Imbabura - Carchi: 29 de julio, 2025

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Imbabura-Carchi

Reducir el tamaño del Estado requiere un gran plan

Las reglas liberales para la reducción del Estado son una guía para que el país pueda avanzar en esa línea. Está pendiente la desregulación laboral y comercial, la simplificación de trámites, la eliminación de barreras burocráticas, la digitalización del Estado y más. Conozca la receta completa. 6

Aplicación permite hacer 100 trámites municipales 3

“Dinamarca se caracteriza por tener una sociedad justa, equitativa, solidaria y absolutamente predecible”.

Nueva Ley de Noboa pone en alerta a ONG 4

Bolivia: arrestan a evista que amenazó a la democracia 10

Accidentes de camiones obligan a repensar controles 9

SALVATORE FOTI ecuasalvo@yahoo.it

LaEDITORIAL

MILDRED MOLINEROS G. Columnista invitada

agenda política, económica y social del país está marcada y liderada por el noboísmo y los noboístas. Por eso hay que empezar a aceptar que lo bueno, lo malo y lo mediocre que pasa en el país es de exclusiva responsabilidad de ese nuevo ciclo político. Es responsabilidad del noboísmo subir el IVA, eliminar el subsidio de la gasolina extra entre otras cosas, y también realizar despidos en el sector público. El noboísmo cuenta con el apoyo y la simpatía de la mayoría de ecuatorianos, quienes aceptan todos estos sacrificios y así poder obtener a cambio un nuevo Ecuador, que los malos e ignorantes que no profesamos el noboísmo, no logramos ni ver ni entender. Lo que sí logro ver es que el noboísmo parecería fundamentarse sobre promesas incumplidas y narrativas que poco o nada tienen que ver con la realidad que muchos vivimos, y que ha acaparado, peligrosamente, todos los espacios de poder que hay en el país, incluidos los de oposición. La opinión pública ortodoxa ha logrado convencer a sus víctimas de que hay que rescatar al país de la delincuencia y de la corrupción, cuando en realidad la violencia ha crecido justamente en este último período, y la corrupción es solapada y escondida a vista y paciencia de quienes son llamados a denunciarla. Los comunicadores hoy celebran de la misma manera que se entreguen algunos pasaportes a los usuarios y que se despida a funcionarios públicos, pero hablan muy poco de la ineficiencia gubernamental en la política pública o de las graves pérdidas que tenemos en Petroecuador . Se ignora el camino que está tomando el país. El noboísmo alimenta la polarización de la sociedad, y de eso vive: no se apuesta a lo constructivo, sino a lo conflictivo y destructivo. Anticorreísmo y promesas de un mejor país son su único capital, y eso es sumamente pernicioso para un país que necesita urgentemente seguridad y trabajo. La sociedad se ha rendido y ha renunciado a la resistencia, a cambio de promesas vacías que pronto nos arrojarán una cuenta que no podremos pagar.

PABLO GRANJA

granja.pablo@yahoo.com

¿Qué pensaría el Espíritu Santo?

El noboísmo La

Universidad de Especialidades Espíritu Santo UEES, mantiene gran prestigio por su nivel académico, a la par de sus modernas y tecnificadas instalaciones. Su Código de Ética se sustenta en los principios

La Conaie hacia el futuro

El cambio que se produjo en la dirigencia de la Conaie puede regresar a la organización al camino del que se desvió.

Leonidas Iza sale luego de ocupar la presidencia desde 2021. El dirigente indígena que con su libro popularizó la amenaza “comunismo indoamericano o barbarie”, llegó con una agenda ideológica clara, al tratar de hacer de la Conaie un partido político de extrema izquierda. Lo intentó pese a que, en su esencia, esa organización suele movilizarse por causas relacionadas a intereses de los pueblos o sus dirigentes, lo cual tradicionalmente ha tenido poca relación con una ideología en particular. Al contrario, las ideas explosivas del comunismo se contraponen al diálogo propio de un movimiento social que busca cambios o reivindicaciones mediante la práctica democrática de escuchar a sus bases.

El saliente Leonidas Iza, incluso, probó ser candidato presidencial y quiso la reelección en el cargo de la Conaie. En ambas votaciones perdió.

Quizá con esto, la Conaie no busque repetir su fórmula de aplicar violencia,

intentar chantajear a sus bases con multas aplicadas desde las juntas de agua, llevarlas a paralizaciones que deterioran su situación económica y, luego, intentar perennizarse en el poder. El factor sorpresa hoy comprende a los jóvenes líderes indígenas, algunos con estudios en el exterior y muchos profesionales que anhelan la prosperidad del capitalismo bien aplicado, ven la versión ideologizada de la Conaie como una camisa de fuerza. Hay respeto por la organización, pero no sienten que con ella hayan mejorado sus oportunidades. Contaron a LA HORA que esperan, por ejemplo, capacitación para continuar ayudando a sus comunidades.

Los retos de la nueva dirigencia, liderada por Marlon Vargas, son enormes. Estos van desde lograr que el país valore más los aportes de los indígenas en la economía y la cultura, y formar mejores líderes y ciudadanos. La Conaie del futuro no puede ser la simulación del comunismo trasnochado, sino un movimiento que forje líderes para indígenas y mestizos por igual.

de “Verdad, Libertad, Respeto, Responsabilidad y Justicia”. Por otro lado, un Museo es una exhibición permanente del patrimonio histórico, puesto al servicio de la sociedad que requiere tener referentes éticos.

La Verdad hay que decirla completa, sin omisiones, ni distorsiones. El Museo de la UEES, al inaugurar una sección dedicada a los logros del expresidente Correa omite su lado oscuro; como su condena a 8 años de cárcel por cohecho y encabezar la lista de sentenciados en la placa dispuesta

por la Corte Nacional de Justicia, que en la parte pertinente dice: “Los fondos públicos siempre deben ser administrados honradamente. El servicio público no es otra cosa que servicio a la comunidad con sujeción a los principios de ética”. Falta una reseña de los 34 juicios vigentes, incluyendo el de traición a la Patria por instar a que la comunidad internacional tome represalias contra nuestro país, luego de la incursión en la Embajada de México para capturar al “huésped” J. Glas. Tampoco estaría mal colgar unas fotos,

Cohesión grupal: el vínculo esencial para el crecimiento organizacional

Lacohesión grupal es un factor esencial en las organizaciones. En un mundo empresarial este componente puede marcar la diferencia entre el éxito y el estancamiento. La cohesión no solo significa que los miembros de un equipo se lleven bien, sino que compartan objetivos, estén comprometidos con la misión de la empresa y mantengan relaciones basadas en la confianza y el apoyo mutuo. Este ambiente es clave para alcanzar un alto rendimiento, reducir la rotación de personal y fortalecer la cultura interna. Las empresas que logran construir equipos cohesionados disfrutan de una serie de beneficios, como menor ausentismo, mayor rentabilidad y un ambiente laboral más productivo Los equipos con cohesión muestran señales claras de un entorno positivo: confianza entre los colaboradores, comunicación fluida y colaboración natural.

Uno de los mayores obstáculos para la cohesión grupal es la cultura de silos. Cuando los departamentos operan de forma aislada, sin compartir información ni colaborar, se generan divisiones que dificultan la comunicación y reducen la eficiencia. Esta falta de trabajo conjunto crea desconfianza y debilita el sentido de unidad, afectando la productividad y el bienestar de los empleados.

Para promover la cohesión, es fundamental trabajar en un propósito común. Cuando los colaboradores comprenden el “por qué” detrás de sus tareas, se alinean más fácilmente con los objetivos del grupo. Además, es esencial generar espacios seguros para el diálogo, el reconocimiento del esfuerzo y el manejo adecuado de los conflictos. Los líderes juegan un papel fundamental al inspirar confianza y promover un ambiente emocionalmente competente y abierto.

Según el Institute for Corporate Productivity (i4cp), las organizaciones que promueven una cultura cohesionada experimentan un aumento significativo en productividad.

Invertir en cohesión es una necesidad fundamental para el rendimiento en un entorno empresarial competitivo.

como de la inexistente Refinería del Pacífico en la que se farrearon $1.500 millones, por ejemplo.

La galería de expresidentes está dedicada a los oriundos de Guayaquil. ¿Será que los de otras latitudes no han hecho ningún aporte? No dedicar espacio a la memoria de ex presidentes honorables y sin antecedentes penales como Galo Plaza, Camilo Ponce, Sixto Durán – Ballén, Osvaldo Hurtado o Rodrigo Borja, es una falta de respeto a la memoria honesta de la Patria. También llama la atención que no se ha

incorporado a Fabián Alarcón; o a los ex presidentes Yamil Mahuad y Lucio Gutiérrez, que luego de ser derrocados fueron reemplazados por sus binomios que si han merecido un espacio en el Museo, lo que constituye una discriminación inaceptable. El Museo de la UEES, desconoce la sentencia de los tribunales de Justicia, carece de rigor histórico, omite evidencias conocidas, discrimina a expresidentes y defrauda a la ética cristiana. No nos queda sino preguntar: ¿Qué pensaría el Espíritu Santo?

Ibarra: 100 trámites municipales en una sola aplicación

La aplicación ‘IbarraGo’ permite a los ciudadanos realizar unos 100 trámites municipales desde su celular, sin necesidad de acudir al Municipio de Ibarra.

La aplicación ‘IbarraGo’ está disponible para su

IMBABURA.- Los ciudadanos de Ibarra, capital de la provincia de Imbabura, ya pueden realizar un centenar de trámites municipales desde su celular , sin necesidad de acercarse a las dependencias del Municipio, ni hacer largas filas. Esto es posible gracias a la aplicación ‘IbarraGo’ , que fue lanzada en las tiendas digitales Apple Store y Play Store, de descarga gratuita,desde julio de 2025.

La herramienta tecnológica marca un cambio en la forma en que la ciudadanía realiza sus trámites con la administración municipal.

La aplicación, desarrollada como parte de una consultoría y un proceso iniciado en 2023 , permite pagar impuestos, consultar valores de predios, gestionar permisos y acceder a servicios municipales directamente desde el teléfono celular.

“Con nuestra aplicación, podrás realizar de forma

rápida y segura todos tus trámites municipales sin necesidad de desplazarte. Gestiona y realiza pagos en línea, solicita certificados de cualquier unidad administrativa y consulta el estado de tus trámites en tiempo real”, señala la reseña de la ‘App’.

Carlos Gudiño, responsable del área de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) del Municipio de Ibarra, explicó que “son alrededor de 100

trámites que los usuarios pueden hacer desde el celular y evitar trasladarse al Municipio, optimizando de esta manera su tiempo y recursos”.

Expuso que la plataforma incluye una carpeta ciudadana digital que guarda automáticamente los documentos requeridos para distintos trámites, evitando la repetición de gestiones.

La aplicación cuenta con un validador de documentos electrónico s para ga-

rantizar la autenticidad de las solicitudes, así como una función de registro de usuarios que se puede personalizar para hacer más eficiente cada proceso y más amigable la experiencia.

De la mano de otros servicios digitales

Gudiño dijo que la aplicación ‘IbarraGo’ está diseñada para funcionar de forma integrada con la Ventanilla Digital , que es un sistema en línea pero para uso desde computadoras, que cumple funciones similares a la ‘App’ y que fue desarrollado con el mismo fin.

