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FUNDAMENTAL EN EL CICLO DE LA FISCALIZACIÓN
Vivimos en un mundo globalizado donde la ciudadanía y la opinión publica ya no se conforman con el simple discurso de sus gobernantes, exigen a través de los medios de comunicación y de las tecnologías de la información, conocer el destino y aplicación de los recursos públicos, y en donde los ejecutores del gasto están obligados a informar y transparentar la rendición de cuentas.
de Control Interno efectivo representa una herramienta fundamental que aporta elementos que promueven la consecución de los objetivos institucionales; minimizando los riesgos; a efecto de reducir la probabilidad de ocurrencia de actos de corrupción y fraudes, considerando la integración de las tecnologías de información a los procesos institucionales; asimismo respaldan la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos, y consolidan los procesos de rendición de cuentas y transparencia gubernamental.
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Supervisor de Auditoría Auditor a Entidades Estatales
Para dar cumplimiento a las disposiciones legales, es necesario establecer una coordinación efectiva entre los órganos internos de control y las Entidades de Fiscalización Local, en lo concerniente a la fiscalización, para generar condiciones de bienestar social a través del buen funcionamiento gubernamental, promoviendo en todo momento la rendición de cuentas, la transparencia y el combate a la corrupción, para garantizar la mejora continua del quehacer gubernamental, a través de la implementación de un sistema de control interno para promover la productividad, la eficiencia y la eficacia; y que a su vez tengan como efecto seguir mejorando la confianza en las Instituciones Públicas.
Las Entidades Fiscalizadoras juegan un papel importante en el ciclo de la fiscalización, ya que son las encargadas de verificar que los recursos públicos, tanto federales, estatales y propios que reciban las entidades federativas y los municipios, se ejerzan conforme a la normativa aplicable y en sus respectivas competencias; considerando que las Entidades de Fiscalización Local actúan en el año siguiente al que se ejerció el gasto público, pero los Órganos Internos de Control pueden actuar en tiempo real para ejercer la vigilancia y el control del gasto público, procurando el máximo rendimiento de los recursos y el equilibrio presupuestal.
Por lo anterior, las Entidades Fiscalizadoras juegan un papel importante en el ciclo de la fiscalización, ya que son las encargadas de verificar que los recursos públicos, tanto federales, estatales y propios que reciban las entidades federativas y los municipios, se ejerzan conforme a la normativa aplicable y en sus respectivas competencias; considerando que las Entidades de Fiscalización Local actúan en el año siguiente al que se ejerció el gasto público, pero los Órganos Internos de Control pueden actuar en tiempo real para ejercer la vigilancia y el control del gasto público, procurando el máximo rendimiento de los recursos y el equilibrio presupuestal.
En este sentido, la implementación de un Sistema
Ya que, de conformidad a lo establecido por las disposiciones legales, la auditoría gubernamental es
Fiscalizaci N
una actividad profesional multidisciplinaria ejercida por entes internos o externos respecto al objeto auditado y está sujeta, en sus dos vertientes, al cumplimiento de principios elementales comunes; por eso las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización (NPASNF), establen el marco de referencia para la actuación de las Entidades Fiscalizadoras, encargadas de revisar la gestión de los recursos públicos, tanto internos como externos, señalando líneas y directrices que constituyen las mejores prácticas en la materia; ya que contienen la enunciación de principios, el planteamiento de conceptos y el establecimiento de requisitos mínimos necesarios para garantizar la calidad de los servicios que los entes auditores rinden a la sociedad.
Las NPASNF que emanan del marco normativo de la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI, por sus siglas en inglés), constituyen un punto de apoyo para el ejercicio de la auditoría gubernamental, tanto interna como externa, ya que cuenta con importantes referencias para sistematizar su práctica, determinar áreas de oportunidad, e incursionar en nuevas disciplinas y procesos de acuerdo con sus necesidades, apegándose, en todo momento, al cumplimiento de sus respectivas misiones.
AUDITORÍA INTERNA.
Para la fiscalización interna, como ya mencionamos, están los Órganos Internos de Control, siendo necesario privilegiar y reforzar con acciones tendientes a mejorar el control interno de las Entidades Fiscalizadas, ya que constituye la primera línea de acción para prevenir actos de corrupción mediante la prevención de riesgos, a través de la implantación de un sistema de control interno adecuado, para vigilar y evaluar el desempeño de las distintas áreas de la administración, promoviendo la productividad, eficiencia y eficacia de la administración pública; es decir, mediante la detección oportuna de riesgos a través de la evaluación de políticas públicas, de la investigación y sanción administrativa, respecto del uso de los recursos públicos, contribuye a la mejora de los sistemas y procedimientos administrativos, inhibiendo así conductas ilícitas y reforzando el cumplimiento de las disposiciones normativas correspondientes.
