Resumen Manual de Convivencia 2023-2024

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RESUMEN

MANUAL DE CONVIVENCIA

AÑO LECTIVO 2023 - 2024 “Juntos para una Convivencia Sana y Respetuosa”


CAPÍTULO I DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Todo estudiante del Colegio Hispanoamericano tiene derecho a: 1. Formación integral de calidad. 2. Recibir formación pertinente a la filosofía, política y normatividad interna del Colegio. 3. Conocer previamente las fechas para presentar exámenes parciales, pruebas de recuperación y tareas, además las pruebas externas. 4.Ser valorado objetivamente en su comportamiento y evaluado en su rendimiento académico. 5. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones correspondientes a las pruebas que haya presentado. 6. Solicitar explicación sobre resultados de cualquier prueba que realice. 7. Las notas no deben ser utilizadas como medio de coacción y sanción. 8. Conocer el plan de estudios, la bibliografía correspondiente a los trabajos de investigación y consulta asignados por el educador. 9. Solicitar orientación pedagógica por parte del educador en sus actividades académicas. 10. Exigir puntualidad de los educadores en sus labores cotidianas y cuando éstos los citen a clases extras, conferencias u otras actividades. 11. Recibir los estímulos que el Colegio establece como apoyo al esfuerzo académico y disciplinario. 12. Disfrutar de las actividades que el Colegio programe, sean éstas científicas, académicas, culturales, deportivas, recreativas, sociales y/o actividades extraclases como convivencias, conciertos, exposiciones, salidas de observación, etc 13. Disfrutar con racionalidad, de los implementos, ayudas y materiales didácticos con que cuenta el Colegio. 14. Disfrutar de la planta física y mobiliario del Colegio: aulas, laboratorios, salas de robótica y demás aulas especializadas, instalaciones deportivas, biblioteca, cafetería, buses, dándoles un uso adecuado y racional para que permanezcan en buen estado. 15. Recibir por parte del personal de directivos, educadores y empleados un trato acorde con su dignidad de persona. 16. Ser escuchado ante cualquier inquietud presentada individual o colectivamente.

17. No ser discriminados por razones de rendimiento académico, socioeconómico, étnico, religioso, político, ideológico, físico, rasgos de personalidad, orientación sexual, etc. 18. Encontrar en orden y aseo cada una de las dependencias del plantel. 19. Exigir que se utilicen los mecanismos democráticos para la elección de los representantes al Gobierno Escolar. 20. Contar con asesoría psicológica. Participar en la elaboración de comunicaciones internas, tales como: revistas, periódicos y otras que sirvan para la exposición del libre pensamiento en consonancia con las pautas, normas de comunicación y el debido respeto. 21. Contar con los elementos de Bioseguridad en las instalaciones del colegio alineadas con la reglamentación vigente que determine el Gobierno Nacional. 22. En los períodos de clases virtuales contar con los recursos básicos necesarios para el buen desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, tales como horario virtual, plataformas, conexión y procesos de evaluación acordes a dicha modalidad. 23. Ser respetado cualquiera sea su orientación sexual e identidad de género en el marco del ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos. (Sentencia T - 478 de 2015) 24. Participar en todos los procesos democráticos al interior de la Institución. 25. Elegir y ser elegido en los órganos de representación estudiantil 26. Recibir estímulos por su buen comportamiento y rendimiento académico 27. Representar a la Institución en eventos de índole deportivo, académico, cultural, cívico y comunitario.


ARTÍCULO 3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: Se consideran deberes de los educandos todas aquellas acciones que, como persona y como miembro de un grupo, desarrollen armónicamente su espíritu formativo. Todo educando del Colegio Hispanoamericano debe:

1. Cumplir a cabalidad con todos los deberes como estudiante y miembro de la comunidad educativa hispanoamericana de Santiago de Cali. 2. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Cumplir con las exigencias que los educadores formulen respecto a exámenes parciales, pruebas cortas escritas (quiz), tareas (de acuerdo con la Política de Tareas del Colegio Hispanoamericano), talleres, sustentaciones, exposiciones u otras pruebas de conocimiento. 4. Seguir las orientaciones emitidas por las directivas y educadores del Colegio, tendientes a su desarrollo personal. 5. Cumplir puntualmente con los horarios establecidos por la institución y permanecer en ella durante la jornada escolar. 6. Hacer uso racional de los permisos para salir del salón de clases evitando el ausentismo. 7. Justificar la salida del Colegio, antes de la hora prevista, con autorización de la familia y/o mediante formato institucional respectivo, firmado por el Director Seccional, Coordinador correspondiente o Rector. 8. Ante la ausencia de un educando al Colegio deberá presentar una excusa justificada por parte de los padres o el acudiente, el día de su reintegro. 9. Ponerse al día en todos los temas, trabajos, actividades y/o tareas una vez se reintegre al Colegio, en caso de inasistencia a clases. 10. Seguir el conducto regular para la solución de cualquier dificultad o inquietud: Educador, Director de Grupo, Director Seccional Académico y/o Director de Convivencia, Rector, Consejo Directivo. 11. Respetar todo documento: notas, exámenes, informes, correspondencia, que le sean encomendadas, llevándolos a su destino sin la mínima alteración. 12. Utilizar sólo las prendas de vestir que el Colegio establece como uniforme y portarlo con decoro y elegancia, conservando en general una buena presentación. 13. Cuidar del orden y aseo de todas las áreas del Colegio. 14. Cuidar de los muebles, enseres y estructuras que el Colegio pone a disposición para facilitar el servicio educativo. Cuando se ocasione algún daño, el arreglo o reposición será responsabilidad del estudiante causante del mismo. 15. Salir del salón durante los recreos por razones de higiene y descanso. 16. Cumplir con los horarios que el Colegio fije para cada actividad curricular o extracurricular. 17. Ceñirse a un horario establecido para cada una de las actividades: clases, representaciones, evaluaciones, etc. 18. Asumir un comportamiento correcto y educado dentro y fuera de la Institución, incluyendo los vehículos de transporte, ya que cada educando la representa.

19. Demostrar una actitud respetuosa, con sentido de valoración en circunstancias religiosas, patrióticas, culturales, recreativas y sociales. 20. Tomar conciencia de que como niño o adolescente no debe iniciarse en vicios que atenten contra su salud física y mental y la de los demás. Por eso, no se permite, ni utilizar vapeadores o cigarrillo electrónico, tomar bebidas alcohólicas, bebidas estimulantes, ni consumir drogas nocivas, 21. No se permite la distribución y/o venta de sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, bebidas estimulantes, vapeadores, cigarrillos electrónicos y accesorios relacionados con inhalación de sustancias en general. 22. Tampoco se permite el porte de ningún tipo de armas y elementos contundentes. 23. Relacionarse respetuosamente con sus compañeros y compañeras, reconociéndose como personas, sin establecer comparaciones discriminatorias y violatorias de la dignidad humana. 24. Reconocer que la libertad humana siempre tendrá el límite que le demarque el bien común. 25. Evitar actitudes agresivas que degeneren en maltrato físico, verbal y/o psicológico. 26. Ser tolerante a la opinión ajena, sin caer en radicalismos que nieguen la posibilidad del diálogo. 27. Hacer uso de un vocabulario socialmente adecuado y cortés para dirigirse y/o referirse a directivas, educadores, compañeros y empleados. 28. Moderar las expresiones de tipo afectivo que correspondan a la intimidad de la pareja, teniendo en cuenta que éstas tienen un impacto en la comunidad. 29. Respetar la propiedad ajena. 30. No efectuar ventas, rifas dentro de la institución y compras de productos a través de la reja, puertas, etc. 31. No practicar juegos de azar en el Colegio que incluyan apuestas de dinero y/o especie. 32. No publicar en web, redes sociales, blogs, wiki, entre otros; fotografías, videos o noticias que atenten contra la dignidad, intimidad y buen nombre de cualquier miembro de la institución como de la misma. 33. Entregar oportunamente y a quien corresponda las circulares, citaciones y comunicaciones que el Colegio envíe, así como devolver los respectivos desprendibles. 34. Cumplir con el reglamento de transporte escolar. Hacer uso adecuado de dispositivos electrónicos. El Colegio no se hace responsable de la pérdida o daño de dichos artículos. 35. No hacer fraude en exámenes, pruebas o trabajos. Velar por su buena presentación personal, limpieza e higiene y el porte digno de los uniformes del Colegio. 36. Atender todas las medidas de Bioseguridad dictadas por el colegio de acuerdo con los lineamientos emanados por el gobierno Nacional dentro de las instalaciones educativas, transporte y actividades lideradas por la institución.


CAPÍTULO XIV. MEDIDAS CORRECTIVAS ARTÍCULO 3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:

ARTÍCULO 55. SANCIONES. La sanción se ejercita en desarrollo del proceso educativo, respecto de los estudiantes, pero solo en el grado que dichas medidas correctivas estén autorizadas y no vulneren sus derechos fundamentales. Se llama sanción toda medida legal que surge como reproche al incumplimiento de los deberes y violación a las prohibiciones.