“Transformamos la atención ciudadana para que sea más ágil, transparente y cercana”, afirmó Gudiño, al destacar que esta transformación digital busca reducir el papeleo, los tiempos de espera y los desplazamientos innecesarios.

A la par, se lanzó la herramienta ‘Turno Fácil Ibarra’ , que permite a los usuarios agendar su turno antes de llegar físicamente a las oficinas municipales. Según explicó Gudiño, “si yo estoy saliendo de mi casa, y me demoro 20 minutos para llegar al Municipio, en la aplicación yo pongo el tiempo de llegada y ese turno se encola y se me notifica cuántos turnos se encuentran antes o después de mí”. Según las autoridades locales, la implementación de estas plataformas digitales es parte del plan de modernización impulsado por la administración municipal, con el objetivo de contar con servicios ciudadanos más eficientes, accesibles y adaptados a las nuevas necesidades de la ciudadanía. (FV)

SISTEMA.
descarga gratuita en Apple Store y Play Store.

CONTROL. El presidente Daniel Noboa justificó la necesidad del proyecto de ley para combatir la minería ilegal, decenas de sacos de material aurífero (oro) fueron incautados en Imbabura. (Foto: Ejército de Ecuador).

¿Preocupa el proyecto de Ley de Fundaciones?

El presidente Daniel Noboa anunció un nuevo proyecto de ley de carácter económico urgente, causó expectativa durante la jornada del 28 de julio de 2025 e incluso generó la reunión de algunas organizaciones. ¿Hay preocupación?

No es el primer intento del Gobierno de Daniel Noboa por regular a las organizaciones de la sociedad civil. En junio de 2024 la Secretaría General de Integridad Pública difundió el documento denominado Estrategia de Integridad para Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) / Organizaciones No Gubernamentales (ONG)

En ese documento se señaló que las OSC suelen recibir un estatus especial, como la exención de impuestos, acceso a los contratos públicos y otros beneficios. También reciben fondos de empresas o particulares. La Secretaría detalló en el documento que una vez al año, a través del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (Suios), las OSC deberán presentar el informe de rendición de cuentas, a fin de mantener vigente su personería jurídica.

El 28 de julio de 2025 Noboa anticipó sobre el proyecto económico urgente sobre la Ley de Fundaciones para que la Asamblea Nacional lo tramite. Noboa adelantó, en entrevista en radio Sucre, que hace falta un control sobre el financiamiento que reciben algunas organizaciones: “En el Ecuador se usan fundaciones u organizaciones sin fines de lucro, ONG internacionales para ingresar

dinero y desestabilizar el país, sin ningún tipo de control de la UAFE (Unidad de Análisis Financiero y Económico)”. Que lo que se busca sería “castigar a las ONG que mueven dinero de criminales”.

Pero hasta las 17:00 dicho proyecto no llegó al Legislativo y el Ejecutivo no publicó el contenido. Se conoció que este sería remitido este 29 de julio.

Una ley para tener seguridad jurídica

Mónica Jaramillo es abogada y presidenta del Observatorio Control Ciudadano (OCC), una dependencia de la Fundación Guayusa Participativa Señala que entre quienes nacen de las OSC siempre se ha discutido sobre tener seguridad jurídica

“Cuando hablo de la seguridad jurídica, me refiero a no estar regulados por decretos, sino por una Ley Orgánica de Organizaciones de la Sociedad Civil. Se unificaron los proyectos de ley en el año 2019. En la Asamblea se tiene conocimiento sobre una ley que regula el funcionamiento de las OCS”, recuerda.

“Creemos en que a través de una OSC y el derecho que tenemos a asociarnos, podemos contribuir a la democracia, al respeto al Estado de derecho, a

medios)

También espera conocer el contenido del proyecto de ley para analizarlo. Sin embargo, menciona que la normativa debe contener ciertos principios y garantizar la libertad de asociación. “La transparencia de las ONG es algo muy importante. Nosotros como Fundamedios cumplimos todos los estándares de transparencia. No tenemos ningún temor de que una ley de este tipo pueda afectarnos. Sin embargo, es importante que cualquier intento legislativo se haga desde la perspectiva de que están legislando sobre un derecho humano fundamental”, argumenta.

EL DATO

En el directorio de organizaciones sociales del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales (Suios) constan 75.321 registradas a nivel nacional.

Ambientalistas se autoconvocan

accionar frente a la pasividad que existe por parte de los ciudadanos”, añade.

Jaramillo observa que hay quienes sí deberían preocuparse por el proyecto de Ley de Fundaciones: “Esas organizaciones que de la noche a la mañana se levantan con una estructura a nivel nacional, que no son ni constituidas legalmente, pero tienen un poder de comunicación y un poder de convocatoria absolutamente grande a nivel nacional. ¿Y de dónde nacen? Nacen de una provincia en la que existe el tema de financiamiento al narcotráfico. Siempre es importante que exista esa transparencia”.

Aunque aún no se conoce el contenido del proyecto, Jaramillo espera que sea un avance y permita la existencia de un catastro de las OCS, un ente rector, control del financiamiento y se definan los ámbitos de acción de cada OSC.

El rol de las organizaciones “Como Fundamedios apoyamos cualquier política pública, incluso la existencia de una normativa que vaya en la línea de fortalecer a la sociedad civil”, afirma César Ricaurte, director ejecutivo de la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (Funda-

Considera que si Noboa habló de oenegés supuestamente relacionadas con el lavado de activos y la minería ilegal sí deberían tomar acciones con leyes vigentes. “Definitivamente el Estado, el Gobierno, las autoridades, la Justicia debería actuar y tomar las medidas que sean necesarias al amparo de las de las leyes que ya existen. Podría aplicarse el Código Orgánico Integral Penal (COIP)”.

Ricaurte cree que el proyecto no debe ser establecido con el carácter de económico urgente porque la ley debe ser elaborada con un sentido más amplio, con mayor tiempo. “Hay que esperar el texto, ver qué contiene y nosotros estaremos en primera línea para aportar en el debate parlamentario, eso es fundamental”.

“Lo que me preocupa es que si se envía el proyecto de ley económica urgente no se permita las voces en la Comisión que corresponda y que no podamos contribuir con estos aspectos que desde hace cinco años venimos discutiendo”, indica Jaramillo.

Ricardo Buitrón, presidente de Acción Ecológica, comenta que al conocer el anuncio de Noboa varias organizaciones ambientales y de derechos humanos se reunieron para tratar sobre la fusión de los ministerios de Energía y Ambiente, así como el proyecto de ley.

“Es un retroceso ambiental muy grave en el país”, señala Buitrón. Anunció que hubo una resolución: “Nos autoconvocamos en una asamblea socioambiental permanente entre todas las organizaciones que participaron para cuestionar este decreto (sobre la fusión de ministerios). Estamos atentos porque necesitamos ver el contenido del proyecto de ley”.

Natalia Greene , representante de la Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (Cedenma), asistió a la reunión y tiene una hipótesis: “Nos hace pensar si es que realmente lo que se busca es control y eficiencia o se está buscando persecución y acallar las organizaciones de la sociedad civil”.

Buitrón asegura que las organizaciones ya están sujetas a las debidas diligencias con instituciones estatales sobre los recursos que manejan. (KSQ)

LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL LICTO CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE LA LIGA DEPORTIVA PARROQUIAL DE LICTO

De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, se convoca a las Filiales de la Liga Deportiva Parroquial de Licto a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones que se celebrará en la sede de la Liga, ubicado en la calle Sucre y Primero de Mayo de la parroquia de Licto, cantón Riobamba, provincia de Chimborazo, el 14 de agosto del año 2025, a partir de las 19h30, en la sala de reuniones de la Liga con el objeto de conocer y tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del quórum.

2. Elección del directorio para el período 2025-2029

3. Toma de juramento, posesión y elaboración de nombramientos del nuevo directorio

4. Clausura Riobamba,29 de julio del 2025

Carta delata la crisis del correísmo, marcada por divisiones internas

Una semana antes de que se difundiera una carta pidiendo un cambio de liderazgo en el correísmo, Gabriela Rivadeneira, expresidenta de la Asamblea Nacional, dijo que se necesita “apostar a la madurez política, no a ataques personales”.

El correísmo atraviesa una de las etapas más críticas desde su surgimiento en 2006. Parece estar marcada por divisiones internas, falta de renovación en su liderazgo, y una desconexión entre su cúpula y las bases.

Los escándalos por denuncias, investigaciones en la esfera judicial, renuncias, desvinculaciones y el desgaste de un proyecto político que dominó durante diez años han contribuido a este momento. La falta de figuras nuevas que movilicen a sus bases, junto con el alejamiento, por varios años, de algunos de sus líderes, algunos de ellos, condenados ( Jorge Glas preso en la cárcel La Roca de Guayaquil por los casos Odebrecht, Sobornos y Reconstrucción de Manabí) o prófugos de la justicia (Rafael Correa, por el caso Sobornos), ha generado un ambiente de fragmentación y descontento.

El escenario se les complicó por la pérdida del espacio que habían logrado en los últimos años en el Consejo de Partici-

pación Ciudadana y Control Social (Cpccs), desde donde podían remover y nombrar autoridades de control del Estado. Hace pocos meses, el desenlace en este espacio fue el inicio de indagaciones fiscales por presunta asociación ilícita, entre ellos, al asiduo correísta Augusto Verduga.

A esto se sumó la gestión de Luisa González como presidenta del movimiento y el peso de decisiones centralizadas desde el buró político que intentaron, por ejemplo, posicionar una tesis de fraude electoral que se diluyó cuando no halló respaldo de los organismos internacionales de observación.

Intento por reorganizarse Los hechos recientes plantean preguntas sobre el futuro del movimiento y su capacidad para reinventarse o mantenerse relevante en el panorama político, con miras a las elecciones seccionales de 2027

En un intento por reorganizarse y refrescar el liderazgo,

el 28 de julio de 2025 circuló una carta de Marcela Aguiñaga, prefecta del Guayas; Pabel Muñoz , alcalde de Quito; Paola Pabón, prefecta de Pichincha; Juan Cristóbal Lloret, prefecto del Azuay; y Leonardo Orlando, prefecto de Manabí.

Según la misiva, que fue enviada a Rafael Correa, los políticos le piden un recambio de liderazgo y una renovación profunda.

En el documento de ocho párrafos no mencionan el nombre de Luisa González, pero entre líneas señalan que existe un liderazgo que ha perdido el rumbo, la escucha y la conexión interna.

“Es urgente reconocer que la RC necesita una renovación profunda, que retome su esencia y se fortalezca desde sus cimientos”, dicen. Más adelante sugieren que permanecer en el movimiento también implica “exigir un liderazgo que nos represente verdaderamente”.

En la carta sostienen que la crítica es necesaria. “El futuro de la Revolución Ciudada-

del 14 de mayo. Cinco de ellos ya no forman parte del movimiento. (Foto Revolución Ciudadana).

na está en nuestras manos”, se lee en el documento, que también llama a recuperar el sentido común, el rumbo político y la dignidad del movimiento, al que califican como “motor de esperanza para Ecuador”.

Añaden que su crítica parte de la fidelidad al proyecto y que no buscan alejarse ni fragmentar al movimiento, sino generar un proceso colectivo de reflexión y cambio. Consideran necesario exigir un liderazgo que represente verdaderamente al colectivo, con lealtad y dignidad.

