Actas del Cabildo de San Juan Bautista de Puerto Rico 1803-1809

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ACT AS DEL CABILDO DE SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RIGO 1803-1809

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Transcripci6n, J:lc:dacci6n de notas marginales, Indices Y Revis16n del trabajo de imprenta por la Dra. AIDA R. CARO DE DELGADO Catedr.itica de Historia en Ia Universidad de Puerto Rico

PUBLICACION OFICIAL DEL I

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MUNICIPIO DE SAN JUAN Puerto Rico :r970

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Libro de Acuerdos que comienza en 29 de agosto de 1803.

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[1] [29 DE AGOSTO DE 1803.]

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En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dfas del mes de agosto de mil ochocientos y tres afios, para celebrar cabildo ordinario, segUn. es de uso y constumbre [sic], con.. currieron a esta sala consistoria [sic], en virtud de expresa y precedente citaci6n hecha por el caballero regidor deca.. no, de orden del senor capitan general, gobemador e intendente, los sen.ores don Jose Zevallos, alcalde ordinario de prim.era elecci6n; don Jose Power, regidor-alferez real; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de Cordova, regidor; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores; don Miguel Davila, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores, para tratar y conferir las cosas pertenecientes al pro y util de la republica; a que concurri6 el caballero procurador sfndico ge~eral, don Jose Maria Davila; no concurrio el seiior don ·tfose Davila, alcalde ordinario de segunda elecci6n, por haberse avisado estar enfermo.. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor capitan general, gobemador, intendente, acerca de la funci6n proyectada en demostraci6n de gusto con que se ha recibido la elecci6n de obispo de esta di6cesi [sic] en el ~o~tor don Juan Alexo de Arizmendi; y incluso el dictamen Ultimamente dado por el senor auditor de guerra. Y se acord6 : Que se reserve su contextaci6n para el cabildo inmediato, debiendo concurrir los seiiores vocales a el porque debe ser pleno. . Con ~o 9-ue se concluy6 este cabildo, que firmaron su [sic] senonas, [f· 1 ] / de que doy fee. = Zevallos [rubrica] =Power [nibrica] =Coronado [rubrica] =Cordova [n1brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Doctor Sanchez. [nibrica] = Power [rubrica] Davila [nlbrica] Ante mi == Gregorio Sandoval '[rubrica], esscribano real y de cabildo.

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Cabildo celebrado en 29 de agosto de 1803.

Oflclo del sefior caplt4n general acerca de la func I 6n proyectada sobre la eleccl6n del actual prelado.

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ACTAS DEL CABILDO

[2] [S DE SEPTIEMBRE DE 1803.] Cabildo ordinarlo celebrado en 5 de septiembre de 1803.

Se context6 al sedor caplt4n general el oficlo recibido en cabildo anterior sobre las funclones proyectadas.

En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco dias del mes de septiembre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar cabildo ordinario, segiln es de uso y constumbre [sic], precedida Ia correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial Ios seii.ores don Jose Tadeo Zevallos, alcalde ordinario de prim era elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores; don Miguel Davila y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica; concurri6 tambien el seiior don Jose Power, regidor-alferez real [C. iv.]/ y don Manuel Angel Power, regidor. En este cabildo se context6 al Ultimo oficio del- senor gobemador, intendente y capitan general , en que pide la respuesta categ6rica al anterior de veinte y seis de mayo ; y se verific6 con esta fecha en los terminos que acreditara la copia legalizada .que se pondra en el expediente y que se compulse testimonio de este para dar cuenta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. Zevallos [rubrica] Power [rubrica] = Coronado [rU.brica] ·= Cordova [rU.brica] = Licenciado Mexia [nibrica] Davila [rU.brica] Doctor Sanchez [rU.brica] = Power [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano real y de cabildo. ,.

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[3] [12 DE SEPTIEMBRE DE 1803.] i'

Cabildo ordinario celebrado en 12 de septiembre de 1803.

En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce dfas del mes de sep:. tiembre de mil ochocientos y tres afios, para celebrat cabildo ordinario, como lo tienen de uso y constumbfe [sic], precedida la corrrespondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Zevallos, alcalde ordinario de primera elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Antonio de C6r-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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dova, regidor decano, para tratar [f·2] / y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. . cuentn el caEn este cabildo dio cuenta el caballero regidor-alguacil Dio ballero alguacil mayor de haber recibido carta, en el correo que fonde6 el mayor de · lo que ha escrlto el dia de ayer en este puerto, en que el apoderado del ayun- · le agente de el ayuntamlento. tamiento, don Lucas Foronda, avisa de haber recibido todo el dinero remitido para los asuntos que se le habian encargado y que por consiguiente cincuenta y dos pesos de los remitidos pertenecen al senor Ilustrisimo electo, doctor don Juan Alexo Arizmendi, por haberlos anticipado con motivo de la muerte del senor alcalde ordinario don Felix La Cruz, encargado por el ayuntamiento para correr con estos asuntos. Y se acord6: Que se entreguen dichos cincuenta pesos a dicho seiior Obispo electo, a quien · pertenecen. Sobre la clase de Se trat6 sobre el informe que debe darse a [sic] la grmn~tica. clase de gramatica. Y se acord6 : Que se extienda conforme se ha propuesto, quedando copia de el, a continuaci6n de este acuerdo, para los fines que convengan. el alumbraSe dio cuenta del expediente formado sobre el alum- Sobre do de cdrceles. brado de las carceles y demas que comprende con el informe dado por los· caballeros regidores don Jose Davila y don Antonio de Cordova, a quienes se pidi6. Y se acordo: Se reserve para el cabildo inmediato por la falta de vocales que hay en este. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Zevallos [rubrica] = Coronado [nibrica] Cordova [nibrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. ['· 2v·]/

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[4] [19 DE SEPTIEMBRE DE 1803.] celebrado En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Cablldo en 19 de septlem.Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve clfas del mes bre de 1803. de septiembre d~ mil ochocientos y tres aiios, para efecto de celebrar cabtldo ordinario, como lo tiene de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los .seiiores don Jose Tadeo Zevallos, alcalde ordinario de pri- · mera elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidoralguacil mayor; don Antonio de Cordova, regidor decano ; y don Miguel Davila, regidor, para tratar y conferir ·los

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ACTAS DEL CABILDO

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Se dlo el lnforme sobre la clase de

gram4tlca.

Se mand6 pasar al caballero ilguacllma,yor para lnforme sobre el alumbrado de c4rzeL

asuntos tocantes al pro y util de la republica; concurri6 tambien el senor don Manuel Angel Power, regidor. En este cabildo se extendi6 el informe original acordado en el cabildo de doce del corriente sobre la pretensi6n del bachiller don Ram6n Vidal para preceptor de una clase de latinidad en esta ciudad. Y se acord6: Se pase, con todos los expedientes que anteriormente se hallaban en cabildo a informe. Se tuvo presente el expediente fonnado acerca de la Iuz que debe ponerse en el calabozo grande de la real carzel y la sala alta del presidio; y para mejor evacuar el informe pedido al ayuntamiento se acord6: Se pase al caballero alguacil mayor que en su raz6n exponga lo que se le ofrezca y parezca. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Enmendado, diez y nueve, vale. Zevallos [nibrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] = Davila [rtibrica] = Power [rtibrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo. ['· 3] /

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[5] [26 DE SEPTIEMBRE DE 1803.] Cablldo celebrado en 26 de septiem• bro de 1803.

Se reclbl6 la contteztazi6n del sefior capitmi general sobre la fun• ci6n proyectada.

En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dfas del mes \· de septiembre de mil ochocientos y tres aiios, para hacer cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], previa la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los se:iiores don Jose Zevallos alcalde ordinario de prim.era elecci6n; doctor don Jose Power, *Coronado*, regidor-alferez real; y doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor, para tratar y conferir Ios asuntos tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 Ia contextaci6n del senor · gobemador, capitan general e intendente, al oficio de cinco. del corriente. Y se acord6 : Que se acumule al expediente del asunto para que, estando presentes los caballeros regi· dores contribuyentes, hagan el detal del orden y circuns-

* ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el mi·


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tancias, con relaci6n y calculo de los costos de la. fiesta. avisandoles para su concurrencia al inmediato cabildo el presente esscribano. En este estado entr6 en Ia sala el caballero regidorPadre General de Menores, licenciado don Juan Antonio Mexia. las composiSe dio cuenta del expediente sobre las composiciones Sobre ciones y reparos a y reparos que necesitan actualmente en Ia real carzel las las puertas y rasde ta real puertas, rastrillos y cerrojos. Y en vista de lo decretado trillos c4rzel. por el seiior gobernador, capitan general e intendente con consul ta del seiior auditor de guerra se acord6: Que se pase al caballero alguacil mayor para que disponga se haga el reconocimiento por p.3v. ] / peritos carpinteros Y herreros y expongan estos si estas necitaran [sic] hacerse totalmente de nuevo o si s6lo de· recomponerlas, y su costo; y evacuado dara cuenta para lo que convenga. Se present6 Leonor Ximenez en grado de apelaci6n Presentazl6n de Leonor Xtmmez exponiendo tener apelado ante el senor juez de la causa en grado de apeel difinitivo pronunciado en Ios autos que sigue contra lazl~. Manuel de Ayala sobre cobra de unas reses. Y se acord6: Que presentandose los autos se proveera. de Se present6 don Juan Manuel Serantes pidiendo ates- Presentazl6n don Juan Manuel Serantes pldlendo tado acerca de su buena fama, opini6n y buena ~onducta tnforme sobre su que ha llevado en esta ciudad. Y se acord6: Se le proveyese conducta moral '¥ que hasta ahora no ha ocurrido cosa en contrario a la politica. fama, opini6n y buena conducta del suplicante y que se le devolva [sic] para Ios efectos que le conveng~. de Se pas6 a informe la solicitud de doiia Manuela San- Presentazl6n do 11. a Manuela doval pidiendo mil pesos del fondo de propios para reco- Sandoval sollcltando 1,000 pesos clel nocerlos a cenzo. Y se acord6: Informar que con arreglo al fondo de proplos a cenzo. Articulo cuarenta y siete de la Instrucci6n y Ordenanza de Intend~ntes de Nueva Espafia se imponen a cenzo y tributo Ios ~audales sobrantes del producto de propios despues de cub1ertas las cartas anuales de su particular instituto y Informe dado en el particular. por consiguiente podra ser admitida la suplicante. Del cau.~ existen!e de este ramo podra informar la Junta Mumc1pal, a qwen igualmente corresponde el co:i;iocimiento de las fincas y escrituras necesarias para la imposici6n y para recono-[f.4]/cer el cenzo. El caballero alguacil mayor hizo presente la cuenta de manda abonar gastos de luz que esta supliendo por acuerdo de nueve Se el gasto de luces de mayo, y alcanza, por los recibos que ha presentado, J>a.ra la real c4rveinte y dos pesos, siete reales y once maravedfes. Y se zel. acord6: Que se le paguen por el mayordomo de propios

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ACTAS DEL CABILDO

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con los cinco pesos que gast6 en el aseo de la araiia que esta en la sala consistorial y farol, y que se le [sic] por el presente esscribano certificaci6n que acredite este acuerdo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Entre renglones, y farol, vale. = Zevallos [rubrica] = Power [rubrica] ·- Coronado [nibrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], csscribano real y de cabildo.

[6] [3 DE OCTUBRE DE 1803.] Cablldo celebrado en 3 de octubre de 1803.

Se particip6 Ja gracia hecha por su majestad a don

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Bourman

de

c inc o caballerfao; de tierra.

Se recibi6 la contextazi6n. [Se prorroga t~r­ mino del gobernador don Ram6n de Castro.) (Su majestad desestima petici6n del cabildo sobre que asuntos de justicia queden bajo jurisdicci6n de Ja Real Audiencla de Caracas.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de octubre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], previa la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinaries don Jose Zevallos y don Jose Davila; don Antonio de C6rdova, regidor decano; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor - Padre Ge· neral de Menores; don Miguel [f· 4v·]/ Davila, regidor; y don Jose Maria Davila, sindico procurador general, para tratar y conferir los asuntos tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor capitan general, gobemador e intendente, con fecha veinte y cuatrb de septiembre ultimo, avisando a este ayuntamiento la gracia que el rey se ha servido dispensar a don Felix Bourman de cinco caballerias de tierra en los terminos baldfos. de esta isla. Y se acord6: Se tenga presente y contexte su recibo. Se recibi6 otro oficio de su sefioria, de la misma fecha, contextando al que le dirigi6 el ayuntamiento en 19 de septiembre ultimo, dandole Ia enhorabuena par la noticia comunicada de haber el rey prorrogadole en este gobiemo por otros cinco afios mas. Y se acord6 : Se una a su antecedente y arcibe [sic]. Se recibi6 otro oficio de su sefioria, su fecha, veinte y seis de septiembre ultimo, en que avisa al ayuntamiento la resoluci6n dada por su majestad sobre Ia pretensi6n de que los asuntos de justicia y causas de los tribunales ordinarios de esta isla quedasen sujetos a la Real Audiencia de


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Caracas y en que no ha convenido el rey. Y se acord6: Se ponga con sus antecedentes y se contexte su recibo, archivandose. . Se recibi6 otro de su senoria, su fecha, treinta de septiembre Ultimo, en que previene .que mediante la necesidad que se toca, y es urgentisima, de alojar la tropa que ha llegado y la que se espera en Ios cuarteles destinados a ella y a los presidiarios, que se acuerde lo conveniente para que inmediatamente quede desocupada Ia sala alta del presidia donde se hallan provisionalmente varios preses pertenecientes a la carzel. En este estado entraron en esta sala los senores doctor don Jose Joaquin [f· 5 ] / Coronado, regidor-alguacil mayor, y don Manuel Angel Power, regidor. Y conferenciado el asunto anterior se acord6: Que *en cuanto* se haga presente al senor gobernador que por su orden se van a hacer nuevos rastrillos y puerta principal del calabozo grande por estar todos falzos y no admitir recomposici6n provisional. Que como esto pide algU.n tiempo mientras se establece la competente seguridad se podra diferir para entonces la traslaci6n de los presos a menos que su senoria disponga otra cosa. El senor regidor decano expuso que el senor capitan general, gobernador e intendente, le manda expresamente viniese al cabildo de hoy y que en el representase, a viva voz, lo siguiente : / Primera : Que se desocupe la sala alta del presidia para la tropa y presidiarios con la mayor brevedad. Segundo : Que se pongan en execuci6n las rexas de las ventanas de la casa consistorial. Tercero : Que se disponga sala para las visitas de carcel. Cuarto : Que se examine el fondo que tiene la ciudad, en el estado en que se halle. Quinto : Que sea de cuenta del portero el aseo de la sala consistorial, tanto arriba coma abajo; y poniendo alguna excusa que se promueva. Habiendose conferenciado sobre estos particulares se acord6: Que en cuanto al primero, esta ya acordado. Que -en cuanto al segundo, se tratara de su cumplimiento. En cuanto al tercero, que se haga presente al senor gobema* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

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(Gobernador · 1>rovee para el aloJamicnto de tropas en la sala alta del presidio.]

Testado, en cuanto. no vale. Enmendado, van a .hacer, vale. (rubrlca]. Unf6nnase al gobernador sobre re. paraciones a efectuarse en la c4r· eel.)

(Providencias del gobernador sobre la sala alta del presidia, rejas de la casa consistorlal, sala para visita de c4rcel, fon· dos de proplos, Y aseo de la sala consistorial.J

[Cabildo cwnpli· menta las aludidas providencias.J


ACTAS DEL CABILDO

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En tre renglones, pedirlo, vale. Testado, no vale. [rUbrlca].

[Regldores

infor-

man sobre las pro-

yectadas funcfones para celebrar la exaltaci6n de Su Jlustrfsima, d o D Juan Alejo d e 1a Arizmendi a di6cesis puertorriquefta.]

[Se da a conocer el estado de la fuente de San Antonio y proviese para el reconoclmiento e info~e sobre el partiCU· lar.]

dor que hay expediente en el asunto con providencias dadas por su senoria; y (f· sv. ]/ que existiendo este o en la secretarfa o en poder del escribano de gobiemo se sirva pedirlo, *mandar que se pase a Ia sala* y que la puede servir para visitas es una de las colaterales. En cuanto al cuarto, que el presente escribano intime al mayordomo de propios que presente inmediatamente y para el primer cabildo noticia de la existencia actual de Ios propios. Y en lo que toca a la obligaci6n del portero, habiendosele hecho comparecer, qued6 convenido del aseo a su costa tanto de las piezas altas como de las bajas. Se hizo presente a los caballeros regidores doctor don Jose Joaquin Coronado, don Antonio de C6rdova y don Miguel Davila, lo acordado en el cabildo de veinte y seis de septiembre ultimo acerca del oficio pasado por el senor capitan general, gobemador e intendente, sobre las funciones proyectadas por la exaltaci6n del senor doctor don Juan Alexo Arizmendi a la mitra de este obispado; e impuestos del citado oficio de veinte de septiembre pr6ximo pasado, en su inteligencia expusieron: Que todo el detal, orden y circunstancias del obsequio del Ilustrisimo Se:iior Obispo electo se reduce a lo mismo que propuso el muy ilustre ayuntamiento en su acuerdo de diez y seis de mayo Ultimo; y que la relaci6n y calculo de los costos es tambien la misma que resulta del expediente, de que no pasara de cien pesos, con el bien entendido de que no debe celebrarse ahora porque no viene al caso, habiendo pasado el momenta en que debi6 executarse pero que lo reservan para el regreso de su consagraci6n. Y estando presentes el senor alcalde ordinario don Jose Davila y el caballero procurador general, don Jose Maria Davila, dixeron que entraban en [f· 6] / el nu.mero de los contribuyentes. Se recibi6 el parte dado al senor capitan general por el se:fior teniente de rey de esta plaza, don J oaqufn Cabrera, en que se reclama el perjuicio y gravamen que puede sentir la salud publica por hallarse la fuente de San Ant<>nio cargada de inmundicias y no tener cerca por la espalda ,que impida la introducci6n de lavanderas y animales. Y se acord6: Cometerlo al caballero regidor don Juan Antonio Mexia y que pase con el presente esscribano todas las veces

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* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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que lo tenga por conveniente y reconociendo el estado Y los remedios que se necesiten informe para dar todas las providencias necesarias y con la anticipaci6n que se requiere. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron s~s seii.orias, de que doy fee. = Zevallos [rubrica] = Davila [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Power [rubrica] == Davila [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[7] [ 10 DE OCTUBRE DE 1803.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, [f· 6v·]/ a los cliez clias del mes de octubre de mil ochocientos y tres afi.os, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n, don Jose Zevallos y don Jose Davila; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidoralguacil mayor; don Antonio de C6rdova, regidor decano; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores; don Miguel Davila, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. , En este cabildo se clio cuenta de los autos seguidos .entre Manuel de Ayala y Leonor Ximenez, sobre cobro de unas reses, queen cabildo Ultimo no pudieron despacharse por otras graves, urgentes ocupaciones que ocurrieron; los cuales vienen en grado de apelaci6n. Y se acord6 : Se ha P?r presentada en el grado que se expresa dicha apelac~6n; Y que para esta segunda instancia se nombran por diputados :i los. caballeros regidores don Jose Joaquin Coronado Y licenciado don Juan Antonio Mexia; y que se les lleve el proceso. . Se clio cuenta del expediente formado acerca de la exoneraci6n de pesa que se ha repartido a la villa de San German para el abasto de esta plaza; el cual se manda pasar a este ayuntamiento por el tribunal de gobiemo e intendencia para que informe con la posible mayor brevedad lo que le ocurra acerca de la Ultima solicitud del sindico procurador general de la dicha villa y Ultimas docu-

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Cabildo celebrado en 10 de octubre de 1803.

Se hubo Pol' presentada en ara.do de apeJazidn Leo-

nor XimEnez.

(Designaci6n de dJputados para entender en apelac i 6n lnterpuesta por Leonor Jim6-.

nez.J

Sobre el ezpedJente formado en que ;, sollcita el procurador de la \lilla de San Germ4n la emneracldn de pe-

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ACTAS DEL CABILDO

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(Sobre cobro de alcabala en la carne de cerdo.J

Se dio cuenta del reconocimlento hecho de la fuente de San Antonio.

f Provcese para la Jlmpieza de la fuente de San Antonio.)

(Provcese para el c:ilculo del COSCO de reparaci6n de la aludida fucnte.J

Don Pedro de Santiago y Jose de Le6n solicitan redimirse de la contribuci6n de la pc· sa.

Present6 el caba· Hero regidor licenciado don Juan Antonio McxCa la real ccdula de confirmazi6n d e s u oficio.

Hizo presente ~I caballero alguacil mayor el reco.nocimicnto practJca· do de las puertas rastrillos de la 0 clircel. f Provcese para la reparaci6n de las puertas o rastrlllos de la real cdrcel.J

mentos presentados. Y se acord6 : Que para dar el informe pedido se traigan los autos a la vista. Se dio cuenta del expediente sobre la exacci6n de alcabala, que [f· 7 ] / por real hacienda, que hace de Ia came de cerdo que entra en esta capital para el abasto de esta plaza. Y se acord6 : Se evacue el informe que se pide a la mayor brevedad. Se dio cuenta <lei rcconocimiento hecho de la fuente de San Antonio consecuente a la diputaci6n que se acord6 en el caballero regidor don Juan Antonio Mexia y esscribano de ayuntamiento. Y en vista de lo que informa se acord6: Que se execute todo en conformidad de lo que expresa y contiene el citado informe: Que se ocurra a la primera necesidad de Ia limpieza de la fuente para evitar el dafio publico. Y en lo demas continue en su comisi6n el caballero regidor don Juan Antonio Mexia con el escribano don Gregorio Sandoval para que se providencie cuanto sea conducente; concurriendo con los remedies que se proponen y haciendo reconocer por peritos el costo a que podra as· cender la total reparaci6n y tengase siempre presente devolviendosele el expediente. Se dio cuenta de la solicitud de don Pedro de Santiago y Jose de Le6n, vecinos del partido de Juana Diaz, sobre ceder varias posesiones de terrenos de sus pertenencias por redimirse de Ia contribuci6n de pesa, el cual se ha pasado a informe. Y se acord6: Que se tenga presente para evacuarlo con la posible anticipaci6n. Se present6 el caballero regidor don Juan Antonio Mexia con pedimento acompaiiando la real cedula que su majestad se ha servido despacharle [f· 7v. ] / de confirmaci6n de el oficio que remat6 de regidor-Padre General de Menores. Y se acord6 : Se ha por presentado, que se tome raz6n de el en el libro que corresponde y se devuelva al interesado para los fines que le convengan. Se hizo presente por el caballero alguacil ·mayor el reconocimiento practicado sobre las recomposiciones de las puertas o rastrillos de Ia real carzel. y se acord6 : Se acumulen rubricados al expediente del asunto; y vista *el* lo expuesto por las peritos que se execute, supliendose con anticipaci6n veinte y cinco pesos para compra de maderas, que se entregaran a Santiago Amesquita mediante orden

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que se libre al mayordomo de propios por el presente esscribano. Se context6 al seiior capitan general sobre la traslaci6n de presos de la sala alta del presidia a la carzel y sabre la sala ,que podra destinarse para las visitas de ccirzel, en oficios de esta fecha que se pondran testimonio a continuaci6n del citado oficio. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seii.orias, de que doy fee. Zevallos {rubrica] Davila [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y d~ cabildo. [f· 8 ] /

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Se context6 al senor capitlin general sobre la tran· lacion de presos de la sala alta del presidio.

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[8] [ 17 DE OCTUBRE DE 1803.] En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto [sic], a las diez y siete dias del mes de octubre de mil ochocientos y tres a:iios, para celebrar cabildo ordinario, coma lo tienen de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial las se:ii.ores don Jose Zevallos y don Jose Davila, alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n; don Jose Power, regidor-alferez real; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se context6 al senor gobernador, intendente y capitan general, su oficio de veinte de septiembre Ul.timo, trasladandole al pie de la Ietra el acuerdo que hubo sobre su contenido en cabildo de tres de octubre corriente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus se:ii.orias, de que day fee. = Zevallos [rubrica] = Davila [rubrica] =Power [rubrica] =Coronado [rubrica] =Licenciado Mexia [rU.brica] =Ante mi= Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico.

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Cabildo celebrado en 17 de octubre de 1803.

Se contexto al se-

nor capitlin gene· ral su ofi.cio de 20 de septiembre 111timo.


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ACTAS DEL CABILDO

[9] [24 DE OCTUBRE DE 1803.] Cabltdo celebrado en 24 de octubrc de 1803.

Sobre la llbertad del real derecbo de alcabala.

Sobre que se desocupe la sala alta

del presidJo y se trasiaden los prellOS existentes en ella a la real cu-

ed.

[Cabll do cumpllmenta orden del &Obemador sobre traslado de la capllla exlstente en la sala alta del presidio.

En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios (f. sv. ]/ veinte y cuatro dias del mes de octubre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar cabildo ordinario, como lo tienen de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios de prim era y segunda elecci6n, don Jose Zevallos y don Jose Davila; don Antonio de Cordova, regidor decano, y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores y defensor de huerfanas, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de Ia republica. En este cabildo se evacu6 el informe pedido por el seiior capitan general, gobemador, intendente, acerca de la libertad del real derecho de alcabala de la came de cerdo que se introduce en esta capital. Y acord6 su senoria, muy ilustre, se ponga testimania de el a continuaci6n de esta acta para los efectos que convengan. Se recibi6 oficio del senor capitan general, gobernador, intendente, su fecha, diez y ocho del co.niente, para que el ayuntamiento disponga que el capellan de la real ccirzel haga la traslaci6n que le toca de la capilla, sus omamentos y vasos sagrados que existe en la cuadra alta del presidia, a fin de .que esta quede libre y expedita para colocar Ia tropa que debe aloxarse en ella. Y se acord6: Que respecto a que par ahora la capilla de que se trata existe sin exercicio en la sala alta del presidio por haberse trasladado los presos a la real carzel y queen esta no hay sitia proporcionado para destinarlo al uso del santo sacrificio de la misa: y que el expediente creado acerca de la utilidad y necesidad que hay de dar extensi6n a dicha carzel se halla pendiente, se pase oficio al padre capellan para que inmediatamente trate de trasladar los omamentos y vasos sagradas a esta sala consistarial y cuarto donde se halla el archivo, que.es una pieza decente, donde [f· 11] / permaneceran por ah<:>ra e interin que se tomen otras providencias para que se continue celebrando misa para que las presos no carezcan de este beneficia; y que se contexte al senor capitan gene· ra1 en el cabildo inmediato el quedar ya verificada la translaci6n que encarga por el citado su oficio.

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SAN JUAN BAUTISTA DB PUERTO RICO

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Se recibi6 otro oficio por el cual apnieba, con la misma apertura de fecha que el anterior, el seiior capitan general la apertura Sobre la puerta wala saladar entrada a de la puerta que en papel de cliez de los corrientes se 1~ de audlencla y vi· propuso como necesaria para dar entrada a la sala desti- sitas de drcel. nada para el despacho de los asuntos judiciales y visitas de carzel. Y se acord6 : Que a la mayor brevedad se ponga expedita con el aseo y decencia correspondiente, Y que para el efecto se diputa al caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia, quien tomara todos los auxilios neces~os a fin de que surta su efecto este acuerdo con la pos1ble anticipaci6n y el mejor exito. Igualmente se recibi6 cerrado el parte que el alcaide de la traSJaci6D la real carzel dio al senor capitan general, con fecha 10 del Sabre de los presos a la Y angustia• corriente, acerca de la traslaci6n de los presos que estaban c4rzel dos que se ballaD en la sala al ta del presidia a esta real carzel y lo angustiados en ella. que se hallan todos con motivo de la estrechez que ofrece la carzel ; el cual pas6 su seiioria a informe del ayuntamiento con fecha de quince del mismo. Y se acordo: Informar a su seiioria que con motivo de haberse facilitado el cuarto de Buenos Ayres, donde se hallaba alojado el alcaide, y haberse este trasladado al que esta destinado para los asuntos judicia- ['· 9v·]/ les y visitas semanales, se hallan por ahora los presos con mas desahogo que el que disfrutaban antes, que es cuanto ha podido consultarse a beneficio de la humanidad. Que en esta virtud no queda al ayuntamiento .otro arbitrio que el de interesar a su seiioria, propenso s1empre al mayor bien de estos miserables, para que se de curso al expecliente creado con inotivo de la necesidad Y utilidad de dar extensi6n a la real carcel y construir en ella las piezas necesarias que son indispensables para todo el alivio que exige la salud de los individuos, la ventilaci6n y la seguridad, y que queda confiado en que se delibere lo mas conforme. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Zevallos [rubrica] = Davila [rU.brica] Cordova [rubrica] == Licenci.ado Mexia [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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14

ACTAS DEL CABILDO

[ANEXO UNICO.] Jnforme sobre la llbertad de alcabala de las carnes de cerdo. Corregido. (rubrlca).

Seiior Intendente. Gobernador y Capitan General. El ganado menor de cerdos despues del beneficio de la ceba produce dos abastos a favor del publico. El primero, el de la came que se ha procurado proteger no solo por Ia afici6n del pueblo y su general sano con- ['· 10 ] / sumo sino por quc suple considerablemente por la vaca cuanto csta siguc en disminuci6n. Y el segundo, el de la manteca, quc es de primera necesidad y la unica que sc usa en la isla, quc para evitar su falta se conservan con csmero sus criaderos. Antes se expedia en la carniceria como came de abasto y ailn subsiste alli su peso separado que fuc prcciso ccdcrsc a Ia tropa para el reparto de Ia vaca, y este es su actual estado. Los cerdos orejanos, quc asi sc Haman Ios n1ontaraccs

que vienen a la capital, no se matan conforme salen de sus criaderos porque serfa mui poca la utilidad y ninguna su consumo. Se compran para cebarse, por hombres ocupados en este ramo de industria, para el producto de la manteca, a que nunca llega la mano del regat6n sino es despues que la came frita se expone en algun ventorrillo o pulperia. Las cames que se introducen por raz6n de pesa u obligaci6n no son las que causan la libertad de la alcabala porque las saladas y sebo de Buenos Ayres ni se pesan ni la pagan y lo mismo la came fresca del rastro. El interez de que ·prosperen los ganados vacunos y cerdunos y que de ellos se consiga la abundancia fue la que inspir6 la representaci6n del ayuntamiento a su majestad para la gra- p.t0v. ]/ cia tan importante de que corran libres de alcabala general e indistintamente todas las carnes de abasto de esta capital. comprendidas las saladas extrafias porque ayudan y auxilian a las de abasto y hasta el cebo por su particular beneficio ; y asi indistinta y generalmente se sirvi6 concederlo y asi tambien corresponde que vuestra sefioria lo declare. Sala Capitular de Puerto Rico, veinte y cuatro de octubre de mil ochocientos tres. ·= Jose Zevallos = Jose Davila = Antonio de Cordova ·= Lizenciado Juan Antonio Mexia. = Es conforme con el original de su contenido, yen virtud de lo mandado extend! la presente, que signo y firm.o en el dia de su fecha. [En el original aparece el signo del esscribano.] Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[10] [31 DE OCTUBRE DE 1803.] celebrado En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau- Cablldo en treinta y uno octubre de tista de Puerto Rico, a los treinta y un clias del mes de de 1803. octubre de mil ochocientos tres aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefi.ores alcaldes ordinarios de prim era y segunda elecci6n, don Jose Zevallos y don Jose Davila; don Antonio de Cordova, regidor decano; y don Miguel Davila, regidor, para tratar y conferir las [f· 11 ] / cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 oficio del padre capellan de cafellan la carzel en que participa quedar evacuada la traslaci6n Elde padre la carze dio cuent11 de de vasos sagrados y demas utensilios destinados al servi- ttasl11dado h11berse la cacio de la capilla, en que se dice misa a los presos de Ia real pllla. carzel, a esta sala consistorial y cuarto destinado al efecto. Y en consecuencia se acord6: Contextar al senor capitan general, gobernador e intendente, quedar enteramente desocupada la sala alta del presidia, acompafiandole la Have de ella para que disponga lo que fuere de su agrado. Para que el essEn este cabildo se acord6 que en el expediente pasado cribano de cablldo a informe sobre lo representado en orden a pesa el procu- certifique sobre sl vllla de San rador de la villa de San German se provea que el presente la Germ4n ha entrado en la suerte de esscribano certifique si el vecindario de Ia villa de San Ger- contribuyente de man esta comprendido en el reparto general de reses de la pesa. ganado vacuno articulado en doce de octubre de mil ochocientos uno, para Io cual lo tendra presente. Que con presencia igualmente de los repartos antiguos certificara si 'i~taba en ellos comprendidos el vecindario de la villa y s1 s6lo sufri6 la pesa en el afi.o de mil setecientos noventa y nueve por las circunstancias de la guerra. doctor don NiSe present6 el presbitero doctor don Nicolas Ruiz Y El colas Rufz y Pena present6 su tftulo P~iia, cu~ teniente de esta Santa Iglesia Catedral, exhi- de consultor del •. Tribunal Inquib1endo el tltulo que se le ha despachado por el superior tri- sici6n de deCartagebunal de la Santa Inquisici6n de Cartagena de consultor na. de el para que se le guarden las honrras, prerrogativas y exenciones que le estan declaradas por derecho. Y se acord6: Que se tome raz6n [f· uv·]/ de el en el libro que corresponde para los fines que convengan, y se le devuelva al interesado. la necesldad Se tuvo presente la necesidad que ·se toca sobre destinar Sohre que se toca de una pieza que sirva pauna pieza decente para capilla y celebrar el santo sacrificio

i


16 ra celebrar mfsa a los preseros [sic).

ACTA$ DEL CABILDO

de la misa a los presos existentes en esta real carzel, pues considerandose como un asunto de la primera atenci6n no debe perderse de vista veneer todos los obstaculos que puedan ocunir a que tenga pronto y eficaz efecto esta providencia. Y conferenciado el asunto con el mas vivo deseo de que quedase establecida la misa de que carecen los presos comoquiera que pareci6 mas conforme de que se trate convocando al cabildo inmedia to a todos los sciiores vocales, se acord6 diferirle para este dia y que se cite formalmente para la concurrencia a dicho cabildo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorfas, de que cloy fee. = Zevallos [rubrica] = Davila [nl.brica] Cordova [rubrica] Davila [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[11] (7 DE NOVIEMBRE DE 1803.] Cablldo celebrado en 7 de noviembre de 1803.

Sobre la conducci6n de agua de las azoteas al aljibe de la cMze1 y

de comprarle casa del difUDto sefior chantre don Josl! Mayzonet para dar ensanche a la real c4rzel.

En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete di'.as del mes de noviembre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar (f· 12] / cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores al· caldes ordinarios de primera y segunda elecci6n, don Jose Zevallos y don Jose Davila; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores y don Miguel Davila, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes, al pro y util d~ la republ~c~. :<fl' En este cabildo se r~c1b16 un decreto del seiior capitari general, gob,e~ador e mtendente, su fecha, treinta y uno de octubre Ultimo, en que manda su seiioria que respecto a que la obra que se trata de hacer para la conducci6n de aguas al aljibe de donde se proveen los presos para su consumo diario es por beneficio de la real carzel se debera costear por cuenta del fondo de propios y que asf lo disponga el muy ilustre ayuntamiento. Conferenciado el particular y deseando este cooperar a todo cuanto sea util y conveniente al beneficio de los infelices presos y buenos efectos del expresado decreto; teniendo presente que con motivo de la necesidad que se toca de tratar con toda la posible anticipaci6n de la compra de la casa inmediata a

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

la real carzel perteneciente a la testa_ment:111a del difunto senor prebendado chantre don Jose Maisonet como de tanta utilidad para dar ensanche a los presos, que por el mucho nllinero de ellos se hallan reducidos a una estrechez la mas lastimosa, y de tanta necesidad par lo susceptible que es para proporcionar todas las piezas de que car~c~ la real carzel para capilla, sala de despa-[f· 12v·]/cho ! vis1tas, prisi6n para mujeres y sala para enfermos, temen~o, como tiene, dos aljibes utiles y toda ella mui proporc10nada para reunirla con esta carzel y que todo costo que por ahora se haga, asi en la conduccci6n de aguas del aljibe y composici6n de la sala para visitas, cuio calculo, exibido por el caballero diputado, asciende a trescientos veinte y tres pesos y tres reales, acaso podran quedar inutiles siempre que se verifique la compra de dicha casa; y cuios costos podran invertirse con mas utilidad en las prontos reparos que necesite esta para que <:J,Uede util Y servible con la posible brevedad, se acord6 : Que desde luego se trate de verificar con la mayor diligencia la compra de dicha casa en las terminos que sean mas c6modos al fondo de propios, donde deba sufragarse este gasto, y que por ahora y con reserva de reembolso oportunamente se execute con Ios caudales pertenecientes al fondo de propios, t1nico arbitrio de que produzca efecto pronto y eficaz este acuerdo, como que se interesa el bien de los infelices presos, el mejor ornato de esta ciudad y la mejor administraci6n de justicia. Y que respecto a que para proceder a dicha compra se hace precisa la aprobaci6n del senor capitan general, gobernador, intendente, de este ~uerdo, si lo estimare util y conveniente, se le pase en ~timonio con el correspondiente oficio, previas las urba'bidades debidas; esperando, como espera, el ayuntamiento 13 P· ~/ que su sefioria propendera a esta deliberaci6n como t~ mteresado en los beneficios publicos y que tendra a b1en se suspenda por ahora las obras prevenidas, consultando el ahorro de gastos interin que resuelva lo que tenga por conveniente, que siempre sera lo mas acertado. En este cabildo dio cuenta el esscribano de haber puesto la certificazi6n prevenida en anterior acuerdo sabre el expediente de pesa del vecindario de San German. Y se acord6: Pase a vista del sindico procurador general para con lo que exponga evacuar el informe. _Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron s!ls senonas, de que doy fee. Zevallos [rU.brica] Davila

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2.

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Se manda pasar al caballero rrocurador genera el expediente de exoneracl6n de pesas a la villa de an

Germm.


ACTAS DEL CABILDO

18

[rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[12] [14 DE NOVIEMBRE DE 1803.] Cablldo celebrado en 14 de noviembre de 1803.

Sohre las funciones proyectadas en celebracl6n de la elecci6n p a r a el obispado de esta di6cesis al doctor don J u a n Alexo Arizmendi.

Informe dado acer-

ca de la solicitud

de Francisco de Castro para que se le exonere de la

pesa.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce dias del mes de novicmbre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurricron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Zevallos y don Jose Davila, alcaldes ordinarios; [f. uv. ]/ licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Mcnores; y don Manuel Angel Pover, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 oficio del senor capitan general, gobemador e intendente, con fecha de nueve de Ios corrientes, contextando al que se pas6 a su sefioria en diez y siete de octubre ultimo. Y se acord6: Se ponga con el expediente del asunto y se participe su contenido a los caballeros capitulares comprendidos en el para su inteligencia y fines convenientes; y se concluya el testimonio pendiente y se traiga para el cabildo inmediato venidero. En el mismo se dio cuenta de la solicitud hecha por Francisco de Castro, vecino del partido de Rio Piedras, para que se le exonere de la contribuci6n de veinte y ocho arrobas y cinco libras de came que contribuye para el abasto publico por dos caballerias de tierras que posee en· el partido de Rio Piedras, ingresando a su beneficio el producto de ellas con motivo de no tener en Ia actualidad res alguna con que poder concurrir con la contribuci6n y reparto, cuya solicitud se pas6 por el senor capitan general, gobemador e intendente, a informe del ayuntamiento. Y se acord6 : Que se informe que si el abasto publico se hallara abundantemente provisto de came de vaca desde luego propenderia el ayuntamiento a dar sufragio favorable a la solicitud de Francisco de Castro. Este, segtin [f· 14] / informa el teniente a guerra de Rio Piedras, posee dos caballerias de tierras en las que podrfa criar mucho ganado, contribuir con la pesa que se le ha asignado y reportar mucha utilidad dedicandose a este ramo de industria. Si el ayuntamiento conviniera, desde luego, en la


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

espera que aquel solicita seria abrir un campo dilatado a infinitas pretensiones que ocurririan de esta naturaleza, y por consiguiente padeceria el orden dispuesto para 8:bastecer el publico y guarnici6n de esta plaza de esta cabd~d de alimento de primera necesidad y acaso no se lograna el cumplimiento en lo sucesivo de la contribucion de pesa a pesar de que a Castro se le hiciera la espera de dos aiios. En este concepto parece conveniente que por ahora no se acceda a esta gracia, sin embargo de todo su seiioria, con su aconstumbrada [sic] prudencia, dispondra lo que estime conveniente, que siempre sera lo mejor. Se presentaron Luis Guillen y Jose Albarraero solicitando la plaza de alguacil menor que resulta vacante por la fuga executada por Roque, *que lo servia. Y se acord6: Informe el caballero alguacil mayor sobre la conducta de ambos pretendientes para en su vista proveer. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Zevallos [rubrica] ·- Davila [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Power [rubri~ ca] = Ante mi= Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo.

19

Luis Guillen y Jose Albarraero solicitan plaza de alguacil.

[13] [21 DE NOVIEMBRE DE 1803.] 14

En [f· v·]/ la ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y un dias del mes de noviembre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar cabildo ordinario, como lo tienen de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Zevallos alcalde ordinario de primera elecci6n; doctor don Jose oa-quin Cor?nado, ~gidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Anto~o Me~1~, regidor-Padre General de Menores; y don Miguel Davila, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro. y U.til de la republica. En este cab1ldo se abri6 un pliego remitido al ayuntamiento por el seiior capitan general, gobernador, intendente, y result6 ser una instancia hecha por don Luis de Huertas solicitando la compra de tres varas y media de terreno que ha ocupado con Ia fabrica de una nueva casa

Cabildo celebrado en 21 de noviembre de 1803.

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* En el original aparece un espacio en blanco.

Don Luis Huertas solicita la compra de tres varas y media de terreno.


20

Sohre que se for·

malJze el degredo

para los vlrolentos que hay en esta capital.

Don J o s 6 Power present6 el real ti· tulo de confirma· zl6n de su oficlo de regldor-alUrez

reaL

Sobre que se ten· ga presente el despacho d e 1 expediente formado sobre la utilldad y necesidad de dar extensidn a la real c4rcel.

ACTAS DEL CABILDO

que esta construyendo en la plazuela de las Madres Monjas. Y se acord6 : Que con respecto a enunciarse por la misma parte haber autos en el asunto y en ellos debe haberse hecho alguna declaratoria se traigan estos a la vista para poder informar lo que convenga, pidiendose al efecto. El seiior alcalde ordinario don Jose Zevallos hizo presente en este cabildo el oficio que el seiior capitan general le pas6, con fecha diez y ocho de los corrientes, en cuanto a lo que comprende acerca de que quede formalizado el degredo, como el rey tiene mandado, para Ia separaci6n de las personas contagiadas de la peste de viruelas que ya se experim.entan en esta ciudad, a fin de que se acuerde lo conveniente y con la brevedad que [f. 15 ] / exige una materia tan interesante para poder contextar a dicho senor capitan general en cumplimiento de lo que le encarga por el citado oficio. Y se acord6: Que se recoja la real orden que prevenga el degredo para con presencia de ella acordar lo conveniente a la mayor brevedad, y que se traiga para el cabildo inmediato. Se present6 don Jose Power, capitan segundo del Regimiento Fixo de esta plaza, exhibiendo el real titulo de confirmaci6n de los oficios que obtiene de regidor-alferez real de este ayuntamiento. Y se acord6 : Que se guarde, cumpla y execute, se tome raz6n de el citado real titulo en el libro que corresponde y se devuelva al interesado para las fines que le convengan. \· El presente esscribano dio cuenta del expediente sabre necesidad y utilidad de dar extensi6n a la ca.reel publica de esta capital, que se le entreg6 al efecto. Y vista el de-creto del seii.or gobemador, capitan general e intendente de quince de los corrientes, se acord6 : Que se tenga pr;_ sente para queen el cabildo inmediato se trate este asunto con la preferencia que exige. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus se:iiorias, de que doy fee. Zevallos [rubrica] Coronado [robrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Ante mi= Gregorio Sandoval [rU.brica] esscribano real y de cabildo. [f· 15v. ] / '

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RJ:CO

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[14] [27 DE NOVIEMBRE DE 1803.] celebrado En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau- Cabildo en 27 de noviembre tista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de de 1803. noviembre de mil ochocientos tres a:ii.os, para efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Tadeo Zevallos y don Jose Davila, alcaldes ordinarios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores y defensor de huerfanos; doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y U.til de la republica. dar extenEn este cabildo se tuvo presente el exped.iente sobre Sobre si6n a la c4rcel y dar extensi6n a la carzel y compra de la casa inmed.iata ··eomprar al efecto casa inmediata del senor chantre don Jose Mayzonet con lo provefdo por la del difunto seiio• chantre don JC>d · el sefior capitan general, gobemador e intendente, en el Mayzonet. particular. Y se acord6 : Que para tomar to dos los conocimientos precisos y tratar de la compra de la citada casa se cliputa al caballero regidor-Padre General de Menores, don Juan Antonio Mexia, con todas las facultades necesarias y poder tan bastante y Ueno como por derecho se requiera, quien dara cuenta del resultado para la inteligencia del ayuntamiento, dandosele testimonio de esta acta para que lexitime su persona. Se record6 el -asunto pendiente sobre el degredo assi Df el testlmonlo prevenldo en el para los contagiados de viruelas o de otras enfermedades dla de esta fecha. que puedan experimentarse y necesiten de separaci6n para conservar la salud publica. Y conferenciado lo que pareci6 conveniente a un fin tan importante se acord6: Que para el cabildo inmecliato se traigan los expeclientes relativos a este particu-{f· 16]/lar a fin de deliberar lo mas conforme. la cuenta El caballero regidor-alguacil mayor, en virtud de la Sobre que dlo el, caba• Uero alguacll madiputaci6n que esta a su cargo, dio cuenta y exhibi6 las yor, como diputado al efecto, de dos reales cedulas que le ha remitido el apoderado del la correspondencia ayuntamiento, don Lucas de la Foronda, en que su majes- reclbida del apoderado de Madrid tad se sirve conceder a esta ciudad que en el escudo de y real orden que remJti6. sus armas con el mote Por su Constancia, Amor y Fidelidad le[Graclas o mercedes otorl8.das a la es Muy Noble y Muy Leal esta ciudad. Que sean libres de ciudad de San Juan por el J'ech!lZO del alcabalas las carnes, demas frutos y generos del abasto asedlo britliliico de de la capital, en los mismos terminos que esta por el de 1797.J

·,.


ACTAS DEL CABILDO

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reglamento de este derecho para la isla de Cuba, quc concedi6 su majestad posteriormente a las carnes saladas y sebo de Buenos Aires, y declarar, como declara, por fieles y leales vasallos a los habitantes de la expresada isla. Y por la otra, que los regidores, alcaldes y sindico del cabildo puedan usar del mismo uniformc quc los de la ciudad de Cuba. Y se acordo: Se guardcn, cumplan y executen dichas realcs cedulas y quc sc comuniqucn al senor capitan general con cl correspondicntc oficio, prcvias las urbanidades de estilo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que cloy fee. = Zevallos [n.ibrica] = Davila [rubrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [n.ibrica] = Power [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [n.ibrica], esscribano real y de cabildo. [f· ic.v. ] /

=

[15] [5 DE DICIEMBRE DE 1803.] Cabitdo celebrado en S de dlciembre de 1803.

Sobre la necesidad de establecer el lugar para el degredo para los contagiados de viruelas.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a las cinco dias del mes de diciembre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial las seiiores alcaldes ordinarios don\· Jose Zevallos y don Jose Davila; don Antonio de C6rdova, regidor decano; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores; y don Miguel Davila, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de ·la republica ; a que tambien concurri6 el caballero sindico procurador general y el caballero regidor don Manuel Angel Power. En este cabildo se tuvo presente la necesidad que se toca de establecer con prontitud el degredo para los virolentos que ya se experimentan inficionados de esta epidemia tan perjudicial a la salud publica, que en cabildos anteriores se trat6 con objeto de ocurrir a lo importante el *obras* que es esta obra en semejantes circunstancias. Y habiendose tenido presente la real orden de la materia

* ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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y actas que con igual motivo se ban celebrado, principal-

mente la de treinta de julio de mil setecientos noventa y dos y tres de febrero de de [sic] ochocientos uno, en qt.le se aprob6 por el senor gobernador, intendente y capitan general, el sitio de Los Mameyes en Cangrejos para el establecimiento del degredo, como el mas ventajoso al efecto, y que los gastos que ocurran se costeen del fondo de propios se acord6: Que el caballero regidor don Juan Antonio Mexia, a quien se diputa, pase al sitio de Los Mameyes a reconocer el bohio de Francisco Acosta, si esta en estado servible, y al mismo tiempo la casa del Condado, para que con presencia de su informe se deter-[f· 17 ]/mine lo conveniente a Ios gastos que deban erogarse en este establecimiento. Se present6 dona Agiieda Caro hacienda presente al sefior capitan general que en la calle que baja de su casa hacia la Plazeta de Santiago se ha hecho una profunda excavaci6n que necesita de pronto reparo por los perjuicios que le produce a su casa y al publico, y que se remiti6 a informe de este ayuntamiento. Y se acord6: Dar el informe, que se colocara por testimonio a continuaci6n de este cabildo. Don Antonio Escobar se present6 solicitando que se Je provea de testimonio de haber sido electo y puesto en .posesi6n del oficio de alcalde de Santa Hermandad de la costa del Norte de la jurisdicci6n de esta ciudad. Y se acord6: Se le de por el presente escribano devolviendole el original. ' Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus se:iiorias, de que day fee. ·= Zevallos [rubrica] = Davila [rubrica] Cordova [rubrica] ·- Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Davila [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. (f· 11v. ] /

= =

Dona Agileda Ca· ro solicita la composici6n de la calie en que est4 situada su casa.

Don Antonio Escobar sollclta certificacl6n de haber servido el oficio de alcalde de la Hermandad.

=

[ANEXO UNICO.] Senor Capitan General, Gobernador, Intendente. Con bastante ·sentimiento toca el ayuntamiento la necesidad que hay de reparar el e~ped.rado [Je las calles situadas de Norte a Sur de esta capital y vanas ocasiones ha tratado de ocurrir al remedio pronto y eficaz que exige para que no se destruya enteramente a impulzo de las fuertes llu-

Informe que se dio a la solicitud de dofta Agueda Caro.


24

ACTA$ DEL CABILDO

vias y de la precipitaci6n con que corren las aguas a los puntos de desagiie. Pero, considerando que el fondo desti· nado a un objeto tan importante acaso no estara en estado de sufrir los costos indispensables por Ia escasez de caudales que se ha experimentado desde que se declar6 la ul tima guerra y que a pesar de la paz nunca se ha visto la real hazienda en estado de zatisfacer sus atenciones, no habia hecho la menor insinuaci6n en el particular. Mas, ahora, que dona Agiieda Caro representa con justicia y vuestra seiioria pide informe a el ayuntamiento, le es forzoso explicar sus buenos deseos de que prontamente se trate de reparar, siendo posible, todo el empedrado que este en mal estado, dandose al efecto las convenientes disposiciones. Estas conffa del zelo de vuestra sefioria que seran las mas propias de su actividad notoriamente acreditada en cuanto cede en beneficio del publico. Sala Capitular de Puerto Rico, cinco de diciembre de mil ochocientos tres. = Jose Zevallos Jose Davila Antonio de C6rdova = Licenciado Mexia = Davila = Power = Davila = Ante mi = Gregorio Sandoval [aparece el signo del escribano], esscribano de cabildo. Es conforme a su original, fecha ut supra. Gregorio Sandoval [rubrica], escribano de cabildo. (f· 18 ] /

=

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[16]

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[7 DE DICIEMBRE DE 1803.] Cabildo extraordi· Dario de 7 de dlciembre de 1803 sabre la vacmia.

Oficlo d e 1 sefior gobernador, fnten· dente y capftmi general, en que comunica la real or· den de I.o de septiembre sobre el uso de la vacuna.

En la Ciudad Muy Noble y Muy Leal de Puerto Rico, a Ios siete dias del mes de diciembre de mil ochocientos tres aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del seiior capitan general, gobernador e intendente, precedida la competente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los sefi.ores don Jose Tadeo Zevallos, alcalde ordinario; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de C6rdova, regidor decano; y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidorPadre General de Menores, para tratar en el asunto a que han sido convocados. En este cabildo se ha recibido un oficio del senor capitan general, gobemador e intendente, de seis del corriente, insertando la real orden de primero de septiembre ultimo sobre el uso de la vacuna, asistencia y hospitalidad que


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dispensa su majestad a favor de este objeto; y lo que propone el senor capitan general en consecuencia de estar ya emprendida y con buen suceso la inoculaci6n en esta ciudad. Y se acord6 : Que sobre sus varios puntos debiendose combinar algunas cosas se reserve la contextaci6n para el extraordinario que con este fin se ha de celebrar el sabado diez siguiente, y par ahora se acuse su recibo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Zevallos [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. [f· 18v·]/

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[17] [10 DE DICIEMBRE DE 1803.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de diciembre de mil ochocientos y tres aiios, para continuar el cabildo extraordinario que qued6 pendiente el siete de los corrientes, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores don Jose Zevallos, alcalde ordinario de primera elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de C6rdova, regidor decano; y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores, para tratar y conferir sobre el asunto tratado en el; a que concurri6 tambien el caballero regidor don Manuel Angel Power. . En este cabildo para contextar el oficio, de seis del co~ente, que pas6 el seii.or gobernador, capitan general, mt~ndente, con objeto de proporcionar al publico la vacunac16n expuso el caballero regidor don Juan Antonio Mexia que habia encontrado casa capaz y la mas bien situada para el efecto, coma se le encarg6 por la diputaci6n que se le ha he7ho, Yes la del difunto don Miguel Xiorro que.. con prececlido .parecer de los dos facultativos , licenciado don Tomas Pneto Y doctor don Francisco Oller, es la mas a prop6sito y ocupa ahora Marcelo de Figueroa, a quien ha ofrecido los cuarenta pesos mensales que el mismo paga de alquiler, ofreciendo al propio tiempo ceder las sillas, bancos, mesas y catres que pueda por la gratificaci6n de que se considere acreedor par el tiempo de su servicio. Que

Cablldo extraordf. nario del slibado 10 de dlclembre de 1803.

Se dlo cuenta de haberse hallado ca·

sa para la opera· cl6n de la vacuna.


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ACTA$ DEL CABILDO

ademas exibira una relaci6n de lo que Ios citados facultativos, don Tomas Prieto y don Francisco Oller, exigen de pronto para la inoculaci6n de la vacuna para que en con· cepto de [f· 19 ] / todo el muy ilustre ayuntamiento acuerde lo que tenga por conveniente. Y habiendose conferenciado cuanto ha sido prcciso para que nada falte y todo este pronto al beneficio de la rcpu· blica se acord6: Que el caballero regidor don Juan Antonio Mexia quede enteramente autorizado para cuanto pueda ocurrir en el asunto y para su logro se le dani cl compe· tente libramiento para el mayordomo de propios. Que se contexte al senor gobernador, capitan general, intcndente, y que se ponga a continuaci6n copia del oficio = en cl oficio. = Con Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus senorias, de que doy fee. = Zevallos [rubrica] = Cordova [nlbrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [ro· brica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

[18] [12 DE DICIEMBRE DE 1803.] Cabildo de doce de diciembre de 1803.

Sobre la real c~­ dula pasada a este Muy Ilustte Ayun· tamiento para que Ios sei!ores alcal· des ordinarios re· mitan las relacio· nes y noticias de presos, causas Y demu que se ex· presa.

En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan \· Bautista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de diciembre de mil ochocientos tres anos, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los senores don Jose Zevallos y don Jose Davila, alcaldes orclinarios ; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de Cordova, (f· 19v·]/ regidor decano; don Juan Antonio Mexia, regidor-Padre General de Menores ; y don Manuel Angel Power, regidor, para tratar y conferir las cosas que tocan al bien procomunal. En este cabildo dio cuenta el secretario de que habiendose el cabildo del lunes pr6ximo pasado conclufdo y retiradose los caballeros regidores y senores jueces que a el concurrieron se condujo un pliego del senor capitan gen& ral, el cual reoibi6 y reserv6 su entrega hasta el presente, que lo hace. Y vista que se dirige su contenido a la remisi6n de un testimonio que comprende la real cedula de siete de julio de mil y ochocientos y autos acordados refe-


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rentes a ella, de diez y seis de septiembre y veinte y dos de febrero de mil ochocientos uno y siguiente, sobre remitir relaciones y noticias de presos, causas y demas que se expresa, en su inteligencia se acord6: Acusar al seiior gobernador y capitan general el recibo de su oficio y pasarlo separadamente a los sefiores alcaldes ordinaries con testimonio de las citadas reales disposiciones para su inteligencia y cumplimien to en la parte que les toca y confonne se prcvicne. Se evacu6 el informe pendientc en la representaci6n de don Pedro de Santiago y Jose de Leon, vecinos de Juana Diaz, de quc se dio cuenta en cabildo de diez de octubre, cl que se pasara al senor gobernador, intendente y capitan general, quedando copia en el acuerdo de dicho infonne. Habicndose dado cuenta que el caballero sindico procurador general ha evacuado su representaci6n relativa a la instancia que hace el ilustre ayuntamiento de la villa de San German no solo para que se le exonere de la pesa en la [1• 20 ] / conformidad que solicita sino para comprender en la suya los partidos de su jurisdicci6n. Visto su contenido se acord6 : Que a su continuaci6n se ponga testimonio del infonne que con esta fecha ha pasado este ayuntarniento al seiior gobernador, intendente y capitan general, en representazi6n de don Pedro de Santiago y Jose de Le6n, vecinos del partido de Juana Diaz, pretendiendo ceder sus terrenos al rey, nuestro seiior, para que se les libere de la pesa que no pueden cumplir. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que day fee. = Zevallos [rubrica] = Davila [rubrica] :__ Joseph Joaquin Coronado [nibrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval .[rubrica], esscribano real y de cabildo.

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Se evacu6 el informe a la representncl6n de don Pedro Santiago y Jose Le6n.

Sobre el informe dndo acerca de la pretensi6n del sfnd i c: o procurador general de la villn de San Germ4n solicltando la exo· ncracl6n de pesa para el abnsto publico al terrltorio de dlcba villa.

[19] [15 DE DICIEMBRE DE 1803.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince dias del mes de diciembre de mil ochocientos y tres aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobernador, capitan general e intendente, concurrieron a esta sala con-

Cabildo celebrado en lS de diciembre de 1803.


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Que se flxen cartdes avlsando que el dla 17 del corriente se da principlo a la operacl6n del fluldo vacuno.

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ACTA$ DEL CABILDO

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sistorial los se:iiores don Jose de Zevallos, alcalde ordinario; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de C6rdova, regidor decano; y licenciado don Juan Antonio Me-(f· 20v. ]/xia, regidor-Pa d re General de Menores. En este cabildo se recibi6 oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, avisando haber dispuesto que se avise al publico, por media de cedulones, para que el dia diez y siete del corriente mes se de principio a la operaci6n de la propagaci6n del fluido vacuno, que continuara en todos las dias sucesivos desde las diez a las dace de la maii.ana en la casa destinada al efecto. Y se acord6 : Que esta quede franca, pronta y habilitada para dicho dia, de lo que qued6 especialmente encargado el caballero regidor don Juan Antonio Mexia, a quien se le dara, por el presente secretario, un libramiento en forma contra el mayordomo de propios para cuanto pueda ocurrir de gastos en este tan interesante objeto. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos se:iiores, de que day fee. = Zevallos [rubrica] == Coronado [rubrica] Cordova [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[20]

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[19 DE DICIEMBRE DE 1803.] Cablldo celebrado en 19 de dlclembre de 1803.

Sobre que plde el seftor capltoin general las dos reales c6dulas de graclas concedidas a el ayuntamlento.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve dias del mes de diciembre de mil ochocientos y tres afios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y constumbre [sic], [f· 21 ] / concurrieron a esta sala capitular los sefiores don Jose de Zevallos y don Jose Davila, alcaldes ordinaries; don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don ·Antonio de C6rdova, regidor decano, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de Ia republica ; a que concurri6 tambien el caballero sindico procurador general, don Jose Maria Davila. Se recibi6 en este cabildo un oficio del senor capitan general en que se sirve pedir el original de las dos reales cedulas de las gracias concedidas por su majestad, que devolvera con las requisitos necesarios. Y se acord6 : Que se le pasen con el correspondiente oficio en contextaci6n.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se recibi6 un oficio del seiior comisario subdelegado de Cruzada avisando el nuevo indulto o privilegio de la Santidad del Seiior Pio 7.0 para el uso de carnes saludables, huevos y Jactisimos en los dias de Cuaresma y demas vigilias y abstinencias del aiio, con las excepciones que en dicho oficio se expresan con fecha de trece del corriente. Y se acord6 : Que se acumule este a los demas de los bienios anteriores y se traigan al primer cabildo para su contextaci6n. El seiior capitan general pas6 el expediente del abasto de carnes nuevamente proyectado por abastecedores. Y visto el dictamen del seiior auditory decreto de su conformidad acord6 : Que se fixen los correspondientes carteles tanto en esta plaza como en su isla, sujetandose en todo (f· 21 v·]/ y por todo a lo que se consulta en el citado dictamen aprobado, lo que executara el presente esscribano con la remisi6n a los partidos de la parte de Norte y Sur y encargando su pronto despacho, y extendiendose esto en las villas para la distribuci6n en los partidos de sus respectivos distritos, y con el termino de treinta dias en esta capital y de quince fuera de ella. Se evacu6 el infonne que pidi6 el seiior gobemador y capitan general, en veinte y cuatro de septiembre Ultimo, en el expediente de la villa de San German sobre que se le exonere de la pesa de esta capital. Y se acord6: Que se le pase con los autos del asunto. El caballero alguacil mayor con vista de la certificaci6n que se le libr6 en veinte y seis de septiembre Ultimo y se ha tenido presente con seis recibos posteriores del alcaide, que ha presentado sobre el costo de luces en la carcel, se acord6 : Que se le reintegren Ios doce pesos que por ellos alcanza y tambien tres pesos y medio de la correspondencia con don Lucas Foronda en el porte de cartas Y sus franquicias ; y que el presente esscribano le de una certificaci6n para que ocurra al mayordomo de propios para su abono. El presente esscribano dio cuenta de haberle entregado don Luis Huertas los autos que se pidieron para poder informar lo que corresponda sobre su pretensioo. Y se acord6 : Se reserve para otro cabildo. Se presentaron don Victoria [sic] de Aldea y Urries Y don Carlos Martinez, maestros de primeras letras de esta ciudad, exhibiendo las planas hechas por [f· 22] / sus disci-

Sobre el ufiC'.io re1ruuao por el sefior c:omisarlo subdelegado de Cru· zada.

Sabre el ezpedlen· te de abasto de

caru.es.

Sobre el IDforme dado acerca de que se emnere de la pesa 1de esta capital a la villa de Snn Germ4n.

Sabre reintesro de gastos causados en el alumbrado de la c:4rzel y POrte de carta.s deI apoderado de Madrid.

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Sobre los autos que se pidleron para informar acerca de la preteDsidn de don Luis Huertas. (Los

maestros

de

pi:Jmeras letras don Vlctoriano de Aldea JT don Carlos .Martmez presentan


ACTAS DEL CABILDO

30 las planas alumnado.J

de su

Sobre el pago del trabajo devcngado por Jos maestros Miguel Bascar4n. Y Santiago Alm~st1ca en la hechura Y recomposlcl6n de los rastrillos hechos para la real c4rcel.

pulos en el presente afio. Y se acord6: Dar vista de todo al caballero procurador general. Habiendose presentado el maestro carpintero y herrcro a dar cuenta de estar concluidos los rastrillos de la real carzel se pidi6 infonne a su alcaide y lo executo en los tenninos que constan del expediente; en cuya vista se acord6: Que se pague a cada uno Io quc rcsul ta de sus respectivos calculos presentados, dandose la ordcn al mayordomo, por el presente esscribano; y quc ademas, con asistencia de ambos, haga poner inmediatamente las pucrtas en sus respectivos lugares hasta quedar a entera zatisfacci6n del alcaide, dando cuenta el mayordomo de cstc gasto particular antes de que se verifique este pago. Y en cuanto a la otra cuenta sabre la recomposici6n que se hizo por los dos maestros, de que piden el importe de su gasto. se les ha previno [sic] de que den su cuenta particular sin confunclir la una con la otra. Y con respecto a hallarse pr6ximas las Pascuas de Navidad, que se da punto a los tribunales, se acord6 que se de tambien a los cabildos. Con lo que se concluy6 este, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Zevallos [nibrica] = Davila (rubrica] = Coronado [rubrica] ·= Cordova [rubrica] = Davila [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo. [f· 22v·]/

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[21] [1 DE ENERO DE 1804.] Cabildo en quc se celebraron las elecciones del presente ailo de 1804.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de enero de mil ochocientos cuatro, para efecto de celebrar cabildo a fin de proceder a la elecci6n de oficios concejiles para el presente aiio, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores don Jose Zevallos y don Jose Davila, alcaldes ordinarios de primero y segundo voto ; don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de Cordova, licenciado don Juan Antonio Mexia, don Domingo Davila, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores; y precedidas las ceremonias de estilo y votado cada uno en su lugar, libremente, mediante boletas .que exhibieron por escrito, seg(ln uso y constumbre [sic], resultaron electos los siguientes :


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

El senor don Jose Davila, Alcalde orclinario de primer voto y presidente de la Junta Municipal. . . Para Alcalde ordinario de segundo voto, el hcenc1ado don Santiago de los Rios, con siete votos. El licenciado don Francisco Cabrera, con un voto. Para Sindico procurador general, doctor don Francisco de Torres Feliciano, con todos los votos. Para Alcaldes de la Hennandad de la parte del Norte, don Bernardino de Rivera, con todos los votos. Para la del Sur, el sargento mayor de Humacado, don Francisco Velez. Para Vocales de la Junta Municipal, el caballero regidor don Antonio de Cordova, con siete votos. El caballero don Manuel Angel Power, con siete votos. [f· 23 ] / El caballero regidor doctor don Jose Sanchez, con dos votos. Para Fiel contraste de plateria, Pedro Elias, reelecto, con todos votos [sic]. Para Alarifes : de carpinteria, Vicente Fromesta, con todos votos [sic]. Para de albaiiileria, don Juan Santaella, electo con todos votos [sic]. Cuya elecci6n, conforme va escrita, fue vista, y acordaron : Se pase el correspondiente oficio con inserci6n de las precedentes elecciones al senor capitan general, gobemador e intendente, por media de los caballeros regidores don Domingo Davila y don Manuel Angel Power, a fin las pongan en sus manos, previas las urbanidades de estilo, adjunta tambien la de los alcaldes de barrio. Con lo que se concluy6 este acuerdo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Jose de Zevallos [rubrica] = Joseph Davila [rubrica] = Joseph Joaquin Coronado [rubrica] = Antonio de Cordova [rubrica] Domingo Davila [rubrica] Licenciado Juan Antonio Mexia [n1brica] = Doctor Jose Sa-r;-ch_ez de Bustamante [rubrica] = Manuel Angel Power [rubnca] =Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo.

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[ANEXO UNICO.] En [f· 23v·]/ el expresado dia volvi6 la diputaci6n a Ia sala consistorial y habiendo entregado un pliego del senor capitan general, abierto que fue por el senor presidente, result6 ser el del tenor siguiente =

Confirmaci6n de los oficios concejiles del presente afto de 1804.


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ACTAS DEL CABILDO

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«He leido el oficio de vuestra seiioria en que me rnani- :\ fiesta que por la acta capitular que se acaba de celebrar para las elecciones que ban sido elegidos los seiiores y per- ( : sonas que en el se refieren. Y en su vista las apruebo en los mismos terminos constantes de el. Avi solo a vuestra sefioria para que proceda a darles la posesi6n en la f onna aconstumbrada [sic]. Dios guarde a vuestra sefioria muchos afios. Puerto Rico, primero de enero de mil ochocientos cuatro. = Ram6n de Castro = Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Puerto Rico. [ »] En cuya virtud se acord6 dar la posesi6n a las personas elegidas y al efecto se les pas6 recado ; los que habiendo concurrido se procedi6 a recibirles el correspondiente juramento que prestaron, en manos del caballero regidor decano y conforme a derecho, so cuyo cargo prometieron cumplir bien y fielmente sus encargos respectivos, segUn su leal saber y entender, prececlidas sus aceptaciones que dijeron hacerlo por ahora. Y con respecto a que los alcaldes de la Herrnandad no existen de presente en esta capital quede encargado el caballero alferez real de recibirles el juramento como tarn· bien a los demas electos que en este acto no concurran, Y que el [f· 24 ] / secretario dirija carta de avisos a los ausentes. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Zevallos [rubrica] = Davila [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] == Davila [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rU.brica] = Licenciado San·· tiago de los Rios [rubrica] = Doctor Francisco de Thorres. Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [n1brica], esscribano real y de cabildo.

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[22] [2 DE ENERO DE 1804.] Aceptaci6n y fura-

mento de los cuatro alcalde de barrio; fi el •execu-

tor•

contraste Y

alarife de carpinte-

rta.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan de Puerto Rico, a los dos dias del mes de enero de mil ochocientos cuatro, el caballero alferez real, don Jose Power,

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

en consecuencia del encargo que se le confiri6 por la acta que antecede, recibi6 juramento, precedidas las corres~on­ dientes aceptaciones, a don Esteban Gambaro, Juan Vivas, Pablo Garz6 y Jose Planet, electos alcaldes de barrio de los cuatro cuarteles de esta ciudad; a Pedro (f· 24v. ] / Elias y a Vicente de Fromesta, el primero, de fiel contraste, y el segundo, de alarife carpintero, que hicieron segiln derecho de uzar bien y fielmen te su encargo, segiln su lea! saber y entender, y en consecuencia se les puso en posesi6n e instruy6 de sus obligaciones respectivas, y firm6 el que supo, de que doy fee. = Josef Power [rubrica] = estevan Gambaro [rubrica] = Juan Vivas [rubrica] Vicente Fromesta [rubrica] Pedro Elias [rubrica] Juan Pablo Gasso [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

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[23] [9 DE ENERO DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dfas del mes de enero de mil ochocientos y cuatro aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic] precedida la correspondiente ci.taci6n, concurrieron a est~ sala los seiiores don Jose Davila, [f· 25 ] / alcalde ordinario de primera elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don .Antonio de C6rdova, don Jose Sanchez Bustamante, regidores ; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, procurador general, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un pliego del seiior capitan general, gobemador e intendente de esta isla, acompaiiando la real cedula de veinte y uno de junio de noventa y cinco para que concurra el ayuntamiento a la publicaci6n y predicaci6n ~e la Bula de la Santa Cruzada de lacticinio de vivas, de d1funtos, composici6n y uso de carnes. Y se acord6: Que se contexte su recibo y se acumule este con los antecedentes del asunto. Se tuvo presente el oficio del seiior comisario subdelegado de Cruzada. Y se acord6 Io que resulta por decreto de esta fecha en el expediente del asunto. J.

A, C.

Cablldo celebr:ido en 9 de enero de 1804.

Se recibi6 un plie· so sobre la concurrencia del ayunbtalimiento a la pu caci6n y_ predJca• ci6n de Santa Cru· ,

zada.

Sobre el oflcio del comisario subdelegado de 5 e ft or

Cruzada.


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34 Sohre el expedien'te de elecciones celebradas en el aiio pasado de 1803.

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c::::D:el expediente de elecciones

del aiio pasado de mil ochocientos tres, para consultar a la superioridad eldarticu lo htre~nta y uno de dla real ced~dla de seis de agosto e mi 1 oc oc1entos uno, y c 1o ocurn o sabre Ia elecci6n del senor alcalde ordinario de scgundo voto en conformidad de la costumbre, se acordo : Que el presente escribano certifique si la real ccdula que sc cita se habia pasado y estaba recibida en el ayuntamicnto al tiempo de las elecciones y certificara tambicn, con vista de todos los libros de estas, la costumbre y practica cons· tantemente seguida de ser (f· 25 v. ] / elegidos alcaldcs ordinarios los regidores, en turno, con los vecinos. Y que para instruir mejor este expediente se compulse tambicn testimonio de Ia acta capitular de elecciones celebradas en primero de enero de mil setecientos noventa y siete, y de todo lo alusivo que en ella se cita. Con Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Doctor Thorres Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[9 DE ENERO DE 1804.]

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Aceptaci6n y juramento del alcalde de Santa Herman· dad electo para la parte del Sur.

En Puerto Rico, a los nueve dias del mes de enero de ii mil ochocientos y cuatro afios, habiendo comparecido en x ;•1• esta sala capitular don Francisco Velez, sargento mayor j ~ del partido de Humacado, el caballero regidor-alferez real, ·,I' don Jose Power, le impuso de Ia elecci6n que se habia (f,: hecho en el de alcalde de Hermandad de la parte del Sur, J; jurisdicci6n de esta ciudad, Ia cual se habia confirmado ; :if y preguntado-[f· 26 ]/le si lo aceptaba y respuesto que si, le recibi6, en virtud de la comissi6n que le esta conferida, juramento que hizo conforme a derecho de usar bien y fielmente su encargo, segiln su leal saber y entender, y la firm6, de que doy fee. = Josef Pai.ver [rubrica] = Francisco Beles [rubrica] = Ante mf = Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano de cabildo.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[25] [16 DE ENERO DE 1804.] En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de enero de mil ochocientos y cuatro, para efecto de celebrar cabildo ordinario, como lo tienen de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios, alcaldes ordinarios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidoralguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de Ia republica; a que concurri6 el caballero sindico procurador general, doctor don Francisco de Torres Feliciano. En este ca-[r. l6v. ]/bildo se recibi6 un oficio del de la villa del Arecibo suplicando se le mantle dar una copia de las Instrucciones dadas para el gobiemo de los alcaldes de barrio de ella, a fin de arreglar la que corresponde a los elegidos para el territorio de dicha villa. Y se acord6: Que se soliciten y traigan para el cabildo inmediato a fin de disponer lo conveniente. Se recibi6 otro, de fecha nueve del corriente, del senor capitan general, gobemador e intendente de esta isla, devolviendo las dos cedulas de las gracias concedidas a este ayuntamiento por su majestad sobre uso del nuevo uniforme, *y* exenci6n al real derecho de alcabala de Ia came de abasto, demas frutos y generos del abasto de esta capital y que del mote Por su Constancia, Amor y Fidelidad es Muy Noble y Muy Leal Esta Ciudad, con decreto de que se tome raz6n en real contaduria de ambas. Y se acord6 : Que el presente esscribano ocurra a reales oficios para que los sefiores ministros de real hazienda se sirvan tomar la respectiva raz6n en ambas reales 6rdenes y se contexte su oficio al sefior capitan general en el pr6ximo e inmediato cabildo. Se recibi6 otro del mismo seiior capitan general, gobemador e intendente, con fecha once del corriente, por el que impone a el ayuntamiento de haber recibido carta del director de la expedici6n medica *a la* destinada a la

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

ginal.

Cabildo celebrado en el tunes 16 de enero de 1804.

Se ~ecibi6 oficio del cabildo de la villa del Arecibo solicitando un testimonio de 111 lns· truccl6n d a d a a Ios alcaldes de ba· rrio de esta ciu· dad. Otro remitiendo o devolviendo las dos reales cl!dulas que se le pasaron aI senor capialn general sobre las gracias concedidas al Muy Ilustre Ayuntamiento.

O tr o en que el sefior capi tl1n ge. neral avisa que la expedici6n ml!dica para comunicar el :Ouldo vacuno se acerca y encarsa est!! todo pronto para evitar quexas y recursos.


ACTA$ DEL CABILDO

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propagaci6n del fluido vacuno en estas Americas, quien le escribe desde Santa Cruz de Tenerife, con fecha de catorce de diciembre Ultimo; y que entre otras cosas que a fines del presente mes piensa llegar a este puerto (f· 27 ] / con el objeto de su comisi6n, experando que su sefioria le franquee toda su autoridad y favor para el logro de las reales intenciones, que le comunica a el ayuntamicnto a fin de que conforme a lo dispuesto en real orden de primero de septiembre del aiio pr6ximo pasado, que traslad6 en oficio de seis de diciembre siguiente y prevenciones que en este hizo, disponga el ayuntamiento que este ·pronto cuanto conduce al recibimiento de dicha expedici6n sin que se experimente falta alguna que de motivo a recurso y senthniento. En este estado y con respecto de ser ya cerca de las Se mand6 suspender este cabildo dos de la tarde, horas en que no puede continuarse este por ser tarde. cabildo, se acord6 : Se verificara en el de mafiana a la hora acostumbrada, participandolo al senor gobernador, intendente y capitan general al efecto. Habiendose presentado don Bernardino de Rivera, teAceptaci6n y furamento del electo niente a guerra del partido de Toa Alta, el regidor don alcalde de Santa Hermandad de la Juan Antonio Mexia le hizo saber el nombramiento hecho parte del Norte. en el para alcalde de la Santa Hermandad de la jurisdicci6n del Norte de esta ciudad; y habiendolo aceptado, jur6 conforme a derecho de usar bien y fielmente su encargo, segU.n su leal saber y entender, y lo firm6. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron [f· 2'1v.]/sus sefiorfas, de que doy fee. = Davila [rubrica] == Licenciado Rios = [rubrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] == Doctor Thorres Feliciano [rubrica] = Bernardino de Rivt? ra [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rU.brica], esscribano real y de cabildo.

[26] [17 DE ENERO DE 1804.] Cablldo celebrado

en dlez y siete de enero de 1804, en contlnuaci6n de lo que en el . de ayer qued6 pendle n t e

acerca de los oficios pasados por el seiior capltm

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto ·Rico, a los cliez y siete dias del mes de enero de mil ochocientos y cuatro aiios, para efecto de celebrar cabildo, conforme a lo dispuesto en el de ayer, previo el permiso del sefior Capitan general, gobemador e


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con fecha intendente, se juntaron en esta sala consistorial los seiio- general, 6 y 11 de del (sic) corriente, la res don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios, expedicl6n sobre ml!dica la propaga· alcaldes ordinarios ; doctor don Jose Joaquin Coronado, para ci6n del flu{do va· c:uno. regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes [f· 28 ]/al pro y util de Ia republica; a que tambien concurri6 el caballero sindico procurador general, doctor don Francisco de Torres Feliciano. del caEn este cabildo represent6, a viva voz, el caballero sin- Exposlc16n ballero sfndico prodico procurador general que sea pleno el cabildo para tra- c:urador general. tar acerca del oficio pasado por el seiior gobemador, intendente y capitan general, con fecha de once del corriente, avisando de aproximarse ya Ia expedici6n medica y prevenciones que hizo en el de seis del mismo sobre la propagaci6n del fluido vacuno. Y se acord6, por uniformidad de votos : Que hallandose Acuerdo sobre essuficiente nfunero que constituya lexftimo cabildo para ta exposidcSD· determinar el punto principal sobre que se ha convocado no parecia conveniente tratarse en cabildo pleno por la aceleraci6n que se enuncia vienen los comisionados y porque el celebrado hoy se estima continuaci6n del de ayer, sin que por esto se desestime la recomendable propuesta del caballero sfndico procurador general. El seiior caballero smdico procurador general expuso Petlc:i6n del caballero procurador se contribuya a la expedici6n medica con todo lo que general. previene su majestad (Dios le guarde) en la real orden del asunto. El senor alcalde ordinario de segundo voto fue de die· Voto del seilor alcalde ordinario de tam.en se observe la real orden, a que se contrae el oficio segunda eleccf6n. de seis de diciembre, limitada al alojamiento de la casa para recibir la expedici6n de Ia vacuna, igualmente que la asistencia y manutenci6n de las niiios segUn. la preven· ci6n del [f· 2.8v·]/seiior gobemador, capitan general e intendente. Voto del seilor reEl caballero regidor-alguacil mayor expuso : Que luego gfdor atguacil ma· que llegue a esta plaza la expedici6n, de que trata la real yor. orden de primero de septiembre Ultimo, debe ser tratada y ;recibida com~ el rey manda. Que en su opini6n la casa debe estar provista no s6lo de todo lo necesario de mesas, asientos y decencia correspondiente a los sujetos sino tambien para el servicio de! flufdo vacuno. Que tambien entiende que la manutenci6n de los niiios esta comprendida en Ia citada real orden y en su apoyo lo prevenido por

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Voto del s e fi o r regidor licenciado don Juan Antonio Mexia.

Voto del caballero regidor doctor don Jose Sdnchez Bustamante.

Voto del s e ii or presidente.

Conclusi6n.

