CON NOMBRE PROPIO
La visión de...
¿QUÉ TENEMOS QUE PREPARAR PARA EL 2022?
Miguel Ángel Higuera. Director Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino (Anprogapor) miguel.higuera@anprogapor.es
Para el año que viene se nos vienen encima una serie de requisitos legales que toca cumplir y para los que estaría bien ir empezando a estar preparados, sobre todo porque hay algunos que se aplican a partir del 1 de enero de 2022. Los cambios legislativos que entrarán en vigor el año que viene y que afectan al sector porcino son numerosos. Para que quede más claro, los vamos a ir desglosando por fechas.
1 de enero de 2022 Entra en vigor una serie de apartados del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo. En particular son tres apartados:
a los trabajadores que puedan demostrar un mínimo de 3 años de experiencia práctica en trabajos relacionados con la cría de ganado porcino que garantice un conocimiento mínimo en las materias referidas en el párrafo anterior. Este requisito no se aplicará a quien esté en posesión del título de técnico en producción agropecuaria o del título de técnico superior en ganadería y asistencia en sanidad animal. b. De manera adicional, el titular de la explotación se asegurará de que todos los trabajadores en contacto con ganado porcino realizan de manera periódica y en todo caso al menos una vez cada cinco años, cursos de adecuación de los conocimientos a los avances técnicos de la actividad, basados en las materias incluidas en el anexo III, con una duración mínima de 10 horas.
SIGE Formación El titular de la explotación se asegurará de que todas las personas que trabajan con ganado porcino en la explotación tengan una formación adecuada y suficiente, de acuerdo con los siguientes principios: a. Todas las personas que trabajan con ganado porcino deberán tener un mínimo de formación de 20 horas sobre las materias y contenido mínimo que figura en el anexo III (ver código QR), en un plazo máximo de 6 meses contados desde la fecha de inicio de su trabajo en la explotación, sin perjuicio de lo que establece la normativa específica en materia de bienestar animal y tratamientos biocidas. No obstante, las autoridades competentes de las comunidades autónomas podrán eximir de este requisito
6 ■ SUIS Nº 182 Noviembre 2021
El denominado SIGE es el Sistema Integral de Gestión de Explotaciones y debe estar realizado y disponible para las autoridades competentes a partir del uno de enero del año que viene y deberá actualizarse como mínimo cada 5 años. El veterinario de explotación elaborará aquellos apartados del Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones de ganado porcino relacionados con sanidad, bienestar animal, higiene y bioseguridad.
Comunicación de emisiones El titular de la explotación comunicará a la autoridad competente de la comunidad autónoma las Mejores Técnicas Disponibles empleadas durante el año anterior para la reducción de emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero. La comu-