35_PL113_17 Defensor del Policia

Page 1

--1/f,,.r·i0-�--�9_�:ABL� LEGIS LATURA Mc�A O� ENTR h ADAS EXPTE.: .//3 _ p,¿ ... ¿..;z. ENTRO-SA-8€) ¡ ó 1/' //� HORA://"'!:..!:'

/9

º

··�·· ··········· · . r.

;'.�-�-�:-�-��----� �y-

......................

e::

••.•...

::AMA A�SPOÑSABLE •.•.

La Honorable Legislatura de Tucumán Sanciona con fuerza de LEY

CREACIÓN DEL DEFENSOR PARA PERSONAL DE LA POLICÍA DE TUCUMÁN

ARTICULO 1.- OBJETO. CONSTITUCIÓN. Crease por la presente Ley al Defensor de la Policía de la Provincia de Tucumán. El Defensor de la Policía será un órgano unipersonal e independiente. Dependerá orgánicamente de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Tucumán, pero contará con autonomía funcional y autarquía financiera. No recibirá instrucciones de ninguna autoridad. De esta forma los miembros de la Policía contarán con un canal externo a la estructura de su fuerza y que no formará parte en la cadena de mando de la misma. ARTÍCULO 2.- DESIGNACION. La Honorable Legislatura de Tucumán será responsable de convocar, evaluar, elegir y designar al Defensor de la Policía. Para la designación se llamará a concurso público, y se podrá considerar a quienes hayan pertenecido a la Policía de la Provincia de Tucumán como también a cualquier ciudadano que tenga intención de postular, siempre que no registren antecedentes penales, ni faltas graves administrativas. Deberá contar como mínimo con 2/3 (dos tercios) de los votos del total de los miembros del Cuerpo Legislativo en sesión especial y pública convocada al efecto. ARTÍCULO 3.- FUNCIONES: 1- Velar por los derechos e intereses de los integrantes de la Policía de la Pro­ vincia de Tucumán, actuando de oficio o a petición de parte, con el fin de gene­ rar vías legítimas de defensa con relación a:


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.