Semanario El Legislador Nº89

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Sábado 23 de Junio de 2.012

Acta de Labor Los presidentes de los diferentes bloques políticos que componen la Cámara de Diputados de la Provincia elevaron al presidente del cuerpo, Santiago Godoy, los proyectos que serán incluidos en el Acta de Labor Parlamentaria para ser tratados en la próxima sesión. Proyecto de ley: Crear el Banco Provincial de Piel y Tejidos (El Legislador Nº82). Proyecto de ley: Prohibir en todo el territorio provincial el establecimiento temporal o permanente de circos, parques y/o cualquier otro tipo de espectáculos que ofrezca como atractivo principal o secundario, números artísticos, de destrezas, exhibición o explotación de animales (El Legislador Nº84). Proyecto de ley: Crear la Editorial Salta, Sociedad del Estado, destinada a la publicación de textos para la venta al público en general y para su distribución gratuita (El Legislador Nº52). Proyecto de ley: Incorporar el artículo 58 bis a la Ley de Contabilidad vigente, por el cual el Poder Ejecutivo podrá donar a los Municipios, Asociaciones de Bomberos Voluntarios y otros organismos no gubernamentales, vehículos y equipos de tracción y elevación, de propiedad del Estado. Proyecto de ley: Ética y Transparencia Pública. Proyecto de ley: Crear el mecanismo provincial de prevención de la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanas y/o degradantes. Proyecto de resolución: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, gestione y acompañe a los Accionistas Clase C de EDESA S.A., en el reclamo por el pago de Bonos de participación en las ganancias.

El Legislador

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Devolución del IVA Con la firma del diputado nacional salteño Fernando Yarade y el acompañamiento de sus pares, también salteños, Pablo Kosiner y José Vilariño, en la Cámara de Diputados de la Nación se encuentra en estudio un proyecto de ley por el que se busca regular la devolución del IVA a un cierto grupo de la población. El proyecto establece que "a las personas beneficiarias del Plan Nacional denominado Asignación Universal por Hijo para Protección Social y a los jubilados y pensionados que reciban el haber mínimo garantizado en el artículo 125 de la Ley 24.241; que en su carácter de consumidores finales, abonen las compras de bienes y/o servicios mediante tarjetas de débito emitidas por las entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificatorias, les será retribuido el 100 % del Impuesto al Valor Agregado (IVA) contenido en las precitadas operaciones comerciales". Asimismo se contempla que "los privilegios sólo serán aplicables, siempre y cuando, el monto de las compras no supere los importes acreditados en las cuentas bancarias por los referidos beneficios sociales o previsionales". Se instituye que la retribución del IVA "no estará sujeta a concepto de costo alguno que implique una reducción en el monto acreditado". En el proyecto se contempla la invitación a las Provincia y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires retribuir a los beneficiarios aludidos "con la devolución de los impuestos y tasas de su competencia, que incidan sobre las compras de bienes y/o servicios que los referidos beneficiarios efectúen mediante tarjetas de débito emitidas por las entidades financieras".

Fundamentos En los fundamentos los legisladores afirman que "la motivación y finalidad del proyecto de ley, guardan un carácter dicotómico", y agregan que "ello, en virtud de que mediante la efectiva institución de una medida impositiva como la que se pretende -adosada a un beneficio fiscal-, se halla ínsito, por una parte, el deber inmediato de atenuar la regresividad que envuelve al IVA, y por otra, el convencimiento en cuanto a las bondades que implica la promoción de la bancarización del sistema de pagos por parte de los consumidores finales. Este procedimiento, no sólo obstaculiza la comisión de delitos de robo en las zonas próximas a las entidades financieras, sino que, a su vez, constituye una herramienta para erradicar las facilidades que se les presentan a quienes no registran sus operaciones comerciales, cometiendo el delito de evasión fiscal". Además sostienen que "el IVA incide fuertemente en los ingresos de las personas de bajos recursos". En este sentido señalan que la devolución del IVA tiene un efecto multiplicador, por cuanto esta medida que impacta sobre los beneficiarios redunda en "más dinero destinado al consumo, lo que contribuye al aumento de ventas formales, con el consiguiente efecto en el impuesto a la renta de los comerciantes y prestadores de servicios".


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