La carta también plantea que permanecer dentro del movimiento no debe significar resignarse a la indiferencia. Argumentan que se trata de asumir una postura activa de exigencia y construcción. “Es hora de que Revolución Ciudadana retome su esencia y se fortalezca desde sus ci-

mientos”, afirman.

Las últimas bajas en la RC La difusión de la carta también se produce en momentos que el bloque correísta en la Asamblea Nacional se redujo a 62 representantes, de los 67 que llegaron tras las elecciones de febrero de 2025.

Las últimas bajas registradas fueron: Mónica Salazar, Sergio Peña, David Arias, Santiago Díaz (salió expulsado por una denuncia por presunto abuso sexual a una menor de 12 años), Jhajaira Urresta (se fue por discrepancias con Luisa González) y Andrés Valarezo Díaz

Dudas sobre la carta Roque Ordóñez, asambleísta, se declaró sorprendido por la divulgación de la carta, y aseguró desconocer su veracidad.

Paola Pabón difundió la carta. “El 17 de julio suscribimos una carta personal dirigida a nuestro compañero Rafael Correa, ésta habla por sí sola y expresa nuestra preocupación por la situación que atraviesa el movimiento”, señaló Pabón en redes sociales. Marcela Aguiñaga también. compartió la misiva publicación difundida en redes. (SC)

AVISO NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

De conformidad en lo dispuesto en el numeral 23 del Artículo 18 de la Ley Notarial, se pone en conocimiento del publico en general, que los señores NANCY ELIZABETH CUEVA FIGUEROA y FRANCISCO JARAMILLO PERALTA, procedieron a realizar la liquidación de la Sociedad de Bienes de la sociedad conyugal, mediante escritura celebrada el día veinticuatro de julio de dos mil veinticinco, en la Notaria Tercera del cantón Loja.

Particular que comunico para los efectos legales consiguientes, y para que las personas que eventualmente se creyeren perjudicados en sus intereses puedan presentar su oposición fundamentada, en la Notaria Tercera del cantón Loja, calles José Antonio Eguiguren 156-44 entre Bolívar y Sucre de esta ciudad de Loja. De no existir oposición en el término de veinte días contados desde la publicación del presente extracto se dispondrá la inscripción de dicha escritura pública. Loja, 24 de julio de 2025.

Dra. Ana Cabrera Vega, NOTARIA TERCERA DEL CANTON LOJA

Reducir el Estado es un primer paso hacia la libertad económica

El Gobierno de Daniel Noboa inició un recorte del aparato estatal: fusión de ministerios, eliminación de secretarías y más de 7.000 despidos. La medida busca eficiencia y ahorro fiscal, pero se requieren reformas económicas liberales.

El 24 de julio de 2025, el Gobierno de Daniel Noboa anunció una reestructuración del Estado: los ministerios pasarán de 20 a 14, las secretarías de 9 a 3, y se desvinculará a más de 7.000 funcionarios. Al menos 5.000 saldrán por eliminación de partidas y otros 2.000 por procesos de fusión institucional.

El ahorro estimado por esta medida alcanzaría los $142,5 millones anuales a partir de 2026. Esto representa un recorte del 1,4% del gasto estatal en salarios, pero equivale al 0,1% del PIB.

El ajuste, que ocurre cuando el déficit fiscal del país bordea entre el 3% y el 5% del PIB, no resuelve por sí solo los desequilibrios estructurales de la economía ecuatoriana. Más aún, si no se acompaña de reformas económicas liberales, puede derivar en efectos adversos como caída de productividad, informalidad laboral y mayor presión sobre los servicios esenciales.

Esto es importante si se toma en cuenta que el mismo Gobierno ha adelantado que también habrá un recorte, no estimado todavía, en la burocracia con contratos provisionales

¿Por qué no basta con achicar el Estado?

Desde un enfoque liberal, la reducción del tamaño del Estado solo es exitosa si va acompañada de un entorno que permita al sector privado absorber a las personas despedidas, dinamizar el empleo y sostener la provisión eficiente de servicios.

Achicar el Estado sin liberar la economía de sus trabas puede empeorar los problemas que se busca resolver. ¿Por qué? “Porque en un mercado laboral rígido, con trabas para contratar o emprender, miles de personas despedidas no encuentran trabajo, y el desempleo se

convierte en una carga fiscal, no en un ahorro”, acotó Andrés Rodríguez, economista.

Claves para que la reducción funcione

1. Desregulación laboral y comercial: Permite a las empresas contratar con mayor facilidad, sin los altos costos o rigideces que hoy las frenan.

2. Simplificación de trámites y licencias: Facilita la creación de nuevos negocios y la expansión de empresas existentes.

3. Eliminación de barreras burocráticas: Evita que la carga regulatoria asfixie la productividad, tanto en el sector público como en el privado.

4. Digitalización del Estado: Optimiza procesos y reduce la necesidad de grandes plantillas sin afectar la calidad del servicio.

5. Estabilidad tributaria y jurídica: Atrae inversión y mejora la previsibilidad para empresas, que necesitan seguridad para contratar.

Sin estas condiciones, una re-

estructuración estatal no logra insertar a los desempleados en un sistema económico capaz de absorberlos. Y sin empleo productivo, el ajuste pierde legitimidad, eficacia y sostenibilidad.

Despidos con criterio

Una reforma estatal de esta magnitud no solo se juega en lo técnico, sino también en lo político y comunicacional. “El Gobierno debe justificar cada paso con transparencia, datos precisos y criterios técnicos verificables”, recalcó Andrea Medina, economista. Hasta ahora, el discurso oficial ha caído en generalizaciones peligrosas, de acuerdo con Medina. El ministro de Transporte, Roberto Luque, declaró que entre los despedidos había personas que “no dejaban trabajar, que pedían coimas”, pero no presentó denuncias ni respaldos documentales. “Afirmaciones así, sin sustento ni proceso legal, pueden socavar la legitimidad de la reforma y abrir la puerta a demandas judiciales que terminen costando más al Estado”, añadió Medina.

La experiencia internacional demuestra que despedir

puede significar pagar indemnizaciones injustificadas, enfrentar demandas por despido inadecuado, colapsar servicios esenciales o tener que tercerizar —a mayor costo— tareas que antes realizaban funcionarios públicos. El ahorro, si no se planifica, puede convertirse en gasto oculto.

Casos exitosos

Letonia (2009): austeridad con reconversión laboral eficiente Durante la crisis financiera, Letonia recortó su aparato estatal en un 30%. Este proceso se acompañó de un plan sólido financiado por la Unión Europea . Se ofreció reentrenamiento masivo, bonos de salida justos e incentivos a empresas privadas para contratar extrabajadores públicos.

sin análisis riguroso puede generar más gasto del previsto. En Kazajistán (2015–2018), por ejemplo, las fusiones y despidos sin rediseño institucional llevaron al caos administrativo, obligaron a contratar consultores externos y terminaron elevando el gasto operativo en más de $200 millones anuales.

¿Qué hacer para evitar estos errores? La solución está en establecer criterios técnicos claros para identificar verdaderas ineficiencias:

• Auditorías funcionales e independientes.

• Evaluaciones de desempeño individual y por equipos.

• Cruce de datos interinstitucional para detectar funciones duplicadas.

• Mapeo de procesos y digitalización para eliminar pasos innecesarios.

• Diseño de perfiles técnicos basados en resultados, no en antigüedad o afinidad política.

Despedir sin sustento

Más del 50% de los despedidos se reinsertaron laboralmente en menos de dos años. La calidad de los servicios públicos no se desplomó y el Estado ahorró más de 300 millones de euros anuales, estabilizando sus finanzas sin crisis social.

Colombia (2002–2006): retiro voluntario y reactivación laboral Bajo el Gobierno de Álvaro Uribe, Colombia eliminó más de 80.000 puestos estatales. Pero la estrategia incluyó planes de retiro voluntario, capacitación técnica y microcréditos para emprendimientos. El 47% de los beneficiarios encontró empleo formal o creó su propio negocio. El ahorro fiscal superó los $400 millones anuales, sin afectar significativamente la calidad de los servicios.

Vietnam (décadas de 1990–2000): recorte con liberalización económica Vietnam recortó más de un millón de funcionarios. Lo hizo en paralelo a una apertura comercial, liberación del mercado interno, reasignación de tierras y estímulo a las microempresas.

La pobreza se redujo del 70% al 20% en una década, el país se industrializó rápidamente y se generaron millones de empleos productivos. El ahorro directo fue de $1.000 millones en cinco años, además del salto en crecimiento. (JS)

GOBIERNO. El presidente de la República,Daniel Noboa, tiene la misión de hacer una reducción del tamaño del Estado.

¿Quiénes son los jueces que se olvidaron de sentenciar a Jorge Yunda?

Los jueces del caso de presunto peculado contra Jorge Yunda y otras 13 personas, solo deben dar a conocer su sentencia, pero han pasado más de dos años y no lo han hecho. El juez ponente ya ha sido sancionado por su actuación en otros procesos.

Según la Real Academia de la Lengua (RAE), un juez es la persona que tiene autoridad para juzgar y sentenciar en un tribunal de Justicia. Pero en casos como el del exalcalde de Quito, Jorge Yunda, los jueces olvidaron esta labor y llevan más de dos años sin dar su veredicto.

José Miguel Jiménez Álvarez (Ponente); Diana Gisela Fernández León y Lady Ruth Ávila Freire indicaron, el 17 de abril de 2024, que iban a deliberar. Han transcurrido 469 días y el fallo de dichos jueces de Pichincha sigue en espera. El juicio terminó y los magistrados siguen sin tomar una decisión sobre si se sentencia a Yunda y los demás procesados (ver recuadro), en el caso de presunto peculado en la adquisición de pruebas PCR durante la pandemia, en 2020.

Juez ponente fue sancionado

En febrero de 2025 (previo a cumplirse un año de la causa), LA HORA advirtió sobre la falta de celeridad en la lectura de la sentencia en la que Yunda – de ser hallado culpable– podría enfrentar una pena de 10 años de cárcel. Pese a esto, la Corte Provincial de Pichincha no se ha pronunciado. Sin embargo, en la Función Judicial consta un documento de sanción contra el juez José Miguel Jiménez Álvarez, quien es ponente de la causa de Yunda.

Según la resolución, Jiménez Álvarez y otros dos magistrados más fueron suspendidos “por sus actuaciones como jueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha”.

La razón de la suspensión –según el documento– fue “su conducta a la infracción disciplinaria prevista en el artículo 109, numeral 7 del Código Orgánico de la Función Judicial (error inexcusable)”. Se trató de una infracción graví-

PROCESO. De

el caso en el que está procesado Jorge Yunda.

Procesados por presunto peculado durante la Alcaldía de Jorge Yunda

1. Jorge Homero Yunda Machado.

2. Andrade Veintimilla Erik Romey.

3. Rubio Valverde Marco Antonio. 4. Mantilla Colamarco Lenin Boroshilov. 5. Morales Enríquez José Hernán.

6. Manzano Rivera Iván Augusto. 7. Vinelli Ayala Juan Alejandro. 8. Salazar Martínez Diego Fernando. 9. Buchelli Figueroa Enrique José. 10. Valencia Vargas Simón Narcilo. 11. Cárdenas Vaca Jessica Paola. 12. Hidalgo Freire Daisy Sandra. 13. Guamán Bautista Linda Priscila. 14. Abarca Durán Ximena Guadalupe.

sima, ya que los sancionados intervinieron “en una causa como jueza, juez, fiscal o defensor público con dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable (…)”.