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1

cuanto conduce al reconocimiento de dicha cxpedici6n :· con arreglo a la real orden y prevenciones del seiior capitan general sin que se experimente falta a1guna quc de motivo a recurso y sentimiento, y que en cstos terminos se contexte el oficio de once del corricnte. El caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia expuso: Que se refiere en todo al voto del caballero rcgidor-alguacil mayor y a mayor abundamicnto aiiadc dcbc asistirse y contribuirse con todo lo ncccsario para la manutenci6n de las sujetos de que se componc la cxpcdicion por el tiempo que permanezcan en es ta capital, por cl beneficio particular que recibira la is1a aunque general para las demas y parecerle [L 29 ) / quc de expcndcrse cstos gastos de las propios se dara por mui bien servido cl que es senor de ellos. El caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante expuso : Que con motivo de hallarse ocupado en la diputaci6n de abastos el mes pr6ximo pasado de diciembre, en que se ha formado el expediente sabre el modo y demas con que se ha de recibir y contribuir para el aloxamiento de los sujetos que componen la expedici6n; por cuyo motivo no asisti6 a las cabildos en que se trato la materia ni de consiguiente ha tenido noticia hasta ahora, desde luego, le parece que el ayuntamiento solo puede contribuir a que se les ponga casa y nada mas, teniendo a la vista la voluntad del rey expresa en Ia real o~den de pri!°ero de septiembre pr6ximo pasado ; y conoc1endo tamb1en Ia escasez de dichos f on dos en el dia y las muchas atenciones a que con ellos debe atender y con especialidad sabre la casa del pasaje de Palo Seco, en que se. ban h7cho varios recursos para su recomposici6n parn ev1tar ruma o destrucci6n que amenaza. El seiior presidente, alcalde ordinario de primera elecci6n, don Jose Davila expuso : Que es de dictamen y se conforma en todo con lo expuesto por el sefior alcalde ordinario de segunda elecci6n. Y respecto de quedar convenido y acordado de que la ciudad costee la casa y la manutenci6n de los niiios, aun· que con difencias [sic] en [f· 29 v.]/ orden al concepto de la real orden de primero septiembre ultimo, se concluy6 este cabildo para que se contexte al seiior gobernador, intendente y Capitan general, con testimonio de el. Y lo


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] Doctor Sanchez [rubrica] = Doctor Tlwrres Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [n.'1brica], csscribano de cabildo.

=

=

[27] [23 DE ENERO DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veintc y tres dias del mes de cnero de mil ochocientos v tres [sic] aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es~ de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seiiores don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios, alcaldes ordinarios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidoralguacil mayor; y licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. [f· 30 ] / . En este cabildo se recibi6 oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, de diez y siete del corriente, participando haber elegido el licenciado regidor don Juan Antonio Mexia, en consecuencia de lo prevenido en real cedula de tres de octubre de mil ochocientos tres, el continuar sirviendo el oficio de regidor llano respecto de haberse extinguido el de Padre General de Menores. Y se acord6: Se archive y contexte su recibo. Se recibi6 otro del mismo senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha 20 del corriente, pidiendo los expedientes formados sobre la nueva obra de la sala consist<:>rial y acerca de la disputa o pretension del senor auditor de guerra de tener a su disposici6n sala o pieza para recibir confesiones y pasar las visitas semanales de carcel. Y se acord6: Se soliciten, por el presente esscribano, y traigan para contextar el oficio recibido con remisi6n de dichos expedientes. Se present6 Jose Bernabe Moreno pidiendo se le de testimonio del titulo de examen que exibi6 y tom6 raz6n de cirujano revalidado por el Real Proto-Medicato de Marina de la isla de Cuba para los fines que le convengan. Y se acord6 : Se le de por el presente esscribano.

Acuerdo ordinario del tunes, veinte y tres de enero de 1804.

Oficio sobre que eJ licenciado don Juan Antonio M~­ xfa queda conn· nuando en s6lo el oficio de regidor ciones judiciales.

Pide el senor gobernador los expj!· dientes formados sobre la n u e v a obra de la sala consistorial Y la disputa o contex· taci6n en orden a la designaci6n du pleza capaz para exercer las tunciones judiciales.

Pide don Jose Be~· nabe Moreno test1monio del trtulo que present6 de cirujano revalidado.


I

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ACTAS DEL CABILDO

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Se dio cuenta de los oficios y decretos del senor capi- ·1 tan general, remitidos en el cabildo pr6ximo pasado, sob re /, remisi6n del indulto ultimamente remitido, en vcinte Y ~ cuatro de octubre Ultimo; composici6n de las obras de 1 mas en ti dad que necesitan haccrse en la f ucn tc de San Antonio para que quede servible a bencficio dcl pt"1blico. = Sohre si se hizo saber a don Juan de Santaella cl nom· bramiento de alarife de albaiiileria y [L 30 v. ] / su contcxta· ci6n; y remitiendo testimonio de la real ordcn de trcs de octubre ultimo en que su majcstad prcvicnc sc execute l? que refiere acerca del remate hecho de Ios oficios de rcg1· <lores vacantes en este ayuntamiento, con lo dcm<is que se expresa. Y se acord6: Que en el inmediato cabildo sc cva· cuen las informes pedidos y contexten los oficios cxpre· sados. Se dio cuenta de! expediente mandado formar acerca Se context6 al seller comisario de de los oficios remitidos por el comisario subdelegado de Cruzada su oficio remltido acerca de Cruzada avisando haber designado el dia veinte y nueve haber designado el dla 29 de enero de! corriente para la publicaci6n y predicaci6n de la Bula para la publica· ci6n y predicac:i6n comtin y el del nuevo indulto para uzar de cames saluda· de la Bula de Cruza [sic] y nuehies. Y se acord6: Se le contexte queda este ayuntamiento vo indulto de carnes saJudables. entendido *y* cuidara de su cumplimiento que lo que avisa en consecuencia de su oficio de trece de diciembre ultimo. Y que habiendo reparado Ia falta de tratamiento en que incidi6 el senor comisario como en el oficio de diez de diciembre de noventa y nu~ve, no obstante de haberlo vu~s­ tra senorfa verificado con igual motivo en cuatro de enero de mil setecientos ochenta sobre Io cual dara la competente que1a ante el superior que corresponda. Se dio c:uenta de Se present6 el cab'allero sindico procurador general. la representazi6n con una representazi6n de este dfa, solicitando que el del caballero smdico proc:ur a d o r titulo presentado por el caballero regidor·alguacil mayor, general sobre que se c:onsulte al se· en consecuencia de la confirmaci6n que su majestad ha fior goberna do r, intendente y capimandado despachar a favor de su oficio, se consulte al tifn general, Si ha caducado o no el senor gobernador, intendente y capitan general, si ha cadu· oflc:lo de regldoralguac:ll mayor. cado o no. Y se acord6 : Que se reserve para su despacho en el cabildo inmediato, por ser ya tarde. [f· 31 ] / . · Sobre que se ponSe dio cuenta del expediente form.ado sobre que sc gan los rastrillos pongan los rastrillos nuevos hechos para servicio de la nuevos hechos para la real c:llrzet. real carcel y de que a pesar de lo mandado al mayordomo de propios, en cabildo anterior, no lo ha verificado; Y de

Se dio cuenta de Jos oficios y de· creto renli t I d o s por el sefior gobernador ac e r c a de la llegada de! Indulto; composici6n del [sic) fuen· te de San Antonio; sobre si sc hlzo saber a don Juan Santaella la elecci6n de alari· fe de esta ciudad y su rcspuesta; y Jo resuelto acerca del remate de Jos oficlos de regldorcs.

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I

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori· ginal.


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

la necesidad que hay de que se componga la subida de la escalera del cuarto en que se despachan los asuntos de justicia. Y se acord6 : Que se le haga saber al mayordomo que dentro de seis dias precisos deje en sus lugares corrientes y servibles los expresados rastrillos y tambien lo que necesite componerse de la subida del citado cuarto, bien entendido que de no verificarlo se tomaran las providencias que corresponda. Se presentaron Miguel Bascazan y Santiago Amestica pidiendo el pago de las obras hechas para la composici6n de los rastrillos construidos para la real carcel, su 1mporte, diez y siete pesos y cua tro real es; y se acord6 su pago por ser mui debido. Y se acord6 : Que se zatisfagan por el mayordomo de propios, dandosele la orden conveniente por media del presente esscribano. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Estando presente el caballero alguacil mayor y entendido de lo que representa el caballero sindico procuradot" general acerca de su oficio expuso : Que sin oponerse a lo que tiene acordado el muy ilustre ayuntamiento, de reservarse este [f· 31v·]/ asunto para el cabildo siguiente, no es parte el procurador general del comlin para pedir caducidad reservada para las personas comprendidas en las leyes que el cita; y por consiguiente, que protexta contra el cualquier perjuicio que le pueda sobrevenir; y pide que se tome la raz6n de su titulo, que present6 en el cabildo Ultimo, como acto que es executivo, y sin perjuicio de lo que hubiere lugar y que con este requisito de la toma de raz6n se le devuelva para ocurrir a su majestad. Concluida esta exposici6n firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] Coronado [rU.brica] Licenciado Mexia [robrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rU.brica], esscribano real y publico de cabildo.

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Que se p a g u e a Miguel BascaZlin Y a Santiago Ames· tica los 17 pesos, 4 reales, importe de las obras de ferreria y madera en los nuevos ras· trillos para la real c:lrcel.

Exi>osicion del caballero alg u a c l l mayor sobre la representazi6n del caballero sfnd i c o general pidie n d o se consulte sobre la caducidad del oflcio de alguacil mayor.

=

[28] [27 DE ENERO DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de enero de mil ochocientos y cuatro aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de precedente orden del

Cabildo exttaordinario celebrado en 27 de enero de 1804.


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Sobre lo dispuesto en orden a los gastos que debe producir la expedici6n del fluldo vacuno.

Voto del caballero regidor doctor don Josi! S;inchez.

ACTAS DEL CABILDO

senor capitan general, gobemador e intendente de csta isla, concurrieron, siendo citados, los seiiores licenciado don Santiago de los Rios, alcalde ordinario de segundo voto; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio [ 1• 32 ] / Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidorcs; y cl caballero sindico procurador general, doctor don Francisco de Torres Feliciano, para tratar y conferir cuanto convcnga ul asunto para que son convocados. En estc cabildo se recibi6 un oficio del scfior gobcmador, capitan general e intendente de csta isla, en quc contexta al que se le dirigi6 por estc ayuntamicnto, con cl acuerdo celebrado en diez y sietc de los corricntcs, sobrc los gastos y erogaciones que debc producir la cxpcdicion que sc espera en esta capital para comunicar cl fluido vacuno en esta isla en beneficio publico y de la humanidad. Y se acord6: Que en conformidad a lo dispuesto por su sefioria, en su citado oficio, se prepare la casa ofrecida voluntariamente con las utensilios necesarios tanto para la asistencia y decoro de las personas .que componen la expedici6n como tambien de lo correspondiente a la cocina y demas que sea conducente a la conveniencia de Ios individuos que se esperan, como igualmente lo relativo a la manutenci6n de Ios nifios durante su mansion en esta plaza, encargandose todo a la prudencia y discreci6n del cab~­ llero comisionado para que la expedici6n quede bien servt" da Y la gratitud de este muy ilustre cabildo demostrada en lo posible. Y el caballero regidor don Jose Sanchez Bustamante manifest6 : Que tambien seria conforme en el acuerdo Y en cuantos particulares comprende sino fuese porque el decreto de veinte y cinco del corriente, en [f· 32v·]/ que manda el senor gobernador, intendente y capitan general, se haga el gasto de manutenci6n igualmente que el de casa del fondo de propios expresa que segun la consulta que sobre ello se le ha dado par el senor auditor de guerra; Y parecerle al exponente que dicha consulta, de que hace su sefioria menci6n en el decreto, no previene o manifiesta otra~ erogaciones ni gastos del fondo de propios que la prec1sa para continuar con la casa que ya el muy ilustre ayuntamiento ha franqueado a los que componen la expedici6n de la vacuna, pr6xima a arribar a este puerto, equi· pandola de todos los muebles necesarios para su servicio, incluso tambien los de cocina.


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Con lo que se concluy6 este cabildo extraordin~ri,o, contextandose al senor gobemador, intendente y. cap1tan general, con inclusion de testimonio del acta; ~ lo fu::m~ron sus seiiorias, de que cloy fee. = Licenciado. Rios, [1:1bnca] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubn~.a~ Doctor Sanchez [rubrica] = Doctor Tliorres Fe~iciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], csscribano real y de cabildo.

=

[29] [30 DE ENERO DE 1804.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta dias del mes de enero de mil ochocientos y cuatro afios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, segiln es de uso y constumbre [sic], concurrie-[f· 33 ]/ron a esta sala consistorial los senores don Jose Davila y don Santiago de los Rios, alcaldes ordinarios ; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-algua::il mayor; y don Jose Sanchez Bustamante, regidor; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo habiendose tenido presente el oficio de veinte del corriente en que el senor capitan general se sirve pedir que se pasen inmediatamente el expediente de la nueva obra de la sala capitular y en el que rod6 la disputa 0 pretension del senor auditor de guerra, de tener a su disposici6n sala o pieza donde recibir las confesiones y pasar las visitas semanales, para acordar su contextaci6n se ha tenido presente el cabildo celebrado en once de julio de mil ochocientos tres, en que consta, por nota del p~esente escribano, que habiendose pedido a su seiioria el c1tado expediente suscitado por el seiior auditor se le devolvi6 desde entonces. Que se pidi6 a su seiioria con motivo de evacuar otro informe que se sirvi6 pedir posteriormente sobre el mismo asunto y *que [ilegible]* corre unido en los autos criminales seguidos contra Hipolito Ortiz, Antonio Medina, Juan Ramon Casillas y socios en el delito de hurto y heridas en la casa de don Francisco * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

I

L

C::ibildo ordin3I'io celebrado en 30 de cnero de 1804.

Contextazi6n ::icerca de la solicitud y remlsi6n del ex· pedicnte er e a d o con motivo de l::i sala para desp::icho de las causas de los presos.


ACTAS DEL CABILDO

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Marla L6pez, vecino de Las Piedras, el cual debe acumuJarse al expediente principial, y que para la compulsa de su testimonio fue requerido el esscribano de gobiemo, coma todo resulta de la acta capitular de diez y ocho de octubre de mil ochocientos dos; y (f· llv. ]/respecto de que el mismo esscribano informa que el expediente de Ia nueva obra de la sala capitular existe en Ia secretaria de gobiemo se acord6: *que con testimonio de esta acta* Se contexte bajo de estos principios al senor gobemador. Habiendo dado cuenta el presente esscribano de la Testado, no vale. representaci6n dada en este dia por el caballero slndico procurador general sabre que se le devuelva Ia que dio en cabildo de veinte y tres de los corrientes en orden a la caducidad del oficio del senor alguacil mayor expuso ISobre caducldad del oficlo de aleste que debe retirarse; y que antes de verificarlo hace ~ mayor deseni})dado por el presente que su oficio no ha caducado y para .que se trate doctor don Jos6 J oaqufn Coronacon la debida imparcialidad es necesario que se retire de do.] la sala el caballero regidor doctor don Jose Sanchez mientras se acuerde lo necesario, porque en el acto de la pre[El aJguacll mayor sentac::i6n de su titulo fue el Unico que manifest6 su insollcita que mientenci6n en la caducidad y por consiguiente no ptiede sutras se dellbera sobre la caducidad de 11U oficlo se re- . fragar en el asunto. Que a mayor abundamiento lo zecusa tire de la sala el con el juramento de no proceder de malicia y pide se le regidor doctor don JC>ff Sllnchez.) comunique vista de una y otra representaci6n del caballetj> smdico. procurador general para exponer lo que se le ofrezca, y ·concluye retirandose. \' y eri ~te estado, obtenida la venia del seiior presidente, expuso el caballero regidor doctor don Jose San(El regidor doctor chez: Que desde el lunes diez y seis del corriente exibi6 don Jos6 Slinchez se opone a la so- su titulo de confirmaci6n, que antes Io habia presentado al llcltud del aJguamuy ilustre ayuntamiento por el mes de octubre y que no cil mayor.) se tom6· de el la raz6n porque fue remitido sin ped.imento e .. igualmente en dicho cl1a diez y seis present6 el ·de su · conffrmaci6n el ca~allero alguacil mayor: Otfe tratW:tdose ~ ·con-[L 34]/ferenciandose las cosas o expeclientes por su orden se dio cuenta de la confirmaci6n del que expone Y de· aqUf se habl6. bastante de caducidad de oficios y con este motivo. y haber enseguidas dadose tambien cuenta de la. conffrmazi6n de clicho caballero alguacil mayor ·se hizo mas vivamente el reparo, a .que contribuy6 tambien la vista del decreto que recay6 cuando se present~ al

.. * Lo comprendido .entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DB PUERTO RICO

senor capitan general para Ia toma de raz6n, que lo ha por presentado en este dia, contrayendose su seii.oria al veinte y tres de diciembre con toda la fecha en letra. Esto aviv6 los justos reparos de los sefi.ores de la sala y de que entonces no se resinti6 dicho caballero alguacil mayor pero, hoy, tal vez le habra parecido conveniente contraerse y particularizarse con el que expone pero como que no encuentra justas causas para nada de cuanto dice en su exposici6n ni menos motivo ni autoridad para solicitar y pedir que salga de la sala porque el asunto del titulo exibido no es de los que las !eyes sefi.alan para retirarse un vocal le ha parecido bien hacer esta exposici6n y para que en todo caso y tiempo se desimpresione de las ideas que ha manifestado, con una imaginaci6n acalorada por el propio interez; y en cuanto al empefi.o que tan vivamente decanta, por parte del que expone, padece sin duda mas acaloramiento y ofuscaci6n pues si asi fuere con s6lo poner dicho SU titulo de confirmaci6n a la vista mas imparcial 0 mejor dijera mas parcial al caballero alguacil mayor sin duda que no habrfa que articular pues estando, como esta, el titulo que vuestra sefi.oria le man-[f· 34v·]/d6 extender para obtener y poseer el regimiento, despachado en veinte y dos de diciembre de mil setecientos noventa y ocho, y su presentaci6n, como queda dicho, en veinte y tres de diciembre de mil ochocientos tres, no pare·::e que ofrece tanta duda la caducidad como transcurridos los cinco aii.os perentorios que dispone la ley dentro de los que se debe pedir, obtener y presentar la confirmaci6n ni que tampoco se proporcionan *un modo de hablar* tantas vozes y expresiones como las que ha usado contra el exponente el caballero alguacil mayor ni menos puede creer que sin expresi6n de causa, como deja sentado, pueda intentarse y admitirse la recusaci6n indicada. Vistas las exposiciones antecedentes se acord6: Se de cuenta de todo al senor capitan general para que en su tribunal de justicia resuelva lo mas conveniente sin que obste la recusaci6n interpuesta por el caballero alguacil mayor contra la asistencia y votaci6n del caballero regidor doctor don Jose Sanchez, por cuanto la causa a quese contrae no influye en la determinazi6n ·del cabildo reducida al mero hecho de remitirlo todo al senor capitan.·general.'

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Testado, un modo de hablar no vale. .

[Gobemador · a . re-

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solver .Ja cuesfidn planteada s o b r e

caducidad c;lel . ofi·. clo de• alluacll ma·

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* Lo comprend.ido entre asteriscos aparece tachado en .el ori-

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46

(El doctor don Francisco Oller solicita certificaci6n sobre el eJerciclo de su profesi6n ml!dlca.]

(Se provee al pe· titorio del doctor don Fra n c i s c o Oller.]

regidor doctor don J osl! S4ncbez Bustamante presen· ta el tftulo con· firmatorio de su oflcio.) (El

(El alguacil mayor doctor don Jos~ Joaquin Coronado insta se tome ra· z6n del tttulo con· firmatorlo de su oficio.J

ACTAS DEL CABILDO

Se present6 el doctor don Francisco Oller pidiendo certificaci6n a su exercicio en la facultad de medico chin1rgica en esta ciudad, real carzel y Hospital de Caridad, desde cHez y ocho de julio de mil setecientos noventa y dos, acompaiiando cierto docurnento en que consta haberse tornado raz6n de su titulo. Y se acord6 : Sc le cxpida la correspondiente certificaci6n comprensiva de su zclo, perlcia y buen descmpeiio de ambas facultadcs sin quc al cabildo le conste cosa en contrario, pero quc [L -' 5 ] / por lo que toca al Hospital de Caridad ocurra a Su Sefioria Ilustrisima porno poseer este cabildo el conocimiento suficiente de su procedimiento en aquel, y quc se le de· vuelvan los documentos exibidos. Se tuvo presente el titulo exibido por el caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante de la confirmaci6n de su oficio de regidor. Y se acord6: Se tome razon de el, devolviendosele despues = con la correspondiente nota. Habiendo instado el caballero alguacil mayor se diese curso al pedimento que, seg(in consta de la nota del pre· sente esscribano, fue exibido el diez y seis del corriente para que se tomase raz6n del real titulo de confirrnaci6n acum.ulado a el, se acord6: Que se tome raz6n sin perjuicio de lo que se ha resuelto en este dia sobre el expediente incoado acerca de la caducidad, y que se remita el titulo original con el expediente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firrnaron sus seiiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] - Licenciado Rios [rubrica] =Doctor Coronado [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

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[30] [6 DE FEBRERO DE 1804.]

. Cabildo ordinario celebrado en 6 de febrero de 1804.

En la Muy [f· 35v. ]/Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis dias del mes de febrero de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbrc [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Davila, alcalde ordinario de primera elecci6n; don Antonio de C6rdova y don Miguel Davila, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

En este cabildo se nombraron para diputados de las festividades que corren a cargo de el ayuntamiento y cumplimentar a las personas de distinci6n estables y transeilntes los siguientes Para las festividades de la Purificacion de Nuestra Senora, San Juan Bautista y Santa Rosa de Lima, el seiior alcalde de primera elecci6n, don Jose Davila, y el seiior alferez real, don Jose Power. Para las de San Felipe y Santiago, Santisimo Corpus Christi y Santiago El Mayor, el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios, y el seiior regidor decano, don Antonio de Cordova. Para cumplimentar las personas de caracter estables y transeuntes, los seflores regidores licenciado don Juan Antonio Mexia y el doctor don Jose Sanchez Bustamante. Para suplir las ausencias o enfermedades de alguno, el caballero regidor diputado de abastos. Se dio cuenta del decreto del sefior gobernador, intendente y capitan general, en que [f· 36 ] / manda que con consideraci6n a la edad de don Juan Santaella, electo alarife de la ciudad, y demas razones que expone para no admitir este encargo se proceda a elegir sujeto que le reemplaze en el. Y conferenciado el asunto se acord6 : Que con respecto a la inopia de maestros facultativos que puedan desempeiiar las funciones de alarife de albaiiileria, que Francisco Zepero se halla actualmente enfermo, segun ha avisado en virtud al llamamiento que se le ha hecho; y deseando el ayuntamiento poner este encargo en persona de probidad e inteligencia se diputa al caballero regidor decano, don Antonio de Cordova, para que tome los informes necesarios asi de Zepero, si podra exercer este nombramiento, o de otra persona en quien concurran las calidades necesarias, y de cuenta en el pr6ximo inmediato cabildo a fin de evacuar la elecci6n que se previene. Se tuvo presente el expediente movido por don Luis Huertas sobre Ia venta de tres varas y media de terreno que trata de comprar, como pertenecientes a los propios de la ciudad, para edificar la casa que ya ha comenzado edificar en la plazeta de Las Madres Monjas Carmelitas. Y conferenciado el asunto se acord6: Que se reserve su despacho para el inmediato cabildo, en el que concurriran mas vocales que los que hay en el presente. Dio cuenta el presente escribano del pedimento presentado [f· l6v. ] / por la senora dona Ana de Andino solicitando

47 Nombramiento de diputados para las festividades y cumplidos.

=

Sobre nombramiento de alarife de til· baiiilerfti.

Sohre el expedien- · · te de don Luis Huertas.

[Se pospone basta el cabildo inmediato la determinac:i6n de la sollcl• tud de compra de terreno presentada por don Luis Huertas.)


ACTAS DEL CABILDO

48 Sobre et informe que se pide a ta instancia de ta se· iiora dona Ana de Andino. [Posp6nese para los pr6ximos cabildos el informe sobre solicitud de censo formulada por dd~ iia Ana de AD 1• no.] Sollcitud de Ma· nuel Lamas acerca del rebaio que pre· tende en el remate de Palo Seco.

El seiior alcalde ordinario don Jose Ddvila hace pre· sente los males que le asisten para no poder concurrir a cabildo con fre· cuencia.

tomar a tributo tres mil pesos de los fondos de propios, y que se pas6 a informe del ayuntamiento por el senor gobemador, intendente y capitan general. Y se acord6 : Que se reserve para los cabildos sucesivos respecto de la falta de vocales que hay en este. Se dio cuenta de los pedirnentos prescntados por Ma· nuel Lamas, actual arrendatario del pasaje de Palo Seco, solicitando se determine el expediente que ha promovido acerca de los perjuicios que recibe en el pasajc, exprcsado asi con las pulperias que alli establecidas corno con la conducci6n de gentes en canoas particulares. Y se acord6 : (lue respecto a que se halla en vista el expediente dcl asunto se agreguen los dos pedirnentos a el para que obrcn Ios efectos que convengan; y queen cuanto al en que pide testimonio de las condiciones con que remat6 el citado pasaje y auto de su remate se le de por el presente esscribano. El seiior alcalde ordinario don Jose Davila expuso que con motivo de hallarse cuasi imposibilitado de vestirse y presentarse a las funciones capitulares semanalmente por la incomodidad que recibe, lo hace presente a fin de que no le pare perjuicio ahora ni en ningiln tiempo su falta de concurrencia, en el concepto de que seguira siempre en el despacho de las funciones judiciales como que ha propendido y propende al mejor servicio del publico y del rey, lo que pidi6 se anotara en este cabildo para los efectos que le [f. 37 ] / convengan. Y se acord6 : La extensi6n de esta exposici6n por ser mui justa y conforme con los motivos expuestos y buenos deseos del senor exponente. Con _Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos senores, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Cordova [rubrica] = Davila [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo.

[31] [10 DE FEBRERO DE 1804.] Cablldo extraordl· nario celebrado el 10 de febrero de 1804.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de febrero de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de lo dispuesto por el sefior capitan general, gobemador e intendente, concurrieron a esta sala los seiiores alcalde ordinario licenciado don Santiago de

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

los Rios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de Cordova. licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores, para tratar y conferir lo que convenga sobre el asunto a que ha sido convocado. En cstc cabildo se recibi6 un pliego del seiior capitan general en cuya cubierta se expresa cabildo extraordinario a las docc de cstc dia; y abierto a la misma hora o poco <lcspucs sc advirti6 haber sido a su seiioria muy re- [f· 37v. ] / parab1c cl proccdimicnto del comisionado, contra las intencioncs de este muy ilustre cabildo, correspondiendo con tan poco lucimiento al encargo que a su prudencia y discrecion se dcj6; y que para precaver las responsabilidades por omisiones culpables en el desempo [sic] de las reales 6rdenes sobre el modo de tratar a los individuos empleados en la expcdici6n de la vacuna se le hiciese entender usase mejor de la prudencia y discreci6n para que se le dio este cncargo. Y este muy ilustre cabildo habiendole instruid? de la prevenci6n detenninada por su seiioria, el seiior cap1tan general, expuso el caballero regidor diputado que por su parte ha cumplido en preparar la casa ofrecida con los utensilios necesarios y es la misma que con anterioridad estaba dispuesta por (sic] comunicar y propagar el fluido vacuno y para hospedar Ios niiios y demas de que se componia la expedici6n; que en ella se encuentra lo correspondiente, la cocina y demas que conducente [sic] segiln las circunstancias del paiz. Que para los nifios prepar6 veinte y u~ catres, que se hicieron, y siete mas que estan en la m1sma casa, que todos componen veinte y ocho, de buen bramante y dobles. Que como no se hallo con facultad de preparar mas que una casa para el referido hospedaje de niii.os y dependientes de la expedizi6n y por tener ya aquella este destino, no prepar6 otra. Que llegada que fue 1a expedici6n, y viendo el crecido nfunero de gentes de que se componia, que no podian acomodarse todos en ella, present6 al director otra casa tan buena como la principal, por su capacidad, con seis sillas, mesa y luces, (f· 38 ] / entregandole sus Haves, que ocuparon aquella noche pero que como no tenian sirvientes ni quien les guisara parece no les acomod6. Que el no haber encontrado colchones, sabanas y almohadas fue por no acordarse sobre ello y que como parece regular trajeron estos utensilios propios de un equipaje no habfa dado sobre ello providencia. Que en la casa hay y les tiene prestos sirvientes sobrantes, tanto de 4.

A.

C.

49

Sobre la falta advertida en el caballero diputado de la vacuna.

Exposici6n del caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia.


ACTAS DEL CABILDO

so

N om bramiento ce

acompaftado.

hombres como de mujeres, y el exponente que asiste a ella para que no haya ninguna falta como el mismo director podra informarlo. Que a prevenci6n anoche mismo les puso dos COlcbones grandes y algunas sabanas de SU USO y no se extencli6 a mas porque cuando volvi6 not6 que por ordcn del seiior capitan general se les habia proveido de sabanas del Real Hospital, por lo que se contuvo en hacer sc le llcvaran otros. Que viviendo todos en una casa no tcndrian ni hubieran experimentado falta alguna porque el zclo dcl exponente, conforme lo tiene manifestado por sus votos en los acuerdos que se han celebrado consccuentes a la real orden de primero de septiembre ultimo, es y se dirije al mejor servicio de Dios y del rey por el beneficio que rcsulta a este publico y por cumplir con sus deberes. Que admite la prevenci6n que le ha hecho el sefior presidente del muy ilustre ayuntamiento y que para Ios usos que le convienen pide se le de testimonio del expediente que motivO. la referida real orden de primero de zeptiembre y de este acuerdo; aiiadiendo que tampoco bubo falta en el para el acto del recibimiento para que pas6 a reci- (f· 38v·]/ bir 6rdenes del senor capitan general y le mand6 lo hiciese con un regidor, que para ello pasarfa un oficio que ponclrfa en manos del doctor director, que asi lo verific6 prontamente, llevando a mayor abundamiento al presente esscribano. Sucesivamente se procedi6, en conformidad a lo dispuesto en el oficio recibido, al nombramiento de otro comissionado que estuviese a la mira a fin de que nada faltase a la expeclici6n. Y se acord6 *unanimen* el que lo fuese el caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante, a excepci6n del regidor don Juan Antonio Mexia que no prest6 su voto sobre acompafiado por considerarlo no s~rle nada decoroso a su honor y estimaci6n, no obstante de haber representado el nuevo comissionado hallarse in- ' dispuesto para que en tiempo alguno le parase perjuicio. I .·, Que se pase a su seiiorfa testimonio de esta acta con el co-; rrespondiente oficio. Con lo que se concluy6 este cabildo;' ·: que firmaron sus seiiorfas, de que doy fee. = Enmenda~.­ do estuviese vale, testado unanimen no vale. _;_ Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Antonio de Cordova [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] Power [rubrica] = Ante

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Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori~

ginal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

51

mi - Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de 39 cabildo. ]/

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[32] [20 DE FEBRERO DE 1804.]

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Doy fee : Que en este dia no se celebr6 cabildo ordinario, como se aconstumbra [sic], a causa de no haber concurrido a el, sin embargo de haber precedido la citazi6n de estilo, ninguno de los caballeros capitulares y s6lo lo verific6 el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, de cuya orden extendi esta diligencia para que obre los efectos que convenga ; y como su merced deseaba la celebraci6n de este cabildo ya por el despacho de varios asuntos que hay pendientes y de urgencia y ya por haber un oficio que ha remitido el senor capitan general, para darle la debida contextaci6n hizo citar particularmente a los caballeros regidores doctor don Jose Joaquin Coronado, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power; y como hubiesen contextado el primero, que se hallaba indispuesto de flucci6n, el segundo, que no le hallaron en su casa, y el tercero, que se hallaba ocupado en asuntos de la diputaci6n de abastos, dispuso que se diese cuenta a su seiioria para su inteligencia y gobiemo. Y para que conste lo pongo por diligencia, que firm6 su merced, hoy, veinte de febrero de mil ochocientos cuatro aiios. = Licenciado Santiago de los Rios [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

Diligcncia que acredlta el motivo de no haberse celebrado cabildo ordinario.

[33] [27 DE FEBRERO DE 1804.] En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los :veinte y siete dias del mes de febrero de mil ochocientos y cuatro aiios, [f· 39v·]/ para celebrar cabildo ordinario, segiln lo tienen de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los se:iiores licenciado don Santiago de los Rios, akalde ordinario de segunda elecci6n; licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Miguel

Cabildo ordinario celebrado en 27 de febrero de 1804.


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ACTAS DEL CABll.DO

Da'Vila, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo concurri6 tambien el caballero regidor don Manuel Angel Power. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor capitan Sobre que se tengan prontos los pegeneral por el que se solicita se tengan prontos los patrosos. medidas, a oficio recibido por nes de vara y medidas de liquidos y granos para los efcctos el senor capit4n general. del reconocimiento que le ha hecho presente el senor auditor de guerra corresponde hacerse de los pesos y medidas. Y se acord6: Se librase oficio al caballero regidor-ficl executor, don Joaquin de la Torre, para que de raz6n de los pesos y medidas que existen en su poder, y que en cste concepto se contextase al senor capitan general. Se recibi6 otro pliego del senor capitan general comSobre queja dad a por el caballero prensivo de un expediente incoado por el caballero regidor regidor don Jos~ S4nchez contra el don Jose Sanchez Bustamante quejandose contra el cabacaballero regldor don Juan Antonio llero regidor don Juan Antonio Mexia sobre las palabras Mexia sobre ciertas expresiones. que este profiri6 en la casa de don Eusebio Urquizu sabre la falsedad de su comisi6n y para que no le abonase dinero alguno titulandose s6lo comisionado. Y mandandose averi· guar este hecho, por la informaci6n que se recibi6, se sirvi6 su seiioria en este estado pedir informe al cabildo, quien para el conveniente acuerdo dispuso que los dos citados regidores, como partes interesadas [f· 40 ] / recfprocamente, suspendiesen su asistencia al acto de la conferencia y votaci6n, lo que asi executado se deliber6 : No podia llenar 1\, . las ideas de su seii.oria por el informe que se le pide en atenci6n a que el hecho que ha servido de objeto a Ia queja no tiene alln. todo su valor mientras no se sustancie en justicia con audiencia de la parte contra quien se ha in· terpuesto la querella; y que en este caso las actas de que se ha hecho remisi6n a su seii.oria decidiran lo mas conforme a justicia; que se devuelva el expediente a su seiioria con el debido oficio. ! El escribano dio cuenta del expediente que le entreg6 • Sobre el informe el de real hazienda, con decreto del tribunal de Intenden· que se pide acercia, pidiendo informe sobre si Ia ausencia del caballero ca de la ausenc1a del caballero regiregidor-alcalde provincial, doctor don Manuel de Acosta dor-alcalde provincial Riaza, procedia de la sentencia de destierro o de licencia de quien correspondfa concedersela. y habiendose exami· nado los Libras en quienes pudiese haber alguna raz6n de esto s6lo se ha hallado ·que el referido regidor asistio al cabildo celebrado en ocho de agosto del aiio de setenta Y cuatro, y que en diez y siete del mismo se menciona inci-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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dentemente *en el que se celebr6* no haber asistido por estar preso. Y no hallandose otro documento por el que conste al cabildo lo que solicita el senor gobernador, capitan general e intendente, no se puede dar categ6rica raz6n de ello. *Se present6 d* Con lo que se concluy6 este cabildo, reservando el despacho de los demas asuntos pendientes a que se ha dado cuenta (f· 40v·]/ para los cabildos inmediatos, sucesivos ; y Io firmaron dichos seii.ores, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico.

[34] [6 DE MARZO DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis dfas del mes de marzo de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uzo y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial Ios seiiores alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios; don Antonio de C6rdova, decano, licenciado don Juan Antonio Mexia, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibieron tres oficios : uno, del senor capitan general, pidiendo por triplicado la cuenta de los gastos de la expedici6n de la vacuna. Y se acord6: Que los caballeros regidores comisionados la formalizen cuanto antes sin perdida de tiempo. Otro, del Ilustrisimo Senor Obispo electo de esta di6cesis, en que remite la Bula a este pueblo y asimismo se despide para ir [f· 41 ] / a consagrarse a la ciudad de Caracas ; acordandose se prometia del pueblo la mayor gratitud y veneraci6n para su deseado pastor, congratulandole felizidad en su viaje a Caracas, y que pasen dos caballeros diputados a cumplimentarle, seg(tn estilo. Y otro, del se.iior director y demas individuos de Ia expedici6n de la vacuna, sobre Ia generosidad con que ha

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

Cablldo ordinario celebrado en 6 de marzo de 1804.

Sohre que se den testimonJos p o r triplicado de la cuenta de gastos ocaslonados en la expedici6n d e 1 a vacuna. (Su Dustrfslma el sedor Obispo don Juan Alejo de Arizmendi remite Bula al cabildo y se desplde en ocasi6n de salir bacia Caracas donde se-

r4 consagrado.J

(El director y de-

m 4 s miembros de

la expedic6n de la vacuna patentizan s u asradecimiento por las atenciones recibidas del ayuntamiento y


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ACTA$ DEL CABILDO

procedido este ayuntamiento en la atenci6n a cuanto ha ocurrido en dicha expedici6n e igualmente sobre las gracias que da por la buena elecci6n hecha en el comisionado caba· llero regidor don Juan Antonio Mexia. Y se acord6: Retribuyendole las gracias por los obsequios dispensados Y por haber correspondido el dicho comisionado tan exactamente a los fines de su majestad, contextandose bajo de este concepto a los insignuados oficios. Se presentaron Juana Antonia Araujo, Josefa Chavarria, Sobre que se d~ Paula Molinero y Juana Polanco, maestras de escuela, pi· a las cuatro maestras de niiias tesdiendo compulsa de la acta zelebrada sobre la gratificaci6n timonio de las Ac· taS de su nombra· ,que se les asign6; y se les provey6 conforme. miento. Tambien se tuvo presente la solicitud de don Carlos Martinez, maestro de primera letras en esta ciudad, pre(Petici6n del maestr o don Carlos tendiendo se reuniese a la suya la que result6 vacante por Martfnez sobre que se le asigne a ~l fallecimiento de don Victoriano Aldea; y se provey6 pasase la escuela que regentaba el fallecia vista del caballero sindico procurador general. do maestro don Victoriano Aldea.J Se dio cuenta del expediente promovido por el caballe[El alguacil ma· ro alguacil mayor sobre la necesidad de componerse Ia cayor representa necesldad de efec. beza de una viga de la escalera [f· 41v·]/ provisional que da tuar algunas repa. paso al cuarto donde se celebran las visitas semanales, raclones en la c4r· eel y en los sri· como uno de los puntales ; y de que se provea de siete zam· llos.J hullos; y de que se Um.pie el lugar com(m, reclavar su piso, mazizarse con mezcla y piedra algunos huecos de sus ori· llas; y finahnente, sobre la recomposici6n de muchos gri· llos con precisi6n de un yunque y martillo de fierro. Y se acord6: Pase el expediente al mayordomo de propios para que con toda brevedad disponga se habiliten todas las cosas de que trata dicho expediente. Habiendose dado cuenta del nombramiento que debia Resultas sobre el nombramlento de recaer nuevamente en el individuo que sirviese de maes· maestro alarlfe de esta ciudad en tro de alarife de esta ciudad y teniendose presente el don Francisco Ze· pero. acuerdo de seis de febrero, en el cual fue com.isionado el caballero regidor decano, don Aritonio de C6rdova, para explorar la voluntad de don Francisco Zepero, no obstante de hallarse por aquel entonces enfermo este individuo, como por las ocupaciones del caballero comissionado en· , cargarse al caballero regidor don Juan Antonio Mexia tra· / tase este asunto con Zepero, respondi6 dicho caballero re~,' gidor que este, por mero obsequio al muy ilustre ayunta· miento, aceptaba el encargo. Y se acord6: Como se le admitia, que pasase a prestar su juramento ante el senor regidor 1Comisi6n que se le hace al alarife decano, y se le entregue el expediente para que proceda don Francisco Ce· pero.J con toda brevedad y economia a la construcci6n de la obra

por los servicios del diputado design ado por el cabildo, don Juan Antonio Mej(a.)


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que ha motivado este recurso, formando antes el correspondiente calculo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, [I· 42 ] / de que doy fee. = Licenciado Rios [nibrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. En el mismo dia concurrio, siendo citado a esta sala consistorial, don Francisco Zepero, y habiendosele hecho saber cl nombramicnto de alarife de esta ciudad y aceptadole, juro en manos del senor regidor decano, don Antonio de Cordova, de usar bien y fielmente su encargo, segiln su lea} saber y entender; y lo firm6 con dicho caballero, de que doy fee. = Antonio de Cordova [rubrica] = Francisco Zepero [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

Aceptac16n y juram en to del alarlfe de albaiiileria.

[35] [6 DE MARZO DE 1804.]

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En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis d:i'.as del mes de marzo de mil ochocientos y cuatro aiios, para cele- (f· 42v. ] / brar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor capitan general, concurrieron a esta sala consistorial su sefi.oria, el senor mariscal de campo de los reales exercitos, capitan general, gobemador e intendente de esta isla; los seii.ores don Jose Davila, alcalde ordinario de primera elecci6on; don Jose Power, regidor-alferez real; don Antonio de Cordova, licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores; y el doctor don Francisco ~e Torres Feliciano, procurador sindico general. Concurn6 tambien el senor regidor-alguacil mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado. En este cabildo se abrio un oficio del senor capitan general en que se sirve cometer a este ayuntamiento el encargo para continuar la vacunaci6n, por las razones que preceden. Para proceder, pues, con la mayor brevedad y sin perder instantes de tiempo acord6: Que el doctor don Francisco Oller siga vacunando en los propios terminos que lo hacfa antes de la llegada de la real expedici6n, por tener bien acreditada la experiencia el buen suceso con que la

Cabildo extraordinarlo celebrado en 6 de marzo de 1804.

Sabre que

el encargo de la continuaci6n de la vacuna quede a cargo del ayuntam i e n t o a cuio efecto pas6 oficio el seflor ca pi ttn general, gobemador e intendente. (Designaci6n de los doctores don Francisco Oller y don Emigdio An-


56 tique para que con· tintien la vacunacl6n contra la vi· ruela.J

[Provkse se cons!·

ga una casa mils

barata para efectuarse en ella la vacunacl6n.J (A fijarse cedulones citando a los vacunados.J

ACTAS DEL CABILDO

propag6 y no haberse demostrado por el director error alguno ni contra el facultativo ni contra la operaci6n. Bien que por justas y prudentes reflecciones lo acompafiara el doctor don Emigdio Antique, medico recibido y natural de esta ciudad, en quien ademas de su conocido talento se le considera en el mayor patriotismo, y para que los dos obren de concierto en este tan importante asunto. Que el caballero regidor co- (f· 43 ] / misionado disponga que se solicite una casa de menos costo para consultar en lo posible lo menos que pueda sufrir la ciudad en lo ade· lante, supuesto que cesa el alojamiento de la expedici6n. Que el presente esscribano, al amanecer, fixe cedulones para que a la hora acostumbrada, de las diez de la ma· iiana, concurran todos los vacunados a la misma casa para aprovechar el fluido y comunicarlo ; y qu~ con testimonio de este se contexte al se:iior capitan general para imponerle de lo acordado y para que se sirva despachar sus 6rdenes a Jos dos facultatiVOS para que eStOS en SU inteligencia cui· den de dar curso a este encargo, aplicando en el el mayor zelo y vigilancia. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron s~s seiiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Coronado [rubrica] = Castro [rubrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ddctor Thorrez Feliciano [rubrica] == Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

[36] [10 DE MARZO DE 1804.] Cabildo extraordl· nario celebrado en 10 de mayo [sic) de 1804.

En [f· 43v·]/ Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de marzo de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo extraord.inario, en virtud de orden del senor gobemador, intendente y capitan general, concurrieron a esta sala .1 consistorial los sefiores don Jose Davila, alcalde ordinario · de primera elecci6n; don Antonio de C6rdova, licenciado don Juan Antonio Mexia y el doctor don Jose Sanchez Bustamante, para tratar y conferir lo que sabre el particular a que es convocado ocurra. En este estado concurri6 el senor alcalde ordinario licenciado don Santiago de los Rios.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

En este cabildo se recibi6 un pliego del caballero regidor don Juan Antonio Mexia, comisionado para Ia asistencia de la expedici6n de la vacuna, en el que presenta la cuenta formal de los gastos impendidos en ella, acompaiicindola los respectivos comprobantes. Y despues de conferenciado el asunto, cuanto ha sido posible al cabildo, acord6, previa la ausencia del caballero comissionado, se aprobase en todas sus partes, con abono del alcanze resultivo a favor dcl dicho comissionado; y que se procuraise vender lo existente a mcnos que necesitase alguna cosa el cabildo; y que cumplicse la remisi6n, por triplicado, de dicha cuenta como prcvino el senor capitan general en su oficio de tres del corriente. A excepci6n del caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante que fue de sentir debian pasarse las cuentas presentadas al caballero pro- [f·44 ] / curador general, como se ha hecho siempre, para que revisandolas expusiera en su vista lo que le ocurriese, incluyendo, por cabeza del expecliente, testimonio del acuerdo de donde dimana la comisi6n, con todas sus circunstancias, extensiones y limitaciones, para que con mas seguridad representara Io que hallase conveniente sobre ello dicho caballero procurador general. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. Davila [rubrica] Licenciado Cordova [rubrica] Doctor Sanchez Rios [rubrica] [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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=

=

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=

57 Pres en ta la [sic) cuentas de los gastos impedidos en la asistencla de 13. expedici6n de la vac u n a el diputado de ella.

[Se aprueban las cuentas de los gas. tos tncurridos en la vacunaci6n.J

V o t o del doctor don Josi! Sdnchez. (El regidor doctor

don Josi! Sifnchez Bustamante sollcita las aludidas cuentas sean referi das al procurador general.)

=

[37] [ 12 DE MARZO DE 1804.] Doy fee: Que hoy, doce de las corrientes, no se hizo el cabildo ordinario a cauza de no haber concurrido a el solo el senor alcalde orclinario licenciado don Santiago de los Rios y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor; yen consecuencia se dio cuenta, por oficio, al senor gobemador, intendente y capitan general, para su inteligencia. Y para que conste, lo firmaron dichos senores, hoy, doce de marzo de mil ochocientos cuatro. = Licenciado Rios [n1brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico.

Motivo que ocu· rri6 para no haberse hecho cablldo en este dla.

(No se celebra cabildo por ausencia de la mayorla de tos capitulares.J


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ACTAS DEL CABILDO

[38] [13 DE MARZO DE 1804.] En [f· 44 v. ] / la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de marzo de mil ochocientos y cuatro aii.os, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor capitari general, concurrieron a esta sala consistorial, previa la citaci6n correspondiente, los seii.ores don Antonio de Cordova, licenciado don Juan Antonio Mexia y el doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al objeto a que ha sido convocados [sic]. No concurrieron los sefiores alcaldes ordinarios por haber avisado el de primera elecci6n hallarse enfermo de cama; y el de segunda, ocupado en comisiones del senor capitan general, y de la mayor urgencia. Se pide informe En este cabildo se abrio un pliego del seiior capitan por el senor capigeneral en el cual pide su seiioria se le informe a la mayor t in general sobre si el ayuntamiento brevedad si el ayuntamiento ha dispuesto o promovido algo clispuso por sf otra cosa que lo que su por su parte que no sea consecuente a lo prevenido por su sefiorfa determin6 sobre el recebiseiioria para el recebimiento, asistencia y servicio de la miento de la expedicl6n vacuna. real expedici6n de la vacuna ; y tambien si han mediado de parte del ayuntamiento o del director algunos oficios sobre cualesquiera asunto de la comisi6n de este, en cuyo caso los pase a su sefioria testimoniados con la misma brevedad. Igualmente .que se le informe si en los gastos suplidos para esta expedici6n hay comprendidos algunos en obsequio Y agasajo del Sefior directory SUS dependientes por cualquiera motivo; y que en este caso se expecifiquen cuales son, su importe, c6mo y por que [f· 45 ] / causa, con cuanto se le ofrezca exponer para su inteligencia. Y conferenciados los puntos que abraza dicho oficio, (lnfonne d e 1 cabildo al gobernase acord6 informar a su sefioria que el ayuntamiento, por dor sobre lo actuado por el cuersu parte, nada mas ha dispuesto y promovido en orden al po capitular en relaci6n con la real recibimiento, asistencia y servicio de la real expedici6n expedic16n d e 1 a de la vacuna que todo aquello consecuente a lo prevenido vacuna.J por el senor capitan general, gobernador e intendente, te- , niendo mui presente el particular esmero y buen deseo con que su sefioria se anticip6 a unir sus votos con los del ayuntamiento para que tuviese la real expedici6n la mas generosa acogida y que nada faltara a llenar estos plausibles sentimientos en obsequio de la benigna y paternal intenci6n de nuestro cat6lico monarca tan particularmente

Cabildo extraordinario celebrado en 13 de marzo de 1804.


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demostrada con la propagaci6n del fluido vacuno a la mitad del globo y bien de sus amados vasallos. Que de parte del ayuntamiento no ban mediado con el senor director oficios algunos sobre ninglin asunto y que s61o habiendo recibido de este uno, el primero del corriente, de que acompafia copia, le context6 el de fecha seis del mismo, quc tambicn remite copiado. Que en la cuenta de los gastos suplidos para obsequiar a esta real expedici6n no hay comprendidos en agasajo del senor director y dependientes otro que el de la cena con que se les obsequi6 la primera noche de la tarde que desembarcaron, segU.n a mayor abundamiento informa el comisionado; y esto con el motivo de haberlo tcnido por mui regular a vista de lo angamado del tiempo y deseos de obsequiarles con la mayor gcnerosidad, segun que su sefioria asi lo [f. 45v·]/ habia reencargado. Y, finalmente, que el ayuntamiento, exacto cumplidor de las mejores disposiciones con que vuestra seiioria se afanaba para que estuviera pronto y dispuesto todo cuanto pudiera resultar al mejor obsequio de la real expedici6n, nada ha hecho que no haya sido dispuesto por su seiioria y acordado, estimandose todo por tan justo como debido a la dignidad del augusto objeto a que se dirigia. Y que con testimonio de esta acta se contexte a su sefi.oria el oficio recibido. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sefiores, de que doy fee. Cordova [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real Y de cabildo.

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=

=

[39] [20 DE MARZO DE 1804.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte dias del mes de marzo de mil ochocientos y cuatro aiios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], precedida Ia correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los sefi.ores licenciado don Santiago de los Rios, alcalde ordinario de segunda elecci6n; don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; (f· 46 ] / don Antonio

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Cabildo ordinario celebrado en 20 del mes de marzo de 1804.


ACTAS DEL CABILDO

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Se manda al caballero regJdor don Jos6 Scinchez presente la cuenta de los gastos hechos por su parte en la expedicf6n de la vacuna. Se aprueba la cuenta presentada ~ el reg.idor don Jos6 Scinchez sobre los sastos Jncurrldos en la apedJcidn de la vacUDa.

Remitiendo el lndulto general.

Dfputando personal que se encargue de las funcfones proyectadas cuando regrese consagrado el Dustrlsfmo Sefior Diocesano.

de C6rdova y el doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir los asuntos interesantes al pro y util de la republica; a que tambien concurri6 el senor procurador general, doctor don Francisco de Torres Feliciano. En este estado ocurri6 a esta sala el senor licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor capitan general, con fecha de diez y nueve del corriente, en que previene que el caballero regidor don Jose Sanchez, comisionado en la real expedici6n de la vacuna, formalize sin falta la cuenta de gastos ocasionados con su intervenci6n en ella. Y se acord6: Con presencia de Ia referida cuenta, que en este mismo dia present6 el caballero comissionado, que se aprobase, como en efecto se hizo, previa la representaci6n verbal del caballero sindico procurador general y con unanimidad de votos; teniendose presente, segiln lo expuesto por el caballero comissionado, de que la partida de diez y seis pesos con tres reales y Ia de un peso y siete reales, que componen diez y ocho, con dos existentes al fin de la cuenta no debe comprenderse en la totalidad de los gastos de la expedici6n por haberse dirigido a distinto ob· jeto, cual fue el obsequio a los Ilustrisimos senores Obispos de esta di6cesis y auxiliar de Mechoacan y juntamente al senor capita·n general cuando vinieron a ver la sala consistorial. Y que se contexte a su seiioria, como asimismo el que se compulsara por triplicado, la cu-(f· 46v·]/enta exhibida en correspondencia a su intento. Se recibi6 oficio del mismo senor capitan general, con esta fecha, acompaiiando testimonio del indulto general que su majestad se ha servido conceder en real cedula de veinte y cinco de julio de mil ochocientos tres. Y se acor· d6 : Se archive para los fines que convengan y se contexte a su seiioria el recibo. Se recibi6 otro oficio del mismo senor capitan general, de *veinte* esta fecha, sobre asunto de las funciones proyectadas para cuando regrese su seiioria Ilustrisima de la ciudad de Caracas, a donde pas6 a consagrarse. Y se acor· d6 : Se le contextase quedar el ayuntamiento enterado del contenido de dicho su oficio, y que consecuente a el ban elegido los seiiores suscritores, por la mayor parte presente, al caballero regidor don Jose Sanchez por comissio-

*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

.

.:


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

nado. Que ademas de los suscritores contenidos en el oficio de diez y siete de octubre ultimo, se aiiaden ahora el senor alcalde ordinario licenciado don Santiago de los Rios y el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia; y que todos son de dictamen que principie la iluminaci6n desde que su Ilustrisima haga su publica entrada en esta ciudad, insistiendo en que la funci6n sea la misma que tiene dispucsta el ayuntamiento, como dijo en su citado oficio de diez y siete de octubre ultimo, a excepci6n del caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante, *Se recibi6 otro oficio de su sefi.oria* (f· 47 ] / que en la conferencia sobre el punto de obsequio de jubilo y demas manifesto lo mismo que ahora expone: Que el muy ilustre ayuntamiento no tiene ni ha quedado comprometido en hacer fiestas por la exaltaci6n del senor don Juan de Arizmendi a la silla episcopal de esta di6cesis pues la vez que manifesto al senor gobernador, por su oficio de diez y seis de mayo pasado, que era mui justo y debido hacerlo del fondo de propios qued6 sin efecto por las razones y motivos que se le ban comunicado al mismo sefior capitan general en los subsecuentes oficios y consultas dadas por el seiior auditor de guerra. Excluido ya el cabildo de hacer estas funciones se hicieron cargo de ellas algunos de los seiiores regidores que voluntariamente quisieron suscribirse para entretener la atenci6n del publico con unas luminarias en el balc6n de la casa consistorial y concierto de musica u orquesta en el mismo balc6n, a que se redujo el detall de la celebraci6n y que su costo total seria de cien pesos, durando uno y otro tres noches. Ya aquf parece que decididamente los que van a prestar el obsequio al senor Obispo son los suscriptores y no otros. De consiguiente, los suscritores, con cuya voz corre el acuerdo, entiendo que no pueden lexitima y autori.zadamente nombrar comisionado como lo ban hecho en el exponente. Que, desde luego, tambien protexta ocurrir al tri-[f· 47v. ]/bunal de justicia para que se le exonere de la comisi6n; y que siendo la acci6n de nombrar comissionado propia de los suscritores lo hagan en alguno de los comprendidos para el gasto voluntario pues de ninguna manera puede llevar la comisi6n que se le ha dado por las razones que manifestara al seiior capitan general y

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

[El regidor don Jose S:inchez Bustamante solicita se le releve de la com is i 6 n pertinente a las funclones a celebrarse en honor a Su Ilustrfshna, doctor don Juan Alejo de Arizmendi.)


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ACTA$ DEL CABILDO

por parecerle tambien muy escaso el agasajo y que luegc el mismo publico o otro mal informado se persuada quc tales minucias son demostraci6n que tributa un cuerpo capitular a la alta dignidad de un senor Obispo compatriota, paisano, y aquellas otras circunstancias ,que manifesto el cabildo por su oficio citado de diez y seis de mayo; y que mientras tanto pide el exponente no le pare pcrjuicio el nombramiento de comisionado que en c.l se ha hecho. Se dio cuenta del oficio del caballero diputado alguaSobre Ja composlcidn del picadero cil mayor sobre que el picadero de la carniceria esta cnde Ja carnicerfa. teramente destruido y se necesitan cinco vigas para su reposici6n, seg1ln el parte que acompafia dado por Julian Cueto. Y se acord6: Que sin perjuicio de resolver si corresponde esta reposici6n al asentista entre tanto ocurra a este remedio el mayordomo de propios, encargandosele la mayor brevedad para que no padezca menoscabo la came del consumo publico, y se le libre Ia orden correspondiente. [A pagarse al alSe dio cuenta por el caballero alguacil mayor de las guacil mayor los gastos en que ha erogaciones que [f· 48 ] / habia sufrido para gastos de lµces incurrido para de los presos y comprob6, con ocho recibos del alcaide, proveer de Iuz a la c4rce1.] _que componen diez y seis pesos ; y ademas manifesto sobr~ escrito con el importe de seis reales que cost6 en la adllll· nistraci6n de correos el duplicado de las reales gracias concedidas a esta ciudad. Y se acordo : Se le abonen, dand~se la certificaci6n correspondiente por el presente esscnbano para que ocurra al mayordomo juntamente con la mandada expedir a fines de diciembre ultimo. Y por Ios fundamentos que expuso acerca de no continuar supliendo tales gastos se acord6 tambien que el alcaide de Ia carcel se entendiese directamen~e con el mayordomo en la forrna acostumbrada. Se mandd dar a Se present6 el doctor don Francisco Oller pidiendo unos don Francisco Oller el testimonio testimonios de las actas relativas a las providencias toma- / que solicita. das para la extinci6n de las viruelas naturales y del nom- ; bramiento que en el se hizo y don Egmidio Antique para.' la propagaci6n del fluido vacuno en esta ciudad. Y se 1 ; acord6: Se le den en la forma que los solicita. ·· Se bubo por preSe present6 don Juan Eloy Tirado manifestando el real' sentado el dtulo de esscribano real titulo de escribano real, pidiendo se tome raz6n de el y se de don Juan Eloy le devuelva. Y se acord6 como lo pide. Tirado. Y con motivo de haber expuesto el caballero regidor [El regi dor don Antonio de C6rdodon Antonio de C6rdova se hallaba indispuesto de salud va se retira deJ

···1Jl .!/i 'L.·


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y en necesidad de retirarse a su casa, se le concedi6 y re-

63 acuerdo por encontrarse enfermo.)

tir6. Con lo que se concluy6 este cabildo, que finnaron sus [f. 48v. ] / sefiorias, de que doy fee. = Licenciado Rios [nibrica] = Coronado [rt'.tbrica] = Licenciado Mexia [rt'.tbrica] = Doctor Sanclzez [ rubrica] = Doctor Thorres Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[40] [24 DE MARZO DE 1804.]

•·

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro dias del mes de marzo de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, en virtud de penniso del senor gobemador, intendente y capitan general, concurrieron a esta sala, en virtud de citaci6n, a esta sala consistorial los seii.ores alcaldes ordinarios don Jose Davila y licenciado don .Santiago de los Rios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de C6rdova, licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir el asunto a que es relativa esta concurrencia. En este cabildo se conferenci6 sobre si convenia variar, atendidas las circunstancias presentes, acerca de la continuaci6n a la asistencia a la Santa Iglesia Catedral en las fiestas de tabla. Y habiendo-[f. 49 ]/se considerado haber cesado una de las principalisimas razones por las que hasta aqui se ha abstenido de concurrir, a saber, el probable temor de que se arruinase la citara que divide la capilla del resto del templo, respecto de que ya se ha verificado haberse destechado este y tambien porque hay esperanza pr6xima de que se amplie la referida capilla, se acord6, por conformidad de votos : Que desde mafiana, veinte y cinco del corriente, se prosiga en la asistencia a las fiestas de tablas, que se coloquen dos bancas hasta que haya capacidad para la otra, y que se participe al senor capitan general, gobernador e intendente, por medio de oficio. Con lo que .se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seii.orias, de que doy fee. =Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubri-

Cabildo ordinario celebrado en 24 de marzo de 1804.

Se acordo la asistencia a la Santa Iglesia Catedral en los dias de tabla.


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=

ca] = Licenciado Mexia [rubrica] Doctor Sanchez [robrica] = Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

[41] [9 DE ABRIL DE 1804.] No bubo cablldo

en este dla.

Doy fee, que hoy, lunes, nueve de los corrientcs, csto es de abril de mil ochocientos cuatro, concurri6 a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario don Jose Davila a efecto de celebrar el cabildo, que es uso ( c. 49v.] / y constwnbre [sic], y no habiendo concurrido otro de los caballeros regidores con quien verificarlo me mand6 pusiera esta nota para su constancia, y reserv6 tomar providencia sino en el lunes pr6ximo se verifica igual falta, y lo firm6. Davila [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rlibrica], esscribano de cabildo.

=

=

=

[42] [16 DE ABRIL DE 1804.] No bubo cablldo

en este dla.

Doy fee, que en esta fecha y hora acostumbrada concurri6 a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primera elecci6n, don Jose Davila, y el caballero regidoralguacil mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado, a efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], y no pudo verificarse por no haber concurrido ninguno otro de los caballeros regidores vocales, con cuyo motivo y a los fines que convengan me mand6 su merced poner esta nota para su constancia y firm6, hoy, diez y seis de abril de mil ochocientos cuatro. = Davila [robrica] = Coronado [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo. [f· SO]/


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[43] (23 DE ABRIL DE 1804.]

,.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes de abril de mil ochocientos cuatro, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sen.ores don Jose Davila, alcalde ordinario de primer voto; don Jose Power, regidor-alferez real ; don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se present6 don Miguel Ramirez de Arellano con un titulo despachado por el senor gobernador, capitan general e intendente, en diez de los corrientes, por el cual consta haber obtenido en junta de almoneda y con precedente remate el oficio de regidor-fiel executor, que habia vacado por caducidad en defecto de real confirmaci6n que no present6 su Ultimo poseedor don Joaquin de la Torre. Y resultando haber hecho el juramento de fidelidad a uso militar, como capitan de milicias de infanteria retirado, ante dicho senor capitan general solicita se le de Ia posesi6n y se le declare su respectivo lugar, asiento y voto que le corresponde por las leyes. Y se acord6 : Que se le de la posesi6n en la forma acostumbrada, despues del caballero alguacil mayor, con voz y voto. Que se tome raz6n de su titulo y se le devuelva el original para los efectos que le convengan. Y el caballero regidor-alferez real, don Jose Power, Io puso en posesi6n, conforme es de estilo (f· SOv·]/ y practica, previa su aceptaci6n. Se recibi6 un oficio del seiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, veinte y seis de marzo ultimo, comunicando lo acordado por el Supremo Consejo de las Indias de resultas de la solicitud hecha por el caballero regidor don Manuel Angel Power para la confirmaci6n de su oficio. Y se acord6 se contexte su recibo. Se recibi6 otro oficio del ayuntamiento de Camo [sic] en que pide pesas, medidas, aranzel de ventas de frutos y de derechos de jueces, escribanos, y comisionados e Instrucci6n de Alcaldes de Barrio. Y se acord6: Que *sobre*

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

s.

Cabildo celebrndo en 2J de abril de 1804.

Posesidn dada al caballero regidor· fiel executor de su empleo.

Sc contextd cl off. clo recibido del secapltlln general, su fecha, 26 de marzo de 1804. (Gobernador comun I ca lo acordado por el Real y Supremo Consejo de Indlas sobre la solicitud de confirmncldn de oficio radicada por el regidor don Manuel Angel Power.} fior

Se acordd sobre el oficio de ayuntamiento de la villa de Coamo, su fe· cha, 4 de abril de 1804.


ACTAS DEL CABILDO

66 !Ayuntamiento de Coamo solicita in· fonne sobre pesos y medidas, arance· les e Ins true ci6n de Alcaldes de Ba· rrio.l

Se acordo sobre la so li c i t u d del sCndico general de la villa de Coamo, su fecba, 23 de abril de 1804. tProcurador gene· ral de la villa de coamo solicita testlmonio de las Or· denanzas Municipa· Jes de la Ciudad.J [Comisi6n al algua· cil mayor sobre solicitud de d o n Luis Huerta.)

en cuanto a pesas y rnedidas se contextara con la posible brevedad recordandolo el presente esscribano y recogicn· dose a este fin las que tuviere la ciudad. Que en cu::m to a los derechos judiciales acudan por el aranzel al scfior gobemador, capitan general e intendente. Que sobrc la Ins· trucci6n de Alcaldes de Barrio se contcxtani tambien mas adelante respecto de que en csta capital sc Lrata de <:trre· glar rnejor este punto. . Se present6 el procurador sindico general de la villa de Coamo solicitando se de a su ayuntamiento un testimonio de la [sic] Ordenanzas Municipales de estc Muy Ilustr~ Ayuntamiento para uniformarse en todo a ellas. Se acordo: Que respecto de que estas nuevas villas cstan plantadas por la de San German se uniforme a ell a. Se tuvo presente la solicitud de don Luis Huerta con los autos de (f· 51 ] / materia pasados al efecto. Y se acordu: Que el caballero alguacil mayor, enterado de la instancia, examine la fabrica, reconozca el solar que se dice de la ciudad y graduando lo que convenga de cuenta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefi.orias, de que doy fee. ·= Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Coronado [rubrica] = Ramirez [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[44] [30 DE ABRIL DE 1804.] Cabildo celebrado en 30 de abril de 1804.

[Gobernador provee para que por vfa de pr~tamo de los fondos de propios se satisfaga el

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta dfas del mes de abril de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como lo tiene ~e uso y constumbre [sic], concurrie· ron a esta sala cons1storial los sefiores don Jose Davila, alcalde ordinario de primera elecci6n; el doctor don J os~ , Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ra::. mi~ez de Arellano, regidor-fiel executor, para tratar y confenr las. cosas tocantes al pro y util de la republica ; a que concurn6 tambien el [f· siv.] / senor regidor licenciado don Juan Antonio Mexia. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, capitan general e intendente, para que se suplan al caballero regidor don Jose Joaquin Coronado, del fondo

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de propios y arbitrios, en calidad de prestamo e intcrin el real erario tiene proporcion para su pago los noventa y ocho pesos y seis rcales de la composici6n de calle que le hizo y consta de su expcdiente. Y se acord6: Que se pase orden al mayordomo para que lo vcrifique y para que a su ticmpo se pida su reintcgro. El caballero rcgidor don Jose Joaquin Coronado ha dado cucnta dcl examen y rcconocimiento de la fabrica de don Luis Huerta y solar que pertcnece a la ciudad, remitiendose a la diligcncia quc acompaiia del alarife don Francisco Zepcro sobre la mensura, tasaci6n y valor resultante de las varas castellanas cuadradas, y con su vista se acordo: Que segun la conformidad de don Luis Huertas en tomarlas todas pague los cuatrocientos doce pesos y cuatro reales o los rcconozca a censo y tributo a favor de los propios de la ciudad, y quc en este concepto se contexte al seiior gobernador el informe pendiente de catorce de noviembre ultimo. Se present6 don Manuel Maria Bernal, licenciado en medicina, solicitando permiso para poder exercer esta facultad en esta ciudad, donde trata de establecerse. Y vistos los titulos que acompaiia y decreto del senor capitan general concediendole su uso y exercio [sic], se acord6: Se le permite [f· 52 ] / tambien por lo que toca a este ayuntamiento; que se tome raz6n de dichos titulos en el libro que corresponde y devuelvan los originates al interesado para los usos que le convengan. *Con lo que* Se present6 el caballero regidor-fiel executor solicitando que se le den instrucciones necesarias y anexas para desempe.iiar su encargo; y siendo dadas las doce se acord6 que se defiera para la primera oportunidad. Se recoja el marco [?], sello y medidas del poder de quien estuvieren y se de cuenta para el primer cabildo. Que se reconozca la romana y pesas de la carniceria, cometiendose al caballero fiel executor y que sobre todo informe lo que resulte. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seii.orias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Coronado [rubrica] = Ramirez [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

=

* Lo comprcndido entre asteriscos aparece tachado en el original.

importe de la re· paraci6n de u n a ca lie.) La de doiia Agueda Caro.

El d i p u ta do c!a cuenta de las re· sultas de su comisi6n sobre la pret ens i 6 n de don Luis Huerta.

Don Manuel Maria Bernal presenta tftulos de medico y se admite al uso y exerci• cio.

El caballero fiel executor pide instr u cc ion es para desempeftar su oficio. IProvl!ese q u e se recoian el marco. sello y medidas y que se reconozcan la romana y pesas de la carniceria. J


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ACTA$ DEL CABILDO

[45] [7 DE MAYO DE 1804.] Cabildo ordlnario celebrado el lunes, 7 de mayo de 1804.

El di)'lutado presenta 1 a s cuentas de cargo y data de los caudales y gastos remitidos y erogados por el apoderado del cablldo en Madrid.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a las siete dias del mes de mayo de mil ochocientos cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala ['· SZv. ] / consistorial los sefiores alcalde ordinario de primer voto, don Jose Davila ; doctor don Jose Joaquin Coronado, regi.dor-alguacil mayor; y licenciado don Juan Antonio Mexia, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo present6 el caballero diputado doctor don Jose Joaquin Coronado las cuentas de cargo y data que le ha remitido de Madrid el apoderado del Muy Ilustre Ayuntamiento, don Lucas Foronda, relativas a los negocios peculiares de aquel y que estaban a cargo de este y en orden a los gastos ocasiones [sic] en la impetraci6n de las reales cedulas sobre las gracias concedidas a esta ciudad y recurso hecho en la asistencia de la Catedral, resultando de ellas el sobrante de mil trescientos treinta y dos reales de vell6n par el cargo de ocho mil. Y se acord6 : Que se arcbiven y que se abonen al caballero diputado los dos pesos que consta haber zatisfecho por la estafeta de correos, dandosele la orden al mayordomo de propios por el ., esscribano. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi ::::: Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo. [f· 53 ] /

[46] [14 DE MAYO DE 1804.] Cablldo celebrado el 1 u n e s, 14 de mayo de 1804.

En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a las catorce de mayo de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sen.ores don Jose Davila, alcalde ordinario de primera elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coro-


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nado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de C6rdova y licenciado don Juan Antonio Mexia, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se despach6 el expediente del caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano. Y se acord6 : Lo que consta del informe dado en el con esta fecha y que se compulse testimonio que se guardara en el archivo, pasandose el original al senor capitan general. El caballero regidor decano expuso que su senoria, el seiior gobernador, intendente y capitan general, le mand6 que en el cabildo que se celebrase hoy expusiese que con respecto a estar inmediata la festividad del Santisimo Corpus Christi se dispusiese, aunque fuese provisional, evacuar un entoldado para la mejor decencia de la procesi6n en las calles por donde pasare. Oida que fue esta exposici6n se acord6 : Que se verifique el entoldado por los motivos que se ban expuesto y que los caballeros cliputados tomen todas las providencias necesarias al efecto. Se tuvo presente el expediente del real pend6n. Y se acord6 lo (f· 53v·]/ que consta del informe dado en esta fecha, del cual se pondra copia a continuaci6n de este cabildo para su constancia y fines convenientes. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. Davila [rubrica] Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

=

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Se lnform6 sobre la pretensi6n d e l caballero fiel executor, estli el tes• timonio en el archivo.

El caballero regidor don Antonio de C6rdova expone sobre el entoldado para la procesi6n del Corpus Christi.

(Se consldera el expedlente sobre el real pend6n.J

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[ANEXO UNICO.]

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1 j I

J

j

I

Senor Gobemador, Intendente y Capitan General. El ayuntamiento, consecuente al decreto de once de junio Ultimo y a lo que inform6 en veinte del mismo, con vista de lo que despues expusieron Ios caballeros regidores mas antiguos en cuatro de abril pr6ximo pasado, informa a vuestra senoria que la practica consultada por el senor auditor, en cuatro del mismo junio, es adaptable en esta ciudad hasta que se arregle por ordenanza. El ayuntamiento expuso, en su citado inform.e de veinte (f· 54] / de junio, que el caballero alferez real ha de estar prevenido para recibirlo y aiiade que no ha de dar lugar a dilaci6n alguna de esperarlo; y que es de su obligaci6n convidar anticipadamente para el acompaiiamiento del real

Copla del lnforme sobre el penddn.


ACTAS DEL CABILDO

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pend6n, como lo ban practicado sus antecesores, pues esta falta ha ocasionado no poca decadencia y convendra que se le entere para su inteligencia y observancia. Sala Capitular de Puerto Rico, catorce de mayo de mil ochocientos cuatro. = Jose Davila = Jose Joaquin Coronado = Antonio de Cordova = Licenciado Juan Antonio Mexia = Ante mi Gregorio Sandoval, escribano real y de cabildo. Es copia fiel del original de su contcnido, a que me remito. Puerto Rico, fecha ut supra. = Gregorio Smuloval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

[47] [16 DE MAYO DE 1804.] Extraordinario cabildo celebrado en 16 de mayo de 1804.

Exposici6n del senor alcalde ordinario sobre la di· ficultad de verifi· car el entoldado para la procesi6n de Corpus Christi.

IVecinos a ser instados para que coloquen toldos o enrramadas frente a sus casas para proteger I a procealdn de Corpus Christi.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de mayo de mil ochocientos y cuatro aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobernador, intendente y capitan general, fueron convocados y concurrieron a esta sala consistorial los senores alcalde ordinario licenciado don Santiago de los Rios; don Jose Power, regidor-alferez real; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-algua-[f· 54v·]/cil mayor; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; don Antonio de Cordova, licenciado don Juan Antonio Mexia y el doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir acerca del particular para que ban sido convocados. En este cabildo expuso el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios, que de parte del senor capitan general manifestaba la dificultad de encontrarse velas para cubrir la carrera en la pro~ cesi6n del Corpus, por defecto de embarcaciones; y qu~ en esta inteligencia acordara el ayuntamiento el tempera,}.: mento que se podrfa tomar. Pasado a conferenciar el asun· t' to se tuvo presente que el tiempo era mui corto para lo que es el acopio de maderas y demas conducente para cubrir toda la carrera con enrramada, y luego el costo crecido, , que *des* se calcula prudencialmente sobre dos mil pesos. / En estas circunstancias se acord6 : Que se procure ani- ,: mar a los vecinos de la carrera a que por su parte contri·/ * Lo comprcndido cntre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

buyan a cubrir sus frentes, auxiliando la ciudad con sus propios a los que no fueren tan pudientes, de lo que se hicieron cargo Ios dos seiiores diputados que lo son para esta funci6n. Que aquellos lugares de la carrera de entrada y salida de Catedral, Cuartel de San Carlos y Plaza corre por cuenta de la ciudad, de cuya particular diputaci6n se cncarga al caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia, que es cuanto puede conciliarse en el estado presente; y que se de cuenta al senor capitan general con testimonio de esta acta. Con lo quc sc concluyo este cabildo, ['· 55 ] / que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] = Power [nibrica] = Coronado [nibrica] ·= Ramirez [n.'.lbrica] = Cordova [rubrica] ·= Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

(Cabildo se encar· de colocar toldos en algunos lug;ires.J

gar:!.

[48] [18 DE MAYO DE 1804.]

'

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del mes de mayo de mil ochocientos cuatro aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobernador, intendente y capitan general, previa la citaci6n correspondiente, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores licenciado don Santiago de los Rios, alcalde orclinario de segunda elecci6n; don Jose Power, regidor-alferez real; don Jose Power [sic], don Antonio de C6rdova, Iicenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez, regidores, para tratar y conferir las cosas para que ban sido convocados. En este estado concurri6 el doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor. En este cabildo se recibi6 un oficio de su sefioria, el senor capitan general, contextando a la acta capitular celebrada a consecuencia de la incitaci6n [f· ssv. ]/ que hizo sobre la enrramada del dia del Corpus, admirandose que se hubiese reparado en la cortedad del tiempo y en los costos excesivos, por no haberse tornado aquel con anticipaci6n y estos por proceder de un calculo mui pronto y vivo; significando, por ultimo, que SU animo era promover la mayor decencia y decoro de la Majestad Sacramentada y

Cablldo extraordinario celebrado en 18 de mayo de 1804.

Sobre la imposlbilidad de que se verlflque el entolaado y enrramada para la procesi6n del Corpus Christi.


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la comodidad de los sefiores, ilustrisimo cabildo eclesiastico y demas sacerdotes que sirven al Divino Seiior Sacramentado; y que se llevase a efecto lo acordado en la dicha acta capitular. Sohre todo lo cual determin6 este cabildo, por unanimidad de votos: Se contextase expresando, con presencia de lo que babia expuesto el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia, diputado para la enrramada en los cuatro lugares designados en la carrera, de que se bizo menci6n en la referida acta, como era imposible acopiar y poner con tiempo todos los materiales necesarios, de que se inform6 tanto el mayordomo de la ciudad coma de otros sujetos; calculandose cien horquetas de siete varas de largo, cien soleras de siete varas de largo, dos· cientas y cincuenta varas de nueve varas de largo y quince pulgadas de circunferencia, su costo mas infimo a cuatro reales cada una; cuatro mil pencas de palma, a real; cin· cuenta jomales de bejuco, a cuatro cada uno; y den peones por espacio de tres dias, que es el tiempo mas reducido que puede [f· 56] / expenderse, llegando su suma total n novecientos pesos, sin incluir la conducci6n y expulsi6n de lo inutil acabada la procesi6n, no ha podido menos d~ considerarlo mui racional la exposici6n del caballero re· gi.dor diputado para que su seiioria ni este cabildo le imputen la culpa lo que le ha sido imposible verificar. Pero, en cuanto a lo que contiene la acta capitular, a que es referente el oficio, sabre que se exijan los vecinos, por medio de los dos diputados nombrados, contribuyan por su parte al efecto de la enrramada Jes ha renovado su encargo; siendo muy sensible que babiendo cesado la obligaci6n del cabildo, mediante la acta de cuatro de mayo de mil ochocientos dos, por verificarse en estos dos precedentes aiios las mismas razones porque no se puso el entoldado de las calles y fueron la falta de velamen, los pocos , buques y lo dilatado de la carrera, haya su seiioria repa· 11 rado en estos impedimentos que no ban podido superarse .I por las mas activas diligencias practicadas por este muY / ilustre ayuntamiento; y que igualmente se baya estim~d~, por pronto el calculo que se hizo consultando la expene~~ , cia de algunos sujetos mui practicos en tales costos, como tambien oyendo al mayordomo, al que no le faltan con<>cimientos en la materia, pudiendo afirmarse que si los cuatro lugares destinados a Ia diputaci6n del caballero regidor don Juan Antonio Mexia dan una suma de novecientos pesos (f· !6v. ] / por la parte mas tnfima, a:iiadiendo


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seis mas, de que consta todo el ambito de la procesi6n, Y suponiendo igual precio rinden todas cinco mil y cuatrocientos, lo que es insoportable a los fondos actuales de los propios. Y que se remita testimonio de la citada acta de cuatro de mayo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] = Power [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] Doctor Sanchez [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico, de cabildo.

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[49] [23 DE MAYO DE 1804.]

Doy fee: Que en este dia no se tuvo cabildo ordinario, sin embargo de haberse citado a los caballeros capitulares, a causa de no haber co11currido ninguno, y de mandato del senor alcalde ordinario de segunda elecci6n Io pongo por diligencia; y firmo, en Puerto Rico, a veinte y tres de mayo de mil ochocientos cuatro. = Licenciado Rios [nibrica] = Gregorio Sandoval [nibrica]. [f· SI]/

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(No se ceJebrll c::i· bildo por ausenc111 de capitulnres.1

[50] [28 DE MAYO DE 1804.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios veinte y ocho dfas del ·mes de mayo de mil ochocientos y cuatro aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial Ios seiiores alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; don Antonio de C6rdova, licenciado don Juan Antonio Mexia y el doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se ley6 el oficio del senor capitan general, con fecha de diez y seis del corriente, para que se le pase una relaci6n de todos Ios individuos vacunados en I

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Cablldo ordlnarlo celebrado en 28 de m11YO de 1804.

Sobre que se pase al selior gobernador u n a relacl6n de todos los individuos vacunados.


