Alegaciones de EHBildu al nuevo PGOU de Santurtzi

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1. Introducción 3 2. Argumentos y consideraciones generales 8 3. Alegaciones 23 • Alegaciones generales 23 • UE – 1 Lauxeta 31 • UE 3 Oyancas 33 • UE 5 Cuesta Hospital Bajo 35 • UE 6 Las Viñas 37 • UE 7 Bullón 40 • UE 8 Fontuso Cuesta Hospital Alto 42 • UE 9 Regales 45 • UE 10 Ranzari 47 • SR 1 Lauaxeta (Barrio Villar) 50 • AEDP 1 Cueto 53 4. Erratas y dudas varias _____________________ 55 5. Epílogo _________________________________ 60

Tras el Pleno del Ayuntamiento de Santurtzi de octubre de 2020 se da paso a la Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación Urbana, para el cual se expuso un plazo de alegaciones, venciendo este en febrero de 2021. Pasados 15 meses desde esa fecha se da respuesta a las diferentes alegaciones presentadas por parte de vecinas y vecinos de Santurtzi, particulares y propietarios/as de diferentes fincas y/o inmuebles, así como las registradas por parte de los grupos políticos de la oposición en el Ayuntamiento. Cabe destacar que a lo largo de este periodo de tiempo se han dado las decisiones judiciales respecto al caso del colegio Hijas de la Cruz. Dichas sentencias judiciales junto a las alegaciones estimadas y otras cuestiones, hacen que el documento presentado en octubre de 2020 haya sido modificado sustancialmente, con lo que nos encontramos en la necesidad de volver a debatir y tramitar en el Pleno de mayo de 2022 una Segunda Aprobación Inicial como paso previo hacia la Aprobación Provisional. Desde el Grupo Municipal de EHBildu Santurtzi, tras examinar el documento para esta Segunda Aprobación Inicial, recibimos con satisfacción que algunas de las cuestiones que señalábamos en nuestras alegaciones hayan sido incluidas en el documento de revisión del PGOU de Santurtzi, pero sobre todo que el documento de alegaciones que presentamos en febrero de 2020, en su amplia mayoría, haya sido considerado por el Equipo Redactor como “una opción posible”, dejando al criterio de la Corporación la inclusión o no de nuestras propuestas Dicho de otra manera, la alternativa presentada por EHBildu en formato de decenas de alegaciones al documento presentado por el Equipo de Gobierno, es viable técnica, jurídica y económicamente, siendo su aceptación e inclusión en el documento que debe guiar el devenir urbanístico de Santurtzi para las próximas décadas, una decisión política Queremos dejar constancia en este escrito lo que es público y ya trasladamos en el Pleno de mayo de 2022: que hay que poner fin al despropósito del PGOU de 1998 y que por similares motivos por los que en la Aprobación Inicial de octubre de 2020 nos abstuvimos, es decir, para poder iniciar este trámite y que los vecinos y vecinas afectadas por el plan vigente tuvieran la oportunidad de participar en el nuevo PGOU por medio de alegaciones, nos hemos vuelto a abstener en esta Segunda Aprobación, pues a pesar de los cambios incluidos creemos que aún hay margen de mejora respecto

a lo presentado. Y dado que hay ocasión para ello hemos considerado necesario presentar las alegaciones que recogemos en las siguientes páginas, con el objetivo de seguir mejorando este documento guía que diseñará el Santurtzi de los próximos años, adecuándolo a las necesidades tanto actuales como a futuro de nuestro pueblo y de sus vecinos y vecinas, intentando corregir de esta manera cuestiones que el anterior PGOU de 1998 tantas molestias han causado a numerosas familias de Santurtzi, como ha sido el mantener más de 700 viviendas, por tanto, familias, fuera de ordenación durante casi 25 años. En este primer punto de introducción, queremos primero explicar cómo hemos organizado este documento además de exponer algunos criterios políticos en los que estamos basando el trabajo de EHBildu con respecto a la revisión del PGOU. De igual manera que las alegaciones presentadas en febrero de 2020, al respecto de la organización de este documento solamente decir que en el siguiente punto “Argumentos y consideraciones generales” hemos recopilado diferentes cuestiones a nivel técnico, legal o normativo de otras Instituciones y estamentos superiores a nuestro municipio, tal y como hicimos con el primer documento de alegaciones presentado en febrero de 2020, pero lógicamente actualizadas a fecha de julio de 2022. Estas cuestiones no solo sirven de base argumental para desarrollar nuestras alegaciones, sino que refuerzan algunos de nuestros criterios políticos. Se trata también de apuntar una serie de cuestiones con el objetivo de no repetir las mismas en varias o muchas de las alegaciones, ya que algunas de las cuestiones son válidas para varias de ellas. En el tercer punto se encuentran todas nuestras alegaciones, y en el último señalamos diferentes cuestiones como erratas y/o contradicciones que hemos encontrado en el documento, para su aclaración o corrección en caso necesario, siendo conscientes de que un documento de esta envergadura es susceptible de recoger este tipo de casos. En referencia a los criterios políticos en los que nos hemos basado, la primera cuestión que tenemos que mencionar es que revisar el PGOU, o dicho de manera coloquial “tener un nuevo PGOU” era una obligación y una urgencia en Santurtzi, tanto por las deficiencias técnicas como urbanísticas que contiene el plan vigente desde 1998. Como defendimos en nuestra intervención en el Pleno de octubre de 2020, a pesar de no ser el documento que desde EHBildu hubiéramos diseñado, había que poner punto final al PGOU del 98 y diseñar uno nuevo, abriendo la puerta a la vez a que, por medio de alegaciones, este pudiera ser mejorado. En cuanto a las cuestiones técnicas, creemos que es más que evidente que el PGOU de 1998 contenía un planeamiento para un gran número de áreas

y unidades que han resultado ser totalmente desacertadas, ya que 25 años después no se han desarrollado y, aun así, tanto en la primera como en la segunda Aprobación Inicial, seguimos viendo que se mantienen de manera muy similar los antiguos planteamientos definidos en algunas de ellas, por lo que nos vemos en la necesidad de insistir en nuestros argumentos. Y en cuanto a las cuestiones “urbanísticas”, que es como hemos denominado lo que se refiere al diseño de modelo de pueblo que debe realizar un PGOU, nuestra postura no cambia respecto al anterior documento: seguimos creyendo que las inercias urbanísticas de décadas pasadas no se frenan, reducen su velocidad, sí, pero no se detienen en este “nuevo PGOU”. La respuesta a este comentario fue que “no se trata de un plan desarrollista”. Dos opiniones totalmente contrapuestas, que como opiniones, además de ser totalmente legitimas son totalmente subjetivas frente a un dato que es totalmente objetivo: este “nuevo PGOU” mantiene el planteamiento del anterior de construir viviendas en las campas del barrio de Villar, manteniendo por lo tanto su clasificación como suelo urbanizable, a pesar de que se trata de un planteamiento que no se ha ejecutado en los 24 años que lleva planeado y de que ante estos casos las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT) de Gobierno Vasco recomiendan abandonar estos planes no desarrollados y desclasificar este tipo de suelos para mantener su uso y estado actual, con el claro objetivo de evitar la afección al medio natural y rural y limitar el consumo de Porsuelo.tanto, hay dos cuestiones que nos parecen fundamentales. La primera de ellas, que a pesar de las modificaciones realizadas, vemos un número similar de viviendas proyectadas en esta Segunda Aprobación Inicial respecto a la Primera de octubre de 2020, y creemos firmemente que no son necesarias tantas viviendas en Santurtzi para los próximos años, ni desde el punto de vista del modelo de pueblo por el que apostamos ni desde el análisis de las necesidades reales que se desprenden de los diferentes indicadores y previsiones que hemos podido analizar, tal y como desarrollaremos y expondremos en el siguiente punto. Y la segunda de las cuestiones, se refiere a la artificialización de nuevos suelos que se plantean en el documento aprobado. Creemos que se trata de un error, tanto en las zonas que en el vigente PGOU están consideradas como suelo urbanizable pero que en estos más de 24 años no se han desarrollado, como en aquellos otros suelos en los que se plantea un cambio en su uso o clasificación. Santurtzi necesita “cirugía urbanística”, regenerar y rehabilitar las zonas que actualmente están degradadas, pero no artificializar nuevos suelos, tal y como nos planteaba el Equipo Redactor de la revisión del PGOU en las primeras fases de esta revisión.

Además, siendo conocedores de las amenazas que supone el cambio climático, nos resulta contradictorio que en zonas que actualmente no están urbanizadas o semi urbanizadas se opte por edificar y hormigonar en vez de aprovechar estas áreas para integrar el entorno natural en la trama urbana. Dicho de otro modo, en zonas como Fontuso, Cuesta Hospital Alto Bajo y Bullón estamos “escalando” urbanísticamente hacia el monte en vez de integrar espacios verdes en el pueblo. Por otra parte, somos plenamente conscientes de que hay zonas de Santurtzi en las que hay que intervenir para dar solución a los problemas de diseño urbano causado por las decisiones de épocas pasadas que no tuvieron en cuenta ni la evolución de la población ni la orografía de Santurtzi y que desgraciadamente obedecían más a posibilitar los beneficios de un sector económico que a las necesidades reales de la ciudadanía , pero no compartimos que la opción “inevitable”, tal y como en más de una ocasión se nos ha dicho, tenga que venir única y exclusivamente de la posible ejecución por parte de las empresas constructoras que se hagan cargo de las Unidades de Ejecución en cuestión y de arreglar así sus problemas de accesibilidad o escasa vialidad. No puede ser que las complicadas situaciones en cuanto a degradación o falta de calidad de vida de varias zonas de Santurtzi se vayan a solucionar, o no, en función de los intereses coyunturales de una empresa de construcción, y argumentamos esto con dos ejemplos; Primero; que el diseño de una UE establezca e incluso justifique económicamente que se deban solucionar, por ejemplo, problemas de accesibilidad del ámbito con la colocación de una rampa mecánica, no asegura que la Unidad se vaya a ejecutar, y pueden pasar muchos años hasta que esto suceda, en clara similitud con lo que ha pasado con ciertas áreas del PGOU del 98, que no se han llegado a ejecutar y que pasado el tiempo no han conseguido más que cronificar afecciones. Segundo; que, para solucionar muchos de estos problemas en otras zonas del pueblo completamente consolidadas, ha sido el propio Ayuntamiento quien ha actuado, como corresponde, para facilitar la vida y el día a día a nuestras vecinas y vecinos, bien sea con la instalación de ascensores urbanos o el ensanchamiento de caminos o carreteras, pudiéndose expropiar o permutar suelos de propiedad privada en caso necesario. Lo que queremos decir es que, de haber voluntad, se pueden encontrar soluciones a estas cuestiones incidiendo lo menos posible en el entorno, en el paisaje y en la tipología del pueblo de Santurtzi. Dicho de otra manera, no podemos compartir que el 100% de las actuaciones urbanísticas que se plantean en este “nuevo PGOU” se dejen de la mano de la iniciativa privada, renunciando a que sea la propia administración la que de soluciones a la problemática de zonas que llevan años totalmente

De la misma manera, no podemos tampoco compartir que este documento haga oídos sordos tanto a las necesidades de la población de Santurtzi, y en este caso de manera especial de la gente joven, como a las directrices que al respecto hace el propio Gobierno Vasco. Nos referimos a la cuestión de las viviendas de alquiler social, que en este documento brillan totalmente por su ausencia ya que exactamente se plantean cero viviendas de esta tipología. Dicho todo esto y por todas las cuestiones que planteamos en esta introducción, basándonos tanto en nuestros criterios políticos y en diferentes referencias como el Plan Territorial Parcial (PTP) del área funcional del Bilbao Metropolitano o las Directrices de Ordenación del Territorio de Gobierno Vasco (DOT), a través de este documento desde EHBildu Santurtzi presentamos las siguientes alegaciones al documento de Segunda Aprobación Inicial del PGOU de Santurtzi.

enquistadas, y por lo tanto, posponiendo o cuando menos dando la capacidad de decisión sobre cuándo actuar en una zona a una empresa de construcción. No podemos entender que lo que ha sido posible en Otxarkoaga, en Bilbao, o lo que está siendo posible en el barrio de Txabarri de Sestao, no pueda ser una opción para Las Viñas, Oiankas, Bullón o Lauaxeta.

