DOSSIER CONTABILIDAD DE FINANCIAMIENTO
LUCILA QUINTERO PÉREZ
ANDY MICHELL DURAN ROMERO 222303
KEVIN YULIAN DURAN ROMERO 222300
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA CONTADURIA PÚBLICA 2023
ACTIVIDAD 1.
ORGANIZAR LA INFORMACION CONTABLE DE LA VIGENCIA ANTERIOR
ACTIVIDAD 2.
ELABORE LOS KARDEX PARA EL AÑO 2022, TOMANDO LOS SALDOS DEL AÑO ANTERIOR.
Tabla 1. Bicicleta Montaña Jeep 129 pulgadas
ARTICULO: Bicicleta Montaña Jeep 129 pulgadas
REFERENCIA: 3 - 1
Tabla 2. Set de Elásticos Power
ARTICULO: Set de Elásticos Power
Tabla 3. Bicicletas Titan GW
Tabla 4. Balones de Baloncesto
Tabla 5. Balón Voleibol
ARTICULO: Balón Voleibol
REFERENCIA Molten
LOCALIZACION : Bodega #3
Tabla 6:
ARTICULO
REFERENCIA
LOCALIZACION
PROVEEDORES
FECHA DETALLE
MARCA
UNIDAD MINIMO MAXIMO
VALOR ENTRADAS SALIDAS SALDO
ACTIVIDAD 3.
REGISTRE UTILIZANDO EL PROGRAMA CONTABLE, POR EL SISTEMA DE INVENTARIO PERMANENTE LAS SIGUIENTES OPERACIONES PERIODO ENERO 2022. DEBE ELABORAR LOS DOCUMENTOS SOPORTES Y LOS LIBROS AUXILIARES DE CLIENTES, PROVEEDORES.
OPERACIONES DEL 1 AL 15 DE ENERO DE 2022
ACTIVIDADES DOSSIERFORMATIVO INTEGRADOR.
2. ENERO 1. COMPRA 6 COMPUTADORES MARCA APPLE POR VALOR DE 5.550.000 CADA UNO, MÁS IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS. GIRANDO CHEQUE, A UN AUTORRETENEDOR.
3. ENERO 2. COMPRA VEHICULO POR 50.420.168 MAS IVA, A UN AUTORRETENEDOR, EL BANCO PRESTA LA PLATA, VALOR RESIDUAL 10% DEL VALOR DEL ACTIVO.
ENERO 7. LA EMPRESA EFECTUA APERTURA CUENTA DE AHORROS DAVIVIENDA POR $3.000.000, SEGÚN, CH BANCOLOMBIA. SEGÚN NC 0001.
4. ENERO 7. LA EMPRESA EFECTUA EL PAGO DE RETENCION EN LA FUENTE DEL PERIODO ANTERIOR, SEGÚN CH BANCO Y CE 001.
5. ENERO 8 LA EMPRESA RECIBE PRESTAMO DE DAVIVIENDA POR $70.000.000, VALOR CONSIGNADO DIRECTAMENTE A LA CUENTA CORRIENTE, A 6 MESES DE PLAZO, TASA DE INTERES MENSUAL 1.1%. DESCUENTAN $220.000 SEGURO, $35.000 PAPELERIA. SEGÚN NC 0002.
6. ENERO 9. LA EMPRESA EFECTUA APERTURA CUENTA DE AHORROS EN CREDISERVIR POR $700.000, SEGÚN CE 0002, CH BANCO________. SEGÚN NC 0003
TOTA DE EXISTENCIAS DE LOS BALON BALONCESTO MOLTENB7G450 A $492.000 C/U x 40 = 19.680.000
= 492.00
A PRECIO DE VENTA
DEL COSTO “SE TOMA DEL KARDEX COLUMNA SALIDAS”
