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NECESARIO AJUSTE DE NOM-044: ASOCIACIONES
• Texto Rubén Bustos Carlos • L a cadena del autotransporte conformada por AMDA, AMTM, ANPACT, ANTP, Canacar, Canacintra, Canapat, Conatram, Concamin, Coparmex e INA, se pronunció respecto a la problemática que representa la falta de disponibilidad de Diésel de Ultra Bajo Azufre (DUBA) en todo el territorio nacional.
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En voz de sus representantes, la industria dijo estar a favor de la reducción de emisiones y de la colaboración constante con las autoridades para llevar a cabo la mencionada tarea al tiempo que se genera certidumbre.
“Como parte de dicho compromiso, la industria ha impulsado diversas normativas desde hace más de 25 años, así como cuatro muestreos (2016, 2017, 2018 y 2019) para monitorear la disponibilidad del DUBA”, comentó Miguel Elizalde, Presidente Ejecutivo de la ANPACT.
No obstante, Guillermo Rosales, Director General Adjunto de la AMDA, enfatizó que el muestreo más reciente realizado en julio de 2019, indicó un retroceso en el abastecimiento de DUBA del 81% al 75%, mientras la CRE acordó que Pemex solo tiene la obligación de abastecer DUBA en el 19% de los municipios del país hasta 2025.
“La obligatoriedad de renovar la flota con tecnología que requiere exclusivamente DUBA conjugado con la falta de dicho combustible, representa un riesgo real para la inversión de los transportistas”, resaltó Enrique González, Presidente Nacional de la Canacar.
Por ello, la industria ha solicitado que la NOM-044 sea modificada para que las tecnologías Euro V/ EPA 7 y Euro VI/EPA 10, convivan hasta que haya DUBA en todo el territorio nacional. Esto no implica desaprovechar las zonas donde sí exista DUBA, explicó Nicolás Rosales, Coordinador de Relaciones Institucionales de la AMTM, pues “en los municipios donde la certeza de contar con DUBA es absoluta, la tecnología ya está siendo adquirida voluntariamente para autobuses urbanos, los beneficios ya se están reflejando en favor de la ciudadanía, pero no puede hacerse obligatorio en todo el país”.
AFECTACIÓN EN TODOS LOS ÁMBITOS Si bien, en 19% de los municipios se tiene la certeza de contar DUBA, en el 81% restante, el riesgo de no contar con dicho combustible es del 25%. Felipe Peña, Presidente de la Comisión de Transportes de la Concamin, resaltó que la gran mayoría de las rutas de bienes de consumo de la canasta básica cruzan necesariamente zonas sin DUBA obligatorio, lo cual pone en riesgo la estabilidad de abasto y de precios de bienes fundamentales para todas las familias.
ASOCIACIONES QUE APOYAN EL AJUSTE DE LA NOM-044
• AMDA - Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores • AMTM - Asociación Mexicana de Transporte y Movilidad • ANPACT - Asociación Nacional de Productores de Autobuses de Camiones y Tractocamiones. • ANTP - Asociación Nacional de Transporte Privado • Canacar - Cámara Nacional del Autotransporte de Carga • Canacintra - Cámara Nacional de la Industria de Transformación • Canapat - Cámara Nacional del Autotransporte de Pasaje y Turismo • Conatram - Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos • Concamin - Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos • Coparmex - Confederación Patronal de la República Mexicana • INA – Industria Nacional de Autopartes

Por su parte, Leonardo Gómez, Director General de la ANTP, recordó que la norma es de producción de vehículos lo cual obliga a su cumplimiento en todo el territorio, incluyendo los camiones de reparto y distribución de municipios donde no hay obligación de abastecer DUBA, por lo que de no encontrar una solución se detendría la renovación de la flota.
“Inclusive, algunos de nuestros afiliados cuentan con esquema de autoabasto de combustible, abundó José Jiménez, Gerente General de la Canapat; pero la falta de claridad de dónde se encuentra el combustible DUBA y el regular pone en riesgo la movilidad de nuestros pasajeros y turistas que se desplazan por todo el país en autobús, su exposición al dejarlos tirados en las carreteras por las fallas que genera el uso indebido de combustible distinto al DUBA. Sumado a los gastos en reparaciones por los efectos en el sistema de post-tratamiento y sistema de inyección, entre otros relacionados”.