EXPERIENCIA LABORAL

A LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO HISPANOAMERICANO, LES ESTÁ PROHIBIDO: Fumar cigarrillos convencionales, utilizar, portar, comercializar vapeadores o cigarrillos electrónicos, consumir bebidas alcohólicas, bebidas estimulantes, consumir drogas nocivas para la salud, sustancias psicotrópicas.

1.

2.

Portar antifaz, pasamontañas o cubrirse el rostro o parte de él, sin autorización de las directivas de la institución.

3. Autoagresión o causar daños a la salud o al cuerpo.

4.

Participar o incentivar el desarrollo de actividades, juegos o desafíos que pongan en riesgo la integridad física o su salud.

ARTÍCULO 56. Ante las faltas leves (Tipo I) a las normas de convivencia de la Institución, el colegio podrá asumir las siguientes acciones: 1. Amonestación verbal o escrita según la trascendencia de la falta. 2. Presentación escrita de cargos y descargos. 3. Realización de trabajos específicos en horario extraescolar. 4. Realización de tareas (carteleras, charlas a sus compañeros, etc.) que contribuyan a mejorar y a desarrollar las actividades de la institución o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al mobiliario de la institución o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. 5. Suspensión del derecho de asistir a la Institución a tomar sus respectivas clases por un plazo máximo de hasta de tres días lectivos, comunicando al padre o acudiente del estudiante mediante previa citación y acta de compromiso la correspondiente suspensión. Durante el tiempo que dure la suspensión, el estudiante deberá realizar los compromisos o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en su proceso formativo y académico. 6. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias de tipo deportivo, cultural, social, etc. que programe la Institución y tenga que disponer de la representación del estudiante por el término de tres (3) meses. 7. Cambio de grupo.


ARTÍCULO 57. Las faltas graves (Tipo II) a las normas de convivencia de la Institución serán sancionadas con:

ARTÍCULO 58. Las faltas MUY GRAVES (Tipo III) a las normas de convivencia de la Institución serán sancionadas con:

ARTÍCULO 59. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL CORRECTIVO. Cuando se tenga conocimiento de la ocurrencia de una falta violatoria al Manual de Convivencia se procederá a realizar una audiencia, con la presencia del Rector, el estudiante y sus padres o acudientes, el Director de Convivencia, la secretaría, y de ser necesario, el profesor o director de grupo. Esta audiencia se desarrollará de la siguiente manera:

1. Suspensión del derecho de ingresar a la Institución a tomar sus respectivas clases por un periodo superior a tres días lectivos e inferior a diez (10), comunicándose al padre o acudiente del estudiante mediante previa citación y acta de compromiso la correspondiente suspensión. Durante el tiempo que dure la suspensión, el estudiante deberá realizar sus compromisos o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en su proceso formativo y académico. 2. Cancelación del cupo escolar para el siguiente año lectivo. Esta decisión, podrá ser revocada dependiendo del comportamiento observado por el estudiante en el resto del año lectivo.

1. Cancelación de la matrícula, que puede ser a voluntad del padre de familia antes de que se profiera la decisión sancionatoria. 2. Desescolarización por lo que resta del año lectivo. 3. Exclusión de la ceremonia de grado cuando se trate de un estudiante del grado undécimo. 4. Expulsión de la Institución, lo que conlleva el retiro inmediato del estudiante de esta.

1. Comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario al estudiante a quien se le imputa la conducta posible de sanción. 2. Formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrito los cuales deben constar de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas conductas disciplinarias dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la Calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias. 3. Presentación al estudiante imputado y a sus padres o acudientes de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados. 4. Formulación de los descargos (de manera oral o escrita) por parte del acusado, quien podrá controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos. 5. Pronunciamiento definitivo de la autoridad institucional competente mediante acto motivado y congruente. 6. Imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron. 7. El Rector será la autoridad competente para imponer los correctivos contemplados en el presente Manual de Convivencia, de acuerdo con el ARTÍCULO 132 de la Ley 115 de 1994

1. PARÁGRAFO 1: El Personero Estudiantil podrá acompañar al encartado durante todo el proceso como garante y defensor de los derechos y en ejercicio de su función como tal. 2. PARÁGRAFO 2: El Rector de la Institución podrá tomar las determinaciones necesarias en caso del incumplimiento de las sanciones impuestas


ARTÍCULO 60. RECURSO DE REPOSICIÓN.