AUTORETENCIÓN = VENTA SIN IVA * 0,55%
5. ENERO 14. LA EMPRESA RECIBE EL PAGO DE LA FV DE GLOBAL LTDA Y CONCEDE DESCUENTO DEL 2%. RC 0001.
DESCUENTO= VENTA SIN IVA X % DESCUENTO DESCUENTO=19.680.000 X 2%= 393.600
6. ENERO 14. LA EMPRESA CONSIGNA EL BANCO LO RECIBIDO DE LA VENTA FV 0004. NC 0005.
AJUSTE DEL 4 * 1000
AJUSTE DEL 4 * 100’
70 BICICLETA MONTAÑA JEEP 129 PULGADAS $2.500.000 C/U = 175.000.000
4 SET ELASTICOS POWER TRAINING A $ 290.100 C/U= 1.160.400
20 BALONES BALONCESTO MOLTEN B7G4500 $ 378.000 C/U = 7.560.000
COMPRA SIN IVA X % DESCUENTO
183.720.400X 3%= 5.511.612
4 x 1000
OPERACIONES DEL 16 AL 31 DE ENERO DE 2022
ENERO 16. LA EMPRESA COMPRA A SPORT SAS (AUTORRETENEDOR), SEGÚN FC 9010, A CRÉDITO.
20 BICICLETAS MONTAÑA JEEP 129 PULGADAS A $2.500.000 C/U = 50.000.000
50 SET ELASTICOS POWER TRAINING A $290.100 C/U = 14.505.000
70 BICICLETAS TITAN GW A $3.955.000 C/U = 276.850.000
IVA 19%
1. ENERO 16. LA EMPRESA VENDE AL CONTADO A DEPORTES COLOMBIA LTDA FV 0005 LO SIGUIENTE PAGO SE RECIBE CAJA:
110 BICICLETAS MONTAÑA JEPP 129 PULGADAS A $3.750.00 C/U= 412.500.000
70 SET ELASTICOS POWER TRAINING A $435.150C/U.= 30.460.500
40 BICICLETAS TITAN GW A $5.932.500 C/U = 237.300.000
IVA 19%, RF 2.5%
2.500.000*150% = 3.750.000
290.100*150% = 435.150
3.955.000*150% = 5.932.500
REGISTRO A PRECIO DE VENTA
REGISTRO DEL COSTO “SE TOMA DEL KARDEX COLUMNA SALIDAS”
= VENTA SIN IVA * 0.55% = 680.260.500 * 0.55% = 3.741.432
SEGÚN RECIBO DE CONSIGNACIÓN Y NOTA DE CONTABILIDAD_______
SEGÚN FV 0006 LO SIGUIENTE: RC____
40 BICICLETAS MONTAÑA JEEP 129 PULGADAS A $3.750.000 C/U= 150.000.000
15 BALON BALONCESTO MOLTE B7G4500 A $492.000 C/U=7.380.000
20 BICICLETAS TITAN GW $ 5.932.500 C/U = 118.650.000
2.500.000*150% = 3.750.000
328.000*150% = 492.000
3.955.000*150% = 5.932.500
IVA 19%, RF 2.5%
REGISTRO A PRECIO DE VENTA
8. ENERO 25 LA EMPRESA CANCELA LA DEUDA
A SPORT
FV 9010 Y RECIBE DESCUENTO DEL 2% POR PRONTO PAGO, SEGÚN
AJUSTE DE 4 x 1000
9. ENERO 26 LA EMPRESA RECIBE EL PAGO DE LA FV 0006 DE DEPORTES COLOMBIA LTDA Y CONCEDE DESCUENTO DEL 1% POR PRONTO PAGO.
DESCUENTO=276.030.000 X 1% = 2,760.000
10. ENERO 26 LA EMPRESA CONSIGNA EN EL BANCO LO RECIBIDO DE LA VENTA ANTERIOR. SEGÚN RECIBO DE CONSIGNACIÓN Y NOTA DE CONTABILIDAD______
9. ENERO 29. La EMPRESA EFECTÚA LOS SIGUIENTES PAGOS:
ENERGIA ELECTRICA $1.011.000, según CE 0008 y cheque.