“Si sumamos a la coyuntura ya de por sí altamente compleja que enfrenta el autotransporte, complementó Elías Dip, Presidente Nacional de la Conatram, el hecho de que solo tendremos la oportunidad de renovar nuestras unidades con una tecnología que no puede circular con certidumbre absoluta en todo el territorio nacional, lo más sensato y comprensible será frenar la renovación de nuestras flotas. No nos pueden obligar a lo imposible”.
SI SE MANTIENE LA NOM-044 SI SE AJUSTA LA NOM-044
Renovación vehicular anual de 40,000 a 28,000
Tasa de Renovación de 2.5% a 1.4% anual Renovación vehicular anual de 40,000
Tasa de Renovación de 2.5% anual
Edad vehicular de 18 años a 19 años de 2020 a 2021
1,460,000 ton de CO2 = 27,740,000 árboles Edad vehicular de 18 años
No aumentan emisiones
Miguel Elizalde enfatizó que “obligar al cumplimiento de una norma de producción cuando no se está cumpliendo la norma de combustibles, frena la renovación vehicular. La falta de renovación generaría anualmente 1.4 millones de ton de CO2 equivalentes a la captura de emisiones que realizan 27.7 millones de árboles”.
La incertidumbre normativa impacta directamente a la industria automotriz terminal, con mayor urgencia a la cadena de proveeduría de autopartes que tiene que ajustar anticipadamente la fabricación, dijo Alberto Bustamante, Director de Comercio Exterior de la INA.
Tanto Felipe Peña de Concamin, como Guadalupe Garza, Presidenta del Sector de la Industria Automotriz de Canacintra, coincidieron en que el autotransporte y el sector automotriz de pesados son fundamentales para México ya que atienden a todos los sectores y actividades económicas. Por lo tanto, la discordancia normativa, entre la NOM-016-CRE y la NOM-044 causa una gran incertidumbre en toda la industria.
Las cámaras y asociaciones ofrecieron a las autoridades y a la sociedad civil trabajar conjuntamente para no frenar la renovación vehicular, dar certidumbre a la industria y juntos disminuir las emisiones. Ajustar la NOM-044 a la realidad energética, es la mejor alternativa para no afectar negativamente las emisiones.
IMPORTANTE APLICAR NOM-044: SEMARNAT Por su parte, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informó que la aplicación de la NOM-044-SEMARNAT-2017 —a través de la cual se regulan las emisiones de contaminantes criterio provenientes de motores nuevos a diésel que se utilizarán para la propulsión de autobuses, camiones y tractocamiones—permitirá una reducción de más del 95% de los principales contaminantes que emiten este tipo de vehículos, principalmente óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas PM2.5.
Añadió que dicha Norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de febrero de 2018 y representa un logro importante por ser un instrumento normativo que facilita las condiciones para generar un ambiente sano. Las tecnologías EPA 10 y Euro VI requieren diésel con un contenido máximo de 15 partes por millón de azufre, Diésel de Ultra Bajo Azufre (DUBA). La dependencia explicó que, en el caso de México, la oferta de este tipo de combustible es de aproximadamente 86% por la producción doméstica de Pemex y de las importaciones, esto aunado a que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha manifestado que la distribución de DUBA está garantizada en las zonas metropolitanas del Valle de México, Guadalajara y Monterrey, en la franja fronteriza norte y en los 11 principales corredores carreteros del país. No obstante, “la Semarnat reconoce que es necesario desarrollar un plan en el que la distribución de DUBA se lleve a cabo de una manera más estratégica, particularmente en las ciudades o zonas en las que existan problemas de calidad del aire. Por tal motivo,


participa en el grupo de trabajo para la modificación a la NOM-016-CRE-2016 (en la que también interviene Pemex) con el objetivo de mejorar la distribución y disponibilidad del DUBA en el país”.
Añadió que “para la Secretaría es importante que México aplique la EPA 10 y Euro VI (en 2021), a fin de garantizar el derecho humano de todas las personas a disfrutar de un medio ambiente sano y adecuado para nuestro desarrollo y bienestar, como lo establece el Artículo 4° Constitucional; además, estar a la altura de nuestros socios comerciales de América del Norte y de la Unión Europea, en cuanto a tecnologías limpias y eficientes.
“Es importante tener presente que los óxidos de nitrógeno son precursores de ozono (O3), contaminante cuyas concentraciones se han incrementado en las principales zonas urbanas del país provocando afectaciones en la salud de la población, particularmente en vías respiratorias. En tanto, las partículas PM2.5 contienen un alto porcentaje de Carbono Negro (CN), el cual, además de tener efectos carcinogénicos, tienen un alto potencial de calentamiento global”, finalizó la Semarnat.