Solo puedes proteger tus libertades en este mundo mediante la protección de la libertad de otro hombre Clarence Darrow
Sobre la constricción al Principio de Libertad Lic. Edward Cortés García1 La Libertad es un derecho inherente a la naturaleza humana y su proclamación se encuentra incrustada en el ordinal 1 de la Constitución Política “Costa Rica es una República democrática libre”. Adicionalmente la Declaración Universal de Derechos Humanos señala que “Todos los seres humanos nacen libres” en su artículo 1. A pesar de contar con poco más de setenta años de vigencia, es reducido el número de personas que conocen que el Constituyente consagró explícitamente, en el artículo 20 de la Constitución Política, el principio de la Libertad como piedra angular que determina la posición de toda la estructura del concepto de ciudadano costarricense, al establecer: "...Todo hombre es libre en la República...",
Derecho reafirmado en la Declaración Universal de Derechos
Humanos en su artículo 3 “Todo individuo tiene derecho a la … a la libertad ...”. Ese mismo cuerpo supraconstitucional determinó que “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques (Declaración Universal de Derechos Humanos artículo 12)”. De forma similar la Carta Magna esboza claramente los parámetros objetivos para la posibilidad del ejercicio de la Libertad de todos en su artículo 28 “Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden públicos, o que no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la ley”. Es valido dicho lo anterior, citar a la Sala Constitucional en su Resolución Nº 2010-013313 de las dieciséis horas y treinta y uno minutos del diez de agosto del dos mil diez “… De esta manera, el
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Abogado. Especialista en Derecho Constitucional. Asesor en temas de Derecho Municipal.
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