ACUEDUCTO Y ALCANTARIILLADO $648.800, según CE0009 y cheque.
SERVICIO DE TELEFONO $600.000, según CE 0010 y cheque.
10. ENERO 30. LA EMPRESA EFECTÚA EL REEMBOLSO DEL FONDO DE CAJA MENOR, SEGÚN CE 0011, CH RECIBO DE REEMBOLSO DE CAJA MENOR. POR CAJA MENOR SE EFECTUARON LOS SIGUIENTES PAGOS:
ENERO 15, COMPRA ELEMENTOS DE CAFETERIA POR $550.000, CENTRAL LTDA.
ENERO 25, COMPRA UTILIES DE OFICINA POR $200.000, PAPELERIA MUNDO.
ENERO 30, CANCELO FOTOCOPIAS POR $85.000, FOTOCOPIADORA FIEL IMAGEN.
11. ENERO 30. LA EMPRESA CANCELA LA PRIMERA CUOTA DEL PRESTAMO A DAVIVIENDA, SEGÚN CE Y CH.
4.
LA EMPRESA CANCELA LA NOMINA DE PERSONAL ASI:
NOMBRE DEL SUELDO BASICO RECARGOS
EMPLEADO 5
6
INFORMACIÒN ADICIONAL:
TARIFA DE RIESGOS: 1.044%.
2 HORAS
MINIMO TRABAJO UN FESTIVO
MINIMO TRABAJO JORNADA
TODOS LOS EMPLEADOS APORTAN 1% DEL SUELDO BASICO PARA EL FONDO DE AHORROS.
REGISTRO DE LAS SEGURIDAD SOCIAL Y PRESTACIONES SOCIALES
ACTIVIDAD 5.
INFORMACIÓN PARA ELABORAR EL COMPROBANTE DE AJUSTES:
ENERO 30, LA EMPRESA RECIBE EXTRACTO BANCARIO DE BANCOLOMBIA CON LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
ND COSTO CHEQUERA $1.580.000 BANCO DAVIVIENDA.
ND COMISIÓN DE CHEQUES $540.000
ND 4 X 1000 $ 860.000
ENERO 30, LA EMPRESA DEPRECIA SU PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO POR EL MES DE ENERO UTILIZANDO EL MÉTODO DE LINEA RECTA.
La vida útil de los equipos de tecnología es de 5 años y valor de salvamento del 10% del valor del activo.
Depreciacion mensual= Costo del activo Valor residual∗No. MESES a depreciar Vida
Vehículo por $60.000.000, su vida útil se estimó en 5 años y valor de salvamento 10% del valor del activo.
Depreciacion mensua= Costo del activo Valor residual∗No meses a depreciar Vida util∗12
ACTIVIDAD 6.
GENERAR LOS SIGUIENTES REPORTES:
DOCUMENTOS SOPORTES
KARDEX, NOMINA, TABLA DE AMORTIZACION DE CREDITOS, FORMULARIOS DE IVA, RETENCION EN LA FUENTE (UTILIZANDO LA HERRAMIENTA DE EXCELL
BALANCE DE COMPROBACION
DISEÑO Y ELABORACIÓN DOSSIER
DOSSIER CONTABILIDAD DE GETION LABOLRAL Y SEGURIDAD SOCIAL
PhD: RUTH CLEMENCIA PICÓN LOPEZ
ANDY MICHELL DURAN ROMERO 222303
KEVIN YULIAN DURAN ROMERO 222300
MILEINI CALVO SAN JUAN 222208
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
CONTADURIA PÚBLICA
2023
CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
KEVIN YULIAN DURAN ROMERO identificado con cédula de ciudadanía No.1.007.961.723, actuando como representante legal de la entidad KEMI SPORT S.A.S identificada con el NIT. 900-192-727-1, domiciliado(a) en el municipio de Ocaña, quien en adelante se denominará EMPLEADOR; y ANDY MICHELL DURAN ROMERO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.007.945.821, residente en el municipio de Ocaña, de nacionalidad colombiana, estado civil soltera, quien en adelante se denominará TRABAJADOR, acuerdan celebrar el presente CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA (1). - OBJETO: El EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR para auxiliar contable dentro de la empresa donde debe contar con una buena atención al cliente y demás oficios varios los que se deriven de estas labores.