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esta plaza desde el principio de la propagaci6n del fluido vacuno, con expresi6n del numero de los que en cada dia han sido vacunados, con exclusion de los que fueron por la expedici6n comisionada. Y que igual relaci6n pase en lo sucesivo el caballero regidor comissionado. Y se acord6, por unanimidad de votos : Se impusiesc a dicho caballero regidor del contenido del oficio, proveyendosele de una copia a fin de que pase la relaci6n primera a este muy ilustre cabildo para remitirla al senor capitan general; y en cuanto a la segunda, se cuide de pasarla mensalmente a su sefiorfa; y .que se contexte. Se recibi6 otro, con fecha de veinte y siete, en que su Sob re ser reparable el que no se seiiorfa, entre otras cosas, manifiesta haberle sido mui haya dado paso alguno eflcaz en reparable de que no se haya dado paso alguno eficaz en cwnpJimlento de la acta capitular socumplimiento de la acta capitular de diez y seis del bre el en toldado para el d{a de presente mes, aprobada [f· 57v·]/ en diez y siete del mismo, Corpus. porque parece haberse faltado a la formalidad con ,que debe procederse en un asunto de consideraci6n y circunstancias. Y con presencia de lo expuesto al intento por los diputados en el desempeiio de la comisi6n, de que ban dado exacta noticia de las diligencias practicadas por su parte, se acord6 : Se contextase a su seiioria conforrne a lo que representaron, para que le sirva de satisfacci6n. El senor IlustrfsiAsimismo, se recibi6 una carta del Ilustrisimo senor mo Obispo de Avidon Manuel Gomez de Zalazar, obispo de Avila, con fecha la dando las gracias por la elecde veinte y nueve de marzo ultimo, dando las gracias Y ci 6n de alcalde ordinario de su demostrandose mui obligado y reconocido a este muy ilussobrino, Jicenciado don Santiago de tre cabildo por el honor y favor que dispens6 a su sobrino, los Rios. licenciado don Santiago de Ios Rios, por Ia elecci6n de alcalde ordinario. Y se acord6: Que Ios dos caballeros regidores licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez Bustamante se comisionen para su contestaci6n, entregandosele la carta. Se tuvo presente tambien el expediente promovido por Se manda imponer al caballero alferez el caballero regidor-alferez real, don Jose Power, incoado real de las resultas del paseo del en tres de julio del afio de mil ochocientos dos, sobre prereal pendon para su observancia. cedencia y ceremonias que en el se controvierten. Y en vista del decreto Ultimo de su sefioria, el senor capitan general, en fecha de diez y siete del corriente mes, se acord6: Se impusiese de todo Io resuelto por dicho senor ca- / pitan general para su observancia en la parte que le toca ' a dicho caballero alferez real. Se acuerda la exIgualmente, se conferenci6 sabre el ningful decoro que tinci6n de los bejlgantes el dfa de ocasiona a Ia procesi6n de Corpus la tolerancia de los beCorpus.


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jigantes, con otros muchos inconvenientes que se tuvieron presentes. Y se acordo : Se extinguiesen para siempre, teniendose a la vista una copia de la real cedula de veinte y uno de julio de [L 55 ]/mil setecientos ochenta, que, aunque no se sepa estar comunicada a estos dominios, es mui digna de respcto por la gravedad y decoro que requien! la dicha procesi6n, con cuyo motivo manda cese en todao; las igJcsias las gigantones y danzas; y que se comuniquc a su sefioria, cl senor capit<'.m general, y pase orden al mayardomo de propios para su inteligencia. Con lo qui: sc concluyo estc cabildo, quc firmaron sus sefiorias, de que day fee. = Licenciado Rios [rubrica] = Ramirez [n.ibrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rt.'1brica], esscribano real y publico, de cabildo.

[51] [29 DE MAYO DE 1804.]

..

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dias del mes de mayo de mil ochocientos y cuatro afios, para efecto de celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor capitan general, convocado al efecto, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores licenciado don Santiago de los Rfos, alcalde ordinario de segunda elecci6n; el senor regidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; y el senor licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al particular para que han sido convocados. [f· ssv.]/ En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, capitan general, intendente, en el que expone no hallar motivo para suspender la practica de los bejigantes, de que se trat6 en el cabildo del veinte y ocho del corriente con presencia de la real cedula de veinte y uno de julio de mil setecientos ochenta, las irreverencias y perjuicios en que convino la discreci6n de este muy ilustre cuerpo, disponiendo su seiioria se continue aunque se hubiese providenciado algo contra ella. Y se acord6 : Que se suspenda lo determinado en el cabildo de ayer sobre esta materia y se contexte.

Carbildo extraordin:irio celebrado en 29 <le mayo de

1801.

Manda el s e ii o r gobernador la continuazi6n de los bejigantes el dla de Corpus.


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Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que cloy fee. = Licenciado Rios [rubrica] Miguel Ramirez [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y publico de cabildo.

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[52] [ 4 DE JUNIO DE 1804.] (No se celebra ca· bildo por ausencia de capitulares.)

Doy fee: Que en esta fecha no se practic6 cabildo ordinario a causa de no haber concurrido a el efecto s6lo el caballero rexidor-fiel executor, don Miguel Ramirez, y el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia ; y para que conste lo pongo por diligencia, que firmaron, hoy! cuatro de[ 1• 59 ]/junio de mil ochocientos cuatro. = Ramirez [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] Sandoval [rubrica].

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[53] [11 DE JUNIO DE 1804.] Cabildo celebrado en 11 de junio de l80C.

El seftor alcalde ordinario don Jos6 Dd.vila expone la necesidad que hay de establecer un degredo pr6:1rlmo f.. formal para los v • rolentos.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de junio de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Davila y licen· ciado don Santiago de los Rios, alcaldes ordinarios de prim.era y segunda elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ramirez, regi· dor-fiel executor; licenciado don Juan Antonio Mexia, r~ gidor; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, procurador-sindico general, para tratar y conferir las cosas ) tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo ha manifestado el senor alcalde ordi· nario don Jose Davila un oficio del senor capitan general, , · con esta fecha, previniendole que el doctor don Francisco , Oller ha visitado dos personas que padecen viruelas na-,.' turales y que en el dispone que inmediatamente se~ trasladados al degredo con las formalidades y con Ios ter.minos aconstumbrados [sic]. Que en esta inteligencia ma·

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nifiesta tambien que el bohio a donde provisionalmente se ban remitido los ultimos contagiados de la epidemia esta mui inmediato [f· 59v. ] / a la iglesia parroquial de Cangrejos, por lo que se quejan aquellos vecinos temiendo ser infectados. Que el otro existente en las playas de Catano se ha caido, segiln el aviso que se le ha pasado, y que para cumplir tan prontamente con [sic] desea con la orden del senor gobernador se halla embarazado y por consiguiente espera se acuerde en el particular lo que convenga, como sobre los alimentos y asistencia por el tiempo que estuvieren de peligro y de convalecencia. Y, Ultimamente, si estos socorros deben dispensarse a todos en general o s6lo a los no pudientes. Y visto lo expuesto se acord6 : Que siendo inevitable sacar de la capital los dos consabidos virolentos es forzoso igualmente continuar *confinar* su remesa al bohio de Cangrejos, bien que el senor alcalde dara sus 6rdenes al teniente a guerra para que procure trasladarlos de alli a otra parte mas separada del vecindario y exenta de toda comunicaci6n, aunque sea alquilando un bohio o construyendo un rancho de nuevo a costa de los propios de la ciudad, llevando de esto una cuenta particular y exacta, a que podra contribuir y cooperar el mismo vecindario. Que el gasto de alimentos y asistencia debe deducirse igualmente de los propios, pero entendiendose de los no pudientes, cuia averiguaci6n es reservada al juicio y prudencia de \ las sefiores alcaldes ordinaries. Que coma estas providencias siempre presentan dificultades, para cor-[f· ~]/tarlas en lo posible, se pase oficio al seiior capitan general para que se sirva permitir la construcci6n de un bohio para degredo de viruelas en el propio lugar en que estuvo situado el antiguo, tras de el Hospital Real Militar de esta plaza, asf porque prepara mayor facilidad para sus asistencias de alimentos, medicos, sacramentos y demas socorros espirituales y temporales como porque es mucho mayor el ahorro de los gastos, principalmente los de conducci6n y riesgo a que por ella se exponen. Loque espera el ayuntamiento que hara y aprobara su se:ii.oria por el mejor bien de los pobres necesitados como para el ahorro de los gastos que ocurrieren. Y que se compulse testimonio de esta acta y se pase al senor capitan general.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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l Providenclas d a das respecto a los varlolosos.J


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Asimismo hizo presente el caballero regidor diputado de la vacuna la relaci6n .que se le previno formase, segtin el acuerdo celebrado en veinte y ocho de mayo ultimo, consecuente al oficio del sefior capitan general, de diez y seis del mismo, acompaiiando a dicha relacion un oficio, su fecha, primero del corriente. Y se acordo: Sc remiticscn originales ambos documentos con la debida contcxtacion, quedando en este cabildo testimonio de cllos. Sucesivamente se leyo otro oficio del caballero rcgidor Hizo presente el caballero regidor comisionado de la vacuna, licenciado don Juan Antonio diputado de la propagaci6n del Mexia, con fecha de primero del corrientc, en cl quc consifluido vacuno de el mucho trabajo Y derando el mucho trabajo del practicante Miguel, [f· wv.]/ continua asistencla que- el practicante en el examen por la ciudad de los vacunados, le habia Miguel Coto tenla en es ta operaci6n ofrecido una gratificaci6n mensal desde el primer mes en y suplica se le seque se halla ocupado en este exercio [sic]. Y habiendo iialase alguna gratlficacl6n. oido al mencionado caballero comissionado otras rdlcxiones sobre el merito de Coto en la mencionada vacuna, [Se aprueba una gratiflcacl6n menacord6: Se juzgaba mui digno de gratificaci6n, pareciensual de sels pesos para el practicante dole bastante la de seis pesos cada mes, siempre que su Miguel Coto.) sefioria tenga bien aprobarlo, a cuio fin se le remita original el oficio, testimoniandose para fines que convengan al cabildo. Se tuvo presente la solicitud de Miguel Echeverria, Ambrosio Infante, Jose Maria Rodriguez y Miguel Coto Miguel Echevarrfa, Ambrosio Infante, sobre que se le de gratificaci6n por la asistencia que han Jos~ Marfa Rodrfguez, Miguel Coto, tenido en la vacunaci6n, y que se pas6 al ayuntamiento solicitan s e ii a 1 a miento de alguna por el senor capitan general para que infonne sobre ello. gradficaci6n por su asistencia a la opeY se acord6: Que para cwnplir con este, estima indispensa- ' raci6n de l fiufdo ble que el doctor don Francisco Oller exponga sobre el vacuno. contenido de dicha instancia cuanto le conste en orden a Io que hicieron o trabajaron con ocasi6n de la vacuna, y que al efecto confia que su sefioria se sirva asi mandarlo. Asimismo, hizo presente el senor don Jose Davila, alcal~ Sobre que la capa del Santo Pade ordinario de primera elecci6n, comisionado con el cai · trono San Juan Bautista se baga ballero alferez real para la festividad de San Juan Bautista/' nueva y las andas se limpien Y compatrono de esta ciudad, como la capa del Santo se hallab~_, pongan. inservible y sus andas que necesitaban reparo. Y se acord6:·:" · [Prov~ese se haga capa para Ia irnaQue como comisionado solicitase, cuanto mas antes, ~r gen de San Juan Bautista y que se hiciese una capa y compusiese las andas, [f· 61 ]/con la dereparen las andas.) cencia que es tan debida, incluyendo estos gastos en los ordinarios de dicha fiesta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee: = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rt'.tbrica] Coronado [rubrica] Ramirez [rubri-

Da cuenta el caballero regidor dip u tad o para la propagaci6n del fluido vacuno de haber despacbado la relaci6n de los vacunados; y se mand6 pasar al senor gobernador, capitlin general, jntendente.

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ca] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Tlzorres Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[54] [ 18 DE JUNIO DE 1804.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del mes de junio de mil ochocicntos cuatro, concurrieron a esta sala consistorial para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbrc [sic], los sefiores alcalde ordinario de primera eleccion, don Jose Davila; don Antonio de Cordova y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor capitan general, su fecha, catorce de junio corriente *sobre* aprobando la gratificaci6n acordada a favor del practi-[f· 61 v·]/ cante Miguel Coto por las razones en que se fund6 para solicitarla. Y se acord6: Que para el pago de Ios seis pesos acordados se pase copia del citado oficio al caballero regidor diputado licenciado don Juan Antonio Mexia para que, instruido de esta aprobaci6n, disponga se verifique el pago por el mayordomo de propios, a quien se pasara, por el presente esscribano, certificaci6n de este acuerdo para que le sirva de documento en forma. Igualmente, se recibi6 otro oficio del mismo sefior capitan general, de doce del corriente, remitiendo testimonio del expediente creado sobre la pretension del caballero fiel executor acerca de que se le den instrucciones para el mejor desempefio de sus funciones respectivas con lo Ultimamente consultado por el senor auditor de guerra y aprobado por su sefiorfa. Y se acord6 : Que con motivo del grave asunto que comprende el dictamen sobre la formaci6n de Ordenanzas Municipales y otros y la falta de vocales que este cabildo se toca, se reserve para tratarlo en cabildo pleno, a cuyo efecto se citen a fin de que se verifique en el primer acuerdo.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori· ginal.

C:ibildo celebr:ido en 18 de junio de 1804.

Se aprueba la gratlficazi6n de seis pesos acordada a f a v o r de Miguel Coto.

Se remite el expediente sob re la pretensl6n del ca· ballero flel executor para que se le den las instrucciones con ve ni ent es para desempeilar su oficio.


80 Se remite el expediente sobre acrecentamiento de escribanfas p Ii b licas a informe de el muy ilustre ayuntamiento.

J o s I! Alvaradelo sollcita una plaza de alguacil menor.

Se inform6 la solicltud de Narciso Villa sobre establecer una pulperfa en el sitio de Palo Seco.

ACTAS DEL CABILDO

El presente esscribano dio cuenta del expediente que le entreg6 el esscribano de real hazienda en que el senor gobemador, intendente y capitan general, manda se pase a el ayuntamiento a fin de que informe sabre el numero de escribanias que convendra acrecentar para los negocios que ocurren en la capital y demas pueblos de su jurisdicci6n. Y se acord6: Que supuesta (f· 62 ]/la falta de vocales que se toca en este acuerdo se reserve el informc pedido para otro cabildo en que se logre mayor concurrencia y para que se verifique con la posible anticipaci6n se citen al efecto. Se present6 Jose Alvaradejo solicitando una plaza vacante de alguacil menor de esta ciudad y que se tomen las debidos inform.es de su conducta y procederes. Y se acord6: Que el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia tome las correspondientes noticias de las circunstancias que concurren en el pretendiente e informe lo que resulte para deliberar lo que parezca mas confonne. Se dio cuenta de la solicitud hecha por Narciso Villa para establecer una tienda de pulperia en el sitio de Palo Seco y la que se pas6 por el sefior capitan general a informe. Y se acord6: Que con respecto al dado por el teniente a guerra del partido de Toa Baja y no ofrecerse al ayuntamiento motivo que lo impida se informe que, desde luego, guardando Villa las condiciones propias del pasajero de Palo Seco y no perjudicandole en ellas, conforme a lo que se ha declarado en el particular, se le permita el establecimiento que pretende por la utilidad que puede resultar al publico en el surtimiento de lo necesario para su pronta subsistencia en aquel sitio. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, (f· 62v·]/de que doy fee. = Davila [rubrica] == Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] :...._ Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[55] [3 DE JULIO DE 1804.] Cabildo celebrado en 3 de jullo do 1804.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de julio de mil ochocientos y cuatro aiios, para celebrar cabildo


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ordinario, como es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala los seii.ores don Jose Davila, alcalde ordinario de primera elecci6n; licenciado don Santiago de los Rios, que lo es de segunda; y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se dio cuenta del expediente pasado a informe sobre el acrecentamiento de escribanos publicos. Y se acord6: Se de vista de el al caballero sindico procurador general y que se le encargue su despacho para el cabildo inmediato por lo interesante del asunto en beneficio del publico. Se ley6 la representaci6n del caballero sindico procurador general sobre que (f· 63 ]/se le entregue el expediente y demas que haya en orden a los maestros de escuela y establecimiento de ellas, a fin de contextar la solicitud de don Carlos Martinez para la reuni6n de la de don Victoriano Aldea a la suya. Y se acord6 : Se solicite dicho expediente y demas que haya sobre el objeto que se propone el caballero sindico procurador general y se le entregue. Se recibi6 un *oficio* pliego del senor gobernador, intendente y capitan general, y, abierto, result6 ser una representaci6n dirigida a su seiioria por los presos del calabozo de Buenos Aires solicitando se les de ensancbe en otra prisi6n respecto de hallarse en aquella muy oprimidos, y que su sefioria pasa con decreto para que informe el ayuntamiento con audiencia del alcaide de la carcel. Y se acord6 informar: Que con presencia de lo que su sefioria previene en el decreto que se ha comunicado se babia becho comparecer en esta sala capitular al alcaide de la real carzel y oyendole sabre lo que le comprendfa de la queja de los presos del calabozo de Buenos Aires expuso : Que ya no existian en el con motivo de un escalamiento que babian intentado, que se ban transferido a las babitaciones que hay debajo de la escalera, en donde tienen otra mas amplitud que la que daba la estrecbez del mencionado calabozo. Y que sabre los esclavos, a excepci6n de uno u otro de los particulares, todos los demas estan por cuenta del tribunal de real hacienda. Finalmente, que los milicianos

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original. 6.

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Del eii:pediente acerca del acrecentamlento de escribanfas se mand6 dar vista al caballero stndlco procurador general.

Pi de el caballero sfndlco procurador general el expediente formado sobre establecimiento de escuelas para conteii:tar~ la sollcltud de don Carlos Martinez.

Sobre la necesidad que se tocaba de dar ensanche a los presos del calabozo srande y de Buenos Aires por la opresi6n que sufrlan en ellos.


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ACTAS DEL CABILDO

todos tienen causa pendiente en el tribunal de vucstra seiioria, a excepci6n [f· 63 v·]/de Jose Goyena, arrestado por el senor comandante don Juan Gautier; con lo que esta remediada ya la opresi6n de que se quejaban los presos sin que se pueda alterar alguna cosa acerca de Ios csclavos y milicianos respecto de que obtiencn su arrcsto en donde Jes corresponde; y este cabildo ha cumplido con la satisfacci6n del decreto de su sefioria. Con lo que se concluy6 este cabildo, quc firmarun sus senor.las, de quc doy fee. = Davila [rubrica] =

Licc11c:iado

Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de ca· bildo.

[56] [9 DE JULIO DE 1804.] Cabildo ordin:irio celebrado en 9 de julio de 1804.

El caballero f i e I executor solicita instrucciones para desempei\ar su cmpleo.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes de julio de mil ochocientos y cuatro aiios, para celebrar cabildo ~rdinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri~­ ron a esta sala consistorial, previa Ia correspondien te c1taci6n, Ios seiiores alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n, don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor \\\ ' don Jose Sanchez Bustamante, regidores; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, sfndico procurador general, [f· 64 ]/para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y util de la republica. En este cabildo se ley6 el expediente promovido por el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez, solicitando instrucciones para el desempeiio de su encargo, Ia) · , consulta del senor auditor de guerra y aprobaci6n del se- , / iior gobernador y capitan general para que se cumpia,: i Y habiendose conferenciado que las funciones del caba- .·' llero regidor diputado de mes debian distinguirse clara:mente de las del fiel executor se acord6 : Pasase a vista del caballero sindico procurador general para que represente lo que estime conveniente a sostener las preeminencias de la diputaci6n. Igualmente, se recibi6 la respuesta del caballero sin· dico procurador general sabre la creaci6n de escribanfas.


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Y se acord6: Diferirse para el cabildo pr6ximo. Con Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que cloy fee. = Davila [rubrica] ·= Licenciado

Rios [rubrica] = Coronado [nibrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Doctor Tlzorres Feliciano [ nibrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[57] [ 17 DE JULIO DE 1804.] En la Muy Noble [L 6-lv. ]/y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios diez y siete dias del mes de julio de mil ochocientos y cuatro aftos, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los seftores alcalde ordinario de primera elecci6n, don Jose Davila; don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se ha recibido un pliego del seiior gobernador y capitan general manifestando no habersele pasado las relaciones de presos exigidas por las reales c6dulas del Consejo y real provisi6n de la Audiencia, sobre que se celebr6 el acuerdo de doce de diciembre ultimo. Y visto este se acord6 : Que se pase oficio a los seiiores alcaldes ordinarios con inserci6n de este para su inteligencia y que el presente esscribano recoja el expediente y lo devuelva, acomulandose este en el para contextar sabre todo y pasar por duplicado testimonio de los oficios, sus contextaciones y acuerdos, y todo a la mayor brevedad y para el primer cabildo. Se recibi6 otro oficio del seiior gobernador acompaiiando un testimonio de la real cedula de trece de abril de mil ochocientos cuatro sobre el metodo de exercerse la operaci6n cesarea. Y se acord6 : Contextar su recibo y que el presente esscribano lo haga saber a los facultativos instructivamente [f· 65 ]/y la devuelva, con lo ,que se conform6 el caballero sindico procurador general.

Cabildo ordinario celebrado en 17 de julio de 1804.

Se recibi6 un pliego del seiior gobernador recordando la remisi6n de las relaciones de prcsos.

Qtro: s o b r e la operaci6n ceslirea y remisi6n de la real ddula de su establecimiento.


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(Se recomlenda la c:reac:i6n de dos esc:ribanfas.J

ACTAS DEL CABILDO

Asim.ismo, se vio la representaci6n del caballero sindico procurador general consiguiente al expediente sobre la creaci6n de una o mas escribanias. Y se acord6 : Se informase era util y necesario el aumento de dos por la mucha poblaci6n de la ciudad y su jurisdicci6n y para que los contratos, casos ordinarios y contingentes de Ia justicia esten mas bien desempeiiados en beneficio publico. Con lo que se concluy6 este cabildo, que finnaron sus sefiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Thorres Felici.ano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[58] [23 DE JULIO DE 1804.] Cabildo ordinario celebrado en 23 de jullo de 1804.

Se ac:ord6 la gratlftc:azi6n que debe darse a los practicantes que aslstie· ron a la comuni· caci6n del flufdo vacuno.

Que se tome ra· z6n del tftulo presentado por Jos6 Albaradejo de alguacil menor de esta cludad.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y tres dfas del mes de julio de mil ochocientos y (f· 65v·]/cuatro aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, concurrleron a esta sala consistorial los se:iiores alcaldes ordinarios de prim.era y segunda elecci6n, don Jose Davila y licencia~o don Santiago de los Rios; y el licenciado don Juan Antomo·. ,, Mexia, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se tuvo presente el expediente instruido por los practicantes del Real Hospital, Miguel Chavarria, Ambrosio Ynfante, Miguel Coto y Jose Rodriguez, solici~­ do alguna gratificaci6n por su trabajo diario, en el espac10 de casi dos meses, en la casa de la vacuna, para co~ vendajes, tafetanes y otras ocupaciones de su institut~i'· Y oido el dictamen del doctor don Francisco Oller junf:4mente con la exposici6n verbal del caballero regidor di.; putado de la vacuna se acord6: Informar al seiior inten~ dente, gobemador, y capitan general, parecia suficiente recompensa la cantidad de diez pesos a cada individuo. Se dio cuenta de la solicitud hecha por Jose Albaradejo solicitando una plaza de alguacil menor de esta ciudad; Y con presencia del informe dado por el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia, diputado a fin de que


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tomara noticia de su vida y constumbres [sic], se acord6: Que se entregue a al [sic] citado Alvaradejo para que ocurra al caballero alguacil mayor a fin de que le expida su correspondiente nombramiento, [f· 66 ]/sin perjuicio de los lexitimos derechos que puedan asistir a este cabildo. Se present6 Angel de Noboa presentando el titulo de esscribano real y fiat de notario de Indias para el uso y exercicio de su oficio en los partidos de esta isla. Y se acord6: Se ha por presentado con el expresado titulo, dado en Aranjuez, a veinte y ocho de febrero de mil setecientos noventa y cuatro; cumplase y guardese en todo coma su majestad manda se tenga por tal esscribano real al citado Noboa; se tome [sic] en el libro que corresponde y se le devuelva el titulo original. Se present6 don Carlos Martinez, maestro de primeras letras, recordando el despacho de su anterior solicitud sobre la reunio [sic] de las dos escuelas que tiene dotadas en esta ciudad para la educaci6n de los niii.os. Y se acord6: Se una a su expediente respectivo y se encargue al caballero sfndico procurador general el pronto despacho. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

85

Que se tome raz6n del t[tulo presentado de escribano real por Angel Noboa.

Oue se recuerde al caballero smdico general el despacho de las escuelas de primeras letras y nhias.

=

[59] [30 DE JULIO DE 1804.] En [1• 66v·]/la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta dias del mes de julio de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de segundo voto, licenciado don Santiago de los Rios; licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, procurador sindico general, para tratar y conferir las co·Sas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del se.iior gobernador, intendente y capitcin general, con fecha del mismo

Cablldo ordinarlo celebrado en 30 de jullo de 1804.

Avlsa el seftor go. bernador, fntendente y capitlln gene-


ACTAS DEL CABILDO

86 ral el nombramiento de gobernador de esta plaza en el mariscal de campo don Toribio Montes.

Avisan los diputados de cortesanfas y cumplidos la necesidad que tienen de falua para con oportunidad cumplimentar al nuevo sefior gobernador luego que llegue a esta plaza y piden se acuerde lo conveniente.

dia, en el que previene se tomen todas las medidas convenientes al recibimiento del seiior gobernador y capitan general electo de esta isla, como, asimismo, para el adorno y menaje de Ja casa que ha de habitar, en la forma practicada en iguales casos. Y se acord6: Subsistan de comisionados para el efecto el senor alcaldc ordinario de primer voto, don Jose Davila, y el caballero regidor decano, don Antonio de Cordova, en la conformidad quc fueron nombrados para el recibimiento dcl senor don Antonio Samper, que no se verifico. Y teniendo en consideraci6n el cabildo de que cl caballero regidor decano se halla actualmente indispuesto, por si acaeciese ,que sus males no permitan el desempefio de su comisi6n en la parte que le toca, se nombra a [f· 67 ] / precauci6n en su lugar al caballero regidor-alferez real, don Jose Power, pasandoles testimonio del oficio de este dia Y del acuerdo de ocho de febrero de mil ochocientos dos, para lo que pueda interesarles en el mejor acierto y exactitud de su encargo, contextandose a su seiioria. Igualmente, se recibi6 un oficio de los caballeros diputados licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez de Bustamante haciendo presente se acuerde providencia para que en la pr6xima venida del senor gobemador y capitan general electo se le proporcione la falua en la que, con decencia y circunspecci6n correspondientes al cabildo y sus personas, puedan exercer su diputaci6n P~~ cumplimentar a su sefioria. Y no se acord6 por falta ae vocales, defiriendose para el cabildo siguiente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seii.orias, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanclzez [rubrica] Doctor Thorres Feliciano [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

=

[60] [6 DE AGOSTO DE 1804.] Cabildo ordinarlo celebrado en 6 de agosto de 1804.

En la Muy [f· 67v·] / Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis dias del mes de agosto de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, seg(tn es de constumbre [sic], previa la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consis-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

torial los sefiores alcalde ordinario don Santiago de los Rios; doctor don Jose Sanchez Bustamante, don Manuel Angel Power, regidores; y doctor don Francisco de Torres Feliciano, sindico procurador general, para tratar y conferir las cosas tocantcs al pro y util de la republica. En estc cabildo se rccibi6 un oficio del senor alcalde ordinario don Jose Davila haciendo presente que por la judicatura quc excrcc y por hallarse enfermo de una pierna, que le molesta bastante, no podia admitir el nuevo nombramiento, acordado en trcinta de julio ultimo, para desempefiar cl encargo pcrteneciente al recibimiento del senor gobernador y capitan general clecto, don Toribio Montes. Y se acordo: Que en atcnci6n que el acuerdo del dia treinta era reiterar el mismo nombramiento o comisi6n conferida en el afio de ochocientos dos, para el recibimiento del senor don Antonio Samper, lo que aprob6 el senor gobernador y capitan general, se dignase ocurrir a su seiioria para que, hecho cargo de su excusa, determine lo que estime mas conveniente, y se le contexte. [f· 68 ] / lgualmente, el presente esscribano trajo recado de parte del caballero regidor decano, don Antonio de C6rdova, comisionado para el recibimiento del sefior gobernador electo, exponiendo que el incremento de sus achaques le impedia el desempefio de su comisi6n. Y se acord6 : Se hiciese saber que, aprobado ya su encargo desde el afio de ochocientos dos, por el sefior gobernador y capitan general, rnanifestase a su sefioria los inconvenientes que tenia para exonerarse de el. Tambien se ley6 la representaci6n del caballero sindico procurador general en la que pide que don Carlos Martinez, maestro de primeras letras, de raz6n formal de los niiios que actualmente tiene a su cargo y del estipendio que mensualmente exige de Io's que leen, escriben y cuentan, y, asimismo, de los que reciben la ensefianza gratuita. Y se acord6: Como lo solicita el caballero sindico procurador general, pasandose su representaci6n a don Carlos Martinez para que arreglado a ella de la raz6n que se le exige. Asimismo, en el expediente promovido por cuatro practicantes, Miguel Chavarria, Ambrosio Infante, Miguel Coto y Jose Maria Rodriguez, despues de tomados los informes convenientes sabre su asistencia y trabajo a las horas de la vacuna se sirvi6 [f· 6Sv. ]/ el sefior gobernador, capitan general e intendente, aprobar la gratificaci6n de diez pesos

87

Hace presen te el senor alcalde ordinario don Jos~ D:ivila los motivos que le impiden el desempei\ar la co· mission para el reclbimiento del se· nor gobernador electo.

El caballero re&i· dor don Antonio de Cordova hace presente el incre· mento de sus males, con cuyo motivo no puede desempeftar la comi· slon del recibimlento del seftor gobernador electo.

[Requit!rese deI maestro de escuela don Carlos Martinez informe nlimero de estudiantes que tiene, es· tipendio que lleva por la enseiianza, y sobrc los alumnos que reciben en-' · seftanza gratuita.J


88 [Gobernador aprueba gratificaci6n de diez p es o s para cada uno de los cuatro practicantes que han trabajado en la vacunaci6n.J

[Se presenta tttulo de alguacil menor extendido a favor de Jos6 Albarade· jo.J

ACTAS DEL CABILDO

a cada uno, segiln propuso este cabildo, y se diesen las disposiciones correspondientes para el efecto. Y se acord6: Se hiciese saber al mayordomo de propios para que zatisfaciese las cantidades designadas a cada uno, y le sirviese de descargo en la cuenta que debe dar. Tambien se exibi6 un titulo de alguacil menor, expedido por don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor, a Jose Albaradejo, su fecha, veinte y cuatro de julio pr6ximo pasado, y aprobado por su sefioria, el senor goberna· dor, capitan general e intente [sic], en tres del corriente. Y se acord6: Se tome raz6n de el en el Libra de Asiento de este cabildo para que pudiese exercer su oficio y optar al salario y emolumentos, devolviendosele. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seii.orias, de que day fee. = Licenciado Rios [rubrica] Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] = Doctor Thorres Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio San· doval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 69 ] /

=

[61] [13 DE AGOSTO DE 1804.]

[Alguacil mayor • don Jos6 Joaquin Coronado, queda designado comisionado para el recibimiento del gobernador don Toribio Montes.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de agosto de,. mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores alcalde ordinario de primera elecci6n, don Jose Davila; licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, procurador general, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del sefior goberna· dor, intendente y capitan general, su fecha, nueve del corriente, en que impone al ayuntamiento de los justos motivos que le ha manifestado el senor alcalde de primera elecci6n, don Jose Davila, para no poder desempefiar la comisi6n que se le confiri6 para el recibimiento del senor gobernador electo, mariscal de campo don Toribio de Montes, y que atendida la legitimidad de las excusas procediese el ayuntamiento al nombramiento de otro que lo reemplaze. Y se acord6 : (en este estado entr6 en es ta sala el


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

senor alcalde ordinario de segundo voto, licenciado don Santiago de los Rios): Que lo fuese el caballero alguacil mayor, don Jose Joaquin Coronado, instruyendosele de lo que sobre su encargo ha detenninado [f· 69v. ] / oportunamente el cabildo, y contextandose. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Doctor Tlwrrez Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

=

[62] [20 DE AGOSTO DE 1804.] En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a las veinte dias del mes de agosto de mil ochocientos y cuatro aiios, para efecto de celebrar cabildo orclinario, coma es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial las sefiores alcalde ordinario don Jose Davila; licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica; a que tambien concurri6 el senor alcalde ordinario don Santiago de los Rios. En este cabildo se presentaron Josefa de la Rosa y Maria Martina del Rosario. La primera, hace presente haber vendido a la segunda un bohio que tiene fabricado en el sitio de La Meseta, en terrenos propios de Ia ciudad, y que se le admita por inquilina cesuataria [sic] del capital de noventa pesos, para que, dandosele Ia p6liza [f· 10 ] / de admisi6n, pueda proceder al reconocimiento y quede exonerada de esta pensi6n chancelandosele Ia escritura que otorg6. Y se acord6 : Pennitirse a Josefa Marfa de la Rosa el traspaso del censo de noventa pesos en favor de los propios, para que estaria Martina del Rosario, siempre que no se adeuden reditos algunos par parte de la primera y se otorgue por la segunda Ia fianza correspondiente, en cuyo caso se admitira esta por censuataria y que se libre la correspondiente p6liza. Igualmente, se hizo merito de dos representaciones fonnadas, la una, por el doctor don Francisco Oller, y la

I

Cabildo celebrado en 20 de agosto de 1804.

Josefa de la Rosa, inquilina de un ca· pital perteneciente a los propios, da parte de haberlo traspasado a Marfa Martina d e Rosario, y se admiti6.


~l ACTAS DEL CABILDO

90 Doctor don Francisco Oller y Ji. c e n c i a d o don Emigdio Antiq (sic) solicitan el nombramiento de m~­ dico de Ja Junta de Sanidad.

otra, por [sic] licenciado don Emigdio Antiq [sic], solicitando ambos el nombramiento de medico de la Junta de Sanidad. Y se acord6: Pasasen al caballero sindico procurador general para que represente el derecho que en esta parte pueda asistir al cabildo, encargandosele la mayor brevedad. Con lo que se concluy6 estc cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = D~vila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Grcgo1·io Sandoval [ni· brica], esscribano de cabildo. [ r. 70 v.] /

=

[63] [23 DE AGOSTO DE 1804.] C:lbildo extraorJinario celebrado en 23 de agosto de

1804.

Oficio recibido oel seiior gobernador, intendente y capit4n general, sobre que se proceda inmediatamente a for mar el reglamento para la perpetua· ci6n del fiuCdo vacuno.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios veinte y tres dias del mes de agosto de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobernador, intendente y capitan general, previa la citaci6n correspondiente, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; doctor don Jose J oaqufn Coronado, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez \. Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas que correspondan a el asunto (de que haya de) *para que ban sido convocados. No concurri6 el caballero regidor don Antonio de Cordova por haber avisado hallarse enfermo. En este cabildo se ha recibido un oficio del seiior gobernador, intendente y capitan general, del veinte y dos del corriente, con inserci6n de la real orden de veinte de mayp ultimo, manifestando que hasta ahora nada se le ha dich;Q sobre el encargo que hizo en su oficio de seis de marto pr6ximo pasado de! estudio y propuesta para el medio Y modo mas seguro a fin de conservar y perpetuar el fluido vacuno, concluyendo que proceda sin embargo, con Ia mayor brevedad, a formar el reglamento que le parezca mas

* Lo comprendido entre parentesis aparece tacbado l;!ll el original.


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

oportuno, oycndo en defecto del director a don Francisco Oller y don Emigdio Antiq [sic]. Y, enterado de su contenido, por ahora se acord6: Que se compulse tcstimonio [f. 71 ] / de los acuerdos de seis y trece de marzo, separadamente, y acumulado al expcdiente se traiga para acordar mi1s adelante la contextaci6n, y que sc acusc rcci bo. Con lo quc sc concluvo cste cabildo, que firmaron sus scfiorias, c.lc quc cloy fee.·= Davila [rt1brica] = Licenciado Rios [rt1brica] = Coronado [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], csscribano real y publico, de cabildo.

[64] [27 DE AGOSTO DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de agosto de mil ochocientos y cuatro afios, para efecto de practicar cabildo concurrieron a esta sala consistorial los seiiores don Jose Davila, alcalde ordinario de primer voto; licenciado don Santiago de Ios Rios, que lo es de segundo; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de Cordova, licenciado don Juan Anto-[f· 71v·]/ nio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se continu6 la conferencia del anterior sobre la perpetuaci6n de la vacuna conforme a la idea soberana e insinuacion del senor capitan general. Y se acord6: En consecuencia al resultado del oficio de veinte y dos del corriente que no se comprometi6 el cabildo a estudiar y menos profundamente el medio y modo de conservarlo por entender que era puramente facultativo; y que su seiioria habia convenido en ello puesto que desde entonces not6 su silencio en esta parte, quedando conforme en que se pase oficio a los facultativos comisionados para que instruidos de la intenci6n soberana contribuyan por su parte al reglamento que se solicita, y se contexte. El alguacil mayor dixo: Que le parecfa que el muy ilustre ayuntamiento no esta en estado de oficiar con los fisi-

Cabildo ordinario de 27 de agosto de 1804.

Sohre b perpetu:tci6n del flufdo vacuno.

Dictamen del caballero alguacil mayor.


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ACTAS DEL CABILDO

cos sino que debe ser por medio del senor capitan general, con lo que se evita el comunicar a otro la real orden que se ha pasado. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron su [sic] sefioria, de que day fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 72 ] /

=

[65] [3 DE SEPTIEMBRE DE 1804.] Cabildo ordinarlo de 3 de septiembre de 1804.

Sobre la exonera· ci6n del caballero regjdor don Antonio de C6rdova y nombramiento del caballero alferez real don Jose Power.

Sobre la compra de papel para el conswno del muy jJustre ayuntamiento.

Sobre la necesidad de colocar barras electricas en el almacen de p6lvora de Santa Elena. sltuado en lo in· terior de esta plaza.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de septiembre de mil ocbocientos cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios, alcaldes ordinaries de primera y segunda elecci6n; licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez de Bustamante, regi?C: res, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, con fecha de este dia, en el que se exonera al caballero regidor decano, don Antonio de Cordova, de la comisi6n que parcialmente se le .,. confiri6 para el recibimiento del senor gobernador electo don Toribio de Montes. Y se acord6: Nombrarse en su lugar al caballero regidor-alferez real, don Jose Power, Y que se contexte. En este cabildo hizo presente el esscribano que se necesitaba dos resmas de buen papel para el gasto de los asuntos que ocurren en el ayuntamiento. Y se acord6 : Que se busque por dicho escribano dos resmas de la mejor call· dad y que por el mayordomo de propios se abone su inl· , porte. Tambien se acord6 pasar oficio al sefior gobernador Y capitan general suplicandole se sirviese mandar poner las barras electricas en el almacen de Santa Elena para precaver la ciudad de cualquiera estrago y temor que pudiese tener de la caida de alglin rayo sabre dicho almacen, bajo

;i;


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la protexta de no ser el animo del cabildo ingerirse en asuntos que peculiarmente no le tocan sino en cuanto resulte el bien publico. Con Io que [f· 12v. ] / se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[66] [ 10 DE SEPTIEMBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de septiembre de mil ochocientos cuatro aiios, para celebrar cabildo, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala los seii.ores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; y el doctor don Jose Sanchez de Bustamante, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibieron, por separado, la contextaci6n que han dado los medicos comisionados para la vacuna, doctor don Francisco Oller y licenciado don Emigclio Antiq [sic], al oficio que se les pas6, con fecha de veinte y siete de agosto, para que propusiesen el modo o reglas que consideraban mas al prop6sito a fin de conseguir en esta plaza la perpetuaci6n del fluido vacuno en beneficio de la posteridad. Y en vista de uno y otro citado oficio se acord6: Por ahora, que inmediatamente se ordene a los cuatro alcaldes de barrio que cada uno, a Ia [f· 73 ] / mayor brevedad, forme el padr6n o lista respectiva de todos los vecinos que comprende su manzana, inclusos aun los niiios recien nacidos, y con expresi6n clara de las calles; y que concluido con Ia mayor claridad, sin confusi6n ni equivocaci6n alguna, Io presente a el muy ilustre cabildo dentro del termino de ocho dias precisamente. El caballero sfndico procurador general represent6 con esta fecha, en el expediente sobre las instrucciones que pide el caballero regidor-fiel executor y en virtud del decreto de nueve de julio preventivo de que sostenga los prlvilegios de la diputaci6n, que estima mui conforme per;

!

.l

'i

Cabildo ordinarlo celebrado en 10 de septlembre de 1804.

(Recrbense las contestaciones dadas por los doctores don Francisco Oller y don Emlgdlo Andque sobre modo o reglas para la perpetuaci6n d e l ftuldo vacuno.J

(Alcaldes de barrio a preparar el padr6n de almas de su correspondiente barrio.)


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IProcurador gener a I a significar las funciones correspondientes al fiel ejecutor y a tos regidores er. la administraci6n d-.l abasto de c:-arnes.j

ACTAS DEL CABILDO

manezca el abasto de carnes solo al expresado fiel executor, fundandose en el oficio, de doce de junio, del senor gobemador, intendente y ca pi tan general, dirigido a est~ cabildo; y como Ia diputaci6n inherente a los demas regidores no esta bien defendida, como quicra quc pucda decaer este privilegio lexitimo con pcrjuicio de sus rcspectivos oficios, se acord6: Vuelva cl cxpcdientc al caballero sindico procurador general para quc con mas ampliacion trate las funciones de los diputados y ficl executor y concilie el manejo o versacion dcl abasto de carncs de modo que los regidores y fiel executor no sc compliqucn ni sc mutuen SUS debidas atcnciones. Con lo que se concluy6 cste cabildo, quc firmaron sus [f. 73 v·]/ sefiorias, de que cloy fee. = Davila [n.'1brica] = Licenciado Rios [rubrica] = Doctor Sanclze:, [ n.1brica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], csscribano real y publico, de cabildo.

[67] [17 DE SEPTIEMBRE DE 1804.] (Cabildo celeb~ado en 17 de sepuem· bre de 1804.)

tRequieresc d c I maestro de escuc· la, don C a r I o s Martinez, rinda el informe que se le solicit6 en el mes de agosto.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y siete dias del mes de septiembre de mil ochocientos cuatro afios, para cclebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial Ios seii.ores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; y don Antonio de C6rdova, regidor decano, para tratar Y"\' conferir los asuntos tocante [sic] al pro y util de la republica. Concurri6 tambien el doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidor. En este cabildo habiendose echado menos la contextaci6n del maestro de escuela don Carlos Martinez a la repre· sentaci6n del caballero sindico procurador general, que se pas6 en seis de agosto ultimo, de cuyo despacho pende el progreso del expediente acerca del arreglo de escuelas de· niii.os y nifias, se acord6: Se le hiciese saber que para el cabildo pr6ximo evacue la vista sin que [f· 74 ] / de Iugar a nuevo requerimiento. Asimismo, se tuvo presente el oficio de Ios caballeros diputados licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez Bustamante, SU fecha, treinta de julio ultimo,


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el que por justos motivos se ha diferido hasta el dia de hoy, manifestando en el que cuando lleg6 el senor Ilustrisimo de esta di6ccsis de Caracas y trataron de cumplimentarle encontraron cl inconveniente de que ya estaba ocupada de antemano la falua dcl rcy, sicndoles preciso verificar su diputacion en un bole arquilado [sic], l\lezclados con paisanos de todas clascs, por cuio motivo han representado quc en talcs actos, ya por cl honor del cabildo y ya por sus pcrsonas, debe proporcion~1rsclcs, con toda brevedad, dcccncia y circunspcccion, cl modo con que exerzan semejantes diputacioncs, cspccialmcntc en Ia pr6xima venida del senor gobcrnador y capitan general electo, a fin de que no experimcntcn igual dcsairc. Y se acord6: Sc pase oficio al senor gobcrnador :v capitan general para que se digne permitir quc los caballeros diputados vayan en la falua del rey juntamcnte con las personas que su sefioria destinase a su nombre para cumplimentar al nuevo senor gobernador. lgualmente, se acord6 comisionar al caballero regidor don Jose Sanchez de Bustamante para que inspeccione la cuenta presentada por el caballero alguacil mayor de los gastos invertidos en la casa capitular y de Ios sepa-(f· 7.iv. ] / radamente hechos para las funciones publicas proyectadas, entregandosele el expediente y demas documentos que estime necesarios. Se hizo presente Ia solicitud de Antonio Mena sobre tomar a su cargo el despacho, matanza y aseo de carniceria. Y se mand6 reservar para el cabildo inmediato. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. ·= Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Cordova [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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IDiputados para cl recibimiento <le Su llustr!sim:i, doctor don Juan Alejo de Arizmendi, hacen presente no pudicron utilizar la fahla del re)· para descmpeiiar su cometido.)

(Oficio al gobernador para que permita quc los diputados capilulares para el recibimiento del gobcrnador don Toribio Montes vayan en la fahla real.)

IRcgidor don Jose S:lnchez de Busta· mante qucda comisionado para re\'isar cuenrns presentadas po r el alguacil mayor.}

(Antonio Mena solicita hncerse cargo de la matanza de rescs. despacho de carne y del aseo de la carniceria.)

[68] [24 DE SEPTIEMBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro dias del mes de scptiembre de mil ochocientos cuatro afios, habiendo concurrido a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinaries don Jose Davila y licenciado don Santiago de Ios Rios

INo se celebra cabildo por falta de qu6rum.)


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ACTAS DEL CABILDO

para celebrar cabildo ordinario no tuvo este efecto a ca~ de no haber concurrido ninglln. otro de los caballeros regidores; y para su constancia me mandaron lo pusiera [f· 75]/ por diligencia; y firmaron dichos sefiores, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Gregorio Sandoval [rubrica].

[69] [1 DE OCTUBRE DE 1804.]

Cabildo ordlnario celebrado en I.o de octubre de 1804.

En 9 de octubre entregue la primera pieza de la nueva foibrica de la sala consistorlal al caballero regidor doctor don Jose Smchez y no la segunda por estar ~eC:ida por el sefior gobernador eo oficlo de 20 de enero y no baberse devuelto. Sandoval [rdbrica}.

(El pasaiero de Palo Seco, Manuel Lamas, solicita rebaia en el importe del arrendamlento de dicho pasaje.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de octubre de mil ochocientos cuatro afios, para efecto de celebrar cabildo ordina· rio, segiln es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios de prim.era y segundo voto, don Jose Davila y licenciado .don Santiago de Ios Rios; don Antonio de C6rdova y licenc1a~o don Juan Antonio Mexia, regidores, para tratar y confenr las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se ley6 un oficio dirigido al ayunta· miento por el caballero regidor doctor don Jose Sanc~ez Bustamante en el cual pretende el expediente de la fabnca de la sala capitular y testimonio de Ia acta en que se diput6 al difunto caballero regidor don Felix La Cruz para las diversiones publicas, y parecer la de nueve de mayo de mil ochocientos uno, por exponer que tiene conexi6n con Ir inspecci6n de cuentas que se le ban encargado de las que exibi6 el caballero regidor doctor don Jose Joaquin Coro.aado. Y se acord6: Se le franquea-[f· 1sv. ]/sen uno y otro en el verdadero concepto de que sean pertinentes y del caso en el asunto de que se trata. Se clio cuenta de la representaci6n del caballero sindico que fue de Palo Seco, Manuel Lamas, por el que pretend~ se le haga alguna rebaja del importe total del arrenda miento a causa de los perjuicios que manifiesta respect~ de las pulperias q_ue se han establecido en aquel sitio con~ tra lo prevenido por una de las condiciones de su remat~ Y visto cuanto convino se acord6 : Que respecto a ·que pQ'r· la condici6n septima constante de dicho expediente res~ta que la pulperia para venta de comestibles en el sitio ide Palo Seco esta concedida al pasajero que rematare el arren._ dam.iento, con la calidad de que haya de estar en la mistna


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casa del pasaje y que efectivamente la ha podido mantener Lamas sin que ninguna persona le pudiese perjudicar este derecho, no ha lugar a la rebaja que solicita, y se haga saber al mayordomo de propios para que recaude la cantidad que resulte deber dicho Lamas sin la menor demora. Se dio cuenta del expediente suscitado por el pasajero procurador general, SU fccha, veinte de septiembre ultimo, en el expediente sobre la pretension de facultativos [sic] doctor don Francisco Oller y licenciado don Emigdio Antiq [sic] a la plaza de medico de la Junta de Sanidad, solicitando las reales cedulas u ordenes que tratan de la Junta. Y se acordo : Accederse a su pretension suministrandosele la real [f· 76 ] / orden, en testimonio, de tres de mayo de mil setecientos sesenta y ocho, otro documento testimoniado y relativo a la Junta de Sanidad del puerto de Malaga, con dos papeles sueltos, con la representaci6n del caballero sindico procurador general de catorce de diciembre de mil ochocientos uno. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron diDavila [rubrica] Lidenchos seii.ores, de que doy fee. ciado Rios [rubrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[70] [3 DE OCTUBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de octubre de mil ochocientos cuatro, para efecto de celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobernador, intendente y capitan general, a fin de tratar y conferir lo que resulte sobre el objeto a que ha sido convocado. No concurrieron, a pesar de haberseles citado primera y segunda vez, los caballeros regidores alferez real, don Jose Power, por haberse excusado con el motivo de hallarse formando un proceso militar; el fiel executor, por estar ocupado en el repartimiento de carnes [f· 76v. ] / al publico; don Antonio de Cordova, por hallarse enfermo; don Manuel Power, por estar ausente; el doctor don Jose Joaquin Coronado, por hallarse entendiendo en una comisi6n del ayunta7.

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(Dcclarada sin lugar la petici6n de Manuel Lamas.)

IProcurador general sollcita reales cedulas u 6rdenes pertinentes a la Junta de Sanidad a los efectos de contestar a la pretensi6n de los doctores don Francis· co Oller y d o n Emigdio Antique.)


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ACTAS DEL CABILDO

miento; y el senor alcalde ordinario don Jose Davila, por estar ausente. . En este cabildo, a que concurrieron los seiiores alcalde ordinario de segunda elecci6n, Iicenciado don Santiago de las Rios; licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, sindico procurador general, se abri6 un pliego del senor capitan general, su fccha, dos del corriente, con inclusion de un oficio de dos de septiembre elevado a su sefioria por los profesores encargados de la vacuna, doctor don Francisco Oller y liccnciado don Emigdio Antiq [sic], en el que se indica la pr6xima extin(Los doctores don Francisco Oller y ci6n del fluido vacuno por el escaso numero de concudon Emlgdio Antique bacen presente rrentes, todas circunstancias opuestas a la perpetuaci6n la pr6xima extinci6n del flufdo va.que quiere su majestad en real orden de 20 de mayo ulticuno per el escaso nmnero de concumo; significando su sefioria se dedique inmediatarnente rrentes.J este cabildo a proporcionar algunos individuos en los dias sefialados a la vacunaci6n a fin de mantener el fluido rnientras haya algU.n reglamento para su perpetuaci6n. Y se acord6: Llamarse a los alcaldes de barrio para que diesen cuenta de la comisi6n de formar el padr6n respectivo que se les encarg6 en los cabildos de diez, y diez Y siete de septiembre; y habiendo comparecido dos de ellos, [Alcaldes de baa saber, Jose Planelles y Pablo Bazo, expusieron algunos rrios son requeri· inconvenientes de no haberlo podido [f· 77 ] / formar, que dos para que den cuenta de la coverdaderamente penclian de su mui limitada instrucci6n en misi6n que se Jes hizo sobre la forsaber leer y escribir; y para evitar el perjuicio que puede maci6n del padr6n de almas de seguirse con la tardanza en un asunto de esta gravedad se sus correspondientes barrios.) ha comisionado al caballero sindico procurador gene~al [Dos alcaldes de para que con su zelo y actividad intervenga en la mas barrios informan sus inconvenientes pronta formaci6n del padr6n, dando las instrucciones conen la preparaci6n de dicbo padr6n.J venientes a los alcaldes de barrio, quienes en este asunto lProcurador geneestaran a su entera disposici6n y haciendoles especial enral queda comlsio· nado para interve· cargo para que sin perjuicio del padr6n, si llegase a su nir en la pronta formacidn de di· noticia haber algunas personas no vacunadas, prepare su cbos padrones.J remisi6n en los dias designados para el efecto ; y que se contexte a su seiioria con testimonio del acta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron di· chos seiiores, de que doy fee. Licenciado Rios [rubrica] ·- Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Doctor Thorrez Feliciano [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica]. esscribano de cabildo.

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[71] [8 DE OCTUBRE DE 1804.]

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En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a ocho [C. nv·]/ de octubre de mil ochocientos cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. El caballero alguacil mayor hizo presente que el muy ilustre ayuntamiento se ha servido encargarle la funci6n o convite que se hace de costumbre en esta ciudad a la llegada del senor gobernador, unido con el caballero alferez real, don Jose Pover, el que acaso por hallarse de semana no habra podido concurrir a este cabildo para exigir reglas como deba hacerse este convite, si ha de ser esplendido, guardandose toda la posible economia o reducirlo a cierto termino. En el concepto de que tiene que principiar por toda la baterfa de cocina, cocineros, ayudantes y sirvientes pues aunque muchas personas contribuiran con todo lo que puedan proporcionar habra otras que falten y es menester costearlas. Y que bajo de estos principios y de estar esperando por instantes al senor gobemador espera se acuerde lo conveniente para gobiemo de su convite y que se le pase por testimonio. Y se acord6 : Que siendo costumbre inveterada de este cabildo obsequiar al senor gobernador [f· 78 ] / y capitan general recien llegado a la plaza con un convite magnifico y explendido, al que asisten las principales personas de ella, se execute el que esta pr6ximo a verificarse con todo el lucimiento posible y decoro y que para este efecto no se omita gasto que sea compatible con la prudente economia que espera de los caballeros comisionados, proveyendose· les de testimonio de esta acta y de la celebrada en el cabildo de ocho de febrero de mil ochocientos dos, por cuanto los dos caballeros comisionados estan sustituidos los ,que se mencionan en ella para el mismo objeto, haciendose saber al mayordomo de propios.

[A)guacll m a y o r comlslonado para organizar el convi-

te a ofrecerse al

nuevo gobernador que se espera solicita se le provean reglas o normas para gobierno de tal actividad.J

instruye [Cabildo sobre c6mo debe hacerse el referido convite.)


100 {Procurador general se excusa de cumplimentar la comisi6n s o b r e :£ormaci6n del padr6n general.) (Ord~nase al procurador general cumpla con la comisi6n que se le hizo sobre el padr6n general.)

ACTAS DEL CABILDO

En este cabildo dio una representaci6n el caballero sindico procurador general acompafiando otra que con decreto del seiior gobernador, intendente y capitan general, por las cuales se excusa de practicar el padr6n general que se le com.ision6 en el cabildo extraordinario de tres del corriente con motivo de sus achaques. Y se acord6 : Cumpla con Ia formaci6n del padr6n acordado y que insta su execuci6n, tanto por su especial importancia como por los encargos del seiior gobernador, para su pronto despacho respecto de que la indisposici6n alegada no se estima por suficiente para la excusa, y que se le devuelva para que de principio con los auxilios que se le ban ofrecido. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus [f· 78v·]/ seiiorias, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] Ramires [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[72] [ 12 DE OCTUBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de octubre de mil ochocientos cuatro aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del seiior gobernador, intendente y capitan general, previa la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala los seiiores alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Santiago de los Rfos; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor; Y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidor, para tratar y conferir sobre el objeto a que se dirige este extraordina· rio. No concurri6 el senor alcalde ordinario don Jose Da· vila ni los caballeros regidores don Antonio de C6rdova Y don Manuel Power por hallarse ausentes en el campo; ni el caballero regidor-alferez real, don Jose Power, por estar ocupado en el desempeiio de las funciones de ayudante del Reximiento Fixo, que le toca de semana; [f· 7!1]/ ni el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez, por hallarse igualmente ocupado en la distribuci6n de carnes al pu· blico.


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En este cabildo se recibi6 un pliego del seiior gobemador y capitan general en el que los profesores encargados de la vacuna hacen presente a su sefioria que en la vacunaci6n de seis del corriente ban asistido s6lo dos Unicas personas, para que no se les arguya de inoficiosos en tiempo alguno, y en su consecuencia providencie lo que estime por mas conveniente recordando lo que manifestaron en su oficio de dos del corriente con remisi6n a lo acontecido en los dias vcinte y dos y veinte y ocho del pasado; denotando, finalmente, que no se habia contextado al plan que propusieron por separado en siete de septiembre. Por lo que su seiioria se sirvi6 decretar se acordase con preferencia a todo otro asunto el medio y modo de asegurar el fluido vacuno. Y se acord6: Que la contextaci6n se verific6 en el mismo cabildo en que se recibi6 el plan de los facultivos [sic], por cuanto inmediatamente se determin6 formarse el padr6n de todos los vecinos con expresi6n de los vacunados y no vacunados, conforme al primer articulo de este plan, de que se dio cuenta a su seiioria. Y como esta principalisima operaci6n no se ha executado todavia, sin embargo de los continuos desvelos del cabildo, ya por la ignorancia de los alcaldes de barrio, a quienes se [f· 'i9v. ] / confi6 primeramente el padr6n, ya por la excusa del caballero sindico procurador general, a quien se cometi6, crey6 el cabildo ,que tendria un cabal desempeiio un asunto de tanta importancia en que se interesan su majestad, su seii.oria y el publico mayormente, habiendo admitido el encargo y dado algunas disposiciones a la verdad no puede el cabildo tomar otra por ahora si no se pone en cumplimiento el padr6n mencionado. A este efecto renueva a el caballero sindico procurador general que sin la menor dilaci6n emprenda el padr6n, en la inteligencia de que cualesquiera resulta que hubiere por su omisi6n o falta de exactitud sera de su responsabilidad para ante su majestad y demas autoridades; y que se remita a dicho senor gobemador, intendente y capitan general, testimonio de esta acta, haciendose saber su contenido al caballero sindico procurador general. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. ·= Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mf = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 60 ] /

(L o s facultativos encargados de la vacunacicSn de nuevo hacen presente al gobemador la poca concurrencla de ptlbllco para re. ciblr aqu~Ua.)

(Gobernador lnsta al cablldo acuerde sobre el meior me. dlo y modo para ascgurar la propagaci6n del ftufdo vacuno.) lnforma (Cablldo haber actuado sobre el particular al ordenar la formacicSn del padrcSn de los barrios respecto a los veclnos vacunados Y a los que no lo estaban.J

(Se repite la orden procurador ge. neral para que verifique el padron general.) al


ACTAS DEL CABILDO

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[73] [16 DE OCTUBRE DE 1804.]

(No se celebra cabildo por falta de qu6rum.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de octubre del corriente aii.o de mil ochocientos cuatro, habiendo concurrido al cabildo ordinario el senor alcalde ordinario de segundo voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y el caballero rexidor licenciado don Juan Mexia, dex6 de celebrarse porno haber asistido competente numero de vocales; por cuya raz6n tampoco se han abierto dos pliegos remitidos, uno, por el sefior capitan general y otro, por el caballero rexidor doctor don Jose Sanchez de Bustamante, los que reservan para el cabildo pr6ximo; con cuyo motivo me mand6 su merced lo pusiese por esta para su constancia, la que firmaron los antedichos sefiores, de que doy Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rufee. brica] Por enfermedad del propietario, ante mi, Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

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[74] [22 DE OCTUBRE DE 1804.]

[Gobernador remlte copia del oficio que le dirlgieran los facultativos encargados de la vacunaci6n y en el que se hace pre-

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos dias del mes de octubre de mil ochocientos cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de 2°· voto, licenciado don Santiago de los Rios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro ['· SOv·]/ y util de la republica. No concurri6 el senor alcalde ordinario de 111 • elecci6n, don Jose Davila, por hallarse actualmente enfermo. En este cabildo se abri6 un pliego del sefior capitan general, su fecha, trece del presente mes, acompafiando una copia de! oficio que le remitieron Ios profesores encargados de la vacuna, con la referida fecha, en el que temiendo estos la interrupci6n de la propagaci6n del fluido por no haber concurrido persona alguna lo participaban a su


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sefioria para su inteligencia; en cuya virtud ha significado a este cabildo no haber executado el medio que, sin perjuicio del padr6n, podia haber adoptado sin embargo de que se le hizo presente haber consistido en la omisi6n del caballero procurador general, reiterando se dedique con el mayor esmero a proporcionar que algunos individuos se presenten el martes pr6ximo a los facultativos y aprovechar quc se recoja algiln fluido, con lo demas que expresa. Y se acord6: Se contextase a su se.fioria que la formaci6n del padr6n que siempre ha propuesto como enteramente necesario fue el 'lmico recurso que qued6 al cabildo tanto para llenar las intenciones explicadas en el oficio de doce del corriente cuanto para el reglamento que ha de trabajarse. Porque antes de esta determinaci6n se apuraron practicamente todos los medios, cuales [f. 81 ] / fueron, solicitando por su persona el caballero regidor diputado de la vacuna los individuos que pudieran hallarse sin haber recibido el fluido para que concurriesen a la sala destinada a est~ efecto; que los alguaciles tuviesen especial cuidado en indagar los que no hubiesen sido vacunados, y esta misma diligencia se h~ practicado oficiosamente por los miembros de este cuerpo en particular, fixandose, ademas de la tarjeta que existe sobre la puerta y que sirve de una convocaci6n continua y perpetua, a mayor abundamiento, semanalmente cuatro carteles para noticia de los que quisiesen asistir. Con examen de estos arbitrios que *de su insuficiencia* a pesar de su importancia no ban sido bastantes se insisti6 en el mencionado padr6n con dos objetos: primero, saberse puntualmente los que no estaban vacunados y prevenir cualesquiera desconfianza, resistencia, temor o excusa para cumplir con el insinuado encargo del senor gobernador en oficio de dos del corriente. Y segundo, para que al mismo tiempo nose retardase un momenta el principio de las diligencias que deben servir previamente a la formaci6n del reglamento, respecto de que sin aquellas no se pueden emprender otras en que esta impaciente el cabildo. Si el caballero sindico procurador general hubiera desempeiiado pronta y exactamente esta Unica comisi6n que se ha [f· 81 v·]/ puesto a su cuidado, conforme prometi6 y el cabildo le ofreci6 mas auxilios de los que le compe-

* I..o cornprendido entre asteriscos aparece tachado en el originaJ.

103 sente la no concurrencia de vecinos para recibirla.]

(Gobernador insta al cabildo para que requiera individuos para ser vacunados.J

(Cablldo slgni1ica medidas puestas en pr4ctlca para hacer que los veclnos no vncunados se presentasen a reclbir la vacunaci6n.J

[Cabildo lnsiste en la formaci6n del padr6n general como medio efectivo para conocer l o s veclnos no vacunados y como paso previo a la redacci6n de un reglamento sobre la vacunaci6n.)

(Se signifi.ca omisl6n del procurador general en el descargo de la comlsi6n sobre el padr6n general.]


ACTAS DEL CABILDO

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[Tres niiios a ser vacunados.]

[Procurador general insiste en la excusa p a r a no continuar en la comisi6n de fonnar el padr6n gene· ral.] [Procurador general a recurrlr a Jos alcaldes ordinarlos para hacer que le obedezcan Jos alcaldes de barrio.]

tian, *(en obsequio del seiior gobernador)* no se veria su seiioria en semejante conflicto ni menos este cuerpo con el sentimiento de que se le diga no haber executado medio alguno independiente del padr6n cuando han sido tantos como los que ha insinuado; afiadiendo, que hasta los niiios de las escuelas tampoco se ban ocultado a su diligencia ni le resta hacer otra en el dfa sino la que tenga a bien de dictarle la ilustraci6n del senor gobemador. Entretanto, la omisi6n del caballero procurador general sera responsable sin que este cuerpo mire con otro concepto sus indisposiciones certificadas que el de auto· rizar su voluntaria e inesperada excusa. Y, asf espera que su seii.oria dedique la fuerza de su potestad para que haga conocer al caballero sfndico procurador general el perjuicio que ocasiona su descuido al bien de esta isla, tan contra el agrado del soberano y del senor gobernador. *(remitiendose esta acta en testimonio y: Y ,que para que su seiiaria este seguramente inteligenciada de que el cabildo, desde el principio, ha trabajado incesantemente en cuanto su seiioria ha prapuesta, adoptando los medias independientes del padr6n, el caballero diputado habiendo continuado en recorrer personalmente las casas ha dado cuenta de que tiene *recorrera algunas casas habiendose ya encontrado* tres [f· 82 ] / niiios para el dia de mafiana, sin embargo de que no fue de la intenci6n del ayuntamiento recargarle con esta personalidad en el encargo que le cometi6 y ha desempeiiado. Y que de esta acta se compulse testimonio para su remisi6n, con el correspondiente oficio, al seiior gobernador, intendente y capitan general. · Tambien se vio el expediente del s:Cndico procurador general y su ultima representaci6n en la que insiste en la excusa de no continuar en la comision de formar el padr6n. Y se acord6 : Que se pusiese por decreto lo determinado en la acta precedente y que en cuanto a lo que expresa de no haberle obedecido los alcaldes de barrio debi6 haber ocurrido a los seiiores alcaldes ordinaries para su remedio, coma lo executara. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que day fee. ·= Entre renglones : ademas de la tarjeta que existe sobre la puerta, que sirve de una convocaci6n continua y perpetua = a pesar de su importancia

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.


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no ban sido bastantes = habiendo continuado en recorrer personalmente las casas, ha dado cuenta de que tiene = sin embargo de que no fue de la intenci6n del ayuntamiento recargarle con esta personalidad en el encargo que le cometi6 y ha desempeiiado. = Vale. Testado: de insuficiente = en obsequio del seiior gobemador = rem.itiendose esta acta en testimonio = recorrera algunas casas habiendose ya encontrado, no vale. = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rli.brica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mf = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[75] [29 DE OCTUBRE DE 1804.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dfas del mes de octubre de mil ochocientos cuatro aii.os, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores licenciado don Santiago de los Rios, alcalde ordinario de segunda elecci6n; licenciado don Juan Antonio Mexia y el doctor Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir los asuntos interesantes al pro y utilidad publica. En este cabildo, adv1rtiendose que no habia concurrido el caballero sindico procurador general para dar cuenta del padr6n ,que se le habia cometido, se le pas6 recado con el portero, don Manuel de Cuevas, para su comparendo; y aunque hizo presente su imposibilidad por causa del mal de orina insisti6 el cabildo en la necesidad de su presencia. Y habiendolo verificado, se le hicieron varios cargos y reconvenciones sabre la retardaci6n de su comisi6n y no dio otra salida que la de hallarse sin facultades para costear el escribiente del padr6n, no obstante de que se pusieron en su consideraci6n c6mo las otras comisiones que se encargaban a los se:ii.ores capitulares siempre se desempe:iiaban gratuitamente; por evitar altercados, retardaci6n del padr6n y otros inconvenientes que podrian seguirse de esto, condescendi6 el cabildo contribuirle con alguna ayuda de costa en virtud de sus reiteradas suplicas. (f· 83] /

[Requiuese Ia presencia del procurador general para que d6 cuenta de la formaci6n del padr6n general.) (Cargos y reconvenciones al procurador general.) (Procurador general justifica Ia dilacl6n en preparar el padr6n general por no tener facultad p a r a costear el escribiente de aqu61.) (Ayuda de costa para el escribientc del padr6n general.]


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ACTA$ DEL CABILDO

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorlas, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[16] [S DE NOVIEMBRE DE 1804.]

!No se celebra cabildo por falta de qu6rum.)

Doy fee : Que en esta fecha con motivo de haber concurrido a celebrar cabildo ordinario el sefior alcalde orclinario licenciado don Santiago de los Rios y el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia y no concurrir ningiln otro de los caballeros regidores no pudo verificarse a pesar de haber estado en esta sala hasta las once de la ma:iiana; y para que conste, me previno dicho senor alcalde, Io pusiese por diligencia para su constancia ; y firmaron, hoy, cinco de noviembre de mil ochocientos cuatro afios. Enmendado, Juan Antonio, vale. = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. [f· 83v·]/

[77] [ 12 DE NOVIEMBRE DE 1804.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan de Puerto Rico, a los doce dfas del mes de noviembre de mil ochocientos cuatro aiios, estando en cabildo ordinario los seiiores don Francisco Diaz Ynguanzo, del consejo de su majestad, oidor honorario de Ia Real Audiencia de Cuba. teniente gobernador, auditor de guerra de esta plaza e isla; los alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n. don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; don Jose Power, regidor-alferez real; don Jose Joaqliin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de C6x;. dova, licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jos~ Sanchez Bustamante y don Manuel Power, regidores; /Y' doctor don Francisco de Torres Feliciano, procurador ~ neral.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Habiendo requerido el seiior mariscal de campo de los reales exercitos don Toribio de Montes, electo gobemador, intendente y capitan general de esta plaza e isla, al regidor decano para que en virtud de los reales despachos que exhibia se le diese la posesi6n de sus empleos por lo que toca a este ayuntamiento y mandado se leyese en alta voz el citado real despacho, dado en Aranjuez. En este cabildo pareci6 el seiior mariscal de campo don Toribio de Montes con el real titulo en que su majestad, Dios le guardc, se ha [f· 84 ] / servido nombrarle de gobernador, intendente y capitan general de esta isla y plaza; y visto dixo que lo obedece con el respeto y acatamiento debido y acord6 que se guarde, cumpla y execute en todas sus partes. Y, constando haber otorgado su juramento, por real orden de once de julio ultimo, se procedi6 a darle su posesi6n, la que se verific6 por el caballero regidor decano sin perjuicio del derecho del caballero alferez real. Y acord6 el ayuntamiento : Que su seiioria otorgue la fianza de~­ tro del termino de la ley, y .que se le devuelva este real titulo con las urbanidades de estilo, y que se tome raz6n de el. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Torivio Montes [rubrica] = Francisco Diaz Ynguanzo [rubrica] ·= Joseph Davila [rubrica] = Licenciado Santiago de los Rios [rubrica] = Josef Power [rubrica] = Joseph Joaquin Coronado [rubrica] Antonio de Cordova [rubrica] = Licenciado Juan Antonio Mexia [rubrica] = [f· 84v·]/ Doctor Jose Sanchez de Bustamante [rubrica] = Manuel Angel Power [rubrica] = Doctor Francisco de Thorrez Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[78] [ 13 DE NOVIEMBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de noviembre de mil ochocientos y cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], precedida la correspondiente citaci6n, a causa de no haberse tratado en el celebrado el dia de ayer de los asuntos utiles a la republica, por la ocupaci6n que result6 de dar la posesi6n

107 Testado, no vale. (rubrica.J

[Recibimiento y posesi6n d e I gobernador don Toribio Montes.I

[Requierese del gobernador Montes la prestnci6n de la fianza correspondlente a su oficio.)


108

(Procurador general don Francisco de Torres Feliciano presenta tltulo de abogado.)

(Decreto d e 1 gobenador para que se tome raz6n en el libro correspondiente del cabildo de la carta de naturaleza de d o n Francisco Esp a yllat.J

[Cabildo es requer i d o a informar sobre la solicitud del escribano de gobiemo para que se paguen 25 pesos por las diligencias de elecciones concejlles.)

ACTA$ DEL CABILDO

al senor gobernador, intendente y Capitan general, marls· cal de campo don Toribio Montes, concurrieron a esta sala el senor teniente gobernador, auditor de guerra, don Francisco Diaz Ynguanzo, del consejo de su majestad, oidor honorario de la Real Audiencia de (f· 85 ] / Cuba; don Jose Davila, alcalde ordinario de primera elecci6n : don Antonio de Cordova y Iicenciado don Juan Antonio Mexia, regidores; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, procurador general. En este cabildo se dio cuenta de la petici6n del doctor don Francisco de Torres Feliciano en que presenta el real titulo de abogado de los reales consejos y pide que, tomada raz6n de el, se le devuelva para los efectos convenientes. Y, estando presente la parte interesada, como procurador general del ayuntamiento, se le mandO. retirar para dar la providencia y acordar lo conveniente. Y habiendolo verificado se acord6: Que se ha por presentado, se tome raz6n de el como se solicita, y devuelva a la parte. Se present6 don Francisco Espayllat, en nombre de su lexitimo padre don Francisco, manifestado [sic] decreto del senor gobernador, intendente y capitan general, en que previene que en el cabildo se tome raz6n de la carta de naturaleza que obtiene dicho su padre. Y se acord6 : Que se verifique la toma de raz6n en el libro que corresponde y se devuelva original al interesado para los usos que le convengan. Se dio cuenta del expediente en que el senor gobemador, intendente y capitan general, manda que el ayuntamiento informe lo que se ofreciere, [f· ssv.]/ y pareciere sabre las veinte y cinco pesos que el esscribano de gobier· no pide par las diligencias de elecciones de oficios concejiles de este cabildo y demas de la isla. Y se acord6 : Con presencia de su contenido, pase todo la [sic] vista del caballero sindico procurador general. Con Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos senores, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] Davila [rubrica] Cordova [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Thorrez Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[79] [19 DE NOVIEMBRE DE 1804.]

' :..· I

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve dias del mes de noviembre de mil ochocientos cuatro afios, para practicar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], previa la citaci6n competente, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores rnariscal de carnpo de los reales exercitos don Toribio Montes, caballero del habito de (f· 86 ] / Santiago, gobernador, intendente y capitan general de esta plaza e isla; Ios sefiores alcaldes ordinarios don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Antonio de C6rdova, licenciado don Juan Antonio Mexia y el doctor don Jose Hermenegildo Sanchez, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se present6 el licenciado don Emigdio Antique recordando su solicitud hecha para que se le nombre de medico de la Junta de Sanidad. Y se acord6: Que respecto a que el expediente de la materia se halla en vista del caballero sindico procurador general se le haga saber le despache para el primer cabildo. Bl caballero procurador general present6 el padr6n de las personas queen los cuatro barrios de esta ciudad existen vacunados y no vacunados ; y pi de se se [sic] acuerde 1a gratificaci6n que se deba dar por este trabajo y entrega de eUa. Y se acord6 : Que se pase este al cabailero regidor diputado licenciado don Juan Antonio Mexia una noticia de los individuos no vacunados, y una copia de el al se:ii.or gobemador, intendente y capitan general, a cuyo efecto se traera para el primer cabildo, y el original se una al expediente del asunto para acordar lo conveniente sobre lo propuesto en el plan dado por Ios facultativos para perpetuar el flufdo en esta isla; y que por ayuda de costa se den al pro-[f· 86v·]/curador general diez pesos por ayuda de costa en la extension del padr6n, *dan* librandose Ia orden conveniente al mayordomo de propios. Se dio cuenta de la representaci6n hecha por el caballero sindico procurador general solicitando se apremie a

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

(Licenclado d o n Antique Emigdio recuerda su solicitud para que se le nombre ml!dlco de la Junta de Sanidad.J

(Procurador general presenta padr6n general de los vecinos vacunados y no vacunados, y sollcit.t. gratilicaci6n por el ttabaio.J

[Asfgnanse

d i e z

pesos p o r ayuda de costa al procurador general.}

[Procurador general solicita se uria del maestro de escuela don Carlos Martinez rinda el informe que le fuera requerido.)


ACTA$ DEL CABILDO

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(Solicitud de An· tonio de Mena pa· ra servir el oficio de tablajero en la venta de carnes.)

(Regidores conti· nuarm desempe· fi;ifndose en la di· putaci6n general de abastos y el fiel ejecutor aslstir4 a la carniceria.]

don Carlos Martinez a que de la cuenta y raz6n que se acord6 en cabildo anterior para zatisfacer la pretension del caballero sindico. Y se acord6: Se haga saber a don Carlos Martinez que para el primer cabildo precisamente de la noticia que se le ha prevenido, apercebido de la demostraci6n que haya lugar en su defecto. lgualmente, de la solicitud de Antonio de Mena ofreciendose a servir su oficio de tablajero para el expendio de la came al publico, segiln se practica en los reinos de Espana, por el interez de dos pesos diarios por cada tabla, que deberan ser dos, bajo de otras condiciones. Y se acord6: Se una esta solicitud al expediente sobre abasto de carnes para que se determine lo conveniente. Tambien se hizo presente lo ultimamente expuesto por el caballero sindico procurador general en el expediente en que el caballero fiel executor se present6 pidiendo instrucciones para el desempefio de su empleo. Y se acord6: Que a reserva de arreglar conforme a las !eyes este ramo siga la diputaci6n mensal, por turno, entre los caball.eros regidores, principiando en el caballero (f· 87 ] / regidor doctor don Jose Sanchez la Junta de Sanidad, desde este clia, y lo mismo, la diputaci6n general de los abastos, sin perjuicio de las Ordenanzas Municipales, en que esta encargado el ayuntamiento, en donde se tratara mas por menor de las funciones de cada uno, y continuando el caballero fiel executor en la carniceria coma hasta ahora, a quien se le instruira de este acuerdo, pasandose testimonio al senor gobernador, intendente y capitan general, con el oficio correspondiente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Montes [rubrica] = Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [nlbrica] = Cordova [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Doctor Sanchez [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[80] [26 DE NOVIEMBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dias del mes de noviembre de mil ochocientos cuatro afios, para celebrar


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

cabildo orclinario, como es de uso y constumbre [sic], concu-[f· &7v. ]/rrieron a esta sala consistorial los seiiores don Francisco Diaz Ynguanzo, del consejo de su majestad, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, teniente gobemador, auditor de guerra de esta isla; don Jose Davila, alcalde ordinario; don Jose Power, regidor-alferez real; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez y don Manuel Angel Power, regidores; y el doctor don Francisco de Torres Feliciano, procurador ~eneral, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este estado concurri6 el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios, y el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor capitan general, su fecha, veinte y tres del corriente, en el que se sirve enunciar que por real orden de treinta de abril Ultimo se dign6 el rey hacerle referenda a los encargos cometidos a su antecesor sobre el esmero en el hospedaje de la expeclici6n de la vacuna, y demas que cxpresa dicho oficio, encargando su seiioria que este cabildo franquee su informe, mui circunstanciado, con arreglo a las buenas ideas insinuadas en la citada real orden. Y se acord6: Se traiga a la vista el expediente y se consulten los puntos sobre que debe rodar el informe, los que, con uniformidad de votos, se redujeron a los siguientes: 1°· Que se trate muy circunstanciadamente sobre el recibimiento de la (f· 88 ] / expedici6n y gastos consumidos en ella por cuenta de los propios. 2°· Sohre las contextaciones arclientes suscitadas entre el senor capitan general que acab6 y senor director de la ~xpedici6n de la vacuna, sobre lo cual, aunque no hay en el cabildo oficio que suministre la mas Ieve idea, sin embargo se sabe por haberse divulgado en el publico. -i;;ri.-a

3°· Que la vacuna introducida por el doctor don Francisco Oller fue lexitima y que esta ces6 con el arribo de la real expedici6n, teniendose presente como hecho positivo que el Ilustrisimo Senor Obispo de esta di6cesis fue vacunado por Oller, cuyos sintomas caracterizaron de lexitima la vacuna y aunque despues fue revacunado por el senor

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(Gobernador sollclta informe sobre ciertos extremos pertinentes a la expedicl6n de la vacuna.J

(Puntos o extremos a tratarse en el infonne sobre la vacunacl6n.J


ACTA$ DEL CABILDO

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Balmis no tuvo efecto. Tambien aconteci6 lo mismo con las hijos del comandante de Milicias de infanteria, don Juan Gautier, y con las del caballero regidor doctor don Jose Joaquin Coronado ; hacienda menci6n de cierto expe.diente que sigui6 por comissi6n del senor capitan general el senor alcalde ordinario de primera elecci6n sabre baber sido *vacunados* inoculados con el pus de la viruela natural tres nifios que antes se decian vacunados, sin que tampoco surtiese efecto. Aiiadiendose otros hechos de igual naturaleza de quienes no haya la menor duda. Cometiendose la extensi6n de este informe al caballero alguacil mayor, facilitandose para el efecto el expediente de lavacuna y demas noticias que necesitare con copia de este acuerdo.

(Oficio a Su Ilustrisima para que disponga que los curas de la Iglesia Catedral suministren relaci6n del nmnero de nliios nacidos durante los 'llltimos cinco aftos.]

{Teniente de gobernador hace presente l o s dailos causados en la azotea de la casa c:apitular.)

