Plan de Seguridad Del Departamento de Transporte

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Distrito Unificado Fairfield-Suisun (FSUSD)

PLAN DE SEGURIDAD DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE

Código de Educación de la Sección 39831.3 Reglamento de autobuses escolares

La misión del Departamento de Transporte del Distrito Escolar Unificado de Fairfield-Suisun es brindar un entorno de transporte seguro y sano para todos los estudiantes.

ÍNDICE

El Distrito Unificado de Fairfield-Suisun (FSUSD) proporciona transporte para estudiantes de educación especial los cuales sean elegibles, estudiantes, actividades extracurriculares y para estudiantes desde el preescolar hasta el grado 12+ que residen en Fairfield, Suisun City y áreas cercanas no incorporadas.

Autoridad de la Junta Directiva del Distrito – Título 13 CCR 1202(b)

(b) Autoridad de las Juntas Directivas del Distrito. La junta directiva de cualquier distrito escolar, el superintendente del condado de las escuelas, o entidad escolar privada equivalente o funcionario, podrá adoptar y hacer cumplir los requisitos adicionales que regulen el transporte de alumnos. Dichos requisitos no podrán entrar en conflicto con ninguna ley o reglamento administrativo estatal.

Plan de seguridad de transporte – Código de Educación de California 39831.3

(a) El superintendente de las escuelas del condado, el superintendente de un distrito escolar, o el propietario u operador de una escuela privada que proporcione transporte hacia o desde una escuela o actividad escolar deberá preparar un plan de seguridad de transporte que contenga los procedimientos que el personal escolar debe seguir para garantizar el transporte seguro de los alumnos. El plan se revisará según sea necesario. El plan deberá tratar los siguientes aspectos:

(1) Determinar si los alumnos requieren escolta, de acuerdo con el párrafo (3) de la subdivisión (c) de la Sección 22112 del Código de Vehículos.

(2) (A) Procedimientos para todos los alumnos del preescolar, kínder, y del 1er al 8vo grado, cuidar a los alumnos mientras suben y bajan del autobús escolar en la parada de autobús de cada alumno.

(B) Nada de lo dispuesto en este párrafo exige que un superintendente de las escuelas del condado, el superintendente de un distrito escolar, o el propietario u operador de una escuela privada que proporcione transporte hacia o desde una escuela o actividad escolar, utilice los servicios de un vigilante de autobús escolar, además del conductor, para llevar a cabo los fines del presente párrafo.

(3) Subir y bajar de un autobús escolar en una escuela u otro destino.

(4) Procedimientos para asegurar que ningún alumno quede desatendido en un autobús escolar, autobús escolar para actividades de los alumnos (SPAB, por sus siglas en inglés) o autobús para jóvenes.

(b) Una copia de un plan actual preparado de acuerdo con la subdivisión (a) Cada escuela sujeta al plan deberá conservar este material y ponerlo a disposición, solicitud previa, de un oficial del Departamento de Patrulla de Carreteras de California.

(Modificado por las estadísticas del 2016, Cap. 721, Sec. 2. (SB 1072) Efectivo el 1 de enero de 2017.

Código de Educación de California, Sección 39831.5

(a) Todos los alumnos de preescolar, kínder, y de 1ro al 12vo grado, inclusive, En las escuelas públicas o privadas, los estudiantes que sean transportados en un autobús escolar o en un autobús de actividades escolares deberán recibir entrenamiento sobre los procedimientos de emergencia y la seguridad de los pasajeros en el autobús escolar. El superintendente de las escuelas del condado, el superintendente del distrito escolar o el propietario/operador de una escuela privada, según corresponda, deberá garantizar que el entrenamiento se proporcione de la siguiente manera:

(1) Al registrarse, el padre, madre o tutor legal de los alumnos que no hayan sido transportados previamente en un autobús escolar o en un autobús de actividades escolares y que estén en el preescolar, kínder y de 1ro al 6to grado, recibirán información escrita sobre la seguridad en el autobús escolar. Esta información incluirá lo siguiente:

(A) Una lista de las paradas del autobús escolar cercanas a la casa de cada alumno.