PARÁGRAFO. El TRABAJADOR acepta los cambios de labores decididos por el EMPLEADOR siempre que sus condiciones laborales se mantengan.
SEGUNDA (2). - INICIACIÓN Y JORNADA DE TRABAJO: El TRABAJADOR iniciará labores a partir de 20 de junio de 2023, con una jornada laboral ordinaria de ocho (8) horas diarias y cuarenta y ocho (48) semanales, que se podrán distribuir de la forma permitida por el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo.
TERCERA (3). - LUGAR DE TRABAJO: El lugar de trabajo será en la empresa KEMI SPORT S.A.S ubicada en el Barrio Promesas de Dios, calle 11 # 25-18 del municipio de Ocaña, y puede ser modificado por acuerdo entre las partes, siempre que las condiciones laborales del trabajador no sufran desmejora o se disminuya su remuneración o le cause perjuicio.
CUARTA (4). - SALARIO: El TRABAJADOR devengará un salario mensual de $ 1.160.000 (1 SMLV), más la comisión del 4% por las ventas hechas en el mes; pagaderos en forma mensual, que incluye la remuneración de los descansos dominicales y festivos.
QUINTA (5). - OBLIGACIONES: El TRABAJADOR deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Colocar al servicio del EMPLEADOR su capacidad normal de trabajo, de manera exclusiva en el desempeño de las funciones encomendadas (elaboración de informes, concertación de visitas, demostraciones y pruebas, preparación de ofertas y propuestas) y demás labores conexas, según ordenes e instrucciones del empleador o sus representantes. b) Trabajar durante la vigencia del presente contrato única y exclusivamente al servicio del EMPLEADOR. c) Cumplir con la jornada de trabajo dentro de los turnos y horario señalado por el EMPLEADOR. d) Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo.
SEXTA (6). - TRABAJO EXTRA, EN DOMINICALES Y FESTIVOS: El trabajo suplementario o en horas extras, así como el trabajo en domingo o festivo en los que deba concederse descanso, será remunerado conforme a la Ley, al igual que los respectivos
recargos nocturnos. Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador o sus representantes, para efectos de su reconocimiento.
SÉPTIMA (7). - JUSTAS CAUSAS PARA DESPEDIR: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el presente contrato, por cualquiera de las partes, las expresadas en los artículos 62 y 63 del Código sustantivo del Trabajo.
OCTAVA (8). - PERIODO DE PRUEBA: Acuerdan las partes que los primeros dos meses de ejecución del presente contrato se consideran como de período de prueba. Significa lo anterior que durante este lapso empleador y/o trabajador pueden darlo por terminado unilateralmente, pero vencido el mismo, la duración del contrato se torna indefinida, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia del trabajo. Con todo, el trabajador podrá dar por terminado unilateralmente este contrato, comunicando por escrito su decisión al empleador, con antelación no inferior a treinta (30) días. En caso de no producirse tal aviso, o de hacerlo en un término inferior al establecido, deberá el trabajador en favor del empleador, a título de indemnización, el equivalente a treinta (30) días de salario o proporcional al tiempo que falte, suma deducible de sus prestaciones sociales.
NOVENA (9). - El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad.
DECIMA (10). Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anexarse a este documento.
Para constancia se firma por las partes, en la ciudad de Ocaña a los 20 días del mes de junio del 2023.