(Prohlbese el acceso a la azotea de la c:asa capitular.J

Y ,que para lo que pertenece a continuar poniendo expedita la noticia que [f· sav·]/ se desea para poder establecer la propagaci6n del fluido vacuno por tandas, en los terminos que exigen los facultativos, se pase oficio al llustrisimo Senor Diocesano para que se sirva disponer que las padres curas de esta Santa Iglesia Catedral den una relaci6n o noticia por mayor del nfunero de nifios que ban nacido de cinco aiios a esta parte, a fin de formar un calculo politico para poder verificar dicho establecimiento segUn. es· la voluntad soberana, lo que se espera sea a la mayor posible brevedad. El senor teniente gobemador, auditor de guerra, bizo presente las perjuicios que se hacen en las azoteas de la casa de ayuntamiento por las muchas personas que se suben a ellas y con las carreras que dan con la diversi6n de las volantines rompen los ladrillos, causan goteras Y' de esto el perjuicio de las maderas. Y se acord6 : Que uno de las alguaciles haga saber a Basilio Maldonado Ylarraza quite inmediatamente una esca!era de mano que tiene puesta en uno de los costados de dicha casa, y a Ios demds vecinos que se les haga saber ,que no *haga* permita que persona alguna suba a dicha azotea, apercibidos que seran de su cuenta las danos y perjuicios que se tocaren. Con lo que se concluy6 este cabildo, que fir-[f· 89 ]/maron sus seii.orias, de ,que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] =Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] =power

*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[rubrica] = Coronado [rubrica] = Ramirez [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] Power [rubrica] = Doctor Thorres Feliciano [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[81] [3 DE DICIEMBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de diciembre de mil ochocientos cuatro afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores teniente de gobernador, auditor de guerra; don Antonio de C6rdova y el doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de Ia republica. En este estado entraron en esta sala los sefiores alcalde ordinario don Jose [f· 89v·]/ Davila, *y* el caballero regidoralguacil mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado, y el licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor. En este cabildo exhibi6 don Luis Rayfer los titulos que se le ban librado de socio de la Real Academia de Madrid y comisionado de los Reales Jardines Botanicos de Madrid y Mexico. Y se acord6 : Se anoten y devuelvan al interesado. Igualmente, se present6 el doctor don Francisco Marcos Santaella exhibiendo los titulos de abogado de los reales ~onsejos. Y se acord6 : Que se tome raz6n de ellos y devuelvan a la parte para su uso. Se dio cuenta de! real titulo de confinnaci6n del oficio de regidor llano de esta ciudad despachado a favor del caballero don Miguel Davila. Y en su virtud se acord6: Que respecto a haber expediente sobre la caducidad de \" este oficio se de cuenta al sefior gobernador, intendente y capitan general, para la providencia que deba haher. Tambien de la raz6n que ha dado el maestro de primeras letras, don Carlos Martinez, conforme a la solicitud del caballero procurador general. Y se acord6: Se le pase para que con la posible brevedad exponga lo que se le ofrezca. >\"

ginal. 8.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

(Don Luis Rayfer presenta titulos.J

(Doctor don Fran. cisco Marcos Santaella presenta ti· tulos de abogado.J

[Gobernador a ser consultado sobre la caducidad del oliclo de regidor llano desempefiado por d o n Miguel Davila.) [lnforme del maestro de primeras letras, d o n Carlos Martinez, queda referido al procurador general.]


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ACTAS DEL CABILDO

En este estado entr6 en esta sala el caballero regidor don Manuel Angel Power. Se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente. y capitan general, su fecha, [f· 90 ] / veinte y nueve de no(Oficio del gobernador instruyendo viembre pr6ximo pasado, en que su sefioria se sirve hacer sobre la priictica de la visita de sadiferentes prevenciones y declaraciones sabre la hora en nidad a los buque debe practicarse la visita de sanidad de los buques que ques y quien debe presidirla en su deentran en este puerto de parajes sospechosos, sitio en fecto.) que deben reunirse los vocales y quicn debc convocar dicha Junta, como tambien que en ausencia de su sefioria deba presidirla el capitan del puerto. Y en su vista se acord6: Que se cumplan y executen las enunciadas preven(Se provee para el cumplimiento de ciones y declaraciones menos las que cornprende la prefe1 a s instrucclones dadas por el gorencia del capitan del puerto, pues esta, en virtud de la bernador sobre la referida visita, obreal orden que cre6 la nominada Junta y la quieta y pacijetiindose unicamente ta referente fica posesi6n en que ha estado el cabildo, corresponde a a la presidencia de su diputado, sin que tenga noticia de alguna otra real disla misma.) posici6n en contrario, por lo cual representara al referido senor gobernador y capitan general su derecho para ,que se sirva atenderle en esta parte. Se recibi6 otro del Ilustrisimo Senor Obispo diocesano [Su llustrlsima reacompanando el estado de los parvulos nacidos, bautizamite relaci6n de los nifios nacidos, dos, muertos y existentes en el ultimo quinquenio. Y se bautizados, mueracord6 : Le contextara su recibo dando a su se:iioria IlustOll y existen!es en el ultimo qumquetrfsima las debidas gracias por la exactitud y prontitud nio.] con queen este particular ha llenado [f· 90v·]/ las intenciones del cabildo y por las ofertas que hace de practicar lo mismo en todos los casos que ocurran. Otro del senor gobernador y capitan general en que se ha servido prevenir que el caballero regidor diputado de [Oficio del gobernador previniendo abastos de preferencia a los que para el servicio del rey sobre: la preferencia que en la vendeben tomarlos, ya para los reales almacenes, ya para el ta de vfveres debe dar el regidor dipuReal Hospital o ya para otro destino de esta clase ; y que tado de abastos al mayordomo d e1 el mayor zelo y diligencia se ponga en contener y castigar Reill Hospital y al guarda - almac6n los llamados revendedores, que, por si o segunda mano, real, y que se impida o castigue a compran y atraviesan los viveres o frutos para sus fines los regatones.J lucrativos en perjuicio del publico. Y se acord6 : Que Se conteste a su seiioria que se executara su orden en todos [Cabildo indica que para evitar fraudes los casos que ocurran, pero que, para evitar fraudes y que en la preferencia aludida comparezotros bajo del nombre del mayordomo del Hospital o can personalmente guarda-almacen de viveres hagan los acopios que se intenlos referldos funcionarios a efectan prohibir a los regatones o revendedores, deban concutuar las compras o acrediten por borrir aquellos a verificar las compras o a lo menos dar una leta quienes 1 a s harm en su nomboleta firmada por ellos a sus dependientes o comisionabre.)


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dos para que quede zatisfecho dicho regidor diputado de que nose le engaiia en perjuicio del publico. Otro del caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bus·· tamante en que [f· 91 ] / expone que habiendo recibido quexa en la diputaci6n que estuvo a su cargo, en el mes pr6ximo pasado, de un vecino de esta plaza de habersele vendido una cuartilla de maiz que estaba incompleta, pas6 a la plaza y, aunque el vendedor habia concluido su venta y se habia retirado al campo, habia solicitado sin embargo para ver y conocer la falta el almud propio de la ciudad; y que habiendose informado que el escribano de cabildo sabria de el le mand6 recado con el ministro Nicolas para que se lo enviara, pero que aquel le contest6 que estaba en el archivo de este muy ilustre ayuntamiento y que no podia darlo sin que lo mandara el mismo cuerpo, cuya respuesta le pareci6 muy extrafia e impropia por las razones que refiere. Y se acord6: Que los patrones de pesos y medidas existentes en el archivo por motivo alguno salgan de el ni debieron salir si acaso se ha verificado alguna vez; y que respecto de haberse extraviado e inutilizado los exemplares que rolaban entre Ios caballeros regidores diputados y fiel executor se les provea con la brevedad posible de otros nuevos, concurriendo si en el [f· 91 v·]/ :interin se ofreciese alg(tn caso de repesa a executarlo en esta misma sala para que no deje de administrarle justicia por aquel defecto, comisionandose al caballero regidor diputado de mes para que mande hacer dichos exemplares. Otro de! senor gobemador, intendente y capitan general, de fecha de este dia, en que manda que se le remita, conforme a lo mandado en el Articulo treinta y uno de Ia Real Ordenanza de Intendentes de Nueva Espana, las noticias de los propios y arbitrios, seg(tn y como en else expresa. Y se acord6 : Que se forme a la mayor brevedad la noticia del estado de los propios y arbitrios de esta ciudad que •· exige dicho seiior gobemador, intendente, y se le pase en cumplimiento del citado Articulo; y que respecto a tener en el archivo de la Junta Municipal los documentos necesarios al efecto que esta forme Ia expresada noticia por ella misma, pasandola a el ayuntamiento para verificar su remisi6n. Otro del mismo senor gobernador, intendente y capitan general, de la misma fecha, en que, conforme a lo mandado en el Articulo veinte de la expresada Real Ordenanza, previene que en los casos que no concurra a los cabildos

ii

(Oficio del regldor. don Jose Sanchez Bustamante dando cuenta habt!rsele dcnegado la medida de almud perteneciente al cablldo y solicitada por el para la comprobaci6n de una queja.)

(Cabildo indica que los patrones de pesos y medidas oticiales no puede"l sacarse del archivo y provee para que se Jes suministren esos y medidas a o s diputados ac abastos y al fiel ejecutor.)

r

(Gobernador solicita un estado de Jos fondos de propios y arbitrios de la ciudad.)

(Junta Municipal a preparar el rcferido estado.J

(Gobernador previene que cuando l!I no asista a cabildo se le sumlnlstren los acuerdos adoptados.J


ACTA$ DEL CABILDO

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(Cabildo a cwnplimentar lo solicltado por el gobernador sobre los acuerdos.J

se le de cuenta despues de lo que se hubiese tratado en ellos. Y se acord6 : Que se cumpla y execute dicha prevenci6n y se contexte a su sefioria que se pasara la noticia de los acuerdos (f· 92 ]/por testimonio formal de ellos, por oficio o verbalmente, segtin la calidad de las negocios o del modo que tuviere por mas conveniente elegir com.a mas adecuado a las beneficas intenciones que manifiesta a favor de este publico. Con lo que, y siendo las dos de la tarde, se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sefiores, de que doy fee. Ynguanzo [rubrica] Davila [rubrica] = Power [~­ brica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] == Li· cenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [n!brica], esscribano real y de cabildo.

=

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[82] [ 10 DE DICIEMBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de diciembre de mil ochocientos y cuatro aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores teniente gobemador, auditor de ~ex;a; licenciado don Santiago de Ios Rios, a]calde ordinano de segunda elecci6n; doctor don Jose Joaqufn Coronado, regidor-alguacil [f· 92v. ]/mayor; y licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este estado entr6 en esta sala el senor don Jose Power, regidor-alferez . ~.

(Se da paso a las contestaciones pendientes a oficios del gobernador Y de Su Dusttlsima.J

[Requiuese d e1 procurador general devuelva el expediente sobre visita de

sanidad.)

'

En este cabildo se evacuaron las contextaciones que quedaron penclientes en el anterior de Ios oficios recibidos del senor gobemador, intendente y capitan general, y del Ilustrisimo Senor Diocesano. Se tuvo presente la brevedad que exige en las actual~ circunstancias el pronto despacho del expediente sabre VI· sita de sanidad y la demora que sufre par no haber expues1.. .• to cosa alguna hasta ahora el caballero procurador gen~,/ a pesar del mucho tiempo que se le pas6 para que rep~ sentara lo que a su oficio conviniese. Y se acord6: Que ,se


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le haga saber entregue el expediente con respuesta o sin ella y se traiga para el primer cabildo. Habiendo dado cuenta el esscribano de estar compulzado el testimonio del padr6n de las personas que ban recibido el fluido vacuno y las que no, que en cabildo de diez y nueve de noviembre se acord6 remitir al seii.or gobemador, intendente y capitan general, se determin6 su remisi6n, previo el correspondiente oficio. Y con respecto a ser la una de la tarde, se mand6 concluir este [f· 93 ]/cabildo, que firmaron sus seiiorlas, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Power [rubrica] Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] _ Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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(Testimonlo del pa. dr6n de las personas vacunadas y de las que no lo estan a ser remitido al gobernador.J

=

[83] [17 DB DICIEMBRE DE 1804.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios diez y siete dias del mes de diciembre de mil ochocientos cuatro afios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores teniente de gobernador, auditor de guerra; don Jose Davila, alcalde ordinario de 1a, elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidozt.alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y U.til de la republica. Concurri6 tambien el senor alcalde ordinario de 2a. elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios. En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobernador, intendente y capitan general, de catorce del corriente, en que contexta el que el ayuntamiento le dirigi6 en diez del mismo sobre la preferencia del capitan del puerto en la Junta de Sanidad. Y se acord6 en su vista: Que se responda a dicho senor gobernador y capitan general que se obedecera y cumplira (f· 9lv. ] / su resolucion en el particular, entendiendose bajo de las reservas del derecho que tiene reclamado a que la enunciada Junta sea presidida, cuando su seii.orfa no concurra a ella, por el caballero regidor diputado y de la Ultima soberana determinaci6n. Ya efecto de que esta recaiga con vista de Ios fundamentos en

[Cablldo a obedecer la resoluc16n del gobemador sobre que el capitan del puerto preslda en su defecto la Junta de Sanldad.J


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ACTA$ DEL CABILDO

que apoya el cabildo su pretension, que se pida al mismo senor gobernador y capitan general supenda [sic] dar la cuenta que ofrece a su majestad hasta que el ayuntamiento se la dirija para que la acompafie en el expediente, que Io verificara el clia veinte de este mes, y para ello que se pida a su senoria la competente venia para juntarse a cabildo extraordinario, comisionandose al senor alcalde de segunda elecci6n para extender la enunciada representaci6n. Tambien se recibi6 otro oficio del senor propio [sic] sefior gobernador, intendente y capitan general, en contextaci6n al que le dirigi6 este ayuntamiento con fecha. ~e [Gobernador deja a la elecci6n del cadiez del corriente, por el que su senoria deja a Ia elecc1on bildo la forma o medio para comudel cabildo el que la cuenta que se le ha de dar a sus nicarle los acuerd o s adoptados acuerdos por escrito sea en testimonio o por oficio. Y concuando ~ no asista al ayuntamiensultando a la mayor brevedad se acord6 : Que se execute to.J por oficio que se le dirigira en el propio dia del acuerdo. (Cabildo determina que se har4 por Igualmente, se recibi6 otro oficio del mismo se:fior ~·. oficio.J gobemador, intendente, en que encarga el mas pronto despacho del reglamento para la conservaci6n del fluido 94va- jj (Gobernador urge el reglamento que cuno en esta capital; y mediante haber pedido este [f· ] / ) ha de observarse en la vacunaci6n.) ilustre ayuntamiento a Ios facultativos don Francisco Oller /) y don Egmidio Antique instrucci6n o informe sobre el ;i particular, se acord6 : Que para que la evacuen a la mayor f brevedad y arreglen las tandas de los que deban vacunarse [; semanalmente, se les pase el padr6n de los no vacunados "·1 IA remidrse a los facultativos q ue y el estado, remitido por el Ilustrisimo Senor Obispo, de 1 entienden en la vacunaci6n, y a los l?arvulos que nacieron en el Ultimo ,quinquenio; Y. que f/.i los efectos de que se prepare el rese p1da, para el propio efecto, una copia del ultimo padr6n' ' gJamento para ~ta, general de almas practicado en esta capital, al senor go- r!: el padr6n de los no vacunados, la rebernador, intendente, que debe obrar en su secretaria; Y ff Jaci6n de pairvulos nacidos en el Ulque se contexte a su senoria que por parte del cabUdo se i'" timo quinquenio y una copia del paqueda entendido en dicho reglamento y procurara se con- ;: dr6n general de la ciudad.J cluya a la mayor brevedad. 1i' El caballero sindico procurador general represent6 en 1i el expediente sobre aumento de escuelas en esta capital o \ ,· reducci6n que solicita don Carlos Martinez de la que antes l [Procurador general informa sobre estaba a cargo de don Victoriano Aldea a la de su direc• ~ el expediente relacionado con el auci6n. Y se acord6, con vista de todo el expediente forroado- r! mento de escuelas y la petlcl6n forsobre el particular y Ia pretension de las maestras de '· \ mulada p o r don Carlos .Mart1nez.J escuela, una de cada barrio : Que en cuanto a la escuela ; fr (Prov~ese para que de don Carlos Martinez no se haga novedad por ahora. 1 I don Carlos Martinez continue con que esta continue como hasta aquf, sin aumento de sueldq' su escuela sin que se le conceda au• por no permitirlo las actuales circunstancias. Que para / mento de sueldo.J 1·1

1

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1


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proveer de maestro de primeras letras a la que obtenia [f· 94v·]/don Victoriano Aldea se fbcen carteles convocado [sic] pretendientes a ella, con el mismo sueldo que antes disfrutaba, y que se sujeten a dar todas las pruebas que se exijan de ellos para que recaiga en el mas benemerito. Y que a las cuatro maestras de escuela designadas en el expediente citado se les contribuya, del fondo de propios, los cincuenta pesos seiialados a cada una desde que se verific6 el acuerdo de su establecimiento, a cuyo efecto se pasara la correspondiente orden al rnayordorno de propios con inserci6n de este acuerdo por el esscribano de cabildo. Se present6 el maestro de primeras letras, don Carlos Martinez, exhibiendo las planas hechas por sus discipulos y un estado de la clase en que se hallan estos. Y se acord6 : Se pase al caballero sindico general para que exponga lo que se le ofrezca. En este cabildo se verific6 el informe pedido _por el seiior gobemador, intendente y capitan general, por su ofificio de veinte y seis de noviembre ultimo. Y se acordo: Que se le remita con la copia del oficio del director. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sefiores, de que doy fee. == Jnguanzo [rubrica] = DaLicenciado Rios [rubrica] Coronado vila [rubrica] [rubrica] Licenciado Mexia [robrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 9s]/

=

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[84] [20 DE DICIEMBRE DE 1804.] ....

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte dias del mes de diciembre de mil ochocientos cuatro aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobernador, intendente y capitan general, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n, don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; licenciado don Juan Antonio Mexia y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores, para tratar y conferir sobre el particular a que han sido convocados.

[A fijarse carteles convocando a los lnteresados en la plaza de maestro que qued6 vacante por muerte de don Vlctorlano Aldea..) [Cuatro maestras de la cludad a percibir sueldo de cincuenta pesos.)

[Maestro de primeras letras, don Carlos Martinez, presenta

planas y

estado de su alumnado.) [Dlchos docwnentos quedan referldos al procurador general.] [A remltlrse al gobernador el informe por a solicltado sobre varlos extremos pertlnentes a la vacunacl6n.J


120

(A remitirse al gobernador una representacl6n d e I cabildo sobre el asunto de presidencla de las vlsitas de sanldad.J

ACTA$ DEL CABILDO

· En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobemador, intendente y capitan general, conviniendo en que se celebrase con el fin de exponer el cabildo sus derechos sobre preferencia del diputado al capitan del puerto en las visitas de sanidad. Y se acord6: Se remitiese la representaci6n, su fecha de este dia, en la que se manifiestan los fundamentos que el ayuntamiento considera de su parte en favor de la preferencia del diputado capitular, y que se contextase por separado, proponiendo a su seiioria que en atenci6n a que el ayudante del capitan del puerto no tiene voto en la Junta de Sanidad y concurre por impedimento de este, seglin el Articulo 62, tratado 5, titulo 7°·, de las Ordenanzas de la Real Armada, quien debera (f· 9sv. ]/ preceder al diputado capitular o al contrario. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. Davila [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] ·= Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

[85] [1 DE ENERO DE 1805.]

[Elecclones concejiles de 1805.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de enero de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar acta a fin de proceder a la elecci6n de oficios concejiles para el presente aiio, se juntaron en esta sala consistorial, como lo tienen de uso y constumbre [sic], los seiiores alcaldes ordinarios de primero Y segundo voto, don Jose Davila y licenciado don Santiago de los Rios; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; don Antonio de C6rdova, licenciado don Juan Antonio Mexia, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores ; y el caballero sfndico general, doctor don Francisco de Torres Feliciano. No con· curri6 el caballero regidor-alferez real, don Jose Power, por hallarse ocupado en funciones del real servicio y habiendose excusado con este motivo. Y, prececlidas las ceremonias de estilo [f· 96 ] / y votado cada uno de los seiiores vocales, libremente, en su lugar, •

1 /

.


SAN JUAN BAUTISTA DB PUERTO RICO

121

mediante boletas que exhibieron por escrito, resultaron electos los siguientes: Para Alcalde ordinario de segundo voto, el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia, con cinco votos. El caballero regidor don Antonio de C6rdoba, con uno. Para Procurador general, el doctor don Francisco Pimentel, con todos los votos. Para Alcalde de Santa Hermandad de la parte del Sur, don Francisco Velez, reelecto. Para idem de la parte del Norte, a don Bernardino de Rivera, reelecto. Para Vocales de la Junta Municipal, don Miguel Ramirez de Arellano, con todos los votos. El caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante, con cinco votos. El caballero regidor-alguacil mayor, don Jose Joaquin Coronado, con un voto. Para Fiel contraste, Pedro Elias, reelecto. Para Alarife de carpinteria, Luis Delgado, con seis votos. Para idem de albaiiileria, Agustin Cantero, con seis votos.

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II

'· 11' I

Habiendo el caballero regidor don Jose Sanchez entregado su boleta al secretario para que procediera a estampar los votos contenidos en ella para los oficios concejiles en la presente elecci6n y hecho tambien presente en el acto que desde el tiempo en que fue alcalde ordinario el senor don Felix La Cruz se habia votado, por disposici6n del seiior capitan general y en virtud de acuerdo, su- [f· !16v. ] / biendo el secretario arriba con el seiior presidente y dos de los sefiores regidores mas antiguos, de cuya practica tam.bien se ha acordado el seiior decano, y pedido de consiguiente que en esta elecci6n se observara lo mandado Y acordado, a lo que no habiendo tenido a bien acceder el muy ilustre ayuntamiento y dispuesto que dichas boletas se entregasen s6lo al secretario, reserv6 con este motivo toda su voz y votos en la elecci6n del dfa; y a mayor abundamiento, habiendole aclmitido la reserva de su voto, pidi6 licencia al senor presidente para retirarse de la sala en donde considera no debe permanecer sino Uni.camente quien tenga voz y voto, recogiendo en este estado la boleta que habia entregado. En este estado, entendido el ayuntamiento de la exposici6n precedente, acord6 : Que se informe al seiior gobernador de lo ocurrido y es que por el Ultimo acto posesorio

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bz~ . ·:.:. - - - - -

[El regidor don Jo-

s6 S4nchez reserva

su voto por obietar slstema que se ha observado en las elecclones.J

(Cabildo defiende el slstema que ha prevalecido en las elecciones.J


ACTA$ DEL CABILDO

122

[A informarse al gobernador que no se hizo uso del voto emitido por el regidor-fiel eiecutor.J

[Resultado de las elecciones conceilles y de alcaldes de barrio queda referido al gobernador .]

se mantienen firrnes los seiiores vocales en sus asientos, viniendo en persona el secretario a recoger sus respectivas papeletas para confrontarlas despues con los dos regidores mas antiguos, que es lo que ordena la ley sin que en este particular haya habido acuerdo contrario y menos el que se cita pues se ha seguido la practica antigua en los dos cabildos posteriores. Que habiendo denegado su voto el caballero regidor don Jose Sanchez para las elecciones no hizo sobre esto un acto formal el ayuntamiento ni le permiti6 que saliese antes de las elecciones sino despues de (f· 97 ] / publicadas y que cuanto propuso Io que contiene su exposici6n fue despues que ya habia dado su voto el caballero regidor don Manuel Power, y que el senor presidente dispuso que continuase la elecci6n porque no podia interrumpirse con articulaci6n que debi6 preceder y sustanciarse. Y, acord6 tambien que se informe del mismo modo al seiior gobemador que aunque el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez, estuvo en la sala para concurrir a las elecciones se retir6 con motivo del despacho publico de la carnicerfa; y que aunque dex6 su boleta al secretario nose hizo uso de ella por ser de constumbre [sic] queen las elecciones s6lo vote el regidor presente. *Y que se* Cuya elecci6n, conforme va escrita y fue vista por los seii.ores vocales, acordaron que se pase oficio al seiior gobemador, intendente y capitan general, para que en vista de las elecciones celebradas se sirva determinar lo que tll· viese por conveniente. Y para que se pongan en manos de su seiioria, previa las urbanidades de estilo, se diputaron a los caballeros regidores doctor don Jose J oaquln Coronado y don Manuel Angel Power, incluyendo tambien las elecciones de los alcaldes de barrio. Con lo que se concluy6 este cabildo, que [f. 97v. ] / firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Joseph Davila [rtibrica] = Licenciado Santiago de 'los Rios [rubrica] =·Jo.. seph Joaquin Coronado [rubrica] = Antonio Cordova [rtibrica] Licenciado Juan Antonio Mexia [rubrica] = Manuel Angel Power [rubrica] Doctor Francisco de Thorrez Gregorio Sandoval [nlFeliciano [rubrica] = Ante mi brica], esscribano de cabildo.

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=

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"' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

123

[86] [ 1 DE ENERO DE 1805.] En el mismo dia, habiendo sido aprobadas las precedentes elecciones, por el seii.or gobernador, intendente y capitan general, a excepcion de la de alcalde de barrio hccha en Diego Jose Lopez, se acord6 : Darla en la posesi6n de el oficio de alcalde ordinario de segunda elecci6n, y en efecto se le dio, exigiendosele el juramento aconstumbrado [sic], que presto en manos del caballero regidor decano, se le sento en el asiento que le corresponde. Y por lo que toca a los demas empleados confirmados que se les reciba el juramento y de la posesion por mismo [sic] caballero decano, procediendose en el dia de maiiana a la elecci6n de alcalde de barrio [f· 98 ] / por los vecinos de la manzana de Santa Barbara, a fin de comunicarlo a su sefioria. Y, respecto a ser ya tarde, dada la una del dfa, se defiera Ia posesi6n de los electos para el dia de maiiana; que se compulse testimonio de la acta de elecciones y se pase por el secretario al sefior gobernador, previa las urbanidades de estilo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] = Cordova [rubrica] = Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

(Se confirman las elecciones conceiiles y las de alcaldes de barrio. excepci6n hecba de la correspondiente a Diego Jose L6pez.J [Posesi6n d e l alcalde ordlnario de segunda elecci6n.J

[Proveese para la elecci6n del alcalde de barrio de Santa B4rbara.)

=

[87] [2 DE ENERO DE 1805.]

..

En Puerto Rico, a los dos dias del mes de enero de mil ochocientos cinco aii.os, para efecto de practicar la diligencia de aceptaci6n, juramento y posesi6n de las personas elegidas para alcaldes de los barrios de San Francisco, Campeche, y San Juan, fiel contraste y alarifes de carpinteria y albaiiileria, concurri6 a esta sala capitular [f. 9av. ]/ el caballero regidor decano, don Antonio de Cordova. Y, estando en ella, comparecieron don Francisco de Reyna, confirmado para alcalde del barrio de San Francisco, y Luis Delgado, para alarife de carpinteria, a quienes les re-

IReclbimiento y juramento del alcalde de barrio de San Francisco y del alarlfe de carplnterla.]


124

ACTA$ DEL CABILDO

cibi6 juramento, en la forma acostumbrada, so cuyo cargo prometieron usar bien y fielmente sus encargos respectivos, segiln su lea! saber y entender; y lo firmaron con clicho caballero regidor decano, de que doy fe. = Cordova [ni· brica] = Francisco de Reyna [rubrica] = Luis Delgado [rubrica] =Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

[88] [3 DE ENERO DE 1805.]

[Reciblmlento y furamento de Juan Zuazo como alcalde de barrio de Campeche.)

En Puerto Rico, a los tres dfas del mes de enero de mil ochocientos y cuatro aiios [sic], para efecto de recibir juramento a Juan Zuazo, electo y confirmado alcalde del barrio de Campeche en las precedentes elecciones, el caballero regidor decano, don Antonio de Cordova, concurri6 a esta sala capitular; y habiendo aceptado el empleo o encargo, jur6, conforme a derecho, de desempeiiarle bien Y fielmente, segiln su leal saber y entender; y [f· 99 ] / lo fir· maron, de que doy fee.= Cordova [rubrica] =Juan Zuazo [rU.brica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rU.brica], esscribano real y de cabildo.

[89] [7 DB ENERO DE 1805.]

[Don Francisco de Reyna solicita se le releve del oficio de alcalde de barrio de San Francisco.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete dfas del mes de enero de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar cabildo orclinario, como es de costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores mariscal de campo de los reales exercitos don Toribio Montes, gobemador, intendente y capitan general de esta isla; licenciado don Santiago de los Rios Y licenciado don Juan Antonio Mexia, alcaldes ordina· rios de primero y segundo voto ; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. Se dio cuenta de la solicitud hecha por don Francisco . de Reyna a fin de que se le exonere del oficio de alcalde de barrio del cuartel de San Francisco, Ia que se mand6 · 1


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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pasar a informe del muy ilustre ayuntamiento por decreto del senor gobemador, intendente y capitan general. Y se acord6: Que interin no acredite haber contraido matrimonio en el partido que enuncia no puede estimarse par lexitima la excusa alegada, debiendo subsistir en el exer-[f· ~-]/cicio del cargo publico concejil para que ha sido nombrado y prestado su juramento. El senor alcalde ordinario de primer voto manifest6 estar practicada la nueva elecci6n de alcalde de barrio de Santa Barbara, en cumplimiento de lo prevenido par el senor gobernador, intendente y capitan general, en oficio de primero del corriente. Y se acord6: Se pase a su seiioria con el correspondiente oficio para su aprobaci6n o que disponga lo que estime mas conforme. En este cabildo se conferenci6 sobre la comunicaci6n por la carzel en una de las piezas anexas a la sala consistorial para proporcionar a los presos misa, facilidad de confesarse y tambien pieza decente en que pasar visita semanal, coma tambien recibirseles sus confesiones mientras que la obra nueva, que se va a emprender para la mayor amplitud de ella, suministra lugares mas oportunos a estos fines tan recomendables. Y se acord6 : Que cuanto antes se derribe el tabique o pared del cuadro que existe junto a la escalera pared contigua a la carzel. Que se coloque una puerta con toda seguridad con dos cerrojos y sus respectivas llaves, una, que tendra el alcaide de la carzel, y la otra, el portero, diferentes la una de la otra. Que se celebre misa todos los domingos y demas fiestas de guardar, concurriendo a ella los presos en la forma que tenga el alcaide por conveniente, pro-[f· 100]/curandose todo el aseo y omato posible, y que en esta misma pieza se confiesen para cumplir con el pascual precepto. Y, finalmente, que se pase en ella las visitas semanales de carcel, recibiendose tambien las declaraciones, confesiones y cualesquiera otro acto judicial de los reos, por exigirlo todo las presentes circunstancias que el cabildo contempla haber variado cuando determin6 lo contrario; siendo la principal la obra que se va a emprender del aumento de la carzel, para la cual se da la comisi6n necesaria al caballero regidor-alguacU mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado. Bl senor capitan general manifest6 que habiendo concunido a esta sala capitular para la visita general de carzel del dfa veinte y cuatro de diciembre Ultimo, siendo la primera que presenciaba despues de haberla evacuado, baj6

[Se participa la eleccl6n del alcalde de barrio de Santa Mrbara.]

[Se hablllta lugar para celebrar misa y practicar la visita semanal a los

presos.J


126

(Gobernador provee para la extensi6n de la clircel, seiialando los fondos que han de utilizarse para la referida obra.J

(AJguacil mayor a encargarse de la aludida obra.J

(Cabildo accede a la realizacl6n de la enunciada obra.)

ACTAS DEL CABILDO

tambien a visitar los calabozos, prisiones de los preses y policia de la carzel, y que encontr6 en cada uno de estos ramos mucho que reformar, y lo principal, la extensi6n de la misma carzel porque como esta es la general de toda la isla no se puede por la multitud de presos el que estos se mantengan con la posible comodidad. Por lo cual, le parecia que de cualquier modo se emprenda, desde luego, la fabrica de la carcel del fondo [f· i00v. ] / remanente de propios y de los demas arbi trios que se pucdan adoptar y aplicar, consultandolos el muy ilustrc ayuntamiento en el concepto de que su sefioria impartira todos los auxilios necesarios, no dudando que los demas sefi.ores jueces haran lo mismo para el logro de tan piadoso objeto, diputandose para la fabrica al caballero alguacil mayor ; todo lo que se entendera sin perjuicio de la compra de la casa proyectada perteneciente a los bienes del senor chantre don Jose Mayzonet. Y, en vista de lo expuesto por el senor capitan general acord6: Que pareciendole muy conforme la obra en los terminos y fines explicados, se Ueve a su debida execuci6n con la mayor posible brevedad, igualmente que la diputaci6n del caballero regidor-alguacil mayor; entendiendose que, desde }uego, sera del fondo de propios por Constar que no los tiene el ramo de penas de camara y gastos de justicia, a que estan afectas estas obras con preferencia. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos se:fi.ores, de que doy fee. =Montes [rubrica] = Licenciado Rios {rubrica] ·= Licenciado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano real y de cabildo. [f· 101]/

[90] [14 DE ENERO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce dias del mes de enero · de mil ochocientos y cinco a:fi.os, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores teniente gobernador, audi· tor de guerra; licenciado don Santiago de los Rios, alcal<le ordinario de primera elecci6n; licenciado don Juan Anto-nio Mexia, que lo es de segundo voto; doctor don Jose Joa-


W1t1:''·'.'; . .. I,!' SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

qufn Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Manuel Angel Power, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se tuvo presente el nombramiento de diputados para las festividades que corren a cargo del muy ilustre ayuntamiento para el presente aiio. Y se acord6 : Que para las de la Purificaci6n de Nuestra Seiiora y Patronos San Juan Bautista y Santa Rosa de Lima, se diputan los seiiores alcalde ordinario de primer voto, licenciado don Santiago de los Rios, y alferez real, don Jose Power. Para las de San Felipe y Santiago, Santisimo Corpus Christi y Santiago El Mayor, los sefiores alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia, y alguacil mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado. Y para cumplimentar las personas de caracter, estables y transeilntes, los sefiores alcalde ordinario de segundo voto y el caballero regidor-alguacil mayor, supliendo las ausencias y enfermedades de ellos el caballero regidor diputado de abastos. [f· ioiv. ] / Se tuvo presente el embarazo que causara las dos llaves mandadas poner en la puerta de comunicaci6n mandada establecer por el ultimo acuerdo de siete de los corrientes con respecto a la detenci6n que experimentarian los sefiores jueces al tiempo de venir a exercer sus funciones respectivas si una estuviera en poder del portero de cabildo, que no tiene continua residencia en la casa consistorial por falta de aloxamiento proporcionado; y la otra, en poder del alcaide de la real carzel, que por tener varios cuidados acaso expondria a retardar las diligencias de justicia. Para evitar todo motivo que embaraze y detenga las funciones judiciales y decoro debido a los sefiores jueces se acord6 : Que s6lo se ponga una llave a la indicada puerta, la cual, este en poder del alcaide de ella, a fin de que por si o por el portero la tengan pronta y a disposici6n de los sefiores . jueces, con prohibici6n de que puedan usar de ella a otros \ fines ,que a los precisos para cuyo efecto se ha establecido esta comunicaci6n, haciendoseles saber para su inteligencia por el presente esscribano. Se present6 el caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante con una representaci6n acerca de lo ocurrido el dfa de elecciones. Y se acord6 : Que respecto de que se tiene dado cuenta al senor gobernador, intendente y capitan general, (f· 102 ] / con testimonio del acta a que se contrae este recurso, se haga entender a dicho caballero

127

[Designacion de diputados para las fiestas votivas y para cumpJimentar huespedes distinguidos.J

[Puerta del Jugar habiUtado para celebracion de misa y de la visita semanal a los presos habrli de tener una sola llave.J

(A la representacion que hace el regidor don Jose Sanchez sobre Jo ocurrido el clia de las elecciones se provee que bay que esperar que el gobernador determine sobre el particular.)


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[Gobernador y la Junta de Sanidad a detenninar lo concerniente al nombramiento de mt!dico y cirujano de esta Ultima.J

(Alguacil mayor delata fraude en el peso del pan y faUas en Jos pesos de algunas pulperfas.)

[Provt!ese para la frecuente visita de inspecci6n de pesos y medldas y para el castlgo de los que alteren los mlsmos.]

[Se bace presente falta de llmpleza que acusan las calles de la ciudad y se propone al gobernador el nombramiento de un comisario de policfa que babrfa de encargarse de la vigilancia de este ramo.J

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ACTA$ DEL CABILDO

regidor, por el presente esscribano, que debe esperar las resultas, y que entretanto concurra, como debe hacerlo, a los cabildos o se excuse lexitimamente. En este cabildo se dio cuenta de lo representado por el caballero sindico procurador general en el expediente sobre Junta de Sanidad y nombramiento de medico y cimjano de ella. Y, en vista de todo se acord6: Que se remita todo al senor gobemador, intendente y capitan general, para que con la misma Junta de Sanidad se sirva resolver lo que estime conveniente acerca de las solicitudes del doctor don Francisco Oller y licenciado don Emigdio Antique. El senor alguacil mayor expuso que el clfa de ayer habiendo tenido queja por un oficial de la falta del peso en el pan entr6 en algunas pulperias y encontr6 las pesos cargados en mas de dos onzas a una sola parte, y que c~ rrigiendo la conducta de las duefios, se reserv6 exponerlo en este cabildo para que se tomara la providencia que hubiere lugar. Y en su virtud se acord6: Que respecto de que el caballero fiel executor, don Miguel Ramirez, ocupa todo el tiempo la comisi6n que esta a su cargo de la pesa de esta capital y por consiguiente que le es imposible atender al remedio de los referidos perjuicios, que los sefiores [f. i02v. ] / tomen a su cuidado y zelo la frecuente visita de los pesos y medidas y el castigo de los delincuentes con la exacci6n de la multa impuesta por las leyes y Bandos de Buen Gobierno. En el propio cabildo se tuvo presente que sin embargo de lo mandado en el citado Bando y otras posteriores pr~ videncias acerca de la policfa de esta ciudad, aseo y limpieza de sus calles, se ven estas en el mayor desaseo con perjuicio de la salud publica por falta de zelo de los alcaldes de barrio, que son los inmediatos encargados de dicho Banda y providencias ; y que no se lograrfa tengan estas el deseado efecto mientras no se verifique el nombramiento de un comisario de policfa que sea individuo de este ilus"\ . tre cuerpo, que, auxiliado de todas las facultades, se haga ,, cargo del zelo y vigilancia que exige tan importante ramo, en cuyo supuesto se acord6 : Que se proponga al seiior g~ bemador, intendente y capitan general, dicho nombramiento con calidad de que alteme todos los aiios entre sus individuos y que en el presente recaiga en el caballero regidoralguacil mayor. : 103 Con 1.o que se concluy6 este cabildo, que fir-[f· maron dichos sefiores, de que doy fee. = Ynguanzo [~-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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brica] = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [nlbrica] Coronado [rubrica] Power [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[91] [21 DE ENERO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y un dias del mes de enero de mil ochocientos y cinco afios, para celebrar cabildo orclinario, segiln es de constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores teniente gobemador, auditor de guerra; licenciado don Santiago de los Rios, licenciado don Juan Antonio Mexia, alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se present6 el doctor don Francisco Pimentel, electo sfndico procurador general, a efecto de tomar posesi6n de su empleo. Y, habiendo manifestado su aceptaci6n, se le recibi6 juramento, que [f· i 03v. ] / hizo en manos del caballero regidor-alguacil mayor, que exerce las funciones de decano, segWi derecho, y prometio desempefiar bien y cumplidamente su encargo, segWi su Ieal saber y entender; y en consecuencia se le dio asiento en el lugar que le corresponde. Se recibi6 un oficio del caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante en que recuerda el despacho del que ·dirigi6 con fecha de trece de octubre Ultimo solicitando Ia entrega del expediente instruido con motivo de la fabrica de esta sala consistorial, que ya se le habia mandado entregar para la gloza de la cuenta dada por el caballero alguacil mayor del adomo de esta casa consistorial, y respecto de que el citado expediente, segWi ha informado el esscribano, se pas6 original a la secretaria del gobiemo, se acord6: Que se pida por medio de oficio y con calidad de devoluci6n, y, recibido que sea, se verifi.que su entrega a dicho caballero regidor para los efectos insinuados. Tambien se recibi6 un oficio del Ilustrisimo Senor Obispo en que da parte de que el miercoles veinte y tres del 9.

:<:.=.·.

(Reclblmiento de don Francisco Pi· mentel como Jll'Ocurador general.)

[Regidor don Jos~ S4nchez Bustamante solicita expe. dlente sobre la f4· brlca de la sala conslstorlal.J

(Su Ilustr!sima partlclpa la apertura de la clase de La-


ACTAS DEL CABILDO

130 tinidad e invita al cabildo a las funciones a celebrarse en Catedral con ta1 motivo.J

(Cablldo a concurrir a dicbas funciones.J

(Queda referido al procurador general el expedlente sobre cementerios fuera de poblados.J

(Bacbiller don Ram6n Vidal presenta su nombramiento y con1irmaci6n como preceptor de la c4tedra de Latlnidad.J

(Gobernador propone que el doctor don Francio;.o Oller sea el ml!dico-cirufano q ue actlie · en la Junta de Sanidad.J

corriente se abre la clase de Latinidad, que con titulo de San Ildefonzo habia antiguamente en una assesoria de esta Santa Iglesia Catedral; y que tenia acordado que antes de colocarse en dicha clase la imagen del Santo Patr6n y darse en ella la primera lecci6n se tributen a su majestad solemnes cultos, con misa y sermon en la propia Catedral, con cuyo motivo convida a este ilustre cuerpo a [f· 104 ] / solemnizar el acto con su asistencia. Y se acord6 en su vista: Que concurra el cabildo a la expresada funci6n de ceremonia, participandose al senor gobernador, intendente y capitan general, y que se contexte a dicho Ilustrisimo Senor Obispo. El escribano dio cuenta del expediente sobre cemente-' rios fuera de poblado, que se manda pasar por el senor gobernador, intendente y capitan general, a este ilustre ayuntamiento, a los fines indicados en la consulta del senor auditor de guerra, constante de el. Y se acord6 : Se pase al caballero sindico procurador general para que exponga Io que se le ofrezca y parezca. Se present6 personalmente el bachiller don Ramon Vidal manifestando o presentando el titulo que se le ha despachado por el seiior gobernador, intendente y capitan general, aprobando el nombramiento hecho por el Ilustrfsimo senor diocesano para preceptor de la catedra de Latinidad, que, con el titulo de San Ildefonso, se establece en esta capital. Y se acord6: Se tome raz6n de dicho titulo en el libro que corresponde y se devuelva al interesado para los fines que le convengan. Se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente, y capitan general, en contextaci6n al que le dirigi6 el ayuntamiento con fecha de catorce de los corrientes, y por el. cual aprueba todo lo en el acordado, *a excepci6n* proponiendo en cuanto al nombramiento de medico y cirujano para [f· I04v. ] / la Junta de Sanidad que sea s61o el doctor don Francisco Oller el que exerza ambas profesiones, como propuesta del cabildo. Pero, atendiendo a que en esto se ha padecido equivocaci6n por parte de dicho senor intendente pues el cabildo solo le pas6 el expediente para que deliberara acerca del enunciado nombramiento y sugetos o sujetos [sic] en quienes debia recaer se acord6: Que serepresente sobre el particular expresado cual ha sido la ver-

* ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dadera intenci6n del cabildo y que en cuanto a los demas puntos aprobados se executen desde luego. Igualmente, se recibi6 otro oficio del seiior gobernador, intendente y capitan general, en que avisa que por el beneficio que puede resultar a la salud publica de rellenar el campo de La Puntilla, ocupando veinte presos de los de leves delitos que se hallan en la carzel trasladandolos a los calabozos del arsenal donde cuidaran de ellos y de la direcci6n del trabajo, ha determinado que del fondo de propios y con calidad de reintegro se suministre diariamente a cada uno, un real, y dos, al capitan que nombrare para el manejo, distribuci6n; y que cada semana pueda entregar la cuenta al mayordomo con intervenci6n del capitan del puerto. Y en su vista se acord6 : Que se pase la correspondiente orden a dicho mayordomo para que suministre semanalmente la expresada cantidad. Se present6 Felipe Viera expresando haber interpuesto recurso de apelaci6n, para el ayuntamiento, de la sentencia dada por el seiior alcalde ordinario [f· 105] / licenciado don Santiago de los Rios, en pleito que sigue con don Pantale6n de Ravago sobre cien pesos. Y se acord6 : Se ha por presentado; que se admite cuanto ha lugar por derecho la apelaci6n de que trata, que se nombran a los caball~ros regidores doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power por diputados para que con el seiior alcalde ordinario que conoci6 de la causa provean en justicia lo que corresponda, prestando aquellos el correspondiente juramento conform.ea la ley. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] ·= Coronado [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] Doctor Pimentel [rubrica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

=

=

[92] [28 DE ENERO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y ocho dfas del mes de enero de mil ochocientos cinco aiios, [f· iosv. ] / para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial los

131

ISe provee para el relleno de La Pun-

till:l,

en cuya la-

bor ban de utillzarse presos.J

(De los fondos de propios y con caHdad de relntegro ha de costearse la aludida obra.J Librl! la orden con

fecba 22 del mis-

mo mes.

1Deslgnaci6n de di-

putados

para

en-

tender en la apelacl6n luterpuesta por Felipe Viera.]


132

ACTAS DEL CABILDO

seii.ores licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordina· rio de segunda elecci6n; doctor don Jose J oaqufn Corona· do, regidor-alguacil mayor; y don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurrieron el seii.or teniente gobemador por haber avisado hallarse ocu· pado en asuntos del real servicio ; el senor alcalde ordina· rio de primer voto por la misma raz6n ; los caballeros regi· dores don Antonio de C6rdova, don Jose Davila y doctor don Jose Sanchez por hallarse indispuestos de la salud. Concurri6 a este cabildo el senor regidor don Manuel Angel Power. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor goberna· dor, intendente y capitan general, manifestando el nomb~­ [Se partlcipa el nombramlento de miento para capataz en el cabo Ram6n Valero, del Regidon Ram6n Valero como capataz de miento de Infanterfa de esta plaza, de los veinte hombres los presos que ban de trabajar en el destinados al trabajo de La Puntilla, para llevar el apunte relleno de La Pun· tilla.J de los jomales, que presentara cada sabado al mayordomo de propios con la relaci6n firmada e intervenida por el ca· pitan del puerto, y que se le anticipe el importe de lo asignado por una semana, cuyo trabajo debe empezar boy, veinte y ocho del corriente. Y visto su contenido se acord6: Su cumplimiento y que se le pase copia certificada de este Se llbr6 la copla certiJicada y reml· oficio al mayordomo para su mas plena instrucci6n Y para tf al mayordomo en el mismo dla. la anticipaci6n prevenida [f· 106] / y todo lo demas que executara puntualm.ente hasta que a su tiempo rinda la cuenta de este gasto con las relaciones que se expresan. Otro, aprobando lo acordado en cabildo de veinte Y uno[Gobernador relU. ra su propuesta pa· del corriente, concluyendo que repite la dada en el mismo ra que el doctor don Francisco dia en orden al medico-cirujano doctor don Francisco Oller Oller se desempefle como el ml!dl· para que sirva ambas profesiones en la Sanidad, como la co-cirufano de la Junta de Sanldad.J sirvi6 don Jose Sabater, su antecesor. Otro, contextando el que se le pas6 para que allanase, con calidad de devoluci6n, el expediente instruido para la [A solicitarse en la secrtarfa de gonueva obra de la casa consistorial que pidi6 el caballero bierno el expedlen· te sabre la obra a regidor don Jose Sanchez Bustamante. y se acord6: Que realizarse en la casa consistorial.] el presente esscribano pueda solicitarlo segll.n lo dispone el seii.or gobemador, intendente y capitan general. Don Francisco Serrat de la Forest present6 su carta de tolerancia, por gracia concedida en real cedula de veinte (Permiso a d o n Francisco Serrat de y siete de septiembre Ultimo, para que no se le moleste Y la Forest para per· manecer en la Isla, pueda permanecer en esta isla con prohibici6n absoluta si bien no puede de comerciar por ahora. Y visto su contenido se acord6: . ejercftarse en el comercio.J Que se guarde, cumpla y execute, y tomandose raz6n de '


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ella, seg1in el decreto del seiior gobernador, de catorce del corriente, se devuelva al interesado para el uso que le convenga. [f· I06v. ] / El seiior gobernador, por decreto de ocho del corriente, devolvi6 la instancia de don Francisco Reyna para que con arreglo al infonne que dio el ayuntamiento, en siete del mismo, clisponga su cumplimiento. Y visto se acord6: Que subsista el suplicante en el exercicio del cargo publico concejil de alcalde de barrio para que fue nombrado y por el cual ha prestado juramento, interin no acredite *que* el matrimonio que enuncia haber contratado en el partido de Manati, pues entretanto no puede estimarse por lexitima su excusa. Y se acord6 : Que se le infonne por el presente esscribano. El caballero sindico procurador general ha dado su representaci6n en el expediente sobre establecimiento y construcci6n de cementerio fuera de poblado. Y se acord6: Se reserve para que se trate este punto en cabildo pleno, recordandolo el presente esscribano. Se present6 don Juan Fuerte expresando haber seguido pleito, en el tribunal del senor teniente gobernador, con Santiago Parodi sobre redhibitoria de una esclava. Que habiendo obtenido definitivamente apel6 su contrario para este consistorio, segfui que asi se le oy6 libremente. Concluyendo, que por no haberse presentado en grado de apelaci6n lo executa por el perjuicio que se le origina [f· 107] / Y pide que para ello se nombren dos diputados. Y visto se acord6 : Nombrar a los caballeros regidores doctor don Jose Joaquin Coronado y don Miguel Ramirez, quienes otorgaran su juramento de exercer bien y fielmente su encargo, admitiendose para este efecto el recurso en cuanto haya lugar de derecho, y seguidamente prestaron su juramento en la form.a prevenida. Bl seiior gobernador devolvi6 el expediente sobre escuela de primeras letras vacante por fallecimiento de don Victoriano Aldea. Y visto el decreto de aprobaci6n de veinte y dos de diciembre Ultimo se acord6: Que se fixen carteles convocando pretendientes a ella, con el mismo sueldo que clisfrutaba el inmediato antecesor, y que se sujeten a dar todas las pruebas que se exijan de ellos para que re-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

133

(D on

Francisco

Reyna a continuar

en su oficio de alc::ilde de barrio de San Francisco.)

[Procurador gene-

ral infonna sobre el expediente rela-

cionado c o n la construcci6n de cementerio fuera de poblados.J

(Nombramiento de diputados para en· tender en apelaci6n de don Juan Fuerte.)

IA fijarse carteles convocando a interesados en efercer una plaza de maestro de primeras Ietras.J


134

ACTA$ DEL CABILDO

caiga en el mas benemerito, seiialandose el termino de quince dias. . · . El caballero regidor-fiel executor expuso : Que los egr.· dos de la ciudad, que se extienden desde las murallas de Egidos. esta ciudad hasta el puente de San Antonio, estan inundados de vacas de leche y bestias caballares y mulares, !~das de personas particulares, que lejos de producir utihdad (Regldor-ftel ejecutor bace presente alguna al publico destruyen los pastas destinados para el los daftos que estan causando en el ganado de pesa y abasto de la ciudad; y que lo hace preejldo las bestlas sente para [f· i 07v. ] / que sobre este pun to se tome l~ mas que allf se defan por los vecinos.] pronta providencia a fin de que sean echados y baJO las penas que hubiere lugar todos los animales expresados Y sus duefios las sufran si no lo cumplieren. Y se acord6: Que se pase en testimonio al seiior gobernador, intendente y capitan general, para que se sirva dar las que estime par (A lnfonnarse al gobernador lo remas convenientes para que en el exido no se permita ~­ presentado por el regidor - ftel eJecugll.n animal sin el conocimiento del caballero regidor-fiel tor a los efectos que provea el reexecutor, bajo la multa que bien visto fuere ser impuesta medio convenienal dueiio, con aplicaci6n al ramo que destine su seiiorla. te.J Se recibi6 un oficio del senor gobernador, intende~te Y capitan general, incluyendo testimonio del edicto fixado sobre las hostilidades de la naci6n inglesa en medio de la (Gobernador remite testimonio del confianza que inspiraba la neutralidad. Y se acord6: Que edicto ftlado sobre las hostffidades de siendo ya dadas las doce de la maiiana y que este punto la nacl6n inglesa.J debe ser tratado en cabildo pleno se reserve para entonces su contextazi6n, acusandose por ahora su recibo, y que se cite para el primer cabildo. Con que se concluy6 este cabildo, que firmaro~ ~­ chos senores, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubn· ca] = Coronado [rubrica] = Ramires [rubrica] = power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 1oa]/ En este mismo dia habiendo aceptado Santiago Rix05 y Jose Cazuela el oficio de alcaldes de barrio de los de [Recibimiento y posesi6n de los alSan Juan y Santa Barbara, prestaron juramento en manos caldes de barrio de San Juan y Santa del caballero alguacil mayor, que hace de decano, de usarle Bd.rbara.) bien y fielmente, segll.n sus leales saber y entender, fueron puestos en posesi6n, entregandoles las varas y firmaron c;1 que supo, de que doy fee. =Joseph Joaquin Coronado [I?brica] = Santiago Rixos [rubrica] = Ante mi = GregonQ Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. •

!o


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

135

[93] [ 4 DE FEBRERO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de febrero de mil ochocientos cinco afios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, segiln es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores licenciado don Santiago de los Rios y licenciado don Juan Antonio Mexia, alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n; don Jose Davila, doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores; y doctor don Francisco Pimentel, procurador sindico general, [f· l68v. ] / para tratar y conferir sobre el pro y util de la republica. No concurrieron el seiior teniente gobemador por haberse excusado con motivo de sus ocupaciones del real servicio; y el caballero regidor don Antonio de C6rdova por estar enfermo. En este estado concurri6 el seiior regidor don Manuel Angel Power. En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, treinta de enero Ultimo, para que se habilite el calabozo del Cuartel de Milicias y se pongan una rexa de yerro para su seguridad, un tablado para cama de los presos y otro para la guardia de prevenci6n. Y se acord6 : Que para el cumplimiento y execuci6n de las mencionadas obras se comisione al caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante para que se valga del alarife, que sea de su zatisfacci6n, y carpintero Y dem:l\s operarios y se execute todo, proveyendose de copia de esta acta para su inteligencia, entendiendose con el ~a­ yordomo de propios para que les suministre las erogac10nes que se hicieran. Tambien se recibi6 otro oficio del dicho senor gobemador, capitan general e intendente, con fecha de treinta Y uno de enero, en que aprueba lo acordado en cabildo de veinte y ocho del mismo, comprendiendose lo relativo a la expulsi6n del exido de toda especie de animal que no sea el ganado vacuno destinado al abasto publico. Y se acord6: Se haga saber al caballero regidor-fiel executor para su observancia en la parte que [f· 109 ] / le toca, fixandose carteles para que los dueiios de los que tuvieren ganado en el exido lo retiren y nadie alegue ignorancia, y en el caso de contravenci6n se les exija Ia multa de estilo.

(Comisi6n al regidor don Jos6 S4nc he z Bustamante J>41"8 que se encargue del cumplimiento y ejecuci6n de las obras a realizarse en el calabozo del Cuartel de Milicias Disciplinadas.]

Exidos.

[Prov6ese para la expulsi6n del eiido de todo animal que no sea destinado para el abasto

publico.J

fijarse carteles comunicando la aludida provisi6n y [A

estableciendo multas para los con-

traventores.]


ACTA$ DEL CABILDO

136

En este estado concurri6 el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramires de Arellano. Tambien se ley6 el oficio de su seiioria, su fecha, veinte y ocho de enero, acompaiiando testimonio de dos parrafos de la Gaceta de Madrid, de catorce de diciembre pr6ximo (Prov~ese las 6r· denes convenientes pasado, encargando a los virreyes, capitanes generales y para la defensa de los dominlos espademas jefes de mar y tierra, las 6rdenes convenientes para ftoles contra 1 o s ataques de i,nglela defensa y ofensa contra los insultos de la naci6n britases.} nica. Y se acord6: Se contexte coma este ilustre cabildo esta pronto a contribuir con sus auxilios los que mas redunde en defensa de Ia patria y honor de Ia naci6n para acreditar practicamente su constancia y fidelidad. Igualmente, se vio Ia cuenta presentada por el caba{ S e aprueba la llero regidor-alguacil mayor sabre el importe de treinta y cuenta de los gas. un pesos a que ha ascendido Ia puerta que sirve de trantos incurridos en la puerta que sir· sito de la carzel a la casa capitular. Y no habiendo habido ve de tr4nsito de la ell.reel a la casa discordia se aprob6, acordandose se pague por el mayorcapitular.J domo de propios la referida partida, y librandose al efecto la correspondiente orden como es de costumbre. [f· 1<Wv·]/ Tambien hizo presente el caballero regidor don Manuel Angel Power se viese la cuenta presentada, en diez y siete de diciembre, de los gastos erogados por el maestro Pedro [A satisfacerse el pago de los patro. Ignacio Bargillas y Juan Blardome sabre los patrones, aln e s , medidas y pesos que se ormudes y medidas que se mandaron hacer, importando amdenaron hacer.J bas siete pesos y cuatro reales. Y se acord6 : Se le abonen al expresado caballero regidor por el mayordomo de propios para que se paguen los operarios, expidiendosele la carta orden de estilo. Se presentaron las cuentas de las gastos impendidos en la comida del seiior gobernador, capitan general e inten{Quedan referidas dente, a su ingreso en el mando de esta plaza, las .que rinde al procurador generat las cuentas coma diputado al efecto el caballero regidor-alguacil made los gastos inyor, doctor don Jose Joaquin Coronado. Y se acord6: Se currldos en el agas a I o ofrecido al pasen a vista del caballero sfndico procurador general. , nuevo gobernador.J Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron di- · '' chos sefiores, de que doy fee.=Licenciado Rios [rubrica]= Licenciado Mexia [rubrica] =Ramires [nlbrica] =Davila [rU.brica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [nibrica] Doctor Pimentel [rubrica] Ante mf Gregorio San· doval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 110 ] /

=

=

=


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

137

[94] [11 DE FEBRERO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de febrero de mil ocbocientos y cinco aiios, para celebrar cabildo ordinarlo, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcalde ordinario licenciado don Juan Antonio Mexia; don Jose Davila y don Manuel Angel Power, regidores; y el caballero sindico general, doctor don Francisco Pimentel, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor capitan general, de nueve del corriente, previniendo que con respecto a babersele hecho presente por el comandante del Regimiento de Infanteria de Milicias que en su Cuartel de esta plaza se necesitan varias recomposiciones, ademas de las que su sefi.oria expuso en oficio de treinta de enero Ultimo, y ser indispensable su habilitaci6n por exigirlo asi las actuales circunstancias, de el ayuntamiento las disposiciones necesarias al efecto segiln la relaci6n que haga el expresado comandante. Y se acord6: Que mediante a hallarse diputado el caballero regidor don Jose Sanchez para que entienda en aquella obra valiendose de los artifices necesarios se encargue de las demas que se exijan, siendo precisas y utiles, y que se le pase testimonio de este acuerdo para que a la mayor breve-[f· 110v·]/dad trate de dar cumplido efecto a este encargo, y que se contexte. Se recibi6 otro oficio de su seiioria, su fecha, 6 del corriente, aprobando los cuatro puntos acordados en cabildo de cuatro del m.ismo. Y se acord6 : Se una a su respectivo expediente para los efectos que convengan. El caballero sindico procurador general represent6, con fecha de nueve del corriente, en el expediente de la cuenta presentada por el caballero regidor-*fiel executor* alguacil mayor en orden a los gastos im.pendidos en la comida que el ayuntamiento tiene costumbre de dar a los seiiores gobernadores al ingreso a este gobiemo. Y con presencia de que se hace cargo de la partida de ciento y noventa pesos que le entreg6 el caballero regidor don Antonio de C6r-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[Se provee para la realizaci6n de unas reparaciones en el Cuar~l de Millclas DlsClpllnadas.J

[Gobernador aprueba acuerdos capitulares.J

[Sollc!tase del regidor-alguacil mayor rinda la cuenta de la inversi6n de los fondos destinados p a r a el agasajo ofrecldo al nuevo gobernador.J


138

ISe slgnifica ausencia de regidores en las seslones capitulares.J

IGobernador a determinar sobre el aludldo particular.)

!Se remiten al gobernador los testimonlos por triplicado del expediente de elecclones concejiles de 1802.J

ACTAS DEL CABILDO

dova en plata efectiva y las otras partidas en varios efectos sin graduaci6n de su montamiento, se acord6: Que con respecto a que dicho caballero regidor estaba hecho cargo de mayor cantidad para este preciso fin, rinda la cuenta de la inversi6n, y que hasta tanto se reserve la aprobaci6n solicitada; y que se pase el correspondiente oficio por el secretario. El caballero procurador general hizo presente al muy ilustre ayuntamiento personalmente que respecto a la falta que hacen los caballeros regidores a los cabildos para tratar en ellos sobre la utilidad y beneficio del pueblo y que los mas de los que estan en posesi6n de sus regimientos se hallan [f· 111 ] / empleados en comisiones, ya por el muy ilustre ayuntamiento o ya por el sefior capitan general, y por cuios motivos apenas concurren dos o tres cuando los agraciados podian tambien concurrir y llenar en esto sus funciones, mayormente en las actuales criticas circunstancias de la estaci6n presente que exigen aun cuando no lo estuvieran, que se proveyeran los regimientos entretanto en sujetos que los desempefiaran; se previniera a dichos agraciados su concurrencia a los cabildos, previa la participaci6n que se les haga por el sefior capitan general. Y se acord6: Que en atenci6n a lo representado se pase el correspondiente oficio al sefior capitan general para que su seiiorfa se sirva deliberar, atentas las crfticas circunstancias del dia y de los sujetos agraciados, lo que estime mats conveniente. El esscribano dio cuenta de hallarse compulsados los testimonies que por triplicado se han pedido por el seiio:r gobernador, intendente y capitan general, en oficio de primero de enero ultimo, del expediente de elecciones de oficios concejiles celebradas en el afio pasado de mil ochocientos dos. Y se acord6 : Que se pasen a su sefiorfa con el correspondiente oficio, previa las urbanidades de estilo. Con lo que se concluy6 este cabildo, a que no concurrieron el senor teniente gobernador par haberse excusado con motivo de sus ocupaciones; el senor alcalde ordinario [f· mv.]/ licenciado don Santiago de los Rios por estar indispuesto de la salud ; el caballero alguacil mayor por estar empleado en comisi6n; el caballero alferez real por la diputazi6n de carniceria; el caballero fiel executor y regidor d~ano por enfermedad; y el doctor don Jose simchez, regidor, por la comisi6n que esta: a su cargo; y firmaron dichos sefiores, de que doy fee. = Licenciado Mexia

/ .·


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[rubrica] = Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Doctor Pimentel [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

=

=

[95] [18 DE FEBRERO DE 1805.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del mes de febrero de mil ochocientos y cinco afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, licenciado don Santiago de los Rios y licenciado don Juan Antonio Mexia; y el doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidor, a fin de tratar y conferir los asuntos utiles al publico. No concurri6 el seiior teniente gobernador por haber avisado hallarse gravemente ocupado en asuntos del real servicio. [f· 112] / En este cabildo se recibi6 un oficio de su seiioria Ilustrisima, con fecha del mismo dia, en el .que se sirve participal [sic] la rogativa que ha dispuesto, en los dias veinte y cuatro, veinte y cinco y veinte y seis del corriente, en los conventos de Padres Predicadores, Padres Predicadores [sic], de San Francisco y de religiosas Carmelitas con el objeto de implorar la misericordia del Senor y espera por este medio el triunfo del vencimiento, a fin de que concurra a solemnizar con su presencia tan religiosos cultos. Y se acord6: Se asista en forma capitular, pasando recado politico a Ios prelados de dichos conventos, por medio de una diputaci6n, y conduciendose oportunamente la [sic] bancas, y que se contexte a su se:ii.oria Ilustrisima. En el mismo cabildo se recibi6 un oficio del se:ii.or gobemador, intendente y capitan general, de trece del corriente, en que dispone que con motivo de no ser suficiente el real diario por cada trabajador en el relleno de La Puntilla, segtl.n ofici6 en veinte y uno de enero Ultimo, que aque1 seiialamiento se entienda de real y medio, seglln. prevido [sic] verbalmente en la primera visita que hizo su seii.oria al comenzarse aquellas obras, para que tengan suficiente subsistencia. Y que habiendo aplicado por termino de dos meses, con fecha del dia trece del corriente, a dichos trabajos a Jose Manuel Rodriguez con el mismo jomal

[Su Ilustrisima doctor Juan Alejo de Arizmendi, particlpa e lnvita al cabildo a la celebracl6n de una--rogativa en los convent o s de San Francisco y de las Monjas CarmelitaS.]

(Cabildo a asistir a la referida rogativa.)

(Se aumenta a real medlo el iomal diario a percibirse por los que trabajan en el relleno de La Puntilla.J

y


140

[Gobernador aprueba el acuerdo sabre que se rlnda la cuenta de la in· versi6n de los fondos destinados para el agasajo ofre· cido a 61.)

ACTA$ DBL CABILDO

[f· 112v. ] / se mande abonar este luego que conste su entracla en los expresados trabajos. Y se acord6: Se pase por el secretario la corresponcliente orden al mayordomo tanto para el aumento como para el nuevo aplicado al trabajo. Se recibi6 otro del mismo seiior gobemador, su fecha,, catorce del corriente, aprobando lo acordado en cabildo de once del mismo relativo a la anticipaci6n con ,que dehe rendirse la cuenta particular de que se trat6 en el para que con su conocimiento recaiga la aprobazi6n que solicita el caballero sindico procurador general. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de .que doy fee. Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Doctor Sanchez [rubrica] =Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

=

=

[96] [ 4 DE MARZO DE 1805.] En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de marzo de mil ochocientos cinco a:iios, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial los seiiores licenciado don Santiago de los Rios, alcalde ordinario de primera elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Miguel [f· 113] / Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurrieron el seiior teniente gobemador, auditor de guerra, a causa de haberse excusado por ocupaciones del real serviclo: el seiior alcalde ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia, por estar ausente; y el caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante por hallarse empleado en comisi6n de las recomposiciones peclida8 y mandadas en el Cuartel de Milicias de esta ciudad. Concurri6 tambien el caballero regidor don Jose Davila. En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior capitan general en el que hizo presente su se:iioria que el coronel del Regimiento de Caballeria de Milicias, que la caballeriza del cuartel necesitaba prolongarse hasta la pared que divide el calabozo, invirtiendo la separaci6n que se habia dexado para cocina, con lo que se lograria tener un cabo y seis soldados prontos con sus caballos para el servicio que


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SAN JUAN BAUTISTA DB PUERTO RICO

podria ofrecerse, a fin de que se disponga dicha recomposici6n. Y se acord6: Se execute en los terminos que lo insintia su seii.oria, comunicandose para su cumplimiento al caballero regidor comissionado en los reparos del Cuartel; y, asimismo al mayordomo de propios para el respectivo abono, y que se contexte. Se recibi6 otro aprobando su seii.oria lo dispuesto en cabildo anterior [1• 113v·]/ acerca de la concurrencia a la rogativa dispuesta por el seiior Obispo diocesano, y se mand6 archivar. Se recibi6 un decreto del seiior capitan general en que manda volver a este ayuntamiento el oficio que se le pas6 en once de febrero ultimo para que a continuaci6n informe cuales son Ios caballeros regidores que se hallan empleados en comisiones incompatibles con su asistencia a los acuerdos semanales, a fin de providenciar lo que corresponda acerca del contenido de dicho oficio. Y se acordo: Informar a su seiioria que ninguno de los caballeros regidores se halla con comisiones incompatibles por lo que hace a su ausencia en los cabildos ordinaries. En el caballero diputado de mes siempre se ha tenido consideraci6n y nunca se ha reparado su falta por sus ocupaciones. Lo mismo en el caballero fie! executor por la suya, y ahora el caballero alferez real por hallarse empleado en la clase de ayudante de su regimiento. Los demas .que se hallan con algunas comisiones solo podran estar impedidos alguna vez para su asistencia a los cabildos y asi deben concurrir a ellos porque no hay ninguna incompatibilidad. Pero como la intenci6n del ayuntamiento en su precedente oficio es de que no haya falta en los cabildos por defecto de regidores empleados en comisiones, le parece que se puede adoptar el temperamento ['· 114 ] / de que se pongan en exercicio los agraciados con la calidad o pre· venci6n que vuestra seiioria tuviere a bien y lo mismo el caballero regidor don Miguel Davila, que habiendo obte~- nido su real confirmaci6n, debe continuar o dejarsele expedito para servir su plaza. Se recibi6 un decreto en que el seiior gobemador, intendente y capitan general, pide informe acerca de la solicitud hecha por el alcalde de barrio del cuartel de San Francisco de esta ciudad, don Francisco Reyna, para pasar al partido de Manati a efecto de contraer esponzales. Y se acord6: Se informe que el cabildo no tiene inconveniente en que J

I /

~j{.,

141

(Se provee para la amplfacl6n de la caballeriza de! Cuartel de Mlllcias Disclplinadas.)

(Gobernador aprueba la asistencia del cabildo a la rosativa.J

[Gobernador solicita informe sobre los regidores que desempejlan comisiones incompatibles con su asistencia a los cabildos.J (lnfonne d e 1 cablldo sobre el alu· dido particular.]

IGobernador pl de informe sobre so· llcitud radicada por el alcalde de barrio de San Francisco para pasar al partido de


ACTAS DEL CABILDO

142 Manatf para contraer nupcias.)

se acceda al permiso intentado por dicho Reyna, antes bien, lo estima mui conforme a justicia. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] =Coronado [rubrica] =Ramires [rubrica] =Davila [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[97] [11 DE MARZO DE 1805.]

[El

moreno

libre

Juan Antonio Ze-

vedes solicita se le exonere del r~dito sabre el solar que le fuera concedido.J

[Dominga del R~ sario solicita 11cencia para fabricar casa en el lugar de La Meseta.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de marzo de mil ochocientos y cinco a:iios, para celebrar cabildo ordinario, segiln es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala [f· u4v. ] / consistorial los seiiores licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de segunda elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Jose Davila, regidor, (alguacil mayor) *para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republca. En este cabildo se dio cuenta del expediente promovido por el moreno libre Juan Antonio Zevedes en que solicita se le exonere del pago del redito anual al cinco por ciento con que se le concedi6 el solar que se expresa. Y se acordq: Que se agreguen a el las pretensiones que al mismo solar hacen Juan Pablo Moreno y Jose Maria Ramirez y cual~ quiera otra que hubiere sobre el asunto; y efectuado certifique el presente esscribano el a:iio en que se le hizo el reparto y se le dio posesi6n de este terreno al nominado Juan Antonio Zevedes y de la calidad con que se le hizo esta gracia, en cuya vista resultara lo que corresponda. Tambien dio cuenta el presente esscribano de la instancia de Dominga del Rosario en que solicita fabricar casa de paredes y azotea en el solar que se le concedi6, en el sitio de La Mezeta, de diez varas de frente y siete de fondo. Y constando que efectivamente se le hizo esta gracia en quince de junio de noventa y cinco, dandosele testimonio de su avaluo y posesi6n con la calidad de zatisfacer el cin(f· 115] / co porciento del principal, que es el de noventa

* Lo comprendido entre partmtesis aparece tachado en el orl- . ginal.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pesos, como resulta del expediente de solares. Se acord6: Que se informe al senor gobemador, capitan general e intendente, precediendo para ello la certificaci6n del presente esscribano decretada en la solicitud. Se tuvo presente la gracia hecha a esta ciudad sobre el uso del uniforme conforme al que usa la de Cuba. Y habiendose tenido la consideraci6n de que no hay proporciones para el bordado del uniforme grande, por defecto de inteligentes y que esto ha dado motivo para no ponerse en practica, se acord6: Que por lo rnenos se use del pequeiio uniforme guardandose el misrno bordado que en el grande, en lo que es vuelta y collarin, siendo la tela, de uno y otro, de seda, el color azul turqui [sic], por exigirlo asi el clima; con lo que se ahorraran los caballeros regidores de nuevo uniforme negro y si fuere posible se prinzipiara su uso para el Jueves Santo, Corpus Christi o San Juan, atendidas las dificultades que puedan ocurrir. Que el centro del uniforme grande sea igualmente de la misma tela que la casaca, forro encamado y bot6n dorado. Que el pequeiio el mismo forro y bot6n y centro blanco de seda, y en ambos casos, de grande o pequefio, centro negro en los dfas clasicos de luto, de iglesia 0 mas que puedan sobrevenir; lo que se participara· a los caballeros regidores y sindico procurador general. Y atendiendo a que los sefiores tenientes gobemador ha [sic] usado siempre del uniforme de la ciudad, desde el seiior don Fernando Quadrado inclusive, que fue el de la primera creaci6n en esta plaza, ha parecido conforme que al actual se le pase testimonio de esta acta para su inteligencia, y a las sefiores alcaldes ordinarios, previas las [f· usv·]/ urbanidades de estilo y el correspondiente oficio. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seii.ores, de que doy fee. = Licenoiado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] = Davila [rubrica] = Ante Ill( = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[98] [18 DE MARZO DE 1805.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del mes de

143

(Provl!ese sobre el uniforme a ser usado por los capitulares y el teniente de gobernador .J


ACTAS DEL CABILDO

144

(Oficlo del gobernador sobre el uso del uniforme por Jos capitulares.J

(Se comunlca la elecci6n del mayordomo de propios recafda en don Fe· lipe Garcla.)

lTeniente de sobernador se d4 por enterado sobre el uso del unlforme capltular.J

(Subarrendat a r l o del cafto de Mar·

tfn Peil.a hace pre-

sente dados que le causan las canoas que por alU transitan.J [Prov~ese que el referido subarrendatarlo recurra al tribunal de soblerno.J [Cabildo lnforma sobre la legftlma posesl6n que tlene dofta Dominga del Rosario del solar en La Meseta o Cantera y conslde· ra justa su pet1c16n para fabricar casa all(.]

marzo de mil ochocientos y cinco afios, para celebrar cabildo ordinario, seglln. es de uso y costumbre, concurriero~ a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de prim.era elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios ; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; don Jose Davila, don Miguel Davila y don Manuel Angel Power, regidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al bien y utilidad de la republica. Se recibi6 un oficio del se:iior gobernador, intendente y capitan general, de trece del corriente, contextando al que se le dirigi6 en 11 del mismo, acerca del uso del nuevo uniforme acordado en dicho dia. Y se mand6 se agregue a su antecedente y se participe a los caballeros regidores y sindico procurador [f· 116] / general, *para* conforme esta prevenido. Otro, del se:iior presidente y vocales de la Junta Municipal participando la elecci6n de mayordomo de propios en don Felipe Garcia, vecino de esta ciudad, y de haber dado las fianzas prevenidas por la misma Junta. Y se acord6 se contexte. Otro, del se:iior teniente gobernador, auditor de guerra, de este dia, en que contexta al que se le pas6 por el ayuntamiento sabre el uso del nuevo uniforme y de quedar enterado del acuerdo celebrado al efecto. Y se mand6 unir a dicho oficio y que se archive para los efectos convenientes. Se present6 Francisco Acosta, subarrendatario que dice ser del ca:iio de Martin Pe:iia, exponiendo varios perjuicios ~ue enuncia recibe de las person.as que trajinan con canoas por dicho ca:iio. Y se acord6: Que ocurra al tribunal de justicia a donde debe representar lo que le convenga acerca de los enunciados perjuicios, y que al efecto se le devuelva la instancia con el papel que acompa:iia. Se inform6 la instancia hecha por la viuda Dominga del Rosario sobre fabricar en el solar que se le reparti6 en el sitio de La Cantera o Meseta. Y se acord6 fuera en la forma siguiente: «Senor Gobemador, Capitan General, Intendente. La certificaci6n que antecede del presente esscri· bano comprueba la lexitima posesi6n en que esta parte se halla de su solar, en virtud del repartimiento que en toda forma se la hizo por disposici6n de este cabildo, estimando * Lo comprendido entre asteriscos aparece tacbado en el original.


145

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

por justa la solicitud [f· 116v·]/ que intenta fabricar en los tUminos que prop one.» Se dio cuenta del expediente formado sobre la solicitud de Juan Antonio Sebedes mandada informar por el seiior gobemador, capitan general, intendente. Y teniendo presente que en el tribunal de justicia hay pendientes unos autos, a instancia de la viuda Dominga del Rosario, tratando de impedir que el Sebedes continue viviendo en el solar que se le reparti6, fundada en varios motivos, se acord6 : Que se reserve el informe pedido por ahora interin que *se* impuesto de las resultas de dichos autos pueda exponerse lo que corresponda a los derechos del ayuntamiento. Se record6 el expediente de fabrica de cementerio extramuros de esta ciudad, pasado a informe del ayuntamiento, en virtud de lo Ultimamente prevenido por SU majestad. Y se acord6 : Que se evacue el informe pedido en el cabildo inmediato. Habiendose hecho presente Ia solicitud de don Carlos Martinez, maestro de primeras letras de esta ciudad, que acompaii6 con las planas practicadas por sus discipulos, y teniendo a Ia vista lo representado por el caballero sindico procurador general se acord6 : Se aprueban dichas planas y el buen desempeiio que manifiesta dicho don Carlos en la mejor instrucci6n de la juventud, y que se le [f· 117] I den los testimonios que pide, asi de este acuerdo como de los demas .que solicita y expresa en su representaci6n. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiionas, de que doy fee. Licenciado Rios [rubrica] Coronado [rubrica] Davila [rubrica] Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubtjca], esscribano real y de cabildo.

=

=

=

=

[99] [26 DE MARZO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dias del mes de marzo de mil ochocientos y cinco aiios, para efecto de cele-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

ginal. 10.

[Pospdnese el informe solici t a d o por el gobernador sobre la petici6n formulada por Juan Antonio Sebedes.J

[Acuudase dar en pr6ximo cabildo informe sobre construccidn de cementerio extramuro de la ciudad.J el

(Se aprueban las planas escol a r e s presentadas p o r don Carlos Martinez y su desempefio como maestto de primeras letras.J


ACTA$ DEL CABILDO

146

[Cabildo en d o s a solicitud del alguacil mayor Pat:a que sean remov1dos de sus oficios los alguaciles Carlos Mallm y Antonio Nicol4s y se provea para el retiro p0r enferme-

dad

a

March4n.)

Francisco

[Alguacil retirado Francisco Marchdn a

perciblr

tercio

de su salario.J

[A fiiarse carteles convocando interesados en ocupar las tres plazas vacantes de alguacil.J

[Se acuerda sobre el uso del uniforme capitular.J

brar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los senores alcalde, ordinario de segunda elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Jose Davila, regidor, para tratar y conferir. las cosas tocantes al pro y util de la republica. Se excus6 el senor alcalde ordinario de primer voto, licenciado don Santiago de los Rios, por estar indispuesto de la salud; y el caballero regidor don Jose Sanchez por ocupazi6n en la comisi6n del Cuartel de Milicias. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, capitan general e intendente, [f· mv. ]/ trasladando el que le pas6 el caballero regidor-alguacil mayor sobre la necesidad que hay de remover de sus oficios a los alguaciles Carlos Mallen y Antonio Nicolas, por incorregibles, y conceder su retire a Francisco Marchan por su avanzada edad y achaque que padece, y nombrar otros individuos que desempeiien estos encargos con el decoro que corresponde. Y se acord6 : Que se contexte al senor gobemador manifestandole que efectivamente deben ser removidos los dos alguaciles Carlos Mallen y Antonio Nicolas por las razones que expone el caballero regidor-alguacil mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado, que como publicas estan repetidamente acreditadas por los senores alcaldes ord~a­ rios en los aiios que han exercido sus empleos. Qµe por lo que hace al otro, Francisco Marchan, es tambien cierta su inutilidad por sus enfermedades, y que aunque no hay exemplar de ,que por el ayuntamiento se hayan dado semejantes retires le parece justo el que propone el caballero alguacil mayor, dandosele el tercio de su salario con calidad de servir como por super numerario en las ocasiones que se lo permita su salud, y esto si al senor gobemador le pareciere bien; y que se provea su plaza y la de los otros dos fixandose carteles para que concurran los interesados con los requisites que prescriben las leyes; y que entretanto los otros tomaren posesi6n que-[f· 118 ]/den estos sir-•' "' viendo con sus salaries respectivos para que la falta no sea tan grave. Se tuvo presente el acuerdo de once del corriente sobre el uso del uniforme, reservandose el grande por los motives manifestados. Y ahora, despues de algunas consideraciones, se ha resuelto que se haga apafio conforme al diseiio que se ha dado en el bordado, sin perjuicio de que , para los di'.as de tabla sea de seda, con centro blanco. dei

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147

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

lo .mismo, sin alterar en lo demas acordado; y que de aquel y este se pase una copia al caballero regidor doctor don Jose Sanchez de Bustamante; quedando tambien resuelto por punto general que a los cabildos indistintamente se asista con el referido uniforme y tambien a las demas funciones publicas particulares, incluyendose al esscribano por lo que hace solamente al *uniforme chico* collarin y no en la vuelta; y el portero, casaca azul, forro encamado y sin *ningU.n* bordado. Se present6 don Eusebio Urquiso, mayordomo .que fue de propios y rentas de esta ciudad, solicitando se mande al presente escribano le de relaci6n testimoniada comprensiva de todas las partidas que aquel debia cobrar en cada uno de los aiios de ochocientos tres y ochocientos cuatro, y la cuenta comprobada del gasto que ocurri6 en la habilitaci6n de la sala de audiencia en que fue comisionado el caballero regidor-alguacil mayor. Y se acord6: Que informe dicho esscribano con arreglo al Articulo [f· 11av·]/ cuarenta y uno de la Instrucci6n de Intendentes y de lo que representa el mayordomo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] Davila [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

ex-mayordomo Eusebio Ursollclta relaci6n testimoniada de las partidas que debl6 cobrar en los aiios de 1803 y 1804, y de la cuenta de los gastos incurridos en la habilitacl6n de la sala de audlencia.) [Escribano a lnformar sobre el particular.) [El

don

quJzu

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[100] [27 DE MARZO DE 1805.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de ~ de mil ochocientos y cinco aiios, a efecto de celebrar cabildo extraordinario, en virtud de permiso del seiior gobemador, intendente y capitan general, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores teniente gobemador, auditor de guerra; licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de segundo voto ; doctor don Jose Joaquin Coro:nad.o, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, y don Manuel Angel Pover. Conclirri6 tambien don Jose Davila, regidor.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori· gi,naL

Cabildo extraordi· nario del 27 de marzo de 1805.