Atendiendoactualizados.lo

que el Plan Territorial Parcial (en adelante PTP) observa respecto a “Hábitat Urbano”, la Revisión del Área Funcional del Bilbao Metropolitano en su fase de Avance de diciembre de 2017 señala la totalidad de Ezkerraldea como zona en la que hay que “Limitar el crecimiento residencial” , como se puede observar en el plano Nº 8 “Síntesis del modelo” (< clicar en el enlace para ver el plano), señalizando toda la comarca, incluido Santurtzi, en esa calificación. Adjuntamos el citado plano a continuación:

Del mismo modo que para la Aprobación Inicial presentamos este apartado como base argumental de nuestras alegaciones, volvemos a presentarlo a esta Segunda Aprobación Inicial con datos

SANTURTZI BILBAO METROPOLITANO BIZKAIA CAV DENSIDAD VIVIENDA EXISTENTE EN SUELO URBANO 165,46 94,2 74,6 60,72 PREVISTA EN SUELO URBANO 178,87 103,41 82,77 68,61 PREVISTA EN SUELO URBANIZABLE 60,45 24,58 23,07 25,16(VIVIENDA / HA)DENSIDAD(HABITANTESPOBLACIÓN/KM2) 5252,65 1753,47 514,93 301,36

Por añadidura, dice que Santurtzi tiene “Exceso de capacidad residencial”, como se puede comprobar en el plano Nº3 “Habitat urbano” (< clicar en el enlace para ver el plano) del mismo documento y cuya imagen adjuntamos también: Por otro lado, creemos interesante otra de las cuestiones expuestas en el Avance de este PTP de 2017, concretamente en su punto Nº6 Escenario del modelo Cuantificación modificación de las DOT (pág. 23) donde dice que Santurtzi es uno de los “20 municipios del Área Funcional que superan los máximos establecidos”. Nos parece importante destacar, también, los datos del siguiente cuadro, obtenidos de la página “Visor de indicadores” del Gobierno Vasco, en el que queda de manifiesto que la densidad de población es enormemente superior a la de nuestro entorno, superando en más de 10 veces la de Bizkaia y en 3 la del Bilbao Metropolitano.

Atendiendo por lo tanto a todos estos datos y criterios, creemos que el objetivo de la revisión de este PGOU debiera ser construir el menor número posible de viviendas, apostando por un planteamiento de “cirugía urbanística” para regenerar zonas que lo necesitan y en ningún caso artificializar más suelo.

Por último, y concretando los niveles de densidad por secciones censales que se pueden ver en el “Plan de movilidad urbana sostenible de Santurtzi” (datos de 2014 en número de habitantes por hectárea), podemos comprobar que precisamente las áreas menos densas y que en cierto modo dotan de cierto “desahogo” al municipio son en las que este PGOU plantea que se pueda edificar más, es decir: final de la calle Regales, zona de Fontuso Cuesta Hospital Alto y Lauaxeta hacia Villar

Con respecto a las previsiones que podemos analizar, cabe destacar que en el PTP se prevé (Tabla 4 de Proyección Población, pág. 79) que en 2033 Santurtzi tenga una población de 42.265 habitantes, y contemplando como “escenario deseable”, que haya 42.772 habitantes. Es decir, en el mejor de los casos hay una disminución de la población de más de 3.000 personas a contar desde 2020. Nos parece también interesante otro dato que nos aporta este mismo documento, que hace referencia al número de familias previsto para ese mismo año 2033, y que nos dice que según la tendencia en ese año habrá 18.762 familias, aunque el escenario deseable es de 18 985. Es decir, comparando la situación actual con el mayor de esos datos, estaríamos hablando de 475 familias (y por lo tanto “hogares”) menos que en la actualidad

Los datos del Eustat muestran una bajada constante de la población de Santurtzi. Si bien desde 2017 el descenso de población no ha sido tan pronunciado, con incluso un pequeño aumento en los dos últimos años, en una década Santurtzi ha perdido casi 1000 habitantes, y las previsiones demuestran que la tendencia será a la baja, ya que actualmente la franja de edad comprendida entre los 0 y los 19 años, que serían quienes supuestamente formaran familia en Santurtzi en las próximas décadas, supone solo el 16,71% de nuestra población.

Ya desde las primeras fases de la revisión del PGOU de Santurtzi, hemos mantenido que para cuantificar el número y la tipología de las nuevas viviendas a planificar era imprescindible tener en cuenta una serie de indicadores y previsiones Así lo hicimos constar en las sugerencias que realizamos en la fase de avance, y así lo hemos hecho constar en los pocos foros o marcos de debate político sobre el “nuevo PGOU” de los que hemos dispuesto. De la misma manera que entendemos que es necesario tener en cuenta la situación socio económica de la población de Santurtzi a la hora de determinar la tipología de las viviendas (VPO, alquiler social de iniciativa pública…) entendemos también que las previsiones de población para los próximos años son fundamentales a la hora de determinar el número de nuevas viviendas necesarias.

Mostramos a continuación varios gráficos y tablas que muestran los datos expuestos, es decir, la evolución de población, franjas de edad y previsiones de población y familias. (Fuente: Eustat y documento de avance del PTP):

En este sentido, sabemos que desde el Ayuntamiento se realizaron unas apreciaciones en la fase de participación de la Revisión del PTP (2018) para que no limitaran tanto la cuantificación residencial, defendiendo desde la concejalía de Urbanismo que la bajada de población no sería tan acuciante, y para ello se basaba en que en esos momentos se estaban desarrollando el AOR 402 “CLH” y el AGR 222, y eso iba a suponer “un crecimiento poblacional considerable” A esto debemos añadir también el AGR 220 “Coscojales”, que se ha desarrollado y finalizado en los últimos años. Pues bien, no podemos más que hacer una “enmienda a la totalidad” a esa afirmación, ya que teniendo en cuenta los datos oficiales del Departamento de Estadística de nuestro Ayuntamiento con los que hemos elaborado el siguiente cuadro, en la última década el número de viviendas ha crecido en Santurtzi, contando a fecha de 20 de julio de 2022 con 763 viviendas más que en 2011, mientras que en ese mismo periodo la población ha descendido considerablemente, en casi 1.200 personas. Vamos a incluir, por añadidura, los últimos datos sobre natalidad de los que la prensa tanto eco se ha hecho en las últimas fechas y por los que desde el Gobierno Vasco se ha aprobado la Estrategia Vasca 2030 para el Reto Demográfico en la CAV: Según el EUSTAT, en el tercer trimestre de 2020 el número de nacimientos descendió un 5,9% respecto al mismo período del año anterior. La tasa de natalidad en Euskadi es de 1,28 hijos/as por mujer, y la edad media para el primer hijo viene siendo, desde 2017, los 33 años, en claro aumento desde que se tienen datos. En 2021 nacieron en Euskadi 14.247 niños y niñas, 474 menos que en 2020, 1.171 menos que en 2019 y 6.474 menos que en 2008, el año previo a la anterior crisis. Es la cifra más baja de nacimientos desde 1941 y la previsión es que se reduzca aún más. 2011 2022 Diferencia Nº HABITANTES 47.437 46.259 -1.178 Nº VIVIENDAS 20.827 21.590 + 763

La Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo establece estándares y cuantías mínimas sobre la vivienda de protección oficial en su Artículo 80 punto 2, y en el Artículo 82 punto 1 establece que dicha obligación se extiende con carácter general a los municipios de más de 3.000 habitantes, como es el caso de Santurtzi. El Decreto 123/2012, que desarrolla la Ley 2/2006 del Suelo y Urbanismo en lo que concierne a regulación de los estándares de vivienda protegida, tasada y libre, dice en su capítulo IV que en las áreas de Suelo Urbano no consolidado se “deberá calificar con destino a viviendas sometidas a algún régimen de protección pública los terrenos precisos para materializar como mínimo el 40% del incremento de la edificabilidad urbanística de uso residencial, respecto de la previamente materializada, que se establezca en cada área. Este porcentaje se desglosa en un mínimo del 20% de la edificabilidad urbanística de uso residencial para la construcción de viviendas de protección oficial de régimen general y especial, y el restante porcentaje hasta alcanzar el 40% con destino a viviendas de protección oficial de régimen tasado.” Como se nos aclaró en la respuesta a nuestra alegación de la Aprobación Inicial, el documento presentado cumplía con lo establecido, pero este nuevo documento, salvo error por nuestra parte, se “conforma” con cumplir estos mínimos legales renunciando por lo tanto a mejorar lo que plantea la ley, por lo que presentaremos una alegación al Porrespecto.otraparte, tanto para Suelo Urbano como para Urbanizable, en lo respecto a Vivienda Tasada, el Decreto dice: “La edificabilidad urbanística admitida para las viviendas de protección oficial de régimen tasado podrá ser sustituida por viviendas tasadas municipales en los términos establecidos en la disposición adicional octava de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo”. En este sentido, no se ve que en alguna UE se disponga que el propio Ayuntamiento se provea de viviendas

Atendiendo a todos estos datos y previsiones, creemos que no es adecuado plantear tal cantidad de nuevas viviendas mientras no se toma ninguna medida para intentar poner solución a la cuestión de las viviendas vacías, ya que esto lo que puede generar es que el número de estas últimas siga creciendo. Ese hipotético crecimiento de viviendas vacías, negativo ya de por sí, puede convertirse en un problema importante si además del citado aumento, el mismo se da acumulándose en algunas zonas concretas.

Dicho todo esto, adelantamos que una de nuestras alegaciones “generales” a esta 2ª Aprobación Inicial será la de solicitar el aumento del porcentaje de vivienda de protección, impulsar el alquiler social y la posibilidad de dotar al Ayuntamiento de viviendas tasadas municipales.