Pero, dependiendo del orden de gobierno en que nos encontramos, vemos que en ocasiones los Órganos Internos de Control de la administración pública, son encabezados con personal que no cuenta con el perfil requerido para desempeñar esta función, ya que muchas de las observaciones recurrentes que se determinan en la fiscalización a los entes auditados son precisamente las que derivan de un deficiente control interno, ya que al carecer del perfil requerido, no ejercen las atribuciones establecidas por los ordenamientos legales, razón por la cual, una de las preocupaciones de las Entidades de Fiscalización Locales constituye el establecimiento adecuado del control interno en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización, para ejercer acciones de control concurrente entre las Entidades de Fiscalización Local y los Órganos Internos de Control, con el propósito de establecer mecanismos de coordinación para pasar de una cultura de sanción a una cultura de colaboración en el ámbito de sus respectivas competencias, para promover el intercambio de información, ideas y experiencias, encaminadas a avanzar en el desarrollo de la fiscalización de los recursos públicos, considerando lo establecido en el Marco Integrado de Control interno (MICI).
La implementación de un sistema de control interno permite promover la mejora de la gestión gubernamental mediante la ejecución de proyectos y acciones que garanticen el cumplimiento de objetivos para la correcta aplicación de los recursos públicos.
La falta de idoneidad (Perfil del puesto, Certificación de competencia laboral, Capacitación, etc.) de los titulares de los Órganos Internos de Control, imposibilita contar con la estructura básica establecida en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a fin de poder cumplir con las nuevas atribuciones y responsabilidades que le han sido conferidas, dicha estructura básica deberá estar integrada por una autoridad investigadora, una autoridad sustanciadora y una autoridad resolutora, a efecto de poder llevar a cabo el procedimiento de responsabilidad administrativa, partiendo de las investigaciones realizadas debidamente fundadas y motivadas para la integración del informe de presunta responsabilidad administrativa hasta la notificación de la resolución que corresponda.
Razón por la cual, el control interno es un componente fundamental del ciclo de la fiscalización, rendición de cuentas y mejora gubernamental, ya que no es un evento único y aislado, sino una serie de acciones y procedimientos desarrollados y concatenados que se realizan durante el desempeño de las operaciones de una institución. Es reconocido como una parte intrínseca de la gestión de procesos operativos para guiar las actividades de la institución y no como un sistema separado dentro de ésta. En este sentido, el control interno se establece al interior de la institución como una parte de la estructura organizacional para ayudar al titular, a la Administración y al resto de los servidores públicos a alcanzar los objetivos institucionales de manera permanente en sus operaciones.
El control interno está integrado por cinco componentes y 17 principios, para efectos de esta aportación, nos centraremos en el primer componente, Ambiente de Control, ya que constituye el conjunto de estructuras normativas, operativas y procedimentales con las que debe contar la administración pública, para la determinación de funciones y responsabilidades.
El Ambiente de Control es la base del control interno, ya que proporciona disciplina y estructura para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales, por lo que, las Entidades Públicas deben contar por lo menos con los siguientes manuales: Reglamento Interno, Código de Ética, Código de Conducta, Manual de Organización y Manual de Procedimientos.
Ya que deben mostrar una actitud de respaldo y de compromiso con la integridad, los valores éticos, las normas de conducta y la prevención de irregularidades administrativas y de corrupción, conforme a las disposiciones jurídicas y normativas aplicables, la estructura organizacional, la asignación de responsabilidades y el establecimiento de líneas de autoridad, para así rendir cuentas de los resultados alcanzados.
Sin embargo, en algunas Entidades Públicas, no cuentan con estos instrumentos de apoyo para preservar la integridad y prevenir la corrupción, o si los tienes se encuentran desactualizados, al no encontrarse alineados tanto a las actividades operativas de la institución, como a las disposiciones legales vigentes; y lo más preocupante, no se encuentran publicados en los instrumentos oficiales para que produzcan los efectos jurídicos correspondientes, lo que origina evidentemente que no se cuenta con un marco jurídico actualizado en materia de Ambiente de Control.
Como conclusión, podemos señalar que es sumamente importante implementar un sistema de control interno adecuado, ya que constituye la primera línea de acción para prevenir incidencias, malos manejos de los recursos públicos y reducir la probabilidad de riesgos en actos de corrupción; y, a falta de este, seguiremos con la recurrencia de las observaciones en materia de control interno respecto de los cinco componentes del MICI, señalando la importancia de contar con el Reglamento Interno, Código de Ética, Código de Conducta, Manual de Organización y Manual de Procedimientos de los servidores públicos, autorizados y publicados, ya que, al contar con este marco normativo, podrá determinar las responsabilidades en que incurran los servidores públicos por incumplimiento a la normativa y que puedan constituir faltas administrativas o hechos de corrupción, delimitando la responsabilidad del servidor público, para la aplicación de las sanciones que correspondan.




Socio fundador de la firma especializada en propiedad intelectual Garza Vite & Asociados, S.C.
Licenciado en Derecho y Ciencias Sociales por la UANL
Ex-Magíster Lvcentinvs por la Universidad de Alicante, España jvite@garzavite.com.mx / www.garzavite.com.mx