Marco legal del proyecto

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PROYECTO UNIDADES DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL

(((UPA)))

EN ESCUELAS Y LICEOS DE LA PATRIA

Marco Legal Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Ley Orgánica de Educación LOPNA

Plan de la Patria


Introducción A continuación presentamos una relación de artículos y disposiciones legales que le otorgan al proyecto UPA (Unidades de Producción Audiovisual en Escuelas y Liceos de la Patria), un marco que garantiza su desarrollo y ejecución dentro del Plan de Desarrollo de la República Bolivariana de Venezuela. Este primer papel de trabajo surge a raíz de la reunión celebrada el martes 14 de julio de 2015 en la que un grupo de profesores y profesoras de Proyecto (UBIP) planteamos la posibilidad de asumir la propuesta de las UPA como “proyecto bandera” del PFG Comunicación Social. Se busca con ello, encauzar esfuerzos hacia la concreción de proyectos socioproductivos que logren transformar la realidad laboral de nuestros egresados, ofreciéndole nuevas fuentes de trabajo y nuevas oportunidades de inserción socio-productiva, cumpliendo así lo dispuesto en la Resolución 1282 publicada en la Gaceta 39.723 del 27 de julio de 2011, que reza lo siguiente: “Las instituciones de educación universitaria deben desarrollar componentes socioproductivos apoyados en las capacidades científico-técnicas e innovadoras para impulsar la transformación del capitalismo rentístico en un nuevo modelo productivo socialista, que permita el desarrollo del protagonismo socioproductivo del estudiantado y del Poder Popular, aunado al potencial productivo y científico tecnológico local, regional y nacional”


Constitución de la República Bolivariana de Venezuela • Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.


Ley Orgánica de Educación Competencias del Estado docente Artículo 6. El Estado, a través de los órganos nacionales con competencia en materia Educativa, ejercerá la rectoría en el Sistema Educativo. En consecuencia: 1. Garantiza: g. Las condiciones para la articulación entre la educación y los medios de comunicación, con la finalidad de desarrollar el pensamiento crítico y reflexivo, la capacidad para construir mediaciones de forma permanente entre la familia, la escuela y la comunidad, en conformidad con lo previsto en la Constitución de la República y demás leyes.


Ley Orgánica de Educación 2. Regula, supervisa y controla: • e. Para alcanzar un nuevo modelo de escuela, concebida como espacio abierto para la producción y el desarrollo endógeno, el quehacer comunitario, la formación integral, la creación y la creatividad, la promoción de la salud, la lactancia materna y el respeto por la vida, la defensa de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, las innovaciones pedagógicas, las comunicaciones alternativas, el uso y desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación, la organización comunal, la consolidación de la paz, la tolerancia, la convivencia y el respeto a los derechos humanos.


Ley Orgánica de Educación 4. Promueve, integra y facilita la participación social: • c. De las familias, la escuela, las organizaciones sociales y comunitarias en la defensa de los derechos y en el cumplimiento de los deberes comunicacionales para la educación integral de los ciudadanos y las ciudadanas, en la interpretación crítica y responsable de los mensajes de los medios de comunicación social públicos y privados, universalizando y democratizando su acceso.


Ley Orgรกnica de Educaciรณn 5. Promueve la integraciรณn cultural y educativa regional y universal e. En la creaciรณn de un nuevo orden comunicacional para la educaciรณn.


Ley Orgánica de Educación Artículo 9. Los medios de comunicación social, como servicios públicos son instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo y como tales, deben cumplir funciones informativas, formativas y recreativas que contribuyan con el desarrollo de valores y principios establecidos en la Constitución de la República y la presente Ley, con conocimientos, desarrollo del pensamiento crítico y actitudes para fortalecer la convivencia ciudadana, la territorialidad y la nacionalidad. En consecuencia: 1. Los medios de comunicación social públicos y privados en cualquiera de sus modalidades, están obligados a conceder espacios que materialicen los fines de la educación. 2. Orientan su programación de acuerdo con los principios y valores educativos y culturales establecidos en la Constitución de la República, en la presente Ley y en el ordenamiento jurídico vigente. 3. Los medios televisivos están obligados a incorporar subtítulos y traducción a la lengua de señas para las personas con discapacidad auditiva. En los subsistemas del Sistema Educativo se incorporan unidades de formación para contribuir con el conocimiento, comprensión, uso y análisis crítico de contenidos de los medios de comunicación social. Asimismo la ley y los reglamentos regularán la propaganda en defensa de la salud mental y física de la población.


LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE • Artículo 69° Educación Crítica para Medios de Comunicación. El Estado debe garantizar a todos los niños y adolescentes educación dirigida a prepararlos y formarlos para recibir, buscar, utilizar y seleccionar apropiadamente la información adecuada a su desarrollo. Parágrafo Primero: La educación crítica para los medios de comunicación debe ser incorporada a los planes y programas de educación y a las asignaturas obligatorias. Parágrafo Segundo: El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar a todos los niños, adolescentes y sus familias programas sobre educación crítica para los medios de comunicación.