Según datos de julio de 2022 del departamento de Estadística del propio Ayuntamiento, existen en el municipio 1.619 viviendas vacías. Atendiendo a las DOT (decreto 128/2019, de 30 de julio), en su Artículo 13 Directrices en materia de cuantificación residencial, el en el Punto 1 Directrices generales, apartado c) encontramos la siguiente referencia en esta cuestión: Incorporar a la cuantificación residencial la vivienda deshabitada existente en el municipio como factor fundamental de la capacidad residencial a prever por el planeamiento. Se entenderá como cuantificación residencial el proceso de cálculo que, mediante los criterios recogidos en el Anexo IV Cuantificación Residencial, permite establecer las necesidades de vivienda y la capacidad residencial máxima a prever en el planeamiento. Así como en el Punto 2 Directrices para el planeamiento territorial y urbanístico, el apartado d) dice lo siguiente: Reducción de la capacidad residencial por recuperación de parte de las viviendas deshabitadas existentes: 1 El valor de vivienda deshabitada que debe considerarse a los efectos de la cuantificación residencial será como mínimo de un 2% del número total de viviendas del parque residencial existente. Estos aspectos no los vemos recogidos en el PGOU, por lo que dado el número de viviendas deshabitadas que hay en el municipio, presentaremos una alegación al respecto.

para ser tasadas municipalmente. Sería interesante que se optara también por contar con esta opción en el PGOU.

primer documento de alegaciones que era, también, una ocasión idónea para aplicar las teorías urbanísticas de la “Ciudad de 15 minutos”, con el fin de que, a 15 minutos a pie de cualquier vivienda, cada vecina o vecino encuentre todos los servicios necesarios para el día a día. Este planteamiento reduce desplazamientos y contaminación, descentraliza servicios favoreciendo a los barrios, fomenta el consumo en el comercio local y hace una ciudad más habitable, segura y amable a la ciudadanía, conceptos muy a tener en cuenta dada la pirámide poblacional que tenemos en Santurtzi y que nos muestra las necesidades cada vez más acuciantes de una población cada vez mayor. A mayor abundamiento, esta situación de pandemia nos ha hecho ver que necesitamos evitar congestionar zonas concretas, y la multiplicación y dispersión de espacios como ambulatorios, bibliotecas, escuelas… dificulta aglomeraciones y sus consecuentes riesgos, como la propagación de virus. Por todo ello creemos más que conveniente aprovechar la elaboración del PGOU para hacer un análisis exhaustivo de las necesidades de cada barrio de Santurtzi y en su globalidad respecto a los siguientes ámbitos: Educación: Se llevan muchos años exigiendo por parte de las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnxs así como desde un amplio sector del resto de la comunidad educativa, una actualización del Mapa Escolar. Aunque el diseño de este mapa dependa del

Tal y como expusimos en el documento de alegaciones presentado para la Primera Aprobación Inicial, respecto a los equipamientos públicos, según parece, en el PGOU se cumplen los estándares de los metros cuadrados que le corresponderían al Ayuntamiento para su uso y gestión desde la propiedad pública en función de la construcción de nuevas edificaciones, pero lo que no queda definido es para qué se reserva cada espacio. No se contempla que haya un plan donde se definan las necesidades, actuales o a futuro, de la ciudadanía de Santurtzi, es decir: dónde podría ir un nuevo centro de salud en caso de que se viera necesario, donde equipamientos deportivos o culturales… Cuando hemos planteado esta cuestión se nos ha respondido que el PGOU solo reserva estas zonas destinadas a equipamientos públicos pero que el destino o distribución de los mismos no debe definirse en el mismo, cuestión que no compartimos ya que entendemos que estamos precisamente en el mejor momento para definir qué, cómo y dónde, independientemente de que el cuándo sea competencia de otras Señalábamosinstituciones.ennuestro

Asociacionismo: Atender y estudiar las necesidades del tejido social de Santurtzi para dotarle de espacios de trabajo modernos y adecuados a su imprescindible labor.

Nos parece importante volver a destacar en este apartado las cuestiones que se aprobaron en marzo de 2017 en el pleno del Ayuntamiento de Santurtzi como “Criterios y objetivos que servirán de base para redactar el Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi” en lo referente a Equipamientos:

Deportivo: Apostar por instalaciones deportivas municipales más pequeñas y dispersas por el municipio, y no solo por los polideportivos de Kabiezes y Mikel Trueba, para la práctica de deporte no federado. Al mismo tiempo, contar con los clubes deportivos del pueblo para, en caso necesario, reordenar las actuales instalaciones o la búsqueda de ubicación de nuevos equipamientos deportivos.

Departamento de Educación de Gobierno Vasco, por medio del PGOU creemos que esta es la oportunidad de definir desde Santurtzi nuestras necesidades sobre equipamientos escolares, con el objetivo de tener una propuesta concreta con la que poder trabajar con el Gobierno Vasco.

Cultura y Ocio: Creemos que es necesario expandir espacios de cultura y ocio por los barrios del municipio, trabajando con los agentes culturales y, sobre todo, fomentando la participación y la creación de cultura, no solo su consumo. Respecto al ocio, crear espacios para personas de mayor edad y para la juventud, siendo positivo, tanto para jóvenes como para mayores, que ellxs mismxs diseñen y gestionen dichos espacios.

Salud: La derivación de una parte de Kabiezes al ambulatorio de Buenavista (Portugalete) no ha descongestionado del todo el ambulatorio de J.M. Barandiaran, y el de Mamariga cada vez soporta menos el aumento de las personas usuarias que suponen las nuevas viviendas construidas al final de la calle Iparragirre. A esto hay que añadir todas las nuevas viviendas construidas y pendientes de construir en el Barrio San Juan. Es momento de contrastar, en base a la edad de la población, densidad de los barrios… las necesidades actuales y futuras en este aspecto.

o Grupo 2. Equipamiento escolar: Las posibilidades de creación de nuevos suelos de equipamiento escolar y el traslado de Emilia Zuza propuesto, libera en Cueto un nuevo centro. Analizarse una posibilidad para este suelo estratégico y su futuro inmediato tras el desalojo propuesto. Es importante atender a la demanda del Departamento de Educación del GV de dotar a los centros de más edificabilidad para permitir su ampliación. Reconsiderarse la dimensión del ámbito destinado a Sistema General de Equipamiento Docente (ampliar los usos necesarios o modificar los ámbitos existentes) o Grupo 4: Equipamientos deportivos Analizar la situación de los usos equipamentales de los edificios existentes en el municipio para el desarrollo de actividades deportivas. Revisar la delimitación de los equipamientos deportivos de Kabiezes para incluir los terrenos que lo circunden hasta el límite del suelo urbano. o Grupo 5: Salud. Analizar las futuras necesidades en aquellas zonas que se van a ver desarrolladas y que experimentarán un importante incremento poblacional (San Juan de Rompeolas y zona CLH) Reconsiderar la necesidad de un nuevo centro de salud, un consultorio…, Aunque, según la respuesta recibida desde el Equipo Redactor, estén de acuerdo con la aplicación de los criterios de la “Ciudad de 15 minutos” y que se señale que las reservas de equipamientos “caminan en esa dirección”, desconocemos si se han realizado de alguna manera estos análisis que se plantean, más allá de lo realizado en las anteriores fases y de alguna mención aislada sobre algunos de estos espacios, como señalaremos en la alegación al respecto, pero lo cierto es que el documento de 2ª Aprobación Inicial no hace planteamientos concretos y generales para Santurtzi, a pesar de existir el mandato plenario que acabamos de mencionar.

Las Unidades de Ejecución (en adelante UE) se encuentran divididas en dos Sistemas de Actuación diferenciados: dentro del sistema de “Cooperación” se encuentran las UE 4 JJ Mendizábal, UE 5

Por todo ello y en lo que se refiere a esta cuestión, dado que de manera continuada se nos ha respondido que la definición del destino de estos equipamientos no corresponde al PGOU y que la misma queda a criterio de la Corporación, sobre toda esta cuestión realizaremos una alegación “genérica”, planteando la necesidad de concretar todas estas cuestiones, con el objetivo de poder alcanzar compromisos políticos en este sentido, sean o no incluidos de manera “formal” en el propio PGOU.

Según nos ha trasladado el Equipo Redactor esta es la mejor opción, ya que la otra posibilidad, “Concertación Público” supondría tener que sacar a licitación la construcción de viviendas, lo que dilata los tiempos y ahuyenta a las posibles interesadas en ejecutar las unidades. Esto es lo que dice la Ley del Suelo al respecto de este sistema en concreto: Ley 2/2006 del suelo y urbanismo del País Vasco, Sección quinta. Sistemas de ejecución los programas de actuación en régimen público. Sistemas de cooperación y expropiación. Artículo 173. Sistema de cooperación: 1) En el sistema de cooperación, los propietarios aportan el suelo de cesión obligatoria y la administración ejecuta las obras de urbanización con cargo a los mismos. 2) Podrán constituirse agrupaciones de interés urbanístico, bien a iniciativa de los propietarios o por acuerdo del ayuntamiento, con la finalidad de colaborar en la ejecución de las obras de urbanización. 3) La financiación del coste de las obras de urbanización, en caso de acuerdo entre la administración y los propietarios afectados, podrá ser total o parcialmente compensada mediante la adjudicación a la

Cuesta Hospital Bajo, UE 6 Las Viñas, UE 7 Bullón, UE 8 Fontuso Cuesta Hospital Alto (se contradice lo expuesto en el texto explicativo con el cajetín del plano de cada una de estas UE en la Normativa, pero prevalecemos el texto al plano), y dentro del sistema de “Concertación”, en cambio, las UE 1 Lauaxeta, UE 2 Hermanos Larrarte, UE 3 Oyancas, UE 9 Regales, UE 10 Ranzari y SR 1 Lauaxeta urbanizable Villar. Todas ellas, cabe decir, se encuentran en Régimen General “Privado”, y ninguna de ellas es de carácter “Público” Hay UEs que precisan de un impulso especial, es decir, que sean consideradas como prioritarias por el Ayuntamiento para poder regenerar y dignificar la zona en la que se encuentran lo antes posible, ya que se trata de ámbitos que llevan en situación de fuera de ordenación desde 1998 y la degradación que están sufriendo está perjudicando seriamente la calidad de vida de vecinos y vecinas, además de generar las consecuencias sobradamente conocidas en esta situación. Para ello, consideramos que desde el Ayuntamiento se debe favorecer la actuación en esas UEs, adelantando planes, trámites… en resumen, calificar estas UE como prioritarias para posibilitar su desarrollo lo antes posible. Para ello, y según se nos ha trasladado desde el Equipo Redactor es necesario modificar el Programa de Actuación Urbanizadora, pasando a ser SISTEMA DE ACTUACIÓN DE COOPERACIÓN EN RÉGIMEN GENERAL PÚBLICO

misma de solares, derechos de superficie o viviendas, locales o edificaciones construidas en la propia unidad. En defecto de acuerdo, la financiación se realizará a través del giro de las cuotas de urbanización que resulten de la oportuna cuenta de liquidación incluida en el proyecto de reparcelación o aprobada en su desarrollo. No obstante, cuando la administración asuma el compromiso de promover viviendas sometidas a algún régimen de protección pública u otros usos de interés social, podrá hacer prevalecer la compensación de las cargas de urbanización mediante la entrega de solares, derechos de superficie o, en su caso, viviendas, locales o edificaciones que fueran precisos para materializar dicho compromiso. 4) La administración actuante podrá delegar la gestión del sistema y la ejecución de la urbanización en otra administración pública, en una sociedad pública o en un consorcio urbanístico mediante convenio suscrito a tal efecto. (Para otros Sistemas: de Concertación, artículos 160 a 165; de Ejecución por agente urbanizador público o privado, artículos 166 a 172). Creemos que esta posibilidad debe ser exhaustivamente analizada para las Unidades de Ejecución en las que consideramos necesario un impulso por parte del Ayuntamiento, como pueden ser entre otras, la UE 1 Lauaxeta, la UE 3 Oyancas o la UE 6 Las Viñas. No podemos permitirnos que estos ámbitos continúen sin una solución tangible en el corto plazo, a expensas de que la solución a la degradación que se da en ellas y las consecuencias de estar fuera de ordenación sean solucionadas solo en función de la situación del mercado inmobiliario y los intereses o necesidades que puedan tener los diferentes actores que actúan en el mismo. Se alude a problemas de accesibilidad y/o al mal estado de habitabilidad de edificios, por su antigüedad o estado, para determinar un planteamiento concreto en ciertas Unidades de Ejecución. Aunque podamos compartir el diagnóstico de que haga falta actuar en ciertas zonas para dignificar el entorno y mejorar la calidad de vida de sus vecinas y vecinos, en nuestra opinión hay una vía que creemos que no se ha explorado, y que nos da la posibilidad de regenerarlas sin tener que masificar o artificializar nuevos suelos en dichos entornos, y no es otra que hacer uso del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, incidiendo desde el propio ayuntamiento para que esas zonas sean declaradas como ÁREAS

Creemos que esta posibilidad debe ser exhaustivamente analizada para varias de las UE, especialmente para las tres que hemos mencionado en el anterior punto, la UE 1 Lauaxeta, la UE 3 Oyancas y la UE 6 Las Viñas. No podemos permitirnos que estos ámbitos continúen sin una solución tangible en el corto plazo, a expensas de que la solución a la degradación que se da en ellas y las consecuencias de estar fuera de ordenación sean solucionadas solo en función de la situación del mercado inmobiliario y los intereses o necesidades que puedan tener los diferentes actores que actúan en el mismo.