De hecho, la Corte Constitucional detalló que los jueces, entre ellos José Miguel Jiménez Álvarez, vulneraron el derecho a la seguridad jurídica, el principio de legalidad y la

separación de poderes.

Pese a la suspensión que, según la Ley, es de un máximo de tres meses; el juez ponente continúa sin convocar a la lectura de la sentencia a Jorge Yunda y otros exfuncionarios del Municipio de Quito, como es el caso de la científica Linda Guamán, quien, en sus redes sociales, ha mostrado que la medida de prohibición de salida del país le ha privado de asistir a 36 eventos académicos internacionales.

Guamán dice desconocer las causas por las que no se lee la sentencia. Mientras, en la Función Judicial aparecen las presentaciones periódicas de los procesados, con última fecha: 25 de julio de 2025.

En julio de 2023, la Corte Provincial de Pichincha emitió un dictamen para que Yunda y los demás procesados ya no usen grillete electrónico

¿Por qué no se ha resuelto la sentencia?

En febrero de 2025, LA HORA hizo consultas en el Consejo de la Judicatura y la Corte Provincial de Pichincha. En la primera entidad indicaron que la decisión de convocar a la lectura de sentencia es “netamente jurisdiccional”. Este criterio se mantiene cinco meses después.

En la Corte de Pichincha detallaron que el proceso está en su Presidencia, pero que

Cronología del caso Jorge Yunda y pruebas PCR en el Municipio de Quito

no era posible entrevistar a los jueces, tampoco dirigirles preguntas por correo electrónico o realizar un pedido de información.

Recuento del caso

La Fiscalía de Pichincha señaló que todo arrancó con la suscripción de un contrato en abril de 2020, por la compra de 100.000 pruebas PCR para la detección de covid-19, por $4´2 millones.

Entre las más de 100 pruebas de Fiscalía hay auditorías con indicios de responsabilidad penal (IRP) que realizó la Contraloría General del Estado.

La Fiscalía señaló a Yunda como presunto autor mediato; a Lenín Mantilla (prófugo), exsecretario de Salud del Mu-

2020 26 de mayo. Inicia la investigación previa de este caso. 13 de noviembre. Se formulan cargos contra Lenín Mantilla, exsecretario de Salud, y otras siete personas. 2021 16 de febrero. La Fiscalía vincula a Jorge Yunda y seis personas más al caso por presunto peculado en la compra de pruebas PCR. 16 de febrero. La Corte Provincial de Pichincha dictó presentación periódica, prohibición de salida del país y uso de grillete electrónico contra Jorge Yunda. 19 de febrero. El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores coloca un grillete a Yunda. 23 de marzo. Se anuncia la audiencia preparatoria de juicio. 30 de abril. Jorge Yunda y 13 personas más fueron llamadas a juicio. 29 de septiembre. Se instaló el juicio. 21 de octubre. Se suspendió el juicio. 6 de febrero 2024: Se reinstala el juicio 17 de abril de 2024: Se escuchan los alegatos finales y se espera una fecha para la lectura de la sentencia. 15 de noviembre de 2024: Linda Guamán (una de las procesadas) solicita la reinstalación de la audiencia de juicio. La respuesta –según muestra el sistema– es: “Al momento no se encuentra integrado el Tribunal, por cuando la doctora Lady Ávila Freire se encuentra con licencia debidamente justificada por el departamento de Talento Humano”. 17 de febrero al 25 de julio de 2025: Jorge Yunda y los demás procesados cumplen con la presentación periódica, ante la Corte, como parte de las medidas sustitutivas.

nicipio de Quito, y Juan Vinelli, directivo de Saludmed S. A., como presuntos autores directos.

Los demás vinculados tienen el grado de coautores. (DLH)

FEDENALIGAS DEL ECUADOR

Fundado el 2 de febrero de 1971 - Acuerdo Ministerial Nº 002

CONVOCATORIA N.º 1

ASAMBLEA DE ELECCION

Quito D.M, 29 de julio de 2025

La Federación Nacional de Ligas Deportivas Barriales y Parroquiales del Ecuador “FEDENALIGAS” convoca a sus filiales a la Asamblea de Elección, de acuerdo a lo que determina el REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN, en sus Art.14, Num. 3; Arts. 15, 16, 17, 18; y, amparados en el Estatuto de la Federación Nacional de Ligas Deportivas Barriales y Parroquiales del Ecuador “FEDENALIGAS”, Arts. 13, Lit. c; 14, 15, 16, 17, 18, 19 Lit. a, Art 20. Modalidad: Plataforma Virtual Zoom. Fecha de Elección: 14 de agosto de 2025. Hora: 20h00.

ORDEN DEL DÍA

1. Constatación del quórum reglamentario.

2. Instalación de la Asamblea de Elección de la Federación Nacional de Ligas Deportivas Barriales y Parroquiales del Ecuador “FEDENALIGAS” a cargo del Mgs. Carlos Narváez Valverde, presidente de FEDENALIGAS del Ecuador.

3. Elección del(la) Quinto(a) Vocal Suplente del Directorio de la Federación Nacional de Ligas Deportivas Barriales y Parroquiales del Ecuador “FEDENALIGAS” para el periodo 14 agosto de 2025 - 28 de noviembre de 2027, de acuerdo al estatuto vigente.

4. Clausura.

YELLOW BLACK Anulación Por haberse extraviado, quedan anulados los títulos de acciones Nos 11154, 7211, 8224, 9646, 14298, 12699 del Conjunto clínico nacional- CONCLINA C.A., de propiedad de Raúl Ernesto Florez Vazquez.

001-003-5818

izquierda a derecha. Diana Gisela Fernández León, José Miguel Jiménez Álvarez (Ponente) y Lady Ruth Ávila Freire, jueces que en más de un año no han dictado sentencia en

Copenhague, capital de Dinamarca, obtuvo en junio de 2025 el primer lugar en el Índice Global de Habitabilidad 2025 de la EIU (Economic Intelligence Unit), en reemplazo de Viena, que había permanecido primera por tres años. Este índice evalúa 173 ciudades del mundo con los indicadores de estabilidad, salud, cultura y medio ambiente, educación e infraestructura.

Santiago Jijón, cónsul general de Dinamarca en Ecuador, comenta cómo Copenhague obtuvo una puntuación perfecta (100) en estabilidad, educación e infraestructura.

P. ¿Qué implica que Copenhague haya sido considerada la mejor ciudad para vivir?

Dinamarca es un país pequeño, parte de los cinco países nórdicos. Tiene cerca de seis millones de personas. Copenhague, específicamente, es una ciudad que, en relación a las grandes metrópolis mundiales, incluyendo las europeas, es pequeña. El área del Gran Copenhague llega a 1’400.000 personas. Como antecedentes, también decir que Dinamarca se caracteriza por tener una sociedad justa, una sociedad equitativa, solidaria y absolutamente predecible. Vale decir que la monarquía danesa ha estado presente en el reino de Dinamarca desde hace mil años. Es la monarquía más larga y más estable de todas las monarquías en el mundo. Pasó de ser una monarquía absoluta a ser una monarquía constitucional a mediados del siglo XIX, en 1849. Y, sobre todo, y hay un tema absolutamente importante, Dinamarca es un país en el que la educación ha sido tratada como un pilar fundamental de la sociedad. A fines del siglo XVIII e inicios del siglo XIX. Dinamarca ya tenía una política de combatir el analfabetismo, cuando ese era un tema que no se trataba todavía en muchísimos países. Es decir, lo que estamos viviendo ahora en la sociedad danesa es el fruto de muchísimos años. Entonces, desde esa perspectiva, no es de sorprenderse que Copenhague haya ganado el calificativo de ser una de las mejores ciudades para vivir.

‘LA EDUCACIÓN HA SIDO TRATADA COMO UN PILAR FUNDAMENTAL EN DINAMARCA’

Santiago Jijón, cónsul general de Dinamarca en Ecuador, explica los aspectos que hacen de Copenhague la mejor ciudad para vivir.

P. Además de la educación, ¿qué implica que haya obte nido una puntuación ‘per fecta’ en estabilidad y en infraestructura?

Hay varios elementos que determinan el índice de felicidad, así como el de mejor ciudad para vivir. Por ejemplo, uno de los indicadores para el índice de felicidad es el PIB per cápita, es decir, el ingreso por persona en relación al PIB nacional. Es tamos hablando de números que para nosotros, como ecuatorianos y como latinoamericanos, suenan de otro mundo. El ingreso per cápita del ciudadano danés es de cerca de $70 mil por persona. Esto va de la mano con el tema del pago de los impuestos, que es proporcional al ingreso y este ingreso de impuestos se convierte en servicios públicos. Copenhague es una ciudad que tiene servicios públicos de primerísima calidad, como educación y salud gratuitas. Esto da una tranquilidad enorme para los ciudadanos. Otro tema, que es también muy importante, es la percepción de la corrupción. Dinamarca, en general, y Copenhague, en particular, tienen unos indicadores muy bajos de tolerancia a la corrupción. Con eso no quiero decir que no haya corrupción, pero el nivel de tolerancia hacia la corrupción es muy, muy bajo. Otro indicador es el índice de calidad del aire. Copenhague es una ciudad que ha trabajado durante muchos años en la sostenibilidad. Tiene muchísimos parques y áreas destinadas al esparcimiento de sus habitantes. Tiene una gran oferta cultural y ofertas de actividades de distracción, relacionadas al ocio. Esto incluye actividades culturales de todo tipo: artísticas, deportivas, entre otras. El año pasado, justamen-

PERSONAJE. Dinamarca y Copenhague tienen indicadores muy bajos de tolerancia a la corrupción, señala Santiago Jijón, cónsul general de Dinamarca. (Foto: cortesía)

te, la ciudad de Copenhague fue proclamada Capital Mundial de la Arquitectura Sostenible. En Copenhague se está volviendo a desarrollar arquitectura en base a madera. La madera, durante cientos de años, ha sido la base fundamental para la construcción, que poco a poco fue reemplazada por el cemento. Pero el cemento en la actualidad es visto con cierto cuidado por la contaminación que genera. Copenhague está volviendo a la madera, evidentemente, con temas específicos de control de incendios. Otro tema que hace de Copenhague una ciudad con bajo o bajísimo estrés es la movilidad en bicicleta. Un alto porcentaje de la gente se mueve en bicicleta, lo cual libera mucho al tema del transporte privado. Además, los transportes públicos son de altísimo nivel. De igual manera, está el tema de la seguridad. En Copenhague, uno se siente absolutamente seguro y tranquilo de caminar por la ciudad a cualquier hora del día y de la noche.

economía, lo que ayuda enormemente para que el ciudadano tenga confianza y la tranquilidad de que el Estado está ahí para apoyarlo.