__________________________
Kevin Yulian
C.C. No. 1.007.961.723
EMPLEADOR
CONTRATO A TERMINO FIJO
En Ocaña Norte de Santander, el 20 de junio de 2023, KEMI SPORT S.A.S. Dedicada a la compra y venta de elementos deportivos, NIT: 900.192.727-1, debidamente representada por KEVIN YULIAN DURAN ROMERO, Cédula de ciudadanía N.º 1007961723, domiciliado en esta ciudad, en Ocaña Norte de Santander, por una parte; y por la otra, EVA LARA LOPEZ, de nacionalidad colombiana, de estado civil Soltero, Cédula de ciudadanía N.º 1007902727 domiciliado En Ocaña Kdx 261 - 560, Barrio Simón Bolívar, nacido el 27 de Diciembre de 2001, en adelante “El administrador”, quienes exponen haber convenido en celebrar el siguiente Contrato de Trabajo, que se regirá por las normas del Código del Trabajo, sus modificaciones y las siguientes disposiciones:
PRIMERO (1): De la naturaleza de los servicios. El trabajador se obliga a desempeñar las funciones propias Del área de gerencia general, cargo de exclusiva confianza según emana de la naturaleza del mismo, de acuerdo a las instrucciones que al efecto sean impartidas por el empleador. Su función es direccionar la empresa, debe organizar la empresa de manera que logre el cumplimiento de sus objetivos, mantener un alto espíritu de trabajo y disciplina dentro de la empresa, además este debe ejecutar proyectos innovadores que motiven al crecimiento de la empresa. El trabajador queda obligado a cumplir leal y correctamente con todos los deberes que le impongan este instrumento o aquéllos que se deriven de las funciones y cargo, debiendo ejecutar las instrucciones que le confieran sus superiores. Del mismo modo el trabajador se obliga a desempeñar en forma eficaz, las funciones y el cargo para el cual ha sido contratado, empleando para ello la mayor diligencia y dedicación.
SEGUNDO (2): Los servicios serán prestados en la empresa ubicada en Ocaña Norte de Santander. Sin perjuicio de lo anterior, el empleador podrá alterar el sitio o recinto en que deban prestarse los servicios, siempre que quede dentro de la misma ciudad o lugar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del Código del Trabajo.
TERCERO (3): El trabajador tendrá derecho a percibir las siguientes prestaciones a título de remuneración: a) honorarios $2.500.000. Las remuneraciones se pagarán por períodos
mensuales vencidos, el último día hábil de cada mes. De las sumas anteriores se deducirán los
impuestos que las graven, las cotizaciones de Seguridad social y otras, en conformidad a lo establecido en el artículo 58 del Código del Trabajo.
CUARTO (4): De otras prestaciones. El empleador se compromete a entregar al trabajador las siguientes prestaciones no constitutivas de remuneración: (ejemplo; asignaciones de movilización, colación o pérdida de caja, viáticos y en general, las devoluciones de gastos en que se incurra por causa del trabajo.). Cualquiera otra prestación o beneficio, que no sean periódicos, ni ordenados por la ley, ni señalados en este contrato, se entenderán conferidos a título de mera liberalidad, por lo que en ningún caso constituirán un derecho para el trabajador.
QUINTO (5): De la duración y distribución de la jornada de trabajo, La jornada de trabajo tendrá una duración de 8 horas al día, y se distribuirá de la siguiente forma: Días: lunes, a viernes Horas: de 08:00am-12pm y 2pm-6pm, Descansos: sábados domingos.
SEXTO (6): Del plazo del contrato. El presente contrato tendrá una duración de tres años (3) años con derecho a renovación. El hecho de continuar el trabajador prestando servicios con conocimiento del empleador, después de expirado el plazo, transforma el contrato en uno de duración indefinida.
SÉPTIMO: De la terminación del contrato. Este contrato terminará en los casos señalados en los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo. Para los efectos del N°1° del referido artículo 160, constituyen falta de probidad los siguientes hechos: a) destinar para su uso personal o autorizar el uso por parte de terceros de bienes de la empresa, sin autorización expresa del empleador; b) falsedad en la confección de registros contables, declaraciones o certificados solicitados por la ley o los trabajadores. Y para los efectos del N°7° del mismo artículo 160, constituyen incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato los siguientes hechos: a) Atrasos reiterados en el inicio de la jornada de trabajo; b) contravención de lo establecido en la Cláusula Octava; c) declaraciones fuera de los plazos legales por causas imputables al trabajador; d) atrasos o desorden en los registros contables por causas imputables al trabajador; e) errores graves e inexcusables en la confección de registros contables, declaraciones y estados financieros.