148

[A cobrarse ciertas deudas debidas al fondo de proplos para sufrasar la obra a realizarse en La Puntllla.J

[Se designan comisionados para efectuar los referldos cobros.]

ACTAS DEL CABILDO

En este cabildo se recibi6 un expediente del senor go. bemador, [f· 119] / capitan general, en que acompaiia el dictamen de fisicos y representaci6n del caballero sindico procurador general relativo a la necesidad, importancia y utilidad de segar el terreno de La Puntilla de las aguas detenidas y daiiosas, y alzar su terraplen a la altura proporcionada para no ser anegada del mar, por ceder todo al beneficio publico. ·Y visto y conferenciado en el asunto sobre los medios de cumplir esta obra con los caudales de propios, que son los que se ban considerado deben sufrir estos gastos, se acord6: Que aunque actualmente no hay una certeza de los caudales sobrantes de propios, porno haber rendido el mayordomo sus cuentas corrientes en estos Ultimos aiios, se tome el arbitrio de cobrar inmediatamente seiscientos pesos que debe Manuel Lamas ; el plazo que ha cumplido de su arrendamiento Pablo Fort del pasaje de Palo Seco, que ha cumplido en este mes, recibiendpsele en cuenta cuatrocientos que ya ha exibido; los que tenga en su poder Julian Cueto por los derechos de camiceria; y todo lo demas que hubiese pendiente en deuda que constaren por relaci6n del mayordomo antiguo, que debera entregar en el termino estricto senalado por la Junta Municipal; con cuyos productos habra por lo menos para el pago de dos quincenas para los trescientos hombres que previene el senor gobernador, en su oficio de veinte y seis del corriente, sin perjuicio de las providen-[f· l19v. ]/cias que quedan a cargo del ayuntamiento tomar para el progr~ so y conclusi6n de la obra; a cuyo fin encarga el cobro de estas cantidades al senor alcalde ordinario licenciado don Juan Antonio Mexia ya los caballeros regidores don Miguel Ramirez y don Jose Davila por lo que hace a Manuel Lamas, el primero; a Julian Cueto, el segundo; y a Pablo Fort. el tercero; quedando a cargo del nuevo mayordomo el cobro de los demas deudores y que en estos terminos se contexte al senor gobernador, capitan general e intendente, con el bien entendido que todas las cantidades que se erogaren para esta obra de La Puntilla sea con calidad de reintegro o bien del ramo municipal de calles o del otro de muelle [ ?], el que correspondiere, de que se tratara oportunamente, quedando testimonio del expediente y devol~ viendose el original al senor gobernador. Con •lo que se concluy6 este cabildo, .que firmaron dichos sen.ores, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] Ra..:

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

149

mirez [rubrica] = Davila [rubrica] = Power [rubrica] =Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. [1• 120] / [101] [1 DE ABRIL DE 1805.]

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En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de abril de mil ochocientos cinco, a efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios de primera elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios; de segunda, licenciado don Juan Antonio Mexia; doctor don Jose Joaquin Coronado, rexidor-alguacil mayor; don Jose Davila y don Miguel, rexidores llanos, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este estado concurri6 el caballero rexidor-fiel executor, don Miguel Ramires. En este cabildo se despach6 el informe mandado pedir por el senor gobemador y capitan general sobre los medios o rentas para construir el cementerio; haciendosele presente que por hallarse muy gravados los fondos de los propios con gastos eventuales no se podfa atender por ahora a erogazi6n alguna; pero que cesando estas se proporcionaria la cantidad compatible con el estado de las rentas; y que entretanto se solicite la gracia de su majestad para que conzeda, por el tiempo de diez aiios, que todos los testadores de la isla, sin distinzi6n de fuero, aumenten a las mandas forzosas la del cementerio. Asimismo, se recibi6 un oficio del caballero rexidor doctor don Jose Sanchez Bustamante, su fecha, 1° del corriente, en que recuerda (f· 120v·]/otros cliferentes oficios en los que ha pedido el expediente de la obra de la sala consistorial, y se reserv6 contextar para otro cabildo. Asimismo, se vio una representazi6n del portero de cabildo, don Manuel de Cuebas, pidiendo se le adelanten treinta pesos para el nuevo uniforme, con descuento de cinco al mes; y se provey6 sin lugar. Se present6 el caballero sindico procurador general pidiendo los expedientes de la pesa para promover lo mas provechoso al vezindario; y se le provey6 conforme. Se acordaron los requisites con que deben fixarse los carteles para los que quieran oponerse o pretendan las es-

(Cablldo slgnlfica que por el momento no t I e n e fondos para la construccl6n d e 1 cementerio extramuro de la ciudad y propone que se sollclte del rey la gracia de proveer que durante dicz aftos todos los testadores de la Isla incorporen en sus mandas forzo s a s una para el cementerio.)

(Oficlo del regldor don Josi! Sllnchez Bustamante reiterando su sollcitud s:>bre el expedlente de la obra de la sala consistorlal.J (Declarada sin lugar petici6n de anticipo de trelnta pesos formu 1 a d o por el portero.J (Procurador general solicita expedientes de la pesa.J [Se establecen los requisitos que deben cumplimentar


•',/Ji~ ,. . (,.

·'

150 los aspirantes a ocupar la plaza de maestro de primeras letras.J l."' Condlzi6n. 2.0.

3.a

4 ...

(5.)

[Regldor don Miguel Dlivlla a continuar en su ofi· cio.J

ACTA$ DEL CABILDO

cuelas de prim.eras letras, vacantes por muerte de don Victoriano de Aldea, y son las siguientes : Primera. Presentaran atestazi6n autentica del ordinario eclesiastico de haber sido examinados y aprobados en Ia doctrina cristiana. Informazi6n de su vida, costumbres y limpieza de sangre. Dos diputados del ayuntamiento, con asistencia de los veedores, [f· 121 ] / le examinaran por ante el escribano de ayuntamiento sabre la pericia del arte de leer, escribir, Y contar, haciendole escribir muestras de diferentes letras y exemplares de las cinco cuentas. Propondra el metodo que le parezca mas ventajoso para el desempeiio de todas sus obligaciones. Que se sujetara a cuanto el cabildo o su diputado le ordenaren perteneciente al mayor adelantamiento de su escuela. El caballero rexidor don Miguel Davila hizo presente habia ya exibido el titulo de confirmaci6n de su oficio, en cuya inteligencia se acord6 se le tuviera por comprendido en todos los efectos y gracias anexas a su cargo, continuando en la misma posesi6n en que estuvo desde su remate. · . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firniaron los seii.ores arriba dichos, de .que doy fe, yo, el escribano ~eal. por ocupaciones de la capitania general en que se halla ~­ pleado el propietario. = Licenciado Rios [rubrica] = Ltcenciado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] Ramires [rubrica] Davila [rubrica] Davila [rubrica] Ante mi = Manuel de Acosta '[rubrica], escribano real.·.

=

=

=

=

[102] [22 DE ABRIL DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos dfas del mes de abril de mil ochocientos cinco aii.os, a efecto de celebrar cabildo ordinario, se juntaron en esta zala consis~orial, como es de uso y costumbre, el seiior alcalde ordinario de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia; los caballeros rexidores alguacil mayor, doctor don Jose Joa.. qufn Coronado; rexidor-fiel executor, don Miguel Ramirez:


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

...

y llano, don Miguel Davila, para conferir y tratar las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se present6 Juan Viera, como arrendatario del corral de cerdos por el presente trienio, exponiendo que se ha mandado demoler con motivo de la obra nueva de La Puntilla y que en consecuencia se le de nuevo asiento en donde corresponda para continuarlo. Y se acord6: Que siendo este punto perteneciente a la Junta Municipal se pase la representazi6n a los seii.ores de ella y que se le haga saber al interesado. Se recibi6 un oficio del senor gobemador en que manifiesta estar tratando ya de la publicazi6n del Bando de Policfa y Buen Gobiemo y que es indispensable que el ayuntamiento se provea de pesos y medidas para que los tenderos, pescadores y demas que venden viveres vengan a la casa de la ciudad a confrontarse. Y se acord6 : La contestazi6n que se verific6 en los terminos que se expresan en la copia. Don Carlos Martinez se present6 pidiendo que [f· 122]/se le entregase el documento de aprobazi6n en la doctrina cristiana con una instrucci6n que le acompaii.a y le expidi6 el Ilustrisimo Senor Diocesano, pues debe presentarlo abora en la actual visita pastoral. Y se acord6: Que dicho documento e instrucci6n se acumule y se traiga para el primer cabildo. Se present6 Diego Perez solicitando una plaza vacante de alguacil. Y se acord6: Que ocurra a instruir informazi6n de su religi6n, patria, calidad, estado y conducta ante el seiior alcalde ordinario de segunda elecci6n, lizenciado don Juan Antonio Mexia; en cuya vista o del informe que se sirviese dar el senor alcalde se proveera lo que fuere conforme y se tendra presente lo acordado en veinte y ocho de abril de mil y ochocientos. Con lo que se concluy6 este cabildo, ,que firmaron los se.iiores arriba dichos, por ante mi, el escribano real, por urgentes y graves ocupaciones del propietario en asuntos del real servicio, de que doy fe. = Licendiado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] = Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] Ante mi Manuel de Acosta [rubrica], escribano real. [f· 122v. ] /

=

=

151

[Arrendatario d e l corral de cerdos, Juan Viera, solicita nuevo asiento para construir el corral en atenci6n a baberse demolido el antiguo.J [Queda referida su petici6n a la Junta Municlp:il.J

[Gobernador ordena que el cabildo se provea de padrones oflcl:iles de pesos y medidas.]

(Don Carlos Mart(nez sollcita se le devuelva el documento e instrucci6n por B presentados sobre su aprobaci6n en la doctrina crlstiana.]

..

[Diego Pl!rcz soliclta plaza de alguacil y se le ordena presente infonnaci6n sobre su persona ante el alCalde ordinarlo de segunda eleccl6n.)


152

ACTA$ DEL CABILDO

[103] [29 DE ABRIL DE 1805.]

(No se celebra cablldo por falta de

qu6rum.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dias del mes de abril de mil ochocientos cinco, habiendo concurrido a esta zala consistorial el senor alcalde ordinario de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia, y el senor rexidor-alguacil mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costwnbre, no tuvo efecto por no haber asistido los demas sefi.ores y dado legitima excusa el senor alcalde ordinario de primera elecci6n, quienes se retiraron dadas las diez. Y para su constancia me mandaron lo pusiese por diligencia; y firmaron dichos senores, por ante mi, a causa de las muchas urgentes y graves ocupaciones del escribano real y de cabildo, don Gregorio Sandoval, de todo lo cual doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica] = Coronado [n1brica] =Ante mi= Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

[104] [6 DB MAYO DB 1805.]

[Alcalde ordinario de segunda elecc16n informa sobre las circunstancias personales de Diego Perez aspirante al cargo de a)gua-

cil.J ouan Alvarez soliclta plaza de al-

guacll.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a las seis dias del mes de mayo de mil ochocientos y cinco afi.os, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial los senores alcaldes ordinarios licenciado don Santiago de los Rios y licenciado don Juan Antonio Mexia; doctor don Jose Joaquin Coronado, [f· 123]/regidor-alguacil mayor; y don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. . En este cabildo dio cuenta el senor alcalde de segunda elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia, del encargo que se le cometi6 sobre la averiguaci6n de la patria, calidad y demas circunstancias necesarias del pretendiente Diego Perez a una plaza de ministro de vara, informando ser natural de Cordova, de buena conducta, de estado casado, e id6neo para el dicho oficio. Tambien se tuvo presente el memorial de Juan Alvarez, natural de Riva de Celta, obispado de Oviedo, para otra


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

vara de alguacil y, segiln las noticias que se tenian de su anterior servicio en el Real Hospital Militar de esta plaza e informe del se:iior alcalde ordinario de segunda elecci6n, se le hall6 con los requisitos necesarios para aclmitirsele. Y se acord6, con vista de la acta de treinta y UDO de marzo de mil ochocientos, que el caballero alguacil mayor les despache sus tf tulos en la forma acostumbrada para que aprobados por el sefior gobernador, intendente y capitan general, y tomandose raz6n en este muy ilustre ayuntamiento, se haga saber al mayordomo de propios para el respectivo abono de sus sueldos y ajuste de los dos alguaciles que salieren. El presente [f· 123v. ]/escribano record6 el expediente del arrendamiento de carniceria que se mand6 entregar al caballero sindico procurador general, a su solicitud en cabildo de primero de abril ultimo, con cuio motivo expuso el caballero regidor-fiel executor que Antonio Arriaga, UDO de los marchantes de ella, le propuso tomar por administraci6n este ramo, en el trienio, en Ia propia cantidad en que fue rematado la Ultima vez, que fueron tres mil pesos, lo que hace presente para que se acuerde lo que parezca mas conveniente en el asunto. Y visto que el seiior gobernador y capitan general esta empeiiado en continuar y concluir la obra de La Puntilla en que no menos se interesa el ayuntamiento por la importancia de la obra y mas en las circunstancias presentes en que esta rematada la bateria que alli se ha construido y que estan agotados todos los recursos sin haber mas existencia de fondo en el area de Ios propios, acord6 : Que, desde luego, se conforma en que se de en administrazi6n por un trienio el ramo de la carniceria a Antonio Arriaga por los tres mil pesos en que fue rematado la Ultima vez, con la calidad de anticipar el pago, exibiendo de contado dos [f· u4]/mil pesos en el acto de la entrega de la aclministraci6n y los mil restantes dentro de mes y medio, todo sin perjuicio de lo que se hubiere acordado y decretado anteriormente en el asunto ,. para el arreglo de este ramo y para su observancia en adelante; y que se pase en testimonio esta acta al se:iior gobemador, intendente y capitan general, para su conocimiento y aprobazi6n de este arbitrio, y del presidente y vocales de la Junta Municipal para su inteligencia y demas fines que correspondan, obligandose a Julian Cueto a exibir con pago la cuenta de lo que hubiere ingresado o restare en su poder.

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153

tNombramiento de Diego Pl!rez y Juan Alvarez como alguaclles.]

[Antonio Arriaga se ofrece para to• mar p0r arriendo l a administtaci6n de la carnicerfa.]

(Baio las condiclones seiialadas se le adjudica a Antonio Arriaga el arrendamiento de la carnicerfa.]


154

ACTAS DEL CABILDO

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron SUS sefiorias, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrical = Licenciado Mexi.a [rubrica] = Coronado [rubrica] Ramires [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

[105]

[13 DE MAYO DE 1805.]

(Gobemador aprueba bafo ciertas condiciones el arrendamiento de la carnicerfa en An· tonlo Arriaga.}

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de mayo de mil ochocientos cinco afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores licenciado don Santiago de los Rios, alcalde ordinario de primera [f· mv·]/ elecci6n; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Miguel Davila, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica; a que concurri6 el senor don Miguel Ramirez de Arellano, regidorfiel executor. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor goberna~ dor, intendente y capitan general, contextando al que se le pas6 en fecha de seis del corriente, sobre el arrendamiento de Ia administrazi6n de la carniceria por un trienio en Antonio Arriaga, bajo las condiciones que se propusierori en cabildo Ultimo, en el que su sefioria conviene y lo aprueba bajo las condiciones expresa de .que el ayuntamiento se ha de reservar sus derechos por si en el intermedio se le proporcionasen otros arbitrios para la mayor cantidad de came diaria que las doscientas veinte arrobas para el abasto de la capital o cualesquiera otras circunstancias mas favorables a SU interez pero sin perjudicar a Arriaga, a quien se preferira en igualdad si variasen los motivos. Y visto se acord6: Se cumpla lo que previene su sefiorla en el oficio de aprobaci6n, enterandose a Arriaga de la condici6n afiadida para su inteligencia y lo que pueda convenirle. Se tuvo presente el expediente de don Carlos Martfnez, y vistos los legajos cJ.e sus planas, presentados para Sl.J apro-[lf· 125] /baci6n en lo respectivo a los afios de ochocientos uno y siguiente hasta el de ochocientos cuatro pr6ximo pasado, con lo expuesto en su conformidad por:


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

el caballero sindico procurador general, se acord6 : Que debia y debe aprobarlos todos y cada uno de ellos, igualmente que el metodo de la escuela, estado de su instrucci6n en la doctrina cristiana y reglas de aritmetica, en que seguira procurando el mayor aumento de su escuela y educaci6n de la juventud; y que para los efectos que le conven.gan se le de por certificaci6n por el presente esscribano. Y por lo que hace al titulo que reclama e instrucci6n que la acompaiia, despachados por el Ilustrfsimo Se:iior Diocesano sobre la aprobaci6n de la doctrina cristiana para presentarlos en la visita pastoral, se acord6: Que quedando testimonio del titulo y de la instrucci6n en el expediente del asunto se le devuelvan los originales. Y, ultimamente, constando por el referido expediente que desde veinte y cuatro de enero de mil ochocientos uno esta examinado y aprobado don Carlos Martinez para maestro de primeras letras, por los caballeros diputados don Felix Lacruz y don Juan Antonio Mexia, y que en esta conformidad lo hizo constar tambien [f. usv.]/en la doctrina cristiana por el titulo que en toda for.ma y separadamente le despach6 el Ilustrisimo Se:iior Diocesano, en diez y ocho de febrero del m.ismo aiio, con cuyos requisitos fue admitido y se le mand6 abrir la escuela, con presencia de todo se acord6 : Que se le de por certificaci6n para que le sirva de titulo, como lo solicita, y para .que pueda usar de el como mej or le convenga. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que cloy fee. = Licenciado Rios [rll.brica] = Coronado [rubrica] Ramirez [rll.brica] Davila [rubrica] =Ante mi·= Gregorio Sandoval [rll.brica], esscribano ·real y de cabildo.

=

=

[106]

..

[20 DE MAYO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte dias del mes de mayo de mil ochocientos cinco, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los se:iiores lizenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de segundo voto; doctor don Jose Joaquin Coronado, rexidor-alguacil mayor; y don Manuel ['· 126] /

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Zd/L. rr:_·._.__ _

155 (Se aprueban las plan;is escolares y Sistema de enseiianza del maestro de prlmeras letras, don Carlos Martfnez.J

(Proveese para la devolucl6n a don Carlos Martfnez del tftulo e instruccl6n sobre la doctrlna crlstiana.J

lTitulo de maestro de escuela para don Carlos Martinez.)


156

[Juan Albarez y Diego P~ez pre· sentan sus tltulos de alguaciles menores aprob a d o s por el gobernador.J

[Alguaclles Carlos Mayen y Antonio Nicollis q u e d a n destitufdos.J

[Provf!ese para que se le entregue al ex-mayordomo don Eusebio Urqulzu la relacidn solicitada sobre las partidas que debi6 cobrar en 1803 y 1804 y la cuenta de los gastos incurridos en la babilitaci6n de la sala de audiencia.J

(Gobemador plde informe sobre propuesta de Manuel Padilla en relacl6n con el arrendamiento de la carDiceria.J [Pedro Elias soliclta el pago de cinco pesos por las cuatro marcas que bizo para Ios pesos y medldas.] (Referlda dicba pe· tici6n a la Junta Municipal.)

ACTAS DEL CABILDO

"1 ; ,. I ,

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Angel Power; habiendo participado el senor alcalde ordinario de primer voto hallarse legitimamente impedido en raz6n de estar enfermo, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo present6 Juan Albarez y Diego Perez sus respectivos titulos de alguaciles menores, despachados por el caballero alguacil mayor, con el decreto de aprobazi6n del senor gobemador y capitan general. Y vistos se acord6 : Que se tome raz6n de ellos y que desde esta fecha les corra su salario, haciendose saber al mayordomo para que ajuste a Carlos Mayen y a Antonio Nicolas, en cuyo lugar entran los citados Juan Albarez y Diego Perez, los que desde luego quedan excluidos y despedidos del servicio. Se present6 don Eusebio Urquizu reclamando la providencia que pidi6 en su representazi6n de veinte y seis de marzo, respecto de que hasta ahora no se le ha dado necesitandola para el arreglo de sus cuentas. Y visto lo acordado en aquella fecha se acord6 : En su consecuencia que el escribano lo execute para el primer cabildo, haciendosele saber al interesado para su inteligencia. Se recibi6 un pliego del senor gobemador y capitan general e intendente, en que pide informe sobre la propuesta de Manuel Padilla ofreciendo la cuarta parte sabre los tres mil pesos emputados con Antonio Arriaga por el trienio de la administrazi6n de la camecerfa. Y se acord6 lo que constara por la copia a continuazi6n de este. Se present6 Pedro Elias exponiendo que se le deben cinco pesos por las cuatro marcas que se le mandaron hacer para [f· 126v·]/pesos y medidas. Y se acord6: Que se pase oficio al senor presidente y vocales de la Junta Municipal para que se sirva disponer el abono al interesado. Con lo .que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos sefiores, por ante mf, por las graves y urgentes ocupaciones en que se halla actualmente el escribano de el.= Licenciado Mexia [rubrica]::: Coronado [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mf = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

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157

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[107]

[27 DE MAYO DE 1805.]

.-

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de mayo de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial Ios sen.ores licenciado don Santiago de los Rios, alcalde ordinario de primer voto; doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, para tratar y conferir sobre el pro y util de Ia republica. En este cabildo se recibi6 un parte del mayordomo de propios [f· 127]/en el que desea saber Io que debe hacer en punto a la vestidura de bejigantes para Ia pr6xima proc~ si6n del Corpus. Y se acord6 : Que considerando los notables gastos que ocasionan y que en el dfa pueden excusarse para ocupar parte de otros objetos mas utiles, a que se hallan dedicadas las rentas de propios, y tambien las irreverencias que causan en la procesi6n contra su decoro y gravedad, se acord6: Cesen, *por ahora* con lo que se evitan costos tan superfluos y se coopera al mayor culto divino. Se present6 Juan Felix de Silva solicitando una plaza de alguacil menor de los juzgados que resulta vacante por retiro de Francisco Marchan. Y se acord6: Acuda a los seii.ores jueces ordinarios a instruir la correspondiente justificaci6n de su calidad y conducta para con lo que resulte proveer lo que corresponda. En este estado concurri6 a este cabildo el senor alcalde ordinario de segundo voto, licenciado don Juan Antonio Mexia. Dio cuenta el presente esscribano del informe que en cabildo anterior se le previno acerca de la solicitud de [sic] ex-mayordomo de propios, don Eusebio Urquizu. Y con presencia de lo que en el se expresa se acord6: Se una Ia representaci6n a la antecedente que se cita y ambas se entreguen a dicho mayordomo para que instruido de el citado informe y con arreglo a lo prevenido en el Artfculo cuarenta y uno de la [f· mv. ]/nueva Instrucci6n de

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

[Cllblldo ordena el cese de participacldn de bejigantes en Ia procesl6n de Corpus Christi.)

__ ,

Uuan F4!llx de Sil-

va sollclta plaza de alguacil y se le ordena acuda a los alcaldes ordinaries a informar sobre s us clrcunstanclas personales.J

[Requl&ese del exmayordomo d o n Eusebio Urqu i z u presente las cuentas de su mayordomfa a la mayor brevedad posible.J


158 La Instrucci6n de Intendentes la lle v6 el seiior alguacil mayor, mayo 27 de 1805.

ACTAS DEL CABILDO

Intendentes de Nueva Espana arregle las cuentas a la mayor brevedad, y que para .que no Se demoren estas densele las que solicita en una y otra instancia. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus senorias, de que doy fee. Licenciado Rios [rubrica] = Coronado [rubrica] = Ramires [rubrica] = Ante n;rl = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

[108] [10 DE JUNIO DE 1805.]

[Gobernador aprueba el cese de participaci6n de bejlgantes en la procesi6n de Corpus Christi.)

Uunta .

Municipal presente baberse agotado los fondos para sUfragar las obras que se est4n reallzando en La Puntllla.)

hace

(Mayordomo a infonnar lo ya invertido en la referida obra y de los caudales que quedan en el fondo de propios.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios diez dias del mes de junio de mil ochocientos cinco afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los senores alcaldes ordinarios Iicenciado don Santiago de los Rios y licenciado don Juan Antonio Mexia; el doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor; y don Miguel Davila, regidor, para tratar·y conferir las cosas que pertenecen al pro y util de la re-. publica. [f· 128 ] / Se recibi6 un oficio del senor capitan general, gobernador e intendente, con fecha de veinte y siete de mayo, en el que conviene se extinga como un abuso la practica de los bejigantes. Y se acord6: Se pase oficio a la Junta Municipal para los fines que Ia correspondan. Se recibi6 un oficio del senor presidente y vocales de la Junta Municipal haciendo presente que para pagar los gastos que esta sufriendo el fondo de propios en el terraplen de La Puntilla y asignaci6n de los presos destinados a estos trabajos no quedan ya caudales con que verificarlo en lo sucesivo, a fin que poniendolo en noticia del senor capitan general, gobernador e intendente, se acuerde lo mas conforme a Ia economfa de los propios en las circunstancias presentes. Y se acord6: Que el senor presidente d~ la Junta exija del mayordomo de propios una noticia crrcunstanciada del caudal que hasta ahora se haya invertido en este objeto y del que quede en el fondo ; y si estan o no pagados los salarios de los individuos que los dis-· frutan por sus respectivos empleos y demas atenciones, para con esta noticia poder acordar Io ,que corresponda en el primer cabildo.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se recibi6 otro oficio del caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante, de diez de junio corriente, haciendo presente que el esscribano de cabildo le ha dicho que ni es ni ha sido de su obligaci6n recoger los derechos que producen la visita de sanidad y que si lo habia hecho hasta el presente era por pura voluntad y que se lo avisaba. para que en lo sucesivo (f· mv. ]/los cobrase quien pudiera o quien quisiera. Y se acord6 : Que respecto a que este es un asunto propio del conocimiento del senor capitan general, gobernador e intendente, como presidente nato de la expresada Junta, ocurra a el, a cuio efecto se le devuelva la·esquela que acompaiia a su citado oficio y se le contexte. Los seiiores diputados de la funcion del Santisimo Corpus Christi expusieron que hasta ahora habfa sido uso y costumbre correr y costear los milicianos provinciales agregados al real cuerpo de artilleria la enrramada y altar que se situa en la esquina de la casa que fue del seiior dean doctor don Nicolas de Quinones, *hast* y que se excusan al presente asi por las circunstancias de la guerra como por lo mui recargados que se hallan con descuentos, por las circunstancias de la guerra, .que no les alcanza para estos gastos ni para otros de primera necesidad. Y sin embargo de que es demasiado corto el tiempo para dar las providencias competentes, se acord6 : Que siendo este un costo ordinario que corresponde a la ciudad, como la misma fiesta de Corpus, y que la excusa de los milicianos es lexitima, se pase oficio al seiior presidente y vocales de la Junta Municipal para que se sirva disponer que el mayordomo se encargue del altar segiln y como las circunstancias de lo corto del tiempo se lo permitan. (f· 129] / En este cabildo record6 el presente esscribano el expediente sobre gastos impendidos en la sala de audiencia y la carcel y cuarto del alcaide, pasado a informe del ayunUUniento en virtud de decreto de treinta de julio de ochocientos tres. Y se acord6: Que se *(evacue el informe)* pase el expediente al mayordomo de propios que fue don Eusebio Urquizu para que como que corri6 con estos gastos exiba los recibos de las partidas que se dicen pagadas ct>tno comprobantes de ellas, sin los cuales no puede procederse a evacuar el inform.e que se pide. >\' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original. •

159 (Escribano de cabildo hace presente al regidor don Jos6 S4nchez no es de su obligaci6n el recaudar los derechos de la visita de sanidad.J

[Gobern:ldor como presidente de la Junta de Sanidad a determinar sobre el particular.)

(Millclanos se excusan de costear la enrraniada y altar que acostumbraban proveer para la procesl6n de Corpus Christi.)

IJunta Municipal a ordenar al mayordomo se encargue de sufragar los costos del altar.]

(El ex-mayordomo don Eusebio Urquizu a suministrar los reclbos de las partidas invertldas en las obras efectuadas en la sala de audiencia, la c4rcel y en el cuarto del alcaide.]


160

ACTAS DEL CABILDO

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seii.ores, de que doy fee. Licenciado Rios [rubrica]. = Licenciado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] Davila [rubrica] = Ante mf = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

=

[109] [17 DE JUNIO DE 1805.]

[No se celebra ca· bildo por falt11 de qu6rum.J

En Puerto Rico, a los diez y siete dias del mes de junio de mil ochocientos cinco afios, habiendo concurrido a esta sala consistorial para [f· 129v. ] / celebrar cabildo los sefiores alcalde orclinario de segunda elecci6n y doctor don Jose Joaquin Coronado, regidor-alguacil mayor, no se pudo verificar a causa de la falta de no haber concurrido los vocales suficientes; con cuyo motivo se mando poner esta nota para su constancia; y Ia firmaron dichos sefiores, de que doy fee. ·= Licenciado Mexia [rubrica] = Coronado [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

=

[110] [8 DE JULIO DE 1805.]

[Escribnno de ca· bildo, don Gregorio Snndoval, soil· cita se babilite al

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho dfas del mes de julio de mil ochocientos cinco, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios licenciado don Santiago de los Rios y don Juan Antonio Mexia; el seiior don Jose Power, rexidor-alferez real; y el senor doctor don Jose Sanchez Bustamante, rexidor; y tambien el caballero sfndico procurador general, doctor don Francisco Pimentel, para conferir y tratar las cosas tocantes al P:fO· y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobern~­ dor, intendente y [f· 130]/capitan general, con fecha, de cinco del corriente, en el que se expone como el escribano de este cabildo, don Gregorio Sandoval, ha hecho instancia, por lo recargado que se halla con varios encargos y com.i-


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siones, para ,que se habilite al real don Manuel de Acosta; y que con fecha de tres se asesor6 la providencia de que se habilitase a don Manuel de Acosta para la concurrencia a cabildos ordinarios y extraordinarios, juntas municipales, visitas de sanidad y demas diligencias que se ofrezcan asi en los cabildos como en los juzgados ordinarios, mientras estuviere a cargo de Sandoval el desempeiio de la secretaria de gobiemo, guerra y marina, pasandose los correspondientes oficios y acumulandose dicha representazi6n al expediente sobre el remate del citado oficio de gobiemo y guerra y que se trasladase para noticia de los alcaldes ordinarios. Y se acord6: Que pase el expresado oficio al caballero sindico procurador general; y que para maior desempefio se suplique a su sefioria se sirva remitir copia de la instancia del escribano don Gregorio Sandoval; y que igualmente se pase oficio a los seiiores alcaldes ordinarios con testimonio del que envi6 su seiioria con fecha de cinco del presente, y se conteste. Tambien dio cuenta el senor alcalde ordinario de primera elecci6n del informe que tom6 sobre la conducta y aptitud de Juan Felix Silva; pretendiente a la vara de alguacil vacante por el retiro de Francisco Marchan. Y se acord6 por los votos del seiior alcalde ordinario de segunda elecci6n, lizenciado don Juan (f· J.JOv, ]/Antonio Mexia, y el caballero rexidor-alferez real, don Jose Power, que el titulo de alguacil lo despachase el caballero rexidor-alguacil mayor sin perjuicio de los derechos *(del uso )* y privilegios del cabildo; pero el caballero rexidor don Jose Sanchez Bustamante se separ6 diciendo que por ley y por costumbre antigua corresponde el libramiento de tal titulo al mismo ilustre ayuntamiento en su presidente. Se present6 un expediente a instancia de don Juan Miguel de Seulles con un documento frances traducido al espaiiol y decreto de su seiioria, de veinte y ocho de junio, en que se le permite el exercicio de la facultad de medico. Y se acord6 : Pasase a la vista del caballero sindico procurador general. Con lo que se concluy6 este cabildo, que finnaron los supradichos seiiores, de que· doy [sic]. = Licenciado Rios [robrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Power [rubri-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tacliado en el ori·

ginal.

n.

161 escrlbano real don Manuel de Acosta que dura.nte su ausencia act\le en cabildos ordinarlos y extraordinarlos, j u n t a s municlpales y visltas de sanidad, etcl!tera.J

para

(llegidor-algu a c i 1 IJUIYOr a despachar el tltulo de alguacil a favor_ -de Juan Fl!lix Silva.]

(Regidor don Josi! S4nchez Bustamante sostiene el Ubramiento de dicho tltulo corresponde al presidente del cabildo.J

[Se refieren al pro· curador general documentos presentados por Juan Miguel de Seulles que le permiten ejercitarSe como ml!dico.)


162

ACTA$ DEL CABILDO

ca] = Doctor Sanchez [rubrica] = Doctor Pimentel [ni· brica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

[111] [15 DE JULIO DE 1805.]

[No se celebra ca· blldo por falta de

qu6rum.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios quince dias del mes de julio de mil ochocientos cinco afios, para cclebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, se juntaron en esta sala consistorial el senor alcalde ordinario [f· lll]/de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero rexidor doctor don Jose Sanchez Bustamante; y el caballero sindico procurador general, doctor don Francisco Pimentel y no tuvo efecto a causa de no haber concurrido los demas sefiores y haberse excusado legitimamente el seiior alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios ; con cuyo motivo se retirart>n los antedichos sefiores, dadas que fueron las diez de la ma:iiana. Y para su constancia me mandaron lo pusiese por diligencia, como lo executo, la que firmaron, de que doy fe. = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez. [rubrica] = Doctor Pimentel [rubrica] = Ante mf = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

[112] [22 DE JULIO DE 1805.]

(No se celebra cabildo por falta de

qu6rum.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos dfas del mes de julio de mil ochocientos cinco, a efecto de celebrat cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurri6 a esta sala consistorial el caballero rexidor doctor don Jose Sanchez .Bustamante, dexando de concurrir los seiiores alcaldes ordinarios por haber avisado uno y otro hallarse enfermos sin serle posible su concurrencia. Y no: habiendo venido ninguno otro de Ios sefiores capitulares mand6 [1• 131v·]/dicho caballero rexidor lo pusiese por di· ligencia para su constancia, y se retir6, dadas que fuel'OJ\

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las diez de la maiiana, finnando dicba diligencia, de que doy fe. = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Manuel ile Acosta [rubrica], escribano real.

[113]

[29 DE JULIO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve clias del mes de julio de mil ochocientos cinco aiios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial su seiioria, el seiior teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, que Io presidenci6; el seiior alcalde ordinario de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia; el caballero rexidorfiel executor, don Miguel Ramirez; los caballeros rexidores, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power; .y el caballero sindico procurador general, doctor don ·Francisco Pimentel, para conferir y tratar las cosas t~tes al pro y util de la republica. Se .dio cuenta de un expediente remitido por la Junta Municjpal que comprende dos relaciones de gastos, con sus .coi:nprobantes, erogados en la asistencia y manutenzi6n de los virolentos en el degredo de Cangrejos y composizi6n de un cerrojo y llave para la cl.reel y otras menudenci~s en la sala consistorial. Visto dicho expediente con lo informado por la Junta Municipal se acord6: Aprobar los referidos gastos, [f· 132]/mandando que se devuelva el citado expediente con los comprobantes que incluye al mayordomo que fue de los propios don Eusebio Urquizu ·para queen la cuenta general que debe presentar por lo perteneciente a aquel tiempo obre los efectos .que haya lugar. . Se .dio cuenta de un memorial dirigido al seiior capitan general por don Eusebio Urquisu, pasado para informe a este ilustre cabildo, sobre reclamar el pronto despacho del expediente de cuentas que esta rindiendo y que se le permita pasar de su casa a Ia maestranza de artilleria de do;nde es individuo aunque en calidad de arrestado. Y se acord6: Pasase a informe de la Junta Municipal en Ia que pe~den las cuentas a .q~e se refiere este recurso.

(Junta Municipal remlte relaciones de los gastos . lncurridos en 'laasistencia y manutencl6n de Ios virolentos, arreglo de un cerrojo y Have en Ia c4rcel y de otras obras menudas reallzadas en la sala consistorl31. J l o s [Aprul!banse referidos gastos.J

tEl ex:-mnyordomo don Eusebio Urquizu solicita el pronto despacho de las cuentas de mayordomfa por l!l presentadas.J [Junta Municipal a informar sobre el particular.]


164

[Don Manuel Antonio Baerga solicita testimonio de escrito y auto oresentado p o r s u bisabueJo, y certlficaci6n de los empleos concejiles desempefiados por su abuelo y hermano.] [Se accede a la referida solicitud.]

(Don Ignacio Garcfa Salinas sollcita certificaci6n de haber desempeftado el oficio de alcalde de la Santa Hermandad durante los aflos de 1794 y 1795.) [Se provee para la d i c h a certificaci6n.J

(Gobernador remlte testimonio de la representacl6n hecha por don Gregorio Sandoval sobre habllltaci6n del escribano real don Manuel de Acosta.) (Se refiere al procurador general el aludido testimonlo.J

[Regldor-fiel ejecutor queda encargado con el fiel contraste para que reconozcan las balanzas de la carnicerfa, disponga el arreglo de las mlsmas asf como que se concluyan las medidas de fanega y media fanega que se ordenaron se bicieran.J

ACTA$ DEL CABILDO

Se dio cuenta de un memorial presentado por don Manuel Antonio Baerga pretendiendo se le mande entregar testimonio del escrito y auto presentado a este ilustre cabildo en su Libro Capitular por su bisabuelo don Juan Alonso Ramos, y certificazi6n del escribano, con vista de los libros, si su abuelo, don Vicente Ramos, fue rexidoralferez real propietario de este ilustre ayuntamiento hasta el aiio de setenta y siete, renunciandolo a favor de su majestad por los muchos anos en que se hallaba; e igualmente si don Sebastian de Baerga, hermano del recurrente, fue rexidor-fiel executor, y que se le entregase. Y se acord6: Como lo pide, compulsandose por el presente escribano. Se present6 don Ignacio Garcia Salinas, teniente a guerra de Guayama, solicitando testimonio de la elecci6n que fue hecha en [f· 132v.] / su persona de ale al de de la Sailta Herm.andad en el afio pasado de mil setecientos noventa y cuatro y reelecci6n de el de mil setecientos noventa y cinco, y certificazi6n de haber desempenado exactamente dicho oficio. Y se acord6 : Que se le diera la certificazi6n de Io que constare y fuese de dar. Se recibi6 un oficio del senor capitan general acompaii.ando testimonio de la representazi6n hecha por el escribano don Gregorio Sandoval para la habilitazi6n del presente a los cabildos ordinarios, extraordinarios, juntas municipales, de sanidad, y actuazi6n en los juzgados de los alcaldes ordinarios, para cuyo efecto se pas6 oficio a dicho senor capitan general para pasarlo a la vista del caballero sfndico procurador general que para representar pidi6. Se acord6: Por recibido el testimonio, pase al caballero sfndico personero publico en cuyo poder obran los antece- · dentes. En este mismo cabildo se trat6 del arreglo de pesos prevenido en los anteriores y especialmente de la composizi6n de las balanzas de la carniceria que se hallaren desarregladas, a fin de evitar al publico los fraudes que se recelan en el peso por menor de la came. Y se acord6: Que continue el caballero rexidor-fiel executor en el en~ cargo que se le tiene hecho sobre el particular y que en su virtud, en esta propia tarde, pase con el fiel costraste a practicar el mas prolijo y exacto reconocimiento (f· 2»]/ de dichas balanzas, disponiendo, desde luego, la composici6n y arreglo que necesitaren y que se concluyan las cruzes y tasas y las medidas de fanega y media fanega que igualmente estan mandadas hacer, dando cuenta de las


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resultas en el cabildo pr6ximo para acordar sobre el particular lo demas que se contemple necesario. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos senores, de que doy fe. Ynguanzo [rubrica] = Licenciado Jl.1exia [rubrica] = Ramires [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] = Doctor Pimentel [rubrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

=

[114] [S DE AGOSTO DE 1805.]

Nota. Que habiendo concurrido a esta sala consistorial el senor teniente gobernador; el senor alcalde ordinario licenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico proctirador general para celebrar cabildo ordinario con motivo de no haber concurrido los caballe-[f· 133v.]/ros regidores en nilmero suficiente para el efec~o y siendo pasada la hora de las nueve y tres cuartos de la mafiana, mand6 su seiioria poner esta nota a fin de que constara a los fines convenientes. Puerto Rico, cinco de agosto de mil ochocientos cinco, de que doy fee. '= Entre renglones, y tres cuartos, vale. Y que se diera cuenta al senor gobernador, intendente y capitan general, habiendose encargado de hacerlo el senor teniente de gobern.ador; y firmaron, de que doy fee. ·= Ynguanzo [rubrica] = Licenciado Mexia [n1brica] = Doctor Pimentel [rubrica] = Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

[115] [12 DE AGOSTO DE 1805.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de agosto de ochocientos y cinco afios, para celebrar cabildo ordi~Mi.o, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a ~ta, sala consistorial los seiiores teniente gobemador, auditor de guerra; licenciado don Santiago de los Rios y licenciado don Juan Antonio Mexia, alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n; don Miguel Ramirez de Arellano,

mu

(No se celebra cabildo p0r falta de competente m1mero de regidores.)


166

(Se notifica estar arreglada la romana de la carnicerfa.]

[Notiffcase e s t a r concluldas dos cruces de hierro con sus platos de cobre para el repeso en la carnlcerla.J

(Construldas 1 a s medidas de fanega media fanega.J

y

(Se presentan las marcas para los pesos y medidas y se provee para la entrega de pesos y medidas al regidorfiel ejecutor .]

[Que se continue el arreglo de las balanzas y pesoi. CIC la carnicerfa.J

(Don Jos~ Bernab~ Moreno, cirujano romancista, se queja de que sus recetas no son ad· mitldas en la boti· ca del Real Hospi· tal.J

ACTA$ DEL c_ABILDO

regidor-fiel executor; doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidor; y doctor don Francisco Pimentel, sindico procurador (f· 134] / general, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo dio cuenta el caballero regidor-fiel executor de estar ya arreglada la romana que sirve para el peso de la came en la carniceria y que el maestro Juan Racamonde, que la compuso, exigia treinta pesos por su trabajo. Otro. [sic]. Otro, del propio modo que estaban concluidas dos cruces de fierro con sus platos de cobre correspondientes, con el objeto de que sirvan para el repeso, cuyos costos, segU.n los recibos de los maestros Juan Blardone y Tomas Erazo, ascendieron a catorce pesos, tres reales y medio. Tambien se dio cuenta por el propio caballero regidor de estar construidas y corrientes las medidas de fanega y media fanega, con dos exemplares de cada especie, y su costo treinta y seis pesos, con sus palos raceros, segiln la cuenta del maestro carpintero Pedro Ignacio Barquilla. lgualmente, present6 las marcas que se encargaron al contraste para los pesos y medidas, de las cuales un exemplar que se compone de las letras C y N se mand6 entregar con otro de fanega, media fanega, almud y medio almud, cuartillo y medio cuartillo, y un patr6n de vara de media al dicho caballero regidor-fiel executor para que arreglara el repeso y demas [f· 134v·]/ funciones anexas a su oficio,·formandose previamente inventario de todos los pesos y medidas que existian antes y se ban mandado construir de nuevo para su constancia en todo tiempo; a cuio fin dejara recibo dicho caballero regidcr de las que se le mandan entregar; y que se continue el arreglo de las balanzas y pesos de la carniceria para evitar los perjuicios que se ban enunciado en los acuerdos anteriores, pagandose todos los costos expresados del fondo de propios, a cuio efecto se librara al mayordomo la orden competente; poniendose en noticia del senor gobernador, intendente, este acuerdo que servira de contextaci6n a su oficio de diez y ocho de junio. Se dio cuenta de la representaci6n de don Jose Bernabe Moreno, que hizo al senor gobernador, intendente y capitan general, y este pas6 a informe del ayuntam.iento, sobre no adm.itirse sus recetas en la botica del Real Hospital de esta plaza, Unica que hay en ella. Y hecho cargo el cabildo· del expediente que acompafi.6 a dicha representazi6n para· acreditar que fue examinado y aprobado de cirujaµo ro-;


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mancista por el Tribunal del Proto Medicato de la Habana y con presencia de su informe de doce de mayo de mil ochocientos sobre el mismo expediente acord6 : Que mediante a que la suspensi6n de las recetas del referido don Jose Bernabe Moreno habra dimanado tal vez de no haber presentado el titulo de tal cirujano [f· 135 ] / con el sello de aquel tribunal y otras solemnidades que entonces se echaron de menos; y teniendo tambien presente la dilaci6n que se experimenta en la correspondencia de la Habana de algunos afios a esta parte, ya por las circunstancias de la guerra y ya por la nueva planta de los correos, se informe a dicho senor gobernador, intendente y capitan general, que le parece mui justo que por el tiempo que dure aquella y seis meses mas continue el mencionado don Jose Bernabe Moreno en el exercio [sic] libre de su oficio de cirujano romancista, y que como tal se despachen sus recetas en la botica, previniendosele que si dentro del termino seiialado no presenta el titulo en la conformidad que se le mand6, en la acta citada de doce de mayo de mil ochocientos, se le suspendera de dicho oficio sin que pueda exercerlo de modo alguno. . se·present6 el doctor don Francisco de Torres Feliciano solicitando un atextado de que fue electo sfndico procurador .Personero en este muy ilustre cabildo en el aiio de mil ochoeientos cuatro, y que desempeii.6 este encargo con exactitud, representando con entereza lo conducente y cumpliendo con la misma la comisi6n que se le cometi6 para la perpetuidad del fluido vacuno. Y se acord6: Que se le diera por el presente esscribano certi-[f· 135v. ]/ficaci6n relativa al nombramiento y posesi6n del nominado encargo por el afio pr6ximo anterior. .Y por ser la una de la tarde, se concluy6 este cabildo, quefirmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Ynguanzo [rU.brica] = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] ·= Ramires [rubrica] = Doctor Sanchez [ruhrica] = Doctor Pimentel [rubrica] = Ante mi = Gregorio; S~ndoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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IA informarse al gobemador que es muy justo que don Jose Bernabe Moreno contimle en su eferclclo de cirujano romancista y quc sus recetaS sean despachadas en la botica.] (Se le previene al aludldo ciruf a n o presente su titulo profeslonal.J

(Don Francisco de Torres Felicl a n o solicita ateStado de que desempefi6 el oficlo de procurador general en 1804, y que lo ejerclt6 a cabaUtra11.J [Proveese para. el aludldo atestado.J


168

ACTA$ DEL CABILDO

[116]

[19 DE AGOSTO DE 1805.]

[Cabildo accede a que don Juan Miguel Desoulles eferza su profesidn de m.idlco.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios diez y nueve dias del mes de agosto de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores licenciado don Santiago de Ios Rios y licenciado don Juan Antonio Mexia, alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n; don Jose Power, regidor-alferez real; doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores; y el doctor don Francisco Pi-(f· 136 ]/mentel, procurador sindico general, para tratar y conferir los asuntos tocantes al pro y util de Ia republica. En este estado entr6 en esta sala don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor. En este cabildo se ha leido la representaci6n del caballero sinclico procurador general sobre el merito de los documentos exibidos por don Juan Miguel Desoulles, ~mi­ grado de la isla de Santo Domingo, sobre permiso que se le ha concedido por el gobierno e intendencia, en veinte y ocho de junio Ultimo, para el exercicio de su profesi6n medica; y aunque conviene en que dichos documentos no son academicos, como se explica fundamentalmente el dicho caballero procurador general, ni ban tocado a la aprobaci6n de alg11n tribunal competente, con todo, atendiendo al permiso de su seiioria, de antemano conceclido, a la necesidad publica por no hallarse en esta ciudad sino -Uil profesor s6lo titulado de medicina y a la probabilidad que incluyen los mencionados documentos como expedidos por inclividuos ,que tienen cargo del imperio £ranees en la colonia de Santo Domingo, por su parte este cabildo accede por ahora y entretanto que don Juan Miguel procura obtener del soberano la carta de naturaleza e incorporaci6n de [f· 136v·]/ sus estuclios y grados en alguna de nuestras"universidades aprobadas como igualmente Ia habilitaci6n de alg11n Real Proto-Medicato, tomandose raz6n de dichos documentos y devolviendosele los originales para los fines que puedan convenirle. Con lo que se conclui6 este cabildo, que firm.aron sus se:fiorias, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] =Power [rubrica] == Ramires

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[nibrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power {rubrica] = Doctor Pimentel [rubrica] == Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

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[117] (26 DE AGOSTO DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dias del mes de agosto de mil ochocientos cinco afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, para tratar y conferir los asuntos tocantes al pro y util de la republica, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores alcaldes ordinarios de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; de segundo, lizenciado [f· 137 ] / don Juan Antonio Mexia; el caballero rexidor-fiel executor, don Miguel Ramirez; y el caballero rexidor don Jose Davila. En este cabildo se ley6 una representazi6n del doctor don Francisco Oller acompafiando el memorial en que solicit6 se le admitiese a exercer su profesi6n de medico y cirujano en esta ciudad, a que recay6 el correspondiente perm.iso en diez y siete de julio de mil setecientos noventa [Doctor don Frany dos; y pide que con arreglo al citado docllm.ento se le cisco Oller solicita c e r t i flcacidn-tfe certifique, por triplicado, baber exercido la facultad me- haber desempedado su profesi6n m~ dica con zelo, pericia y buen desempeii.o. Y se acord6: Que dJca cabalmente.J se le provea por el presente escribano la certificazi6n, por la retriplicado, comprendiendose en ella como el cabildo ba- f(Ae rproveerse i d a certlflcaciendo reflecci6n con los que ban exercido la judicatura no cl6n.J consta se balla dado queja en sus juzgados contra este profesor, devolviendosele los documentos para los fines que le convengan. (Representaci6n de ·Igualmente, se ley6 una representazi6n de Antonio Mon- Antonio Monserraserrate expresando los daii.os que recibe su casa por el co- te seiialando los daflos que recibe rral · de la carneceria, respecto a la poca seguridad de la su casa del corral de la carniceria.J puena de este, aii.adiendo que se cometen de noche varios des6rdenes e indecencias. Y se acord6: Se entregue la re[Comlsi6n al regipresent8zi6n al caballero ·rexidor-fiel executor, don Miguel dor-fiel eiec u t o r Ramfrez, para que enterado de la verdad de todo provea sobre el aludido particular.] con su prudencia la mayor seguridad, y si necesitase algunos gastos se le amplfa la facultad para que se entienda con el mayordomo de propios, sirviendole esta orden de competente libramiento.


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ACTAS DEL CABILDO

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Con lo [f· v. ] / que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos seiiores, de .que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] =Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] = Ante mi Manuel de Acosta [rubrica], escribano real. 137

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[118]

[26 DE AGOSTO DE 1805.]

(El cx-mayordomo don Eusebio Urqul· zu se traslada a la maestranza.J

[Junta Municipal en cspera de que el aludido ex·mayordomo presente las cuentas correspondientcs a 1803 y 1804.)

Habiendose dado cuenta por el presente escribano del informe pendiente que dio la Junta Municipal sobre la libertad de don Eusebio Urquizu y considerando la urgen· cia de este asunto que no se ha podido tratar en los anteriores, se tuvo por conveniente abrir de comlin acuerd~ el cabildo y en el se acord6 : Que le parece muy justa la salida de don Eusebio Urquizu de su casa para la maesn:anza, ya para que el rey no pierda su servicio ya para que ·su salud no se deteriore mas con el aumento de los habituales achaques. . E igualmente que se exponga a su seiioria como·e~das cuentas no ha habido demora alguna porque la Junta .Mu· nicipal, segUn. su informe de primero del corriente, uene, en medio de· sus otros negocios, examinadas las cuentas de el degrego del presente aiio y tambien las generales pertenecientes al aiio de ochocientos dos y se halla esperando [f· 138] / las de ochocientos tres y ochocientos cuatro para examinarlas todas, porque encontrando diversos reparos que dependen tal vez de las sucesivas no puede aprobar cada una por separado ni continuar con su deber sin q~e todas esten a la vista; lo que se ha mandado a don Eµsebio y todavia no ha cumplido. Participandose esto mismo !1 ~u sefioria en el infonne pedido en veinte y nueve de Julio Ultimo. , \' Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron · sus sefi.orias, de que doy fe. = Licenciado Rios [rubrica] :Licenciado Mexia [.rubrica] =Ramires [rubrica] =Davila [rubrica] · Ante mi Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

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[119] [2 DE SEPTIEMBRE DE 1805.) En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los dos dias del mes de septiembre de mil ochocientos cinco afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, se juntaron en esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios ; y los seii.ores rexidores don Miguel Ramirez, fiel executor; don Jose Davila, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Miguel Davila para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de [I· l311v. ] / la republica. En este cabildo se despach6 el informe pedido por el tribunal de gobierno, en primero de julio del presente aiio, a. conseeuencia de otro que libr6 el a~tamiento d~ la (Sobre cesi6n de villa de .Coamo en el expediente promov1do por los vezmos terrenos para lorelevo o disdel p~ido de Juana Diaz, quexandose de que no podian grar mlnucl6n en la pesoportar la pesa por los · terrenos a causa de su inutilidad sa. J Ycediendolo a beneficio de su majestad. Y se acord6: Que de modo alguno era admisible la cesi6n ni tampoco disminufr la contribuzi6n asignada por terrenos mientras no SP reforme el repartimiento con la justa proporci6n a la calidad de ellos, como lo determino este cabildo y aprob6 el seiior gobernador, intendente y capitan general. Tambien se ley6 una representazi6n de don Eusebio {El ex-mayordom~ UrqUizu pidiendo el expediente en que fue comisionado el don Eusebio Urqu1varlos difunto caballero rexidor doctor don Jose Joaquin Coro- ezux psolicita e d i entes de nado, las cuentas de gastos menudos del aiio de mil ocho- cuentas.I cientos cuatro presentadas al caballero rexidor don Jose Davila Y la del suplemento hecho para el convite del actual senor gobernador y el recibo del sueldo del escribano de cabildo perteneciente al aii.o pasado. Y se acord6: Se le entreguen los expedientes enunciados, participandose al caballero rexidor don Jose Davila Io que le comprende y haciendose saber al escribano originario entregue el recibo al mayordomo. Se recibi6 un oficio del senor gobemador, intendente y capitan general, su fecha, veinte y ocho de agosto Ultimo, en el que advirtiendo que los dos alcaldes de barrios Juan Suaso y Santiago Rixos habian cumplido solamente con sus padrones de almas, faltando en esto los otros dos al- [Alcaldes de baJuan Suazo y caldes de barrio, dispone que lo verifiquen inmediatamente rrio Santiago Rilos a


172 formar el padrdn de almas de los otros dos barrios.)

ACTA$ DEL CABILDO

u otros en su lugar. [f· 139] / Se acord6: Que por estar ausentes don Francisco Reyna y Jose Casuela procedan por ellos y a su costa los dos alcaldes que han cumplido, y que se conteste. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron ~os supraclichos sefiores, de que cloy fee. = Licenciado Rws [rubrica] = Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] Davila [rubrica] ·= Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

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[120] [9 DE SEPTIEMBRE DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dias de septiembre. de mil ochocientos cinco aii.os, para celebrar cabildo ordina. rio, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios lizenciado 4Qn Santiago de los Rios, de primer voto ; lizenciado don Juan Antonio Mexia, de segundo ; los caballeros rexidorc:s don Miguel Ramirez, fiel executor; y doctor don Jose Sanchez Bustamante para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se conferenci6 sobre el modo con que hasta ahora han hecho los entierros de los caballeros capi· tulares que han fallecido, sin ninguna demostrazi6n parti· cular de su cuerpo de ayuntamiento ni tampoco en sus honrras o ex.equias como parece regular. Y se acord6: (f· 139v·]/ Que asi como todos los cuerpos procuran dar un testimonio solemne, aun al tiempo de Ia muerte, del aprecio que Ies han merecido en vida Ios demas individuos, acompafiandoles con el posible decoro y uni6n hasta el s~, pulcro, ha tenido por conveniente este cabildo disponerlo en favor de sus individuos por Ia presente acta reducida a (Disposiciones concernientes a las los artfculos siguientes : honras y exequias de Jos capitulares.J

Aprobado.

1.0 Que hallandose cualquiera capitular enfermo Y pre· venido por el facultativo que le asista para que se disponga a recibir el Santisimo Viatico, tendran especial cuidado en SU casa de avisar al caballero rexidor decano para que es~e1 por medio de! portero, cite a todos, para hora determina~~· a .que concUITan a la casa del paciente o a la Santa Igle~1a , '


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Catedral para acompaiiar a Su Majestad, con uniforme rigoroso; y siendo de la obligazi6n de cada uno costear hacha de cera, en la manera mas decente, guardandose igualdad en peso y hechura. 2.0 Que si se agravase y fuese necesario administrarle el Santisimo Oleo, se practicara igual diligencia de aviso al caballero rexidor decano para que cite al senor alcalde de segundo voto y los dos rexidores mas modernos para Suprimldo. que con uniforme y hachas concurran a este acto, lo que debe. entenderse si el tiempo diese lugar a ello. 0 3. Lo mismo se practicara para con las mujeres e hijos solteros de los capitulares. 0 4. Si llegase el caso de fallecer cualquiera de los expresados individuos se citara por el caballero decano para que el cabildo acompaiie, con mazas, al cadaver desde su Aprobado. casa hasta el templo en que hubiese de [f· 140] / darsele sepultura, y en donde estaran las bancas a prevenzi6n. .S.° Con igual ceremonia concurrira el cabildo a las honrras el dia que se celebren. Aprobado • 0 . · 6. .. ~ cadaver del senor gobernador, intendente y cap1t8n general, asistiran dos capitulares que nombrara el decano para que, con Ios oficiales que tambien se destina- Modiflcado. ren~ le conduzcan al templo, y por la representazi6n que tiene 0 el cabildo de la capital ocuparan el principal lugar. Debe entenderse . ?. Al cadaver del senor auditor de guerra conduciran con el tenlente gocuatro capitulares e igual nUm.ero sera para con los demas bernador. -· ·· individuos del cabildo, sus mujeres e hijos solteros. 0 8. Si el capitular fuere militar asistiran dos individuos y otros dos de su cuerpo, con la advertencia de que Modificado. a la cabecera iran un capitular y un military la misma forma0 se guardara para los pies. 9. El capitular se enterrara precisamente con su uniModiflcado. forme sin que en esto pueda hacerse variazi6n. 10~° Como el cabildo se propone dar en estas crlticas circunstancias una distinguida prueba de su amor a las personas que ban servido a la republica, desde luego, en- Aprobado. carga a cada uno de ellos elijan entre sus albaceas al capitular que fuese de su maior confianza y satisfacci6n para que desempene o contribuya a desempenar los negocios de la testamentaria para mayor consuelo de la viuda o hijos, y .el nombrado no podra excusarse. 11.0 Que Din.gWi abogado que fuere capitular pueda Habiendo otros tomar la defensa de acreedor contra los bienes del difunto abogados expedl· a n;ienos que el acreedor no sea de su familia. (f· t40v. ] / tos. ~


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Modificado.

Aprobado.

(Prov~ese para que se formen Jos padrones que faltan de propietarios de casas.J

ACTAS DEL CABILDO

12.0 Que por la representazi6n que todo cabildo de ciudad capital tiene reuniendo en si el concepto respetable de la provincia cuando el capitular fuere militar le acom.. pane junto al cadaver con preferencia a la tropa destinada para hacerle los honores de su graduazi6n. 13.0 Que para el escribano concurran tanto al entierro como a las honrras todos los capitulares, aunque sin mazas. · 14.0 Que aprobada esta acta se digne su sefioria mandar pasar orden a los cuerpos militares con incluzi6n de los articulos seis, ocho y doze, para evitar competencias en los casos que ocurran. Tambien se recibi6 un oficio de su sefioria, el seiior gobernador, intendente y capitan general, su fecha, treinta de agosto, en que dispone que con la maior brevedad se formen las padrones que faltan de los propietarios de las casas para el establecimiento de carros que puedan recoger la basura del vezindario, se acord6: Se haga saber a Juan Vivas arregle el correspondiente a su barrio, con expresi6n de sus nombres y el de los duefios de las casa,s sin omitir los apellidos, haciendo lo mismo por el barrio· que corresponde al alcalde Jose Cazuelas. ·. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmarqn sus seiiorias, de que doy fe. = Licenciado Rios [rubrica]' = Licenciado Mexia [rubrica] = Ramires [rubrica] = .Doctor Sanchez [rubrica] ·= Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

[121] [16 DE SEPTIEMBRE DE 1805.] En [f· 141 ] / la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dfas ·del mes de septiembre de mil ochocientos cinco, para efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, se juntaron en esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinarios de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; los caballeros rexidores don Miguel Davila y doctor don Jose Sanchez Bustamante para tratar y conferir :1as. cosas tocantes al pro y util de la republica. . En este cabildo se present6 un memorial del doct<>r don Francisco de Torres Feliciano, su fecha, doze del corriente..


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en el que expone al seiior gobernador, intendente y capitan general, por via de quexa contra el escribano don Gregorio Sandoval sobre no haber cumplido este en mas de un mes con el testimonio de la acta de elecciones del aiio de ochocientos cuatro, que se le mand6 dar en doze de agosto Ulti· mo, con cuyo motivo la pas6 su seiioria a informe de este cabildo. Y se acord6: Que para evacuar el dicho informe certificara el escribano propietario de cabildo por que no ha cumplido con el acta de doze de agosto Ultimo relativa para que a esta parte se le diese certificazi6n del nombramiento y posezi6n de sindico procurador general. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos seiiores, de que doy fe. = Licenciado Rios [rubrica] =Davila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrical =Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

175 IM.emorial de queia que contra el escribano de cabil· do, don Gregorio Sandoval, presenta el doctor don Francisco de Torres Feliciano.] (Don Gregorio San· doval a explicar porque no sumi· nistr6 la certlfica· ci6n de nombramiento y posesi6n de rocurador genera requerida por el d<fctor don Francisco de Torres Feliciano.)

(122] [23 DE SEPTIEMBRE DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes de septiembre de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcalde ordinario licenciado don Santiago de los Rios; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; y doctor don Jose Hermenegildo Sanchez, regidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se tuvo presente la certificaci6n dada por el esscribano de cabildo en consecuencia de lo que se le mand6, por decreto de diez y seis del corriente, a Ia solicitud hecha por el doctor don Francisco de Torres Feliciano sobre el retardo que experimentaba en la daci6n de la certificazi6n que, con fecha de doce de agosto Ultimo, se le mando librar sobre su elecci6n y nombramiento de sfndico procurador general y de habersele dado posesi6n. Y se acord6: Informar al seiior gobernador, intendente y capitan general : Que el cabildo tiene por mui justos y fundados los motivos que expresa Ia certificaci6n dada por el esscribano de cabildo para no haberse despachado al doctor don Francisco de Torres Feliciano, con la brevedad que este exigia, el atextado de su nombramiento y posesi6n

(El escribano de cablldo expide la cert1ficaci6n requerida por el doctor don Francisco de Torres Feliciano y explica los motivos de su dilaci6n en darla.J

(Informe al gobernador sobre que la certificacl6n atudida ha sido ya ex· pedida.J


ACTAS DEL CABILDO

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el encargo de sindico procurador general, conforme se acord6 en la acta de doce de agosto; y habiendosele despachado ya cesa todo motivo para recurso. Se pas6 a informe de este cabildo, por auto del tribitnal de gobiemo, su fecha, siete del corriente, un pedimento de don Carlos Martinez, maestro de primeras letras de esta [Cabildo a informar sobre pedimenciudad, expresando el grande abuso de muchos maestros to de don Carlos Mardnez: en que intrusos con perjuicio grave del publico y dafio notable al delatar la presencia de "maesdel que representa, concluyendo se manden cerrar inmetros in trusos" solici ta se decrete el diatamente las escuelas del sargento retirado de artillerfa clerre de las esFrancisco Abres y del soldado Valeriano de San Millan. cuelas establecldas por Francisco Y se acord6: Que para evacuar el informe pedido se renueAbres y Valeriano de San MU14n.) ven los edictos convocando a la oposici6n de la escuela [Provt!ese para que vacante por fallecim.iento de don Victoriano de Aldea, en se renueven los edictos convocando la forma prevenida en la acta de primero de abril Ultimo, a los interesados en una plaza de pues de sus resultas se dictaran las medidas mas adecuadas maestro y de lo que resulte de ello o para la tolerancia de estos dos maestros o para su exel cablldo podrd. detennlnar sobre tinci6n. tolerancia o extln· ci6n de las antes lgualmente, se examin6 la cuenta exibida por Juan aludidas escuelas.) Blandone para que se le abonen trece pesos por el material (Se presentan las cuentas de gastos y trabajo de cuatro platos de cobre para los pesos; y, seincurridos en la hP.chura de cuatro guidamente, la de Antonio Patoni, con importe de quince platos de cobre y dos cruces para los por las dos cruces de los pesos; acompaiiando el pesos, pesos; y se provee para el pago· de las primero un memorial, su fecha, veinte y ocho de agosto mismas.) Ultimo, en que insta por el cobro de los cua-['· i42v. ]/renta pesos en que estim6 la composici6n 'de los dos calderas de la real carzel. Y se acord6 : Se pase orden al mayordomo de propios para que efectue estos pagos. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seii.orias, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] Ramires [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[123]

[30 DE SEPTIEMBRE DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta dias del mes de septiembre de mil ocbocientos cinco aii.os, para celebrar cabildo ordinario se juntaron en esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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...

de Ios Rios; y los seiiores rexidores don Miguel Davila y doctor don Jose Sanchez Bustamante para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se present6 el ministro de vara Jose Albaradejo exponiendo como en la maiiana de ayer, veinte y nueve, hallandose cobrando la contribuzi6n de estilo en los puestos de la plaza, que esta destinada para el alimento de los pobres de Ia carcel, por disposizi6n del seiior gobernador, intendente y capitan general, .que fue de esta plaza, don Ramon de Castro, y [f· 143 ] / con conocimiento del actual seiior gobernador y capitan general, mariscal de campo, don Toribio Montes, le impidi6 la cobranza un sargento segundo de granaderos del Reximiento Fixo, llamado Baltazar Torres, que a Ia saz6n se hallaba de guardia en el principal; y aunque el ministro le hizo presente, con mucha atenzi6n, que procedia de orden superior, manifestando el nombre de su seiioria, Iexos de contenerse aument6 su atrevimiento hasta amenazarle con golpez, y por no empeiiar un lanze se retir6 de la plaza abandonando la cobranza hasta que se ponga el debido remedio. Y considerando el cabildo que este atrevimiento a las 6rdenes de su seiioria, al ministro que las executa y al perjuicio que infiere, privando a Ios pobres encarcelados de su alimento, es digno de Ia mayor atenzi6n para que se aplique el correspondiente remedio, con presencia tambien de lo que a:iiadi6 el mismo ministro que ahora cuatro meses fue arrestado en el calabozo del principal por el oficial de guardia,' teniente de granaderos del Regimiento Fixo, don Sebastian de Arroyo, sin otro fundamento que el de estar a la puerta del panadero Basilio Ylarraza cumpliendo con las 6rdenes del gobiemo en zelar no tomasen pan Ios soldados, acord6: Se remita testimonio a su seii.oria de esta acta para que tome la providencia que fuese de su agrado contra Baltazar de Torres, capaz de contener a los demas de su clase y otros del fuero militar *para* que. no usurpen funciones que no les competen, que por ser de mera policia lexos de tener autoridad en ella deben prestar la ciega subordinazi6n por ser asi Ia voluntad del soberano. [I· ·143v, ] /

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias arriba dichos, de que doy fe. = Entre renglones. * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original. 12.

(Alguacil Jos.S Albaradejo hace presente afrenta que le hiclera el sargento Baltazar Torres mlentras se desempeiiaba en la cobranza de cierta contribucl6n asi como la que recibiera del teniente de gnmaderos don Sebastian de Arro-

yo.)

(A remitirse al sobernador testimonfo de esta 11cta 11 Ios efectos que tome acci6n respecto a Baltazar de Torres.)


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ACTAS DEL CABILDO

= del Reximiento Fixo = de esta acta. Enmendado = Testimonio, vale. = Licenciado Rios [rubrica] = Davila [rU.brica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Ma· nuel de Acosta [rubrica], escribano real. [124] [7 DE OCTUBRE DE 1805.]

(Se notiflca 1a muerte del regidor alguacll mayor doctor don Jos6 Joa, qufn Coronado y se sollcl ta se designe qulen habr4 de reemplazarlo en la dlputaci6n para entender en un recurso de apelaci6n c on t r a Santiago Parodi.]

(Regidor Jos6 sruichez Bustama n t e deslgnado para ac· tuar como diputado en la aludida apelaci6n.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete dias del mes de octubre de mil ochocientos cinco anos, para celebrar cabildo ordinario se juntaron en esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de Ios Rfos; los caballeros rexidores don Miguel Ramirez de Arellano, fiel executor, don Miguel Davila y el doctor don Jose Sanchez Bustamante; dexando de concurrir el senor alcalde ordinario de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia, por hallarse ocupado en asuntos de justicia, para conferir y tratar las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se hizo presente por don Juan Fuerte haber fallecido el caballero rexidor doctor don Jose Joa· quin Coronado, uno de los conjuezes que se nombraron, por decreto de veinte y ocho de enero de este aiio, para seguir y sustanciar el recurso de apelazi6n, interpuesto al mismo ilustre ayuntamiento, en Ia demanda contra San· tiago Parodi sobre cobro de doscientos veinte y cinco pesos procedentes de la venta que este hizo a aquel de una negra nombrada Simona, por via de redibitoria, [f· 144 ] / para que se procediera al nombramiento de otro conjuez a fin de progresar la causa. Y se acord6 : La subrrogazi6n en el caballero rexidor doctor don Jose Sanchez Bustamante, haciendose saber. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron las su!'ra.dichos sefi.ores, de que doy fe. Licenciado Rios [rubnca] ·= Ramires [rU.brica] = Davila [rubrica] Doctor Sanchez {rubrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

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[125]

[ 15 DE OCTUBRE DE 1805.]

..

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quinze dias del mes de octubre de mil ochocientos cinco afios, para celebrar cabildo ordinario se juntaron esta [sic] sala consistorial el seiior alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; don Miguel Ramirez de Arellano, rexidor-fiel executor; y el caballero rexidor doctor don Jose Sanchez Bustamante; dexando de concurrir el senor alcalde de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia, por hallarse ocupado en asuntos de justicia, para tratar y conferir los asuntos tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del caballero rexidor don Jose Sanchez de Bustamante, con la fecha de [sic] prefijado dia, en el que devuelve las cuentas presentadas por el difunto caballero rexidor-alguacil, [f· 144v. ] / doctor don Jose Joaquin Coronado, para cuyo examen y reconocimiento fue comisionado, exponiendo no deber continuar a causa de concurrir la incompatibilidad de ser su lexitimo hermano, el presbitero don Antonio Sanchez, nombrado albacea testamentario del mencionado difunto. Y pareciendo muy racional y honesta semejante excusa acord6 : Se transfiera la comizi6n al senor alcalde de segundo voto y rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia, a cuyo fin se le pasara el respectivo expediente con la debida participazi6n. Tambien el caballero rexidor-fiel executor, don Miguel Ramirez, hizo presente un recibo de Juan Racamonde, con la fecha de este dia, su importe, treinta pesos, de una cruz del peso que ha construido con sus dados de acero para el servicio de la carneceria. Y se acord6 : Se de orden al mayordomo de propios para el abono de los treinta pesos, lo~ que entregara al expresado caballero fiel executor para su pago a Racamonde, devolviendose el recibo para el debido USO. lgualmente, se recibieron dos oficios del seiior gobernador y capita.n general; uno, de siete, y otro, de diez del corriente; aquel sobre las modificaciones hechas a la Acta de Bxequias; y el otro, sobre la quexa del ministro de vara y sus resultas. Y se acord6 : Se reservasen ambos para el cabildo pr6ximo.

(Por incornpatibilldnd que signlfica el regidor don Jose S4nchez Bustamante renuncia la comisi6n para exam!nar cuentas del di- · funto alguacil mayor.) (Aludida comlsl6n queda encargada al alcalde de segundo voto, don Juan Antonio Mejia.)

(Provo!ese para el pago de una cruz y dados de acero para el peso de la carniceria. (

(Se reciben oficios del gobernador sobre modificaciones a la Acta de Exequias y sobre quela del alguacil Joso! Albaradejo.J


ACTA$ DEL CABILDO

180

Con lo ,que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos sefiores, de que doy fe. = Licenciado Rios [nibrica] = Ramires [rubrica] = Doctor Sanchez [n1brica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real. [f· 145]/

[126]

[21 DE OCTUBRE DE 1805.]

[Nombramiento de dJputados para entender en apelacldn interpuesta por Jos~ Delgado.)

;

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[Se aprueban las cuentas de sastos del degredo de viruelas.J

[A remitirse al gobernador el padrdn de almas del barrio de San Francisco.)

- En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y un clias del mes de octubre de mil ochocientos cinco, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y de segundo, lizenciado don Juan Antonio Mexia; y los sefi.ores rexidores don Miguel Davila y doctor don Jose Sanchez Bustamante para conferir y tratar las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se present6 un escrito por don Jose Delgado en el pleito que sigue con Eugenia de Alberio sobre un caballo que dice ser de su propiedad el dicho Delgado, y ha venido por apelazi6n interpuesta. Y se acord6: El nombramiento de conjuezes en los caballeros rexidores don Miguel Ramirez de Arellano y doctor don Jose Sanchez Bustamante, mandandose se le pasasen los autos, haciendose saber. Igualmente, se dio cuenta por el escribano de las dadas por el mayordomo que fue de propios don Eusebio Valentin de Urquizu de los gastos ocurridos en el degredo de viruelas del presente afio. Y se acord6 : Su aprobazi6n, mandandoselas entregar. Asimismo, se dio cuenta por Santiago Rixos, alcalde de barrio, del padr6n perteneciente al de San Francisco. Y ~e acord6: Se remita a su sefiorfa, el senor gobemador, mtendente y capitan general, con el correspondiente oficio. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron [ 1· 14 Sv·]/ los supradichos sefiores, de que doy fe. = Licendiado Rios [n1brica] = Licenciado Mexia [rubrica] == Davila [n1brica] Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Ma:" nuel de Acosta [n1brica], escribano real.

=

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181

[127] [29 DE OCTUBRE DE 1805.] Nota. Que hoy, veinte y nueve de octubre, concurrieron a esta sala capitular para celebrar cabildo orclinario el senor alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y el caballero rexidor doctor don Jose Sanchez Bustamante; y con motivo de no haber nlimero suficiente de vocales y ser dadas las diez horas de la maiiana se retiraron dichos seiiores, de cuyo mandato lo pongo por diligencia para su constancia; y la firmaron, de que doy fe. = Licenciado Rios [rubrica] Doctor Sanchez Manuel de Acosta [rubrica], es[nibrica] = Ante mi cribano real.

INo se celebra cabildo por falta de qu6rum.J

=

=

[128] [5 DE NOVIEMBRE DE 1805.] En .la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios cinco dias del mes de noviembre de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar cabildo ordi.aario, como es de uso y costumbre, se juntaron i[f· 146] / en esta sala consistorlal Ios seii.ores alcaldes ordinarios de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios ; y de segundo, lizenciado don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores don Miguel Ramirez de Arellano, fiel executoi;; doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power para conferir y tratar los asuntos al pro Y util de la republica. En este cabildo se ley6 el auto en testimonio que, con fecha de veinte y siete de septiembre, expidi6 su seiiorfa, els~or gobemador, intendente y capitan general, con consulta del senor asesor general de gobiemo, haciendo varias d~araciones y modificaciones a Ios articulos de la acta capitular, celebrada en nueve del referido mes de septiembJ:e~ sobre las ceremonias y demas que deben observarse en el entierro [roto] y honrras de los individuos de este nruy ilustre ayuntamiento. Y considerando los reparos puesto~ acord6 lo ·siguiente, remitiendose testimonio de todo· .ello a su seii.orfa. Siempre se ha preciado este cabildo de manifestar su 1DJ.yor rendimiento a las disposiciones de quienes le auto-

(Auto del sobernador sobre modificaclones a la Acta de Exequlas de los capltulares.J


182 [Cabildo explica y j ustifica las dis po·

siciones provistas en la Acta de Exequias.)

ACTA$ DEL CABILDO

rizan, como sus presidentes funda en su zelo el decidido acierto de cuanto propone. Esta misma confianza le anima a representar lo conveniente en la firme inteligencia de merecer su aprobazi6n en lo que no haya reparo grave en perjuicio del publico o agravio de los particulares, seglin previene el Articulo 20 de la Real Ordenanza de Intendentes. Venera en sumo grado las modificaciones y restricciones formadas en el tribunal de vuestra sefioria a los Articulos que tratan del funeral [f· 146v· ] / de los capitulares como que conspiran a la mas s6lida direccion de su intento. Este no ha sido otro que dar una prueba de su amor en los Ultimas actos de la vida haciendole transcendental en lo posible hasta despues de ella. Ha consul tado las leye~, ordenanzas, y estilo de algunas provincias de estos dormnios para que sus deseos no pasen los limites de lo justo. Cuando acord6 el Articulo 2°· sobre el concurso del :Se:fior alcalde de segundo voto con dos caballeros rexidores a la administrazi6n del Santo Viatico, se hizo cargo .de cuanto se enuncia para suprimirse. Por este motivo afiadi6: Si el tiempo diese lugar a ello. Habiendo comodidad es que el cabildo consagr6 este acto de su voluntad. Y mal podfa ser perjudicial una disposizi6n .que salva todas las circunstancias executivas para reducirse a efecto. El no tenerse noticia que por cuerpo alguno capitular ni de otra clase se practique semexante ceremonia no se considera reparo grave para que se impida un establecimiento tan recomc:ndable en las ocasiones en que haya seguridad de no perJU· dicarse con la tardanza. Sohre el Articulo Sexto que se propuso con vista de las Reales Ordenanzas no crey6 el cabildo que ofendiese a SU determinazi6n; le pareci6 muy consiguiente adherir obsequioso al cadaver de su principalisima cabeza cuando prometia esta misma gesti6n como un acto distinguido de su am.or para con los demas miembros. Pero ya que no se le permite en el efecto se lisonjea de manifestar su rendido afecto. El senor teniente de gobemador letrado no puede negar que el cabildo sabe muy bien todos sus atributos y que si se explic6 en el Artfculo Septimo, denominandole audit~!' de guerra, que llevandose ingenuamente de la [f· 147] / acep,; ci6n comiln con que se le trata; y no debia esperar ~ advertencia tan escrupulosa cuando en nada se disminliye su autoridad en un dictado de buena fe al mismo tiep;ipo

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que el cabildo hace un esfuerzo de su respetuosa voluntad para con su autorizado cargo. · Fundado el cabildo en la relazi6n de un individuo caracterizado de esta plaza sobre que en Merida de Yµcatan se movi6 controversia entre los Terceros de San Francisco y el cuerpo militar de un oficial que habia fallecido, decidiendo su majestad que de ambos cuerpos concurriesen a la conducci6n del cadaver del militar que fuese Tercero, escogit6 la alternativa mandada suprimir en el Artfculo Octavo y con prevenzion de este suceso extendi6 tambien el Articulo Sexto. Agradecido el cabildo a la singular gracia de haberle condecorado el soberano con el uniforme acord6 en el Articulo Nono que esta se llevase hasta el sepulcro. Lo primero, porque no hubiese desconformidad entre el vestido del difunto y el mismo capitular. Lo segundo, porque no impide que se lleve el habito de alguna religi6n para el beneficio de las indulgencias y otras gracias, practicandos~ en este caso, como hacen los militares, teniendoles a un lado o debajo de la cabeza o de otra forma que explique los piadosos deseos del difunto. Finalmente, si el cabildo no ha ampliado su amor a los padres, a los hijos ni con hermanos y demas parientes del difunto para darles asiento en las bancas es por que la ley ochenta y tres, Libro Tercero, Titulo Quinze, de la Recopilazi6n de estos dominios expresamente [f· 147v.] / lo prohibe. Los tribunales supremos y demas tendran permiso para lo contrario. Y mientras su majestad no conzeda esta gracia el cabildo se contempla sujeto y obligado al imperio de la ley, porque la cualidad eventual de doliente no puede inmutar un privilegio tan terminante. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos sefiores, de que doy fe. = Entre renglones = Funda en su zelo el decidido acierto de cuanto propone. = Enmendado = al = Tres. ·- Vale. = Licenciado Rios · [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] == Ramires [rubrica] =Doctor Sanchez [rubrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

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183


184

ACTA$ DEL CABILDO

[129] [11 DE NOVIEMBRE DE 1805.]