P. ¿Cómo es el día a día de un ciudadano de Copenhague? En Copenhague hay un alto balance entre lo que es la vida laboral y la vida privada. En las oficinas hay conceptos de calidad de trabajo y se trabaja de lunes a viernes, entre 35 y 37 horas semanales. El teletrabajo es una norma que se aplica prácticamente en todas las empresas y en todas las instituciones. El movimiento en bicicleta es permanente. Existe mucha regulación y respeto al ciclista. Hay una gran oferta de cultura, deporte, el tema de parques y de piscinas. De tal manera que hay mucha actividad más allá del tema laboral que permite el esparcimiento de los ciudadanos. Una de las características más importantes es la seguridad que tiene el ciudadano, la confianza que tiene en la Policía y en la ley. Eso genera un nivel de tranquilidad enorme y disminuye muchísimo las preocupaciones.

P. Dentro de estos parámetros, que también se evalúan para considerar a la ciudad como la mejor para vivir, ¿qué otras cosas provee el Estado?

Todo lo que es seguridad social y pensiones de jubilación están cubiertas. En Dinamarca la educación es gratuita a todo nivel para los ciudadanos daneses y es de muy alta calidad. El tema de salud evidentemente, salud y bienestar. La esperanza de vida es alta, todo el mundo tiene acceso a los servicios de salud de alta calidad y con un alto nivel de tecnología. El Estado está orientado a satisfacer las necesidades de sus ciudadanos. Existe una equidad social y el crecimiento sostenido de la

P. ¿Cómo es la carga impositiva en Copenhague? La carga impositiva depende del nivel de ingreso. El impuesto personal puede llegar hasta el 50% de ingresos. Pero el ciudadano no tiene problema en pagar esos impuestos indistintamente de la tasa, porque sabe que todas sus necesidades básicas están cubiertas. Esto incluye la educación de sus hijos, la salud de la familia, la pensión jubilar para los mayores, entre otros. Esa es la gran tranquilidad. La gente paga sus impuestos porque tiene absoluta confianza en las instituciones del Estado y en las personas que hacen el Gobierno. Más allá de que puedan cambiar las tendencias, las instituciones se mantienen muy sólidas.

P. ¿Qué aspectos se cuidaron en Copenhague para que su puntuación de estabilidad no descendiera en el ranking? Si bien los principales indicadores básicamente son iguales, algo que ha hecho que Copenhague supere a Viena en este último año es un tema de seguridad. En los últimos años en Viena hubo algunos temas relacionados con la seguridad de los ciudadanos y eso causó que baje de puesto. No es que sea una cosa que se fue de las manos, pero son indicadores fríos. Los otros indicadores son básicamente iguales. El tema de calidad de aire, transporte público, servicios básicos, confianza, expectativa de vida adecuada, etc., son básicamente iguales entre las dos ciudades.

P. ¿Qué alternativas podría adoptar Quito para encaminarse a una mejora en estas áreas?

Evidentemente es una pregunta difícil porque estamos hablando de dos estructuras culturales totalmente diferentes. La percepción de la ciudadanía respecto a sus organizaciones es fundamental. Los ciudadanos daneses tienen mucha confianza en sus instituciones, en sus dirigencias, que es algo que nos falta. (CPL)

Siniestro en San Carlos reabre debate sobre control a camiones

El percance que dejó un fallecido, tres heridos y varios vehículos afectados volvió a encender las alarmas sobre la circulación de camiones de carga pesada en Quito. Aunque existe normativa, expertos piden enfocarse más en el control y la capacitación.

El siniestro de tránsito ocurrido el 19 de julio en San Carlo s (norte de Quito) , que dejó como saldo un fallecido, tres heridos y más de cinco vehículos afectados, reabrió la discusión sobre la circulación de camiones de carga pesada en el perímetro urbano.

Entre enero y junio de 2025, en Quito se registraron 122 percances vinculados a vehículos de carga pesada, con un saldo de siete fallecidos. Aunque ese número representa una leve disminución respecto al mismo periodo de 2024, cuando hubo 139 accidentes, el número de muertes se mantiene igual.

¿Restringir o controlar?

Para Juan Francisco Arias, especialista en movilidad y planificación urbana, la clave está en aplicar políticas complementarias. “Quito ya tiene normativas para la carga pesada. Por ejemplo, el tránsito norte-sur solo puede utilizar la E35, y en el Centro Histórico hay horarios específicos para carga y descarga”, explicó.

Arias sostiene que las regulaciones deben fortalecerse con controles reales y capacitación. “Muchas veces es indispensable que la carga pesada entre a zonas específicas, como cuando hay obras de construcción. No se puede prohibir completamente. La solución es limitar los horarios de circulación y formar a los conductores”, añadió.

El especialista enumera tres aspectos críticos que deben priorizarse:

1Capacitación a conductores : Muchos choferes no están preparados para manejar vehículos de gran tamaño en zonas urbanas. “No se trata solo de sa-

MOVILIDAD. La regulación de camiones de carga pesada es vital para prevenir siniestros de tránsito. (Foto: Bomberos de Quito)

ber conducir, sino de conocer los riesgos de sobrecarga, el manejo de frenos en pendientes y el respeto al entorno peatonal”, explica Arias.

2

Control del peso transportado : La sobrecarga es una práctica común y peligrosa. “Un camión diseñado para 10 toneladas transporta 14, y luego nadie entiende por qué fallan los frenos”, advierte. En Quito, el control de carga es casi inexistente, lo que aumenta el riesgo de siniestros.

3

Dos Revisiones Técnicas Vehiculares:

“Los camiones y buses recorren el triple que un auto común. La revisión técnica debería ser dos veces al año, no una”, sostiene. Además, se requiere que los centros de revisión estén certificados para asegurar evaluaciones eficaces.

¿Qué dice la normativa? Actualmente, la circulación de vehículos de carga está regulada por una clasificación de redes viales y por tipo de carga (liviana, media o pesada). En términos generales, la carga pesada puede circular sin restricciones solo en la Red de Paso A, que incluye vías periféricas como la Panamericana Norte y la Simón Bolívar. En otras

redes, la circulación está restringida a horarios específicos, generalmente fuera de horas pico, entre 09:30 y 16:00 y desde las 20:30 hasta

las 06:30.

En zonas sensibles como el Centro Histórico, los camiones de carga pesada no pueden ingresar, y los de carga media solo pueden hacerlo en la madrugada. También hay excepciones especiales para el transporte de combustibles, flores y productos químicos peligrosos.

¿Es suficiente la regulación actual?

A pesar de estas restricciones, los accidentes continúan. Para Arias, eso demuestra que el problema va más allá de la normativa y afecta su aplicación efectiva. “No es realista pensar que los agentes de tránsito puedan vigilar todas las vías.

CONVOCATORIA

Por eso, la formación del conductor y los sistemas automáticos de control deben ser prioridad”, puntualizó. También cuestionó la obtención de licencias de forma irregular. “Si los conductores obtienen licencias sin cumplir requisitos reales, no podemos esperar que estén preparados para enfrentar situaciones de riesgo”, afirmó.

¿Municipio con las manos atadas?

El secretario de Movilidad del Distrito Metropolitano de Quito, Alex Pérez, señaló que el Municipio solo puede “regular la circulación, pero cuando se trata de habilitaciones o procesos como la revisión técnica vehicular, eso ya es competencia del nivel nacional”.

Añadió que en 2024, cuando se estableció la obligación de realizar la revisión técnica vehicular (RTV) en Quito, no se logró incluir a los vehículos de carga pesada dentro de esa disposición, debido a que dicha competencia no está bajo control del Municipio, sino de la Agencia Nacional de Tránsito (EC)

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA KLUBSEGUROS S.A.

AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS

De conformidad con lo que dispone el artículo 236 de la Ley de Compañías, en concordancia con el artículo noveno del Estatuto Social, se convoca a los accionistas de la compañía KLUBSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS para la Junta General Extraordinaria que se efectuará el día jueves 07 de agosto de 2025, a partir de las diez horas (10h00), en la sede social de la compañía, ubicada en la Av. Atahualpa s/n y Víctor Hugo de este cantón Ambato, provincia de Tungurahua. La Junta tratará y se pronunciará sobre los siguientes asuntos:

1.- Designación de Presidente de la compañía KLUBSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS, y fijación de su retribución.

2.- Designación de Gerente General de la compañía KLUBSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS, y fijación de su retribución.

3.- Autorizar al Gerente General, para que proceda a vender los siguientes bienes inmuebles de propiedad de la compañía KLUBSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS:

3.1.- Oficina número 201, ubicada en el edificio FICOA PARK, en la calle Los Capulíes (actualmente Av. Rodrigo Pachano y calle Juan Montalvo), parroquia Atocha Ficoa, de este cantón Ambato, clave catastral: 0109059002000003001.

3.2.- Oficina número 203, ubicada en el edificio FICOA PARK, Av. Rodrigo Pachano y calle Juan Montalvo, parroquia Atocha Ficoa, de este cantón Ambato, clave catastral: 0109059002000003003.

3.3.- Oficina número 504, ubicada en el edificio FICOA PARK, Av. Rodrigo Pachano y calle Juan Montalvo, parroquia Atocha Ficoa, de este cantón Ambato, clave catastral: 0109059002000006004.

3.4.- Parqueadero número 17, ubicado en el edificio FICOA PARK, Av. Rodrigo Pachano y calle Juan Montalvo, parroquia Atocha Ficoa, de este cantón Ambato, clave catastral: 0109059002000001043.

3.5.- Parqueadero número 52, ubicado en el edificio FICOA PARK, Av. Rodrigo Pachano y calle Juan Montalvo, parroquia Atocha Ficoa, de este cantón Ambato, clave catastral: 0109059002000001014.

3.6.- Parqueadero número 54, ubicado en el edificio FICOA PARK, Av. Rodrigo Pachano y calle Juan Montalvo, parroquia Atocha Ficoa, de este cantón Ambato, clave catastral: 0109059002000001016.

4.- Autorizar al Gerente General, para proceda a vender los siguientes vehículos, de propiedad de la compañía KLUBSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA

PRODUCTORA DE SEGUROS:

4.1.- Un vehículo marca CHANGAN, tipo JEEP, placas TBL1820.

4.2.- Una motocicleta marca APRILIA, tipo PASEO, placas IN824P.

5.- Lectura y Aprobación del acta de la presente junta.

Se convoca especial e individualmente a la Comisaria Revisora de la compañía, C.P.A. Mónica Patricia Muyulema, a quien también se le está convocando por escrito, en la siguiente dirección en la ciudad de Ambato: Calle Destacamento Cóndor Mirador s/n y Doce de Septiembre, y a su correo electrónico: aymasesoriacontable-muebleria@hotmail.com

Los accionistas podrán asistir a la Junta General ya sea físicamente, es decir concurriendo a las instalaciones de la compañía en la dirección señalada, o de manera virtual. Los accionistas que deseen conectarse telemáticamente podrán hacerlo mediante Microsoft Teams:

Id. de reunión: 292 495 444 400 3

Código de acceso: WG7ii9ez

Los accionistas que se conecten telemáticamente, deberán remitir al secretario de la junta un correo electrónico, donde se consigne la forma de votación por cada moción, al siguiente correo electrónico: administracion@carlarservice.com

Los accionistas minoritarios que sean titulares de por lo menos el cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se incluyan puntos adicionales a los ya referidos en la convocatoria; o, que se efectúen correcciones formales a los puntos constantes en la convocatoria, solicitud que deberán realizarla al Gerente General de la compañía, dentro del plazo improrrogable de 72 horas desde que se realizó la convocatoria. Cada uno de los accionistas minoritarios, que sean titulares de por lo menos el cinco por ciento del capital social, tendrá derecho a solicitar la inclusión de máximo un punto en el orden del día. Sin embargo, no se podrá incluir más de cinco puntos adicionales a los que constan en esta convocatoria. Se dará tratamiento en orden cronológico.

