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Nuevas autoridades municipales para Pedro Vicente Maldonado

En este cantón de la provincia de Pichincha la ciudadanía decidió cambiar la tendencia partidista, eligiendo a Roberth Arrobo , de la Izquierda Democrática, lista 12, como nuevo alcalde.

el dato Roberth Arrobo obtuvo 3.496 votos, es decir, el 35.14%; seguido de Maira Aguilar de la Revolución Ciudadana que alcanzó 3.057.

Esta nueva designación se da luego que Fabrisio Ambuludi esté por dos periodos en la administración municipal, rompiéndose la tendencia y dando paso a la Izquierda Democrática, con una propuesta y liderazgo diferente.

Pedro Vicente Maldonado, cantón agrícola y ganadero, con fuerte presencia de lojanos, espera repuntar y solucionar sus grandes problemas como agua potable y saneamiento ambiental.

Concejo municipal

Serán parte del concejo municipal: Javier Jaramillo y Katherine Jiménez de la Izquierda Democrática; Ronald Montenegro y Leticia Bermúdez de la Revolución Ciudadana, y Mónica González de Unidad Popular.

Son cinco rostros nuevos que acompañarán a Arrobo en la administración municipal. La ciudadanía confía en que se legisle a favor de los intereses del cantón.

(LMM)

Notificaci N De Requerimiento

La Sociedad Civil Colectiva Denominada Plan de Vivienda de Interés Social Nuevo Alluriquin, realiza la notificación de requerimiento de pago de aportaciones a los herederos presuntos y desconocidos del causante el señor Miguel Ángel Álvarez a fin de que en un plazo de treinta días contados desde la publicación se acerquen a cumplir con sus obligaciones y a reclamar cualquier derecho que creyeren tener sobre el bien inmueble adjudicado al causante Señor Miguel Ángel Álvarez caso contrario se aplicara lo que determina el Reglamento Interno de la Sociedad Civil. Art. 8 Literal C. para proceder con la exclusión del socio.

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ANULACIÓN DE COMPROBANTE PROVISIONAL DE DEPÓSITO

“CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A” Informa al público en general que el Comprobante Provisionales de Depósito “CPD” de la siguiente numeración queda anulado por haberse extraviado.

0936380 - 0936381 p-244920-Mig

“CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A” No se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle al documento antes señalado.

ANULACIóN Se comunica al público, la anulación, por pérdida de los cheques No 829, 831 hasta 897 firma y sin valor presentada por el titular, ALVARO MUSO, de la cuenta corriente No 1015016374.

BANCO BOLIVARIANO:

• Asesor comercial para visitar edificios en construcciones (egresados o recién graduados en Arquitectura ó Ingeniero Civil)

• Ing. en Mecánica Industrial para supervisión de personal y acabados

• Chofer con licencia profesional tipo D-E

• Ayudantes para taller (Bachilleres en Mecánica Industrial)

• Edad comprendida de 18 a 30 años

EmprEsa ENsambLadora dE aLumiNio EuropEo Enviar currículum al correo: recursoshumanoscg2023@hotmail.com

CONAUTO C.A

Importante empresa líder en el mercado de productos automotrices y maquinarias industriales, requiere personal para sus diferentes áreas:

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• Asesor Técnico Automotriz e Industrial

• Coordinador de Servicio Técnico Automotriz

IndIspensable:

Tener un año de experiencia mínimo y conocimiento de productos automotrices.

Enviar curriculum al correo: talentohumano@conauto.com.ec p-244921-Mig p-244922-Mig

Habiéndose puesto en nuestro conocimiento el Extravío del Certificado de Depósito a plazo No: 01001DpV0102349 emitido por el Banco Bolivariano C.A., a favor de pACAMCAMARONERA S.A. por la cantidad de $1000.00 con vencimiento 11/30/2018, comunicamos al público en general y quien se crea con derechos sobre dicho Certificado de Depósito a plazo, deberá presentar ante nuestra institución su reclamo por escrito en el término de 15 días contados desde la última fecha de la última publicación de este aviso. Vencido el plazo y no existiendo reclamación, el Banco procederá a su anulación y a la emisión de un nuevo Certificado de Depósito.

ANULACIóN Se comunica al público, la anulación, por pérdida de los cheques con secuencia No 543 de la cuenta No 1005047368, titular Sr. HUgO BELiSARiO CARRiLLO pAEZ.

Extractos

EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LA CONCORDIA A LOS HEREDEROS pRESUNTOS Y DESCONOCiDOS DE QUiENES EN ViDA SE LLAMARON MARÍA ENRiQUETA VALLEJO, MARÍA MARLENE TUFiÑO VALLEJO y HERMEL SALOMÓN

TUFiÑO VALLEJO SE LES HACE CONOCER LO

SigUiENTE:

JUEZ: ABg. JORgE ANiBAL MENESES NUÑEZ MSc.

SECRETARIA: ABg. MARTHA MARiSOL QUiCALiQUiN NUÑEZ.

ACTORES: BERNAL VALENCiA BETTY iSABEL y ZAMBRANO CUSME JAViER FERNANDO.

ACCIÓN: pRESCRipCiON EXTRAORDiNARiA

ADQUiSiTiVA DE DOMiNiO.