(No se celebra ca· bildo por falta de qu6rum.J

En onze de noviembre del corriente aiio de mil ochocientos cinco, concurrieron a esta sala consistorial para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica los senores alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios ; y el caballero rexidor don Miguel Davila; dexando de concurrir el seiior alcalde de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia, por haber avisado se hallaba indispuesto de salud ; y el caballero rexidor don Jose Sanchez por (f· 148 ] / es tar empleado en la diputazi6n; por lo cual y no habiendo numero suficiente de votos no se celebr6 el acuerdo ; y su merced, dicho senor alcalde, mand6 se anotase para su constancia; Y firm.6 esta diligencia con dicho caballero regidor, de que doy fe. Licenciado Rios [rubrica] Davila [rubrica] = Ante mi =Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

=

=

[130] [14 DE NOVIEMBRE DE 1805.]

(Alcaldes de barrio a recibir 6rdenes sobre aseo de las calles y sobre po-

llcfa.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan B~u­ tista de J»uerto Rico, a catorze de noviembre de mil ochocientos cinco afios, para celebrar cabildo ordinario se juntaron en esta sala consistorial los se:iiores alcalde ordinario de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia; y los senores rexidores doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Power; dejando de concurrir el senor alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los ,, Rios, por lexftimamente ocupado en asuntos de justicia, para conferir y tratar las cosas tocantes al pro y U.til de Ia republica. En este cabildo se trataron y conferenciaron varias cosas conducentes al bien publico y se acord6 : Que se cite a los alcaldes de barrios se presenten en Ia casa y estuclio de~ senor alcalde ordinario de segundo voto, lizenciado don . Juan Antonio Mexia, a recibir las 6rdenes que les coml,i-. nique sobre el aseo de calles y policia que [f.l48v·]/ de];,e' observarse. ·


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

185

. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos seiiores, de que doy fe. = Licenciado Mexia [rubrica] = Doctor Sanchez [nibrica] = Power [nibrica] =Ante mi = Manuel de Acosta [nibrica], escribano real.

[131] [25 DE NOVIEMBRE DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del mes de noviembre de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar cabildo ordinario se juntaron en esta sala consistorial los seiiores alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y el caballero rexidor doctor don Jose Sanchez Bustamante; dexando de concurrir el seiior alcalde de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexfa, por haber avisado hallarse legitimamente ocupado en asuntos del gobiemo. Y no habiendo competente nl1mero de votos nose celebr6 acuerdo; y de mandato de dicho seiior alcalde lo pongo por diligencia; que firmaron Ios supraLicenciado Rios [nibrica] dichos seiiores. de que doy fe. = . Doctor Sanchez. [rubrica] Ante mi Manuel de Acosta [nibrica], escribano real. [f· 149] /

= =

[No se celebra cabildo por falta de qu6rum.J

=

[132] [2 DE DICIEMBRE DE 1805.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los dos dias del mes de diciembre de mil ochocientos cinco aiios, para celebrar cabildo ordinario, segUn es de uso y costumbre, se juntaron en esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y los caballeros rexi· dores doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo no habiendo ocurrido cosa urgente de ~ue. tratar se mand6 cerrar; y firmaron los supradichos seiiores, de que doy fe. = Licenciado Santiago de los Rios

[Se levanta la sesi6n por no haber ..cosa urgente" que tratar.)


ACTA$ DEL CABILDO

186

= =

=

[rubrica] Doctor Sanchez [rubrica] Power [nibrica] Ante mi Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

=

[133] [16 DE DICIEMBRE DE 1805.]

(Se prescriben las condiciones bajo las cuales ban de adjudlcarse a los asentistas el abasto de carnes.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Ba~­ tista de Puerto Rico, a los diez y scis dias del mes de d1ciembre de mil ochocientos y cinco aii.os, para celebrar cabildo ordinario como es de uso y costumbre, concurrieron 14 a esta sala con~istorial los seii.ores alcaldes [f· 9v·]/ ordinarios licenciado *don Juan Antonio* don Santiago de los Rios, licenciado don Juan Antonio Mexia; y don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, nueve del corriente, en el que enuncia que para que tenga efecto la convocaci6n que se ha hecho de la mayor parte de los partidos en tener asentistas por ellos para que se obliguen a pesar diariamente el nfunero de arrobas de came que se les habia repartido, debiendo dar principio en primero de enero del siguiente afio, al precio de setenta y dos cuartos el arrelde, quedando a beneficio de Ios duefios sesenta Y ocho, y los cuatro restantes para el fondo de propios Y arbitrios de esta ciudad, que surnan siete mil trescientos Y o~he~ta pesos, cuatro reales y cuatro maravedies, con la obhgac16n de mantener la camiceria y casa de matanza, costear utensilios, jomales de peones y caballerias, con ma~ la gratificaci6n mensal de treinta pesos al caballero r~gidor encargac;lo de su diputaci6n, para cuyo fin se preVIene se repare, lo mas pronto que sea posible, la casa de matanza, haciendose desde ella a Ia mar una rampa con el cori:espondiente declivio para que se expelan facilmente l~s mmundicias; habilitcmdose a este objeto el pozo inmediato Y comprandose cuerdas, garfios, horcas para que la mat~ se execute con aseo; no menos que para la con· ducc16n de la came se pongan (f· 150]/ sobre los aparejos · de las bestias unos pafios o cubiertas de lienzo crudo qu~ ·

*

ginru.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori~ ,


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

se remudaran con frecuencia, raspandose tambien las tablas, baldeandolas y fregandolas. Y, finalmente, que la administracion de Manuel Padilla cese desde el referido dfa, abonandosele a prorrata desde el tiempo que ha estado a su cargo; y que en lo sucesivo corra la administraci6n por cuenta y riesgo de la Junta Municipal, a Ia que rendira el regidor diputado mensualmente cuenta y se depositara en la area de trcs Haves con cargo al mayordomo; como tambien quc una de las condiciones es de que los peones han de ser nombrados por los partidos para la matanza, conducci6n y dcmas beneficios de las reses sin que el regidor diputado tcnga otra intervenci6n que en la del peso para precaver fraudes, pagandose a los peones, del producto de los cuatro cuartos en arrelde, los salarios en que se concertaren; y que cuando los partidos carezcan de conocimientos para buscar peones en este caso los nom~rara el regidor, estando a Ia libre disposici6n de los duenos el cebo, curos [sic], cesos y lenguas y s6lo el resto de los menudos como cabezas, patas y azaduras se regulara a proporci6n del de la came, de modo que no se exceda de la mitad. Y se acord6 : Que para la composici6n de Ia casa de matanza de una manera provisional se diputa al caballero regidor-fiel executor, capitan don Miguel Ramirez, [f· isav. ]/ quien consultando peritos sobre el costo de la obra disponga que cuanto antes se de principio, haciendose sa~er al mayordomo para el abono de lo que se necesitare, qwen I~ acompaiiara para que el auxilio sea mas pronto Y se ev1te la posible dilaci6n contribuyendo dicho mayordomo con sus conocimientos en alivio del comisionado. Oue se notifique a Manuel Padilla como debe cesar su administraci6n desde el dia primero de enero y se le abonara a.prorrata lo que corresponda a la cantidad que ha exib1do; y para la Junta Municipal del siguiente afio y nuevo mayordomo que se eligiere se cuidara a prevenir lo que su seiioria dispone en el citado su oficio, al que se contextara. En el mismo exibi6 don Gregorio Sandoval el titulo de escribano de gobierno y guerra de esta plaza e isla para que se le tenga y admita por tal. Y visto este con la petici6n que lo acompaiia, _que se halla con la correspondiente toma de raz6n en los reales oficios, se acord6: Conforme se solicita y que tomandose raz6n de el en el libro que corresponde se devuelva al interesado para los fines que le convengan.

L··:....

181

[Cesa el arrenda· rniento de la car· niccrfa en Manuel Padilla.] [Junta Municipal a encargarse de la administraci6n de la carniceria. I

[Prov<!ese para la reparaci6n de la casa de mat.tuu.]

[Notificaci6n a Manuel Padilla so· bre cese de su arr en dam lento de la carnicerfa. J

(Don Gregorio San do val presenta tftulo de escribano de gobierno y de guerra.]


ACTA$ DEL CABILDO

188

[Se aprueban las cuentas del difunto .alguacll mayor, don Jos~ Joaquin Coronado.)

Tambien se vio .]a representaci6n de] seiior alcalde ordinario de segundo voto, licenciado don Juan Antonio Mexia, comisionado para Ia inspecci6n de cuentas exibiclas por el difunto caballero alguacil mayor, don Jose Joaquin [ 1• 151 ] / Coronado, una relativa a los gastos extraordinarios para Ia funci6n proyectada a la celebridad de las gracias concedidas por su majestad a esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad, su importe, setecientos veinte y cinco pesos y tres reales; y otra, sobre Io expendido en el adorno de Ia casa consistoria], de dos mil ochocientos once pesos y tres reaIes, siendo de parecer se aprueben ambas, pasandose al mayordomo que fue don Eusebio Urquizu confirmando los reparos del caballero sindico procurador general en diez Y nueve de mayo de mil ochocientos dos, y reparando como duplicada la partida de la garrucha de bronze. Y se acord6: Que en todo se conformaba con lo expuesto por el seiior comisionado, pasandose al mayordomo de propios que fue don Eusebio Urquizu con reserva de repetir este muy ilustre cabildo el valor de los reparos anotados contra la sucesi6n del caballero regidor-alguacil mayor. Con lo que se concluy6 este cabildo, a causa de habersele avisado al presente esscribano se le estaba esperando para practicar visita de sanidad; y lo firmaron dichos sen.ores, de que doy fee. = Licenciado Rios [rubrica] Licenciado Mexia [rU.brica] = Ramires [rubrica] = Ante mi ·= Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. ['· 151v·]/

[134]

[23 DE DICIEMBRE DE 1805.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan, Bau-

ti~~ de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes de

dic1embre de mil ochocientos cinco afios, a efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores lizenciado don Santiago de los Rios, alcalde ordinario de primer voto; Y los caballeros rexidores, fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano, y doctor don Jose Sanchez Bustamante; dexando de concurrir el senor alcalde de segundo voto, lizenciado don Juan Antonio Mexia, por haber avi- .sado se hallaba ocupado en asuntos de justicia; para tratar' y conferir. los asuntos al pro y util de Ia republica. :'


¢rr//:>·;: 1

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

.-

En este cabildo se recibi6 un oficio de su se:fioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, diez del corriente, en el que se sirve contestar a la acta de primero de enero de este dicho afio providenciando se observe en lo sucesivo la practica antigua de votar en las elecciones de los oficios concejiles como mas conforme a la ley 10, Titulo 9, Libro 4°·, de la Recopilazi6n de estos dominios, asistiendo precisamente a la regulaci6n de los votos los dos rexidores mas antiguos y el escribano; yen el caso de haber general oposizi6n a entregar a este las papeletas, se introduzcan estas en una arquilla, urna o instrumento proporcionado, que se colocara en una de las mesas del testero de la sala ; y concluida la votazi6n pasen los dos rexidores con el escribano al sitio donde este la arquilla, la abran, saquen las papeletas y practiquen (f· 152] / la regulazi6n, publicando el resultado, volviendose a sus asientos para en caso de ser necesario proceder a nuevas elecciones. Se acord6 : Se cumpla y execute conforme previene su seiioria y que para evitar todo genero de dispu~ se compren dos jarros decentes para que en ellos se mtroduzcan las papeletas, avisandose al mayordomo, por la parte que le toca, dandole la correspondiente boleta para que le sirva de resguardo; y que se lea este acuerdo antes de principiar Ia elecci6n para que sirva de regla a todos. Con presencia de lo acordado en ocho de julio, con motivo del oficio del seiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha cinco del mismo, en que se sirve habilitar al escriban~ real, don Manuel de Acosta, para los cabildos ordinarios, extraordinarios, juntas municipales, visitas de sanidades, etc., por haber representado el seiior don Gregorio Sandoval lo sumamente .recargado que se hallaba con el despacho de Ia escribania de gobierno, guerra y marina; y con el acuerdo de diez y seis del corriente, en que el expresado don Gregorio present6 su titulo, a este muy ilustre cabildo, de haber rematado la escrlpania de gobiemo y guerra, de que se le dio el debido cumplimiento, y, Ultimamente, por advertirse que la concluzi6Ii. del citado ultimo cabildo fue efecto de ser llamado para una visita de sanidad, se acord6 : Que habiendo cesado ya la causa formal de la habilitazi6n del [f· i52v. ] / escribano real, don Manuel de Acosta, como procedente del desempefio interino de la escribania de gobiemo, gue-

189

(Proveese p0r el gobemador que el cabildo observe en las elecciones conceiiles lo precei>tuado por ley contenida en la Recopilac16n de Leyes de los Reinos de las Indias.J (Gobernador dispone los votos sean depositados en una arquilla, urna o envase destinado al e!ecto.J

(<:ablldo provee para la adquisici6n de dos jarros para el dep6sito de los votos.l ·


190

ICabildo requiere del gobernador determine q u e don Gregorio Sandoval haga formal renuncia de su ofi· clo de escribano de cabildo.)

ACTAS DEL CABILDO

rra y marina, que se puso a cargo de don Gregorio Sandoval, y haberla rematado este solemnemente, teniendose por de su propiedad, como inconcusamente lo acredita su titulo, siendo incompatible la una con la otra, por cuya raz6n esta obligado a hacer rcnuncia o cnajenazi6n de la de cabildo a fin de que esta no sc hallc servida precaria· mente y expuesta a varios inconvenientes con Ia altemativa de los escribanos, como se ha experimentado en una Junta Municipal, se digne su sefioria determinar que cuanto mas antes haga el expresado Sandoval su renuncia o enajenazi6n y el cabildo tenga con seguridad su escribano propietario; y dese cuenta a su sefioria con tcstimonio de esta acta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron Ios supradichos sefiores, de que doy fe. = Licenciado Rios [rubrica] =Ramirez [rubrica] =Doctor Sanchez [rubrica] =Ante mi= Manuel de Acosta[rubrica], escribano real. (f· 153]/

[135] [1 DE ENERO DE 1806.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautis de Puerto Rico, a primero de enero de mil ochocientos seis afios, para celebrar acta a fin de proceder a la elecci6n de oficios concejiles para el presente aiio, se juntaron en esta sala consistorial, como lo tienen de uso y costumbre, los seiiores alcaldes ordinarios de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y de segundo, lizenciado don Juan Antonio Mexia; los caballeros rexidores, alferez real, don Jose Power; don Miguel Ramirez de Arellano, fiel executor; don Miguel Davila, doctor don Jose Sanchez de Bust:=tmante y don Manuel Angel Power; dexando de concurnr don Antonio de Cordoba, *y* rexidor decano, Y d?n Jose Davila, por hallarse enfermos de cama. Y preced1das I~ ceremonias de estilo y Ieidose Ia acta celebrada en el dia veinte y tres de diciembre pasado, segiln en ella se previno, y votado cada uno de los seiiores vocales, por su orden, segfui y en los terminos prevenidos en Ia

*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos &.parece tachado en el ori-

; ·)


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~.

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

191

citada acta de veinte y tres del pasado, a cuya acta no ha concurrido el caballero sindico procurador general por

hallarse en el carnpo. Y de los votos resultaron electos los siguientes = Para Alcalde ordinario de segundo voto salio electo, con seis votos, el tenicnte coronel retirado del regirniento de infanteria de Milicias, don Jose de Quinones; y don Manuel Martinez de Andino tuvo un voto. Para Sindico procurador general fue electo, con seis votos, don Manuel Martinez de Andino, subteniente retirado del rexirniento de infanteria [f. 153v·]/ de infanteria [sic] de Victoria; y don Vicente Sanjurjo tuvo un voto. Para Vocales de la Junta Municipal salieron electos, con seis votos, cada uno, los caballeros rexidores don Miguel Davila y don Manuel Angel Power; don Jose Davila tuvo un voto y don Miguel Ramirez de Arellano, otro. Para Alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Sur, reelecto con todos Ios votos, don Francisco Beles; Y para la del Norte, don Bernardino de Rivera, ambos por su conocido zelo y distinguidos servicios en sus respectivos distritos, cuyas causales expusieron los vocales a excepci6n del caballero rexidor doctor don Jose Sanchez Bustamante sin embargo de que prest6 su voto para dichas reelecciones sin contraerse a causal. Para Piel contraste de plateria salio electo Jose Muxica, con todos los votos. Para Maestro de oficio de carpinteria sali6 electo, con todos los votos, Vicente de Frornesta. _Para Alarife, con todos Ios votos, don Francisco Zepero. 'Cuya elecci6n, conforme va escrita y fue vista por los se.ii.ores vocales, acordaron que se pase oficio al senor gobemador, intendente y capitan general, para que en vista de las elecciones celebradas se sirva determinar lo que tuviere por conveniente; y para que se pongan en manos de SU senorfa, dicho senor gobernador, previas (f· 154 ] / las urbanidades de estilo, se diputaron a los caballeros rexidores dpctor ~on Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Piower, mcluyendo tambien las elecciones de los alcaldes cle barrios. .· Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los isupraclichos senores, de que doy fe. = Licenciado Rios [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Power [rubrica]

(Elecciones conceiiles de 1806.1 ·

(Refl<!rense al gobernador las elecciones conceiiles y de alcaldes de barrio para su aprobaci6n.J [Nombramiento de diputados para Que hagan entrega Personal al gobernador de I resultado de las elecciones concejiles.)


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ACTA$ DEL CABll.DO

= Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

[136] [1 DE ENERO DE 1806.]

(Posesi6n a don Manuel Martinez de Andino como sSndico procurador general.}

(Cltaci6n a los demds electos para • que comparezcan a tomar posesl6n de sus respectlvos oficlos.J

En el mismo dia, habiendo sido aprobadas las precedentes elecciones por su seiioria, el seiior gobernador, inten· dente y capitan general, se acord6 dar y dio Ia posezi6n al sfndico procurador general, don Manuel Martinez de Andino, subteniente retirado de exercito, recibiendosele en fonna su juramento; y librandose el correspondiente oficio al senor alcalde electo de segundo voto, don Jos~ de Quiiiones, teniente coronel graduado, para que se sil'W venir a tomar posezi6n de su nuevo cargo, y difiriendose ~ correspondiente a los demas electos para el primer cabil· do, precediendo la debida citazi6n. Con lo que se concluy6 este acuerdo, que [f· 1StT. ]/. firmaron los seiiores supradichos con el nuevo sfndico, de. que doy fe. = Licenciado Santiago de las Rios [rubrica] = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] = Josef Power {rubrica] =Miguel Ramires [rubrica] = Miguel Davila [rubrica] = Doctor Jose Sanchez Bustamante [rubrica] = Manuel Angel Power [rubrica] = Manuel de Andino [nlbrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rll.brica], escribano real.

[137] [7 DE ENERO DE 1806.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete dias del mes de enero de mil ochocientos seis aiios, para celebrar cabildo ordinarip. como es de uso y costumbre, se juntaron en esta sala coth sistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, liZehr ciado don Santiago de los Rios; el caballero rexidor-alfe~ real, don Jose Pover; y los caballeros rexidores, fie! exe~µ­ tor, don Miguel Ramirez de Arellano, y don Manuel ~gel


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Power, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo concurrieron en esta sala el alcalde del barrio electo, y aprobado por su seiiorfa, el sefior capitan general, para el de Santa Barbara, Juan Sebastian Gonzales, y los maestros alarifes, para albaiiileria, (f· 155] / don Francisco Zepero, para carpinteria ,Vicente de Fromesta, y para fiel contraste de (carpint)* plateria, Jose Muxica; y el caballero rexidor-alferez real, don Jose Power, les recibi6 juramento, a cada uno en particular, que hicieron conforme a derecho ofreciendo desempeiiar bien y fielmente sus encargos, segiln su leal saber y entender. Y con motivo de no haberse encontrado Ios otros tres alcaldes de barrio dispusieron los supradichos seiiores que se volviesen a citar para el dia de mafiana, ocho del corriente, a las once de ella, en esta sala a la que concurriria el citado caballero alferez real para exigirles el juramento y darles posezi6n. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supradichos seiiores y electos para los oficios referidos, de que doy fe. Licenciado Rios [nlbrica] Power [nlbrica] = Ramires [rubrica] = Power [rubrica] Juan SeFrancisco Zepero [nlbrica] bastian Gonzalez [rubrica] = Josef Leonardo Muxica [rubrica] Vicente Fromesta {rubrlca] = Ante mi = Manuel de Acosta [nlbrica], escribano real.

=

=

=

=

=

[138] [8 DE ENERO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de [f· 155v·]/ Puerto Rico, a los ocho dias del mes de enero de mil ochocientos seis afios, para efecto de celebrar cabildo extraordinario se juntaron en esta sala consistorial los se:fiores alcaldes ordinarios de primer voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y de segundo, lizenciado don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores, alferez real, don Jose Power; fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano, don Manuel Angel Power y el caballero sindico procurador general, don Manuel Martinez de Andino;

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

ginal. 13.

193

(Posesldn al alcal-

de de barrio de Santa B4rbara, a los alarlfes y al flel contraste.J ·

(Cltacl6n a los tres alcaldes de restantes para que comparezcan a tomar po· sesldn de su car-

barrio

gos.J


194

ACTAS DEL CABILDO

y elegir y votar sobre alcalde de segundo voto con respecto a la excusa del electo don Jose de Quiii.ones, teniente coronel graduado y capitan retirado de exercito del regimiento de Milicias Disciplinadas de esta isla ; a cuyo acto dexaron de concurrir los caballeros rexidorcs, dccano, don An· tonio de Cordova, y don Jose Davila por hallarse enfe~os; y el doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Miguel Davila por hallarse en el campo. En este cabildo se abrio un pliego, de sicte del corrie~­ te, en el que se contiene un memorial de don Jose de Ouinones, teniente coronel graduado, por el cual se excusa de admitir del cargo de alcalde ordinario de segundo voto con el motivo de varios achaquez que padece, y por ultimo se vale del fuero militar. En cuya virtud decret6 su sefioria, el senor gobemador, intendente y capitan general, con igual IPor quedar excusado de admitir su fecha, se la pasase su instancia a [f· 156 ] / este muy ih~stred oficio el electo para alcalde ordlcabildo y procediese a nueva elecci6n en la conformida nario de segundo voto prov~ese por que es de costumbre. E impuesto el muy ilustre cabildo el gobernador para una eleccl6n de todo pas6 a la votazi6n en la manera nuevamente est~­ para cubrir dlcho cargo,) blecida; y result6 electo alcalde de segundo voto,_ con _um· IQueda electo co formidad de todos los vocales que concurrieron, hzenc1ado mo alcalde ordinario de segundo don Francisco Paula Mosquera y Cabrera, vezino de esb voto don Francisciudad y abogado de la Real Audiencia y Chancilleria del co Paula Mosquera y Cabrera.] distrito, teniendose en considerazi6n la real orden de doze de abril de mil setecientos ochenta y ocho, por cuyo contexto nose estima incompatible este cargo concejil con la asesoria de marina interina que exerce. _Cuya elecci6n, conforme va escrita y fue vista p~r l?s IRefi&ese al go. senores vocales, dixeron que se pase oficio a su senona, bernador la aludida elecci6n.J el senor gobernador, intendente y capitan general, para que se sirva determinar lo que tuviere por conveniente; Y '" 1Deslgnaci6n de para que se ponga en manos de su senori'.a, previas las urdlputados para Que entreguen al go. banidades de estilo, se diputaron a los caballeros rexidores bernador el resultado de la elecdon Manuel Angel Power y sindico procurador general, don cl6n.J Manuel Martinez de Andino. Con lo que [f· 156v·]/ se concluy6 este cabildo, que ~r­ maron lc_>s supradichos sefiores, de que doy fe. = Licenctado ~antia~o de los Rios [rubrica] = Licenciado Juan 4~­ tonio ~e~za [rubrica] = Josef Power [rubrica] = Ra'11:!· re~ [rubnca] = Power [rubrica] = Manuel de Andino bnca] =Ante mi= Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

[?i-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[139]

[ 10 DE ENERO DE 1806.] En la Muy Noble v Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico,~ a los dicz dias de] mes de enero de mil ochocientos scis afios, para efecto de celebrar cabildo extraordinario a fin de hacer clcccion de alcalde ordinario de segundo voto concurrieron a es ta sala consistorial, como es de uso y costumbre, los sciiores alcaldes ordinarios de primer Voto, lizenciado don Santiago de los Rios; y de se~do, lizenciado don Juan Antonio Mexia; y los caballeros re~1dores, alfercz real, don Jose Power, fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano, doctor don Jose Sanchez Bustamante, don Manuel Angel Power y el caballero sindico procurador general; dexando de concurrir [f· 157 ] / el decano, don Antonio de C6rdova, y don Jose Davila por hallarse gravemente enfermos ; y don Miguel Davila par ausente e~ el campo empleado en asuntos del real servicio coma temente a guerra que es tambien del partido de Bayam6n. = Entre renglones, el caballero sfndico procurador general. Vale. == _En este cabildo se abrio un pliego de su seiioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, con fecha de 9 del corriente en el cual se sirve su seiioria exclufr de la ele~ci6n de al~alde de segundo veto al lizenciado do~ Francisco de Paula Cabrera fundado en el Articulo 25, Ti0 tulo 1. de la Ordenanza de Matrfcula para que las auditor~ de Provincia esten libres de todo empleo gubemativo sm embargo de la real orden de 12 de abril de 88, y en su co1:1secuencia se proceda a nueva elecci6n en sujeto en qwe.n no concurra el expresado impedimento. Y habiendo· se votado en la forma Ultimamente prevenida sali6, con cuatro votos, don Ventura de Quiiiones para alcalde de se~da elecci6n, siendo este vezino del partido de Truxillo, Y de estado casado. _Cuya elecci6n, conforme va escrita y fue vista por las seno~es vocales, dixeron que se pase oficio a su sefioria, else.nor gobernador, intendente y capitan general, para que se sirva determinar lo que tuviere por conveniente; y para que se ponga en manos de su sefior.{a, previas las urbanidades de estilo, se diputaron al seiior alcalde [:l· 157v.]/ ordinario lizenciado don Juan Antonio Mexia y caballero rexidor-fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano, Y

(Por lncompatibilidad con el car~o que desempena don Francisco Paula Mosquera Y Cabrera el gobernador no aprueba la elecci6n de 6ste como alcalde ordinario de segun· do voto y ordena se proceda a nueva eleccl6n para dlcho oficio.J (Don Ventura de Quifiones queda electo como alcal· de ordinario de segundo voto.)

(Se refiere al gobemador la aludida elecci6n.J

(Designacion de di· putados para que entreguen al go-


ACTA$ DEL CABILDO

196 bernador el resultado de dic:ha elecci6n.J

en lugar del seiior alcalde se nombr6 al caballero rexidor don Manuel Power, por oposizi6n que hubo para ello. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los supraclichos sefiores, de que doy fe. = Licenciado Santiago de los Rios [rubrica] = Licenciado Juan Antonio Mexia [rubrica] = Josef Power [rubrica] = Miguel Ramires [nibrica] =Doctor Jose Sanchez de Bustamante [rubrica] = Manuel Angel Power [rubrica] = Manuel de Andino [nibrica] Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.

=

[140]

[11 DE ENERO DE 1806.]

CGobernador conbaJo clertas condlclones la elecfirma

cl6n de don Ven-

tura de Oulilones como alc8lde ordinario de sesundo voto.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los onze dias del mes de enero de mil ochocientos seis, para celebrar cabildo extraorclinario concurrieron a esta sala consistorial los sen.ores alcaldes orclinarios lizenciado don Santiago de Ios Rios y Iizencia~o don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores, fiel executor, ·don Miguel Ramirez de Arellano, y doctor don Jose Sanchez Bustamante, don Manuel Angel Power, Y el c~ballero sindico procurador general, don Manuel ~ar­ tmez de Andino; dexando de concurrir el caballero rexidor(f· 158 ] / alferez real por estar empleado en la execuzi6n de una justicia; por '[rota] de estar de diputazi6n; el decano, don Antonio de C6rdova, y don Jose Davila por enfermos; Y don Miguel Davila por asunto en su partido de Bayam6n, de donde es teniente a guerra. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, 10 del corrlen· te, en el que se sirve confirmar en don Ventura de Quiiiones la ele!=Ci.6n hecha por este muy ilustre cabildo para alcalde de segundo voto, con tal de que voluntariamente lo acepte y se ofrezca a trasladarse a esta plaza y morai: en ella por el tiempo corresponcliente a los dos aii.os, hac1en· dosele entender en la carta de aviso. Y se acord6: Se cum· ' pla con la remizi6n de la carta de aviso en los terminos que previene su sefi.oria, reservandose el cabildo represen'l· tar oportunamente lo que convenga a sus derecbos sob~ este particular.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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Con lo que se concluy6 este cabildo, que finnaron los supradichos sefiores, de que doy fe. Entre renglones Don Manuel Angel Power. Vale. Licenciado Santiago de los Rios [rubrica] = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] =Miguel Ramires [rubrica] = Doctor Jose Sanchez de Bustamante [rubrica] = Manuel Angel Power [rubrica] = Manuel de Andino [rubrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real. [f· 153v·]/.

=

= =

=

[141] [ 13 DE ENERO DE 1806.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de enero de mil. och~cientos seis afios, para efecto de celebrar cabildo ordinano, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala los sefiores alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n, licenciado don Santiago de los Rios y licenciado don Juan Antonio Mexia; don Jose Power, regidor y alferez real; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidor; y don Manuel Andino, procurador general, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo dio cuenta el presente esscribano de la contextaci6n dada por don Buenaventura Quiiiones aceptando el nombramiento hecho en el para alcalde ordinario de segunda elecci6n. Y en consecuencia el muy ilustre a~tami~to, por medio del portero, le pas6 el coz:res.P?ndiente aviso para su concurrencia a esta sala cons1stonal. Y verificado, se le ley6 el oficio del senor gobemador, intendente y capitan general, con cuyo conocimiento Y he. chose cargo de todo su contenido y manifestado su voluntaria anuencia y consentimiento, se acord6: Se procediese a recibirle el correspondiente juramento por el caballero regidor-alf~rez real, quien inmediatamente le hizo formar la seiial de la Santa Cruz y le interrog6 si juraba a Dios, Nuestro Senor, y por dicha Santa Cruz, desempenar bien Y fielmente el empleo de alcalde ordinario de segunda elecci6n de esta ciudad y su territorio, bien y fielmente; Y contextando que si juraba y prometfa se procedi6 a darle posesi6n por el senor alcalde de primera elecci6n, hacien-

[Baio las condic:iones impuestas por el gobernador don Buenaventura Quiftones acepta el ofic:io de alcalde ordlnario de segunda eleccldn y queda posesionado en dic:ho ofic:lo.J


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ACTA$ DEL CABILDO

do sentar en la silla presidente al senor alcalde de segunda elecci6n y al don [f· 159] / Buenaventura de Quinones en el inmediato de Ia banca de la mano derecha, en el primer asiento. En cuya virtud se mand6 participar al senor gobernador, intendentc y capitan general, cstas rcsultas para SU inteligencia en contextacion de lo quc prcvino en SU oficio ·de diez de los corrientcs. Con lo que se concluyo estc cabildo, quc fil'maron sus senorias, de que doy fee. Licenciado Santiago de los Rios [nlbrica] ·= Licenciado Juan Anttonio Mexia [robrica] =Josef Power [rubrica] = Miguel Ramires [rubrical = Doctor Jose Sanchez de Bustamante [rubrica] = Ma· nuel de Andino [rubrica] = Buenaventura Quinones [~­ brica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [n.'1brica], esscri· bano de cabildo.

=

[142]

[20 DE ENERO DE 1806.]

(Por impedlmentos que concurren en el alcalde de barrio de San Juan el gobernador decreta su relevo del cargo.] (Provi!ese para la elecci6n del nuevo alcalde de ba· rrio de San Juan.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a Ios veinte dias del mes de enero de mil ochocientos seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a es!B' sala consistorial Ios sefiores licenciado don Juan Antomo Mexia Y don Buenaventura Quinones alcaldes ordinarios de Primera y segunda elecci6n; don 'Miguel [f· J.59v. ] / ~a­ mfrez de Arellano, regidor-fiel executor; don Miguel Davil~, doctor don Jose Sanchez y don Manuel Angel Power, regi· dores llanos, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un memorial de don Francis· co Ybarra, que fue elegido para alcalde de barrio del de San Juan, con decreto del sefior capitan general, gobema· do!: e intendente, para que se le excluya de esta carga con· ceJil con respecto a hallarse siendo arrendatario de los r~mos de aguardientes y aloxas de varios partidos pert~e­ cientes a real hazienda, y se acord6: Que pase al senor alcalde de primera elecci6n el expresado memorial Y decreto para que proceda a nueva elecci6n en Ia forma acostumbrada, y con lo que resulte vuelva al ayuntamiento para dar cuenta al sefior gobernador, intendente y capitan general.

l

1

I


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se recibi6 un oficio del senor don Juan Lorenzo de Matos, subdelegado de Santa Cruzada, avisando que ha designado el dia nueve de febrero para la publicaci6n de la Bula de Cruzada y nuevo indulto de carnes *apost6licas* saludables para el prescntc bienio, a fin de que concurra el cabildo a celcbrat· con su asistcncia tan digna funcion. Y se acord6: Que se le contextc su rccibo y que concurrira el

nyuntamiento, como sicmprc lo ha acustumbrado, a ln cele-

..

bridad de estu funcic)n de Ju publicacion en consecuencia de Jo prcvcnido por su majestad en real orden de veinte de julio de mil ochocientos d~s. y que con respecto a notarse la falta de vocativo con que continua [f. 160 ] / oficiando el senor comisario subdelegado se una al expediente respectivo y se de cuenta en el primer cabildo para que con arreglo a lo acordado en este particular se determine lo mas conveniente. Se tuvo presente la costumbre que se ha observado en el ayuntamiento de nombrar de los individuos del cuerpo diputados para las festividades que corren a cargo de el. Y se acord6: Que para la de la Purificaci6n de Nuestra Senora, San Juan Bautista y Santa Rosa de Lima, los senores alcaldes de primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia, y el senor alferez real, don Jose Power. Para las de San Felipe y Santiago, Santisimo Corpus Christi, Y Santiago El Mayor, Ios senores alcalde ordinario de segunda elecci6n, don Buenaventura Quinones, y don Miguel Davila, rexidor. Para los cumplidos de las personas de caracter, estables y transeilntes, los sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, y para suplir la ausencia o enfermedad de alguno de dichos senores, el caballero regidor diputado de abastos. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fe. = Licenciado Mexia [rubrica] = Buenaventura Quinones [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. [f· 160v·]/

*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

(Subdelegado de la Santa Cruzada par· dcipa e lnvita al cabildo a concurrir a la publica· cidn de la Bula de la Santa Cruzada y del Nuevo lndulto

Apost61lco.J

!Conforme

CtJ3luuibro

a

la

cmtnblo-

Clda coblldo c;oncurrtr4 a la antes menclonada f u n· cl6n.)

(Cabildo sl.gnifica falta al debido tratamiento q u e amerita el cuerpo capitular en quc incurre el subdel~ gado de la Santa Cruzada.J

(Nombramiento de diputados para Ins fiestllS vodvas Y para cumplimentar hul!spedes distllrguidos.J


200

ACTA$ DEL CABILDO

[143] [27 DE ENERO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de enero de mil ochocientos y seis aiios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y constumbre [sic], concurrieron a el los seiiores licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de prirnera elecci6n; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor.; don,M~­ nuel Angel Power, regidor; y don Manuel de Andmo, smdico procurador general, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y U.til de la republica. En este cabildo se recibi6 un decreto de! senor gobernador, intendente y capit~n general, (dado a la solicitud hecha por el presbftero don Antonio Sanchez haciendo ~e­ misi6n de la capellania de esta real carzel, que esta sirviendo) para que, desde luego, este ayuntarniento proponga (Gobemador solicita se proponga otro eclesiastico presbftero, de la idoneidad competente, presbrtero condida· to para desempeen quien proveer dicha capellanfa. Y se acord6 : Que para :ftar la capellanla de la real drcel.] poder resolver con el acierto debido acerca de est~ propu: lCablldo pospone hasta la ·pr6mna ta se reserve esta noticia para el cabildo inmediato a reuni6n la propuesta sollcitada.] de poder verificar la designaci6n con el acierto que corresponde. (Escribano da Se dio cuenta por el presente esscribano del expediente cuenta del ezpedlente sobre falta prevenido en el cabildo anterior acerca de la falta de vocn· del debido tratamiento al cabildo tivo que se ha advertido omite dar al cabildo el seiior·COde parte del subdelegado de la Sanmisario subdelegado de Cruzada. y se acord6 : Que se pon· ta Cruzada.J ga testim.onio de el y se traiga para deliberar lo que corresponda. Se present6 Valeriano de San Millan individuo del rexi· (El maestro e n miento de infanterfa de esta plaza, a~ompafi.ando varias funciones, don Valeriano de Sanmipianas de los j6venes de am.hos sexos que ensefia el arte de ll4n, presenta planas escolares de su escribir y contar, y tarnbien leer y escribir, solicitando que alumnado y pett. respecto del adelantamiento que demuestran sus discipulos clona al cablldo para que premie a se digne el ayuntarniento mandar se premie de algUn modo su dJsclpulo mds aprovechado.J a el que entre los que presenta se halle mas benemerito: Y otras cosas constantes de esta soliictud. Y se acord6 : Que (Planas escolares y todo pase al caba- [f· 161 ] / llero sfndico procurador general petici6n del referido maestro quepar~ que represente lo que se le ofrezca y parezca en este dan someddas al sfndlco procurador particular. general.] Se present6 Marfa Antonia Caseres solicitando se led~ (Sollcitud de Marra Antonia Qlsea censo y tributo un solar propio de la ciudad que se entreres sabre que se


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

g6 a Cristobalina, su hermana, y se acord6 : Informe el mayordomo de propios acerca de esta solicitud. El caballero don Manuel Angel Power expuso que desde el mes de enero del afio pasado de mil ochocientos cuatro, present6 en este ayuntamiento la real cedula de confirmaci6n de su oficio de regidor llano de esta ciudad y deseando saber el exito de la deliberaci6n de esta presentaci6n Io hace presente para que se acuerde lo conveniente. Y se acord6: Que se de vista al senor caballero sindico procurador general para que diga lo que estime conveniente a su representaci6n. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica] =Ramires [rubrica] =Power frubrica] =Andino [rubrica] =Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

201 le conceda un so. lar a censo y tributo pa.sa a informe del mayordo. mo.] (Don Manuel Angel Power solicita del cabildo le d6 a conocer lo determinado p o r 6ste respecto a la conflnnacidn real que presentara de su oficio de regidor llano.} (Queda referida al slndlco procurador general la solicitud del antes menclo. nado regldor llano.)

[144] [3 DE FEBRERO DE 1806.]

...

r. b.,':,_: ..... :·

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de febrero de mil ochocientos y seis aiios, para celebrar (f· 161v. ]/ cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinaries de primero Y segundo voto, licenciado don Juan Antonio Mexia y don Buenaventura Quinones; don Miguel Ramires, regidor-fiel executor; y don Manuel Andino sindico procurador general, para tratar y conferir las c~sas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el caballero regidor don Jose Sanchez Bustamante por haberse excusado a causa de estar en otras ocupaciones. En este cabildo entreg6 el esscribano de este ayuntamiento la elecci6n de los alcaldes de los barrios de San Juan y de San Francisco, hecha por Ios vecinos de los dos barrios, por ante el senor alcalde ordinario de primera elecci6n, seglin es de uso y costumbre. Y se acord6: Se re· mita original con el correspondiente oficio al seiior capitan general, gobemador e intendente, para que se sirva confir· marlos si lo tuviere a bien o disponer lo que fuere de su agrado.

(Se da a conocer la eleccldn de los alcaldes de barrios de San Juan y de San Francisco, la cual queda ·referida al gobernador para los efectos pertinentes.J


202

ACTA~ DEL CABILDO

El caballero sindico procurador general context6 a la vista que se le comunic6 de la solicitud y planas presentadas por Valeriano San Millan; y con reflexi6n a su instancia y a lo que representa dicho caballero sindico, se acor(Sfndico procurad6: Que mediante a que Ia juventud de ambos sexos es mui dor general expresa su parecer soabundante en esta ciudad; que Ia (mica escuela que hay en bre la sollcltud del ella en el dia, costeada del fondo de propios, no es capaz maestro en funclones don Valeriano Sanmilllin,J de dar toda la instrucci6n necesaria a causa de que por la muchedumbre se entorpeceria precisamente Ia mejor expe(Cabildo patentiza dici6n; y que Valeriano San Millan con su eficacia y buen su agradecimlento a don Valeriano metodo desempefia en parte este tan digno objeto, por lo Sanmilllin por la labor docente que que interesa al estado y auxilia tan bellas atenciones se le desarrolla con la juventud capltalJna den por ahora gracias de parte de el cabildo y que continue y formula promesa de gratificarle por en lo sucesivo con el mayor ceio y constancia en tan laudaella asf como preble ocupaci6n asi con los nifios pudientes como con los miar a sus disc!pulos mlis aventapobres [f· 162] / *Hero sindico procurador general* miserajados cuando los fondos de propios bles a fin de que no carezcan de este beneficio, en el conasf lo permitan.J cepto de que cuando el fondo de propios se halle en estado de poder subvenir a sefialarle una gratificaci6n lo tendri mui presente para dispensarle, con el correspondiente conocimiento del sefior gobernador, intendente y capitan general, aquella que parezca mas justa a su fatiga y aplicaci6n; y lo mismo hara en cuanto a los j6venes que mas sobresalgan en merito, en la fonna .que se practica en otras partes, para que les sirva de estim.ulo y queden c011!.pens!"das sus tareas en lo venidero ; y que se le de un testnnomo de este acuerdo. (Sfndlco procura. Context6 el caballero sfndico procurador general a la dor general da a conocer su parecer vista que se le comunic6 del titulo que present6 don Ma· sobre la conflrmaci6n real que para nuel Angel Power de la confirmaci6n de su oficio de regiel oficio de re&ldor llano ha predor llano de esta ciudad, y en vista de lo que ha tenido sentado don Manuel Angel Power por conveniente representar, se acord6 : Que se obedece, y el cabildo acuerda se di! cumpliguarde y cumpla lo que su majestad manda en la real cemiento a lo provlsto por el monarca dula que ha exibido el caballero regidor don Manuel Angel en dicha confirmaPower, que se tome raz6n de ella en el libro que corres· cl6n.J ponde, y se devuelva al interesado para el uso que le convenga. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus se~~rfas, de que doy fee. Licenciado Mexia [rubrica] = Quinones [nibrica] ·= Ramirez [rubrica] = Manuel de An-

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ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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203

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dino [nibrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. (f· 16Zv·]/ [145] [10 DE FEBRERO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de febrero de mil ochocientos y seis aiios, a efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinarios, licenciado don Juan Antonio Mexia y don Buenaventura Quiiiones; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; Y don Manuel Angel Power, regidor llano ; y don Manuel Martinez de Andino, sindico procurador general, para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de Ia republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior capitan general, gobemador, intendente, por el cual se sirve aprobar Ia elecci6n hecha en Tomas L6pez y Cristobal Carbo para alcaldes de barrio de Ios de San Juan y San Francisco, segU.n lo que se *acord6* trato en cabildo de tres del corriente. Y se acord6 : Que se les baga comparecer para que poniendoles en posesi6n y prestando el debido juramento .queden expeditos para desempeiiar las obligaciones de su cargo. Se recibi6 otro oficio del mismo senor capitan general, g?bemador e intendente, encargando que el ayuntamiento d1sponga se haga una lista de todos los extranjeros que existen dentro de la plaza, a fin de averiguar las circunstancias de su entrada admisi6n licencia ocupaci6n y creen,. cia, tiempo de su residencia en ella, casas en que viven, ~xercicio en que se ocupan y religion que profe~~- Que, 1gualmente, y por relaci6n separada se tome not1c1a de la gente de color tambien extranjera, de ambos sexos, con distinci6n de los que pasan por esclavos sin serlo y al contrario los que ban venido fugitivos, explicando de d6nde proceden y los que verdaderamente son libres, informandose de su vida y ocupaci6n. Que [f· 163 ] / luego que se baya ,

I

I

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

ginal.

[Gobernador aprueba la eleccl6n de los alcaldes de barrio de San Juan y de San Francisco.)

(Por disposici6n del gobern.ador el cabildo debe proveer para la formacl6n de una relaci6n completa y separada de los extranjeros y gente de color residentes en la ciudad.)

(Las referidas relaclones deberan ser remitldas al gobernador.J


ACTA$ DEL CABILDO

204

[Ayuntamiento a c:omislonar un re· gldor que tome las noticias pertinentes sobre los tran· se4ntes q u e arrl· ben a la ciudad, las que quedarin referidas al go.. blemo.] [Desfgnanse los comlslonados p a r a

efectuar

las ante-

dichas tareas.J

(Juramento de Crist6bal Carb6 y de Tom4s L6pez c o m o alcalde de barrio, respectlvamente. de S a n Francisco y de San

Juan.}

conclufdo esta averiguaci6n, prolixa y pronta, se pase a su sefiorfa para su conocimiento y determinaci6n. Que DO se comprendan a los individuos que notoriamente son transeilntes de los barcos que salen y entran pero que el ayuntamiento haga que un regidor se ocupe diariamente en recoger las noticias de cuantos entren, sin distincion alguna, y de trasladarlas al gobierno despues de cerradas las Puertas. Y se acord6 : Que el senor alcalde ordinario de segundo voto quede encargado del desempeiio de esta comisi6n por lo que toca a los barrios de San Francisco y San Juan; Y el caballero sindico procurador general por lo que corresponde a los de Santa Barbara y Campeche. Y por lo que toca a los individuos que sean transeuntes al caballero rexidor diputado de abastos, quien, como que debe concurrir a practicar la visita de sanidad a todos los buques extranjeros, le es facil tomar esta noticia y cumplir dandola al gobiemo todas las noches como se exige ; y que se contexte. Concurrieron a esta sala Crist6bal Carb6 y Tomas I..6pez, electos y aprobados alcaldes de barrio, el primero, del de San Francisco y el segundo, del de San Juan. Y habi~­ doseles hecho saber el nombramiento y aprobaci6n, pres· taron juramento, en forma de derecho, en manos del caballero regidor don Manuel Angel Power, que hace las funciones de decano, de usar bien y fielmente sus encargos, segdn su leal saber y entender; y firm6 el Crist6bal Carb6 Y DO el Tomas L6pez porque dixo no saber. Con lo que se concluy6 [f· 163v·]/ este cabildo, que firma· ron dichos sefiores, de que cloy fee. Licenciado Mexia [rubrica] =Quinones [rubrica] = Ramires [rubrica] = Power [rubrica] Andino [rubrica] Christobal Torren [sic] [rubrica] = Ante mf Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano real y de cabildo.

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[146] [25 DE FEBRERO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del mes de febrero de mil ochocientos seis a.iios, a efecto de celebrar


205

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

cabildo ordinario, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores teniente gobemador don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; don Buenaventura de Quinones y licenciado don Juan Antonio Mexia, alcaldes ordinarios de primero y segundo voto; don Jose Power, regidor-alferez real; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; don Miguel Davila, doctor don Jose Sanchez, don Manuel Angel Power, regidores; y don Manuel Andino, procurador general. En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobemador, intendente y [f· 164 ] / capitan general, su fecha, once del coniente, en que manifiesta al cabildo que en el padr6n executado de este vecindario correspondiente al aiio de ochocientos cuatro se nota una diferencia excesiva del numero de almas menos que en el anterior de ochocientos tres, cuia diferencia es al parecer inverosimil mediante a que la poblaci6n regularmente debe ir en aumento. Y para venir en conocimiento del motivo de aquella, se acord6: Que se pidieran al enunciado sefior gobemador los referidos dos padrones y el del afio siguiente pr6ximo anterior Yen su vista se determinaria el modo mas exacto y puntual de formar el correspondiente al presente aiio evitando las equivocaciones de los anteriores. El presente esscribano dio cuenta y exibi6, previas las debi~as urbanidades, las cuentas exibidas por don Eusebio tirquIZU pertenecientes a los afios de mil ochocientos dos, ocbocientos tres y ochocientos cuatro; y tambien las formadas por el actual mayordomo de propios, don Felipe Garcfa, por el *actual* aiio de mil ochocientos cinco que co~~ con su adm.inistrazi6n, y se acord6 : Que por l? que toca a las cuentas presentadas por don Eusebio Urqwzu se reserve para el cabildo inmediato lo que corresponda; Y ,que las presentadas por el mayordomo don Felipe Garcia pasen a vista del *mayordomo* procurador general para que las adicione o [f· 164v·]/ exponga lo que corresponda a su oficio. Se exibieron las listas, que se ·han formado por los dipu. l~~dos del cabildo, de los extranjeros de ambos sexos que ~y 'en esta capital, conforme a lo acordado en diez del co''

I,

/• Lo comprenclido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

IPPal·

I

~~.<: .

[Gobemador signlfica lo quc parecc scr falln en el Jiii• drdD del vcclndario de 1804.J

[Cablldo sollclta del gobemador los padrones correspondlentes a I o s aflos de 1803, 1804 y 1805, a los efectos de prepnrar el de 1806 sin lncurrlr en equlvocaclones.J [Presentacldn de las cuentas de mayordomos de I o s dos 1802-180S.J

[Cuentas de mayordomo de 1802 a 1804 a scr conslderadas en el pr6xlmo cablldo.J [Cuentas de mayordomo de 180S quedan referidas al J>JPCurador gene-

i'al.J

tQuedan presenta-

das y se reflcren al gobernador las

relaclones de los extranJeros resldentes en la cludad.J


206

(Regidor don Jos~ Slinchez solicita se le asigne gratificac i 6n al diputado de abastos.)

[Cablldo conforme en seftalar la aludida gratiflcaci6n.)

ACTAS DEL CABILDO

rriente. Y se acord6 : Que se remitan al senor gobemador, intendente y capitan general, con el correspondiente oficio. *Con lo que se concluy6* En este mismo cabildo expuso el caballero regidor doctor don Jose Sanchez que le parece mui justo que asi como a la diputaci6n de carniceria se hallaba dotada con la gratificaci6n de treinta pesos mensales debia practicarse lo mismo con la de abastos de Ia plaza. Y habiendose conferenciado sobre el particular se represent6 por el caballero sindico procurador que dicha gratificaci6n no convenia se dedujera del arbitrio de cuatro maravedises en arrelde de came ultimamente irupuesto, ya porque este tenia otros destinos y ya porque con el tiempo podria sufrir alguna rebaja y por consiguiente que solo podria y deberia abonarse de los caudales de propios. Y se acord6: Que siendo conforme, como lo es, por las leyes y Real Ordenanza de Intendentes que a todos los regidores se contribuya con alguna gratificaci6n de los fondos de propios y arbitrios se fonne expediente instructivo de los fondos actuales de dichos ramos, sus cargas y aten· ciones, a efecto de venir en puntual conocimiento de los sobrantes y graduar la gratificaci6n de cada uno con respecto a sus oficios y comisiones. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sefi.ores, [f· 165] / de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Quinones [rubrica] = Power [rubrica] = Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power 1[n.lbrica] Andino [rubrica] =Ante mi Gregorio Sandoval :[rubrica], esscribano de cabildo.

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=

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[147] [3 DE MARZO DE 1806.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de marzo de mil .ochocientos seis afios, para celebrar cabildo ordinario, segun es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefi.ores teniente gobernador, auditor de guerra, don Francisco Diaz Ynguanzo, de! consejo de su

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

ginal.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

majestad, oidor honorario de Ia Real Audiencia del distrito; licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de primera elecci6n ; don Buenaventura Quiiiones, que lo es de segunda; don Miguel Ramires de (f· l6Sv. ] / Arellano, *que lo es de segunda * regidor-fiel executor; doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidor; y don Manuel Andino, sfndico procurador, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, veinte y ocho de febrero ultimo, en que previene al ayuntamiento se le disponga se den a los alcaldes de barrio de esta ciudad alglin. titulo o testimonio que les sirva de resguardo para acreditar su encargo y que no vacilen sus funciones pues con el haran ver la autoridad con que proceden y entonces la sostendran como corresponde. Y se acord6: Se de, por el esscribano de cabildo a dichos alcaldes de barrio certificaci6n que acredite s~ nombramiento y posesi6n para que les sirva de documento en forma; y que se contexte. Se dio cuenta de la solicitud hecha por el presbftero don Antonio Sanchez en que renuncia la capellanfa de esta 17al carzel y decreto del senor gobernador, intendente .Y cap1tan general, en que se previene que a consecuenc1a de dicha renuncia proceda el cabildo a proponer otro eclesiastico de las calidades necesarias en quien se haya de proveer· Y se acord6 : Que se verifique la enunciada propuesta en el presbftero maestro en filosofia don Jose Herranz, que lo fue tambien al tiempo de la creaci6n de esta capellanfa, en primer lugar. En segundo, el doctor don Miguel Andino; Y en tercero, don Pascual Gonzalez Espino. Se present6 Marfa Damiana Lacruz solicitando que el 166 ] / el [sic] solar que tenfa arrendado Juan Jose, pardo libre, perteneciente a los propios y rentas de esta ciudad Y cuio aITendamiento no paga hace dos aiios pase a ella, que esta pronta a contribuir los dos aiios de reditos vencidos Y continuar pagando por sf en lo sucesivo, de que dara la correspondiente fianza. y se acord6: Que informe el mayordomo de propios y sea para el cabildo inmediato .. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron di~ij.os sefiores, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] ficenciado Mexia [rubrica] = Quinones [rubrica] Ra-

207

(Gobernador requlere del cabildo se le den a los alcaldes de barrio tftulos o testhlionio que los acredite como tales.) [Alcaldes de barrio a recibir cer· tificaci6n acreditatl va de su empleo.]

[Terna propuesta por el cabildo para el oficio de capelllin de la real cU-cel.]

n!.

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/ ' * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

/ ginal.

(Solicitud de Marla Damiana Lacruz sobre un solar queda referlda para lnformc del mayordomo.J


208

ACTAS DEL CABILDO

mires [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Andino [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], ess-

=

=

cribano real y de cabildo.

[148] [10 DE MARZO DE 1806.]

En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de marzo de mil ochocientos [f· 166v. ]/ seis aiios, para celebrar cabildo orclinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seiiores teniente gobernador; don Buenaventura Quifiones, alcalde ordinario de segundo voto; don Miguel Ramirez de Arellano, regidorfiel executor; don Miguel Davila, regidor llano; y don~­ nuel de Andino, sindico procurador; para tratar y confeJ'!1" las cosas tocantes al pro y util de la republica. Concurn6 tambien el senor don Manuel Angel Power, regidor llano; Y no el seiior alcalde ordinario don Juan Antonio Mexia por haber avisado se halla enfermo. En este cabildo se trat6 de llevar a efecto lo acordado en veinte y siete de noviembre de mil ochocientos tres sobre la compra de la casa contigua a esta consistorial perteneciente a la testamentaria del difunto senor chantre don Jose Maisonet; y que mediante a no estar toda ella afecta a obras pias, segiln se pensaba; y que s6lo reconoce la cantidad de tres mil doscientos setenta y cinco pesos a censo y tributo y por consiguiente que se debe desem· bolzar el resto para Ia inversi6n prevenida en el testa· mento de dicho senor Maisonet a beneficio de su alma, (Acuudase c o m- fueron de parecer unanime todos los enunciados seiiores prar la casa que que, sin embargo, se verifique la compra de dicha casa, perteneclera al di· funto chantre don precediendo antes su tasaci6n por el juzgado que conoce Jo s 6 Maisonet, la cu al quedarla hade fa testamentaria, sus pregones y (f· 167 ] / en real aimobltada como parte de la real c4rcel.J neda, a fin de rematarla en la mejor postura o tantear1!1 segiln mejor conviniere a los intereses del cabildo, obli· gandose este, desde luego, a reconocer sobre sus fondos la referida cantidad de tres mil doscientos setenta y cinCO pesos y zatisfacer la restante, al completo en que la com· prare, en los plazos mas cortos y moderados en que le sea posible, para conciliar la pronta voluntad del testador. ~

/


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

el alivio de Ios presos a quienes la estrechez de la actual carzel tiene sumamente agobiados. Y que por este propio acuerdo, de que se le dara. testimonio, quede autorizado el caballero sindico procurador general para que en nombre del cabildo se presente en dicho juzgado y promueva con la mayor actividad y celo las enunciadas diligencias, cuios costos le seran abonados por el mayordomo de propios, esperando que en cada cabildo semanal dara cuenta de lo que hubiese actuado y adelantado en el particular para inteligencia del mismo ayuntamiento y que pueda comunicarle las instrucciones que convengan. Se tuvo presente las solicitudes de Carlos Milano y de don [1• 167v·]/ Juan de Aldea y Urries. Y se acord6: A la primera, que no se puede por ahora aumentar el sueldo fixo de la escuela de que trata a Ios seiscientos pesos que pide; y que se le haga saber para que conformandose con el actual si le conviene repita su instancia. Y, a la segunda, que se le admitira a examen y demas diligencias consecuentes a la obtenci6n de la escuela, *dando* quedando de su cuenta allanar su separaci6n del servicio militar; y que en cuanto al aumento de sueldo fixo se tratara, acreditada que sea su idoneidad a zatisfacci6n del cabildo, el buen metodo de ensefianza que adopte y el *buen metodo del* adelantamiento de los nifios, y que igualmente se le haga saber. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorlas, de que doy fee. = Testado = dando = buen metodo del =no vale. = Ynguanzo [rubrica] = Quinones [nlbrica] Ramires [rubrica] == Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Andino [nibrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 168] /

=

.. [149] [17 DE MARZO DE 1806.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios diez y siete dias del mes de marzo de mil ochocientos seis aiios, para celebrar cabildo

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal. 14.

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209

(Smdico procurador general queda autorizado p a r a realizar clertas sestiones relacionadas COD la dicha compra en el juzgado de bienes de difuntos.J

Entregu6 el testimonio prevenldo al caballero stndico procurador general, do:v fee. Sando-

=

ual [r4brlca].

[Denl6sase solici· tud de aumento de sueldo presentada por el maestro don Carlos Milano.) [Prov~e a la soll cit u d de don Jwm de Aldea sobr e obtencldn de plaza de maestro · de escuela y aumento de sueldo.)


210

(Sfndlco procurador general soUcl· ta aprobacl6n de las cuentas de proplos de 1805,J

IAprul!banse las re· feridas cuentas, cuyos ori&lnales quedar4n remitldos al gobernador.J (Previl!nese al mayordomo active el cobro de r4!dltos adeudados a I o s fondos de propios.J

(Solic!tase d e 1 a Junta Municipal liquide las cuentas ·presentadas p o r Manuel Padilla sobre la admlnlstra• cl6n de la carnl· ceria.J

[Gobernador remi· te los padrones de almas de Ja ciU• dad correspondlen· tes a los dos de 1803 a 1805.J

ACTAS DEL CABILDO

ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seiiores don Francisco Diaz Ynguanzo, del consejo de su majestad, oidor honorario de fa Real Audiencia de Cuba, teniente gobemador y auditor de guerra de esta isla; don Buenaventura Quiiiones, alcalde ordinario de segunda eleccion ; don Miguel Rami· res de Arellano, regidor-fiel executor; don Miguel Davila regidor; y don Manuel Andino, procurador sindico general; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y titil de la republica. Concurri6 tambicn don Manuel Angel Power, regidor; y no el seiior alcalde ordinario de primer voto, licenciado don Juan Antonio Mexia; ni el caballero regidor doctor don Jose Sanchez por haberse excusado con motivo de hallarse indispuesto de la salud. En este cabildo se dio cuenta de la representaci6n del caballero sindico procurador con que acompaiia las cuentas presentadas por el mayordomo de propios y arbitrios, don Felipe Garcia, correspondientes al aiio proximo pasado, y pide su aprobaci6n, con lo demas que en ella se expresa, y en su consecuencia se acord6 : Que se aprueban dichas cuentas; que se compulsen testimonio de ellas·y se re-[f· l6Bv. ]/mitan originales al seiior gobemador, intenden· te y capitan general, para Ios efectos prevenidos en la Real Ordenanza e Instrucci6n de Intendentes; y que se haga saber a dicho mayordomo practique las mas activas y efi· caces diligencias judiciales y extra-judiciales para el cobra de las cantidades que de reditos vencidos se estan adeu~ dando no s6lo por el tiempo de su administraci6n sino tambien de la de su antecesor, don Eusebio Urquizu, a cuyo efecto se presentara contra Ios deudores y sus bienes en los competentes juzgados. Que Ia Junta Municipal con· cluya el expediente sobre las cuentas particulares con Manuel Padilla relativas a la administraci6n de Ia carnice~ ria, a fin de que tenga efecto Ia condici6n aceptada en su contrata de que por la real tesoreria se le abone o pase en cuenta de las que alli tiene pendientes Ia cantidad que resultare alcanzando al fondo de propios. Se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente Y capitan general, en el cual acompafia 1os padrones de a!mas existentes en esta capital por Ios afios de mil oc~o­ c1entos tres, mil ochocientos cuatro y mil ochocientos cm~ co, en contestaci6n al que este ayuntamiento le dirigi6 en veinte y cinco de febrero Ultimo; y mediante que de la confrontaci6n de dicho padr6n resulta Ia notable diferen-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

cia de mas de dos mil aimas de diminuci6n [sic] respecto de el Ultimo afio al anterior de [f· 169 ] / ochocientos tres, se acordo: Hacer venir a esta sala a los alcaldes de barrio, coma vinieron, y prevenirles que practiquen nuevo padr6n del vecindario actual de esta plaza, con la mayor exactitud y fidelidad, sin excluir de el otras personas que las que pasan revista mensalmente por hallarse en actual servicio y retirados agregados al estado mayor de esta plaza. Se recibi6 otro oficio, su fecha, catorce del mes corriente, en el cual previene el sefior gobemador, intendente y capitan general, se ponga copia certificada de cuantos antecedentes obren en el archivo de este ayuntamiento acerca del nombramiento de maestros de escuela y se le remita a la mayor brevedad. Y se acor.d6: Que asi se ex~ cute, compulzandose por el presente esscribano la copia que se manda comprensiva de cuantos antecedentes haya acerca del particular. Se dio cuenta de los informes dados por el mayordomo de propios acerca de las solicitudes de Maria Antonia Caseres Y Marfa Damiana Lacruz pretendiendo el solar y bohio que, en el sitio de La Meseta, tiene Juan Jose, pardo libre, obligandose a contribuir con el arrendamiento que debe pagar el primero a Ios propios de esta ciudad, a quien corresponde. Y se acord6: Que mediante P· t69v. ]/ el bogio ~dado en el solar que expresa no corresponde en pro-. p1edad a los fondos de propios y arbitrios, que acudan e alguno de los juzgados de justicia a promover el derecho con que cada una se contemple. Con lo ,que se conclui6 este cabildo, que firmaron dich~s sefiores, de que doy fee. Ynguanzo [rubrica] Q~iiiones [rubrica] = Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Andino [rubrica] Ante mt Gregorio Sandoval [rubrlca], esscribano real y de cabildo.

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[150] [24 DE MARZO DE 1806.]

, En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro dias del mes de marzo de mil ochocientos y seis afios, para celebrar ) cabildo ordinario, coma es de uso y costumbre, concurrie'

'

211

[Ordenase a los alcaldes de barrio a efectuar un nuevo padr6n de la ciudad.J

(Gobemador solicita copla certificada de antecedentes sobre nombramiento de maestros de escuela.J {Provl!ese a la peticicSn d e l gobernador.J

[Se da cuenta de I o s informes presentados p o r el m~ordomo en reIaci6n a las solicitudes de Marfa

Antonia Cf.seres y

M a r f a Damlana Lacruz sobre un solar y bohfo en La Meseta.J (Por no pertenecer a los propios el referido bohfo, provt!ese que las alud id as solicitantes recurran a un juzgado.J


212

ACTA$ DEL CABILDO

ron a esta sala consistorial los sefiores don Francisco Diaz Ynguanzo, del consejo de su majestad, oidor honorario de la Real Audiencia [f· 170] / de Cuba, teniente gobernador, auditor de guerra de esta plaza e isla ; los sen.ores alcaldes ordinarios, Iicenciado don Juan Antonio Mexia Y don Buenaventura Quinones; don Jose Power, regidor alferez real; don Miguel Ramires de Arellano, regidor-fiel executor; don Miguel Davila y doctor don Jose Sanchez Bustamante, regidores; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica ; a que tambien concurri6 el caballero sindico procurador general, don Manuel Andino, y don Manuel Angel Power, regidor. En este cabildo se dio cuenta del expediente formado [Se da parte del expedlente sobre el sobre el legado de los cuatro mil pesos hecho por don legado de cuatro mil pesos hecbo Juan del Castillo en su testamento, otorgado en la ciudad por don fUllD del Castillo p a r a la de Mexico, a favor de este cabildo para su inversi6n en un coustruccl6n de un cementerio; y se leyeron los acuerdos en que se comision6 cementerio.J al difunto caballero regidor don Felix Lacruz y doctor don Jose Joaquin Coronado posteriormente para que siguieran la correspondencia sobre el particular con sus apoderado~ de Madrid y Mexico; y no pudiendo venirse · en conoCI· miento par estos ni por aquel del Ultimo estado del negocio ni ailn de si fueron remitidos al Consejo los autos que se siguieron en la Audiencia de Mexico, se acord6: Que el lPor desconocerse sl los autos libras':fior alcalde de primera elecci6n, don Juan Antonio Medos en relaci6n con este legado, xia, procure informarse de la senora viuda doctor don 'fueron remitidos al Consefo de InJose Joaquin Coronado sabre si existen entre sus papedlas y el curso que en ate se le rr. 110v·]/les algunas cartas de don Lucas Foronda, agente dio a los mismos, prov~ que se rede negocios del Real y Supremo Consejo de Jndias, apodequiera de la vluda del regldor doctor rado de este ilustre cabildo en la expresada villa de Madon Jo~ Joaquin Coronado illforme drid, en que avise o de cuenta de baber llegado los autos si entre los papea aquel supremo tribunal y el curso que bayan tenido, les de su difunto marido se hallan para en vista de las resultas deliberar Jc, que se estime por algunos que puedan aclarar los mas conveniente. . '' aludidos extremes.) [lnvitacl6n de las Se recibi6 un oficio de los mayordomos de las Cofra· cofradias de Altagracia ·y Santa Rodias de Altagracia y Santa Rosa convidando para la asissa para que el cat7ncia a las procesiones que del Huerto, Azotes y Crucificbildo aslsta a las procesiones del ci6n en la inmediata Semana Santa. Y se acord6: Que se Huerto, Azotea y Cruciflx16n.J guarde lo acordado para la concurrencia a estas procesio(Provl!ese para la nes respecto de que los sefiores alcaldes deben asistir a aslstencia a 1 a s aludidas procesioellas. ·. nes.) Se contextaron los oficios de que bace mencion el ~te­ [ Contestaclones a oficios del goberrior acuerdo y se dirigieron al senor gobemador, inJ~n· nador.J 1 dente y capitan general. ,


213

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron clichos seii.ores, de que doy fee. Ynguanzo [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Quinones [rubrica] = Power [nibrica] = Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 171 ] /

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[151] [ 13 DE ABRIL DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de abril de mil ochocientos seis afi.os, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constum.bre [sic], concurrieron a esta sala capitular los senores teniente gobemador, auditor de guerra; licenciado don Juan Antonio Mexia y don Buen~­ ventura Quiiiones, alcaldes ordinarios de prim.era y segunda elecci6n; don Jose Power, regidor-alferez real; don Miguel Davila, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power, regidores; y don Manuel Andino, procurador sindico general; para tratar y conferir las cosas Jocantes al pro y util de la republica. En este estado concurri6 el senor don Miguel Ramirez, regidor-fiel executor. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobemador, intendente y capitan general, su fecba, veinte y ocho de marzo, por el cual, arreglandose a la propuesta que este ayuntamiento hizo de los presbiteros don Jose Herranz, el doctor don Miguel Andino y don Pascual Gonzalez para que alga.no de ellos se ocupase en el servicio de la capellania de esta real carzel mecliante la renuncia hecha por el presbitero don Antoni~ Sanches, que la servia, nombr6 al primero presentado por este ayuntamiento y que desde luego pueda ponersele en exercicio con las formalidades que sean de estilo. Y se acord6: Se ponga en noticia del capellan (f· 111v·]/ nombrado, presbitero don Jose Herranz, por medio del caballero procurador general, que se comisiona al efecto, quien dara cuenta para que en caso de que acepte se pida al senor gobemador y capitan general el correspondiente tftulo.

(Gobernador nombra al presbltero don Josi! Herr4nz como capell4n de la real c4rcel.J (A lnformarse al presbltero don Josi! Herr4nz su nombramiento como capell4n de la real Cllrcel.]


214

ACTA$ DEL CABILDO

Se recibi6 otro oficio del mismo seiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, dace del corriente, en el cual se incluye testimonio de Ia real provision comunicada a este gobierno, con fecha quince de marzo de mil ochocientos cuatro, en la que incluye la real cedula de (Gobemador remiveinte y dos de diciembre de mil ochocientos dos, sobre te testimonio de ,que se proceda sin disimulo ni tolerancia en la execuci6n real provisi6n sobre cumpllmlento de la pragmatica sabre ab-intestatos y mandas, a fin de de la pragm4tlca referente a ab-lnque obre los efectos convenientes. Y se acord6: Que se testatos y mandas.J agregue a las reales provisiones, se tome raz6n de ella en el libro que corresponde; y se contexte su recibo. En este cabildo record6 el sefior teniente gobernador, Se llbr6 el oficio prevenido en este auditor de guerra, la urgencia de acudir al reparo de alguacuerdo. nas de las calles empedradas a fin de evitar su total ruina y mayores costos en lo sucesivo; hacienda presente al propio tiempo que el senor gobernador, intendente y capitan general, sin embargo de la notoria escasez en que se hallan las reales caxas, que ha obligado a hacer uso de todos los dep6sitos en ellas existentes, condescendia su seiiorla en que del ramo o impuesto para el empedrado de [1· rTl)/ (Gobernador autolas calles se suministrara por los seiiores de real hazi~da riza libramlento de hasta la cantidad de dos mil pesos para el indicado obJeto dos mil pesos para la reparacl6n de de su recomposici6n, en cuyo supuesto deberan [sic] pro. canes.) cederse por este ilustre cabildo al nombramiento de uno. (Requi&ese del cablldo deslgne cod_e sus individuos, en clase de su comisionado, y con las misionado q u e s e encargue de q u e facultades que .Ia ley le concede en tales casos para ,gue se realice la reparacidn de las case haga cargo de dicha obra, y cuide de su execuci6n con· lles.J forme al piano y calculo que debera formarse por el sefior comandante del Real Cuerpo· de Ingenieros de esta plau, precedido el reconocimiento de las mismas calles, para lo cual se pase el competente ·oficio al expresado seiior gober(Don Manuel P'"Onador, intendeute y capitan general. Y se acord6 : Nom· wer queda deslgnado como ta1 cobrar por tal comisionado al seiior don Manuel Power; Y mlsionado.J que se pase, desde luego, el oficio que se indica al sefior _gobei;nador, intendente y capitan general, para que se sirVa mandar al seiior comandante de ingenieros execute el recono_cimiento de la obra necesaria y calculo de su costo, con expresi6n de la cantidad y calidad de la piedra, cal Y ladrillo que ·deba invertirse. En este cabildo se present6 don Manuel Hernaiz pot un m~morial acompafiando el tftulo que de alguacil mayo~ · del rmsmo se le ha mandado librar por su se:fioria, el sefior , gobemador, mtend~te y capitan general,. con fecha cJ~, doce del corriente, en virtud de haber rematado ['· rn.,·]/ Se context6 el recibo en e s t a fecha.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

en publica subasta dicho empleo por la cantidad de mil y quinientos pesos ; en que consta tambien habersele recibido el juramento de fidelidad por ante su seiioria, como es de costumbre y ley, para que en virtud de todo ello se proceda desde luego a dar a don Manuel Hernaiz la posesi6n que corresponde de derecho. Y visto el ti'.tulo y una representaci6n que de antemano tenia presentada en cabildo, con fecha de veinte y cuatro de febrero, el caballero sindico procurador general de cuio tenor entendidos los seiiores vocales conferenciaron pasando ultimamente a votaci6n, por su orden, sobre el acuerdo que corresponclia Y debia darse en este caso, de que result6 que todos los seiiores dixeron que obedecian la disposici6n y mandato expreso de su sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, pero que no podian darle cumplimiento hasta que se evacuase la prueba de tachas y defectos que contiene la representaci6n del caballero procurador, a cuio intento y para que la evacue con las mas que tuviere a hien 'en cumplimiento y desempeiio de su oficio se acord6 : Unanimemente que se una el expresado ti'.tulo a la enunciada representaci6n dandosele vista al caballero sindico procurador general ~ara en sus resultas acordar el cabildo la providencia que sea de justicia sobre el particular, par_ticipandose entre-[f· 173]/tanto a su seiioria, el seiior gobernador, intendente y capitan general, con testimonio que al efecto tambien se acompaiiara, previas las urbanidades de estjlo. A excepci6n del caballero fiel-executor, don Miguel Ramires, que dixo no daba su voto en pro ni en contra porque tanto el don Manuel Hernaiz como su hermano don Ram6n son sus compadres y esto se ha tenido por bastante para reservarse este voto. El seiior alcalde de primer voto expuzo que aunque fue de parecer se obedeciera el titulo presentado y despachado con competente autoridad y que no se cumpliera suspendiendo la posesi6n a don Manuel Hernaiz por las causas y motivos de que estaba orientado por la anterior representaci6n del caballero sindico procurador general, que aniba se cita, no conviene en que se agregue, se le de vista al referido caballero procurador general y las pruebe en este cabildo porque esto debe ser en sala de justicia, suspendiendose entretanto en dicho cabildo el citado titulo, que quedara reservado, y la representaci6n original con decreto que se le entregue para los efectos de probar las

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[Se presenta Utulo de regidor-alguactl mayor despachndo por el gobernndor a favor de don Manuel Hern4iz y requiuese se le d6 a 6ste posesi6n del dicho oficlo.J

[Se aeuerda no darle posesi6n de su ofieio a don Manuel Hernliiz hasta tanto no queden elasifiea· das VIU'ias taehas q u e signifiea el proeurador gene-

m.)

Se dirigi6 con ofieio de esta feeha.] (Flel ejeeutor se abstlene de votar respecto a la aludlda poses16n.}

[Alcaldo ordinnrio de primer voto soliclta que las tachas seflaladas pOr el proeurador ge-

neral queden ven·

tllndas en sala de fustlcla.J


ACTA$ DEL CABILDO

216

[Teniente de go. bernador se abstiene de votar respecto ll la posesl6n.J

,que en ella se contrae y que ha motivado dicha suspen• si6n. El seiior teniente gobemador no vot6 sobre este Ultimo particular de la posesi6n de don Manuel Hemaiz a fin de poder quedar libre para poder consultar al senor gobernador, intendente y capitan general, acerca de el si [f· mv.]/ se necesitare. Con lo que se concluy6 este cabildo, que finnaron sus seiiorias, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = Licen· ciado Mexia [rubrica] = Quinones [rubrica] = Power [rubrica] = Ramires [rubrica] = Davila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [rubrica] Andino [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], ess· cribano real y de cabildo.

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[152]

[21 DE ABRIL DE 1806.]

(Representacl6n del regldor don Jos6 S4Dchez de Busta· mante en la q u e sollclta: que no se 11ermita a don Gregorio Sandoval actuar como escri· bano de cabildo por no serlo oft• cialmente dado que habfa renun· clado a dlcho ofl· clo: que el cabll· do proceda a de-

slgnar quldn babrfa

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los veinte y un dias del mes. de abril de mil ochocientos seis aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores teniente gobemador, auditor de guerra; licenciado don Juan Antonio Mexia Y don Buenaventura Ou.iii.ones, alcaldes orclinarios de pri· mera Y segunda elecci6n; don Jose Power, regidor-alferez · real; don Miguel Davila, doctor don Jose Sanchez de Bus· tamante Y don Manuel Angel Power, regidores; Y don 1 174 [ • ] / Manuel Andino, sindico procurador general; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la repU· blica. . En este cabildo entreg6 el caballero regidor don Jose! Sanchez de Bustamante una representaci6n dirigida al propio cabildo en que expone que el escribano de el remat6 en diez y nueve de noviembre ultimo *la del* el ofici~ ~e gobiemo y guerra de esta isla bajo la precisa co~~c~6n de que habfa de renunciar aquella por la incom· patibilidad de ambos oficios y bajo cuio concepto se le despach6 el competente titulo de tal escribano de gobier·

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

no y guerra, pero que sin embargo continua asistiendo a los cabildos y actuando en lo demas de sus dependencias. Que viendo el propio cabildo que se iban pasando clias sin que dicho escribano verificara la renuncia, como era debido de justicia, y que por otra parte violentando el tiempo de sus acuerdos expresando antes de entrar en ellos unas veces que tenia que ir a las once o tal hora a donde el senor gobernador, intendente y capitan general, a cosas del oficio y otras a los Bandos Publicos, etc., no pudo menos de celebrar acuerdo sobre ello y representarlo al senor gobemador a fin de que se sirviera mandarle hacer la renuncia a la mayor brevedad; que surti6 su efecto la expresada representaci6n pues, aunque tarde, el esscribano don Gregorio Sandoval habia ocurrido, en primero de [ 1• 174v·]/ marzo de este aiio, ante el publico don Jose de Reyna y otorgado la competente escritura de renuncia de la escribanfa de cabildo a favor de don Felipe Garcia, pero que no obstante ella continuaba lo mismo que antes asistiendo a todos los actos de cabildo, publicos y privados, como si fuese atin su escribano : Que en primero del presente mes habia vuelto a comparecer ante el propio escribano Reyna a otorgar otra escritura de renuncia de Ia misma escribania publica y de cabildo a favor de su majestad, sin embargo de estar corriente la primera; que en este concepto exigian la raz6n y la justicia no se le admitiera mas por este m.uy ilustre ayuntamiento a actuar en sus acuerdos y demas funciones peculiares y propias de escribano de cabildo pues como no lo era ya en virtud de Sus renuncias, posesi6n y exercicio de la de gobiemo, se exponian por lo menos a un vicio de nulidad, al mismo tiempo que tambien manifestaban la idea con que se habian hecho dichas renuncias cuando se debfa tener presente que la formaci6n de los documentos de esta naturaleza *formaci6n* y especie es indispensable que preceda efectivamente el contrato de compra y venta, perfecto y cer.rado, entre el vendedor y comprador pues de otra suerte seria dejar [f· 175] / campo abierto para hacer infinito el termino prescrito por Ia ley dentro del cual deben hacerse las renuncias de tales oficios y exponerse justamente los dueiios a perderlos; y, finalmente, que todo lo referido exigia que por este muy ilustre ayuntamiento se proceda,

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* · Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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217 de efercer la escrf· banla concelll; y que pOr el parentesco q u e media entre el alcalde ordlnarlo de pr I· mera elecci6n y don Gregorio San· doval debfa aqua abstenerse de votar en el asunto del desempefio de la escribanfa de cablldo.J

B n tr e renglones, vale. Test:ado, no vale. (nlbrica).