Plan de la Patria I. DEFENDER, EXPANDIR Y CONSOLIDAR EL BIEN MÁS PRECIADO QUE HEMOS RECONQUISTADO DESPUÉS DE 200 AÑOS: LA INDEPENDENCIA NACIONAL OBJETIVO NACIONAL 1.1. Garantizar la continuidad y consolidación de la Revolución Bolivariana en el poder. 1.1.6. Seguir construyendo la hegemonía comunicacional, para que en Venezuela se escuchen todas las voces. OBJETIVO NACIONAL: 1.5. Desarrollar nuestras capacidades científico- tecnológicas vinculadas a las necesidades del pueblo. 1.5.1.3. Garantizar el acceso oportuno y uso adecuado de las telecomunicaciones y tecnologías de información, mediante el desarrollo de la infraestructura necesaria, así como de las aplicaciones informáticas con sentido crítico y atendiendo a necesidades sociales y la difusión. Se generarán contenidos basados en valores nacionales, multiétnicos y pluriculturales de nuestros pueblos, a la vez que se fomentarán los principios inherentes al Socialismo Bolivariano. 1.5.3 Garantizar las condiciones que permitan a las organizaciones y a todas las personas en el territorio nacional el acceso a la comunicación oportuna y ética a fin de contribuir a la satisfacción de las necesidades, así como la formación para el uso, creación y difusión de contenidos para el buen vivir de nuestro pueblo. 1.5.3.3 Garantizar la creación y apropiación del conocimiento para el desarrollo, producción y buen uso de las telecomunicaciones y tecnologías de información.


Plan de la Patria II. CONTINUAR CONSTRUYENDO EL SOCIALISMO BOLIVARIANO DEL SIGLO XXI EN VENEZUELA, COMO ALTERNATIVATIVA AL MODELO SALVAJE DEL CAPITALISMO Y CON ELLO ASEGURAR LA “MAYOR SUMA DE SEGURIDAD SOCIAL, MAYOR SUMA DE ESTABILIDAD POLITICA Y LA MAYOR SUMA DE FELICIDAD”, PARA NUESTRO PUEBLO. OBJETIVO NACIONAL: 2.2 Construir una sociedad igualitaria y justa. 2.2.2.8 Ampliar la infraestructura y la dotación escolar y deportiva, y darle continuidad a la incorporación de tecnologías de la información y de la comunicación al proceso educativo.


Plan de la Patria IV. CONTRIBUIR AL DESARROLLO DE UNA NUEVA GEOPOLÍTICA INTERNACIONAL EN LA CUAL TOME CUERPO EL MUNDO MULTICENTRICO Y PLURIPOLAR QUE PERMITA LOGRAR EL EQUILIBRIO DEL UNIVERSO Y GARANTIZAR LA PAZ PLANETARIA. OBJETIVO NACIONAL: 4.1.8.5 Garantizar la producción permanente de contenidos que se difundan a través de los medios de comunicación regionales sobre los avances sociales, políticos, culturales de la Revolución Bolivariana. 4.3.2 Conformar un nuevo orden comunicacional del Sur. V. CONTRIBUIR CON LA PRESERVACIÓN DE LA VIDA EN EL PLANETA Y LA SALVACIÓN DE LA ESPECIE HUMANA OBJETIVO NACIONAL: 5.3. Defender y proteger el patrimonio histórico y cultural venezolano y nuestro americano. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y OBJETIVOS GENERALES: 5.3.1. Contrarrestar la producción y valorización de elementos culturales y relatos históricos dominantes, circulantes a través de los medios de comunicación y las instituciones diversas.


Plan de la Patria OBJETIVO NACIONAL: 2.5 Lograr la irrupción definitiva del Nuevo Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia 2.5.7 Garantizar el derecho al acceso y libre ejercicio de la información y la comunicación veraz. 2.5.7.1 Fortalecer la soberanía comunicacional, divulgando nuestro patrimonio cultural, geográfico, turístico y ambiental, así como el desarrollo productivo y político, con miras al fortalecimiento de los procesos de integración y unidad latinoamericanos y caribeños. Para ello, nos proponemos seguir coadyuvando al desarrollo de redes de comunicación y medios de expresión de la palabra, la imagen y las voces de nuestros pueblos. 2.5.7.2 Fortalecer el uso de los medios de comunicación como instrumento de formación para la transición al socialismo, potenciando los valores ciudadanos, así como el uso responsable y crítico de los medios de comunicación. En esta tarea, se hace indispensable fomentar la investigación sobre la comunicación como proceso humano y herramienta de transformación y construcción social.


Plan de la Patria 2.5.7.3 Consolidar la regulación social de los medios de comunicación como herramienta para el fortalecimiento del poder popular, promoviendo e impulsando el Sistema Nacional de Comunicación Popular (radios y televisoras comunales, periódicos comunitarios, ambientalistas, obreros, juveniles, partidistas, sindicales, campesinos, entre otros) como espacio para la articulación de significados y relaciones producidas desde la práctica de la comunicación social y humana, con el fin de transformar la realidad desde el Poder Popular organizado. 2.5.7.4 Actualizar y desarrollar las plataformas tecnológicas de los medios de comunicación, aprovechando el impulso que representa la puesta en marcha de la Televisión Digital Abierta (TDA), que permitirá ampliar la calidad de las transmisiones y ofrecer un mayor espectro de señales diferenciadas


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