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CAPITULO V - SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

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CAPITULO IV

CAPITULO IV

SEGÚN DECRETO 1290 DE 2009, CONTENIDO EN EL DECRETO 1075 de 2015.

ART 1. CONCEPTO DE INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES

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Para el Centro Educativo Shalom Paz, se establece por evaluación del aprendizaje, el proceso integral mediante el cual se recopila y analiza información y evidencias, y se emiten conceptos cualitativos y cuantitativos sobre los avances y apropiación de los contenidos, procedimientos, desempeños, actitudes y las relaciones interpersonales, como también las capacidades de elaboración, construcción y transferencia de los mismos por parte del estudiante, con el fin de definir su aprobación y en forma definitiva su promoción.

Lapresenteevaluacióndeaprendizajesseintegraconlasdimensionesdelostressaberes:Saber, Hacer y Ser.

ART 2. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES

Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:

1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

4. Determinar la promoción de estudiantes.

5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

ART 3. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

Los criterios de evaluación son aspectos relevantes sobre el Qué, Cómo, Para qué, Cuándo, Por Qué, en el que estudiante demuestra los niveles de apropiación de los contenidos, procedimientos, actitudes y convivencia en cada asignatura y área.

Hacen parte de los criterios de la evaluación de los aprendizajes la apropiación de: Conceptos, principios, teorías y vocabulario de cada asignatura, resolución de talleres, elaboración de tareas, resolución de problemas, elaboración de ensayos e informes de laboratorios, consulta e investigación, exposiciones, evaluaciones orales y escritas, apropiación de la tecnología, el uso y tenencia de los materiales de apoyo didácticos para su aprendizaje, presentación personal integral, relaciones interpersonales, autoevaluación y otros que los docentes crean necesarios. Tambiénsoncriteriosdeevaluaciónlosresultadosindividualesdelosestudiantesquepresentan las pruebas que programe el Estado, como son las Pruebas Saber 3° y 5°.

ART4. ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN

Los docentes establecerán dentro de sus planes de área y aula los criterios, las competencias de desempeño y las respectivas ponderaciones para cada indicador de desempeño.

ART 5. ESCALAS DE VALORACIÓN

En el Decreto 1075 de 2015, establece la escala nacional de tipo cualitativa y dentro de la autonomía institucional se le asignan las equivalencias cuantitativas. Para el Centro Educativo Shalom Paz las equivalencias son las siguientes:

BAJO MENOS DEL 60% BÁSICO DE 60% AL 79% ALTO DE 80% AL 89% SUPERIOR DE 90% AL 100%

ART 6. PERIODOS DE DESARROLLO CURRICULAR

El desarrollo curricular se determina por cuatro (4) periodos iguales de 10 semanas. Al final de cada periodo se hace entrega de los informes respectivos a estudiantes y padres de familias.

ART 7. PONDERACIÓN DE LOS PERIODOS CURRICULARES

Cada uno de los cuatro periodos del año lectivo tendrá una ponderación del 25%. Al finalizar el cuarto periodo se podrá calcular la valoración final de la asignatura y/o área.

ART 8. LA PROMOCIÓN

La promoción escolar está referida a la aprobación total por parte de los estudiantes de los desempeños básicoscon una ponderación o promedio mínimodel 60% en cada una de las áreas establecidas y que le permite al estudiante matricularse en el grado siguiente.

ART 9. PROMOCIÓN ANTICIPADA

Cuando un estudiante con capacidades excepcionales obtenga en el primer periodo un nivel superiorentodaslasasignaturasy uncomportamientoexcelente,podráserpromovidoal grado siguiente, cumpliendo los requisitos establecidos en el Artículo 2.3.3.3.3.7 del Decreto 1075 de 2015.

En cualquier caso, el estudiante podrá presentar por escrito la solicitud de la promoción anticipada al Consejo Académico quien revisará su caso y el cumplimiento de los requisitos para emitir su aprobación o negación.

ART 10. PÉRDIDA DE AREAS

Un área es perdida (reprobada) cuando el estudiante NO obtiene el nivel básico o el mínimo del 60% de la ponderación cuantitativa.

Cuando el área se compone de dos o más asignaturas y el área se pierde por haber reprobada una o varias de ellas, el estudiante debe recuperar las asignaturas reprobadas.

ART 11. PONDERACION DE LAS AREAS COMPUESTAS POR VARIAS ASIGNATURAS

Las áreas que se componen de varias asignaturas recibirán la ponderación de acuerdo con la intensidad horaria de la siguiente manera:

2

MATEMÁTICAS 1º - 5º MATEMÁTICAS 100%

HUMANIDADES 1º - 5º L. CASTELLANA 70%

C. SOCIALES 1º - 5º C. SOCIALES 100%

C. NATURALES 1º - 5º C. NATURALES 100%

TECNOLOGÍA E INFORM TECNOLOGÍA-INFORMATICA E INNOVACIÓN

ED. ETICA Y VALORES ETICA Y VALORES

ED. RELIGIOSA RELIGIÓN

ED. ARTISTICA ARTISTICA

ED. DEP. Y RECREACIÓN EDUCACIÓN FÍSICA

*N.E. = No existe.

30%

ART 12. REPROBACIÓN DEL AÑO ESCOLAR

Elañoescolarserepruebacuandoelestudianteobtienedefinitivamenteunaponderación inferior al 60%, que corresponde al nivel BAJO, en tres (3) o más áreas del plan de estudios. El estudiante reprobado, debe solicitar por escrito y con anticipación al Consejo Directivo el estudio del cupo nuevamente en las fechas estipuladas por la Institución. Los solicitantes deben esperar respuesta por parte del plantel.

ART 13. REPROBACIÓN POR INASISTENCIA

Cuando el estudiante deje de asistir a clases enforma continua o discontinua por másdel 25% del calendario académico reprobará el año escolar. Igualmente, si el estudiante deja de asistir al 25% de las semanas del periodo, reprobará las asignaturas por inasistencia.

ART 14. RECUPERACIÓN DE UNA O DOS ÁREAS

La recuperación de áreas o asignaturas obedece a que el estudiante no alcanzó las competencias básicas de esas áreas durante el año escolar. Para el Colegio, la recuperación se realizará mediante actividades académicas de una semana, las cuales se realizará al inicio del nuevo año escolar, con una intensidad mínima de 10 horas de clases presenciales. Seguidamente, el estudiante deberá realizar una evaluación escrita en una fecha estipulad por el Colegio para determinar si aprueba o reprueba el área. El estudiante tiene derecho recuperar hasta dos áreas de cualquier grado de 1° a 5°. Si el área a recuperar se compone de varias asignaturas, recuperará las asignaturas reprobadas.

ART 15. RECLAMOS

El estudiante y el padre de familia registrado en la matrícula podrá solicitar ante la coordinación o rectoría en forma escrita y respetuosa, la aclaración o modificación de una calificación de asignatura o área de un periodo, explicando las circunstancias y anexando las evidencias y motivaciones que considere necesario. El colegio tendrá la posibilidad de revisar su caso y dar respuesta en un plazo de 10 días hábiles.

ART 16.

Elpresente Sistema InstitucionaldeEvaluaciónyPromoción(SIEP), podrásermodificado de acuerdo con los cambios que el gobierno nacional reglamente en lo concerniente a los procesos de evaluación y medición.

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