ACTA$ DEL CABILDO

218

desde luego, a nombrar quien sirva su escribanfa con el propio sueldo mensal de cuarenta pesos y las obvenciones que le correspondan mientras que se presenta el renunciatario acto y expedito para desempefiarla en forma, pues asi lo disponia en tal caso y circunstancias Ia ley veinte, del Tftulo veinte, Libro Octavo de la Recopilaci6n de Indias. Y por un otrosi de Ia propia representaci6n expuso igualmente que en el cabildo de catorce de este mes babfa manifestado el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramires, que era compadre de don Manuel Hernaiz, Y que se habfa tenido por bastante impedimenta y causal para que no votara en el asunto de aquel, Io que debia tenerse presente para que siendo el esscribano don Gregorio Sandoval, como constaba a los individuos *sefiores* de este cabi1do, pariente del senor alcalde de primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia, con mas raz6n Y fundamento no debia votar este en el asunto que promueve en lo principal. El alcalde de primer voto habiendo ofdo leer el otrosi que comprende Ia representaci6n del caballero regidor don Jose Sanchez para que se [f· i 7sv.] / le privara de su voto por el parentezco que tiene con el presente esscribano contrayendose en el a que todos Ios sefiores lo sabian Y les constaba, que preguntados dijeron lisa y llanamente que ·eran parientes pero que no sabfan el grado, expuso que sin ~mbargo de estar apto para votar por no constarle a este ilustre cuerpo el grado de parentezco como lo afirma el (Alcalde ordinario caballero regidor don Jose Sanchez c~n todo se abstiene, de primer voto declara ha de abste~a'!lendo que dicbo recurso co~espondfa al caballero nerse de votar en el particular d e I procurador general y ante el senor gobemador, smd1co ejerclclo de la escribanJa de cabllintendente y capitan general, y que desde que es regidor do.J Y despues alcalde ordinario se han dejado de celebrar los cabildos por falta de regidores y no de escribano. En cuio estado mand6 el senor teniente gobemador que se procecliera a votar sobre Ios particulares enuncia· dos Y los senores regidores don Jose Power, don Miguel Da~a Y don Manuel Power, y el senor alcalde de segunda (Quedan aprobados don Buenaventura Quiiiones, fueron de dictamen elecc16n, los particulares enunciados en la ~ue se executara desde Iuego cuanto pedfa el referido serepresentacl6n del nor don Jose Sanchez; .Y en su: vi,rtud declararon que el regldor don Jos~ Slinchez de Bustamaiite.J

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ginal.

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Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el eri.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

presente esscribano no debia concurrir mas a los acuerdos del ilustre cabildo ni despacharse con el los negocios propios de su oficio y que debia nombrarse, como nombraron, por interino a .don Manuel de Acosta, escribano real, habilitado de publico, con la mitad del [f· 176] / sueldo y todas las obvenciones anexas o correspondientes a dicho oficio, quedando la otra mitad del sueldo en clase de depositada en el fondo de propios. Seguidamente manifesto el mismo seiior· teniente de gobernador que de este asunto no debia tratarse hallandose presente el propio esscribano interesado menos debia este extender el acuerdo y autorizarlo por la notoria e insanable nulidad que contiene y que si se pensaba tratar en este cabildo de el debi6 de antemano citarse otro escribano y avisarse al presente para que excusara su asistencia; que la providencia que se ha acordado envuelve consecuencias de gravedad contra el propio esscribano, y asi es _visto que no puede exercer su oficio acerca de ellas porque seria actuar en causa propia, y con mas raz6n Y fundamento deberia haber precavido este inconveniente el senor regidor don Jose Sanchez que el que se atribuye para votar el seiior alcalde ordinario de primera elecci6n por el parentezco que se dice media entre los dos. Habiendo hecho presente en este estado el caballero s~dico procurador general, don Manuel de Andino, que sm embargo de haberle pasado vista este muy ilustre cuerpo, en el acue11do que celebr6 en catorce del corriente, para que promoviera y evacuara las pruebas y justificacion~s de los [f· 176v·]/ defectos y tachas contenidos en ella DUsma contra don Manuel Hemaiz en oposici6n a obtener el oficio o regimiento de alguacil mayor que ha rematado, Y que estando pendiente todas ellas, esto ~s las pruebas, ~e·le ha notificado en el dia una providencia del diez y seis del mismo, dictada y consultada por el sefi.or teniente de gobemador y auditor de guerra como asesor nato del tribunal de gobiemo, en que manda su sefi.oria, el sefior gobemador, intendente y capitan general, que se le notifique al expresado caballero sindico, por el esscribano de gobiemo, don Gregorio Sandoval, que para primera audien.cja exiba en su tribunal la representaci6n mencionada a 'efecto de proveer lo que en justicia corresponda tanto / $Dbre la suspensi6n de la posesi6n solicitada por don Ma; nuel Hemfilz como de las tachas y defectos ,que en ella se I

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219

(Des ignaci6n de don Manuel de Acosta como escribano intedno de cabildo.J

(Parecer del teniente de gobemador sobre la cuestl6n promovida respecto a la escribanfa de cablldo y a cu erdo adoptado por el concejo.J

(S(ndico procurador general da a conocer haber recibido una notificaci6n para q u e presente en el tribunal de goblerno su representacldn formulando tacbas a don Manuel Hern4iz para ocupar oflclo de regidoralguacll mayor.)


ACTA$ DEL CABILDO

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lRegidor don Jos6 Silnchez apresa su parecer de que el tenJente de gober· nador no debe ba· llarse presente cD la dilucldaci6n concemiente a la posesl6n de d o n Manuel HenuUz.J Testado, no vale. lr6brica). tTenJente de go. bernador contesta que puede y debe hallarse presente en el referldo asunto.) [Regidor don Jos6 Silnchez detenDlna no expresarse nl votar en el aludl· do asunto mlentras est6 presente el ta. nlente de goberna· dor.J ISlndlco procurador general plantea duda respecto a sl debe presentar an· te el tribunal de goblerno su repre. sentacldn referente

a las tachas q u e ba levantado con· tra d 0 D Manuel Hern4lz.)

[Pareceres o votos reservados de los capltulares sobre las cuestiones plan. teadas por el 1'e8i· dor don Jos6 Siln· chez y por el ~ curador general.)

Testado. No vale.

imputan a la persona de este para obtener y servir el oficio de regidor-alguacil mayor de esta ciudad. Dixo el caballero regidor doctor don Jose Sanchez que desde luego es de dictamen que el sefior teniente de gobernador y auditor de guerra, con la venia de estilo, no debe hallarse presente en este asunto de don Manuel Hemaiz en virtud de haber ya dicho senor consultado la providen· cia indicada de diez y seis del corriente en aquel tribunal y esperarse que debe continuarlas; [f· 177 ] / lo que habiendo hecho presente *(en la sala) y particularmente* a dicho senor teniente de gobernador y contextadosele que sin embargo podia y debia hallarse y estar presente en los asun· tos a que se contrae de don Manuel Hernaiz protext6 en este caso y desde luego su voz y voto sobre ello para no hablar acerca del asunto ni en pro ni en contra mientras dicho senor se halle presente por parecerle asi bien con· forme y de justicia. El caballero sindico procurador represent6 que a consecuencia de la providencia de que acaba de bacerse men· ci6n se hallaba en Ia duda de si deb:ia exibir, segUn. en ella se le manda, la representaci6n de que el cabildo le mand6 dar vista por el acuerdo anterior, y que sobre el particular se resolviera lo que se tuviese por conveniente; y en su virtud y de la protexta del caballero regidor don 1os6 Sanchez expuso este que no podia hablar ya en el asunto mientras se hallase presente el senor teniente de gober· nador. El caballero regidor don Manuel Power no dio voto algun~ acerca de dicha protexta, contrayendose a que se cumpliera el acuerdo anterior citado, pues tanto sobre ella como si debia exibirse o no al senor gobemador dicha representaci6n expuso que necitaba {sic] de mas tiempo para deliberar. EI senor don Miguel Davila context6 en los propios t~r­ (f· inv. ]/minos ; y el caballero alferez real con *los dos s~fiores alcaldes* el senor alcalde de segunda elecci6n, considerando lo arduo del asunto, expusieron que no pod1an por ahora decidirse en cuanto a que el senor teniente d~ gobernador no concurra a los acuerdos *siempre* en que que [sic] en ellos se trate del asunto de don Manuel Hernciiz pero convienen en que se exiba la representaci6n

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori· ·

ginal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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,quedando de ella testimonio; de cuio parecer fue tambien el seiior alcalde ordinario de primera elecci6n, consecuente a su voto en el acuerdo anterior, sobre que el expresado asunto debfa ventilarse en sala de justicia. En estado [sic] dixo el seiior teniente gobernador que la protexta estampada por el caballero regidor don Jose Sanchez envuelve una injuria de la mayor consideraci6n contra su persona y empleo por la que no debe pasar de manera alguna y si por el contrario imponerle la competente correcci6n, pues no pudiendo tener dicba protexta apoyo alguno en las !eyes y ordenanzas debe inferir que algunos otros motivos ocultos son los que la ban impulsado y mientras que se expresa y justifica por dicho caballero regidor, le mand6 que se trasladara a su casa, guardara arresto en ella con suspensi6n de su oficio hasta otra providencia, dandose cuenta sin dilaci6n de toda la acta 178 [f. ] / capitular al seiior gobernador, intendente y capitan general. Todo lo cual oido por dicho caballero regidor protext6 contra su arresto y suspensi6n de oficio alegando el que debfa ventilarse si residian facultades suficientes en el sefi.or teniente gobernador para decretarla; y que hacia testigos a todos los seiiores que han asistido en este cabildo sobre moderaci6n, comportamiento en este y todos los demas negocios que se han tratado en el, y que viesen que todo el motivo del arresto y suspensi6n de oficio era la sola insinuada protexta. Con lo que, por ser ya tarde, se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fe. = Ynguanzo [nlbrica] ·= Licenciado Mexia [.rubrica] = Quinones [rubrica] = Power [rubrica] = Davila [rubrica] == Power [nlbrica] = Andino [rubrica] :::: Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. Doy fee: Que habiendose presentado al caballero regidor don Jose Sanchez este acuerdo para ,que lo firmase se excus6 hacerlo porque dixo contenia su arresto y suspension de oficio y que le parecfa mui impropia firmarla de su mano; y para que conste Io (f· mv. ]/ pongo por diligencia dicho dia, mes y aiio; y firmaron el seiior teniente gobernador y los seiiores alcaldes ordinarios. = Ynguanzo Quinones [ru{rubrica] = Licenciado Mexfa [rubrica] brica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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221

[Por conslderarla lDjuriosa a su persona y por no estar fundamentada en derecho alguno la protesta q u e contra el tenlente de sobernador form ulara el residor don Josi! S4nchez, decrl!tase p o r el primero que hasta tanto este regldor no exprese los m6viles clertos de aqu611a ha de guardar el resldor arresto dom.lclllario y quedar suspendi-

do de su oficio.J

(Regldor don Josi! 54Dchez cuestlona facultad del tenlente de goberuador para decretar su arresto y suspensldn de oftclo.J

[Por decretarse en

el JDlSJD.O SU arresto y suspensl6n de oficlo el regldor

don Jos6 S4nchez se nlesa a firmar el presente acuerdo.J


222 (Testimonio de es-

te acuerdo a ser enviado al gobernador .J

ACTAS DEL CABILDO

Compulze el testimonio prevenido de la precedente acta capitular en el mismo dia de su fecha para la entregua [sic] al senor gobernador, intendente y capitan general, previas las urbanidades de estilo, doy fee. = Sandoval [rubrica]. [153] [28 DE ABRIL DE 1806.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y ocho dias del mes de abril de mil ochocientos seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores teniente gobernador, au~­ tor de guerra de esta isla; licenciado don Juan Antomo Mexia, alcalde ordinario ide primer voto; don Buenaventura Quiii.ones, que lo es de segundo voto; don Jose Power, regidor-alferez real; don Miguel Davila y don Manuel Power, [f· 179] / regidores; a que tambien concurri6 don Manuel Andino, procurador sindico general ; para trata; Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se dio cuenta del oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, de veinte y uno del corriente, y de la relaci6n que acompafia, practicada por el [Gobemador remisenor comandante de ingenieros de la cantidad y calidad te relaci6n de la de materiales y calculo de sus' costos que son precises calidad, cantldad y costo de los matepara la composici6n del empedrado de algunas de las cariales a ser utlllzados en la repaIles que se hallan deterioradas. y en vista de todo se raci6n de las calles.] acord6: Que en cuanto a fa piedra, respecto a no haberla en estas inmediaciones y ser preciso conducirla de la parte d~l Este de esta isla, se proceda a celebrar contrata para IA subastarse Ja dicha conducci6n por la cantidad de doscientas toneladas; provlsi6n de pledra para la reparaci6n a cuio efecto se fixaran carteles, con termino de veinte de las calles.] dias, en los sitios publicos de esta plaza, convocando a Ios ~ue quisieren obligarse, en el concepto de que sera pr~fc­ nda la mejor postura a beneficio de los fondos de prop1os Y ~rbitrios y quien presente mejores seguridades de cum· P!1rla. Y en cuanto a la cal, ladrillo y el barro y agua, med1ante a ser de poca consideraci6n su importe y facil su conducci6n de estos partidos inmediatos, que el seiior regidor comisionado don Manuel Angel Power proceda por [Regldor don Manud Angel Power si a celebrar los ajustes, dando cuenta a la Junta Munia encarsarse de ce-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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lebrar los ajustes cipal para el abono de las can-(f· 179v·]/tidades en que lo correspondientes para verificare; y que para todo se le pase copia de la referida de la elcal,suministro ladrillo, relaci6n y acuerdos y que se contexte al seiior gobemador, barro y agua.J y capitan general, el citado oficio de veinte y uno de los corrientes. Tambien se dio cuenta por el caballero smdico procurador general del encargo que se le hizo, en el cabildo de trece del corriente, de participar al presbitero don Jose [Presbftero don JoHerranz el nombramiento de capellan de esta real carzel s6 Herntnz DO admite su designaY que aquel se excusaba de admitirlo por sus achaques cl6n como capellan notorios. Y hallandose informado igualmente el cabildo de de la real carcel.J que los otros dos propuestos, a saber, el presbitero doctor don Miguel de Andino y el presbi'.tero don Pascual Gonza- [Presb!teros don de Andino lez se excusan, por el propio motivo de falta de salud, yMiguel don Pascual Gon.z:llez se excua aclmitir la referida capellania, acord6 se ponga todo en san de aceptar la capellanoticia del senor gobernador, intendente y capitan general, referida nra.J (Presb!tero don proponiendole al mismo tiempo al presbitero don Domingo Domingo Cantero propuesto Cantero, sacristan mayor de esta Santa Iglesia Catedral, queda para la dicha caen quien concurren las circunstancias necesarias para de- pellanfa, J sempeiiarla. Habiendose tenido noticia del deterioro que padece la fuente de San Antonio y que sus aguas se extravian aban(Prov~e para el . donando los conductos principales, se acord6 : Que el se- reconoclmlento y reparaci6n de la... _ nor alcalde de primera elecci6n, en virtud de Ia comisi6n fuente de San An.que anteriormente le esta conferida para el propio fin, tonio.] pas~ c?n el alarife de la ciudad a practicar el debido recoDOClllliento y que disponga des de luego la obra que [f· •m] I haya de executarse para la conservaci6n de las aguas, que estas se derramen en la pileta por los conductos que para ello estan destinado, zatisfaciendose los costos, como hasta aquf del fondo de propios. Se tuvo presente la reserva de votos hecha en el cabildo anterior por la mayor parte de los caballeros regidores a •· fin de tratarse en este. y principiando por el menos anti- [Algunos regidores guo dixo: Que a motivo de Io que expuso en el anterior relteran su reserva de votar en el cabildo reserv6 su voto sobre el punto suscitado informa- asunto promovido por el regldor don tivamente por el procurador general y seguido por el re- Jos6 Sdnchez respecto a que el tegidor don Jose Sanchez acerca de si podfa o no estar pre- niente de gobernador no debe hasente el senor teniente de gobemador a los acuerdos en llarse presente en los acuerdos en que se tratara de fa incorporaci6n que pretende don Ma- que se trate sobre la posesi6n de don nuel Hemruz en este ayuntamiento. Y, aunque correspon- Manuel Hernlilz.) dfa manifestarlo ahora no lo hace porque si atendida la circunstancia de hallarse dicho senor teniente de gobema-


ACTA$ DEL CABILDO

224

ISollcftase se recurra al gobernador para que l!ste determJne sobre Ja legalldad del arresto y suspensl6n de of I c i o decretados contra el regldor don Jost! S4ncbez.)

(Alcalde ordlnarlo de sesundo voto slgnltica que la presencia del te· niCDte de gobernador lmpide a los capitulai'es a e x • presarse libremente respecto a la posesl6n de d o n Manuel Hem4iz.)

dor consultando al *aquel* referido senor la posesi6n mandada dar a Hemaiz, en virtud del titulo presentado, a tiempo que el ayuntamiento invitado por el procurador esta tratando de manifestar a su seiioria las razones y motivos legales porque no podfa darsele, pareciera al exponente que debia decir lo mismo que el enunciado don Jose Sanchez, deberia esperar tambien se tomase contra el igual procedimiento de arresto y suspensi6n de empleo. En cuio conflicto y para no [f· •sav·]/ exponerse a sufrir semejante vejaci6n ni ultraje pide expresamente que sin dilaci6n se ocurra al senor gobernador y capitan general a fin de que su senoria se sirva declarar si la prisi6n Y suspensi6n referidas por solo la exposici6n del doctor San· chez, en los terminos que aparezca de la acta, es justa Y conforme a las facultades .que el senor teniente gobernador exerce en los cabildos cuando asiste como presidente por defecto de su senoria. Y que entretanto no se le requiera por la manifestaci6n al voto reservado ni por ningll.n otro relativo a la posesi6n de Hemaiz. El alcalde de segundo voto dixo : Que se contraia a la exposici6n del regidor don Manuel Angel Power en cuanto a no manifestar el voto reservado por las razones de dudar si el senor teniente de gobernador debe asistir a los cabildos en que se trate de Ia posesi6n de Hemaiz; y aiiade que aunque su seiioria se excuse de votar en orden a ella, como ya lo ha hecho, su presencia, presidiendo el acto, naturalmente impide a los regidores el decir su clictamen con aquella libertad que el derecho les concede sabiendo que el del senor auditor es enteramente contrario, tanto que declamando el cabildo contra la calidad notoriamente parda de la mujer de Hernaiz, el dfa que este present6 SU titulo, dixo su seiioria que el era blanco y que esta circunstancia con la de buena conducta eran bastantes para entrar en el ayuntamiento, (f· 181 ] / lo que siendole nuevo al '' exponente dijo: Que por consecuencia vendria a ser de menos ~stimaci6n el cuerpo capitular que un alferez de exerc1to para cuio empleo no queria su majestad que se propusiese jamas al sargento casado con mulata aunque por otra Parte tuviere Ia conducta y merito sobresaliente$. A lo que context6 su senoria .que para este caso habf~ : reales 6rdenes que asf lo determinaban; y para el otro np /

. * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el oii,L ..

gmal.


225

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

teniamos ley que lo mandase, cuyo pasaje pide se certifique por los senores de la sala y unido con lo expuesto se recomiende al senor gobernador, intendente y capitan general, para que su senoria se sirva tenerlo en consideraci6n y obre los efectos que haya lugar en la decisi6n pedida. El alcalde de primera elecci6n dixo : Que como por la presencia del senor teniente gobernador y la del senor gobernador no ha dejado de dar nunca sus votos en el acuerdo, pareceres y dictamenes, arreglado a la disposici6n de las leyes, como no dej6 de hacerlo dando su voto en el que se celebr6 cuando la presentaci6n del *disp* titulo de regidor-alguacil mayor despachado a favor de don Manuel Hernaiz, arreglado a la ley veinte y dos, Tftulo primero del Libro Segundo de las recopiladas de estos dominios, le parece ahora que el sefior teniente gobemador o el mismo senor gobemador deben presidir Ios acuerdos porque ya el cabildo, (f· 1s1v. ] / conforme a su exposici6n en el celebrado en trece del corriente, nada tiene que ver hasta que en sala de justicia se justifiquen las tachas Y defectos propuestos contra don Manuel Hemcilz y su consorte. *Con lo que se concluy6 el* En cuyo estado mand6 el se.iior teniente gobernador cerrar este acuerdo con prevenci6n que de resultas del de el cabildo anterior se recibira en el ayuntamiento la declaratoria que se solicita por algunos de fos sefiores sus individuos. Y que de este se c.ompulze testimonio y con el correspondiente oficio se de cuenta al seiior gobemador, intendente y capitan general; Y firmaron dichos seiiores, de que doy fee. ·- Ynguanzo [n1brica] = Licenciado Mexia [rubrica] ·= Quinones [rubrica] Power [rubrica] Davila [rubrica] Power [n1brica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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=

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[154] [S DE MAYO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios [f· 182] / cinco dias del mes de

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori· ginal. lS.

(Alcalde , ordinario de primer voto hace presente que el cabildo no puede entender en la posesl6n de don Manuel Hern:liz hasta tnnto no se clari· fiquen las tachas levantadas contra ~te.]

Testado, no vale. lrilbrica].

ITestlmonio de este acuerdo a s e r envlado al gobernador.J


226

ACTA$ DEL CABILDO

mayo de mil ochocientos seis afios, para celebrar cabildo :>rdinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores teniente gobernador Y auditor de guerra de esta isla; don Juan Antonio Mexia y don Buenaventura Quinones, alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n ; don Jose Power, regidor-alfer~z real; don Miguel Davila y don Manuel Angel Power, reg1dores; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y util de la republica. A que tambien concurri6 don Manuel Andino, procurador sindico general. En este cabildo se dio cuenta de una representaci6n de lSolicitud de audon Carlos Martinez, maestro de primeras letras de esta mento de sueldo del maestro don ciudad, pidiendo aumento del sueldo que le esta asignado Carlos Martinez queda referida al por ahora. Y se acord6: Que se una a sus antecedentes Y proc:urador g e n ese pase todo a la vista del caballero sindico procurador ral.J general para que represente lo que se le ofrezca y parezca. Se recibi6 un oficio del sefior gobernador, intendente Y Capitan general, SU fecha, 30 de abril ultimo, aprobando Se entregd al t:eel acuerdo celebrado sobre el medio de reparar la fuente ftor alcaldo ordlnll· rig llcencl11do don de San Antonio para que nose pierdan los conductos Y se Juan Antonio Mexfll todo el expe. conserven en cuanto sea posible; y quo de resultas del dlente. reconocimiento que practique el sefi.or alcalde comisionado lOobemador aJ>nieba la reparacldn de con un perito se haga el costo preciso de los fond~s de la fuente de San Antonio.) propios. Y se acord6: Que dicho oficio se una al exped1ente 1 1 [ • 8Zv·]/ del asunto y se entregue a dicho senor alcalde comisionado para que proceda a poner en cumplimiento lo acordado en el cabildo celebrado en veinte y ocho de a~~ ~r6ximo pasado, a cuyo efecto se pondra *testi* certtficac16n por el presente esscribano en el mismo expediente. Se f o r m 6 expe. Se recibi6 otro oficio del mismo senor gobemador, indiente con testimonio de las tres actendente y capitan general, su fecha, treinta de abril Ultitas, los oficios del seftor intendente y mo, en que manifiesta no se le ofrece reparo de que se cdlculo del sedor comandante de lnbusca efecto la contrata que el ilustre ayuntamiento ~e genieros; y lo entregu6 todo al capropuso como necesaria para el acopio de piedra a fin \\ ballero regidor comislonado don Made reparar el empedrado y remedio de las calles deterionuel Power en 7 de mayo de 1806. radas poniendo carteles en los sitios publicos ; ni en que Sandoval (rlibrica). el c8:ballero regidor comisionado proceda por sf a la cele[Gobernador apruebrac16n de ajustes para el surtimiento de cal, ladrillo, barro ba se celebren subasta para la proY agua, por ser de menos consideraci6n con Ia calidad de visldn de piedra y afustes para el suque de cuenta a la Junta Municipal a su debido tiemJ>.O. minlstro de cal, la1

drillo, b a r r o y agua, todo ello para la reparaci6n de las canes.]

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en : el original. ,.


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Y se acord6 : Que se fixen desde luego dichos carteles por el termino prevenido, contado desde su fecha, previniendose en ellos que la piedra debe ser de la mas s6lida que se encontrare y tambien mas chica de las que estan actualmente en el empedrado de las calles. Y por lo respective al caballero regidor comisionado que se le pase la copia acordada para su inteligencia y cumplimiento. Se recibi6 otro oficio del citado seiior gobernador, intendente y capitan general, su fecha, treinta de abril Ultimo, en que aprueba su sefioria la elecci6n [f· 183] / de capellan, hecha por este ilustre cabildo, a favor del presbitero don Domingo Cantero; y que se le expida el nombram.iento que fuere de estilo si se conforma con este nuevo ministerio sobre el actual que obtiene de sacristan mayor de la Catedral. Y se acord6: Que *se le* mediante estar conforme que se le expida el titulo en Ios terminos que se despach6 a su antecesor. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiio,res, de que doy fe. = Ynguanzo [rU.brica] = Licenciado Mexia [rt1brica] = Quinones [n1brica] = Power [rubrica] == Davila [rubrica] Power [n.lbrica] = Andino [l'llbricu] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[155] [12 DE MAYO DE 1806.]

En la ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce dias de! mes de mayo de mil ochocientos seis aiios, para celebrar ca-(f· t83v. ]/bildo ordinario, como es de uso Y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores t_~miente gobernador, auditor de guerra de esta isla; lice~­ c1ado don Juan Antonio Mexia y don Buenaventura Qu1ii.ones, alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n ; don Jose Power, regidor-alferez real; y don Manuel Angel Power, regidor; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y U.til de la republica. En este cabildo se present6 Sim6n Elias en grado de apelaci6n de Ia sentencia pronunciada en los autos que Jose

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

227 [A fifarse carteles convocando a lnteresados en proveer la piedra s6Uda y pequefta para la reparacidn de las ca-

lles.J

(Gobernador apruedesigne al presbltero don Domingo Cantero como capell4n de la c4rcel.1 ba se


ACTAS DEL CABILDO

228

[Deslgnacl6n de di· putados para enten· der en apelaci6D.]

(Gobemador remite tfl1Jlo de c:apelldn de c:4rcel extendido a favor del presbi· tero don DomiDgo Cantero.] (Sueldo que babr4 de devensar el c:apelldn.)

[Gobemador

acusa

rec:lbo de un ofi· cio c:apll1Jlar.J

(Se recibe oficlo de1 gobernador contestando acuerdos capll1Jlares.J

Maria del Carmen sigui6 contra Cecilio Elias, hijo de aquel, demandandole la cantidad de ciento setenta y ocho pesos en el juzgado del senor teniente de gobernador. Y se acordo: Haberse por mejorado el recurso y que para el artfculo se nombran de conjueces con el senor juez a quo a los caballeros regidores alferez real, don Jose Power, y fiel executor, don Miguel Ramirez, los que prestaran el correspondiente juramento. Se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, diez del corriente, con el qu: acompana el titulo que ha despachado a favor del presb1tero don Domingo Cantero para capellan de esta real carzel. Y se mand6 se tome raz6n de el en el libro que corres· ponde; que se le forme asiento del sueldo de cien pesos que le estan asignados por la Junta Municipal, a quien lo participara al efecto el presente [1• 184] / escribano; y todo verificado se pase dicho titulo al citado presbitero don Domingo Cantero por medio del caballero regidor-alferez real, don Jose Power, a quien se diputa al efecto; y que se contexte el expresado oficio al senor gobernador, intendente y capitan general. Se recibi6 otro oficio del mismo seiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, ocho de mayo corriente, en que acusa el recibo del que se le pas6 comunicandole los cuatro puntos que se trataron y acordaron en el cabildo de cinco de Ios corrientes. Y se acord6: Se archive. Se recibi6 otro oficio del citado seiior gobemador,. in!endente y capitan general, su fecha, ocho de mayo cornente, en que contexta y determina acerca de los acuerdos celebrados en veinte y uno y veinte y ocho de abril pr6ximo anterior lo que ha estimado conveniente; y visto todo su contenido *se acord6*. El regidor menos antiguo, enterado del precedente oficio del senor capitan general, dixo : Que siendo los puntos contenidos en dicho oficio de mucha gravedad Y que envuelven mucha parte de derecho que el exponente no entiende, lo mismo que ·sucede a los demas regidores excepto el doctor don Jose Sanchez, suspenso Y arrestado, y el seiior alcalde don Juan Mexia, declarado contra el cabildo desde que se trat6 de separar a su pa· .

*

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el .·

original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

229

riente el esscribano don Gregorio Sandoval, tanto que ['· iscv. ]/ por sostener a este acus6 a aquel cliciendo en consistorio abierto que desde que era regidor no habia visto se dexase de celebrar cabildo por falta de escribano y si por Ja de regidores; para no exponerse a que su dictamen se interprete injurioso al caracter de su seiioria y evitar al mismo tiempo la publicaci6n de los acuerdos que en el cabildo del dia veinte y ocho clixo el seiior auditor se sabian por la tarde en toda la ciudad y a la noche en Bayamon ( que no sera extraiio suceda as:i porque siendo los regidores, como queda dicho, hombres legos Y de poquisima expedici6n en materias forenses se ven precisados a consultar cada uno con el abogado o sujeto que les acomode, de que resulta Ia transcendencia Y publicidad indicada) es de dictamen que, piclien[Prop6nese por el dose por esta el correspondiente permiso al seiior gober- regidor don Ma· nuel Power que panador, intendente y capitan general, se haga venir a Ia ra determinar resa la solici· s~I~. el letrado que eligiere el ayuntamiento par~ _que pec:to tud de don Manuel Hernlliz sobre podiriJa Y arregle sus actuaciones en orden a la solic1tud sesl6n del oficio de don Manuel Hemaiz y todos sus incidentes, conforme de regidor-alguacil se permita se practic6 cuando en el aiio de noventa y tres trat6 el mayor al cabildo asesorarse con un tetra· senor. auditor de guerra, don Juan Francisco Creagh, do.J prevalido de su autoridad y conocimientos legales, de confundir las razones que el ayuntamiento oponia a sus ideas Y pensamientos [f· tBS]/ constantes de las actas de aquel tiempo, bajo la firme protexta que por lo que a SU parte toca hace el exponente de no decir mas palabra acerca de la materia sin este auxilio y recurso que el derecho le concede. El regidor--alferez real, don Jose Power, dixo: Que tiene mui presente que en el cabildo de veinte y ocho del mes pr6:0mo pasado reprodujo la exposici6n de~ ~aba­ llero regidor don Manuel Power Io mismo que bic1eron las sefiores don Miguel Davila y alcalde de segundo voto, don Buenaventura Quiiiones, anadiendo este lo que en ella se expresa y que en este concepto firmaron todos; pero advirtiendo ahora que no aparece en ella su voto, co,mo ni tampoco el de el citado don Miguel ~avila, reproduce el que acaba de dar don Manuel Power y afiade (ltegldor - alfaez sefiala nulidad ser nulo todo Io actuado a consecuencia del acta, protex- real de todo lo actuado amparo del acta tando vindioar el agravio particular que se le ha hecho al del 28 de abril de y la injuria irrogada a todo el cuerpo con tan semejan- 1806 por no constar en l!sta su voto te inaudita felonia. Sohre cuio punto pide den su dicta- ni el de) regidor don Miguel D4vimen los demas seiiores que se hallan presentes respecto la.J


230

ACTAS DEL CABILDO

o

a que no supieron la falta advertida ahora al tiempo de su votaci6n. [Alcalde ordinario El alcalde ordinario de segundo voto dixo : Que se de segundo voto se identiflca con los contrae a la exposici6n del seiior don Manuel Power; pareceres expresaigualmente dice lo (f· tssv.] / rnismo acerca de la exposidos por don Manuel Power y don ci6n hecha por el seiior alferez real. Jose Power.} El alcalde de primer voto, despues de oida la exposici6n del caballero regidor don Manuel Power, dixo: Que como los dos acuerdos a que se contrae dicho caballero (Parecer del alcalde de primer voto regidor no esten aprobados por el senor gobernador, insobre la posesl6n a don Manuel Hertendente y capitan general, y que sus exposiciones en ntiz y sobre el reclamo de nulidad ellos constantes en nada rnanifiestan Ia declaraci6n inplanteado p o r el regidor - alferez debida, indecorosa y falta de respeto, *contra* por el lureal.) gar que ocupa como alcalde de primer voto, contra el cabildo ni sus acuerdos, no quedando a los individuos que le componen otro arbitrio para hablar sobre ellos por la falta de aprobaci6n que de Ios legales del ocurso al superior, lo que ensefian las leyes de estos dominios y muchos maestros en castellano, debiendo estar todos impuestos de su obligaci6n por este respecto; que el haber expuesto con arreglo sus votos no es declararse contra el cabildo ni consentir en Ia posesi6n a don Manuel Hernaiz pues lo que ,quiere es que el asunto se trate ~ sala de justicia, como es debido. Pide que sobre Ia m(Alcalde ordinario juria que se le irroga por el caballero regidor don Made primer voto plde satlsfaccl6n por nuel Power se le mande dar una completa zatisfacci6n agravio que se le hace en la exposipor_ el senor capitan general, que sabra conciliar el taci6n del regidor don Manuel Pomano de ella a la magistratura y alto lugar que ocupa en wer.] este cabildo, debiendose tener [f· 186]/ en errado concepto de que por la representaci6n del caballero regidor don Jose Sanchez, en que queria privarle del voto, se halla decla!ad? contra el cabildo ni opuestose a lo justo Y que se anadia que no se dejaban de celebrar los acuer4,os por fal~ de asistencia del esscribano y sf de los seiior~s regidores es mui constante y mui cierto haber sucedido asf, y esta pronto a acreditarlo por los libros Y otras faltas. Que en el cabildo no debe entrar otro que no t~n~a voz, voto y asiento, y que si en otro tiempo se consmti6 o habria justa causa para ello, que no la enc1:1entr~ el votante al presente, o se queria atropell~. las d1spos1ones [sic] de la ]ey. Que cerrados los acuedlos I

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tacbado ;en el original. ·


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO •

tiene el votante lugar de reclamar contra ellos o la falta que haya notado dentro de veinte y cuatro horas, ante un escribano publico, por cuia raz6n y no siendo conforme la solicitud del caballero regidor-alferez real, don Jose Power, por defecto de reclamaci6n en tiempo es de parecer que sobre el particular nada se acuerde. Pide Ultimamente se le de cuenta al senor gobemador, intendente y capitan general, con testimonio de la acta para que provea el remedio contra la injuria que se le irroga. El regidor menos antiguo dixo: Que reproducfa el voto del caballero regidor-alferez real en cuanto a la nulidad de lo actuado a consecuencia [f. 186v·]/ de la acta del dia veinte y ocho por no constar el voto de clicho caballero alferez real ni tampoco el de don Miguel Davila. En este estado propuso el seiior teniente gobemador que a fin de que pudiera recaer la resoluci6n mas acertada sobre el voto del caballero regidor dop. Manuel Power Y zatisfacci6n pedida por el caballero regidor-alferez real acerca del agravio hecho al cuerpo, injuria de su persona y felonia del que omiti6 extender su voto Y el de don Miguel Davila en la acta de veinte y ocho de abril Ultimo en todo conforme al de dicho don Manuel, convenia *(este)* que este se expresara cuales eran las asuntos en que el difunto senor don Juan Francisco Creagh, prevalido de su autoridad y conocimientos legales, trataba de confundir en el aiio de noventa y tres, las razones del cabildo, por lo que se vio este en la necesidad de Hamar a un abogado para que dirigiera sus actuaciones. Y no habiendo manifestado dicho seiior don Manuel Power cuales fueron aquellos asuntos o negocios, contrayendose ilnicamente a que habia oi'.do decir que el doctor Arroyo fue el que concurri6 a los enunciados acuerdos, se mand6 traer el libro de aquel aiio Y le:idos se _vino en conocimiento de que fueron de mui . di~tin.ta calidad y naturaleza de las presentes *circunstanc1as d1sputas. Y habiendo expuesto el referido caballero regidor-alferez real que el autor de la omisi6n en extender su voto Y contra quien se debia hacer [f· 187] / cargo era el presente esscribano, zatisfizo este con que asi como escribi6 los votos particulares de los demas seiiores regidores lo * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en "!l original.

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(Don Manuel Pow e r se ldentlfica c o n lo expuesto por el regidor-alft!-

rez real.]

[Regidor -

alfuez

real fija en el escribano la respons ab ll i dad de la omisi6n de su voto en el acta de 28 de abrll de 1806.J


232

!Escribano rechaza tal responsabilidad.J

ACTAS DEL CABILDO

habria executado tambien del sefior don Jose Power si se lo hubiese mandado y dictado y que cuando no lo verific6 fue sin duda por defecto de las sobredichas circunstancias ; y no afirmandose el mismo sefior Power en que le hubiese mandado escribir su voto ni dictadoselo, se concluy6 este acuerdo, el cual firmaron sus sefiorias, habiendose prestado el juramento por los caballeros regidores diputados para conjueces, a cuio efecto vino a esta sala el caballero regidor don Miguel Ramirez de Ar~11,ano *firmara* firm6, de que cloy fee. = Ynguanza ,r~­ brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Quinones [rubn· ca] = P01ver [rubrica] = Ramirez [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[156] [19 DE MAYO DE 1806.]

(Provt!ese por el gobernador que los regidores don Jost! y don Manuel Po-wer, y el alcalde d o n Buenaventura Quiftones dt!n la

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve dias de! mes de mayo de mil ochocientos seis afios, para efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de [f· mv.] uso Y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sell.ores t~niente gobernador, auditor de guerra de esta isla; li;enciado don Juan Antonio Mexia alcalde ordinario de pnmera elecci~n; don Jose Power, ~egidor-alferez real; don Miguel Davila y don Manuel Angel Power, regidores; Y don Manuel Andino, procurador sfndico general; para tratar Y conferir. las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurn6 el senor alcalde ordinario don Buenaventura Quiiiones por haberse excusado a causa de avisar estar algo indispuesto de Ia salud. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y oapitcin general, su fecha, diez Y siete del corriente, en que contexta quedar impuesto de lo tratado Y acordado en el cabildo del dia doce, previniendo al ilustre ayuntamiento cuanto estim6 conducente, Y que, se hiciese entender a los caballeros regidores do~ Jose Y don Manuel Power igualmente que al senor alcalt

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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sollcide de segunda elecci6n, don Buenaventura Qui:iiones, lo satisfllccl6n tada por el alcalde ordlnario de primer que de dicho oficio consta relativo a dar al senor alcal- voto.J de ordinario de primera elecci6n la zatisfacci6n competente que pidi6 en el cabildo anterior por el agravio que se le irroga en la exposici6n de dicho caballero regidor don Manuel Power acerca de que era contrario al mismo cabildo y que en este concepto no pod.fa valerse aquel de sus conocimientos legales para que arreglara y dirigiera las actuaciones del mismo cabildo en los asuntos de 188don Manuel Hernaiz, cuya zatisfacci6n comprende P· ] / tambien al citado senor alcalde de segundo voto que se ha excusado de asistir el dia de hoy con motivo de enfermedad. Y habiendo oido los expresados caballeros regidores don Manuel y don Jose Power la resoluci6n de dicho senor gobernador, intendente y capitan general, dixeron que [Regidores don Ma· apelaban de ella para ante quien por derecho le corres- nuel y don Jos~ pondiese pues se hallaban en el propio caso de que el Power apelan de lo determinado por el referido senor alcalde diera al cabildo zatisfacci6n por gobernador y exigen a su vez que el agravio que le irrog6 acusandolo de que por defecto et alcalde ordlnade primer voto de regidores y no del presente esscribano u otro se de- rlo presente dlsculpa cuerpo capltular jaron de celebrar aquellos diferentes veces. El propio se- ill por acusacl6n o agravlo que contra iior alcalde expuso en el acto justificaran los dos men- dste h.1%o.J cionados caballeros regidores el agravio que en ello habia [Alcalde ordlnario de primer voto exihecho al cabildo y de Jo contrario insistia en la zatisfac- ge que los ¢e.rldos regldores fusci6n pedida; y que mientras tanto se mantuvieran aque- dOquen en el acto el agravio o acusallos arrestados en su casa, suspensos de oficio, porque no ci6n que le lmpuy de lo con· podia consentir que quedara estampada en los libros tan, trarlo reclamaba la a el una proposici6n tan indecorosa a su empleo, conducta Y satlsfaccl6n deblda, proveyendo mientras no profesi6n. Lo uno, porque es improbable de todos mo- efectuaSe lo por se ~ que didos la contrariedad al cabildo que se· le acumula; Y lo reclamado e hos resl dores arresto otro, porque el hecho a que se refiere, y se llama acusa- guardaran domiclllario Y susci6n, esta .comprobado en Jos Libros de las Actas Capi- pensi6n de oficlo.] tulares. Y a efecto de evacuar estas citas se leyeron, a solicitud del mismo senor alcalde, [f· 188v. ] / solamente las correspondientes al afio pr6ximo anterior; y a igual (Alcalde ordlnario solicitud del nominado regidor don Manuel Power las ce- de primer voto y el regidor don Malebradas el veinte y uno y veinte y ocho del mes inme- nuel Power sollcidiato anterior; y resultando de las primeras, que en tan lectura de ciertas a c t a s. cada ocho o nueve dias del citado afio no se pudo celebrar cua1 con el parti· lnterb de cabUdo por haber concurrido solamente el presente ess- cu1ar sustentar sus respectlvas posturas cribano y por falta de este el real don Manuel Acosta con sobre el asunto del agravlo.J uno de los sefiores alcaldes unas veces, otra, con un regidor solo y otras con un alcalde y un regidor, faltan-


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[Teniente de gobernador significa que el alcalde ordinario de primer veto no ha agraviado al cuerpo capitular al seiialar que se han dejado de celebrar cablldo por falta de regldores y no por defecto de escribano.]

ACTAS DEL CABILDO

do el nfunero suficiente segiln mas por menor se acredita de las diligencias estampadas en el citado Libro, con fecha de veinte y nueve de abril, diez y siete de junio, quince y veinte y dos de julio, cinco de agosto, veinte y nueve de octubre, once y veinte y cinco de noviembre del aiio pasado de mil ochocientos cinco; y aunque el seiior teniente de gobernador les manifest6 el equivocado concepto que tenian formado de la expresi6n del seiior alcalde pues ningun agravio se Jes ocasionaba en ponerles de manifiesto la falta de fundamento con que se propuso por el caballero regidor don Jose Sanchez, Y acord6 por la mayor parte Ios capitulares, la separaci6n del presente esscribano y nombramiento de interino en el citado Acosta, mediante la constancia de que no se ban dejado de celebrar los cabildos por defecto de escribano sino por falta de aquellos rnismos ; y que entendieran que el verdadero significa-[f· 189 ]/do de la voz acusaci6n y la diferencia de execci6n, en cuia calidad suena y estiii contrapuesta la expresi6n de dicho seiior alcalde a los fundamentos del recurso del nominado regidor don Jose Sanchez; como tambien la necesidad in· dispensable de dos extremos contrarios justificados para que pudiera decirse que el seiior alcalde lo era del cabildo, cuios hechos no se sefialan como corresponclia en las actas capitulares ni fuera de ellas. Y siendo ademas Constante la diversidad de dictamenes entre aque} Y este s6lo ~~ ha verificado en que los asuntos de don Manu~l Hemaiz deben ventilarse en sala de justicia, que es el tn· bunal d~l seiior gobem ador, intendente y capitan ge;ieral; Y sm embargo de haberse conformado dicho senor alcalde con que en este acuerdo constara por exposici6n de los mencionados caballeros regidores don Jose y don Manuel Power que no habia sido SU animo injuriarlo y q?e habian usado de aquella clausula contrario del cal' hildo contrayendose Wiicamente a la diversidad de su voto acerca del particular del juzgado que debia conocer del asunto de Hemaiz, no quisieron convenirse en ello a pesar de }as insinuaciones y convencimiento que les hizo el p~op10 senor teniente gobemador a fin de que no se volviera [f· 18!>v·]/ a habar [sic] mas sobre ello y queda· ran tranquilos sus animos. Con lo que en estado = [~iC] El regidor menos antiguo, don Manuel Angel Po"1~r, ~ontray~ndose a los demas particulares del oficio def /senor cap1tan general, dijo : Que en su exposici6n del !tines 1

[Alcalde ordinario de primer voto se conformarta con que los regldores don Jos~ y don Manuel Power blc i er an exposici6n declaratorla en este acuerdo sobre que no ha sldo de la intenci6n de ellos injurlarlo.J [Los aludldos regldores ni~&anse hacer Ia exposlcl6n.J


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anterior manifesto la necesidad en que se hallaba •el Ayuntamiento de sujeto letrado que arreglara sus contextaciones y acuerdos en todo lo concerniente la [sic] posesi6n que pretende don Manuel Hernaiz y se le ha mandado · dar del empleo de regidor-alguacil mayor, concluyendo con la protexta de no decir ma.s palabra acerca de la materia sin este auxilio y recurso que, con el fundamento del exemplar citado y demas razones que ex(Regidor don .Mapuso, parecieron legales al exponente; y en su conse- nuel Angel Power renuncia a su decuencia y por la negativa que se manifiesta en dicho recho de • pronunclarse en lo futuro oficio del senor capitan general renuncia y abandona to- sobre el asunto de la posesi6n de don dos sus derechos en orden al enunciado punto y sus in- Manuel Hern4iz por no tener los cidentes por no tener los conocimientos legales de que conoclmientos leganecesarios para necesita para exponerlos y mucho menos en el acto que les el caso y por hadesestimado se leen los oficios del senor capitan general, que, como bei;:se por el gobernador peticldn para el del citado lunes, comprenden varios particulares de su que el cabildo esun lettado mucha gravedad, protextando que por ello no pare per- cogiera que le asesorara juicio a los del cuerpo, a que estara siempre unido para sobre el particu• reclamarlos donde, c6mo y cuando pueda hacerlo, reco- lar.J mendandolos entretanto a la justificaci6n del mismo senor capitan general para que como su cabeza y jefe lo sostenga y (f· 190] / proteja en justicia. don MiEl caballero regidor don Miguel Davila expuso que [Regidor guel Dd.vila y el regidor-alf~ez · se contrae en un todo a la exposici6n que hace el caba- don Jos6 Powerreal s.e suman a --111.-·· pos1llero regidor don Manuel Angel Power. cldn adoptada por Jgualmente lo reprodujo en todas sus partes la expo-. don Manuel Angel Power.) sici6n del caballero regidor don Manuel Power, el caballero regidor-alferez, don Jose Power. El alcalde de primera elecci6n dixo : Que no es a~­ misible la renuncia y abandono que contiene la expos1ci6n del caballero regidor don Manuel Power, que siguen [Alcalde ordinario los caballeros regidores alferez real y don Miguel Davi- de prlmera elecci6n sefiala es inla, en el asunto de la posesi6n de don Manuel Hern~z admlsible la renunde derecho que por no ser parte los individuos por sf para renunc1ar cia hacen los tres aludldos regidores.J los derechos, privilegios y exenciones del -muy ilustre cabildo; Y que, a mas de eso, este tiene SU comisionado para que defienda el punto de la posesi6n justificando los defectos de don Manuel Hernaiz y su consorte en sala de justicia, de donde debe salir la resoluci6n y comunicarse por el conducto del caballero sindico procurador general al cabildo. Que esta concebida con errado concepto la referida exposici6n por no tocarse en el oficio del seiior gobernador, intendente y capitan ·general, de diez y siete del corriente, lo que en ella se supone. Que


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ITeniente de gober-

nador provee que-

de abierta el acta hasta el prdximo cabildo.J

tiene extendido su voto, en cuanto a la concurrencia de letrado a la sala, anteriormente; y que aunque pudiera decir al-[f· l90v.]/go en cuanto a la nueva injuria al exponente o a la profesi6n de abogado que exerce Io pasa por alto porque en el asunto le parece no se encontraran razones con que iluminar Ios entendimientos de los que no quieran seguir sus an teriores parcceres de que las justificaciones y todo Io demas concerniente deban practicarse como ha dicho en sala de justicia. Con Io que se concluy6 este cabildo mandando el senor teniente gobernador quede abierta Ia acta hasta el inmediato, a fin de que oyendo del senor alcalde de .segunda elecci6n sus razones sobre Ia zatisfacci6n pedida y manda dar [sic], pueda recaer Ia ultima resoluci6n del senor gobernador, intendente y capitan general, sobre el asunto, dandose a su sefioria, entretanto, cuenta con testimonio del acuerdo de este dia; y firmaron dicho~ sefiores de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = Ltc~­ ciado Mexia [rubrica] Power [rubrica] Davila [robrica] Power [rubrica] Andino [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real Y de cabildo. [f· 191 ] /

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[157] [2 DE JUNIO DE 1806.] E? la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San .Ju~ Bautista de Puerto Rico, a Ios dos dias del mes de JUDIO d~ m.il ochocientos seis afios, para celebrar cabild~ ordinano, concurrieron a esta sala consistorial Ios senores teni~nte gobernador, auditor de guerra de esta isla; lice~c:_1ado don Juan Antonio Mexia y don Buenav~tur~ Oumones, alcaldes ordinarios; don Jose Power, regidof· alferez real; don Miguel Davila y don Manuel Angel Power, regidores; y don Manuel de Andino, procurador general; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor goberna• dor, intendente y capitan general, su fecha, veinte y d.os de ~a!o Ultimo, acompafiando un testimonio de la ~~ provis16n y real cedula para la exacci6n y cobranza 1de la contribuci6n impuesta sobre Ios legados y heren~ias


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(Gobernador remite transversales para su puntual complimiento y previa obli- testimonio de real provlsl6n y de real gaci6n de dar cuenta de todos los fallecimientos en los c~dula respecto al cobro de la eonpartidos de la jurisdicci6n de esta ciudad ab-intextato o trlbucldn impuesta sobre legados y heinstruyendo herederos transversales. Y se acord6: Se tome renclas transversaraz6n de ella en el libro que corresponde; se pase una les.J copia de ella a los sefiores alcaldes ordinarios ; y se contexte el recibo. Se recibi6 otro del mismo senor gobemador, intendente y capitan general, su fecha, 20 de mayo Ultimo, previniendo queen el perentorio termino de ocho dias -se le pasen [Gobernador solicllas noticias de propios y ar-[f· 191 v·]/bitrios, que pidi6 en ta las cuentas de oficios de nueve de diciembre de mil ochocientos cuatro propfos.J Y Veinte de julio ultimo, Conforme a lo dispuesto por SU majestad en el Articulo treinta y uno de la Real Ordenanza de Intendentes. Y se acord6 : Se reserve para el cabildo inmecliato la contextaci6n y al efecto se traiga a Ia vista el expediente formado sobre estas noticias El senor alcalde de segundo voto dixo : 0':1e en medio de la sorpresa de que esta ocupado al oir intimarsele una pena tan grave cual es la de dar zatisfacci6n al seiior su compaiiero no puede menos que contradecirlo por vfa de (Alcalde de segun. querella o apela para ante el rey, nuestro senor, de la do voto nf~e a c1ar satisfaccidn indicada determinaci6n, siendo estos los Unicos medias que Iaordena el sob er nador que le parecen oportunos para evitar el ultraje y agravio al alcalde respec~ de Pl'.1· voto y seftala que se intenta inferir no tanto con respecto a su persona mer habr4 de apelarla el rey en su privada, considerando las circunstancias de su clase y na- ante Real 'T SupNimo cimiento, cuanto por la publica que representa de un Consefo de Indias.J miembro de los primeros de este ilustre consejo y de un magistrado con jurisdicci6n ordinaria y actual ; por cuias dobles consideraciones merece ser tratada con todo el (El aludldo alcalde decoro y distinci6n que dictan las leyes y no comprome- fundamenta SU postunl al respecto.J tersele a incurrir en un caso de menos valer como insidirfa efectivamente si puntualizase la satisfacci6n prevenida al senor su compaiiero; pues importando este hecho en toda su extension [f· 192]/ una verdadera decantaci6n de la polinodia esta por demas que el exponente signifique la repugnancia que contiene con respecto a su persona en cualquiera de aquellas dos acepciones cuando no puede dudar que a la ilustraci6n del seiior gobemador y capitan general es incapaz de ocultarsele la prohibici6n legal de imponer en un hombre de su caracter y empleo semejante pena por la infamia que produce. Que por otra parte, siendo el hecho que la motiva un punto trafdo y propuesto en el ayuntamiento cree el exponente que debfa ventilarse


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(Alcalde de primer voto insiste &e le d6 Ja satlsfaccidn ordenada por el gobemador.J

(Regldor don Manuel Power requlere del alcalde de primer voto pruebe las faltas que 61 seftala ha cometido el a y u n t amiento.J

ACTAS DEL CABILDO

y decidirse por el mismo ilustre cuerpo, correspondiendo a su senoria, el senor gobernador y capitan general, la confirmaci6n del acuerdo que resul tase para impedir el inconveniente de que los negocios deducidos en el centro del cabildo y que por su naturaleza piden tratarse por el mismo se resuelvan fuera de el y por otra autoridad que no sea la del mismo ayuntamiento en el concepto dicho. Que en consecuencia de todo y haciendosele entender en que consista [sic] el delito cometido esta pronto a dar sus descargos y a manifestar por diverso extremo que lexos de haber dado ocasi6n para una determinaci6n tan grave, como la que envuelve el oficio que se acaba de leer, Ia tiene para pedir que el sefior su compafiero zatisfaga a este ilustre cuerpo del agravio [f· 192v. ] / que le ha hecho acusandole de faltas en su presencia o que las pruebe como corresponde; pero que si acaso esta solicitud no fuere asequible se le oiga libremente la apelaci6n que en subsidio ha interpuesto y de nuevo interpone para ante el rey, nuestro senor, en su Real y Supremo Consejo de las Indias, por si y a nombre del muy ilustre cabildo, «:» cuanto pueda como individuo del cuerpo por el agravio que se le induce ; pidiendo para su prosecuci6n se com· pulze testimonio de todas las actas y oficios del seiior gobernador y capitan general relativas a la posesi6n mandada dar a don Manuel Herna.iz y de las mas que oportu· namente pedira conducentes a la materia. El alc~de d~ primer voto expuso que vuelve a insi~tir en la zat1sfacc16n pedida y mandada dar por el senor gobernador, intendente y capitan general como que es el que debe mandarlo. ' El regidor menos antiguo, don Manuel Power, dixo: Que aiiadfa a su exposici6n del lunes diez y nueve que el senor alcalde don Juan Mexia manifieste y pruebe, en el termino que se le sefiale, las otras faltas que en· ,su exposici6n del lunes doce dixo habia cometido el ayuntamiento. En este estado mand6 el senor teniente gobemador se cerrase este cabildo y se diera cuenta con testimonio de esta acta al se:fi.or gobernador, intendente y capitan gener!3'1, con el competente oficio de rem.isi6n; y lo [f· 193] / firmaron dichos sefiores, de que doy fee. = Yngq(lrio [~brica] = Licendiado Mexia [rubrica] = Quifionef) [robnca = Power [rubrica] = Davila [n1brica] = rower


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[nibrica] - Andino [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [nlbrica], esscribano real y de cabildo. [158]

[9 DE JUNIO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes de junio de mil ochocientos seis afios, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial las sefiores teniente gobernador, auditor de guerra de es ta is la ; licenciado don Juan Antonio Mexia Y don Buenaventura Quinones, alcaldes ordinarios de prim.eray segundo voto; don Jose Power, regidor-alferez real; don Miguel Davila y don Manuel Power, regidores; y don Manuel Andino, procurador sindico general; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro [f· 193v. ] / y util de la republica. En este cabildo se dio cuenta, por el esscribano, de un (Pedimento de don pedimento dado por don Manuel Hemaiz al senor gober- Manuel Hernaiz que se le de nador, intendente y capitan general, solicitando se le de =ficaci6n de ha· ber servido los ofipor el ilustre cabildo y ayuntamiento certificaci6n de haber cios de alcalde de servido los encargos concejiles de alcalde de barrio y fiel barrio y de fiel provisional dos aiios; y el decreto del senor gobernador, ejecutor.J -" (Gobernador ordemtendente y capitan general, para que se le dieran por el Dll se le de Ill alu· dlda certificaci6n.J esscribano pasandose al efecto al muy ilustre ayuntamien(Cabildo provee pato. Y con vista de todo se acord6 : Se le de certificaci6n ra la mfsma.J que pide dicho Hemaiz en los terminos que se manda. (Don Juan Jose de Se present6 don Juan Jose de Hostos exibiendo el real Hostos presenta ti· tulo de escribano · despacho en que su majestad le cre6 escribano real y no- real y notario PU· tario publico de Indias, pidiendo se tome raz()n de el Y bllco de Indias.J que se le devuelva el original para Ios fines que le convienen. Y se acord6: Que se haga coma Io pide. El alcalde ordinario de primer voto expuso : Que con motivo de habersele avisado que el Santo Pafr6n tutelar de (Apruebase la deesta ciudad, cuia decencia corre a cargo del ilustre ayunta- terminaci6n d~l alcalde de primer miento, no tenia capa decente para el dfa de su festividad voto para que se Y que era necesario retocarlo por estar algo renegrido el le hasa una nueva capa y se retoque color antiguo, previno al mayordomo de propios que soli- la imagen de San citara tela proporcionada para dicha capa, la mandara Juan Bautista.] hacer y tratara de que se retocara la esfigie a la mayor brevedad por aproximarse el dfa en que se le saca en


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[Regldor don Jos~ SUchez Bustaman. te solicita atestado del cablldo sobre clertos asuntos o

materlas que puntualiza en escrltos someddos al cuerpo capltular.J

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publico; y que daba cuenta de esta determinacion para (f· 194 ] / que el muy ilustre ayuntamiento, impuesto de ella, acordara lo que estimare conveniente a este objeto. Y se acord6: Que siendo, como es, necesario para la decencia del Santo Patron tutelar San Juan Bautista asf el retoque de la esfigie como la capa para su ornato se aprueba la determinaci6n del senor alcalde con la call· dad de que se rinda la cuenta de este gasto, por el mayor· domo de propios, con los correspondientes comprobantes. *(de este gasto)* Se recibi6 un escrito de don Jose Sanchez, dirigido a este ayuntamiento, en el que dice que cuando en el cabildo de veinte y nueve inmediato se le impuso arresto y sus· pensi6n de empleo por el sefior teniente gobernador por s6lo haber manifestado su dictamen acerca del particular que se trataba, en los terminos que constan del acta, hizo testigo a este ayuntamiento de su moderaci6n y comporta· miento no s6lo en aquel cabildo sino en todos los demas a que habia asistido; y que aunque el mismo senor tenien· te gobemador con su silencio dej6 justificada su conducta en esta parte estaba en necesidad de hacerlo constar de una manera positiva, clara y terminante; a cuio fin suplicaba al ayuntamiento se sirviese atextar por su decreto a continuaci6n: Lo primero, si el contenido del escrito, cuya copia acompafiaba, [f· t94v. ] / era cierto y ver· dadero en todas sus partes y que advirtiendose aiguna que alterase, confundiese o equivocase el pasaje a que se refiere se sirviese el ayuntamiento aclararlo como correspondia en obsequio de la verdad y de la justicia. Y lo se~do, si antes de hacer su exposici6n en el acto que la hizo o despues cuando aiiadi6 la protexta y demas con que concluye el acta advirti6 el ayuntamiento en el modo alguna falta, desatenci6n o exceso contra el caracter, persona Y empleo del dicho senor teniente gobemador o si II\, habia cometido en alguno de los anteriores cabildos a que su sefioria habia estado presente1 manifestandose cual haya sido esta y la reconvenci6n 0 cargo que por ello se le haya hecho. Y que evacuado con la mas posible brevedad, ~u~ .recomendaba y suplicaba al ayuntamiento por el per1wc10 notable que se le seguiria de cualquiera deJllOra supuesta la suspensi6n de su empleo y arresto q~<: ''

* Lo comprendido entre as-teriscos aparece tacbado en. el Original. •I


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habia mas de mes y medio que estaba sufriendo, se le entregase original para el uso que le conviniese por ser justicia que pedia y juraba, etc. Y por un otrosi, que constaba al ayuntamiento la acusaci6n extrafia con que el senor alcalde de primera elecci6n, don Juan Mexia, habia sorprendido todo el cuerpo diciendo en el citado cabildo que por falta de los regidores y nunca del esscribano don Gregorio Sandoval habia visto dejarse [f· 195 ] / de celebrar cabildo, sin otro motivo que haber manifestado los fundamentos legales que constaban de su escrito, presentado el mismo dia, para que dicho escribano no continuara asistiendo a ellos, y pedido por un otrosi que el referido sefior alcalde se abstuviese de votar en la materia por ser pariente de Sandoval ; cuia extemporanea e indebida acusaci6n manifestaba bien la incomodidad que le caus6 una solicitud a que era preciso deferir, como en efectivo defiri6 el ayuntamiento con generalidad de votos, nombrando en lugar de este escribano al que lo es real y habilitado de publico, don Manuel de Acosta; y habiendo sido Sanchez el m6vil de tan desagradable acuerdo con mayor tazon debia suponer asonadas contra sus intenciones todas las del seiior alcalde y por consiguiente temer que las desfogase con menos dificultad que Io hizo con este ayuntamiento; por cuia consideraci6n le recusaba y protextaba contra su voto en el particular y cualquiera otro asunto o negocio suyo si no se abstenia de darlo con juramento qu~ hac:ia, en forma legal, de no ser su ammo ofender la estimac16n, aprecio y decoro debido a su persona y empleo sino precaver oportunamente en el modo que el derecho se lo permitia las resultas que le podian perjudicar. Y por [f· 195v. ] / un otrosi : Que en el caso que dicho se:iior teniente gobernador se hallase presidiendo el acto suplicaba particularmente a su seiioria se sirviera seiialar las actas de que en el informe dado al seiior capitan general sobre lo ocurrido en el dfa de su prisi6n ~segur6 resultaban la multitud de altercados y disputas inutiles promovidas Y sostenidas por Sanchez s6lo con perjuicio del tiempo que debia emplearse en el despacho de· los negocios particulares de este ayuntamiento, pudiem;lo asegurarse que apenas encontrara· una que tenga por objeto el bien publico y que con citaci6n de Sanchez se compulzase testimonio de ellas y corriesen acomuladas al atex16.

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tado que solicitaba; y en la copia que acompafiaba del escrito que present6 al seiior gobernador, capitan general e intendente, decia que en el cabildo del veinte y uno del pr6ximo abril despues de haberse conferenciado Y acordado lo conveniente en orden a no poder ni deber asistir a ellos el esscribano don Gregorio Sandoval, porque lo era ya en propiedad del superior gobierno, habia dicho el sfndico personero que en aquella mafiana se le habia notificado un decreto del sefior ca pi tan general, con· sultado por el senor su teniente, que habia leido en el propio auto y era como seguia: «Puerto Rico, diez y seis de abril de mil ochocientos seis. Por recibido el testimonio de la acta capitular que se acompa:iia. Y visto, notifiquese por el presente esscribano al procurador sin-[f· 196] / dico personero, don Manuel de Andino, que para primera audiencia exiba en este tribunal la representaci6n a cuia acta se contrae, a efecto de pro· veer lo queen justicia corresponda tanto sobre la suspe~­ si6n de la posesi6n solicitada por don· Manuel Hernaiz como de las tachas y defectos que en ella se imputabaD; a la persona de este para obtener y servir el oficio de regidor· alguacil mayor de esta ciudad ["]; que acabada la lect~ habia dicho el procurador que le parecia estar en necest· dad de dar cuenta al ayuntamiento de aquella noved.ad respecto a habersele mandado entregar en el antenor acuerdo su representaci6n para Jos fines que en ella se expresaban, a que habia aiiadido, con el respeto Y mode: ~a~i?n debida al mandato superior, algunas reflexiones JI1Ul JWc1osas sobre el modo con que se habfa corregido Y re-vocado el citado acuerdo sin haberlo hecho saber al ayun· tamiento ; concluyendo con que despues de haber visto consultado el decreto por el seiior auditor de guerra, que presidia el acto, y estaba en necesidad de continuar con• s~t:indo las demas providencias que hubiese lugar! q~ ofic10 de justicia, a instancia de Hernaiz dudaba s1 dJ· cho senor podtia asistir a los cabildos en que se [f· l96v· ]/ tratara de calificar los motivos porque no debfa dar· sele la posesi6n pretendida ; que esta exposici6n, que de antemano se habia conferenciado y resuelto en orden. a Sandoval, habia sido motivo bastante para que no pud1ese ocultar mas su incomodidad el senor auditor y eµ,tre risueiio y airado dixo al procurador, repitiendolo. ~os veces con la mano extendida sobre el, que estampar~ lo


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que habia dicho en el acuerdo, a que le context6 que por su empleo no estaba en necidad [sic] de ello pero que lo haria si lo pareciere conveniente; que luego que dicho sefior oyo esta contextaci6n se encamin6 derechamente a Sanchez, quc en el anterior cabildo habia promovido y formalizado en aqucl la separaci6n del escribano mediante una representaci6n en que exponia las razones legales que habia para ello, y sin embargo de no corresponder a Sanchez votar hasta que lo hiciese el regidor doD Manuel Power, por ser menos antiguo que el, le invit6 el mencionado Sanchez para que dijese su dictamen acerca del particular, que al momento expuso este, con la mayor atenci6n, que por las razones quc acababa de indicar el procurador y otras que aiiadio alusivas al intento le parecia que efectivamente no debia asistir su senoria a los cabildos en que se tratara de manifestar los mo-[l· 197 ]/tivo~ porque no se podian cumplir las providencias que estaba consultando al senor gobernador relativas a la posesi6n de don Manuel Hernaiz y que por lo que a Sanchez tocaba reservaba el voto interin estuviese presente, dando a entender en esto la poca libertad que tenian los regidores para exponer su dictamen con aquella franqueza y desahogo que el derecho les concede. Que oido que fue esta materia, y extendida en el acuerdo, dixo el senor auditor ahora veremos si hay alguno que siga a vuestra seiioria; y dirigiendo la voz a dicho Power le exigia su voto, que este regidor, que como los demas habia observado todos Ios movimientos de dicho senor Y conocida por ellos la incomodidad referida, se hall6 perplejo Y dixo : Que la materia era ardua, el poco versado en las de esta clase y necesitaba tiempo para imponerse; que lo mismo puntualmente dijeron todos excepto el seiior alcalde don Juan Mexia que redujo su· dictamen a que se hiciera lo que el senor gobernador mandaba en el decreto. Que concluida la votacion dixo el senor presidente ahora veremos el reverso de la medalla y dictando el acta dixo, al tiempo de concluirla, queda la parte mas lastimosa, que a todos puso en cuidado este funesto aviso que en breve se manifesto que hablaba solo con pero 197 [f· v·]/ Sanchez pues *devolvi* desenvolviendo todo su 1

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* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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enojo se encar6 a el y como cuando una nube dispara el rayo le intim.6 suspensi6n del empleo y que quedara arrestado en su casa interin se tomaban otras providencias poniendo por causa que la citada exposici6n envol:via injurias contra su persona y empleo; que qued6 sorpren· dido Sanchez con semejante inesperado procedimiento Y viendose ya arrestado y suspenso hizo las protextas qu~ pudo en aquel momenta, aunque sin detenerse en aven· guar las facultades con que el senor auditor de guerra le suspendia en causa propia de un empleo publico que exerce con real confirmaci6n; pero que entre el repetir Y estampar dichas protextas principi6 su sefioria a bacerle varias preguntas y reconvenciones mui extraiias a la ma· teria, poco decorosas a su persona y ailn ofensivas a la de~ senor gobernador mismo pues una de ellas fue que ~ 1 sabfa que el senor auditor estaba cohechado por Hernaiz para que se le diera posesi6n; y otra que si le constaba o habia oido que lo estuviese el senor gobernador, a que context6 con la admiraci6n que es consecuente a unas preguntas hechas sin motivo *pues* de semejante natura· leza; que al fin se conclui6 el acto y se retir6 a su casa, *y se* donde se mantuvo arrestado y suspenso por orden del senor auditor hasta las ocho de Ia noche y por la del senor gobernador desde aquella (f· 198]/ hora hasta el dfa de su fecha, sin que sobre el particular se le haya becho saber otra providencia; que, entretanto, su honor,~~­ pleo Y su libertad estaban siendo la victima del sacrificio Y el objeto de la espectaci6n del pueblo. Su honor, porque es preciso que padezca en el concepto publico la nota de un enorme delito al verse salir suspenso y arrestado de la sala capitular. Su empleo, porque se le ha despojado de las funciones a el correspondientes de esta manera tan extrafia como violenta. Y su libertad, porque hacfa di~ Y ocho dfas que no la tenia. Que en esta atenci6n suplicaba al senor capitcin ge!1eral se sirviera hacerle el cargo correspondiente del mottvo que ocasion6 este procedimiento y que puesto en estado el proceso que se formase o hubiese hecho mandase su senoria se le diese vista de todo para sus excepciones Y. defensa conforme a derecho. I I

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado I ell el original.


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Conclufda la copia de los precedentes escritos mand6 el seiior teniente gobernador que se procediera a votar, por su orden, sobre las solicitudes que en ellos interpone el regidor don Jose Sanchez. Y habiendo expuesto el menos antiguo, don Manuel Angel Power, que para extender el suyo necesitaba que se le leyera la acta de veinte y uno de abril, verificado dixo: Que contraido a Io [f· i 9sv. ]/ principal de la copia que acompaiia el escrito presentado por el regidor don Jose Sanchez asegura ser su contenido sustancialmente conforme a lo ocurrido en el clia de su arresto, excepto la parte que se refiere al exponente, pues asegura del mismo modo que el seiior auditor de guerra le exigi6 su voto despues de haber hecho su exposici6n el caballero sindico procurador y no seguidamente a la que hizo dicho regidor Sanchez. Que sobre el modo con que este se explic6 tanto al tiempo de hacerla como cuando repiti6 sus protextas nada tuvo que reconvenirle el mismo seiior a quien las dirigia y menos el ayuntamiento, cuio silencio· es, como dice el escrito una prueba clara de que no bubo desatenci6n alguna ni falta de respeto. Que en los anteriores cabildos tampoco ha notado haya cometido estos excesos pues aunque efectivamente ha tenido varios altercados ha sido por sostener su voto con los fundamentos que constaran de las actas. En cuya consecuencia es de dictamen se de a dicho regidor no el atextado original que pide sino un testimonio de esta acta en la parte comprensiva, devolviendose el escrito que la motiva con el correspondiente decreto. El caballero regidor don Miguel Davila dixo: Que deda lo mismo .que ff· 199]/ el caballero regidor don Manuel Angel Power. El regidor-alferez real don Jose Power, dixo: Que siendo como es, la exposlci6n del caballero regidor don Manuel Angel Power arreglada al hecho de la verdad y pareciendole mas conveniente y conforme que en lugar del atestado pedido se de al caballero regidor don Jose Sanchez testimonio de Ia acta en los terminos referidos reproduce dicha exposici6n y se conforma con el enunciado dictamen. El seiior alcalde ordinario de segundo voto dixo: Que con respecto al corto tiempo que bace que esta en este ilustre cuerpo no ha notado que el regidor don Jose Sanchez haya cometido exceso en manifestar sus dictamenes;

245 [Capitulates se p.ronunclan sabre el atestado sollcltado par el regldor don Jos6 S;tnchez,J (Parecer del resi· dor don Manuel Angel Power.)

[Idem del residor don Mipel D4vila.)

[Idem del regldora lf6r e z real don Jos6 Power.)

[Idem del alcalde de seaundo voto d o n Buenaventura Qulilones.J


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[Idem del alcalde de primer voto don Juan Antonio Mejfa.J

ACTAS DEL CABILDO

y que en cuanto a lo demas se contrae a lo expuesto por los demas sefi.ores. El senor alcalde ordinario de primer voto dixo: Sin separarse de la realidad que el caballero regidor don Jose Sanchez no solo falt6 a la subordinaci6n al senor teniente gobernador, que presidia el acuerdo, contextandole en tono mui alto e indebido sino que quiso y aun se produjo sobre las facultades del senor gobernador, intendente y capitan general; que reconvenido por el senor su teniente con las pabras [sic] de poco a poco seiior Sanchez le dev?l· vi6 la misma con bastante ardor, cuios hechos presenc1a· ron el senor alcalde ordinario de segundo [f· J99v. ] / voto y los demas seiiores regidores; que no falta alguna acta en que asistieron los referidos caballeros regidores don Jose y don Manuel Power y don Miguel Davila, presi· diendo como alcalde de primer voto, el licenciado don Santiago de los Rios, en que fue preciso echarlo de _Ja sala para seguir las votaciones. Que tambien presenCia· ron y hasta el seiior su compaiiero que en el dia en que el exponente le previno, con la mayor amistad, se *mu· dare* pusiera de uniforme para concurrir al acuerdo de aquel dia, usando de la misma urbanidad con el caballero sindico procurador general, que execut6 sin contradic· ci6n, que por la falta de obedecerle como presidente Y por la alteraci6n de voces y decir en publico que no se retiraba ni se ponia el uniforme para hacerlo obedecer le intim6 detenci6n en el cuarto de la capilla y sin obedecer se sali6 de la sala habiendo venido en traje de paisan~ contraviniendo a lo acordado por este II!uy ilus· t~e cabildo. Que en todos los que ha concurrido t1ene qu~ disputar y ha tenido varios altercados de alguna cons•· deraci6n con el caballero regidor-alguacil mayor, do~tor don Jose Joaquin Coronado, y con otros sefi.ores regidores, presidiendo unos el senor don Miguel Davila y otros los sell.ores presidentes, que aunque se le mandaba cayar '~ con la campanilla seguia sus altercaciones, de suerte que poco o nada se adelantaba a beneficio del publico .Que hay expediente en que estando [sic] (f· 200 ] / diputaci6n de abastos meti6 al ilustre cabildo, por sus altercad~s, con el caballero oficial don Jose Vertiz en competenc1a,

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en original.

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echandose despues fuera para que otro diputado la siguiera. En cuio concepto es de parecer que no debe accederse a su solicitud a menos que sea arreglado al voto del exponente. Que hace ahora memoria que en el acuerdo que cita y a que se contrae no concurrio el seiior alferez real. EI sefior teniente gobernador *ha* expuso que no comprende porque no haya de darse al caballero regidor don Jose Sanchez el atestado en la forma que lo solicita Y sf en su lugar testimonio de esta acta en la parte que le toca. Que dicho atextado no debe ser en globo sino en referencias a todos y cada uno de Ios hechos en particular que relaciona en la copia del escrito presentado al senor gobernador, intendente y capitan general. Que a su tiempo y pidiendolas como corresponde se seiialara las actas que comprueba sus altercados inutiles al bien del publico, que es el unico objeto de Ios trabajos del c?bildo. Que el arresto que le impuso no procede princ1palmente de la falta de moderaci6n v atenci6n con que exagera su conducta en el dia veinte y- uno de abril, sino en la ofensa grave que comprende su protexta de no votar ni hablar palabra de los asuntos de Hernruz delante de su seiiorfa, (f· 200v. ] / la cual habia ya reconocido y confesado si:11o se manifestara ciego y sordo a los antecedentes de d1cha protexta que le ha trascrito [sic] en el informe que tiene en su poder dado al referido seiior gobernador, intenden!e y capitan general, sobre el propio escrito que en cop1a ha producido para su confrontaci6n en este cabi~do. Y, finalmente, que no esta lejos el caso de que los nnsmos que rehusan atextar dicha confrontaci6n en la forma pedida por el regidor don Jose Sanchez hayan de verificarlo en otro mas solemne, en que refiriendoseles los hechos uno por uno revuelvan mejor su memoria y conozcan la facilidad con que han extendido sus votos creyendo pero mui equivocadamente que en ello hacen de mejor condici6n la causa de aquel. Igualmente expuso el seiior teniente de gobernador que el fondo del caldera de Ios presos ha llegado a tal extrema de pobreza que apenas alcanza para darles una mala y escasa raci6n para veinte y cuatro horas; que esto procede de it

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el

original.

\S:tY>:·.:=::/_._ . . :

247

(Idem del teniente de gobernador.J

(Teniente de gobernador d e 1 a t a y apunta el motivo de la escasez de fondos para proveer a la manutenci6n de los presos.J


248

ACTAS DEL CABILDO

que se ha minorado la contribuci6n de cuatro cuartos sobre las puestos que ocupan las vendedores y revendedores de los viveres y frutos en la plaza, que es el unico arbitrio que hay en el dia para su sustento. Que dicha contribuci6n ha minorado porque las cargas de los viveres no se conducen todas ellas a la plaza para su expendio, como debe executarse y esta repetidas veces mandado, sino [f· 201 ] / que los revendedores y regatones las atraviesan en La Marina de San Justo y en las Puertas de Tierra Y San Juan, conduciendolas desde alli a sus propias casas, contra toda ordenanza de policia y buen gobierno; cuio desorden [ilegible] evitado el publico mejor servido y los preso~ contarian con mayor y mejor sustento si los regidores cliputados de mes no miraran con total abandono esta tan importante obligaci6n pues ya a *la una del* hora alguna de la maiiana se les ve en la plaza ni en Ios demas sitios referidos; que no pueden disculparse con que el fiel executor esta encargado de la diputaci6n de camiceria, a que anteriormente corria unida la de plaza, porque el xnismo cabildo tiene acordada su separaci6n como tambien la de visita de sanidad, cuios emolumentos compensan mui bien la gratificaci6n sefialada al diputado de camicerfa Y por consiguiente ninguna excusa, pretexto ni motivo puede alegarse para dejar de cumplir con Ia exactitud que corres.ponde la de plaza. Con lo que se mand6 por su sefiorfa cerrar este ac~er­ do Y que se compulse testimonio de el y se pase al senor g?bemad?r, intendente y capitan general, para. qu~ se s~rva deliberar (f· .20iv. ] / . Io conveniente; y lo firmaron d~chos. sefiores, .de que doy fe. = Ynguanzo [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Quinones [rubrica] Power [rubrica] = Davila [rubrica] Power [rubrica] = An_dino [rub~ca] = Ante mi = Gregorio Sandoval. [ru· bnca], esscribano real y de cabildo. ·. \l

=

=

[159] [16 DB JUNIO DE 1806.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan B~u­ tlsta de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de ~1,1"

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en, el 1

original.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

nio de mil ochocientos seis aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de primera elecci6n; don Jose Power, regidor-alferez real ; don Miguel Davila y don Manuel Angel Power, regidores; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente gobernador por haberse excusado con motivo de estar ocupado en asuntos del real servicio. Concurri6 tambien el senor don Mi- [f· 202 ] / guel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor. El seiior alcalde orclinario de segunda elecci6n se excus6 por hallarse empleado en asuntos de justicia. En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, *veint* once de junio, en que previene su seiiorfa .que con respecto a lo que mand6 en oficio de veinte de mayo Ultimo no s6lo pedfa la noticia de propios y arbitrios con arreglo a la Ordenanza de Intendentes sino que como estaba pendiente su determinaci6n de veinte de julio del aiio pr6:ximo pasado exigia, en la conclusi6n de dicho oficio, se arreglase el ayuntamiento o la Junta Municipal a los citados en el mismo con fechas de tres de diciembre y el ya dicho de veinte de julio, por ser conforme con el Articulo cuarenta Y uno de la misma Real Ordenanza. En su consecuencia, teniendo este asunto sobrado tiempo, espera su seiioria se le pasara por el ilustre ayuntamiento con la mas posible brevedad. Y se acord6: Que se pase a la Junta Municipal este oficio para que como encargada en la revisi6n de las cuentas Ultimamente producidas por el ex-mayordomo don Eusebio Urquizu acelere su despacho y de cuenta de las resultas a este ilustre ayuntamiento para poder dexar zatisfecho el deseo del sefior gobemador, intendente [f· 202v.]/ y capitan general, para que delibere lo que estime conveniente. Se recibi6 otro oficio del mismo sefior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, la de este dfa, en que aprueba lo acordado en cabildo de nueve de los corrientes acerca de la compra de tela para capa del Santo Patr6n tutelar San Juan Bautista y retoque de la efigie, para su mejor decencia y omato el clia de su festividad, bajo las

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el

original~

249

(Gobernador P r evtene respecto al cumplimiento de lo anterlormente mandado por Q sobre las cuentas de proplos.J

Se ~ ~te oficio a los seftores de la Junta Municipal. (RequlUeie de la

J u n t a .Municipal

acelere la liquldacidn de las cuentaS del ex-mayor-

domo de proplos don Busebtl Urquizu.J

(Gobernador aprueba que se le baga una nueva capa y se retoque la Imagen de San Juan Bautista.)