Los accionistas que deseen enviar por correo electrónico los documentos de representación para la asistencia a la Junta General, podrán hacerlo a la siguiente dirección: administracion@carlarservice.com Ambato, 29 de julio de 2025.

Sr. Carlos Patricio Larrea Palacios

ACTIVISTA. La dirigente del Partido de Acción

Arrestan a evista que amenazó la democracia en Bolivia

AVISO DE REMATE – SEGUNDO SEÑALAMIENTO

JUZGADO DE COACTIVA BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P.

Pongo en conocimiento del público en general que mediante providencia dictada el 27 de junio de 2025; las 12h00, la Jueza de Coactiva del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., dentro del juicio coactivo 2017-001 dispuso para el viernes 29 de agosto de 2025, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, EL REMATE - EN SEGUNDO SEÑALAMIENTO- de un lote de terreno ubicado en la Margarita del Sitio Colorado del cantón Montecristi, provincia de Manabí; cuyos linderos y especificaciones se detallan a continuación, mismos que constan en los informes de avalúo y la escritura.

Ubicación.- Lote de terreno ubicado en la Margarita del Sitio Colorado del cantón Montecristi, provincia de Manabí. (Parte posterior diagonal a la lotización

“Horizonte Azul”)

Linderos según escrituras.- Por el Frente: cien metros y lindera con calle pública sin nombre; Por Atrás: treinta y ocho metros y lindera con calle pública sin nombre; Por el Costado Derecho: ciento sesenta y nueve metros y lindera con calle pública sin nombre; y, Por el Costado Izquierdo: ciento cincuenta y cinco metros y lindera con propiedad que se reserva el vendedor. Con una superficie de 11.178 metros cuadrados

Superficie.- 11.178,00 metros cuadrados, según escritura pública.

Precio de avalúo.- CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 97/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD $ 174.738,97)

Características de la propiedad.- El lote de terreno embargado es un terreno baldío limpio con cerca parcial de alambre de púas lindero nor-oeste; en sitio se observa la vegetación de crecimiento espontáneo ha sido quemada y retirada, su acceso se da por tierra. Tiene cercanía a la carretera E-30 Vía Manta – Montecristi.

El remate se realizará en la Secretaría del Juzgado de Coactiva del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P, ubicada en el sexto piso (ducto celeste) de la Plataforma Gubernamental Financiera, situada en la Av. Amazonas, sin número, entre las calles Unión Nacional de Periodistas, Japón y Villalengua, Parroquia Iñaquito, Cantón Quito, Provincia de Pichincha Las posturas deberán ser presentadas por escrito ante el Secretario del juicio, con firma de abogado, con señalamiento de casilla judicial o dirección electrónica para recibir notificaciones y deberán ir acompañadas del diez por ciento del valor de la oferta, en dinero en efectivo o en cheque certificado girado a la orden del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. En caso de presentarse posturas a plazo no podrán exceder de ocho (8) años, contados desde el día del remate y ofrecerán irrevocablemente el pago de por lo menos el interés legal por anualidades adelantadas y el pago de los dividendos mediante cuotas anuales iguales. Los impuestos, incluido el predial urbano, y los gastos de transferencia de dominio serán de cuenta del adjudicatario. La enajenación del inmueble mencionado se realizará como cuerpo cierto, de conformidad con lo previsto en el artículo 1773 del Código Civil. POR TRATARSE DEL SEGUNDO SEÑALAMIENTO, LA BASE DEL REMATE ES LA MITAD DEL VALOR DEL AVALÚO PERICIAL. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, para lo cual presentarán hasta el día martes 05 de agosto de 2025, la solicitud de calificación mediante escrito dirigido a la Jueza de Coactiva del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., acompañando en originales o copias certificadas la documentación señalada en el artículo 3, Sección I “Del Proceso de Devolución”, Capítulo IV “Normas para la Devolución al Coactivado del Excedente, Cuando el Valor del Bien Rematado Supere el Monto Adeudado”, Título XXI “Disposiciones Generales” del Libro I “Normas de Control para las Entidades de los Sectores Financieros Público y Privado” de la “Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos”, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento para el ejercicio de la Jurisdicción Coactiva por parte del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. para los juicios coactivos que se sustancian con Código de Procedimiento Civil, aprobado mediante Resolución Nro. 2024-DIR-095 de 29 de noviembre de 2024, conforme lo siguiente: a. Cédula de ciudadanía y certificado de votación, para personas naturales ecuatorianas, y pasaporte para las extranjeras. Si el postor es persona jurídica, se presentarán esos documentos relativos al representante legal o convencional que presentará la postura, y, adicionalmente, copia certificada del registro único de contribuyentes; b. Declaración juramentada acerca de que el postor y sus representantes carecen de vinculación con la entidad a cargo del remate, y de que no tienen impedimento legal alguno para intervenir en él; c. Certificado actualizado, expedido por el Servicio de Rentas Internas, que señale que el postor se encuentra al día en el cumplimiento de obligaciones y deberes como contribuyente; d. Declaración juramentada acerca de no encontrarse en mora, el postor ni sus representantes, en el cumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza para con el Estado ni con ninguna entidad o dependencia del sector público. Esta declaración puede incluirse en el mismo instrumento señalado en la letra b. de este artículo; e. Certificado de referencias crediticias actualizado; f. Certificado otorgado por el Unidad de Análisis Financiero y Económico UAFE en donde conste que el postor ni sus representantes legales se encuentren en la base de datos reservada de esa institución; g. Última planilla de cualquier servicio básico (agua, luz o teléfono) del lugar donde reside o ejerce su actividad económica el postor o su representante que presentará la postura, la cual deberá estar expedida a su nombre, o, de no estarlo, deberá contarse con una autorización por escrito de la persona a cuyo nombre está expedida, con firma autenticada, en la cual faculte al postor a señalar su domicilio a efectos de intervenir en el remate en particular; h. Declaración juramentada del postor y sus representantes en el que declaren que no cuentan con las prohibiciones de intervenir en el remate previstas en el reglamento; e, i. Formulario de Vinculados. Información adicional se podrá obtener llamando al teléfono 02-2999-600, extensión 11002, en horas de oficina.-

SECRETARIO – JUZGADO DE COACTIVA BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P.

El

Gobierno de Bolivia defiende el arresto de la líder evista que amenazó con “muertos” en las elecciones.

El ministro de Gobierno de Bolivia, Roberto Ríos Sanjinés , informó sobre la detención de la dirigente del Partido de Acción Nacional Boliviano (PANBol), Ruth Nina, por amenazar con que las autoridades “contarían muertos” el próximo 17 de agosto de 2025, día de las elecciones presidenciales, lo que Ríos presentó como “un perjuicio al proceso democrático”.

“Se pretendía afectar el proceso, pero se logró contener a tiempo”, ha afirmado el ministro en una rueda de prensa en Cochabamba de la que se ha hecho eco el diario boliviano ‘El Deber’. “Ya ha ingresado al recinto. Está siendo investigada por generar un perjuicio al proceso democrático”, apuntó.

En este sentido, el responsable de la cartera gubernamental ha hecho un llamamiento “a los actores políticos y a la población a no dejarse llevar por pro-

vocaciones ”, subrayando que “lo que está en juego es la paz y la institucionalidad del país”.

Los antecedentes La detención de la dirigente del PAN, bajo cuyas siglas pretendía presentarse como candidato el expresidente Evo Morales y cuya candidatura fue rechazada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), se produjo el sábado a raíz de sus declaraciones a inicios de julio en las que advertía de que, el día de los comicios, “el Tribunal Electoral y el Gobierno en vez de contar votos van a contar muertos”. Poco después ahondó en sus palabras y aseguró estar dispuesta a morir defendiendo la candidatura presidencial de Morales. A raíz de ello, el TSE anunció reuniones con las Fuerzas Armadas y la Policía para reforzar la logística de las elecciones generales, una serie de encuentros de los que las autoridades bolivianas han pactado un plan de seguridad interinstitucional, bajo el cual se produjo el sábado la detención de la política evista y que contará con el mando de las fuerzas de seguridad el propio día de las elecciones presidenciales. EUROPA PRESS

Nacional Boliviano, Ruth Nina. Foto publicada en X.

Fuga de millonarios beneficia a Panamá y Costa Rica

Costa Rica y Panamá registran un alza del 70% de millonarios frente a fugas de otros países de América Latina.

MADRID. Costa Rica y Panamá son los únicos países que atraerán millonarios a sus territorios a cierre de 2025 con cifras del entorno del 70%, frente a las fugas generalizadas de grandes fortunas del resto de países latinoamericanos, encabezadas por Brasil.

En el informe ‘Henley Private Wealth Migration Report

2025’, elaborado por la consultora Henley & Partners junto a la firma especializada en el análisis de grandes patrimonios New World Wealth, se constata que Costa Rica acogerá a 350 más de millonarios con una riqueza estimada de 2.800 millones de dólares (2.408 millones de euros) para final de año.

A poca distancia le sigue Pa-

namá, donde las estimaciones del informe apuntan a un incremento de 300 millonarios con una riqueza preliminar que asciende a 2.400 millones de dólares (2.064 millones de euros) para final de año.

Los dos países han experimentado un incremento paulatino del número de millonarios en sus territorios, con un au-

mento del 72% en Costa Rica y del 69% en Panamá entre 2014 y 2024.

Pérdida de grandes patrimonios

Brasil es el país que más destaca por la pérdida de grandes patrimonios, donde la fuga asciende a 1.200 millonarios con una riqueza estimada de 8.400

millones de dólares (7.228 millones de euros), seguido de Colombia (150 millonarios menos).

En estos dos casos, los autores del documento explican que los millonarios que abandonan ambos países se dirigen a Estados Unidos, especialmente a Florida, Portugal, las Islas Caimán, Costa Rica y Panamá.

El informe también incluye a México, que cerrará el ejercicio con 150 millonarios menos que cuentan con una riqueza estimada de 1.000 millones de dólares (860 millones de euros) pese a haber experimentado un alza del 16% de los mismos en la última década.

EUROPA PRESS

PARAÍSO. Playa Hermosa, en Costa Rica, es uno de los destinos que buscan los millonarios de la región.