Nos parece importante destacar en este apartado las cuestiones que se aprobaron en marzo de 2017 en el pleno del Ayuntamiento de Santurtzi como “Criterios y objetivos que servirán de base para redactar el Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi” (sesión plenaria 3/2017, celebrado el día 30 de marzo de 2017) en lo referente al monte Serantes:

Por esta u otras fórmulas como convenios de colaboración o creación de sociedades con otras instituciones se puede actuar en calles y barrios, como se ha hecho con Txabarri, en Sestao, donde se han destinado 16 millones de euros (13,4 desde Gobierno Vasco y 2,7 desde el propio ayuntamiento) para regenerar la zona solo en el año 2021, a lo que habría que añadir todo el trabajo e inversión realizadas anteriormente.

1. Monte Serantes y Espacios Libres

o Potenciar el monte Serantes como elemento estructurante de toda la zona minera y margen izquierda. o Mantener y mejorar el Medio Físico, como objetivo prioritario, así como crear Espacios Libres de Calidad, en definitiva, garantizar la conservación y protección del monte como objetivo prioritario. o Identificar los accesos de forma clara, e incluir zonas para dejar los vehículos y zonas de acceso restringido o prohibido. Definir claramente recorridos peatonales y de emergencias.

DE REHABILITACIÓN

INTEGRADA Y ÁREAS DEGRADADAS, y así lograr la intervención del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales para actuar sobre ellas, no dependiendo así de tener que esperar al interés de una empresa constructora, caso que no se ha dado en ninguna de estas áreas durante los más de 20 años que lleva en vigor el PGOU de 1998.

o Zonificar por usos para impedir una utilización abusiva y que degrade el monte.

o Analizar la propuesta de conexión del Parque la Sardinera a través de un paseo con el Puerto.

o Rediseñar y estructurar adecuadamente el parque La Cerrada y el nuevo de San Juan para integrarlo en el Monte.

Efectivamente algunos de estos puntos aprobados por el pleno en la anterior fase de esta revisión del PGOU son lo “suficientemente abstractos” como para no poder valorar debidamente su inclusión en este documento de aprobación inicial, pero muchos otros plantean cuestiones muy concretas y que no vemos reflejados en el documento: zonificar usos para impedir la utilización abusiva y degradación, eliminar el acceso rodado al monte, zonificar el uso agropecuario y ganadero, establecer delimitaciones claras, analizar puntos inseguros

o Separar y delimitar la parte del monte de cada uno de los municipios que lo conforman.

o Proteger el monte, tanto en sus partes de suelo municipal como privadas, estableciendo delimitaciones claras.

Entendemos que todas estas cuestiones deben ser abordadas por el PGOU, por lo que presentaremos también una alegación en este sentido con el objetivo de que se realicen los trabajos necesarios para que se puedan incorporar al documento de aprobación provisional. Una vez expuestas todas estas cuestiones, que entendemos que sirven de marco normativo sobre diferentes aspectos, pasamos a detallar todas las alegaciones que presentamos al documento de Segunda Aprobación Inicial de la revisión del PGOU de Santurtzi en las siguientes páginas.

o Eliminar el acceso rodado al monte, limitándolo a emergencias y usos rodados autorizados para necesidades propias de su mantenimiento. Revisar las ocupaciones de suelo público. Estudiar el límite de uso de bicicletas en el monte, zonificándolo.

o Reconsiderar la situación de la Antena del Mazo y las condiciones de las instalaciones para mejorar esta zona.

o Analizar puntos negros del monte y plantear soluciones para su eliminación.

o Zonificar el uso agropecuario y ganadero en zonas bien delimitadas y que no sean perjudiciales para el mantenimiento del medio físico del monte.

En base a todo lo expuesto en los anteriores puntos de este documento, presentamos a continuación las alegaciones del Grupo Municipal EHBildu Santurtzi ante el documento de Segunda Aprobación Inicial de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi: La respuesta a esta alegación en la Primera Aprobación Inicial aclaró el error de interpretación que desde EHBildu habíamos realizado sobre los porcentajes de vivienda VPO, tasada y libre en el primer documento de Aprobación Inicial. Comprobado de esta manera que los porcentajes se dirimen teniendo en cuenta los metros cuadrados construibles y no el número de viviendas construidas (ya que según se nos aclara este último dato es orientativo y por lo tanto no es válido para determinar el número de viviendas de cada tipología), así como el error de concepto en cuanto a la catalogación de viviendas destinadas a realojos, no nos queda más que agradecer las explicaciones y aclaraciones Aunrecibidas.así,en lo que respecta a cantidades de VPO y vivienda tasada, desde EHBildu consideramos que se deben aumentar estos porcentajes por encima de los mínimos que marque la normativa al respecto, como medida para favorecer el acceso a la vivienda. Nuestra alegación sigue teniendo tanto sentido como en la Primera Aprobación Inicial, por lo que volvemos a presentarla: entendemos que es necesario plantear como alegación en esta fase de la revisión del PGOU el aumento del porcentaje de viviendas de protección, cuestión que entendemos que más allá del componente técnico que tiene, debe tratarse desde la negociación política para su modificación e incorporación al documento de aprobación provisional. Por otro lado, creemos que mención aparte merece la cuestión del alquiler social, que brilla por su ausencia en todo el documento. Dada la situación, creemos necesario plantear la necesidad de que una o varias de las unidades de ejecución sean destinadas de manera parcial o en su totalidad al alquiler social, siendo además necesario que sean UE con iniciativa pública. Al igual que en la anterior alegación de este punto, entendemos que más allá del componente técnico que tiene este

Lo cierto es que esta respuesta nos crea confusión, pues entendemos que solo se puede referir al SR 1 Lauaxeta o “Villar Urbanizable” o a la UE 1 Lauaxeta (El Mello corresponde a otra ubicación), las cuales no son nuevas, sino que ya estaban previstas en la Aprobación Inicial. Aun así, las fichas para este SR y esta UE no contemplan VPO y vivienda tasada en su totalidad, sino los estándares que al respecto marca la ley para suelo urbanizable y suelo urbano, respectivamente.

Vemos en la respuesta a la alegación presentada por EHBildu para la Aprobación Inicial que se estima “ya que se va a incluir en el Mello un nuevo ámbito residencial, que en su totalidad será VPO y tasada”

planteamiento, debe tratarse desde la negociación política para su modificación e incorporación al documento de aprobación provisional.

Cabe añadir que en el Borrador del Plan de Interculturalidad (a la fecha de presentación de estas alegaciones aún por aprobar) presentado por el propio Equipo de Gobierno se alertaba sobre los problemas de concentrar toda la vivienda protegida en unas áreas concretas, que por general para estos casos suelen ser las periferias de los pueblos. Estando de acuerdo con este planteamiento y en consecuencia de algo presentado desde el mismo Equipo de Gobierno, también solicitamos en esta alegación que se tenga en cuenta este criterio para poder tener una distribución de VPO, vivienda tasada y vivienda de alquiler social más repartida y equilibrada en el suelo urbano de Santurtzi

Según datos de julio de 2022 del departamento de Estadística del propio Ayuntamiento, existen en el municipio 1.619 viviendas vacías. Atendiendo a las DOT (decreto 128/2019, de 30 de julio), en su Artículo 13 Directrices en materia de cuantificación residencial, el en el Punto 1 Directrices generales, apartado c) encontramos la siguiente referencia en esta cuestión: Incorporar a la cuantificación residencial la vivienda deshabitada existente en el municipio como factor fundamental de la capacidad residencial a prever por el planeamiento. Se entenderá como cuantificación residencial el proceso de cálculo que, mediante los criterios recogidos en el Anexo IV Cuantificación Residencial, permite establecer las necesidades de vivienda y la capacidad residencial máxima a prever en el planeamiento.

ateniéndose

Así como en el Punto 2 Directrices para el planeamiento territorial y urbanístico, el apartado d) dice lo siguiente: Reducción de la capacidad residencial por recuperación de parte de las viviendas deshabitadas

vivienda deshabitada que debe considerarse a los efectos de la cuantificación residencial será como mínimo de un 2% del número total de viviendas del parque residencial existente.

No vemos que estos aspectos estén recogidos en el documento de revisión del PGOU, por lo que dado el número de viviendas deshabitadas que hay en el municipio, presentamos una alegación en este sentido, con el fin de tener en cuenta como mínimo el 2% de la vivienda vacía en el municipio dentro de la cuantificación residencial. Por otro lado, entendemos que es fundamental la elaboración de un plan estratégico desde el Ayuntamiento de Santurtzi para sacar al mercado el mayor número posible de estas viviendas.

1existentes:Elvalorde

Dicho todo esto, debemos subrayar y poner como ejemplo a valorar lo recogido por el PGOU de Larrabetzu, sobre el que tanto por parte de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (COTPV) como de la Diputación de Bizkaia, se acepta incluir cerca del 25% de las viviendas vacías de ese municipio como parte de las nuevas viviendas calculadas en la cuantificación residencial, a la elaboración de un plan de salida al mercado de dichas viviendas. Dado que la respuesta recibida desde el Equipo Redactor a la alegación a la Aprobación Inicial, que dice que “la vivienda vacía puede tenerse en cuenta en la oferta residencial, aunque no resulta obligatorio”, y visto que la inclusión de esta alegación queda a criterio de la Corporación, presentamos esta alegación para que se tengan en cuenta estos factores.

Tal y como hemos planteado en el punto 2 de este documento, creemos necesario que en esta revisión del PGOU de Santurtzi se realice un análisis de la situación de los equipamientos públicos, así como, sobre todo, una previsión de las nuevas necesidades a futuro a nivel educativo, sanitario, deportivo, cultural, de ocio y en cuanto a las necesidades del asociacionismo del municipio. No

podemos entender que en el documento que debe servir de guía urbanística para las próximas décadas no queden definidas estas cuestiones, cuando menos en un formato de análisis y previsión. Lo hemos planteado en varias ocasiones a lo largo de todo el proceso de revisión del PGOU, aunque la respuesta siempre ha sido que los estándares que son necesarios reservar para esta cuestión se cumplen pero que el PGOU no tiene porqué entrar a la concreción y distribución. Por ello, y tal y como hemos adelantado, creemos que es procedente plantear esta cuestión en esta fase del proceso en formato de alegación en la que solicitamos que se incluya en el documento de revisión del PGOU de Santurtzi un análisis de la situación de los equipamientos públicos (tal y como fue aprobado en pleno en la fase de “criterios y objetivos”) y una previsión o planteamiento a futuro en el que se puedan determinar las necesidades actuales que deben solucionarse así como las que se puede prever que surgirán a futuro, con el objetivo de poder llegar a acuerdos en este sentido desde la negociación y el acuerdo político Como respuesta a nuestras alegaciones a la Primera Aprobación Inicial, se defiende la idea de no concretar los futuros usos de estos equipamientos, dejando a la necesidad del momento la definición de estos espacios. Podemos entender esta lógica, pero lo cierto es que choca, por ejemplo, con lo presentado para la UE9 Regales, donde se destina un espacio para “uso docente”, así como que, desde el Equipo de Gobierno, en su presentación a través de una rueda de prensa de esta Segunda Aprobación Inicial, se anunciara que los bajos de la Actuación de Dotación Hijas de la Cruz albergarían una biblioteca. Por todo ello, y visto que la inclusión de esta alegación queda a criterio de la Corporación, presentamos de nuevo la misma, extendiendo al Equipo de Gobierno nuestra disponibilidad para negociar o acordar los futuros usos de estos espacios. Se trata de otra de las cuestiones que hemos planteado en varias ocasiones a lo largo de todo el proceso de revisión del PGOU. Creemos que es necesario que se aborde esta cuestión y se incluya en el documento, más si cabe cuando en repetidas ocasiones se nos ha afirmado que así iba a ser y que para ello estaba en marcha la redacción de un “Plan de movilidad urbana sostenible de Santurtzi”, cuya fase de diagnóstico (2018) y propuestas (2019) ha sido ya realizada por una empresa de

Hemos de decir que esta alegación, presentada en febrero de 2021 para la Aprobación Inicial, recibió como respuesta que “puede ser adecuado redactar un “Plan de movilidad urbana sostenible” pero se enmarca fuera de los trabajos de redacción del PGOU”. Entendemos, por tanto, que a pesar de no ser un trabajo que tenga que asumir el Equipo Redactor del PGOU bien puede incluirse en el documento, aunque sea elaborado externamente. Dicho lo cual, volvemos a presentar esta alegación, ya que creemos fundamental que el documento de revisión del PGOU de Santurtzi incorpore un “Plan de movilidad urbana sostenible” actualizado y previsor con las necesidades futuras, en el que además de incluir las posibles soluciones al grave problema de aparcamiento que tenemos en el municipio, se incluyan propuestas que nos acerquen a un Santurtzi más sostenible en todo lo relacionado con la movilidad. Para ello creemos que es necesario tomar la base de los trabajos ya realizados y habilitar un proceso que tenga como objetivo alcanzar los acuerdos políticos necesarios en esta cuestión, para que las conclusiones de este proceso sean incorporadas al documento de Aprobación Provisional del PGOU.