(B) Reglas de conducta al subir al autobús escolar.

(C) Instrucciones para cruzar en la luz roja.

(D) Zona de peligro en el autobús escolar.

(E) Caminar hacia y desde las paradas de autobús escolar.

(2) Al menos una vez, cada año escolar todos los alumnos de preescolar, kínder y del 1ro al 8vo grado, inclusive, quienes reciben transporte de casa a la escuela recibirán entrenamiento de seguridad que incluirá, pero no se limita a, los procedimientos adecuados de subida y bajada, incluido el acompañante del conductor, cómo cruzar la calle de forma segura, la carretera o el camino privado, entrenamiento sobre el uso de los sistemas de inmovilización de pasajeros, como se describe en el párrafo (3), la conducta adecuada de los pasajeros, la evacuación del autobús y la ubicación del equipo de emergencia. El entrenamiento también puede incluir las responsabilidades de los pasajeros que se sientan junto a una salida de emergencia. Como parte del entrenamiento, los alumnos deberán evacuar el autobús escolar a través de las puertas de salida de emergencia.

(3) Las instrucciones sobre el uso de sistemas de inmovilización de pasajeros, cuando se instale un sistema de inmovilización de pasajeros, deberán incluir, entre otros, todo lo siguiente:

(A) inmovilización y liberación correcta del sistema de inmovilización del pasajero.

(B) Práctica adecuada del sistemas de inmovilización de pasajeros para los alumnos.

(C) Momentos en que se debe inmovilizar y soltar el sistema de inmovilización de los pasajeros.

(D) Localización adecuada de los sistemas de inmovilización de pasajeros cuando no estén en uso.

(4) Antes de partir en un viaje de actividad escolar, todos los alumnos que viajen en un autobús escolar o en un autobús de actividades escolares recibirán entrenamiento de seguridad: pero no se limita a, la ubicación de las salidas de emergencia y la ubicación y uso del equipo de emergencia. El entrenamiento también puede incluir las responsabilidades de los pasajeros sentados junto a una salida de emergencia.

(b) La siguiente información deberá documentarse cada vez que se dé el entrenamiento requerido como lo indica el párrafo (2) de la subdivisión (a):

(1) Nombre del distrito escolar, oficina de educación del condado o escuela privada.

(2) Nombre y ubicación de la escuela.

(3) Fecha de entrenamiento.

(4) Nombres de los supervisores adultos.

(5) Número de alumnos participantes.

(6) Niveles de grado de los alumnos.

(7) Temas a tratar en el entrenamiento.

(8) Cantidad de tiempo empleado para el entrenamiento.

(9) Nombre del conductor del autobús.

(10) Número de autobús.

(11) Observación adicional.

La información registrada conforme con esta subdivisión permanecerá guardada en la oficina del distrito o del condado. o en la escuela, durante un año a partir de la fecha del entrenamiento, y estará sujeta a inspección por parte del Departamento de la Patrulla de Carreteras de California.

(Modificado por las estadísticas del 2003, Cap. 552, Sec. 13. Vigente a partir del 1 de enero de 2004.)

Código de Educación de California 39875(d)

De acuerdo con la ley estatal, cualquier empleado que exceda las 40 horas de transporte dentro de un año escolar debe completar toda la capacitación de seguridad correspondiente para los conductores.

Los empleados que supervisan a los estudiantes durante excursiones, actividades extracurriculares o programas deportivos están exentos de estos requisitos de capacitación hasta que alcancen las 40 horas.

El distrito hará todo lo posible para asignar un conductor que cumpla con todos los requisitos de capacitación. Si no hay un conductor disponible calificado, el distrito avisará al padre, madre o tutor legal.

Esto sirve como un aviso formal.

