estudios de opinión publica que es: Los estudios de opinión o barómetros de opinión, son encuestas de escalas de actitud de carácter periódico: mensual o anual, con cuestiones sociológicas, políticas y económicas, que organizan, diseñan, realizan y publican las instituciones estatales con los centros de investigaciones sociológicas nacionales, los institutos privados de investigación y las cámaras de comercio4. Los estudios de opinión son utilizados como herramienta de influencia y manipulación de la ciudadanía electoral. Por lo que la unidad tiene que realizar algunos indicadores científicos para detectar patrones de indicios, y aplicar las diferentes sanciones a las empresas y partidos políticos.

4.4.

Voto de guatemaltecos en el extranjero

Un logro importante en el fortalecimiento de la democracia guatemalteca es el voto en el extranjero, por eso se creó la Unidad Especializada sobre Voto en el Extranjero (UEVE) fue creada por la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) de 2016 (Artículo 67 del Decreto 26-2016). Su misión es realizar las acciones necesarias para garantizar el derecho al voto para los ciudadanos guatemaltecos residentes en el extranjero para la elección de presidente y vicepresidente de la República. La implementación de este derecho será progresiva e inicia el proceso en las elecciones generales 20195. En donde el marco jurídico de todas las personas que residen en el extranjero deben estar:   

Registrados en RENAP Inscritos en el Registros de Ciudadanos del TSE Actualización de datos en la embajada y consulado del país.

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Significado extraído del siguiente enlace https://sociologiaext.wordpress.com/2007/09/25/%C2%BFque-sonlos-estudios-de-opinion-un-extracto-elaborado-por-jorge-arias-lopez/ 5 Extraído del siguiente enlace: https://elecciones2019.tse.org.gt/voto-en-el-extranjero

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CONCLUSIÓN DE LA UNIDAD III. El sistema que se use para el voto en el extranjero requiere de una cuidadosa planeación e instrumentación. El proceso también tiene que estar coordinado metódicamente para asegurar que todos los electores sean tratados equitativamente bajo el marco de la ley electoral. Aunque el costo por elector del voto en el extranjero tiende a ser más elevado que dentro del país, es importante que se integre dentro del presupuesto para que no haya discriminación de los electores en el extranjero.

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ANEXO 19


Dificultad y facilidades del curso Es importante conocer nuestros puntos de vistas de los retos y dificultades de evaluación de un proyecto educativo. Les comparto mi percepción personal sobre los siguientes indicadores: Dificultad del curso:       

Impersonal Incomodidad espacial Problemas de concentración Dificultad de lectura de algunos documentos Videos muy simples Material didáctico virtual muy poco Falta de recursos y ejemplos en algunos temas importantes

Facilidades del curso:      

Flexible Económico Cómodo Profesional las temáticas Pedagógico Herramientas de TIC

Tabla evaluadora del curso A continuación, presento la tabla de evaluación personal, en base a los requisitos del documento memoria académica.

No. ASPECTOS 1 Semanalmente ingresé al curso para conocer el contenido de cada nueva unidad. 2

Cada semana descargué y consulté los documentos de lectura y de apoyo asignados.

3

En cada unidad vi en forma reflexiva los videos subidos.

4

Cada semana realicé puntual las actividades formativas y tareas asignadas.

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PUNTOS 7

9 8 8


5

Cada semana dediqué un tiempo regular de estudio de la Lepp o sus reglamentos previos a responder el cuestionario de cada unidad.

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Comentarios Primero agradezco al Tribunal Supremo Electoral y a los facilitadores académicos por promover la educación electoral, en donde tiene como objetivo fortalecer nuestras capacidades profesionales y humanas. Un curso muy completo, lleno de información útil para el contexto en el que vimos, lecturas que nos hacen reflexionar acerca de la Ley electoral y partidos políticos, algunas otras muy complejas que tuvimos que leer y releer para comprender y las entrevistas con los jefes de cada unidad fueron muy productivos en la comprensión de cada tarea que ejecutan en el TSE. Durante el curso: Derecho Electoral; se realizó de acuerdo a los objetivos educativos estratégicos planteados en la unidad introductoria. Lo cual, deja capacidades instaladas para participar o colaborar en el fortalecimiento democrático de nuestro país. En fin, llego a la reflexión en seguir fortaleciéndome en temas específicos y especializados en las temáticas que se presentaron en el curso.

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