Tal y como decíamos en el segundo apartado de este documento, hay una serie de cuestiones que fueron aprobadas en el Pleno Municipal en el documento “Criterios y objetivos que servirán de base para redactar el Plan General de Ordenación Urbana de Santurtzi” (sesión plenaria 3/2017, celebrado el día 30 de marzo de 2017) en lo referente al monte Serantes, y a pesar de que algunas de ellas son lo suficientemente abstractas como para hacer imposible determinar de manera objetiva si han sido incluidas en el documento o no, creemos que un buen número de otras si son cuestiones concretas que no vemos recogidas. Serían las siguientes:

planificación e ingeniería experta en esta materia, y donde se dice que “el Ayuntamiento de Santurtzi maneja diversas alternativas de construcción de nuevos aparcamientos” sobre los que establece diferentes grados de prioridad, dando la clasificación más alta a Ranzari, Cotillo Camino Los Hoyos y Mamariga, seguido de Las Viñas, Fontuso y zona de Pedro Ikaza, aconsejando que estos se construyan en “estructura”, pues resulta económicamente más ventajoso (página 32 del documento “1653 PMUS Santurtzi Propuestas ed02”).

o Eliminar el acceso rodado al monte, limitándolo a emergencias y usos rodados autorizados para necesidades propias de su mantenimiento. Revisar las ocupaciones de suelo público. Estudiar el límite de uso de bicicletas en el monte, zonificándolo.

• Inclusión en el PGOU de la ya aprobada Ordenanza Reguladora del acceso y circulación de vehículos a motor en el entorno del monte Serantes.

o Rediseñar y estructurar adecuadamente el parque La Cerrada y el nuevo de San Juan para integrarlo en el Monte.

o Zonificar por usos para impedir una utilización abusiva y que degrade el monte.

o Zonificar el uso agropecuario y ganadero en zonas bien delimitadas y que no sean perjudiciales para el mantenimiento del medio físico del monte.

o Proteger el monte, tanto en sus partes de suelo municipal como privadas, estableciendo delimitaciones claras.

• Regulación a través de una ordenanza municipal, e inclusión de esta en el documento de revisión del PGOU, de las diferentes cuestiones que, siendo ajenas a la circulación de

o Analizar puntos negros del monte y plantear soluciones para su eliminación. Nos parece importante también destacar lo que se plantea en el Artículo 72 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, sobre el Plan especial de protección y conservación:

o Reconsiderar la situación de la Antena del Mazo y las condiciones de las instalaciones para mejorar esta zona.

• El plan especial de protección y conservación tiene por objeto completar la ordenación establecida por los planes generales mediante normas de protección de elementos naturales y/o artificiales objeto de sus determinaciones. El plan especial podrá establecer, en su caso, otras normas de protección adicional no contempladas en el plan general. Es decir, un Plan Especial debe “completar” la ordenación establecida por el PGOU, lo cual no quiere decir que haya que posponer toda esa ordenación al Plan Especial. Creemos que es fundamental establecer todas las medidas posibles en este documento de revisión del PGOU de cara a proteger y poner en valor el monte Serantes, dada la degradación exponencial que se está observando, y ya que la respuesta recibida a nuestra alegación de febrero de 2020 fue que “se puede incluir alguna regulación básica”, y que la inclusión de esta quedaría a criterio de la Corporación, presentamos esta alegación con el objetivo de incluir en el documento de revisión del PGOU y/o habilitar un proceso de diálogo político con el objetivo de alcanzar los consensos necesarios en torno a las siguientes cuestiones:

o Analizar las zonas sensibles de protección los puntos de interés histórico, cultural, geológico, etc… en la superficie del monte que se encuentra dentro del municipio de Santurtzi y plantear soluciones de recuperación y protección para las mismas en el documento de revisión del PGOU.

o Deslinde. A pesar de llevar en marcha desde hace años, el proceso de deslinde está aún por culminar. No obstante, entendemos que es necesario incluir en el documento todos los avances ya realizados al respecto, ya que una de las cuestiones fundamentales para actuar de manera eficaz en el monte es determinar la propiedad pública o privada de cada una de sus parcelas y zonas, así como expresar de manera específica cuál es la delimitación del propio monte de utilidad pública.

o Zonificar el uso agropecuario y ganadero en zonas bien delimitadas y que no sean perjudiciales para el mantenimiento del medio físico del monte, de toda la superficie del mismo dentro del municipio de Santurtzi e incluir dicha zonificación en el documento de revisión del PGOU.

o Definir y zonificar los usos, para impedir una utilización abusiva y la degradación del monte en toda la superficie del mismo, que se encuentra dentro del municipio de Santurtzi e incluir dicha zonificación en el documento de revisión del PGOU.

o Prohibición expresa de nuevas instalaciones y tendidos eléctricos, así como la reconsideración de los actuales, reduciéndolos o minimizando el impacto paisajístico que causan (soterramiento, eliminación de una de las líneas…).

o Analizar los puntos inseguros de la parte del monte que se encuentra dentro del municipio de Santurtzi e incluir soluciones a los mismos en el documento de revisión del PGOU

vehículos, tengan como objetivo la regularización de actividades socioeconómicas y de ocio, y la protección de los terrenos del monte que forman parte de nuestro municipio:

o Analizar el límite de uso de bicicletas en la parte del monte dentro del municipio de Santurtzi y establecer un itinerario ciclable.

*Nota: En todas las alegaciones referidas a Unidades de Ejecución, incluimos una breve exposición que resume nuestra valoración del planteamiento aprobado en el documento de revisión del PGOU junto a una imagen del mismo.

Dichoposible.locual,

Esta UE es una de las “heredadas” del planeamiento aprobado en 1998, que 24 años después no se ha desarrollado. Compartimos la necesidad de actuar en la zona para regenerarla, pero con lo que no podemos estar de acuerdo es que a unas viviendas (y por lo tanto familias) que llevan en la complicada situación de fuera de ordenación 24 años, se les plantee que la solución a su situación (tanto la degradación como la problemática específica del fuera de ordenación) se va a solucionar solo si hay interés por parte de alguna empresa a la que le interese invertir y desarrollar el proyecto Por ello, el objetivo de nuestra alegación es intentar garantizar que la zona se pueda desarrollar lo antes planteamos dos alternativas diferentes para esta UE, con las que en ambos casos intentamos darle un carácter prioritario a la zona, y son las siguientes:

Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor ha sido que la propuesta quede “a criterio de la Corporación Municipal”, por lo que la misma es viable desde un punto de vista legal, técnico y económico, siendo su aplicación cuestión de una decisión política.

Debemos destacar, además, que las dos alternativas que mencionamos pueden ser tomadas tanto de manera individual como de manera conjunta. Desde EHBildu entendemos que esta zona debe considerarse como prioritaria por parte del Ayuntamiento, por lo que nuestra apuesta sería aplicar ambas cuestiones de manera conjunta.

• La otra alternativa es que la UE pase a ser “Sistema de Actuación de Cooperación en Régimen General Público”, y poder así acelerar los trámites precisos para que se actúe en la zona lo antes posible, ya que esto posibilitaría que todos esos trámites y pasos urbanísticos fueran realizados directamente por el propio Ayuntamiento.

• Declaración de la zona como ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRADA O ÁREA DEGRADADA, buscando así la intervención del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, tal y como se ha hecho, por esta fórmula o similares, en barrios como Txabarri en Sestao o El Peñascal de Bilbao.

Se nos plantea también en la citada respuesta a nuestra alegación que debe ser el PAU la herramienta que concrete el sistema de actuación, ante lo que no podemos más que incidir en la propuesta realizada, ya que, aunque sea el PAU quien deba finalmente realizar esta concreción, no es menos cierto que el PGOU avanza un sistema de actuación, y nuestra propuesta es que sea este.

Esta UE es una de las “heredadas” del planeamiento aprobado en 1998, que 24 años después no se ha desarrollado. Compartimos la necesidad de actuar en la zona para regenerarla, pero con lo que no podemos estar de acuerdo es que a unas viviendas (y por lo tanto familias) que llevan en la complicada situación de fuera de ordenación 24 años, se les plantee que la solución a su situación (tanto la degradación como la problemática específica del fuera de ordenación) se va a solucionar solo si hay interés por parte de alguna empresa a la que le interese invertir y desarrollar el proyecto Por ello, el objetivo de nuestra alegación es intentar garantizar que la zona se pueda desarrollar lo antes posible.

Se nos plantea también en la citada respuesta a nuestra alegación que debe ser el PAU la herramienta que concrete el sistema de actuación, ante lo que no podemos más que incidir en la propuesta realizada, ya que, aunque sea el PAU quien deba finalmente realizar esta concreción, no es menos cierto que el PGOU avanza un sistema de actuación, y nuestra propuesta es que sea este.

Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor ha sido que la propuesta quede “a criterio de la Corporación Municipal”, por lo que la misma es viable desde un punto de vista legal, técnico y económico, siendo su aplicación cuestión de una decisión política.

Dicho lo cual, planteamos dos alternativas diferentes para esta UE, con las que en ambos casos intentamos darle un carácter prioritario a la zona, y son las siguientes:

Debemos destacar, además, que las dos alternativas que mencionamos pueden ser tomadas tanto de manera individual como de manera conjunta. Desde EHBildu entendemos que esta zona debe considerarse como prioritaria por parte del Ayuntamiento, por lo que nuestra apuesta sería aplicar ambas cuestiones de manera conjunta.

• Declaración de la zona como ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRADA O ÁREA DEGRADADA, buscando así la intervención del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, tal y como se ha hecho, por esta fórmula o similares, en barrios como Txabarri en Sestao o El Peñascal de Bilbao.

• La otra alternativa es que la UE pase a ser “Sistema de Actuación de Cooperación en Régimen General Público”, y poder así acelerar los trámites precisos para que se actúe en la zona lo antes posible, ya que esto posibilitaría que todos esos trámites y pasos urbanísticos fueran realizados directamente por el propio Ayuntamiento.

En esta UE se plantea la construcción de dos bloques de viviendas, uno de ellos en la zona lateral del colegio San Jose de Calasanz, en la zona donde actualmente hay 4 viviendas unifamiliares, y otro de ellos, el mayor de los dos, en los terrenos anexos al aparcamiento del Grupo Fontuso. Este último bloque se plantea construir en unos terrenos que actualmente son una zona verde, precisamente en el límite de lo que el actual PGOU define como Sistema General de Espacios Libres.