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EL AGUA DULCE DESAPARECE A UN RITMO ALARMANTE

Los continentes de la Tierra han experimentado una pérdida de agua dulce sin precedentes desde 2002, impulsada por el cambio climático, el uso insostenible de las aguas subterráneas y las sequías extremas. Así lo revela un estúpido a cargo de un equipo dirigido por la Universidad de Arizona State (ASU) y publicado en Science Advances. EUROPA PRESS

MARTES 29 DE JULIO DE 2025
Imbabura-Carchi

USO DE LA FUERZA Y LA EXTRALIMITACIÓN

Históricamente los seres humanos hemos buscado “Encontrar una forma de asociación que defienda y proteja con la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado […]”1, de este modo, la unión o asociación de personas a través de un pacto social permite el desarrollo de normas y su sometimiento a las mismas, para mantener una convivencia armónica, es decir, entregar una parte de nuestra libertad a cambio de seguridad. La existencia de normas de convivencia social pacíficas serían inútiles sino existiera un

brazo fuerte que vigile y proteja ese orden social creado por el propio ser humano para garantizar su supervivencia pacífica, “los pactos que no descansan en la espada no son más que palabras, si no hay fuerza para proteger al hombre en modo alguno”,2 es así, que surge el Estado con facultad de control y uso de la fuerza por mandato social, con la finalidad de que las instituciones a su cargo y nombre de la fuerza pública garanticen la paz y seguridad de todas las personas. Elevar los estándares de seguridad ciudadana constituye actualmente una las principales misiones de la planificación de la

política pública y de la construcción normativa, puesto que los indicadores delictivos muestran un incremento en delitos que vulneran bienes jurídicos fundamentales como lo son la integridad personal o la vida de los ciudadanos, más la estrategia jamás puede dejar de observar los compromisos internacionales que han sido ratificados por el Estado Ecuatoriano en materia de derechos humanos. Es evidente que el Estado a través del monopolio del uso de la fuerza tiene el deber de asegurar a todas las personas la protección frente a las agresiones injustas de infractores de la ley, por lo tanto, una de las instituciones faculta-

das constitucionalmente para la protección de los derechos, libertades y garantías de todas las personas, es la Policía Nacional del Ecuador “cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional.”,3 pero para hacer frente a los actos que trasgreden las normas de convivencia social pacíficas, la Policía Nacional en ciertas circunstancias debe recurrir al uso de la fuerza de manera progresiva para evitar resultados lesivos mayores en la ciudadanía; uso de la fuerza que al ser una facultad o poder otorgado por el

CONSULTA PROCESAL

¿Cómo debe estructurarse el auto de calificación de posturas?

RESPUESTA

De acuerdo al Art.402 del COGEP, el juzgador una vez acreditados los valores de las posturas, convocará a una audiencia para calificarlas. En dicha audiencia se emitirá el auto de admisión y calificación de las posturas, el que se reducirá a escrito, y se notificará dentro de las 48 horas. Una vez ejecutoriado el auto de admisión y calificación de posturas, el postor tiene diez días para pagar el valor ofrecido de contado, hecho lo cual se emitirá el auto de adjudicación conforme lo determina el Art.407 del COGEP. Esta misma norma indica que “La o el juzgador dispondrá que una vez ejecutoriado el auto de adjudicación se proceda a la devolución de los valores correspondiente a las posturas no aceptadas”; ya que puede darse la quiebra del remate por no haberse cancelado dentro de los diez días, el valor ofrecido en la postura calificada como ganadora, tal es así que al postor que siga en el orden también se le da diez días para que cancele lo ofertado por él, así lo dice el Art.408. Por lo tanto, el juzgador en audiencia pública, emite oralmente el auto de admisión y calificación de posturas, mismo que deberá reducirse a escrito y notificarse dentro de las 24 horas siguientes a dicha audiencia

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

Autora: Abg. Alexa Sandoval.
La Hora QUITO, ECUADOR ES UNA EDICIÓN DE DIARIO LA HORA

Estado no puede ser ilimitado sino regulado a fin de evitar abusos, excesos o arbitrariedades que trasgredan los derechos de quienes se unieron o asociaron en búsqueda de seguridad y protección.

Estándares mínimos del uso de la fuerza

La comunidad internacional a través de las Naciones Unidas a fin de regular la facultad que tiene el Estado para que a través de sus instituciones del orden puedan recurrir al uso de la fuerza de manera legítima ha desarrollado estándares mínimos que deben tomarse en cuenta por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, tales como, el Código de Conducta para los Funcionarios Encargados de hacer cumplir la ley4 y los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y Armas de Fuego.5 Dos instrumentos Internacionales (Soft Law) que, a pesar de no ser vinculantes para los Estados, son considerados como directrices o estándares mínimos para la aplicación del uso de la fuerza por parte de agentes de seguridad, instrumentos que han sido valorados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para analizar y resolver casos de uso de la fuerza, “La Corte toma nota de los diversos instrumentos internacionales en la materia, y en particular de los Principios Básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y del Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley6”.

El Ecuador al ser parte de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), entrega su consentimiento a obligarse a la Convención. Es decir, “todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe” “Pacta sunt servanda”7, de la misma manera acepta el respectivo Control de Convencionalidad, “[…]el poder judicial debe tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha hecho la Corte IDH, intérprete último de la CADH”.8 Por lo que, aun cuando se emiten leyes locales la observancia de estándares internacionales es imperante.

Desarrollo evolutivo de la causa de justificación en cumplimiento del deber legal. En el ámbito nacional el derecho penal ecuatoriano ha ido progresivamente evolucionado con la finalidad de garantizar y armonizar los criterios de valoración del

uso de la fuerza, con los estándares y jurisprudencia desarrollada por la Corte IDH. En este sentido, con la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el año 2014, se emitió el tipo penal previsto en el Art. 293 que en lo principal impone sanción penal por la extralimitación en la ejecución de un acto de servicios, diferenciando la graduación de la pena para las lesiones personales y la vulneración del derecho a la vida, pero no se expresaba de manera taxativa el uso progresivo, proporcional y racional de la fuerza como causa de justificación o exclusión de la antijuridicidad en cumplimiento del deber legal, y fue hasta la reforma del 24 de diciembre de año 2019, en que el legislador incorporó de manera específica en el COIP el Artículo 30.1.- Cumplimiento del deber legal de la o el servidor de la Policía Nacional y de seguridad penitenciaria.- Existe cumplimiento del deber legal cuando una o un servidor de la Policía Nacional y de seguridad penitenciaria, al amparo de su misión constitucional, en protección de un derecho propio o ajeno, cause lesión, daño o muerte a otra persona […] 2. Que, para el cumplimiento de

su misión constitucional, dentro de su procedimiento profesional, observe el uso progresivo, proporcional y racional de la fuerza; y, […] Pero el Sistema de Administración de Justicia ha afrontado un gran reto para poder comprender y aplicar esta norma, ya que la legislación local encaminaba su análisis a una norma específica o extrapenal que no contaba con jerarquía de Ley9 y hasta entonces era el único incipiente instrumento que permitía entender las definiciones principales, alcance y límites estatales al uso de la fuerza.

Es así como el 22 de agosto de 2022, el legislador genera un gran avance normativo para el Ecuador, al aprobar y promulgar mediante Registro oficial 131, la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, facultad conferida a los servidores de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria para proteger los derechos, libertades y garantías ciudadanas y precautelar el derecho a la seguridad integral de sus habitantes.

Una norma con rango de ley que permitirá a los jueces interpretar o analizar de mejor ma-

SEGUNDA CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA “VITOSTEEL CIA. LTDA.”

Se convoca, por segunda ocación, a los socios de la empresa VITOSTEEL CIA. LTDA, a la junta general extraordinaria de socios, a efectuarse el día 11 de agosto 2025 a las 08h00, en la dirección principal de la compañía: Av. 6 de diciembre N53-201 y de los Pinos, Quito; la cual se hace de acuerdo al artículo décimo quinto de la constitución de la compañía y en la que se tratarán los siguientes puntos:

1. Conocer y resolver sobre la expulsión del socio: JOSE ROBERTO COLOMA CAZA, por haber incurrido en las siguientes faltas tipificadas en la ley de compañías:

 El socio administrador que se sirve de la firma o de los capitales sociales en provecho propio; o que comete fraude en la administración o en la contabilidad; o se ausenta y, requerido, no vuelve ni justifica la causa de su ausencia.

 El socio que interviene en la administración sin estar autorizado en el contrato de la compañía.

 En general, los socios que falten gravemente al cumplimiento de sus obligaciones sociales.

2. Elegir Presidente de la compañía y establecer su remuneración.

3. Conocer y resolver sobre la reforma de los estatutos de la compañía.

Nota.: De no contar con el cuórum reglamentario, la junta general se instalará luego de treinta minutos con los socios asistentes.

Quito D.M. 29 de julio 2025.

Atentamente

Freddy A. Ponce C.

nera el sentido literal de la ley en cuanto a las actuaciones de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, aún falta mucho derecho por desarrollar, pero al menos ya se cuenta con una ley a la que deben regirse a los principios esenciales del uso de la fuerza y los criterios de valoración que se deben tener presente para el análisis del uso legítimo de la fuerza. Sin descuidar el hecho de que la misma, así como la normativa complementaria reflejada en reglamentos, manuales y directrices deberán tener plena compatibilidad con los estándares internacionales que de manera general o especifica regulan el uso de la fuerza por parte de los servidores policiales. El uso de la fuerza debe entenderse como una facultad otorgada por el Estado a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, con la finalidad de controlar cualquier situación que atente contra la seguridad ciudadana, el orden público y el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional, y guardar observancia a la jurisprudencia vinculante que como en el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su jurisprudencia,

establece: “El uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad estatales debe estar definido por la excepcionalidad, y debe ser planeado y limitado proporcionalmente por las autoridades. En este sentido, el Tribunal ha estimado que sólo podrá hacerse uso de la fuerza o de instrumentos de coerción cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios de control.”10

En el artículo 10 de esta Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, se establece que “[…] la proporcionalidad se determina, caso por caso, en función de los contextos específicos. El principio alude en consecuencia, a la gravedad de la amenaza y no a los medios empleados por el presunto infractor, por lo que, atendiendo a las circunstancias, el uso de la fuerza podrá iniciarse en niveles medios o superiores y ascender o descender según lo exija la situación […]”

Es decir, los niveles deben ser aplicados de manera dinámica y combinada, los cuales pueden variar de acuerdo a la actitud, conducta y comportamiento del o los intervenidos, y de acuerdo al nivel de cooperación, resistencia o agresión, por lo que, se puede obviar niveles intermedios si

NOTARÍA SEPTUAGÉSIMA CUARTA DR. JOSE LUIS JARAMILLO CALERO NOTARIO

EXTRACTО DOCTOR JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mí, QUE: el veinticinco de julio de dos mil veinticinco los señores JULIO JAIME MACHADO SANDRETTI y MARLENE BEATRIZ MIRANDA OCHOA, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal; de la cual los peticionarios tienen Disuelta la Sociedad Conyugal mediante acta notarial otorgada ante el Dr. Darío Andrade Arellano, notario Trigésimo del cantón Quito el veintidós de junio de dos mil quince, documento público que fue legalmente marginado, archivado y registrado en el Registro Civil de la provincia de Esmeraldas con fecha 11 de agosto de dos mil quince.- La Liquidación, Adjudicación y Cesión del patrimonio se encuentra detallada en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de la Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y/o Mercantil, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores JULIO JAIME MACHADO SANDRETTI y MARLENE BEATRIZ MIRANDA ОСНОА, otorgada mediante escritura pública de fecha veinticinco de julio de dos mil veinticinco, ante el suscrito DR. JOSE LUIS JARAMILLO CALERO, NOTARIO SEPTUAGESIMO CUARTO DEL CANTON QUITO, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

la acción de resistencia o agresividad del o los intervenidos se eleva o disminuye drásticamente. En un mayor grado de excepcionalidad se ubica el uso de la fuerza letal y las armas de fuego por parte de agentes de seguridad estatales contra las personas, el cual debe estar prohibido como regla general. Su uso excepcional deberá estar formulado por ley, y ser interpretado restrictivamente de manera que sea minimizado en toda circunstancia, no siendo más que el “absolutamente necesario” en relación con la fuerza o amenaza que se pretende repeler.

