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una simple opinión podría obstruir la justicia

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AMÍLCAR ÁLVAREZ

AMÍLCAR ÁLVAREZ

Después de una carrera de 24 años en el Banco de Guatemala y la Superintendencia de Bancos, más el tiempo que fui Ministro de Finanzas, Presidente del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), además haber sido electo dos veces como diputado al Congreso de la República, he sido objeto de opiniones favorables, pero también desfavorables, rayando algunas en la difamación y calumnia, sin veracidad ni justificación alguna.

No puedo dejar de confesar que me dolieron por la ingratitud, intereses, falsedades, mala intención o resentimiento que destilaban, a veces por antagonismo político, pero nunca me intimidaron ni llegaron a afectar mis convicciones, principios y valores, profundamente arraigados, que han iluminado toda una vida de servicio público y privado. Las hubo provenientes de columnistas, algún editorial y del Peladero de este mismo medio. Hace unos veinte años, siendo Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Rafael Landívar, se invitó a Chepe Zamora a una reunión del Banco Mundial en Washington, D.C., quien apro- vechó para disculparse conmigo tratando justificar su proceder, reconociendo que había habido un exceso en el tratamiento del Periódico para con mi persona y me invitó a integrarme al selecto grupo de columnistas de este medio periodístico. Aprovecho para expresarle mi sorpresa y preocupación por lo que está viviendo.

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Francamente, no puedo imaginar cómo una simple opinión de un columnista pueda llegar a ser capaz de obstruir la justicia guatemalteca, asumiendo que esa es la única razón por la que un juez de garantías, a petición del Ministerio Público (MP), resolvió investigar a periodistas y columnistas (que no son lo mismo), porque consideran que con sus opiniones se ha intentado amenazar o coaccionar a operadores de justicia y sujetos procesales.

Al margen que pudiera haber alguna otra razón dentro del expediente procesal que desconozcamos, es inaudito que se pretenda atentar contra la libertad de emisión del pensamiento, derecho humano e individual consignado en el título II, capítulo II, artículo 35 de la Constitución Política de la República, que establece que no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos.

Positivo que la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG) se haya reunido con el MP; y que surjan pronunciamientos locales e internacionales en defensa de este derecho fundamental. También pudiera ser que esta sea la última vez que me permitan publicar esta columna, pero no podía dejar de expresar mi preocupación sobre esta inquietante situación.

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