Los estudiantes o sus padres o acudientes podrán interponer el recurso de reposición ante el Rector de la Institución, dentro de los tres días siguientes a la notificación del Acto Administrativo sancionatorio.

ARTÍCULO 61 PRESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS LEVES (Tipo I).

Las faltas leves a las normas de convivencia prescribirán en el plazo de un mes a partir de la comisión de la falta. Las correcciones se harán dentro de este periodo y los correctivos impuestos y asociados a estas conductas prescribirán totalmente al finalizar el año escolar.

ARTÍCULO 62. PRESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS GRAVES (Tipo II).

Las faltas graves a las normas de convivencia prescribirán en el plazo de cuatro meses a partir de la comisión de la falta. Las correcciones se harán dentro de este periodo y los correctivos impuestos y asociados a estas conductas prescribirán totalmente a la finalización del año escolar.

ARTÍCULO 63.

Las faltas MUY GRAVES (Tipo III), al igual que las sanciones prescribirán al finalizar el año escolar.


CAPÍTULO X. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 23. CRITERIOS INSTITUCIONALES PARA ORIENTAR LA EVALUACIÓN Y LA PROMOCIÓN 1. Al finalizar el año escolar el estudiante debe demostrar dominio de los conocimientos y competencias, para ello la evaluación será continua, valorando el alcance de estándares, competencias y conceptos principales, diseñando e implementando a su vez estrategias que incluyan actividades de refuerzo para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus procesos. 2. El año se dividirá en tres períodos para efectos de planeación, desarrollo y evaluación. 3. Para efectos de planeación, desarrollo del proceso, evaluación y promoción se emplearán los conceptos esenciales de:

ESTÁNDAR: Según el Ministerio de Educación Nacional, un estándar es un criterio claro y público que permite juzgar si un estudiante, una institución o el sistema educativo en su conjunto cumplen con unas expectativas comunes de calidad; expresa una situación deseada en cuanto a lo que se espera que todos los estudiantes aprendan en cada una de las áreas a lo largo de su paso por la Educación Básica y Media (MEN, 2006).} COMPETENCIA: Conjunto de conocimientos, actitudes, disposiciones y habilidades (cognitivas, socio-afectivas y comunicativas), relacionadas entre sí para facilitar el desempeño flexible y con sentido de una actividad en contextos relativamente nuevos y retadores. Por lo tanto, la competencia implica conocer, ser y saber hacer (Marín, L.F., 2002). La competencia es un saber hacer en contexto. CONCEPTO PRINCIPAL: En términos generales son aquellos que permiten al estudiante la articulación de ideas, contenidos o temáticas propias de una disciplina y ampliar las concepciones de ver el mundo de una manera integradora. (Botero-Quiceno, HDJ. 2010). INDICADOR DE DESEMPEÑO: El indicador de desempeño permite identificar y valorar el estado en que se encuentra el estudiante con referencia a una competencia, concepto, conocimiento, valor, sentimiento, actitud, habilidad o destreza con lo que se convierte en un verdadero criterio de evaluación. (E. Servicios Educativos, 2021)

ARTÍCULO 24. ESCALA. La escala de Calificaciones que se aplicará para la evaluación académica corresponderá con: a) 10 DESEMPEÑO SUPERIOR b) 8 y 9 DESEMPEÑO ALTO c) 6 y 7 DESEMPEÑO BÁSICO d) 1 a 5 DESEMPEÑO BAJO Parágrafo: para los estudiantes de preescolar, sus calificaciones se realizarán de manera descriptiva, de acuerdo con los lineamientos del Ministerio Nacional de Educación para la primera infancia inicial y la educación inicial y están construidas por el seguimiento al desarrollo con registros oportunos en formatos creados por la institución, actividades de refuerzo, indicadores de calidad y bibliografía de soporte.

ARTÍCULO 25. PERIODOS ACADÉMICOS Y PORCENTAJES DE EVALUACIÓN. El año lectivo en el Colegio Hispanoamericano se divide en tres periodos académicos distribuidos equitativamente entre el número total de semanas. Al terminar cada período se realizará un examen de lo desarrollado durante lo transcurrido del curso para determinar el nivel de desempeño adquirido hasta ese momento. La formulación de las pruebas o exámenes debe estar en consonancia con los estándares, competencias, contenidos e indicadores de desempeño y el proceso realizado en clase. Se debe tener en cuenta que: 1. Cada calificación significa una escala o nivel de desempeño alcanzado y puede también interpretarse como un porcentaje de cumplimiento. 2. La valoración del período vendrá dada por el examen de este en un setenta por ciento (70%) y las otras pruebas realizadas durante el mismo darán el otro treinta por ciento (30%). Las asignaturas: Tecnología e Informática, Religión, Geografía e Historia de España, Educación física, Recreación y Deportes, Educación Artística y Biología de 11° no aplican los porcentajes de valoración, la nota definitiva se determina por promedio simple de los tres períodos. La nota definitiva de todas las áreas de los grados 1° y 2° se determina por promedio simple.


