Defensor del Pueblo promueve uso de IA para garantía DD. HH.
En el marco de la IX Conferencia Científica y Práctica Internacional, “Los Derechos Humanos en la Era Digital”, el Defensor del Pueblo de la República Dominicana, Pablo Ulloa, favoreció el fortalecimiento de la cooperación internacional para impulsar un uso ético de la inteligencia artificial (IA), que contribuya a reducir la brecha tecnológica y garantice los derechos fundamentales de las personas.
Ulloa abogó por la creación de un Estado de Bienestar Digital, donde los derechos, la educación y la justicia social se constituyan en la base del desarrollo tecnológico. Así lo planteó durante su
ponencia “Humanismo Algorítmico: la dignidad como frontera del progreso”, en la Universidad Estatal de Moscú, Rusia.
El evento se celebró con el apoyo de la comisionada de los Derechos Humanos en la Federación Rusa, Tatiana Moskalkova. Allí participaron Defensores del Pueblo de Perú, Brasil, Serbia, Turquía, entre otros países de África, Europa y América. Además, asistieron mediadores y jefes de instituciones de derechos humanos, de organizaciones internacionales y representantes de gobiernos.
¿Cómo denunciar en caso de ser víctima o testigo de violencia?
El primer Eje Estratégico de la Ley Estratégica Nacional de Desarrollo 2030 (núm. 1-12), promulgada el 25 de enero de 2012, plantea la conformación de: “Un Estado social y democrático de derecho, con instituciones que actúan con ética, transparencia y eficacia al servicio de una sociedad responsable y participativa, que garantiza la seguridad y promueve la equidad, la gobernabilidad, la convivencia pacífica y el desarrollo nacional y local”.
En consecuencia, se destaca el esfuerzo del Estado dominicano por garantizar la seguridad jurídica, en salvaguarda de los derechos fundamentales a la dignidad humana y a la igualdad, consagrados en los artículos 38 y 39 de la Constitución. Este marco constitucional resulta especialmente pertinente para abordar el tema que nos ocupa: la condición de víctima o testigo de violencia dentro de una institución pública. En ese sentido, el numeral 3 del artículo 39 establece que “el Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva, y adoptará medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión”.
Nathanael Lora Abogado1 del Departamento de Investigación.
A partir de lo anterior, es pertinente destacar que, más allá de los mecanismos de control implementados por el Estado para prevenir y combatir la discriminación y la violencia en el ámbito público y privado, existen instrumentos normativos que refuerzan dicha protección. Entre ellos se encuentran el Código Penal Dominicano; la Ley núm. 24-97 sobre Violencia Intrafamiliar, promulgada el 27 de enero de 1997; el Decreto núm. 486-12, que crea la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), del 31 de agosto de 2012; y el Código de Trabajo de la República Dominicana (Ley núm. 16-92), promulgado el 29 de mayo de 1992.
Para el Defensor del Pueblo de la República Dominicana, constituye una prioridad prevenir y combatir los actos que contravienen la Constitución, las leyes, normativas y principios de una administración ejemplar que garantice los derechos fundamentales. En particular, se promueve la creación de espacios laborales libres de todo tipo de violencia.
En ese sentido, la institución ha destinado recursos, tiempo y personal a programas de capacitación, al diseño de un código de ética robusto, y a la implementación de un Sistema Integrado de Gestión que permite monitorear los procesos internos. Asimismo, se ha instaurado el Comité de Integridad, Gobernanza y Cumplimiento Gubernamental (CIGCG), encargado de velar por el cumplimiento del referido código y de investigar las denuncias que puedan surgir dentro de la institución. Asimismo, ha creado una política transversal sobre la igualdad de género dentro del órgano, creando la Unidad de Igual de Genero e instaurando un “Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción de la Violencia, el Acoso Sexual y Laboral”, que busca eliminar todo tipo de violencia, acoso y acto de discriminación.
Una vez expuestos los mecanismos mediante los cuales el Estado y el Defensor del Pueblo, como órgano constitucional, previenen y contrarrestan los actos de violencia en la administración pública, corresponde abordar las siguientes interrogantes de interés práctico:
¿Qué pasos debo seguir si soy víctima o testigo de un acto de violencia en la institución?
Conforme al artículo 18 del Código de Ética del Defensor del Pueblo, todo servidor público que haya presenciado o sea víctima de un presunto acto de violencia debe presentar una denuncia formal a través de los canales habilitados para tales fines.
Estos canales incluyen:
I los buzones físicos disponibles en la institución, acompañados con el formulario de denuncia a tales fines;
II el correo electrónico dirigido al Comité de Integridad, Gobernanza y Cumplimiento Gubernamental (CIGCG): cigcg@ defensordelpueblo.gob.do;
III la comunicación directa con cualquiera de los miembros del referido comité;
IV la denuncia directa a través de un formulario de denuncia disponible en nuestra página web defensordelpueblo.com.do.
Al momento de presentar la denuncia, el servidor deberá especificar tres elementos esenciales que faciliten el proceso de investigación que son: I) fecha de la denuncia; II) descripción de los hechos de los cuales tiene conocimiento indicando las personas involucradas, detalle de las acciones, y otras informaciones para probar los hechos, testigos si desea incluirlos y cualquier otra información útil para valorar la denuncia; y, III) firmar la denuncia en caso de no ser anónima.
Una vez formalizada la denuncia, el CIGCG procede a activar el protocolo correspondiente, conforme a lo establecido en el Manual de Canales de Denuncia.
¿Cómo se puede seguir un proceso por violencia de género ante las autoridades locales?
Independientemente de los procedimientos internos establecidos por la institución para la denuncia e investigación de casos de violencia, el servidor afectado puede acudir directamente ante el Ministerio Público, quien se encargará de evaluar los hechos denunciados con base en las evidencias aportadas por el denunciante.
La violencia en el ámbito de la Administración pública dominicana no solo vulnera derechos fundamentales, sino que compromete gravemente la legitimidad institucional. En consecuencia, resulta imperativo fortalecer los mecanismos de denuncia, garantizar la aplicación efectiva de sanciones, y consolidar una cultura organizacional basada en el respeto, la legalidad y la ética del servicio público.
Diálogo en tu
Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad Diálogo en tu Comunidad
Diá logo Dia logo Dia logo
Diálogo Villa Vásquez, Pepillo Salcedo.
“Todos exigimos y queremos respeto, hombre o mujer, negro o blanco. Es nuestro derecho humano básico”,
Aretha Franklin.
Octubre
01 | Día Internacional de las Personas de Edad
02 | Día Internacional de la no Violencia
05 | Día Mundial de los Docentes
10 | Día Mundial de la Salud Mental
11 | Día Internacional de la Niña
12 | Día de Encuentro entre Culturas