OCTAVO (8): De la confidencialidad. El trabajador no podrá divulgar información confidencial a la cual tenga acceso con motivo de sus funciones, sin autorización del empleador, excepto en aquellos casos en que lo exijan las leyes tributarias o de seguridad social. En especial no podrá revelar a terceros lo siguiente: a) los términos de este contrato, salvo para darlos a conocer a su abogado; b) Información, de cualquiera naturaleza, relacionada con el empleador o con cualquiera de sus filiales o coligadas y sus respectivos clientes, incluyendo, sin limitación alguna, las políticas de la empresa, las operaciones sociales, técnicas, cuentas y personal del empleador; c) información o datos usados por el empleador para la conducción de sus negocios; d) información y datos obtenidos por el trabajador, que sea de propiedad del empleador o de un tercero y que el empleador este obligado a tratar como confidencial. La obligación de reserva del trabajador será permanente salvo que el empleador haga pública dicha información.
NOVENO (9): El presente contrato remplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad.
DECIMO (10): De la suscripción del contrato. El presente contrato se firma en tres ejemplares, quedando uno en poder del trabajador y los restantes en poder del empleador. Para constancia se firma por las partes, en la ciudad de Ocaña a los 20 días del mes de junio de 2023.
C. C. No. 1.007.961.723
EMPLEADOR
CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
KEVIN YULIAN DURAN ROMERO identificado con cédula de ciudadanía No.1.007.961.723, actuando como representante legal de la entidad KEMI SPORT S.A.S. identificada con el NIT. 900-192-727-1, domiciliado(a) en el municipio de Ocaña, quien en adelante se denominará EMPLEADOR; y MILEINY CALVO SANJUAN identificado con cédula de ciudadanía No. 1.091.132.322, residente en el municipio de Ocaña, de nacionalidad colombiana, estado civil soltera, quien en adelante se denominará TRABAJADOR, acuerdan celebrar el presente CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA (1). - OBJETO: El EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR para vender y comercializar elementos deportivos y demás oficios varios los que se deriven de estas labores.
PARÁGRAFO. El TRABAJADOR acepta los cambios de labores decididos por el EMPLEADOR siempre que sus condiciones laborales se mantengan.
SEGUNDA (2). - INICIACIÓN Y JORNADA DE TRABAJO: El TRABAJADOR iniciará labores a partir de 20 de junio de 2023, con una jornada laboral ordinaria de ocho (8) horas diarias y cuarenta y ocho (48) semanales, que se podrán distribuir de la forma permitida por el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo.
TERCERA (3). - LUGAR DE TRABAJO: El lugar de trabajo será en la empresa KEMI SPORT S.A.S ubicada en el Barrio Promesas de Dios, calle 11 # 25-18 del municipio de Ocaña, y puede ser modificado por acuerdo entre las partes, siempre que las condiciones laborales del trabajador no sufran desmejora o se disminuya su remuneración o le cause perjuicio.
CUARTA (4). - SALARIO: El TRABAJADOR devengará un salario mensual de $ 1.160.000 (1 SMLV), más la comisión del 4% por las ventas hechas en el mes; pagaderos en forma mensual, que incluye la remuneración de los descansos dominicales y festivos.
QUINTA (5). - OBLIGACIONES: El TRABAJADOR deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Colocar al servicio del EMPLEADOR su capacidad normal de trabajo, de manera exclusiva en el desempeño de las funciones encomendadas (elaboración de informes, concertación de visitas, demostraciones y pruebas, preparación de ofertas y propuestas) y demás labores conexas, según ordenes e instrucciones del empleador o sus representantes. b) Trabajar durante la vigencia del presente contrato única y exclusivamente al servicio del EMPLEADOR. c) Cumplir con la jornada de trabajo dentro de los turnos y horario señalado por el EMPLEADOR. d) Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo.
