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ANOS LIBRES
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL LA PAZ - BOLIVIA
enjergo que no re apaga
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INFORME INT - C. P. G. T. No. 0241/09-10/JRICUFCH/AM/RC-021
mayo de 2002, su Ley Modificatoria N° 2717de 28 de mayo de 2004, la Ley de Saneamiento para Titulación de Beneficiarios del Fondo de Vivienda Social en Liquidación No. 2486 de 14 de julio de 2003 y el Decreto Supremo No. 27864 de 26 de noviembre de 2004......" ANÁLISIS. 1. DATOS GENERALES
DENOMINACIÓN
1
SUSTITUCIÓN DE LA REMODELACIÓN "18 DE MAYO"
Vino Tinto
MACRO DISTRITO
3
DISTRITO
11
SECTOR
11
a) El sector cuenta con planimetría aprobada , mediante Ordenanza Municipal N° 207/2001 HAM - HCM 199/2001 de 05/10/2001 . Corresponde su tratamiento como tramite de Sustitución , en aplicación de las Leyes 2372. 2717 y 2486 para la regularización del Derecho Propietario en el Sector. CLASE DE TRAMITE
l
b) Asimismo se verifico que el sector forma parte de la aprobación realizada mediante Ordenanza Municipal N° 093/80 de fecha 28 de mayo de 1980 que resuelve aprobar la Unidad Vecinal Vino Tinto - La Zarzuela integrada por los sectores Loteo Fabril, Loteo Forno, La Guardia, 18 de mayo y Ampliación La Zarzuela, misma que no fue derogada mediante Ordenanza Municipal N° 207/2001 HAM - HCM 199/2001 de 05/10/2001.
FECHA DE INICIO DEL TRAMITE EN EL MARCO DEL PROCEDIMIENTO VIGENTE
OBSERVACIONES
FECHA DE INICIO DEL TRAMITE ORIGINAL
2008
2007
Se establece que la planimetría aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 207/2001 HAM - HCM 199/2001 de 5 de octubre de 2001 presenta desplazamiento y no se encuentra debidamente georeferenciada.
2. NORMATIVA APLICABLE 1 NORMATIVA GENERAL TIPO
APLICA
N° Y FECHA
SI
Ley 2028, de Municipalidades, del 28/10/1999 Ley 2372, de Regularización del
Derecho Propietario SI LEY
SI
Urbano de 22/05/2002 y Ley 2717 , de Modificatorias a la Ley 2372 de 28/05/2004. Ley 2486, de Saneamiento para Titulación de Beneficiarios del FONVIS en
DESCRIPCION en sus art. 4°. 5', 6°. 20°, 21-, 44°, 84°, 85°, 126°, 127° y 128° establece el marco que regula la acción del G o bi erno Municipal en lo referido a la administración del territorio. Establecen procedimientos excepcionales, extraordinarios y temporales que permiten la regularización del derecho propietario urbano, tanto de la prop i e d ad privada como de la propiedad m un i c i pa l , y de esta manera posibilitar su administración territorial.
Establecen procedimientos excepcionales, extraordinarios y temporales que permiten la aprobación de Urbanizaciones y Proyectos Habitacionales del FONVIS en liquidación por los Gobiernos Municipales, registro de Derecho Propietario, pago extraordinario de cartera.
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