CAUSA No: 23303-2022-00418

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON LA CONCORDIA. La Concordia, viernes 20 de mayo del 2022, las 14h10, ViSTOS.- Formen parte del proceso los escritos y el acta que anteceden; habiéndose b).- Al haberse protestado con juramento sobre el desconocimiento de la individualidad y residencia de los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fueron MARÍA ENRiQUETA VALLEJO, MARÍA MARLENE TUFiÑO

CALiFiCACiÓN: La demanda de pRESCRipCiON EXTRAORDiNARiA ADQUiSiTiVA DE DOMiNiO que presenta BERNAL VALENCiA BETTY iSABEL y ZAMBRANO CUSME JAViER FERNANDO por reunir los requisitos establecidos en los Arts. 142, 143 y 146 del Código Orgánico general de procesos (COgEp), se califica de clara, precisa, completa y se acepta al pROCEDiMiENTO ORDiNARiO previsto en el Art. 289 y siguientes del ibídem.- [2] De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 incisos 6 y 7 del COgEp, inscríbase la demanda en el Registro de la propiedad del cantón La Concordia, para el efecto por Secretaría se oficiará en debida forma.- [3] CiTACiÓN: Cumplida que sea la inscripción de la demanda en el Registro de la propiedad, velando por la observancia del derecho al debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución de la República y al amparo de lo consagrado en los 1-68 y 169 del ibídem, SE DiSpONE: a).- CÍTESE con el libelo de la demanda y auto recaído en el lugar señalado a los señores RENE BOLÍVAR TUFiÑO VALLEJO, LUiS JAViER TUFiÑO VALLEJO y FERNANDO DE JESÚS TUFiÑO VALLEJO en calidad de hijos de la señora quien en vida fue Maria Enriqueta Vallejo, a los señores ATAHUALpA ALEJANDRO CAMpOS ESTACiO, CAMpOS TUFiÑO MARLENE, ROBERTO RENE CAMpOS TUFiÑO, MARTHA REBECA CAMpOS TUFiÑO y JEFFERSON ALEJANDRO CAMpOS TUFiÑO en calidad de herederos de la señora quien en vida fue Maria Marlene Tufiño Vallejo, a los señores HERMEL ALEXANDER TiFUÑO OCHOA, MONiCA ANDREA TUFiÑO OCHOA, ViCTOR HUgO TUFiÑO OCHOA, ERiCK FERNANDO TUFiÑO BRBORiCH, ERMEL gERARDO TUFiÑO BRBORiCH y SOFiA NOHEMi TUFiÑO BRBORiCH en calidad de herederos del señor quien en vida fue Hermel Salomon Tufiño Vallejo, diligencia a cumplirse por intermedio del funcionario responsable de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial.

VALLEJO y HERMEL SALOMÓN TUFiÑO

VALLEJO, de conformidad a lo preceptuado en los artículos 56.1 y 58 del COgEp, bajo exclusiva responsabilidad de la actora CÍTESELOS por la prensa, en uno de los diarios que se edita en la ciudad de Santo Domingo y de amplia circulación en este cantón La Concordia. c).- Se concede a la parte demandada el TÉRMiNO DE TREiNTA (30) DÍAS para que presente su contestación por escrito, de conformidad con los Arts. 151 y 291 del COgEp y en concordancia con el Art. 152 ibídem, debiendo realizar su anuncio o solicitud de pruebas destinados a sustentar su contradicción, en concordancia con lo que establecen los Arts. 165 y 169 inciso cuarto del mismo cuerpo legal. d).- Se advierte a la parte demandada la obligación que tienen de autorizar a un profesional del derecho para que asuma su defensa técnica y de contestar la demanda señalando dirección de correo electrónico para sus notificaciones bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- e) De conformidad al inciso cuarto del Art. 53 del COgEp, se dispone que la citación sea publicada en la página web del Consejo de la Judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial.- [4] De conformidad con lo preceptuado en la Disposición general Décima del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, cuéntese en la presente causa con el Alcalde y el procurador Síndico del gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de este cantón La Concordia, a quienes se los CiTARÁ, para cuyo efecto remítase suficiente despacho en forma a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta jurisdicción.- [5] AUDiENCiA: Oportunamente y previo al cumplimiento de la citación dispuesta se convocará a las partes a la Audiencia preliminar.- [6] ANUNCiO pROBATORiO: De conformidad a lo determinado en el inciso cuarto del Art. 146 del COgEp, (Sustituido por el Art. 19 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-Vi-2019), téngase presente el anuncio probatorio realizado.- [7] NOTiFiCACiONES: Téngase presente la autorización conferida a favor del Abg. Juan Carlos Zambrano Cusme, así como las direcciones de correos electrónicos señalados para notificaciones.- NOTiFÍQUESE y CÚMpLASE.UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON LA CONCORDIA. La Concordia, martes 5 de julio del 2022, las 16h17, Formen parte del proceso los escritos que anteceden; en atención a lo solicitado, teniendo presente que la Carta Magna del Ecuador en su artículo 169 preceptúa que no se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades y al tenor de lo prescrito en el artículo 130.8 del Código Orgánico de la Función se convalida lo actuado en la causa, en el sentido de que el accionante responde a los nombres de JAViER FERNANDO ZAMBRANO CUSME, conforme así se ha hecho constar en autos.- En lo demás se estará a lo ordenado en autos.- NOTiFÍQUESE.Se le previene a la parte demandada la obligación que tiene de contestar la demanda y señalar correo electrónico en esta Unidad Judicial para futuras notificaciones. particular que se pone sus conocimientos para los fines de Ley.

La Concordia, jueves 17 de Noviembre del 2022. Abg. Martha Marisol Quicaliquin Nuñez SECRETARiA p-244879-Mig

Hay firma y sello.

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