SEXTA (6). - TRABAJO EXTRA, EN DOMINICALES Y FESTIVOS: El trabajo suplementario o en horas extras, así como el trabajo en domingo o festivo en los que deba concederse descanso, será remunerado conforme a la Ley, al igual que los respectivos recargos nocturnos. Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador o sus representantes, para efectos de su reconocimiento.
SÉPTIMA (7). - JUSTAS CAUSAS PARA DESPEDIR: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el presente contrato, por cualquiera de las partes, las expresadas en los artículos 62 y 63 del Código sustantivo del Trabajo.
OCTAVA (8). - PERIODO DE PRUEBA: Acuerdan las partes que los primeros dos meses de ejecución del presente contrato se consideran como de período de prueba. Significa lo anterior que durante este lapso empleador y/o trabajador pueden darlo por terminado unilateralmente, pero vencido el mismo, la duración del contrato se torna indefinida, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia del trabajo. Con todo, el trabajador podrá dar por terminado unilateralmente este contrato, comunicando por escrito su decisión al empleador, con antelación no inferior a treinta (30) días. En caso de no producirse tal aviso, o de hacerlo en un término inferior al establecido, deberá el trabajador en favor del empleador, a título de indemnización, el equivalente a treinta (30) días de salario o proporcional al tiempo que falte, suma deducible de sus prestaciones sociales.
NOVENA (9). - El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad.
DECIMA (10). Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anexarse a este documento. Para constancia se firma por las partes, en la ciudad de Ocaña a los 20 días del mes de junio del 2023.
C. C. No. 1.007.961.723
EMPLEADOR
C.C. No. 1.091.132.322
TRABAJADOR
Objetivo general de la empresa de implementos deportivos
Analizar y comprender la dinámica económica interna de la empresa, y cómo esta interactúa con el mercado en el que opera, con el fin de maximizar sus beneficios y eficiencia en la asignación de recursos.
Para lograr este objetivo, la empresa debe considerar diversos aspectos microeconómicos, como la demanda y oferta de sus productos, la estructura del mercado en el que compite, el costo de producción, los precios y estrategias de fijación de precios, la gestión de inventarios, la selección de proveedores, entre otros. Además, la empresa debe analizar la forma en que sus decisiones afectan a los consumidores, a sus competidores y al ambiente, y tomar en cuenta sus acciones. En general es lograr una gestión eficiente y sostenible de los recursos, al tiempo que se maximiza el valor para los accionistas y se generan beneficios para la sociedad.
Objetivo específico de la empresa de implementos deportivos
Comprender la microeconomía en nuestra empresa de implementos deportivos por medio de la identificación de los factores que afectan la demanda de sus productos. Para lograr este objetivo, la empresa podría:
Realizar estudios de mercado para conocer las necesidades y preferencias de los consumidores.
Analizar la competencia y la estructura del mercado en el que opera, para identificar oportunidades y amenazas.
Estudiar la elasticidad precio de la demanda de sus productos, para determinar cómo afecta el precio a la cantidad demandada.
Analizar la influencia de factores externos, como las tendencias deportivas o las condiciones económicas, en la demanda de los productos de la empresa.
Utilizar información para ajustar su oferta de productos y precios, maximizando su rentabilidad y su capacidad de satisfacer las necesidades de sus clientes.
En general los objetivos específicos, en cualquier aspecto de la gestión de nuestra empresa puede ser analizado desde una perspectiva microeconómica, con el objetivo de maximizar su eficiencia y rentabilidad.
RESEÑA HISTÓRICA
La empresa KEMI SPORT S.A.S constata de tres (3) socios, (Andy Michel Durán Romero, mileiny Calvo Sanjuán y Kevin Yulian Durán Romero), los cuales dieron lugar a la creación de esta empresa el día 21/02/2022, Con un aporte cada uno de $ 150.000.000 (Michel), $150.000.000 (Mileiny), $225.000.000 (Kevin Cada uno para llegar a tener un capital en general de $525.000.000, El nombre que recibe la empresa proviene de las iniciales de cada uno de los socios.