A pesar de que el nuevo diseño de esta Segunda Aprobación Inicial plantea un vial que comunica esta zona de Fontuso con Bullón, los vehículos que lleguen aquí por ese nuevo vial se encontraran con las dificultades que existen en la entrada a Fontuso por la calle Sor Natividad Homedes. Con este vial se intenta dar respuesta a las alegaciones, tanto de EHBildu como de otras vecinas y vecinos, que alertábamos que esta zona tiene muy mal acceso y que se iba a generar un problema de tráfico, pues solo se podría llegar desde la calle Sor Natividad, pero lo cierto es que desde nuestro punto de vista el citado problema no se soluciona debido a lo anteriormente expuesto.

Por los motivos expuestos en el apartado segundo de este documento (el criterio del Plan Territorial Parcial que enmarca Santurtzi dentro de la zona en la que se plantea “Limitar el crecimiento residencial” y los indicadores que muestran el descenso poblacional y familiar de Santurtzi), así como atendiendo a las peculiaridades de la zona, entendemos que el bloque de viviendas planteado junto al aparcamiento de Fontuso debe desaparecer del documento de revisión del PGOU.

En primer lugar, porque se plantea edificar en lo que actualmente es un espacio verde, justo en los límites de lo que el PGOU de 1998 considera Sistema General de Espacios Libres y el PTP, en su caracterización del medio físico, considera suelo “agroganadero y campiña”. Se trata, además, de una zona que forma parte de las laderas de Cueto. Creemos que no hay ninguna necesidad de actuar en esta zona para consolidar u ordenar, y construir aquí supondría artificializar más suelo del necesario en nuestro municipio. En segundo lugar, porque creemos que los accesos para vehículos siguen sin ser solucionados y se pueden convertir en un problema, ya que además de este proyecto de 69 viviendas hay otras 80 proyectadas en Cuesta del Hospital Alto y Fontuso, que a pesar del nuevo vial planteado van a generar un importante aumento de vehículos en una zona verdaderamente complicada para el tráfico

Conrodadorespecto a las mejoras viarias que se imputan a esta UE, entendemos que deberán ir siendo acometidas por el Ayuntamiento en función de las posibilidades presupuestarias y el desarrollo futuro, o no, del resto de UE interrelacionadas. Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor no plantea ninguna objeción legal o técnica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política.

Se trata de una UE en la que hay una evidente necesidad de intervención para su dignificación y regeneración, ya que en varias de sus zonas se pueden encontrar viviendas y bloques de viviendas con problemas estructurales, de humedades o imposibilidad de dotar de accesibilidad.

Cabe destacar, además, que se trata de una zona donde hay una gran cantidad de intereses diferentes y/o enfrentados, dadas las características, necesidades e intereses lógicos y particulares de cada vivienda y de las personas propietarias. Ante esta situación, y dado que el planteamiento realizado para esta UE plantea el derribo de un buen número de viviendas mientras deja otras fuera de la UE y por lo tanto consolidadas a pesar de tener también problemas muy similares, creemos que es importante analizar todas las alegaciones que se presenten de nuevo en esta fase. Dicho de otra

Se trata de otra de las UE “heredadas” del PGOU vigente, concretamente una parte de una de ellas, y que no se ha desarrollado en estos 24 años. Ante los intentos de modificación puntual que se han realizado ha tenido varias sentencias judiciales en su contra decretándose su inviabilidad económica.

Además, esta UE tiene en su interior dos cuestiones cuya necesidad de solución es más que evidente, la existencia de una subestación eléctrica en plena trama urbana y un proyecto socio cultural basado en la autogestión que lleva más de dos décadas arraigado en el barrio.

• La otra alternativa es que la UE pase a ser “Sistema de Actuación de Cooperación en Régimen General Público”, y poder así acelerar los trámites precisos para que se actúe en la zona lo antes posible, ya que esto posibilitaría que todos esos trámites y pasos urbanísticos fueran realizados directamente por el propio Ayuntamiento.

Debemos destacar, además, que las dos alternativas que mencionamos pueden ser tomadas tanto de manera individual como de manera conjunta. Desde EHBildu entendemos que esta zona debe considerarse como prioritaria por parte del Ayuntamiento, por lo que nuestra apuesta sería aplicar ambas cuestiones de manera conjunta.

Por otro lado, creemos que no es de recibo plantear la eliminación de un proyecto totalmente arraigado en este barrio sin plantear ninguna alternativa, por lo que otra de nuestras alegaciones es solicitar la inclusión en esta UE de un equipamiento cultural público donde el actual gaztetxe pueda seguir desarrollando sus actividades en condiciones similares a las actuales.

Dicho esto, lo que si entendemos es que dados los antecedentes, es necesario dar prioridad absoluta a una solución para esta zona y por lo tanto a la solución definitiva tanto de las partes más degradadas como de la situación de “Fuera de ordenación interminable” que se ha aplicado de facto, por lo que una vez escuchadas las personas interesadas y afectadas y sea cual sea el planteamiento que más se acomode al sentir de las mismas, las características de intervención deben ir encaminadas a facilitar todo lo posible una pronta solución. Dicho todo esto, realizamos las siguientes alegaciones para esta UE:

Por último, no encontramos ninguna referencia en el documento en cuanto a las obligaciones que se plantean de cara al “semi soterramiento” de la subestación eléctrica (características, quien debe asumir esas cargas…), cuestión que entendemos que debería concretarse.

manera, nos parece fundamental escuchar el sentir de las personas afectadas antes de tomar decisiones que las van a condicionar.

• Declaración de la zona como ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRADA O ÁREA DEGRADADA, buscando así la intervención del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, tal y como se ha hecho, por esta fórmula o similares, en barrios como Txabarri en Sestao o El Peñascal de Bilbao.

Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor no plantea ninguna objeción legal, técnica o económica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política.

En esta UE se plantea la construcción de tres nuevos bloques con un total de 190 nuevas viviendas, en una zona que es el final de la trama urbana y en la que única y exclusivamente hay viviendas “unifamiliares” de una o dos alturas con una única excepción de un edificio con tres alturas. Se trata, además, de otra de las UE “heredadas” del PGOU vigente, concretamente una parte de una de ellas, y que no se ha desarrollado en estos 24 años. Ante los intentos de modificación puntual del conjunto de esta área en el vigente PGOU que se han realizado, ha habido varias sentencias judiciales en su contra decretándose su inviabilidad económica. En este nuevo planteamiento para la zona, se plantea consolidar y por lo tanto mantener una parte importante de las viviendas “unifamiliares” existentes y construir tres nuevos bloques que alteran de manera más que evidente la tipología de vivienda existente, ya que esos nuevos bloques serían todos ellos de 6 alturas.

Lo cierto es que no podemos compartir el planteamiento que se realiza para esta UE, y de manera especial en lo que se refiere a los edificios SZ REA 2 y SZ REA3, los más próximos al camino y ladera de acceso al barrio de Villar, en primer lugar porque rompen por completo la estética, tipología e idiosincrasia de esta zona, y en segundo lugar porque entendemos que este tipo de bloques de viviendas, de 6 alturas, no son de ninguna manera lo más apropiado en una zona que es el límite entre la trama urbana y el entorno natural. Por los motivos expuestos en el apartado segundo de este documento (el criterio del Plan Territorial Parcial que enmarca Santurtzi dentro de la zona en la que se plantea “Limitar el crecimiento residencial” y los indicadores que muestran el descenso poblacional y familiar de Santurtzi), así como atendiendo a las peculiaridades de la zona que hemos desglosado en los anteriores párrafos, entendemos que los edificios SZ REA 2 y SZ REA3 deben ser eliminados de esta UE, pudiendo compartir el mantenimiento del bloque restante a la espera de conocer las alegaciones que puedan presentar en esta fase las personas interesadas, que podría ser incluido de esta manera en la UE 3 Oiankas, lo cual podría acelerar y facilitar su desarrollo en base a las alegaciones que hemos presentado para esa UE. Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor no plantea ninguna objeción legal, técnica o económica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política.

A pesar de que el nuevo diseño de esta Segunda Aprobación Inicial plantea un acceso que comunica esta zona de Fontuso con Bullón, los vehículos que lleguen aquí por ese nuevo vial se encontraran con las dificultades que existen en la entrada a Fontuso por la calle Sor Natividad Homedes. Con este vial se intenta dar respuesta a las alegaciones, tanto de EHBildu como de otras vecinas y vecinos, que alertábamos que esta zona tiene muy mal acceso y que se iba a generar un problema de tráfico, pues solo se podría llegar desde la calle Sor Natividad, pero lo cierto es que desde nuestro punto de vista el citado problema no se soluciona debido a lo anteriormente expuesto.

Se trata de una UE que plantea la construcción de cuatro nuevos bloques de viviendas de bajo + 6 alturas en un entorno donde únicamente hay viviendas “unifamiliares” y en una zona de laderas y grandes pendientes, que en el actual PGOU están calificadas como Sistema General de Espacios Libres. El planteamiento, además, no da ninguna solución a los accesos de vehículos que generarían estas nuevas construcciones, manteniendo dichos accesos tal y como están en la actualidad y que son ya de por sí muy complicados para el volumen de circulación actual.

Por los motivos expuestos en el apartado segundo de este documento (el criterio del Plan Territorial Parcial que enmarca Santurtzi dentro de la zona en la que se plantea “Limitar el crecimiento residencial” y los indicadores que muestran el descenso poblacional y familiar de Santurtzi), así como atendiendo a las peculiaridades de la zona, entendemos que esta UE debe desaparecer del documento de revisión del PGOU.

Por último, porque genera unos bloques de edificios de 6 alturas en una zona donde todo el resto de viviendas de la ladera son “unifamiliares”, de una o dos alturas, y esta diferencia de tipologías rompe totalmente la idiosincrasia y estética de la zona, al plantear unas edificaciones totalmente diferentes a las existentes actualmente. Nos resulta realmente curioso que ante esta alegación presentada por EHBildu en la Primera Aprobación inicial (realmente eran 2 alegaciones ya que esta UE estaba dividida en el anterior documento), se desestime la misma a la vez que se plantea que dada nuestra alegación y las presentadas por los vecinos y vecinas de la zona en similares términos, se va a proceder a reordenar el ámbito, pero para seguir planteando cuatro bloques de viviendas de 6 alturas, aunque ahora los mismos se diseñen con un retranqueo en alturas

En segundo lugar, porque creemos que los accesos para vehículos siguen sin ser solucionados y se pueden convertir en un problema, ya que además de este proyecto de 80 viviendas hay otras 69 proyectadas en Cuesta Hospital Bajo, que a pesar del nuevo vial planteado van a generar un importante aumento de vehículos en una zona verdaderamente complicada para el tráfico rodado

En primer lugar, porque se plantea edificar en lo que actualmente es un espacio no artificializado, justo en lo que el PGOU de 1998 considera Sistema General de Espacios Libres y el PTP, en su caracterización del medio físico, considera suelo “agroganadero y campiña”. Se trata, además, de una zona que forma parte de las laderas de Cueto. Creemos que no hay ninguna necesidad de actuar en esta zona para consolidar u ordenar, y construir aquí supondría artificializar más suelo en nuestro municipio, algo que consideramos totalmente innecesario e inapropiado.

Con respecto a las diferentes mejoras que se imputan a esta UE, como urbanizar la calle y el espacio libre, entendemos que deberán ir siendo acometidas por el Ayuntamiento en función de las

Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor no plantea ninguna objeción legal o técnica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política.

posibilidades presupuestarias, sin embargo, tenemos que plantear muchas dudas con respecto a la idoneidad del medio mecánico que se plantea.

En esta UE se plantea la construcción de dos nuevos bloques, con un total de 78 viviendas, que implicarían el derribo de 16 “unifamiliares” existentes. De la misma manera, se plantea ensanchar la carretera que une Mamariga con San Juan, para lo que habría que derribar la vivienda más próxima al parque de La Cerrada. Los dos bloques se construirían a ambos lados del ya existente, correspondiente a los números 17, 19 y 21 de la calle Regales, que queda desalineado con respecto a los nuevos.