3 La Calificación definitiva o final se obtendrá mediante los siguientes porcentajes: a) El promedio de las definitivas del primer y segundo período tendrán un valor del treinta por ciento (30%) b) La calificación definitiva del tercer período tendrá un valor del setenta por ciento (70%) Se conformará de esta manera el 100% que constituirá la calificación definitiva. c)La nota definitiva vendrá dada por el promedio de los estándares establecidos para el período, siendo requisito que el estudiante apruebe el 50% de dichos estándares. 4. Cada período incluye los períodos anteriores, así:

Parágrafo. Las asignaturas o áreas de estudio que constituyen los Planes de Estudio de la Educación Básica 1° a 9° y la Educación Media 10° y 11°, en lo correspondiente a los criterios institucionales para orientar la evaluación y la promoción y a los porcentajes de evaluación, podrán ser ajustados según acontecimientos o situaciones de fuerza mayor y que impliquen la educación no presencial o modalidad de estudio en casa. Lo anterior dando cumplimiento con el artículo 4. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes, según el Decreto 1290 de 2009.

ARTÍCULO 26. EVALUACIÓN FORMATIVA

Durante cada período los profesores llevarán un seguimiento mediante el registro diario de la dimensión formativa de los estudiantes, de tal manera que al finalizar cada período se emitirá una calificación que no será numérica sino cualitativa. Esta calificación se hace sobre cada uno de los criterios definidos institucionalmente por el comité directivo. Dichos criterios guardan estrecha relación con los componentes del Modelo Formativo Institucional y pueden variar en número y redacción de un año a otro. Para cada criterio se asignará una calificación que emplea la siguiente escala valorativa: SUPERIOR ALTO BÁSICO BAJO


ESCALA VALORATIVA CUALITATIVA

ESCALA VALORATIVA CUANTITATIVA

Superior

10.0

Alto

8.0 ó 9.0

Básico

6.0 ó 7.0

Bajo

Entre 1.0 y 5.0

Al finalizar el año lectivo, se emitirá una calificación definitiva numérica que refleje el proceso de todo el año. Se revisarán las calificaciones cualitativas de cada uno de los tres períodos y la respuesta de cada estudiante a las estrategias formativas desarrolladas. Para ello se tendrá en cuenta la siguiente relación entre escala valorativa y escala numérica: La calificación numérica definitiva de la evaluación formativa será la nota definitiva de la asignatura de ética. Parágrafo: La nota definitiva numérica no se promedia para efectos de cuadro de honor ni de becas.

ARTÍCULO 27. PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

Para determinar la promoción o no promoción de un estudiante se procederá de la siguiente forma:

Durante cada período los profesores llevarán un seguimiento mediante el registro diario de la dimensión formativa de los estudiantes, de tal manera que al finalizar cada período se emitirá una calificación que no será numérica sino cualitativa. Esta calificación se hace sobre cada uno de los criterios definidos institucionalmente por el comité directivo. Dichos criterios guardan estrecha relación con los componentes del Modelo Formativo Institucional y pueden variar en número y redacción de un año a otro. Para cada criterio se asignará una calificación que emplea la siguiente escala valorativa:

1. El estudiante que presente un desempeño bajo en cuatro (4) o más asignaturas al término del año lectivo no será promovido al curso siguiente. 2. Los estudiantes con una (1), dos (2) o tres (3) asignaturas en desempeño bajo tendrán opción a una evaluación de recuperación, según plan propuesto por el docente respectivo, la cual se realizará no antes de quince (15) días de finalizado el curso. Realizadas estas pruebas los estudiantes que no logren recuperar dos (2) o tres (3) asignaturas no serán promovidos. 3. Si un estudiante no aprueba una (1) asignatura obtendrá la promoción y durante el curso siguiente trabajará para su recuperación. 4. Un estudiante que falte a más del 20% del total de las semanas del año lectivo sin razón justificada no será promocionado al grado siguiente.


Autor: Fernando Mejía Villamizar


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