Señales y paradas del autobús escolar – Código de la Sección de Vehículos 22112

(a) Al acercarse a una parada del autobús escolar donde los alumnos estén subiendo o bajando del autobús, el conductor del autobús escolar deberá activar un sistema de luz de advertencia ámbar aprobado, si el autobús escolar está equipado para ello, comenzando 200 pies antes de la parada del autobús escolar. El conductor del autobús escolar deberá desactivar el sistema de luz de advertencia ámbar después de llegar a la parada del autobús escolar. El conductor del autobús escolar deberá operar el sistema de señal de luz roja intermitente y el brazo de la señal de parada, según lo requerido en el autobús escolar, en todo momento cuando el autobús escolar se detenga con el propósito de subir o bajar alumnos. El sistema de señales de luz roja intermitente, el sistema de luces de advertencia de color ámbar y el brazo de señal de alto no se podrán utilizar en ningún lugar donde el tráfico esté controlado por un oficial de tránsito ni en ningún lugar identificado en la subdivisión (e) de esta sección. El sistema de señales de luz roja intermitente, el sistema de luces de advertencia ámbar y el brazo de la señal de alto del autobús escolar no deberán utilizarse en ningún otro momento.

(b) El conductor del autobús escolar deberá detenerse para cargar o descargar alumnos únicamente en una parada de autobús escolar designada para los alumnos por el superintendente del distrito escolar o autorizada por el superintendente para viajes de actividades escolares.

(c) Cuando un autobús escolar se detenga en una carretera o camino privado con el propósito de subir o bajar alumnos, en un lugar donde el tráfico no esté controlado por un agente de tránsito, el conductor deberá, antes de abrir la puerta, asegurarse de que el sistema de señal de luz roja intermitente y el brazo de la señal de alto estén activados, y que sea seguro entrar o salir del autobús escolar.

(d) Cuando un autobús escolar se detiene en una carretera o camino privado con el propósito de subir o bajar alumnos pasajeros, en un lugar donde el tráfico no está controlado por un oficial de tránsito o una señal oficial de control de tránsito, el conductor del autobús escolar deberá hacer todo lo siguiente:

(1) Acompañe a todos los alumnos de preescolar, kínder o del 1ro al 8vo grado, inclusive, que necesiten cruzar la carretera o camino privado donde se detiene el autobús escolar. El conductor deberá usar una señal de mano "PARE" mientras acompaña a todos los alumnos.

(2) Exigir que todos los alumnos que necesiten cruzar la autopista o el camino privado en la que está detenido el autobús escolar mientras cruzan por la parte delantera del autobús.

(3) Asegurar que todos los alumnos que necesiten cruzar la autopista o el camino privado en la que está detenido el autobús escolar lo hagan de forma segura y de que todos los demás alumnos y peatones se encuentren a una distancia segura del autobús escolar antes de ponerlo en marcha.

(e) Excepto en un lugar donde los alumnos estén subiendo o bajando de un autobús escolar y deban cruzar una carretera o camino privado en el que el autobús escolar esté detenido, el conductor del autobús escolar no puede activar el sistema de luz de advertencia ámbar, el sistema de señal de luz roja intermitente y el brazo de señal de parada en ninguno de los siguientes lugares:

(1) Zonas de subida de pasajeros de autobuses escolares en las instalaciones escolares o adyacentes a ellas o durante un viaje de actividad, si el autobús escolar está detenido o estacionado legalmente.

(2) Cuando el autobús escolar quede inutilizado debido a una avería mecánica, el conductor del autobús de relevo que llegue al lugar para transportar a los alumnos del autobús averiado no deberá activar el sistema de luces ámbar, el sistema de luces rojas intermitentes ni la señal de alto.

(3) Cuando un alumno requiere asistencia física del conductor o del asistente autorizado para subir o bajar del autobús escolar y brindar dicha asistencia aumenta el tiempo en que el autobús

escolar está detenido más del tiempo requerido para subir o bajar a un alumno que no requiere asistencia física.