Por los motivos expuestos en el apartado segundo de este documento (el criterio del Plan Territorial Parcial que enmarca Santurtzi dentro de la zona en la que se plantea “Limitar el crecimiento residencial” y los indicadores que muestran el descenso poblacional y familiar de Santurtzi), así como atendiendo a las peculiaridades de la zona, entendemos que esta UE debe desaparecer del

Por todo ello, nuestra propuesta para esta UE es que se incluyan dentro de ordenación urbana todas las viviendas “unifamiliares” de la zona, con la excepción ya mencionada de la necesaria para el ensanchamiento de la vía y la posibilidad que planteamos de mantener el edificio SZREA 1 Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor no plantea ninguna objeción legal, técnica o económica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política.

documento de revisión del PGOU, pudiendo estar de acuerdo por nuestra parte con el mantenimiento del edificio SZREA 1, en caso de que las personas propietarias de la vivienda existente afectada por este edificio estén de acuerdo con el planteamiento. Atendiendo a todo lo planteado en este documento con respecto a la no necesidad de tantas nuevas viviendas, y teniendo en cuenta la buena situación de muchas de las existentes, entendemos que construir un nuevo edificio no puede ser motivo para cambiar la forma de vida de todas las personas de esta zona. Con respecto al problema de falta de accesibilidad de algunas de las viviendas, lo cierto es que vemos que se encuentran en la misma situación (o incluso mejor) que cientos y cientos de viviendas del municipio que ni tienen ascensor ni lo van a poder tener. O por añadir otro elemento, todas estas viviendas tienen las mismas o mejores condiciones de accesibilidad que algunas de las existentes en la UE6 Las Viñas que se plantean consolidar. No obstante, tal y como se ha visto en los últimos años con la rehabilitación de la zona del Grupo Pescadores, hay también posibles soluciones a esta

Porcuestión.otrolado, creemos que para solucionar el estrechamiento de la carretera hacia el Barrio San Juan es suficiente con la supresión de una de las casas que quedan a la derecha en el sentido hacia el citado barrio, tal y como se plantea en esta UE.

Esta UE plantea la construcción de cuatro nuevos bloques en la entrada del barrio de Kabiezes. Tres de ellos, con 6, 8 y 11 alturas y con un total de 98 viviendas distribuidas entre ellos, en una zona de Balleni que tiene una evidente necesidad de regeneración. El segundo de los bloques, con 54 viviendas y 6 alturas, se plantea en los terrenos de la antigua piscina y otrora escuela infantil de BBK Kutxabank, en la trasera de los portales impares de la calle Fundación Hogar.

En respuesta a la alegación presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial planteando la eliminación del segundo de los bloques anteriormente descrito, se dice que al ser esta la puerta de entrada al municipio se deben cuidar la estética e imagen del entorno. Nos parece cuando menos curioso que en la misma respuesta se diga que el edificio contemplado en origen para la esquina de Antonio Alzaga con Balleni se modifica pasando de tener una forma de “L” a ser tres torres para mejorar la visualidad de las viviendas existentes en el entorno, sin que haya

Por otro lado, creemos que los terrenos donde se encuentra actualmente el taller se deben destinar a un uso social, cultural o deportivo como puede ser una Casa de Cultura Kultur Etxea para el barrio de Kabiezes o un frontón, recuperando así un espacio deportivo del que este barrio fue desprovisto.

Por todo ello, mantenemos nuestra alegación en los términos que expusimos para la Aprobación Inicial, es decir, eliminar de esta Unidad de Ejecución el edificio SZRM1 tal y como está planteado y destinar esos suelos para uso equipamental, concretamente para instalar en ellos el Taller Ranzari.

El cambio de titularidad de estos suelos complica las soluciones a estos problemas, pero creemos que, de haber voluntad y, tratándose del Taller Ranzari y de la función social que lleva a cabo, tanto por parte de los Ayuntamientos de Santurtzi y de Portugalete, ambos mancomunados en este taller, como por parte de la Diputación Foral de Bizkaia, puede encontrarse una solución a esta situación que sea satisfactoria para el actual propietario de los citados terrenos

habido ni una sola alegación en contra de ese edificio, y en cambio no se tenga en cuenta la perdida de visualidad de las fachadas de los edificios de los portales impares de la calle Fundación Hogar, cuando al respecto sí ha habido numerosas alegaciones de vecinos y vecinas del entorno, algunas de ellas a modo individual y otras en nombre de la Comunidad de Vecinos correspondiente, pidiendo que no se encerraran sus viviendas con este bloque, y ninguna de ellas ha sido aceptada Creemos que el criterio utilizado para modificar la “L” por el actual que plantea “3 torres” debería ser valido también para la trasera de los números impares de la calle Fundación Hogar También planteábamos y seguimos planteando que el suelo en que se plantea construir estas viviendas ha tenido un uso social, deportivo y educativo, y a pesar de que lleven años abandonados y con otra clasificación, entendíamos que debería mantenerse ese carácter de uso original, apostando por su regeneración. Cabe señalar, además, y sin que esto tenga connotaciones a nivel urbanístico, que el propietario de la práctica totalidad de estos locales era, hasta la fecha de la Aprobación Inicial, BBK Kutxabank, una entidad que debe apostar por la obra social y no por construir viviendas, por lo que veíamos más que factible que en los citados terrenos se construyera un edificio que no sobrepasase la altura de las actuales construcciones (antigua piscina y escuela infantil), cuyo uso sería equipamental. El objetivo de este edificio sería realojar en él al Taller Ranzari, cuyas instalaciones están actualmente en un pésimo estado de conservación

Otra opción para el solar del actual taller de Ranzari, en caso de que la viabilidad económica no permitiera esta posibilidad, sería la creación de una zona de aparcamiento, que de manera provisional y hasta que las posibilidades presupuestarias del Ayuntamiento lo permitieran, cubriera la demanda de aparcamiento tan solicitada en la zona.

Creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor no plantea ninguna objeción legal o técnica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política. Con respecto a las dificultades económicas que se nos plantean en la respuesta a nuestra alegación en caso de no ejecutar el bloque de viviendas que planteamos eliminar, simplemente nos tenemos que volver a referir a la necesidad de una implicación directa (y económica) de todas las Instituciones implicadas en el futuro del Taller Ranzari (Ayuntamientos mancomunados y Diputación Foral de Bizkaia).

En esta UE (que técnicamente se denomina Sector Residencial, por estar planteada en suelo urbanizable y no urbano como el resto de las UE), se plantea la construcción de varios nuevos bloques con un total de 175 viviendas, en una zona del barrio de Villar que actualmente no está artificializada.

Todos estos suelos están calificados como “urbanizables” desde la aprobación del PGOU de 1998, a pesar de lo cual no se ha desarrollado en estos 24 años.

Por los motivos expuestos en el apartado segundo de este documento (el criterio del Plan Territorial Parcial que enmarca Santurtzi dentro de la zona en la que se plantea “Limitar el crecimiento residencial” y los indicadores que muestran el descenso poblacional y familiar de Santurtzi), así como atendiendo a las peculiaridades de la zona, entendemos que este Sector Residencial debe desaparecer del documento de revisión del PGOU.

II. OBJETIVOS. “3. Contemplar el posible decrecimiento de algunas de las reservas urbanísticas contempladas en el planeamiento, como resultado de la falta de desarrollo de las mismas durante el período de vigencia de dicho planeamiento y de la reconsideración de las condiciones que puedan justificar la idoneidad de su transformación urbanística.”

En primer lugar, por una cuestión de “modelo de pueblo”, ya que no podemos entender un planteamiento de estas características en esta zona, que como decíamos en la breve introducción de esta alegación es un suelo no artificializado. En segundo lugar, porque no existiendo una necesidad de construir tantas nuevas viviendas, tal y como hemos argumentado también en el apartado 2 de este documento, dados los motivos expuestos en esta alegación creemos que este es uno de los planteamientos recogidos en el documento de revisión del PGOU que resultan totalmente prescindibles. Tenemos que subrayar, además, que estos terrenos llevan calificados como suelo urbanizable desde 1998, y a pesar de ello no se han desarrollado, lo cual nos refuerza en la idea de descalificarlos y mantenerlos sin artificializar. A este respecto, debemos añadir que el mantenimiento de este planteamiento entra en total y clara contradicción con las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT) del Gobierno Vasco, y más concretamente con lo que se plantea en el artículo 6.3 “Perímetro de crecimiento urbano” de las mismas, que dice textualmente:

“Finalmente, cabe indicar que la definición del Perímetro de Crecimiento Urbano constituye una herramienta que puede justificar el planteamiento de posibles desclasificaciones de suelo urbanizable a través de la revisión del planeamiento municipal, como consecuencia de la adopción de criterios sostenibles de uso del suelo.”

Por todo ello, nuestro planteamiento es que este SR se elimine del documento de revisión del PGOU.

Por otro lado, nos parece importante destacar que, en la respuesta a esta misma alegación presentada ante la Primera Aprobación Inicial, se nos responde por parte del Equipo Redactor que (además de afirmar que nuestra propuesta es una alternativa que puede plantearse), en referencia a la propuesta incluida en el documento para la Primera Aprobación Inicial, “El remate a la vialidad

I. ESTADO DE LA CUESTIÓN

que propone es necesario a nuestro entender”. Ante esta respuesta no podemos más que rebatir que, de cara a solucionar ese remate a la vialidad, o dicho de otra manera, de cara a solucionar el cuello de saco que supone la calle sin salida de Doctor Ferran, hay a día de hoy una partida presupuestaria y un proyecto constructivo, ambos aprobados por los órganos municipales correspondientes, con los que se va a ejecutar un nuevo vial en la citada calle. De hecho, en el preciso momento en el que estamos redactando esta alegación, nos acaba de llegar a través de un mensaje electrónico del departamento de contratación del Ayuntamiento la convocatoria para la apertura de los archivos A (documentación administrativa y criterios cuya ponderación depende de un juicio de Valor) del contrato “Obras de un nuevo vial que conecta la calle Dr. Ferrán con la calle Pajares” . Por último, creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor, a excepción de lo ya planteado y aclarado en el párrafo anterior, no plantea ninguna objeción legal, técnica o económica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política.

En esta Actuación de Ejecución de Dotaciones Públicas se plantea dotar de accesibilidad y urbanizar las viviendas que van a ser consolidadas en el barrio de Kueto, además de un planteamiento de “Mirador Kueto” del que no hay ningún tipo de información sobre sus características en todo el documento salvo la mención que aparece en el plano adjunto. Es a esta última cuestión a la que vamos a plantear una alegación.

Parece que de lo que se trata es de habilitar una “zona de esparcimiento” de uso público, pero no podemos compartir que en base a un planteamiento sobre el que no tenemos ningún tipo de información se deje fuera de ordenación a varias edificaciones que están en perfecto estado y cuyo uso es el de vivienda habitual. Dicho esto, creemos que el planteamiento de zona de esparcimiento puede ser un elemento interesante para debatir en esta fase que se abre de “negociaciones políticas” tras la presentación de alegaciones, pero queremos dejar de manifiesto nuestra opinión de que esto no puede suponer el derribo de viviendas que se encuentran en perfecto estado, por lo que proponemos un análisis exhaustivo (que en principio ya está realizado) de las viviendas afectadas para replantear la delimitación del planteamiento y que esa posible zona de esparcimiento no las afecte. Por último, creemos importante subrayar que esta misma alegación fue presentada por EHBildu ante la Primera Aprobación Inicial, y que la respuesta recibida por parte del Equipo Redactor no plantea ninguna objeción legal o técnica, por lo que la aplicación de la misma es cuestión de una decisión política.