En esta empresa se cuenta con un equipo de trabajo o empleados (3) Los cuales cada uno cumple con un rol o cargo diferente, gerente general (Kevin Romero), Administración (Michel romero), Marketing (Miileiny calvo) los cuales son sus propios jefes Inmediatos en cada área, además es una empresa la cual está basada a la venta de implementos deportivos.
ANÁLISIS MICROECONOMICO
DEMANDA: Se muestra a continuación la demanda dada en Balones de Baloncesto Molten desde el 1 de octubre del 2022 al 31 de diciembre de 2022, el cual durante este periodo de tiempo vemos que el precio o la demanda es inversamente proporcional a el precio, donde si sube el precio baja la cantidad demandada.
TABLA No. 1
En esta pequeña tabla se muestra las cantidades vendidas y el precio por el cual se vendía, también notamos que mientas más bajo el precio más demanda tiene el producto, pero de lo contrario entre más caro el producto menos demanda tiene en el mercado, donde también a continuación se mostrara la gráfica de la demanda de este mismo producto.
350,000
300,000
250,000
200,000
150,000
100,000
OFERTA: También se muestra la oferta de los Balones Baloncesto Molten, del 1 de octubre al 31 de diciembre del 2022.
TABLA No. 2
En la tabla podemos evidenciar las cantidades ofrecidas a su respectivo precio en su tiempo determinado, donde vemos que es una relación directamente proporcional, donde vemos que a medida que sube el precio también sube la cantidad ofrecida, donde también se mostrara a continuación la gráfica de la oferta de los Balones Baloncesto.
DISEÑO Y ELABORACIÓN DOSSIER
GESTIÓN DE LA TECNOLOGIA Y LA INNOVACIÓN
SANDRA BAYONA GOMEZ
ANDY MICHELL DURAN ROMERO 222303
KEVIN YULIAN DURAN ROMERO 222300
MILEINI CALVO SAN JUAN 222208
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA
CONTADURIA PÚBLICA
INFORME PÁGINAS WEB
El uso de las páginas web dentro de una empresa hoy en día cumplen una función muy importante ya que por medio de estás si una empresa está pendiente de su sitio web y sus redes sociales, sin dudas ofrecerá una mejor atención a sus clientes porque podrá responderles consultas de forma rápida y dirigida. Además, podrá permitirles a sus usuarios que dejen comentarios o sugerencias para que la compañía pueda tomar en cuenta y modificar, las páginas web deben estar programadas para que respondan todas las inquietudes que tenga el consumidor, está formada por una serie de productos que atraiga al consumidor.
La página web de nuestras empresas KEMI SPORT SAS tiene una serie de contenido en cada pestaña donde encontramos un Inicio, productos, contactos y quiénes somos:
INICIO: es dónde el consumidor o cliente encontrará una serie de productos que la empresa tiene disponible, los descuentos que se hacen a los productos y los productos que más se vendieron dentro de la empresa, además de esto en la parte inferior encuentran si quieren hacer parte de nuestra familia o no.
PRODUCTOS: En esta pestaña nuestro cliente encontrará todos los productos que está ofertando y ofreciendo nuestra empresa KEMI SPORT SAS, dónde encontrará diversidad en los implementos deportivos.
CONTACTOS: En esta sección el cliente encontrará nuestro horario de atención, la ubicación de nuestra empresa KEMI SPORT SAS, nuestras redes sociales, como Facebook e Instagram, dónde nos pueden seguir, y también contamos con un chat donde se les puede resolver cualquier inquietud.
QUIENES SOMOS: En esta pestaña el consumidor se encontrará una reseña histórica de la empresa KEMI SPORT SAS, además de esto cuál es su misión y visión de esta empresa que está dedicada a la venta de implementos deportivos.
LINK PAGINA WEB: https://kemisports19.wixsite.com/kemisports