(4) Cuando la superficie de la carretera en la que se encuentra detenido el autobús esté cubierta parcial o totalmente por nieve o hielo y requiere que el tráfico se detenga ya que esto representaría un peligro para la seguridad según lo determine la empresa transportista del autobús escolar.

(5) En una carretera estatal con un límite de velocidad anunciada de 55 millas por hora o más, el autobús escolar está completamente fuera de la parte principal de la carretera.

(6) Cualquier ubicación determinada por un distrito escolar, con la aprobación del Departamento de Patrulla de Carreteras de California, que presenta un peligro para el tráfico o la seguridad.

(f) No obstante lo dispuesto en las subdivisiones (a) al (d), inclusive, el Departamento de Patrulla de Carreteras de California puede requerir la activación de un sistema de luz de advertencia ámbar intermitente aprobado, si el autobús escolar está equipado con él, o el sistema de señal de luz roja intermitente y el brazo de señal de alto, según se requiera en el autobús escolar, en cualquier lugar donde el departamento determine que la activación es necesaria para la seguridad de los alumnos de la escuela que suben o bajan de un autobús escolar.

(Modificado por las estadísticas del 2012, Cap. 769, Sec. 35. (AB 2679) Vigente a partir del 1 de enero de 2013.)

Ley de seguridad en los autobuses escolares

● Los conductores de autobuses escolares deberán asegurarse de que los estudiantes no queden desatendidos en el autobús escolar, excepto para llevar a cabo escoltas de luz roja a los otros estudiantes 22112(d) VC. Todos los conductores deberán permanecer a la vista del autobús escolar.

● Al finalizar cada recorrido y al regresar a las instalaciones de transporte los conductores de autobuses escolares deberán realizar una “revisión estudiantil”. El conductor se dirigirá a la parte trasera del autobús para revisar cada asiento en busca de niños dormidos y objetos personales olvidados por los estudiantes, y presionará el botón de "ayudante de revisión estudiantil". El conductor del autobús regresa a la parte delantera del autobús, revisará todos los asientos nuevamente.

Sección del Sistema de Alerta de Seguridad Infantil 28160 – Código del vehículo 28160

(d) Un “sistema de alerta de seguridad para niños” es un dispositivo ubicado en la parte trasera en el interior de un autobús que requiere que el conductor lo maneje o lo escanee manualmente antes de salir del vehículo, lo que indica al conductor que inspeccione todo el interior del autobús antes de salir.

ZONA DE PELIGRO - AUTOBÚS ESCOLAR

El Departamento de Transporte del Distrito Escolar Unificado Fairfield-Suisun está muy preocupado por la seguridad de nuestros estudiantes. Alentamos a todos los padres, madres o tutor legal a recordarles a sus alumnos sobre la seguridad y los peligros que pueden enfrentar al ingresar a la Zona de Peligro, que es el área alrededor y dentro de doce pies del autobús. Los estudiantes deben seguir las instrucciones del conductor del autobús y mantenerse alejados de las zonas de peligro. Los estudiantes que salgan del autobús deben permanecer a la vista del conductor del autobús después de salir.

Medidas de control tóxico en el aire para limitar el ralentí de los autobuses escolares y de las escuelas - Título 13 CCR 2480

Una regulación estatal limita el ralentí de los autobuses escolares y de otros vehículos comerciales en o cerca de escuelas públicas y privadas dedicadas a la educación de alumnos de 12.º grado o por debajo, independientemente del tipo de combustible y de si hay niños presentes o si la escuela está en sesión (13 CCR 2480).

Cuando estén en la escuela, los conductores de autobuses escolares, autobuses de tránsito y vehículos comerciales deben apagar el motor al llegar a una escuela y reiniciarlo no más de 30 segundos antes de partir.

