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Elecciones: la oportunidad de oro
Hoy el Consejo Nacional Electoral publicará el calendario electoral y arranca lo que, en la práctica, será una larga campaña previa al período presidencial 2025-2029. Quienquiera que gane esta elección anticipada —a excepción del presidente Guillermo Lasso— podrá candidatizarse dos veces más, lo que abre la posibilidad a un nuevo ‘reinado’ de casi 10 años. Además, tendrá a su disposición la maquinaria estatal para hacer un año y medio de campaña con miras a los comicios de 2025.
El correísmo, dueño del único partido funcional, lleva la ventaja. Se enfrenta a una plétora de optimistas y ambiciosos candidatos; un par de ellos opcionados —si logran sumar fuerzas— pero otros solo con claros objetivos corporativos, publicitarios y financieros. Además, van con la marea: 12 de las 19 naciones latinoamerica- nas hoy tienen gobiernos de izquierda. La centro derecha deberá aprender rápido. Solo la unidad partidista, la capacidad de formar y mantener alianzas, y el encontrar acuerdos mínimos que las consoliden servirán ante la aplanadora populista.
Lasso no logró articular políticas de contención y asistencia social basadas en ayudas directas y paliativos redistributivos; la fórmula era lograr un bienestar tangible, por más que fuera pasajero, por medio de la reubicación de recursos públicos.
Aunque el proceso sea largo, algunas naciones maduran, de la mano de sus líderes. En cambio, otras solo repiten sus errores, con consecuencias cada vez más caras y dolorosas. La oportunidad hoy es inmensa, pero ninguna nación —ni sus élites— llega a la cima sin inmensos sacrificios.
La Corte Penal Internacional
En general, se corrigen ciertas afectaciones que provocó la Ley Orgánica para el Desarrollo Económ ico y Sostenibilidad
Fiscal tras la Pandemia de Covid19, con reformas concretas a la Ley de Régimen Tributario Interno para cambiar el esquema de rebajas al pago del impuesto a la renta, que ahora será mayor mientras más cargas familiares tenga el contribuyente. La reforma dispone un aumento de los gastos deducibles anuales, que podrán ser hasta $15.294 dependiendo del número de cargas familiares, con el máximo de cinco cargas por contribuyente, entre las que se consideran a los padres, cónyuges o pareja en unión de hecho, hijos hasta 21 años no dependientes y sin ingresos, e hijos con discapacidad de cualquier edad. En total son seis rubros de gastos que permiten las deducciones: vivienda; educación, arte y cultura; salud; alimentación (incluidas mascotas); vestimenta; y turismo nacional. Una política que según han dicho los voceros, permitirá cumplir con el principio de progresividad tributaria, mejorar la cultura de facturación y el consecuente control desde y hacia la ciudadanía.
Se crea un impuesto único de 15 % a los operadores de pronósticos deportivos desarrollados en vivo a través de internet; una nueva modalidad de apuesta que hasta ahora se ha mantenido al margen del control tributario.
En el IVA, se elimina la exoneración que tenían los espectáculos públicos. En el Rimpe se corrigen algunos vacíos.
Finalmente, las disposiciones sobre la rebaja del impuesto a la renta por gastos personales
Aparecieron
algunos personajes que, seguramente, sin conciencia de patria, independencia, soberanía, quieren entregar parte del país a Estados Unidos para que instale bases militares, ya sea en Galápagos o en Manta. Otros lanzan propuestas y gritos para que el Ecuador se convierta en miembro activo o en parte de la Corte Penal Internacional que es un organismo jurídico creado a instancias de la Unión Europea y de Estados Unidos, lógicamente, para satisfacer sus intereses jurídico-políticos a nivel internacional.
Todos los países que se adhieran a ese órgano están obligados a acatar las decisiones o resoluciones de la CPI como la extradición de personas, pero la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 79 prohíbe la extradición de una ecuatoriana o un ecuatoriano, sin importar el delito por el que haya sido acusado.
Oficialmente suele afirmarse que “la Corte Penal Internacional es un tribunal permanente, con vocación universal, con sede en La Haya, creado por medio del Estatuto de Roma adoptado el 17 de julio de 1998, y con competencia para juzgar a los individuos presuntamente responsables de haber cometido los crímenes más graves contra la humanidad como genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra”.
En Ecuador no se han cometido ese tipo de crímenes , razón por la que se podría decir que el ingreso del Ecuador a ese órgano de justicia internacional, según deseos, conveniencias o imposiciones de Estados Unidos o Europa, o de ciudadanos y ciudadanas del país, hasta ahora no encuentran una digna justificación.
Si Ecuador ingresara a esa Corte, se debería reformar la Constitución y las leyes para permitir la extradición de ecuatorianos, por ejemplo; además de tipificar otros crímenes monstruosos, calificados de lesa humanidad.
serán aplicables a la liquidación del ejercicio fiscal 2023 Los beneficios tienen que reglamentarse con prolijidad, pues la liquidación del 2023 sería mixta y debería hacerse de enero a mayo con la ley anterior, y de junio a diciembre con el nuevo esquema.
En palabras del primer mandatario, la reforma bajaría los impuestos a las familias, a los negocios populares y a los trabajadores del país. Se trata del primero de varios productos que el Ejecutivo presentará en este régimen especial sin Parlamento.