En este apartado procedemos a señalar aquellas cuestiones del documento que nos han generado dudas de interpretación para que sean aclaradas, así como diferentes erratas que hemos detectado en el mismo. De algunas de ellas ya hemos dado traslado en diferentes ocasiones, formales e informales, pero queremos que queden recogidas en este documento de alegaciones para que quede constancia. Falta de concordancia entre lo reflejado en la ficha técnica de la AEDP 4 y el plano AO 4a: Hemos detectado que en el plano OE 4a (Documentación gráfica Planos de ordenación estructural) se mantienen grafiadas como “Fuera de Ordenación” las mismas edificaciones que en la Aprobación Inicial de octubre de 2020 estaban afectadas por la antigua UE15 Vista Alegre. Esta UE queda fuera de esta Segunda Aprobación Inicial y es sustituida por una Actuación de Dotación de Ejecución Pública, quedando dentro de ordenación la práctica totalidad de esas viviendas, tal y como se ve en la ficha de la AEDP 4 (Documentación escrita Normativa PGOU_2AI). Además, en el Inventario de edificaciones Fuera de Ordenación, estas edificaciones no aparecen, por lo que es necesario corregir el grafiado de las mismas en el mencionado plano OE 4 a y en todos aquellos en los que sea necesario. Plano OE 4a: Se mantienen en FO las viviendas de la Aprobación del 2020 (error) Ficha de la AEDP 4: Las viviendas marcadas en FO corresponden con el inventario

Discrepancia entre la Memoria y la Ficha Urbanística sobre el número de viviendas Fuera de Ordenación en la UE5 Cuesta Hospital Bajo:

- Discrepancias entre los Sistemas de Actuación en varias UEs: El sistema de actuación para la UE4 JJ Mendizabal es reflejado de diferente manera en varios puntos del documento. Mientras en la página 262 de la Normativa y en el cuadro de la página 87 de las Fichas Urbanísticas dice ser “concertación”, en el cuadro del plano de la Normativa (página 275 del PDF) aparece como “cooperación”.

En el plano de la UE5 del documento “Memoria_2AI” cuentan con 8 viviendas existentes y objeto de derribo para la ejecución de nuevas edificaciones en el ámbito, mientras en el documento “Fichas urbanisticas_2AI”, en la página 93, la cantidad que marca la tabla de “PARCELAS INICIALES TOTAL U.E. 5” es de 7, al igual que aparece en el “Inventario Fuera Ordenacion_2AI”. Esta es una de las Unidades de Ejecución que proponemos retirar del PGOU, pero independientemente de que sea o no aceptada, creemos conveniente señalar esta errata. - Cargas para accesibilidad en la UE5 Cuesta Hospital Bajo: El texto de la Normativa sobre esta UE dice: “Para salvar la diferencia de cota existente entre la zona alta y baja de la unidad de manera accesible, deberá implementarse un ascensor urbano, y parte de esta carga deberá asumirla la gestión de la unidad de ejecución en concepto de carga de urbanización.” No entendemos que sobre la asunción de los costes de dicho ascensor se hable solo de “parte de esa carga”. Como podemos ver en el Estudio de Viabilidad Económico Financiera para esta UE (punto 7 de las Cargas de urbanización mayorados), esa parte parece ser de 251.649 € (es la única concreción que hemos encontrado al respecto), y por comparación con precios de obras de medios mecánicos realizados en los últimos años en Santurtzi, creemos que estamos hablando de un porcentaje realmente muy pequeño. Esta es una de las Unidades de Ejecución que proponemos retirar del PGOU, pero independientemente de que nuestra propuesta sea o no aceptada, quisiéramos una aclaración al respecto, ya que como hemos mencionado nos parece que la carga imputada para esta cuestión es totalmente insuficiente.

“Normas para el desarrollo de la unidad de ejecución U.E. 2 Hermanos Larrarte”, en la “Normativa PGOU_2AI”: El plano ficha de esta UE de la página 252 (página 263 del PDF) tiene el cajetín vacío, sin datos. La información sobre esta UE ya aparece en los textos o en la ficha urbanística, pero un dato como es el del Plan de Etapas que designaría el cuatrienio en el que se desarrollaría, por ejemplo, no lo hemos visto en ningún sitio. Entendemos que este error debe ser corregido y aparecer completo el cajetín de dicho plano.

El sistema de actuación para la UE5 Cuesta Hospital Bajo es reflejado de diferente manera en varios puntos del documento. Mientras en la página 269 de la Normativa y en el cuadro de la página 97 de las Fichas Urbanísticas dice ser “concertación”, en el cuadro del plano de la Normativa (página 283 del PDF) aparece como “cooperación”. Esta es una de las Unidades de Ejecución que proponemos retirar del PGOU, pero independientemente de que sea o no aceptada, creemos conveniente señalar esta errata.

El sistema de actuación para la UE6 Las Viñas es reflejado de diferente manera en diferentes puntos del documento. Mientras en la página 277 de la Normativa y en el cuadro de la página 107 de las Fichas Urbanísticas dice ser “concertación”, en el cuadro del plano de la Normativa (página 291 del PDF) aparece como “cooperación”.

El sistema de actuación para la UE7 El Bullón es reflejado de diferente manera en diferentes puntos del documento. Mientras en la página 285 de la Normativa y en el cuadro de la página 119 de las Fichas Urbanísticas dice ser “concertación”, en el cuadro del plano de la Normativa (página 299 del PDF) aparece como “cooperación”.

El sistema de actuación para la UE8 Fontuso Cuesta Hospital Alto es reflejado de diferente manera en diferentes puntos del documento. Mientras en la página 293 de la Normativa y en el cuadro de la página 129 de las Fichas Urbanísticas dice ser “concertación”, en el cuadro del plano de la Normativa (página 305 del PDF) aparece como “cooperación”. Esta es una de las Unidades de Ejecución que proponemos retirar del PGOU, pero independientemente de que sea o no aceptada, creemos conveniente señalar esta errata.

EnUrbanística.laUE3Oyancas,

- Edificio del Taller Mancomunidad Ranzari: Este edificio desaparece, con respecto a la Aprobación Inicial de octubre de 2020, del Inventario de Edificaciones Fuera de Ordenación. De hecho, el área de la UE 10 Ranzari se ha modificado desde el anterior planteamiento y el taller queda fuera del mismo. Aun así, en el plano OE 4a el grafiado del edificio se mantiene como “Fuera de Ordenación”, al igual que en el anterior documento, por lo que queremos dejar constancia de este error. No obstante, y como ya hemos trasmitido en la alegación presentada a esta UE, dado el mal estado de conservación en el que se encuentra el taller y existiendo la posibilidad de trasladar estas instalaciones a los solares de la trasera de los números impares de la calle Fundación Hogar, creemos que sería lógico mantener el edificio en situación de Fuera de Ordenación siempre y cuando quede redactado un plan de reubicación en los terrenos de las antiguas “piscinas” y

Subestación eléctrica en la UE6 Las Viñas: Como ya hemos dicho en la alegación presentada para esta Unidad de Ejecución, no vemos reflejado cómo se desarrollaría el soterramiento de esta infraestructura (características que se impondrán para el semi soterramiento, concreción de quien debe asumir esas cargas…), ni en el Estudio de Viabilidad Económica ni en los planos o fichas de esta UE. Creemos que una cuestión de semejante calado debe quedar debidamente definida.

Posibles modificaciones del Sistema de Actuación de las Unidades de Ejecución 2 y 3: En la Normativa, donde se reflejan las normas para el desarrollo de las UE 2 y 3, en el guion de “Gestión Urbanística” que define el Sistema de Actuación de cada una de ellas, hemos detectado que, cuando se refieren a la posibilidad de poder “modificarse en el PAU a redactar conjuntamente” con la Unidad de Ejecución aledaña, estas no están con su nomenclatura actualizada, es decir, mantienen la numeración de la UE de la primera aprobación inicial: En la UE2 Hermanos Larrarte, donde dice “a redactar conjuntamente con la UE 6” debería decir “a redactar conjuntamente con la UE 3”. Sucede de igual manera en su Ficha donde dice “a redactar conjuntamente con la UE 5” debería decir “a redactar conjuntamente con la UE 2”. Sucede de igual manera en su Ficha Urbanística.

- Errata denominación UE en la ficha de la A.A.-2 KUETO- CUESTA DE HOSPITAL ALTO: En la página 145 de la Normativa, donde se detalla la Actuación Aislada 2, la Unidad de Ejecución que queda bajo el cerro de Kueto es la número 8, y no la UE9 como figura en el plano de la citada página. Relacionamos este fallo con que no se ha corregido la numeración de las UEs respecto a los cambios desde la aprobación inicial de octubre de 2020, por lo que lo trasladamos para su conocimiento.

guardería infantil, y que los suelos que tras este traslado queden libres sean destinados a los usos que en la alegación proponemos (aparcamientos, frontón, espacio cultural, …)

Tras esta segunda aprobación inicial del documento de revisión del PGOU de Santurtzi queda aún un largo camino para concluir el proceso y poder pasar página con respecto al Plan aprobado en 1998, pero esta misma aprobación inicial es un nuevo paso, y muy importante, para empezar a olvidarnos de un documento que pasados 24 años no podemos definir más que como una chapuza. Una chapuza, porque 24 años después muchas de las áreas que se definieron entonces no se han podido desarrollar y esto ha sido por su inviabilidad, tal y como ha quedado reflejado incluso en varias sentencias judiciales. Esto, además de las evidentes consecuencias “urbanísticas” para Santurtzi ha supuesto un auténtico drama para las más de 700 familias que quedaron “atrapadas” en situación de fuera de ordenación dentro de esas áreas “imposibles”. Curiosamente, las áreas que sí se han podido desarrollar han sido las que más vivienda libre tenían, porque en las que ya tenían muchas dificultades técnicas de por sí, se aumentaron además las VPO que correspondían a las primeras y esto las hizo totalmente inviables. Curiosamente, sí. Además, no podemos olvidar que el Plan de 1998 es precisamente el que posibilitó algo inaudito, como es el hecho de que un terreno pueda ser a la vez destinado a uso educativo y residencial. El famoso artículo 4.4.20 que entre otros generó el grave problema con el colegio Hijas de la Cruz y que a día de hoy ha finalizado judicialmente en contra de los intereses de Santurtzi y después de un proceso judicial que nos ha supuesto un enorme gasto de dinero público. Durante muchos años, desde EHBildu además de solicitar un “nuevo PGOU” que nos permitiera diseñar el futuro de nuestro pueblo adaptado a las nuevas realidades, hemos reivindicado también una solución más rápida para muchas de esas viviendas fuera de ordenación, totalmente realizable a través de la vía de la modificación puntual del Plan del 98, pero la respuesta siempre ha sido que era “imposible, inviable” e incluso “ilegal”. Ahora nos plantean la inclusión dentro de ordenación urbana de casi 300 de ellas. Una gran noticia. Parece que lo que junto a las personas afectadas en Villar, Cueto, Pajares y algunos bloques de viviendas en la zona de La Txitxarra, Mamariga o Barandiaran llevamos tantos años diciendo, no era tan imposible Esperamos que no tengan que pasar otros 20 años para que planteamientos de este documento de alegaciones se puedan hacer realidad

Acabábamos este epilogo para nuestras alegaciones a la Primera Aprobación Inicial citando una frase de Nelson Mandela, “Todo parece imposible hasta que se hace”, en clara referencia a estas “imposibilidades” que hemos estado años proponiendo y que al final ha resultado que no eran imposibles. Visto lo ocurrido con varias de nuestras alegaciones, que proponían cambiar sustancialmente o eliminar algunas de las Unidades de Ejecución que según se nos decía no podían ser cambiadas ni eliminadas, pero que finalmente sí se han podido cambiar sustancialmente o eliminar (hablamos de Santa Rafaela María, de Vista Alegre o de La Portalada), no podemos más que acabar este documento parafraseando a otra gran referencia para quienes formamos EHBildu.

“No estamos aquí para aceptar las cosas que no podemos cambiar, estamos aquí para cambiar las cosas que no podemos aceptar.” –– Angela Davis ––

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