Cuando esté a menos de 100 pies de una escuela, los conductores de autobuses escolares deben apagar el motor cuando se encuentren a menos de 30 metros de una escuela y volver a encenderlo como máximo 30 segundos antes de partir. Los autobuses de transporte público y los vehículos comerciales tienen prohibido mantener el motor en ralentí durante más de 5 minutos.

Otras ubicaciones más allá de 100 pies de una escuela, los conductores de autobuses escolares tienen prohibido dejar el motor en ralentí durante más de 5 minutos en lugares fuera de las escuelas, como paradas o destinos de actividades escolares. Además, otra normativa aplicable a los vehículos diésel comerciales prohíbe dejar el motor en ralentí durante más de 5 minutos en cualquier lugar (13 CCR 2485).

Autobuses escolares con visibilidad reducida - Seccion del Codigo de vehiculos

34501.6

La junta directiva de una agencia educativa local que se ocupe del transporte de alumnos adoptará procedimientos que limiten la operación de los autobuses escolares cuando las condiciones atmosféricas reduzcan la visibilidad en la vía a 200 pies o menos durante el servicio regular de transporte desde casa a la escuela. Las políticas operativas para los viajes de actividades escolares otorgarán a los conductores de autobuses escolares la autoridad discrecional de suspender la operación si determinan que no es seguro continuarla debido a la visibilidad reducida.

Condiciones adversas al conducir

● El despachador notificará al DOT cuando las condiciones atmosféricas dificulten la continuación de los servicios de transporte.

● El DOT o la persona designada se pondrán en contacto con el Superintendente Adjunto de Servicios Empresariales siempre que se posponga o cancele el transporte.

● Servicios de Transporte consultará con el personal del Distrito para ordenar suspender o retrasar el transporte.

Reglas de la parada de autobús

● Cuando espere el autobús hágalo en una zona segura.

● Nunca espere o juegue en la calle.

● Los estudiantes deben llegar al autobús y estar listos para subir 15 minutos antes de la hora de llegada programada.

● Los vehículos deben estacionarse en el mismo lado de la calle que la parada donde sube y baja al alumno.

● Los vehículos no deben estacionarse en la zona del autobús o donde éste se estaciona.

● Cuando camine hacia y desde la parada del autobús, hágalo siempre por una zona segura, preferiblemente la acera. Si cruza la calle, utilice el paso de peatones.

● Si el autobús está en la parada antes de que llegue el estudiante, asegúrese de que el conductor vea al estudiante antes de acercarse al autobús. El conductor hará una señal al estudiante cuando sea seguro para que avance. Si el estudiante está en el lado opuesto de la calle, espere a que el conductor le acompañe y luego cruce entre el conductor y la parte delantera del autobús.

● Todos los acompañamientos o cruces de alumnos deben hacerse por delante del autobús.

● No se permiten los empujones en la parada del autobús ni al entrar o salir del autobús.

● Los estudiantes deben esperar a 12 pies de donde se detendrá el autobús. Una vez que el autobús se detenga, espere hasta que la puerta de entrada esté abierta antes de acercarse al autobús o pararse para salir de él.

● Si los alumnos muestran un comportamiento inadecuado en la parada del autobús, el conductor puede emitir una remisión, una citación y/o una suspensión.

Reglas para viajar en autobús

● Si se requiere que los estudiantes lleven un pase de autobús, los estudiantes deben mostrar el pase al subir al autobús y cuando lo solicite el conductor.

● Los estudiantes deben entrar y salir del autobús de forma ordenada o según las indicaciones del conductor.

● Si el autobús escolar está equipado con cinturones de seguridad, deberán llevarlos puestos en todo momento.

● El conductor puede asignar asientos.

● Los estudiantes deben permanecer sentados. Los estudiantes deben mirar hacia adelante con la espalda apoyada en el respaldo, las piernas/pies/brazos/manos y otros objetos deben permanecer fuera del pasillo del autobús y dentro del autobús.

● Los estudiantes sólo pueden entrar y salir del autobús por la puerta de entrada/salida (delantera) a menos que el conductor indique lo contrario.