1 J. J. Rousseau, Contrato social, Pág. 14.

2 T. Hobbes, del Ciudadano y Leviatán, Pág. 144-145.

3 Constitución de la República del Ecuador, 2008, Art. 163.

4 Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, Adoptado por la Asamblea General en su Resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979

5 Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley. Adoptados por el Octavo Congreso

de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.

6 Corte IDH. Caso Nadege Dorzema y otros Vs Republica Dominicana, Sentencia de 24 de octubre 2012, Párr. 78.

7 Convención de Viena, Art. 26

8 El “Control de Convencionalidad” ha sido creada pretorianamente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La institución surge, a nivel del pleno de esa Corte Regional, a partir del caso “Almonacid Arellano y otros c/. El Gobierno de Chile” de 26 de septiembre de 2006. considerando 124.

9 Acuerdo Ministerial del Ministerio del Interior N.- 1472 “Reglamento de Uso Legal, Adecuado, y Proporcional de la Fuerza para la Policía Nacional del Ecuador”.

10 Cuadernillo de Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos No. 25 - Orden Público y Uso de la Fuerza / Corte Interamericana de Derechos Humanos y Cooperación Alemana (GIZ). -- San José, C.R.: Corte IDH, 2020. En el mismo sentido: Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166; párr. 83.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FILIAL DE TRANSPORTES PETROLEROS S.A. “COMFILTRAMPEC”

Se convoca a los señores accionistas de la Filial de Transportes Petroleros S.A. COMFILTRAMPEC a la asamblea ordinaria a realizarse el Miercoles, 30 de Julio 2025 a las 16:00 PM en las instalaciones de la compañía.

Para tratarse el siguiente orden del día:

1. Constatación del quorum

2. Dar a conocer baja de capital del Sr Nelson Alejandro de la Cruz juiña

3. Asuntos varios.

Quito DM, 24 de Julio 2025

Atentamente,

Sr. Nelson De La Cruz Representante legal COMFILTRAMPEC S.A.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SAN FRANCISCO DE ASÍS LTDA.

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30 del Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 18 del Estatuto Social de la Cooperativa, se convoca a los señores Representantes de los Socios de la Oficina Matriz, Agencia Centro y Agencia La Prensa, Gerente, Auditor Interno y Asesor Legal, a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES, que se realizará de manera presencial el miércoles, 6 de agosto del 2025, a partir de las 17H00 en las instalaciones de la Cooperativa, ubicada en la avenida Colón E6-42 y Reina Victoria, donde se conocerá y resolverá sobre el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum.

2. Conocimiento y aprobación del Orden del Día.

3. Conocimiento de los avances relevantes y objetivos cumplidos por la Cooperativa a junio 2025.

4. Conocimiento sobre la disposición transitoria décimo primera de la Ley Orgánica de Integridad Pública.

5. Conocimiento y aprobación del proyecto de las reformas del Reglamento de Elecciones de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco de Asís Ltda.

6. Conocimiento y resolución de los oficios emitidos por el señor Miguel Ángel Lemache Pozo.

7. Lectura y aprobación del acta y resoluciones de la Asamblea General Extraordinaria de Representantes del 6 de agosto de 2025.

8. Clausura de la Asamblea.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución No.3632017-F, emitida por la Junta de Regulación Monetaria y Financiera, publicada en el Registro Oficial Suplemento 363 del 21 de junio de 2017, la Asamblea de Representantes obligatoriamente se efectuará con más de la mitad de sus integrantes.

En caso de no existir Quórum en dos convocatorias consecutivas, se principalizarán automáticamente los representantes suplentes de los inasistentes y de persistir la falta de Quórum en dos nuevas convocatorias consecutivas, la Superintendencia declarará concluido el período de todos los representantes y dispondrá la convocatoria a nuevas elecciones para remplazarlos.

La información que sustentan los puntos a tratarse en la Asamblea se encuentra a disposición de los señores Representantes en la Secretaría General de la Cooperativa, ubicada en la Av. Colón E6-42 y Reina Victoria, a partir del viernes, 1 de agosto de 2025.

Quito, 29 de julio de 2025

Ing. Santiago Juca Correa PRESIDENTE COAC. SAN FRANCISCO DE ASÍS LTDA.

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO

N.- 0353333

TITULAR JARAMILLO GALO ALFREDO, JARAMILLO MANTILLA DIANA ELIZA

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO

N.- 0339200

TITULAR JARAMILLO GALO ALFREDO

PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO

N.- 0329567

TITULAR JARAMILLO GALO ALFREDO DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ANDALUCIA INFORMO PARA LOS FINES PERTINENTES

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI PROVINCIA DE PICHINCHA

SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LO QUE EN LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI SE HA DICTADO

Cítese en legal y debida forma a los herederos presuntos y desconocidos del señor SEGUNDO TORIBIO SIMBA SIМBА

ACTOR: VELASCO SIMBA SEGUNDO FAUSTO, VELASCO SIMBA SEGUNDO SERGIO, VELASCO SIMBA MARIA GLORIA, VELASCO SIMBA SEGUNDO PABLO JESUS

DEMANDADO: MYRIAM LOURDES SIMBA MORALES, SEGUNDO TORIBIO SIMBA MORALES, MARIA UBALDINA SIMBA MORALES, SEGUNDO MANUEL SIMBA MORALES, MARIA BALBINA SIMBA MORALES, SEGUNDO JAIME SIMBA MORALES

TRÁMITE: VOLUNTARIO

CAUSA: No. 17205-2025-00613

ACCIÓN: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS

CASILLERO ELECTRÓNICO: VELASCO SIMBA MARIA GLORIA en el casillero electrónico No.1709138646 correo electrónico guidotv1966@hotmail.com del Dr./Ab. GUIDO PLUTARCO TOAPANTA VILAÑA; VELASCO SIMBA

SEGUNDO FAUSTO en el casillero electrónico No.1709138646 correo electrónico guidotv1966@hotmail.com del Dr./ Ab. GUIDO PLUTARCO TOAPANTA VILAÑA; VELASCO SIMBA SEGUNDO PABLO JESUS en el casillero electrónico No.1709138646 correo electrónico guidotv1966@hotmail.com del Dr./Ab. GUIDO PLUTARCO TOAPANTA VILAÑA; VELASCO SIMBA SEGUNDO SERGIO en el casillero electrónico No.1709138646 correo electrónico guidotv1966@ hotmail.com del Dr./Ab. GUIDO PLUTARCO TOAPANTA VILAÑA.

JUEZA: DRA. MARIA JOSE RIVADENEIRA DOMINGUEZ - UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN RUMIÑAHUI, PROVINCIA DE PICHINCHA. Rumiñahui, jueves 19 de junio del 2025, a las 14h49. VISTOS: Dra. María José Rivadeneira Domínguez, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha, mediante Acción de Personal No. 0262-DNTH-MLR, de 24 de enero del 2024; en virtud del sorteo de ley, en lo principal se dispone: 1] De la revisión de la demanda de Inventario de Bienes Sucesorios presentada por VELASCO SIMBA SEGUNDO FAUSTO, VELASCO SIMBA SEGUNDO SERGIO, VELASCO SIMBA MARIA GLORIA, VELASCO SIMBA SEGUNDO PABLO JESUS en contra de MYRIAM LOURDES SIMBA MORALES, SEGUNDO TORIBIO SIMBA MORALES, MARIA UBALDINA SIMBA MORALES, SEGUNDO MANUEL SIMBA MORALES, MARIA BALBINA SIMBA MORALES, SEGUNDO JAIME SIMBA MORALES, se tiene que la misma es es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento VOLUNTARIO contenido en el numeral 4 del artículo 334 y 341 del Código Orgánico General de Procesos y los principios constitucionales determinados en los Arts. 75, 76 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador. 2] Con fundamento en el Art. 146 incisos 7 y 8 del Código General de Procesos, inscríbase la presente demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, al efecto por secretaría remítase el correspondiente Deprecatorio a uno de los jueces de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre. 3] Cumplida que sea la inscripción ordenada en el numeral precedente, de conformidad con el artículo 335 del Código Orgánico General de Procesos, cítese con el contenido de la demanda y este auto a los señores MYRIAM LOURDES SIMBA MORALES, SEGUNDO TORIBIO SIMBA MORALES, MARIA UBALDINA SIMBA MORALES, SEGUNDO MANUEL SIMBA MORALES, MARIA BALBINA SIMBA MORALES, SEGUNDO JAIME SIMBA MORALES, de inmediato al amparo de lo dispuesto en los arts. 20 y 130 numeral 9 del Código Orgánico de la Función Judicial, en legal y debida forma con el contenido de la demanda y el presente auto en calidad de demandados en el domicilio que se indica en la demanda, acorde a lo previsto en el Art. 53 del Código Orgánico General de Procesos, mediante la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, en el lugar señalado por la parte actora en la demanda, al efecto se requiere a la parte accionante consigne en la secretaría de esta judicatura las copias suficientes, a fin de realizar las boletas para la diligencia de citación. 4] En mérito al juramento rendido en diligencia de fecha 17 de junio del 2025, a las 14h30 por los accionantes, de conformidad con el Art. artículo 56 numeral 1 y 58 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone: Cítese en legal y debida forma a los herederos presuntos y desconocidos del señor SEGUNDO TORIBIO SIMBA SIMBA mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; para el efecto conferirse el correspondiente extracto, a fin de dar cumplimiento con esta solemnidad sustancial común a todos los procesos. Transcurrido EL TÉRMINO DE VEINTE DÍAS (20) DESDE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN SE LES CONSIDERARÁ LEGALMENTE CITADOS. 5] Se advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de comparecer a juicio en esta Unidad Judicial con Sede en el cantón Rumiñahui, señalar casillero judicial, correo electrónico para futuras notificaciones que le corresponda y autorizar a un profesional de derecho, a efecto de su representación, y que en caso de no hacerlo se procederá en rebeldía. 6] Una vez citada la/los demandada/os, previo sorteo y observando lo dispuesto en el Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial, se procederá con la designación del o la perito. Con fundamento en los artículos 76, 151, 152, 336 y 346 del citado cuerpo legal, en caso de oposición al inventario, las partes deberán fundamentar la misma y anunciarán las pruebas que harán valer en el proceso mediante escrito, en los términos previstos en la Ley. 7] De conformidad con el artículo 345 del Código Orgánico General de Procesos, la audiencia se convocará una vez presentado el inventario. 8] De ser procedente y conforme a derecho, en el momento procesal oportuno se tomarán en cuenta los medios probatorios anunciados por la parte actora, así como la documentación aparejada a su demanda, cumpliendo los parámetros de pertinencia, utilidad y conducencia que establece el Art. 160 lbídem. 9] Téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala la accionante para sus notificaciones, así como la designación de su abogado patrocinador.- Actúe la Ab. Martha Narváez, secretaria esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.

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