● No está permitido fumar, encender cerillos, pelear, empujar, usar lenguaje abusivo, palabras o gestos inapropiados y hacer ruido excesivo en el autobús.

● Tirar basura, manipular propiedad/equipo del Distrito y dañar propiedad del Distrito no están permitidos en el autobús. Los estudiantes/padres/tutores legales serán responsables de cualquier daño.

● No se admiten en el autobús animales (incluidos reptiles e insectos), envases de vidrio, armas, drogas ni objetos peligrosos.

● No se permite comer ni beber en el autobús.

● No se permiten empujones en el autobús ni al entrar o salir del mismo.

● Si los estudiantes muestran un comportamiento inapropiado en la parada del autobús, el conductor puede emitir una remisión, citación, y / o una suspensión.

Parada de autobús no fija

A ningún estudiante se le permite utilizar cualquier parada de autobús designado que no sea la parada de autobús principal del estudiante. No se permitirá que ningún estudiante se baje en un lugar que no sea una parada de autobús designada aprobada por el Distrito. Bajarse en una parada que no sea la parada designada del estudiante será causa suficiente para la suspensión del privilegio de viajar del estudiante.

Política así será “Must Be Met” (Solo para estudiantes de Educación Especial y Kínder)

● Todos los estudiantes de Educación Especial deben ser entregados en la parada del autobús a un adulto mayor de 18 años. Este adulto tiene que haber sido previamente agregado a la tarjeta de emergencia del estudiante a menos que el equipo de IEP haya determinado que no necesitan un adulto presente al dejar el autobús (conocido en inglés como "self release"). Se debe indicar en SEIS si el estudiante puede bajar del autobús sin la necesidad de tener a un adulto presente (self-release) en la parada del autobús.

○ Tenga en cuenta que el equipo del IEP determina el nivel de servicio de transporte necesario y lo ingresa en SEIS

○ El personal de la oficina del plantel escolar es responsable de actualizar y cambiar la dirección y otros datos personales en AERIES cuando los padres y/o tutores proporcionen la información necesaria.

● Si el estudiante debe ser entregado a un adulto (mayor de 18 años y previamente añadido a la tarjeta de emergencia del estudiante) y la persona designada no se encuentra en la parada para recibir al estudiante, el estudiante será devuelto a la escuela. No hay excepciones.

● El resto de los estudiantes de 1° - 12° grado pueden bajar del autobús sin la necesidad de tener a un adulto presente (self-release), excepto los estudiantes de Kinder.

● Los estudiantes de Kinder deben ser entregados a un adulto (mayor de 18 años y previamente añadido a la tarjeta de emergencia del alumno)

● Se espera que los estudiantes que no necesitan de un adulto presente para dejar el autobús conozcan el camino a casa.

Medidas Disciplinarias

● 1ra Infracción Disciplinaria Advertencia (El conductor comunicará con el padre/madre/tutor legal)

● 2da Infracción Disciplinaria Suspensión de 1 dia del autobús (El conductor o personal del distrito se comunicara con el padre/madre/tutor legal)

● 3ra Infracción Disciplinaria Suspensión de 3 días del autobús (El conductor o personal del distrito se comunicara con el padre/madre/tutor legal)

● 4ta Infracción Disciplinaria Suspensión de 5 días del autobús (Conferencia con el conductor/ personal del distrito y el padre/madre/tutor legal)

● 5ta Infracción Disciplinaria Suspensión de 2 semanas del autobús (Conferencia con el conductor/director/director del departamento de transporte y el padre/madre/tutor legal)

● 6ta Infracción Disciplinaria Suspensión del autobús por el resto del año escolar Conferencia con el director del departamento de transporte y la Superintendente Adjunto

Acceso a la Información del Departamento de Transporte

● Página de internet del Distrito Escolar

● Telefono: 707-421-4246

● Domicilio: 2490 Hilborn Road, Fairfield, CA 94533

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