. ··. d 250

ACTAS DEL CABILDO

circunstancias que constan del acuerdo. Y previene en orden a lo demas que se acord6 en dicho cabildo que en (Gobernador orde· cuanto al atextado pedido por el regidor don Jose San· na se le d4! el atestado sollcitado por chez debe da!l"sele, certificando todos y cada uno de Ios el regldor don Jo· s4! S4nchez y dis· regidores igualmente que los sefiores alcaldes, a conti· pone la forma co· mo ha de hacerse nuaci6n de su pedimento, sabre la uniformidad en la sus· aqu4!1.J tancia y en el modo de los hechos que refiere en la copia del escrito que acompafi6 a su enunciado pedimento Y entregarsele este original para el uso que se reserva ha· cer; porque el modo con que se pretende evacuar dicho atextado sobre ser inutil por su informalidad es a la verdad de nueva invenci6n y cuya practica podria acarrear en lo sucesivo gravisimos perjuicios. Y coma todo atesta· do de tales cuerpos como el ilustre ayuntamiento debe aparecer autorizado por su escribano, quien se supone que para hacerlo ha presenciado los hechos a que se con· trae o confrontado los autos, expedientes o Libras de Acuerdo, en que haya constancia de aquella, debera por esta raz6n dicho esscribano poner a su continuaci6n Ia fee y diligencia de la concordancia o discrepancia que resultare entre uno y otros para queen tiempo alguno pue~a hacerse cargo de omisi6n [f· 203 ] / o silencio en la fee pu· blica o debido resguardo de su oficio. . Y en cuanto a la exposici6n hecha por el senor. teniente gobernador sobre las faltas de los regidores dipu· tados de plaza debe el ilustre ayuntamiento mirarla con toda la circunspecci6n propia de la gravedad del asunto [Gobernador re· para precaver y extinguir del todo aquellos des6rdenes qulere del cablldo culde que los reque son tan publicos como perjudiciales ; pues de lo gidores dlputados de ab1111to11 cum• contrnrio se vera el sefior gobernador, intendente y capi· Jl J1rn dcbldamonte con ou obllgact6n t(iµ aeneral, en la necesidnd de nombrar sujctos de fµP.tB 11J r§11pooto, prove. yendtt que tli! fi6 ~cl cabildo que se encarguen del cumplimiento de ton hacerlo asi 4!I pro· cedera ~ dcalsnar unportante obligaci6n suya. J>@ r llQDU Htrilftll8 al concefo par11 Visto y entendido cuanto comprende este oficio se· ,, que se encarguen de la motorln da acord6: En orden a lo primero, quc el secretario pase al abastos.J mayordomo de propios la orden conveniente instruyendole de lo acordado en el cabildo de nueve de los corrientes [Mayordomo de ace~ca del costo de la tela y hechura de la capa que nepropios a encar· garse que se hasa ces1ta el Santo Patron tutelar San Juan Bautista, y retoque la capa y se reto· que la Imagen de de la efiguie [sic] para su cumplimiento. San Juan Bautista.] En cuanto a lo segundo, expuso el caballero regidq~ don Manuel Angel Power es de dictamen se de el atexta4q o certificaci6n en los terminos que manda el senor ca'f>1· 'I

,·,.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

tan general, insertandose en ella a la letra su exposici6n constante en el acta del cabildo anterior . Sohre lo mismo expuso el caballero regidor don Miguel Davila que conviene en un todo con el dictamen del caballero regidor don Manuel Angel Power y en este concepto es de dictamen se de el atextado o certificaci6n de [f· 20.lv. ] / que se trata, incluyendo su exposici6n constante del acuerdo de nueve de los corrientes. El caballero regidor-alfcrez real, don Jose Power, dixo: Que por su parte se conforma en certificar, como se manda, en el propio concepto que lo hace el caballero regidor don Manuel Angel Power y no de otro modo por ias razones poderosas en que se funda. El caballero regidor-fiel executor expuso en su lugar que con motivo de no haber asistido al cabildo de que se trata y sobre que rueda la disposici6n del senor gobemador, intendente y capitan general, nada puede decir acerca de lo prevenido. El alcalde de primer voto dixo : Que conviene en lo que previene el senor gobemador, intendente y capitan general, en el citado su oficio extractado ; y expuso que los seiiores alcalde ordinario de segundo voto y demas caballeros regidores deban certificar sobre la que hizo en el acuerdo anterior, contrayendose cada uno a lo que le comprenda de su citada exposici6n, esto es, sobre lo ocurrido en el cabildo en que se le intim6 al caballero regid.or doctor don Jose Sanchez precepto de prisi6n y suspens16n de empleo; el mismo senor alcalde don Buenaventura Ouifiones, el caballero regidor don Manuel Power y sfndico procurador, don Manuel de Andino, en cuanto a que *se m• compareciese a Ia sala con uniforme de residor, con!rafdo ~icho ca~allero Power a que. §i en la misma maruu111 le mst6 am1stosamente se retirase de la sala Y le hiciese favor de volver con uniforme; y el escribano, en cuanto a lo ocur- [f· 204]/ rido en el acuerdo del d1a primero de enero del afio pr6ximo pasado de mil ochocientos cinco sobre habersele mandado salir de la sala al enunciado senor Sanchez, sobre lo que tambien deberan infor· mar los caballeros regidores *alfer* don Miguel Daivila Y don Manuel Power. Pasandose su voto y exposici6n al senor gobemador, intendente y capitan general, para que

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

251 !Con excepc16n del reg i d"or·fiel ejecutor que por haber estado ausente . de la sesl6n en que se consider6 la petlcl6n del atestado no puede pronunclarse sobre el particular, los demiis capitulares as i enten en dar el atest a d o al regldor don Jos4! Sinchez en los t4!rminos que fiia el gobernador .J


252

IRegidores disDuestos a cumpJJmentar cabalmente la dipatacl6D de abas-

tos.)

IRegidor don JCIH

Slhlchez sollclta se le lnforme lo acordado sobre cl atestado por B ~

rldo.J

ACTA$ DEL CABILDO

su seii.oria se sirva resolver y prevenir sobre ella lo que tenga por mas conveniente. Y en cuanto a lo tercero que comprende dicho oficio se acord6 su cwnplimiento, quedando impuesto el caballero regidor don Miguel Davila, que en la actualidad se halla encargado de Ia diputaci6n de plaza, como todos los demas caballeros regidores que se hallan en acuerdo quienes manifestaron que siempre ha sido su animo llenar el todo de sus deberes en los asuntos de su encargo sin necesidad de que por lo que a cada uno toca se pongan individuos particulares para el desempefio de ellos. , El caballero regidor doctor don Jose Sanchez presento en este acuerdo un pedimento hacienda presente que el lunes pr6ximo [sic], nueve del corriente, diriji6 a este consistorio un escrito bajo de cubierta, por no baber alcanzado ya al escribano en su oficio, acompaiiado de una copia de otro que present6 al seiior gobemador, intendente y capitan general, para que impuesto el ~yun­ tamiento de su tenor se sirviera certificar a contillU&· ci6n si cuanto en el expuso era conforme a lo oc~do en la sala el clia que el seiior auditor de guerra le mtiID? arresto y suspensi6n [f· 204v.] / de empleo estando preSJ· diendo el acto; con lo demas que expresa relativo a su conducta politica en los anteriores cabildos; y que se le entregara original para el uso de su derecbo. Que el jueves inmediato procur6 saber Ia providencia Y me in£0~6 dicbo escribano que hasta aquella fecha no babfa ten1do resultas mediante a que de todo cuanto sobre el se a~ord6 se dio cuenta al mismo senor gobemador "! ca· p1tan general. Que estaba impuesto de lo que previenen las leyes en orden a que los ayuntamientos no executeD sus acuerdos sin conocimiento de los sefiores intendentes o corregidores respectivos, a quienes deben pasarlos para que dispongan su cwnplimiento no encontrando reparo grave en perjuicio del publico o en agravio de algW:I\' Particular que lo reclame con derecho a ser ofdo; pero como el de que se trata estaba reducido a manifestar si dicha relaci6n era verdadera o falza no le parecfa que s~ hallaba el ayuntamiento en ninguno de los dos ~efe­ ndos casos; pues la declaraci6n de la verdad, leg{tiDlB· mente preguntada a quien pod.fa dar raz6n de ella, ,de ninguna manera podfa ser perjudicial al bien public<f 1Yi menos ofender a alg6n particular, porque nadie, sea qwen fuere, tiene derecho a impedir que esta se manifiestti Y


SAN JUAN BAUTISTA DB PUERTO RICO

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aclare como corresponda en justicia, que es todo cuanto

el ha solicitado. Que el perjudicado con la remisi6n del acta, sin que entretanto se le haga saber su contenido (que propiamente es y debe decirse la providencia dada a su escrito), [L 205 ] / ha sido el pues se encuentra con ocho dias mas de arresto sin haber poclido dar un paso para su defensa a pesar de que para precaver este perjuicio lo hizo presente al ilustre ayuntamiento con toda la expresi6n que pudo y consta del pedimento. Que, sin embargo, contemplando que ya habia tenido el ayuntamiento la contextaci6n del senor gobemador, intendente y capitan general, bajo cuyo supuesto yen el de que cualquiera otra demora sobre la que ya ha sufrido le seria doblemente perjudicial, suplicaba al ayuntamiento se sirviera mandar que inmediatamente se le imponga de lo acordado sobre su citado anterior escrito, dandose al ~fee~~ la providencia que hubiese lugar por ser asf de JUSbc1a que pedia, jurando, etc. . Visto este pedimento dixo el caballero regidor don ICapitutares c o n· Manuel Angel Power que se uniera a la anterior solici- tonnes en dar el tud, dandose al caballero regidor don Jose Sanchez el ateStado soUcftado en la forma preveatestado original en los terminos que manda el seiior Dida ~ el gobel'capitan general. Que sobre los demas puntos y pasajes nador.J que cita el senor alcalde ordinario contestara cuando el dicho seii.or capitan general le pregunte con distinci6n de cada uno. . El caballero regidor don Miguel Davila es del mismo dictamen que el caballero regidor don Manuel Angel Po-

wer.

El caballero regidor-alferez real, don Jose Power, dixo: Que es del mismo dictamen que el caballero regidor don Manuel Angel Power, en que cuanto a que se una esta solicitud al anterior pedimento y se de al caballero regidor don Jose Sanchez el atestado original en los ter.minos que manda el senor gobemador, intendente [1• 205v. ] / y capitan general. El seii.or alcalde de primer voto dixo: Tambien que se una y que se despache conforme expuso arriba, debiendose antes dar cuenta al seii.or gobemador, intendente y capitan general, con testimonio del acta y oficio <:orr~sponcliente; y que puede ser que el caballero regidor-alferez real recorriendo la memoria no dejara de atextar sobre algunos de Ios hechos a que el exponente se

s;:;.OL; ,· . . .


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(Por ausencla del alcalde ordinarlo de segunda elec· cl6n no puede ex· ten derse en este acuerdo el atestado solicitado, empero provl!ese para que cada capltular, separadamen te, y conforme lo ordena el gobernador, prepare su certiflcaci6n respecto a los extremos o asuntos del atestado que ha de darse.J (Aludidas certificaclones a ser confront ad as con la documentaci6n a que en ellas se ha· ga referencla.]

ACTAS DEL CABILDO

contrae en su ya _citada exposici6n por considerar que tan pronto no debe olvidarsele. Conferenciados los antecedentes dictamenes se acord6: Que resultando de ellos el obedecimiento a lo mandado por el senor gobernador, intendente y capitan general, y que con motivo de no haber concurrido a este acuerdo el senor alca1de ordinario de segunda elecci6n. don Buenaventura Quinones, uno de los que deben atextar, no puede verificarse en el acuerdo del dia las ce~­ ficaciones mandado dar [sic] en los terminos prevem· dos, y en consecuencia, que se practiquen los certi~ca­ tos, cada uno en particular, bajo la forma prevemda, entregandose los pedimentos y copia presentados al caballero regidor don Manuel Angel Power para que evacue la que le corresponde ; y asi por su orden a fin que todas concluidas se traigan para el cabildo inmediato Y se execute la confrontaci6n con las actas o documentos · 8 que se contraigan ; y que este acuerdo en esta parte se certifique a continuaci6n del (tltimo pedimento, decretan· dose en el lo acordado. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron ~­ chos [f· 206 ] / senores, de que doy fee. Licenciado Mexia [rubrica] = Power [rubrica] = Ramires [rubrica] Davila [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

=

=

=

[160] [30 DE JUNIO DE 1806.]

(Gobernador con· testa oflclo capltu· Jar.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico a los treinta dias del mes de junio de mil ochocientos' seis anos, para celebrar cabildo \• ordinario, co1no es de uso y costumbre, concurrieron 8 esfa: sala consistorial los sen.ores teniente _gobemado_r, auditor de guerra de esta isla· licenciado don Juan Antomo Me:cia, alcalde ordinario de ~rimer voto; don Jose Power, regidor-alferez real; y don Miguel Davila, regidor; para tra· tar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la reptiblica. · Se recibi6 en este cabildo un oficio del senor gobe~~ dor, intendente y capitfm general, contextando al que se ,1.¢ dirigi6 en diez y seis del mismo mes acompanandole /Ja


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acta celebrada en esta fecha acerca de la remisi6n de las cuentas presentadas por el ex-mayordomo don Eusebio Urquizu y atextado pedido por el caballero regidor don (f· 206v·]/ Jose Sanchez; y su sefioria espera el competente aviso del puntual cumplimiento de aquel acuerdo para los efectos convenientes a la mas recta administraci6n de jus· ticia. Habiendose recibido el lunes, veinte y tres de los corrientes, a la hora de concurrir el ayuntamiento a las visperas a la Santa Iglesia Catedral con motivo de la festividad del Santo Patron tutelar San Juan Bautista, segiln es costumbre, un oficio <lei senor gobernador, intendente Y capitan general, con fecha de este dia, expresando al ayuntamiento que habiendole representado el alferez real sabre (Gobernador seiia· la aslento a ser el asiento que debe ocupar en la iglesia la vispera y dfa de ocupado por el al· f&ez real en la San Juan, dispusiera, que con arreglo a la ley cincuenta y Catedral en ocade la funci6n seis, del Libra Tercero, Titulo quince de la Recopilaci6n sl6n rellglosa en honor a San Juan Baude Indias, que seguido a la silla del senor gobernador, in- tista.) tendente y capitan general, y antes de la del alferez real (que por preferencia en este solo acto debe sentarse antes que las demas capitulares) se pusiera otra sin brazes para en caso de que su senoria no asistiera pudiera ocuparla quien saliera desde la casa consistorial presidiendo el cabildo (a menos que fuera el senor auditor de guerra que por oidor le pertenece con brazes), separandola de su lugar si su senoria concurriera, en inteligencia de que nadie podia ni debia sentarse en la que ocupa su senoria. Despues de leido este oficio estando presente el cabano vale, llero regidor-alferez real *dixo que protextaba cuantas Testado, (rubrica). veces el derecho le permitia sabre esta deter- [f· 207 ] / minaci6n con motivo de no ser conforme a la costumbre Y que ~n caso necesario apelaba de clla, cuio recurse interpondria oportunamente y lo *mand6 el real pend6n, que estaba sabre la mesa, en la forma de estilo lo expuso al publico en el balc6n de estas casas consistoriales con las formalidades debidas y como el senor alcalde ordinario de primer voto, que hace esta exposici6n, deseara saber si el senor teniente gobernador concurria al ayuntamiento para el acto de las visperas por no venir a el el senor gobernador, intendente y capitBlll general, por medio del portero le pas6 [Regidor - alf&ez recado politico a fin de saber si se le esperaba; y como real, don Jos6 Po-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el

original.

wer, protesta de la determinaci6n de l gobernador respecto al asiento que


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256 le ba aslgnado y no concurre a la

aludida tuncl6o re-

Uglosa.J ·

E o tr e renglones,

vale. [rlibrlca.J

IDestsnaae al regl-

dor don Mi&uel D4vlla para que en defecto del alf&ez real sea 61 el portador del real pend6n.J

ACTAS DEL CABILDO

contextara que hasta aquella hara no habia recibido convite del caballero alferez real no concurria a este acto; que con este motivo se trat6 de salir el ayuntamiento para Ia Catedral y el caballero alferez real se excus6 de concurrir con el * a causa de las protextas que tenia hechas en el acto de leerse el oficio y apelaci6n interpuesta a viva voz de la determinaci6n del senor gobernador, intendente Y capitcin general * a motivo del haber mandado el exponente se le pusiera silla en la Catedral y protext6 contra la d.eterminaci6n del senor capitan general y siendo necesano apelaba de ella, Io que haria en forma, oportunamente, Y retirandose a su casa; que despues que regres6 el ayuntamiento a esta sala se acord6, a representaci6n que hizo el caballero sindico procurador general para que se tratara saber del caballero alferez real si concuria o no a llevar el real pend6n al dia siguiente a fin de poder disponer quien deberia llevar el pend6n oportunamente, y que se le mandara una diputaci6n al efecto; y habiendo sido nom· [:f· mv·]/ brados los caballeros regidores don Miguel DA· vila y sindico procurador general, don Manuel Andino, cuan· do regresaron a la sala informaron al ayuntamiento que el caballero alferez real habia contextado que al clia siguien· te daria la respuesta; con cuio motivo se nombr6 al ca· ballero regidor don Miguel Davila para que en caso de que no concurriera el caballero alferez real llevara el pend6n. ~ se acord6: Que los mismos diputados pasaran a parti· c~p~r esta novedad al senor gobemador, intendente Y ca· p1tan general, para que impuesto de todo se sirviera res?lver lo que estimara mas conforme; y a su venida .expus1eran al ayuntamiento que dicho senor gobernador, mten· dente Y capitan general, *imp* habia contestado que es· taba mui bien que en caso de no concurrir el senor alferez real llevara el pend6n el caballero rexidor don Miguel Davila. Que en este estado qued6 este asunto hasta el ctia si~ guiente, en el cual, al acto de incorporarse los individuos del cabildo en Ia Plaza Mayor para pasar a buscar al senor capit~n general para el paseo del real pend6n, entreg6 el esscnbano de cabildo, al que expone, un ofi.cio cerrado *el cual ab* informando se Io habfa remitido el caballero alferez real para que lo entregara al ayuntamiento antes

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado ~ el original.


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

del ·paseo del real pend6n, el cual abierto en aquel acto y enterado de su contenido que era el que sigue: [«] Por recurso que hice al senor capitan general acerca ['· •]/ de la preeminencia de mi asiento en este dia ha tenido a bien su sefiorfa de oficiar con vuestra senoria muy ilustre resolviendo la presidencia a favor del senor auditor de guerra con silla de brazos, por togado, y en defecto de este senor al que presida con silla sin brazos. Of todo el contenido de oficio y como semejante decisi6n desmejora las preeminencias de mi empleo en este dia, en aquel estrecho momento apele a viva voz, reservando documentarme oportunamente, con este motivo he oficiado con el seiior c~p~tan general lo que por ahora me ha parecido convemente Y es mui debido que vuestra senoria muy ilustre espe!~ sus resultas pues anticipadamente he propuesto a su senorfa que si se altera la antigua costumbre no po~a menos que abstenerme de todo concurso hasta que su maj~tad se dignara declarar lo que fuere de su mayor agrado. =Dios guarde a vuestra senoria muchos aiios. Puerto Rico, v~te Y cuatro de junio de mil ochocientos seis. Jose Power. Muy Ilustre Ayuntamiento, Justicia y Regimiento de esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad. [ »] · Que con presencia del contenido de este oficio y para quedar plenam.ente zatisfecho el cabildo de si concurria o no a llevar el pend6n el caballero alferez real se le pas6 un aviso; y habiendo contextado que si el muy ilustre ayuntamiento habia recibido un oficio que le dirigi6 por medio del presente *escribano acordase lo que estimara conveniente; y que habiendosele vuelto a avisar que habfa leid~ el oficio y que estaba dispuesto a irle a buscar co!1 mQtivo de tener noticia de que concurrfa el se:iior cap1~ general* **concurrfa** se le fue a buscar como es de cos~bre **y** e incorporado con el ayuntamiento Y tamb1en el senor capitan general, a quien se pas6 a buscar por estar dispuesto a [f· 20av. ] / acompa:iiar el real pend6n, vueltos a las casas capitulares se tom6 este por el ~ballero alferez real y dio principio al paseo en la forma acostumbrada.

(Oflclo del regidoralfirez real, - don Jo~ Power, al ayuntamiento I

1

=

* Lo comprendido entre asteriscos figura al margen para ser interpolado en el texto del Acta, lo que as{ se ha verificado en la presente transcripci6n. Al final de la referida nota marginal aparece "Bl margen vale = Bntre renglones vale [robrica.] ** Aparece tachado en el original. 17.

(Regldor - altirez real es el portador del real pend6n.)


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IAlcalde de primer voto defiende su preeminencia sobre el a1fuez real.]

(Tenlente de gobernador se pronuncia contra el reclamo de preferencia en asiento solicitada por el alf&ez real Y deflende lgual· mente su preemi· nencla sobre este '11ltlmo.]

ACTAS DEL CABILDO

El senor alcalde de primer voto afiade que sin embargo de lo prevenido por el sefior gobernador, intendente y capitan general, en el citado su oficio ni puede ni debe conformarse (habla con el respeto correspondiente) con que presidiendo el cabildo en actos publicos el caballero alferez real tenga asiento preferente; y que en el caso que ocurra de no asistir dicho sefior gobernador Y el senor su teniente a la funcion del Patrono San Juan Bautista la silla que ocupe como justicia presidiendo *sea de* ha de ser de brazos, cojin y tapete; y que en todo acto publico debe presidir [sic] al caballero alferez real y demas caballeros regidores conforme lo previene la ley ochenta y cuatro del Libro Tercero, Titulo quince de las de Indias, sobre precedencias y ceremonias; que en es.ta virtud suplica a su sefioria se sirva con atencion a la disposici6n de la ley citada, tenerlo presente para la deci· si6n del punto pendiente. El senor teniente gobernador dixo: Que segiln aparece de los oficios del sefior gobernador, intendente Y capitan general, y el del caballero rexidor-alferez real la pretensi6n de este tiene dos partes: una, en virtud de la costumbre de ponerle silla, tapete y cojin formando cuerpo con el mismo cabildo en la funci6n de iglesia de que se trata, que s6lo puede colocarse (f· W]/ otra delante d~ la suya para dicho senor gobernador, intendente Y ca~x­ tan general; y la otra, que en caso de que aquel por algun grave motivo, como sucedi6 en el afio pr6ximo pasado, no concurra a la expresada funci6n ni el referido senor teniente gobernador ni los senores alcaldes ordinarios ni tampoco el caballero regidor decano pueden ni deben c~derle e~ asiento y lugar sino que el mismo debe P~1dir al cabddo considerando que es una regalfa de su ofiao en tales dias; pero como ademas de que esta regalia es imaginaria y destituida de toda raz6n y fundamento, pues l~ ley que acaba de citar el senor alcalde ordinario Y tan;l·\, b1en la siguiente deciden clara y terminantemente lo contrario, no es capaz tampoco de probar que por costum· bre se halla en la posesi6n de presidir en aquellos clias el ayuntamiento por falta de asistencia de dicho senor gobernador y capitan general pues aunque se le ha excitado a ello no ha sefialado un solo exemplar. Fuera de que se-

Pr:-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado ell/ ,:el original. i'


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mejante costumbre, como contra terminante clisposici6n de las leyes, si se alega, debe ser en el concepto de abuso o corruptela pero no como fundamento que deban allanarse el propio senor teniente gobernador y los seiiores alcaldes con los demas a quienes por tumo corresponda la presidencia del cabildo y la representaci6n de su cabeza principal en tales funciones y en cualquiera otro acto publico. Que como no se alega, segiln queda expuesto, P· :!O'Jv·]/ acto alguno posesorio en contra, duda que algunos de los seiiores tenientes de gobernador, sus predecesores lo hayan consentido y menos renunciado una regalia anexa inseparable de su empleo y respectivamente de los sefiores alcaldes ordinarios porque estos y aquellos saben y sabian mui bien que semejantes consentimientos o renuncia~ de modo alguno pueden perjudicar a los sucesores y t1enen igual obligaci6n de vinclicar y conservar las .preeminencias de sus empleos. Que el senor alferez real esta mui bien que trate de sostener la costumbre de que se le ponga silla inmecliata al que presida al cabildo porque asi se ha observado en la Catedral, y la ley cincuenta y seis del Titulo quince, Libro Tercero de estos dominios previene que en cuanto al lugar que ha de obtener en Ia iglesia y acompaiiamiento se guarde la costumbre; pero como en ella se ordene tambien que el real pend6n Io lleve a su izquierda el que preside el acto de ahi pudo mui bien inferir que ni por las calles ni en Ia iglesia le corresponde la preferencia que pretende en el caso de que no concurra el seiior gobernador y capitan. general. Que tambien debe considerar la disonancia o irregularidad de que el presidente de un cuerpo Y en funciones tan solemnes ocupe un lugar y asiento inferior al suyo, siendo en aquel mismo acto subdito de el. Y, ultimamente, que prescindiendo de [f· 210] / los ho:nores de oidor con que se halla condecorado su seiiorfa, porque para estos casos no necesita hacer menci6n de ellos pues en calidad de teniente gobemador es presidente de cabildo en las ausencias o enfermedades del seiior gobemador, intendente y capitan general, por s6lo este respeto no consentira jamas ser preferido de otro en asiento y lugar que de aquel segiln esta mandado por las leyes y observado inviolablemente en esta isla y en cuantas mas partes se hallan establecidos estos empleos. Que en dicho aiio pr6ximo pasado por la grave enfermedad que impidi6 al nominado senor gobernador, intenden-

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ACTA$ DEL CABILDO

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(Regldor - all&ez real plde testimonlo de esta acta y se provee se le da~ r4 una vez el gobernador la haya aprobado.J

te y capitan general, concurrir al *real* paseo del real pen· d6n lo verific6 su seiioria como su teniente y no habiendo encontrado en la Catedral mas que dos sillas inmecliatas a Ia banca de cabildo ocup6 la primera por dejar la segun· da al caballero alferez real, en virtud de su costumbre que nunca ha pensado alterarle puesto que el mismo ca· bildo se la tiene consentida; y que si hubiera encontrado tres sillas hubiera dexado vacante la primera, a fin de que dicho caballero regidor-alferez real se hubiera excu· sado Ia molestia de representar el dia veinte del presente mes al enunciado seiior gobernador, intendente y capitan general, que habia ocupado la silla que corresponde al vice-patrono real pues a no ser asi deberia haber perma· necido en pie o sentandose con la indecencia a que [f· 210v·]/ aspira presidiendo el cabildo en otro banco o ta· burete, siendo de admirarse que haya reservado una com· petencia o articulaci6n de esta clase para las visperas de la funci6n sin haber protextado ni manifestado la menor repugnancia en la vfspera y clfa de San Juan del afio an· terior ni despues contra lo que se execut6 entonces a SU vista y paciencia. Y, por Ultimo, queen cuanto a Ia apelaci6n que 'dice tiene interpuesta de la providencia del seiior gobemador, intendente y capitan general, su seiioria resolvera con presencia de esta acta lo que estime por mas acertado. El caballero regidor-alferez real dixo: Que pedfa teStimonio de esta acta para los fines que le puedan con· venir. Y se acord6: Que aprobada que sea por el senor g~ber.J?-ador, intendente y capitan general, se le de el testim?mo que solicita y que se de cuenta a su senor.fa con cop1a de esta acta y oficio correspondiente. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron di· c1?-os s:nores, de que doy fee. = Ynguanzo [robrica] ;= Licenciado Mexia [rU.brica] = Power [rU.brica] Davila [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrical. esscribano de cabildo. (f· 211 ] / . ''

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Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en , el ·

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[161]

[7 DE JULIO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete dfas del mes de julio de mil ochocientos seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial Ios seiiores alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia y don Buenaventura Quifiones; don Jose Power, regidor-alferez real; y don Manuel Angel Power, regidor; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el seiior teniente gobemador a causa de haberse excusado con motivo de estar ocupado en asuntos del real servicio. . Se dio cuenta en este cabildo de la representaci6n hecha al senor gobemador, intendente y capitan general, por el caballero sindico procurador general, don Manuel Andino, para que se le exonere del oficio que actualmente esta a su cargo, fundandola en los graves perjuicios que se le siguen en la corta hacienda que posee Y es su Unico patrimonio con motivo de su continua permanencia en esta capital, haber abandonado aquella el mayordomo que estableci6 para su cuidado, fomento y adelanto, y que los esclavos, olvidados de su precisa obligaci6n con la falta de una y otro, estaban causando perjuicios, segU.n esta informado, en las de los vecinos colindantes, y entregados al ocio; por cuyas poderosas razo?es se vefa en la necesidad de pasar personalmente. a cwdar de su hacienda pues aunque ha buscado un suJeto de confianza que poner en ella a este fin no le habia encontrado, [f· 211v. ] / y por consiguiente a renunciar su oficio de procurador sfndico general y suplicar a su seiioria se dignase admitir esta renuncia por la justa excusa que pone y esperaba que habida consideraci6n al estado infeliz a que de otro modo quedaba expuesto se sirviera haberlo por excusado para que, libre de los impedimentos que le asisten por raz6n de su empleo, pueda ocurrir a reparar la decadencia de su hacienda. Cuya solicitud por decreto de dos de los corrientes *se* man-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tacbado en el

original.

[Gobernador pasa a informe del cablldo la sollcitud de don Manuel Andino para que se le releve del oficio de sfndico procurador general.)


262

ACTAS DEL CABILDO

da pasar a informe de este ilustre cabildo y ayuntamiento el senor gobernador, intendente y capitan general, con consulta del senor su teniente-auditor de guerra, y se verific6 por el presente escribano en este cabildo. Y vista esta representaci6n se acordo: Que respecto que don Manuel Andino cuando fue electo para el oficio de procurador sindico personero de estc ilustre ayuntamiento tenia los mismos impedimentos o causas que ahora expone y sin embargo admitio dicho oficio, jur6 cumplir con las obligaciones de cl y tom6 posesi6n voluntariamente; y, ademas, en el dia se halla encargado c~n varias comisiones importantes del ilustre cabildo, c':11o desempeiio confi6 a su cuidado y esmero en los ne~oc1~s de su oficio; y que otra persona no podia cumphr ~m IC ab ii do informa que ocurran dilaciones y perjuicios al comun; debe Ill· no debe aceptarse formarse al senor gobernador, intendente y capitan gela dimisi6n del s(ndlco procurador neral, que no conviene este ilustre ayuntamiento en la general.] climisi6n hecha por don Manuel Andino del oficio de procurador sfndico personero por no estimar justas la [sic] causales [f· 212 ] / propuestas por el y razones que asisten al ilustre ayuntamiento para que continue des~­ peiiando su oficio y comisiones que se le ban confendo. En este cabildo se present6 un pedimento de Juan Jose Guisarra, de este vecindario, exponiendo que desde el aiio pasado de mil setecientos noventa y cuatro posee ~ solar, perteneciente a los propios y arbitrios de este Ilustre cuerpo, en la cantera de la Casa Blanca, en arren· (Juan Jos~ Guisadamiento, cuios reditos, de noventa pesos de principal, rra soliclta se le admita el reintegro ha zatisfecho anualmente; y concluye pidiendo que se le de noventa pesos de principal sobre admita el reintegro de los noventa pesos de principal Y s o I a r que tiene perteneciente a los se le despache el correspondiente titulo de propiedad. proplos y que se le despache Utulo se acord6: Que respecto que estos solares fueron daY de propiedad.) dos en arrendamiento a favor de los propios y no a cen• so redimible se haga saber a Juan Jose Guisarra que ~o (Desestimada la s~ admite su solicitud y que en el caso de no querer conantes rnencionada sollcitud.) tmuar pagando el cinco por ciento de arrendamiento, ~ue hasta ahora dice haber zatisfecho, dexe libre y expedito el area del solar para arrendarlo a otra persona. El diputado de abastos, Don Manuel Power, expuso (Diputado de abasque, ~ara el mas exacto cumplimiento de su diputaci6n tos, don Manuel Power, soliclta se Y rneJor servicio del publico, necesita diariamente d~ la le asigne un alguacil que lo auxilie perpetua asistencia de un ministro que tanto en La 'Ma· en el ejerclcio de este menester.) rina como en la plaza zele y prive la extracci6n d~ cargas de comestibles por mayor que hacen los rev¢nde-

/las


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dores; lo que hace presente a [sic] muy ilustre cabildo para que se sirva acordar lo que estime conveniente. Y en vista de ello se acord6: Que con respec-[f· 212v. ]/to a que en cabildo de ocho de julio del aiio pasado de mil ochocientos cinco se previno que el caballero regidor-alguacil mayor, doctor don Jose Joaquin Coronado, despachara (sin perjuicio de los derechos del ilustre cabildo) el titulo de alguacil menor a favor de Juan Felix de Silva, pretendiente a esta vara, por retiro de Juan Marchan que la obtenia, y no tuvo efecto por la muerte inmediata Y enfermedad grave que sobrevinieron a dicho caballero alguacil mayor, se solicite por el senor alcalde ordinario de primera elecci6n al expresado Juan Felix de Silva Y le explore su voluntad a fin de venir en conocimiento de si esta todavia dispuesto a servir el oficio de alguacil menor y que en el cabildo inmediato informe lo que resulte para acordar lo conveniente a la solicitud del caballero regidor diputado de abastos, don Manuel Angel Power. ,. Dio cuenta el mismo caballero regidor de hallarse sin efecto la composici6n de calles de esta plaza, para cuia intervenci6n por parte del muy ilustre ayuntamiento ha sido diputado, con motivo de no haberse presentado asentista alguno que se haga cargo de la conducci6n de la piedra necesaria a pesar de tener prontos los demas materiales utiles al efecto. y se acord6: Que se repita la diligencia de solicitar asentista para la conducci6n de la piedra por medio de nuevos carteles que se fixaran por termino de *treinta* veinte dias; y que el caballero dip1:1tado practique diligencias extra-judiciales, cuantas pos1bles sean, para si se consigue alguna persona de confianza Y seguridad que tome a su cargo el acopio de las [sic] pie-[I· 213 ]/dra; y no resultando efecto favorable de ~enta al ilustre ayuntamiento, pasado que sea dich? termmo, para hacerlo presente al senor gobemador, mtendente y capitan general, a fin de que determine lo que estime conveniente. Dio cuenta el seiior alcalde de primer voto que consecuente al encargo que se le bizo, por el ilustre ayuntamiento, de que pasara a inspeccionar el estado ruinoso en que se dice hallarse la Fuente de San Antonio y ha-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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(A conocerse la disponibilldad de don Juan Flllix ~e Silva para servir como alguacil me· nor.)

[No se ha procedido a la reparaci6n de las calles por defecto de 11Sentista q u e s e haga cargo del suminlstro de la Piedra.)

[Prov~ese para la fijaci6n de cartel es solicitando 11SeDtiSta par a la provis16n de la pie-

dra.J


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(Don Luis Huertas, arquitecto mayor de reales obras, a preparar c4Jculo del costo de repa• racidn de la Fuen• te de San Antonio.]

IRegldor don Jos6 S4nchez Bustaman• te solicl ta se le despache la certl• f I ca cl6n acordada por el cabildo en la materia del atestado 1>0J' 8 requerido.J

[Lectura y comprobacldn de las certificaclones dadas JJOr las capltulares en la materia del atestado sollcitado por el regldor don Jos~ S4nchez.]

ACTAS DEL CABILDO

biendolo verificado con el arquitecto mayor de reales obras de fortificaci6n, don Luis Huertas, con perm.iso de\ senor comandante del real cuerpo de ingenieros, a cau· sa de hallarse enfermo el alarife de la ciudad, practic6 aquel prolija inspecci6n del estado que en la actualidad tiene dicha Fuente y prometi6 que a la mayor brevedad formaria el calculo del costo que pueda tener la fabrica que necesita para hacerle un reparo estable y util al. bi: neficio que resulta al publico de dicha Fuente, pnnc1· palmente en los tiempos de faltas de lluvia y por I~ ~~e se experimentan secas considerables que tanto perJWClO causa a los vecinos pobres de esta plaza que no pueden proveerse de aguas de parajes remotos ni tienen faculta· des para comprarlas. El presente esscribano dio cuenta de un pediment~ prentado [sic] por el caballero regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante en que insta por el pronto desp.acho de la certificaci6n acordada en cabildo del diez Y se1s de junio Ultimo, a fin de evitar en cuanto pueda la conti· nuaci6n de los graves perjuicios que esta sufriendo por la demora de este docu-[f· 213v. ]/mento, que sobre tabla pudo haberse despachado como que para ello s6lo habfa que consultar si eran verdaderos o falsos los hechos referidos en su primer pedimento. Y se acord6: Que con respecto a haber dado cuenta en este cabildo el senor al· calde ordinario de primer voto de este expediente que se ~as6 ~ sus manos y de la diligencia que puso a su con· tmuac16n, que se lean las certificaciones y que despues de hecha la confrontaci6n con la acta celebrada el dfa n~e':e de . ~unio Ultimo se proceda a poner testimoni? a continuac10n de este expediente de dicha acta. Y hab1en· dose verificado la lectura de las cuatro certificaciones dadas por los caballeros regidores don Manuel Angel Power, don Miguel Davila, alferez real, don Jose Power Y senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, don Buena· Ventura Quiiiones, y hecho la debida confrontaci6n de "' estos atextados con la acta expresada del nueve de junio Ultim? result6 estar conforme con lo que en ella expusieron dichos sefiores; y en consecuencia de todo que se pon· ga a continuaci6n de este expediente testimoDio de la acta celebrada el nueve de junio en la parte que · conciem.a a las solicitudes del doctor don Jose Sanchez y exposiciQ- •· nes de los senores vocales sobre la materia. Y que de es(e ,: acuerdo se de cuenta al senor gobernador, intendente ·Yi


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

capitan general, con testimonio y el oficio correspondiente. Con lo que mand6 el sefior presidente cerrar este cabildo, [f· 214 ] / que firmaron sus sefiorfas, de que doy fee. Licenciado Mexia [rubrica] = Quinones [rubrica] Power [nibrica] = Power [n1brica] Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[162] [14 DE JULIO DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios catorce dias del mes de julio de mil ochocientos seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta ·sata consistorial los sefiores alcaldes ordinarios de primero Y segundo voto licenciado don Juan Antonio Mexia Y don Buenaven~ Quiiiones; don Jose Power, regidor- alferez real; don Manuel Angel Power, regidor; Y don Manuel de Andino, procurador sindico general; para tratar Y conferir sobre el pro y util de la republica. El sefior teniente gobernador se excus6 a causa de sus ocupatjones en asuntos del real servicio. En este cabildo se recibi6 un oficio del sefior gobernador, intendente y capitan general, acusando el recibo de la acta celebrada en treinta del mes pr6ximo anterior 1ty* acerca de la pretension del caballero regidor-alferez 214 [f· "' ] / real sobre preferir en asiento y lugar al que en ausencia de su seiiorfa presida al cabildo en la funci6n de iglesia Y paseo del real pend6n la vfspera y clia del patrono San Juan Bautista y avisando la ha mandado ' , de que en ellos obre *los* unir a sus antecedentes a fin en su debido tiempo los efectos convenientes. El seii.or alcalde ordinario de primera elecci6n en cumplimiento de lo que se acord6, en cabildo de siete de los conientes, acerca del nombramiento del oficio de alguacil menor que solicita Juan Felix de Silva por retiro de Juan Marchan, que inform6 que este se halla dispuesto a servir este oficio segfui que asf se Io habfa manifestado y que las

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el

original.

(Gobernador acusa reclbo del testlmo· nlo de acta refe· rente a la preten· si6n del regidoralfUeZ real sobre su rreeminencla en asiento y lugar en la funcl6n religlosa del d(a de San Juan Bautista Y en el paseo del real pend6n.J

(lnf6rmase disp0nl· bilidad de don Juan Ft!llx de Sil· va para servlr el cargo de alguacil menor.l


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IProveese para el nombramiento y posesi6n de don Juan Felix de Silva.)

!Jose Marfa Ramfrez, Fernando Hermfndez y Jose L6pez solicltan en arrendamiento un solar en La Meseta que se dice pertenece a Juan Antonio Sebedes pero que en realldad es de los propios de la cludad.) IPor estarse tratando sobre la cierta propiedad de este solar no se provee determinaci6n a las aludidas solicitudes.]

ACTA~ DEL CABILDO

noticias que ha adquirido acerca de su porte y conducta son favorables a su admisi6n. En cuya virtud se acord6: Que se admita al citado Juan Felix de Silva para que sirva el oficio de alguacil menor vacante por retiro de Juan Mar· chan; que se le despache el correspondiente titulo por el senor alcalde ordinario de primer voto con respecto a no haber en el dia regidor-alguacil mayor, sin perjuicio de los derechos que puedan competir a este empleo para que nunca se entiendan perjudicados con este hecho; y que se le ponga en posesi6n en la forma acostumbrada, formandole asiento para que conste el dia en que comienza a disfrutar del sueldo que le esta asignado, participandolo previamente al senor gobernador, intendente y capitan general, para su inteligencia. [!· m]/ Se presentaron Jose Maria Ramirez, cabo de las compaiiias veteranas agregadas al real cuerpo de artillerfa; Fernando Hernandez, dependiente de matricula; Y. Jose Lopez, sargento del real cuerpo de artilleria de la bngada de esta plaza, solicitando cada uno para si se le de en arrendamiento el solar que se dice de la propiedad de Juan Antonio Sebedes, situado en el arrabal de La Meseta, por corresponder a los propios de esta ciudad· Y se acord6: Que con respecto a que sobre este ultimo solar se han presentado otros pretendientes y el citado Sevedes dixpU· ta el derecho de propiedad, de que se esta tratando, se ~an a el estas instancias para que a su tiempo se determme lo mas conveniente. _Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron,di<:h 05 senores, de que doy fee. Licenciado Mexia [rubnca] = Quinones [rubrica] = Power [rubrica] Power [ni· brica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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(163] [21 DE JULIO DE 1806.]

Nota: Que habiendo concurrido a esta sala consistorial los sefiores [f· 21sv. ]/ alcaldes ordinarios de primera Y segunda elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia Y dpn Buenaventura Quinones; y don Jose Power, regidor-alf~ real, a fin de celebrar cabildo ordinario, como es .de 1f'o ':


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y costumbre, no tuvo este efecto con motivo de no haber concurrido vocales suficientes pues el seiior auditor de guerra, teniente gobernador, se excus6 a pretexto de otras ocupaciones urgentes del real servicio; y el caballero regidor don Manuel Power por hallarse tambien ocupado en los asuntos propios de la diputaci6n de abastos, de que esta encargado; por lo cual mand6 el senor alcalde de primera eleccion se pusiera diligencia; y firmaron dichos seiiores, de que cloy fee. = Enmendado, fin, vale. En esta sala consistoria [sic] de Puerto Rico, a veinte y uno de julio de mil ochocientos seis. = Licenciado Mexia [nibrica] = Quinones [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi == Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

267 lNo.. se celebra ca-

bildo por falta de

qu6rum.J

[164*]

Nota: Que habiendo concurrido a esta sala consistorial para celebrar cabildo ordinario el senor alcalde ordinario de primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Me~a, Y el caballero regidor don Manuel Angel Power, [f· 216] / no tuvo efecto a causa de no haber nUm.ero suficiente de vocales; pues el senor teniente gobemador se excus6 con motivo de ocupaci6n en asuntos del real servicio; y el caballero alferez real-regidor, don Jose Power, por estar empleado en formar un procezo militar sobre un robo v~rificado en esta plaza; y para que conste me mand6 el d1cho senor alcalde lo pusiese por diligencia; y la firm6 con dicho don Manuel Power, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica] = Power [rubrica] = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

[165]

[ 4 DE AGOSTO DE 1806.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de agosto de mil ochocientos seis afios, a efecto de celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, se juntaron en

* No aparece fecha de esta acta.

[No se celebra cablldo por falta de

qu6rum.J


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(Pres.intase c4lculo del costo de repa· racl6n del Puente de San AntonJo.J

[Se refiere al so· bemador el aludi• do c4lculo.]

IS ( n d ico }Jr'OCura• dor general sollci· ta certiflcaciones y testimonlos sobre varlos asuntos.]

ACTAS DEL CABILDO

esta sala consistorial los sefiores alcaldes ordinarios, licenciado don Juan Atonio Mexia, que lo presidenci6, y don Buenaventura de Quinones; y los caballeros rexidores, alferez real, don Jose Power; don Miguel Davila, doctor don Jose Sanchez Bustamante y don Manuel Angel Power; concuniendo tambien el caballero sindico personero, don Manuel de Andino; para tratar y conferir [f·216 v·]/ las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo dio cuenta el senor alcalde de primer voto, comisionado para el reconocimiento del Puente ~e San Antonio del que con su presencia practic6 don. Lws Huertas, arquitecto aprobado por la Real Acaderma d~ San Fernando y maestro mayor de reales obras de forti· ficaci6n de esta plaza, constante de su certificaci6n, fecba· da en veinte y seis de julio pasado, por la que expone que segiln el calculo prudencial que con conocimiento pra~­ tic6 ascendera su costo para su recomposizi6n a la canti· dad de dos mil quinientos pesos poco mas O menO!P: y se acord6: Vuelva el expediente a su sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, con el caI.~0 contenido en la certificazi6n del maestro mayor Pal1l que teniendo su sefioria considerazi6n a Ios empeiios de Ios propios de esta ciudad y erogaciones precisas e indispensa· hies se sirva resolver sobre el particular lo mas adaptable a beneficio del publico. Se dio cuenta tambien de la representazi6n que, con fecha de diez y nueve de julio Ultimo, dirigi6 a este. ~ustre cuerpo el caballero sfndico procurador general p1diendo que para fines que le importan se sirviera este muy ilustre. cabildo, con presencia de Ios Libros de Acuerdo, mandar que el escribano de cabildo certifique en forma como los fieles executores provisionales, cuando no ha habido ~ propiedad, ban exercido el empleo ['· 217 ] / con dependenCJa Y subordinazi6n de los caballeros rexidores diputados d~ mes; sin que aquellos hubiesen tenido jamas entrada m asiento en el ayuntamiento y sus cabildos porque no cons· tandc;>se en ellos otra cosa que su formalidad y hombria de bien quedaban en sus ocupaciones de mercerla Y pul· peria, de donde salfan o iban despues de su exercicio. Igual· mente, que los alcaldes de barrio tampoco ban exercido jamas en esta ciudad actos de jurisdicci6n ni aun volt.inta· ria y mucho menos contenciosa entre partes ni de modo alguno, siendo por lo regular tenderos o pulperos, como sucede en los del dia. Del mismo modo solicita tambien


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dicho caballero procurador general que se le den los testimonios autorizados en forma por el propio escribano de cuantos acuerdos se hayan tenido y celebrado sobre las ocurrencias de la posezi6n del alguacilazgo mayor rematado por Manuel Hernaiz, y demas que tengan alguna relazi6n con este asunto, particularmente desde que en raz6n de su oficio represent6 lo que estim.6 conveniente. Y que, finalmente, evacuado todo a la mas posible brevedad se encargue a dicho escribano para que lo prefiera a otros asuntos por lo urgente de este, entregando al caballero procurador dicha certificazi6n y testimonio. Y se acord6: En cuanto a la certificaci6n, que [f· 217v·]/ se le de en los terminos y modos que pide dicho caba- [Provl!ese para lo sollcitado por el llero sindico procurador general y con su citazi6n; como procurador geneasimismo y en los mismos terminos todos Ios testimonios ral.) a que se contrae su representazi6n, dandose cuenta a su seiiorfa, el senor gobernador, intendente y capitan general, con testimonio de esta acta por Io tocante a estos puntos de la representazi6n del citado caballero sindico. Del propio modo se dio cuenta de otra representazi6n proc u r a · del mismo caballero sindico procurador general, de fecha (Slndico dor general solicitestimonlo de dos del corriente, en que pide se compulse testimonio ta las actas referenautorizado en forma por el citado escribano de la acta en tes a las honras f11nebres acordadas que acordaron los honores que deben hacerse a los caba- para los regldores. sus mujeres e hilleros rexidores, sus mujeres e hijos solteros en sus muer- fos solteroS.J tes, por este muy ilustre ayuntamiento. Y tambien pide que en la misma forma se compulse y se le de testimonio de la acta en que su seiiorfa, dicho seiior gobemador e in· tendente, aprob6 la anterior de funerales con ciertas restricciones. Y se acord6: Que tanto de aquella, que es la de nueve de septiembre, como de esta, que es la de cinco de noviembre del afio pr6ximo pasado, se le den los tes(Provl!ese para el timonios que solicita; e igualmente de el auto de veinte tesdmonio solicitado el procuY siete de septiembre del mismo aiio, en que su seiiorfa, radorporgeneral.) el seiior gobernador y capitan general, se sirvi6, con consulta del senor su teniente, aprobar la acta citada de nueve de septiembre, que corre en expediente; dandose cuenta con testimonio en la parte que com-[f· 218 ]/prende a su seiiorfa, dicho senor gobemador, intendente y capitan general, con el correspondiente oficio, previas Jas urbanidades de estilo. · El seiior alcalde de primer voto expuso: Que por no (Alcalde de primer expresarse el uso que se ha de dar a los testimonios de voto oplna no debe darse el aluclilas actas capitulares que se solicitan por el caballero sin- do testimoDio.J

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&Xllibid.·.· l


270

ACTAS DEL CABILDO

clico procurador general le parece que sin este requisito no deben compulsarse pues siendo para valerse de ellos en alg{m. tribunal en contradictorio juicio es de esencia la citazi6n de parte contendora, lo que se ha omitido en la representazi6n del caballero sindico procurador general. Con Io que se concluyo este cabildo, que firmaron los supradichos senores, por ante mi, el infrascrito escribano, por ocupaci6n del propietario. = Licenciado Mexia [ru· brica] = Quinones [rubrica] = Poiver [rubrica] = Da· vila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] = Power [ru· brica] = Andino [rubrica] = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real. [166] [11 DE AGOSTO DE 1806.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, [f· 21 sv. ]/ a los once dias del m~ de agosto de mil ochocientos y seis anos, para celebrar cabildo orclinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los senores licenciado don Juan An· tonio Mexia y don Buenaventura de Quifiones, alcaldes ordinarios de primero y segundo voto; don Jose Power: re,gidor-alferez real; don Miguel Davila y doctor don Jo~e Sanchez de Bustamante, regidores; para tratar y confenr las cosas tocantes al pro y util de la republica. No con· curri6 el senor teniente gobernador por haberse exc~a~o a causa de hallarse ocupado en asuntos del real serviCIO. En este cabildo se recibio un oficio del senor goberna· dor, intendente y capitan general, en el que dispone .se (Gobernador ordefranqueen al sindico procurador general las certifica~o­ na se le d~ al frocurador genera el nes y testimonios que pidi6 en su representacion de ~ez testlmonio solicitado.J Y nueve del mes pr6ximo anterior pero con la preCisa ci~ci6n de don Manuel Hernaiz, 'segiln lo advirti6 el senor alcalde de primera elecci6n en el citado acuerdo, cuio oficio es de fecha de nueve de los corrientes. Y se a~<;>rd6: Su cumplimiento, citfmdose a don Manuel Hernaiz Y al caballero sindico procurador general. En este estado el regidor doctor don Jose Sanchez enterado de que su senoria, el senor gobernador, in~en­ dente Y ~pitan general, conviene, por su oficio de nuFve del cornente, en que se den al caballero sindico proc;u~ / r.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rador general todas las certificaciones y testimonios que pidi6 en sus representaciones de diez y nueve de julio inmediato y dos del corriente, como lo habia acordado el muy ilustre ayuntamiento en cuatro del mismo dixo: Que tiene protextada y entablada su defensa contra la exposici6n ofensiva e injuriosa a su honor que en el cabildo de nueve de junio ultimo, hizo (f· 219 ] / el seiior alcalde de primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia, abogado de la Real Audiencia; y que por ello no puede convenir en que se de al caballero sindico personero testimonio de ella sin que sea con el de esta exposici6n Y a reserva de acumularse tambien en su oportunidad testimonio del resultado para que quede comprobado en el mismo expediente la justicia o injusticia con que dicho seiior alcalde hizo la anunciada exposici6n. El alcalde de primer voto expuso: Que estando acordado Y aprobado por el seiior gobernador, intendente y capitan general los testimonios o certificaciones que ha pedido debe aquel mandato obedecerse sin arbitrio para suspender su execuci6n y cum.plimiento; pues en el caso de detenci6n pueden perjudicarse los derechos que representa el referido caballero procurador general, en cuio concepto es de parecer que sin ninguna demora se proceda .a la compulza prevenida y acordada con las indicadas citaciones. El regidor-alferez real dixo: Que desde luego conviene en que se den los testimonios y certificaciones que pide Y estan mandadas dar por el seiior capitan general al caballero sindico procurador general insertandose en ellos la exposici6n que acaba de hacer el caballero regidor don Jose Sanchez Bustamante por los motivos que en ella se expresa; Y que se de cuenta al seiior gobernador, intendente y capitan general. El senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, don Buena-[f· 2•9v. ]/ventura Quiiiones, y caballero regidor don Miguel Davila dixeron: Que eran del mismo dictamen que es el caballero regidor-alferez real, don Jose Power. Se present6 doiia Petronila Angulo, viuda del teniente coronel don Rodrigo de la Rocha, vecina de esta ciudad, exponiendo que ha comprado a Jose Miguel Andino, de este mismo vecindario, *con* una casa terrera, sita en la calle

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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(Regidor don Jose S4nchez solicita que en el testimonlo a darse al procurndor general no se omita la protesta que tiene for• mulada contra el alcnlde de primer voto por las infurlas contra l!l proferidas.)

(Alcalde de primer voto es de parecer que sin dilaci6n al· guna y conform4ndose a lo mandado por el gobernador se le di! la certiflcacl6n al procurador gene· ral.) .

(Regidor - alf&ez real se identifica con la solicltud del regidor don Josi! S4nchez.J

(Alcalde ordlnarlo de segunda el.ecci6n y el regidor don Miguel Davila tambll!n respaldan la sollcitud del reg I d or don Josi! S4nchez.J


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(Dona Petronila Angulo solicita se le reconozca como censataria de una casa.J (La antedlcha solicltud queda referlda a la Junta Municipal.]

IQueda re!erido para lnforme del cabildo el expedlente promovido por don Jos~ Power, regidor-aUbez real, so· bre ciertas prerrogativas de su car· go.) IA rendlrse en el pr6ximo cabildo el in!orme requerldo.]

ACTA$ DEL CABILDO

que baja por La Caleta, cuia casa reporta un cenzo de mil pesos a favor de los propios de esta ciudad; y que como para otorgar la correspondiente escritura es requi• sito (prevenido por auto del gobierno) el que los inquili• nos sean aceptados por los sefiores de los censos suplica se sirva permitir se le traspase la enunciada pensi6n con la casa que debe adquirir, protextando formalizar el debido reconocimiento luego que se le otorgue la escritura Y se halle en posesi6n de la finca hipotecada. Y se acord6: Que pase este recurso a la Junta Municipal, a quien corres· ponde su conocimiento. El presente esscribano ha entregado el expecliente promovido por el caballero regidor-alferez real, don Jose Power, sobre las prerrogativas que disfruta su empleo en el paseo del real pend6n y asistencia a la Catedral en la vispera y dia del Santo Patrono San Juan Bautista, el cual el senor gobemador, intendente y capitan general, .p~r decreto de siete del corriente, lo pasa a informe del c:abil· do y ayuntamiento. Y habiendose *la* leido el expediente se acord6: Que se reserve hasta el cabildo inmediato 8 1 220 [ • ] / fin de evacuar en el el informe prevenido. • Con Io que se conclui6 este cabildo, que firmaron cl!· chos seiiores, de que doy fee. Licenciado Mexia [rnb~· ca] = Quinones [rubrica] = Power [rubrica] Davila [rubrica] = Doctor Sanchez [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

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[167] [18 DE AGOSTO DE 1806.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los diez y ocho dfas del mes de agosto de mil ochocientos seis aiios a fin de celebrar ca·· \\ ~ bildo ordinario, como es de uso y co~tumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinarios de Primera Y segunda elecci6n, licenciado don Juan Antonio Me~a Y don Buenaventura Quifiones; don Jose Power, regxdor-alferez real; don Miguel Davila, regidor; y don Manuel de Andino, procurador sfndico general; para tra-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en · ~I original. .


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO tar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la repU,blica. No concurri6 el caballero regidor don Manuel Power a causa de hallarse indispuesto de la salud des-[f· 2211v-]/de el lunes anterior. seglin que asi lo ha avisado por medio del senor alferez real. don Jose Power. En este estado concurri6 tambien el seiior regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante. En este cabildo se tuvo presente el expediente promovido por el caballero regidor-alferez real, don Jose Power. sobre las prerrogativas que disfruta por su empleo en los dias del Santo Patrono San Juen Bautista y paseo del real pend6n. que el senor gobernador. intendente y capitan general, se ha servido pasar a informe de el ilustre ayuntamiento y en el cabildo ultimo se mand6 reservar para acordar en este dicho informe. Y habiendo pedido el caballero sindico procurador general se leyese todo, a causa de no haber podido concurrir a los anteriores cabildos. Y verificandolo yo. el presente esscribano, exponiendo su voto informativo dixo: Que para proceder con la debida claridad en un asunto de tanta gravedad y transcendencia c~~o el de que se trata es preciso advertir que entre pres1dir Y preceder hay una notable diferencia; porque lo primero en su propio significado. es lo mismo que hallarse algtin sujeto a la cabeza de *alg* un concejo. comunidad o congreso, para dirigirlo con autoridad segUn. sus ordenanzas, estatutos o leyes a que se sujeta. Y preceder importa puramente antecedencia o antelaci6n de una persona a otra o cosa respectiva. El caballero alferez real (seg(in entiende el exponente) no solicita presidir con autoridad y jurisdicci6n los actos [f· 221] / a que se contrae en la vispera Y dia del Patrono San Juan Bautista sino preceder al ilustre ayuntamiento no por empeiio de querer sentarse precisamente sobre el ni las justicias, como lo persuade la propuesta con que concluye su Ultimo pedimento. sino por consecuencia forzosa de su silla que desde tiempo immemorial se halla colocada sobre las bancas del muy ilustre cuerpo, inmediata a la del seiior gobernador, vice patrono real; Y en este concepto le parece que no hay justo motivo para despojarle de una prerrogativa que han tenido todos sus antecesores en el oficio sin que hasta ahora la hayan reclamado los seiiores alcaldes ordinarios ni tampoco los

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original. 18.

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llnforme del cabal· do sobre el expe. diente promovldo par el regidor-alferez real,' don Jose Power, respecto a ciertas prerrogativas de su oflclo.J


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ACTAS DEL CABILDO

caballeros regidores que mutuamente recibian y se dis· pensaban este obsequio cuando rolaba por todos el privi· legio de sacar el real pend6n. Y menos Je parece privarsele de semejante honor si se considera que dicha precedencia y demas prerrogativas. con que el rey y la ley en unas partes y la costumbre en otras distinguen, honran y protegen al alferez real o regidor que en su defecto lleva el real pend6n, no son concedidas a sus personas y empleos particulares sino a la representaci6n solemne que por ellos tienen de todo un pueblo en tales dias como el de que se trata. Y siendo esta misma la que por el suyo corresponde al exponente, aun-[r. 221 v·]/que en diverso mod?, no puede convenir, representando por el, en que se reba1e un punto los antiguados derechos de esta siempre fidelisima y ahora muy noble y mui leal ciudad. A mas, el ilustre ayuntamiento es obligado por ley a ir con mazas a buscar al alferez real a su casa en el dia de San Juan Y concluido el acto a acompa:iiarlo del mismo modo hasta dexarlo otra vez en ella; y seria mui extra:fio que a un per· sonaje a quien se conduce con tanto honor y aparato que, si puede decirse asf, no conoce en aquellos instantes otra superioridad que la suprema de su majestad, que por ello el ilustrisimo cabildo sale a recibirlo con todo el clero a las puertas de la iglesia, prevenidos ya con los indumen· tos sagrados los ministros del altar; que se sirve de uno de ellos, aunque sea dignidad, para dar y recibir el real pend6n; que despues se coloca entre estos mismos sagra· dos ~st~os para ir a Ia procesi6n; que tiene incienso, paz Y s1lla 1gual en todo a la del seiior capitan general, se le n~gase este obsequio por el ilustre ayuntamiento pretendiendo someterle y subyugarle, en el mismo solemne acto, a otra autoridad que no sea la del seiior capitan general. . Por estas razones y las demas que deja a la consider&• c16n de sus seiiorias pide expresamente, representando como ha dicho, en favor de los derechos de la ciudad, se '' le continue la enunciada [I· 222 ] / precedencia sin permitirl; que salga del cuerpo, segll.n propone en su citado pedimento, pero con precedente declaratoria de que no por esto es. ni se entiende presidente del ilustre ayuntamiento pues s1empre debera serlo el sefior auditor de guerra o las justicias ordinarias en defecto ·de dicho senor capi~ general. Y caso que su sefioria no es time con veniente hacet ' semejante declaratoria pide igualmente se de cuenta a st1'

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majestad, con testimonio del expediente, en su Real y Supremo Consejo de las Indias, para la que sobre todo fuere del real agrado, citandose a los que se estimen interesados y tambien al exponente para su representaci6n en el caso. El regidor doctor don Jose Sanchez dixo: Que por lo que instruye el expediente sobre que se manda informar el caballero regidor-alferez real, don Jose Power, ha interpelado la providencia que en oficio de veinte y tres de junio anterior tuvo a bien el seiior gobernador, intendente y capitan general, dirigir a este ilustre ayuntamiento para que quedase entendido de que cuando su seiioria no asistiera a la funci6n de iglesia en la vispera y dia del Patr6n San Juan Bautista debia presidir el senor su teniente, en silla de brazos, con alfombra o tapete, yen su defecto el seiior alcalde ordinario, en silla rasa. Pero, prescindiendo de la raz6n que para interponer este recurso haya [f· mv. ]/ . podido tener el alferez real, parece al exponente que es digna de toda consideraci6n la que asiste al ilustre ayuntamiento para reclamar tambien dicha providencia en la parte que previene ocupe silla rasa el senor alcalde cuando le toque presidir el acto; pues en concepto suyo y quiza en el de los demas caballeros regidores, a quienes faltando, como puede suceder, ambos sen.ores alcaldes debera tocar la .presidencia, importa menos que el caballero alferez real o quien haga sus veces continue en lugar que ha estado siempre y los senores alcaldes en sus bancas que no sepa~arse de ellas para tomar una silla raza tanto mas desairada cuando que siendo la presidente se halla colocada entre dos de brazos, con sus alfombras, cojines ":{ dc:roraciones correspondientes. A que se agrega el sonrrojo P?blico, transcendental a todo el cuerpo, con que tamb1en debe contar el senor alcalde o regidor presidente de que no se le dara incienso ni paz a tiempo que por costumbre se lleva al caballero alferez real, como lo experiment6 el senor auditor de guerra en el aiio de mil ochocientos clnco sin embargo de hallarse presidiendo. no en silla raza sino en la misma que acostumbra a sentarse el senor capi~ general. Pero con todo es de dictamen que por ahora el ilustre ayuntamiento no formalize el indicado recurso sino que con el debido respeto haga presente estos reparos al seiior gobernador y capitan general para que, impuesto de eUos, [f· 223 ] / su seiioria se sirva corregir o enmendar la providencia en esta parte declarando que tanto el seiior

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ACTA$ DEL CABILDO

alcalde ordinario como cualquiera de Ios regidores en sus casos debe sentarse en silla de brazos, igual en todo a la· subalterna inmediata del caballero alferez real, pero sin que se Jes obligue ni estreche a tomar la presidencia interin no se asegure en el modo conveniente que tambi~n se les dara incienso y paz. Y no accediendo su seiioria a esta suplica se repita, con igual respeto, la de que tenga a bien la soberana resoluci6n sobre todos y cada uno de los pun*remitir* elevar el expediente a su majestad para que con tos propuestos se corten de raiz las disputas, altercados Y nuevos recursos que de otra suerte podran origin~e. Sin adoptar el medio, que con este objeto propone el JDlS· mo caballero alferez real, de separar su silla del cue~o Y colocarla frente a la patronal pues aunque el pensannento sea laudable y se practique asi en Caracas, de lo cual no hay constancia cierta, siempre seria para este pueb!0 una grande novedad que no puede ni debe hacerse sm autoridad del principe por lo que interesan las supreIJlDS regalias de su majestad, quien s61o puede innovar en materias de preeminencias sin agravio de partes aun. cUalldo los hechos se hallen autorizados por costwnbre iIJllll& morial sin ley positiva en con-[f· 223v. ]/trario, como sucede en el presente caso. Bl caballero regidor don Miguel Davila dixo: Que desde luego su voto es mui conforme en todo con el dado por el caballero regidor doctor don Jose Sanchez respecto de las razones en que lo funda. El caballero regidor-alferez real dixo: que reprodu'7 lo que tiene expuesto al senor capitan general en sus ofi· cios de veinte y veinte y tres de junio y dos de julio del pres~nte aiio y en su Ultimo pedimento de siete de los cornentes. El senor alcalde ordinario de segunda elecci6n c)ixo: Que el caballero regidor doctor don Jose Sanchez de Bustamante ha manifestado en su exposici6n lo que el exJ>?" nente podia alegar en defensa de Ia jurisdicci6n ordinana que obtiene sin faltar al respeto que le es dehido a las superiores providencias de su senoria el senor gobernador, intendente y capitan general, ni a la ~onsideraci6n de que es acreedor, por su persona y empleo, el caballero alf6fel • fl'. Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el onginal. ·


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real, por lo cual se conforma con dicha exposici6n y la reproduce en todas sus partes. El senor alcalde ordinario de primera elecci6n dixo: Que como fa exposisisi6n [sic] del caballero regidor doctor don Jose Sanchez sea una con su voto que dio en el cabildo de treinta de junio, que corre testimoniado en el expediente, esta conforme con ella por fundarse en terminante ley del reino. Que no puede dexar de hacer presente que no es immemorial costumbre la ['· 224 ] / que representa el caballero sindico procurador general respecto a que el real pend6n, paseo y convite para acompaiiarlo, se practicaba por el senor alcalde ordinario de prim.era elecci6n hasta que el senor don Joaquin Power, difunto, remat6 el empleo de alferez real; y como en un mismo sujeto estaban ambas prerrogativas no puede decirse que el alferez real tenia preferente asiento al seiior alcalde o al que presidia el cabildo. Y con presencia de cuanto consta de esta acta se acord6: Que sirva de informe para zatisfacer al que en la ma• teria pide a el muy ilustre ayuntamiento el seiior gobemador, intendente y capitan general, del cua1 se pondra testimonio a continuaci6n del expediente, por el presente escribano, y con el correspondiente oficio y formalidades · de estilo se pase a manos de su seiiorfa. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rU.brica] = Quinones [rU.brica] Davila [rU.brica] = Power [nibrica] Doctor Sanchez [rU.brica] Andino [rU.brica] =Ante mi = Gregorio Sandoval [rU.brica], esscribano real y de cabildo.

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[168] [26 DE AGOSTO DE 1806.]

En esta Muy Noble (f· 224v. ] / y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dias del mes de agosto de mil ochocientos seis aiios, concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, licenciado don Juan Antonio Mexia, y el caballero regidor-alferez real, don Jose Power, con motivo de celebrar cabildo ordinario, seglin es de costumbre; y no tuvo efecto a causa de no haber ~oncurrido mas vocales

/,.!

(No se celebra ca·

blldo por falta de

qu6rum.J


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ACTAS DEL CABILDO

y de haberse excusado el caballero regidor don Manuel Angel Power por hallarse enfermo; con cuio motivo man· d6 dicho senor alcalde ordinario se pusiera esta diligencia para su constancia y firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica] = Power [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [n'.1brica], esscribano de cabildo. [169] [1 DE SEPTIEMBRE DE 1806.]

[Gobernador remite al cabildo para su informe las declaraciones presentadas por don Car· los Milano sobre su extracci6n social y la de su muier .] [Cabildo rinde infonne.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Ju~ Bau· tista de Puerto Rico, a primero de septiembre de mil ocbocientos seis aiios, para celebrar cabildo ordinario, como . toes de uso y costumbre,. concurrieron a esta sala conSlS rial los sefiores licenciado don Juan Antonio Mexia, aI':81dde ordinario de primera elecci6n; don Jose Power, regi or· alferez real; y don Miguel Davila, regidor llano; [f· 725 ] / P~ tr~tar y conferir l~s cosas tocantes al pro y util de la ~~; blica. No concurn6 el caballero regidor doctor don 1~ Sanchez Bustamante por haberse excusado a causa de ha· llarse diputado de abastos y empleado en la plaza. . . En este estado entr6 en la sala el sefior alcalde ordinano de segunda elecci6n,. don Buenaventura Quifiones y el senor regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano. En este cabildo se dio cuenta por el presente esscribaDO, de las informaciones presentaclas por don Carlos MiJ.ano acerca de su calidad y la de su mujer, que el senor gobeJ"· ?ador, intenden~e y capitan general, pas6 a informe de es~ ilustre ayuntamiento; en vista de lo representado por e caballero sindico procurador general y con presencia de. la solicitud del citado Milano y expuesto por dicho sfndiCO J?rocurador se acord6: Que se informe al senor gobernador, mte~de [sic] y capitan general, que en este ilustre ayun· tamiento hasta ahora no hay exemplar de que se em.pa· dronen las familias de esta isla y coloquen en el estado noble o llano. Que lo que se ha observado es colocar ~n el arc~vo de este ilustre ayuntamiento las informacio!1es de calidad que, a instancias de parte, se ban produado ante las justicias ordinarias con audiencia del caballefO sfndico p~o~ador general, siempre que los interesado~ lo han sohc1tado para que en el exista a los fines que pue-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dan convenirle, que es lo mismo que ha representado el actual caballero sindico procurador general; y que en este concepto siempre que don Cµlos Milano convenga en esta practica podra presentar su instancia, se archivanin los testimonios producidos y de ellos se le daran las demas copias que solicite para el uso que le convenga. Se presen-[f. 225 v. ]/t6 el mayordomo de propios, don Felipe Garcia, pidiendo una certificaci6n relativa a Ia constancia de Ios capitales impuestos a censo perteneciente al fondo de propios, sus rentas, inquilinos, fincas hipotecadas, solares, casillas, arrendamientos de pasajes, y otras varias noticias que exige para las cobranzas y formalidad de las cuentas que debe rendir anualmente. Y se acord6: P.ase a los sefi.ores presidente y vocales de la Junta Municipal para qe acuerde lo conveniente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sen.ores, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubri.ca] =Quinones [rubrica] Power [rubrica] =Ramirez [rubrica] Davila [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano real y de cabildo. .

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(Mayordomo de proplos, don Felipe Garcfa, solicita certificaci6n sobre blenes y fondos de proplos.J

(Solicitud del mayor d om o de proplos queda referida a la Junta Munlclpal.J

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[170] [9. DE SEPTIEMBRE DE 1806.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico a los nueve dfas del mes de septiembre de ~s ochocientos' seis afios, para celebrar cabildo ordinano, segU.n es de constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sen.ores alcalde ordinario de primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia; y don Jose Power, regidor-alferez real; y con motivo de haber ![sic] concurrido nllmero suficiente de vocales no tuvo efecto 1 226 [ • ] / la celebraci6n de este cabildo; por lo que se mand6, por dicho senor alcalde, poner esta diligencia para su constancia; y Ia firmaron, de que doy fee. = Nota: Que el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n se excus6 a causa de estar ocupado en asuntos de justicia; el doctor don Jose Sanchez por estar indispuesto de la salud; y el caballero regidor don Manuel Angel Power por hallarse empleado en diligencias precisas. = Licen-

(No se celebra cablldo por falta de qu6rum.J


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ciado Mexia [rubrica] Power [rubrica] Ante mi Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

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[171] [22 DE SEPTIEMBRE DE 1806.]

INo se celebra ca-

bildo por falta de qu6rum.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los veinte y dos dias del mes de septiembre de mil ochocientos y seis a:iios, para celebr8:r ca· bildo ordinario como es de uso y costumbre, concurneron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario don Buenaventura de Quiiiones, y el caballero regidor don Migu~l Davila; y no habiendo concurrido el seiior alcalde ordi· nario licenciado don Juan Antonio Mexia por estar ocu· pado en asuntos de justicia; ni Ios caballeros regidores don Jose Power por estar haciendo la semana de ayu· dante de su cuerpo; doctor don Jose Sanchez por flnpedido de la salud; y don Manuel Power por enfermo; no tuvo efecto el cabildo por falta de vocales; y con este [ 1• 226v. ] / motivo se mand6 poner por diligencia para su constancia; la que firmaron clichos sefi.ores, de que doy fee. Quinones [rubrica] Davila [rubrica] An~ mi = Gregorio Sandoval [rubrica ], esscribano de cabil· do.

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[172] [30 DE SEPTIEMBRE DE 1806.] L \•

En Puerto Rico, a los treinta dfas del mes de septielll· · bre de mil ochocientos seis afi.os concurri6 a esta sala capitular el senor alcalde ordinarlo licenciado don Juan Antonio Mexia para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre; y no tuvo efecto a causa de haberse excusado el senor alcalde ordinario don Buenaventura Quifi.ones por estar ocupado en asuntos de justicia; ~ps caballeros regidores alferez real, don Jose Power, por !~­ tar empleado en su regimiento de ayudante de se~; don Miguel Ramirez, fiel executor, por estar ocupad?1 ~ el repeso de la came de consumo publico; don ~guel


~~\/.Ii/)., I

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Davila esta ausente; doctor don Jose Sanchez por indispuesto de la salud y don Manuel Power ausente; con cuio motivo y de no haber vocales mand6 poner esta diligencia para su constancia y fines convenientes, doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo. [f· 227] /

281 [No se celebra C3 bildo por falta de qu6rum.J

[173] [6 DE OCTUBRE DE 1806.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los *cinco* seis clias del mes de octubre de mil ochocientos seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concunieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de Primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia; don Jose Power, regidor-alferez real; don Miguel Davila y don Manuel Angel Power, regidores; y don Manuel Andino, sindico procurador general; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, don Buenaventura Quiiiones, por haberse excusado con motivo de hallarse indispuesto de la salud; y el regidor doctor don Jose Sanchez Bustamante por haber avisado estar enferIDo. En este cabildo dio el caballero sfndico procurador general una representaci6n, con fecha tres de los corrientes, manifestando en ella los medias legates de que se ha valido en desempeno de la comisi6n que se le confiri6 para contradecir Ia posesi6n pretendida por don Manuel Hemm del oficio de regidor-alguacil mayor, que remat6 en publica subasta, cuio tftulo le fue despachado por el senor gobernador, intendente y capitan general. Y, seguidamente presentada en este cabildo, concluiendo que, aunque Iac6nica y suscintamente detalla y describe la historia toda de cuantos sucesos ban ocurrido en la causa, por la cual se vendra en un (f· mv. ]/ entero conocimiento de que ha desempefi.ado viva, activa y eficazmente el encargo que se le confiri6 por este cuerpo capitu·

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el

original.

I.'

[Representaci6n del sfndico procurador general dando !l conocer las sesdones por ~l realizadas y los lnconven l e n t e s que en ellas ha tenido r~­

pecto a la com1sl6n que le hlclera el cablldo tocante a contradeclr la

posesi6n pretendlda de don Manuel Hem4iz como reg l do r - atguacll mayor.)


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ACTAS DEL CABILDO

lar como debia, sino que a vista de las pruebas incontrastables de que habia formado su composici6n no podfa menos que lisonjearse de su victoria, cediendo en lustre, honor y explendor de este ilustre cuerpo y muy noble Y muy Ieal ciudad; habiendo hecho de su parte con intrepidez, constancia y fortaleza cuanto habia podido Y dependido de su arbitrio, autoridad y facultad, sin omisi6~ del mas leve paso conducente al intento, quedando {s1 se hubiera logrado o Iograndose en lo venidero) en reposo, paz y tranquilidad, para en lo sucesivo libre de arrojos y temeridades de sujetos que a semejantes empleos no sean acreedores por mas esfuerzos que hagan, Y de consiguiente en su estimaci6n y distinci6n los que digna· mente obtengan los de republica y cargas concejiles, ~­ dulzando con solo este honor las incomodidades Y fati· gas de que son susceptibles y acarrean y de que con ra· z6n se excusarfan si hubiera mezcla y confusi6n con sujetos ineptos, causando un trastomo en este ord~n _politico recomendada su conservaci6n por los estableciJlllen· tos de la naci6n. Pero que contemplando que debe participar a_ este cabildo cuantas novedades ban ocurrido en su discurso, mayormente de las extrafias, que gradua por de~ ta claze la denegaci6n de los testimonios despues ~e declarados sin lugar cuantos [f· 22B]/ recursos babfa JD.terpuesto oportunamente, siendo este Ultimo paso que le resta dar y exige el orden de las cosas, el de su empleo Y consecuencia de la comisi6n que le esta conferida, lo executa en la actualidad por dicha su representaci6n para que este muy ilustre cuerpo se sirva adoptar aquellas medidas que mas conducentes y compatibles concibe 8 un mismo tiempo los derechos del cuerpo y los de el que representa en semejante estrecho, sin embargo de P~ eerie ha llenado en bastante parte, para obtener s~ J.Dtenci6n, con la oposici6n de los mismos Hernaizes a' la entrega de las diligencias exigidas y a la de las partidas parroquiales solicitadas ante el tribunal eclesiastico, qy.e deferi6 a su pretension, aunque no se verific6 esta por el a1;1Xilio real de protecci6n contra las fuerzas, ~tima~~; gesti6n que quedaba comprobada con: testimomo extb1do, con el recurso de don Gaspar Vizcarrondo pretendieJ1· do la preferencia en el mismo empleo, que cuando :~~ nos ocupaba el lugar de un testigo de no poca excepd~l$il; con las declaraciones de los muchos de mayor exce~f,6n


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que exibi6 para su examen, con lo que producia el testimonio del original de las informaciones promovidas en otro tiempo por Micaela Belez, mujer de Agustin Segura, suegros de los Hernaizes, pretendiendo, en concurso de otros mulatos notorios en esta ciudad, los bienes del famoso Miguel Henrriquez, y [f· 228v·]/ con lo queen conclusion, por fama volada hasta fuera de aqui, se explica el viajero universal y el coronel don Antonio de Alcedo, capitan de reales guardias espaiiolas, de la Real Academia de la Historia, en su Diccionario de las Indias Occidentales o America, describiendo geograficamente esta isla de Puerto Rico, en su Tomo Cuarto, letras Py G, pag1nas trescientas nueve, en estos terminos: "Es patria de Miguel Henrrique, celebre mulato Zapatero, cuyo honrrado proceder y distinguidos servicios hechos a la corona, en que gast6 la mayor parte de su caudal, le hicier,on acreedor a las distinciones con que le honrr6 su majestad el aiio de mil setecientos cuarenta y cuatro [sic] concediendole el distintivo de don, el titulo de capitan y una medalla de oro con su real efigie para que la trajese como venera."; cuios honores o distinci6n, que no lo extrajeron imposiblemente de su clase y condici6n de mulato, por la misma naturaleza invariable no podian. alegarse por las mujeres de los Hemaizes de transcendentales a ellas ni tampoco de que les eximan de la propia clase o condici6n porque sobre haber sido personalisimos y extinguidos con su muerte, sufocados en su sepultura, venido de raiz infecta tambien por su abuela que no cas6 con aquel, s6lo tendria lugar esta distinci6n en todo caso permitido alla entre otros mulatos y no entre los nobles distinguidos aUn. en concurso de los blancos, como son sin duda los capitulares; sin cuio perjuicio y aUn sin el de los blancos se entienden dispensados aquellos honores, como sin salir fuera de aqui [f· 229 ] / de la misma capital se ha observado en otros mejores pardos tambien distinguidos por el mismo soberano a diversos servicios, Jose Antonio Ylarraza y Dionisio Antonio Peiialvers, cuyos descendientes, aunque Iexftimos, contenidos dentro de su esfera, jamas han aspirado a empleos de honor ni aun a casamientos con gente blanca, de que se ha desdeiiado siempre esta por su raza, mala, despreciable de mulatos, de que nadie tiene la culpa viniendo esto de la providencia de arriba cuyos misterios y arcanos son inexcusables.

I.I

283


ACTA$ DEL CABILDO

284

Con todo que como su prueba se extend.la a abrazar todos los objetos propuestos por instrumentos y testigos por no exponerse a un corrimiento y bochomo faltandole alguno de aquellos en testimonio, no ha podido, como dice deja referido, pasar adelante a la agregaci6n de ellas a los autos y menos a su publicaci6n hasta su general Y entero acopio, que no ha faltado de su parte; y queen· tredicha esta barrera, con cuantos mis recursos ha procurado sostenerla negandosele hasta los testimonios para el recurso que competiera, no podia menos que ocurrir inmediatamente a este ilustre cuerpo imponiendole de esta novedad perjudicial para que, no baciendosele un cargo por su defecto y omisi6n, se sirviera tomar al mismo tiempo las providencias que mas condujeran a lo~ derechos del cabildo y a los del representante en segw· miento de los recursos entablados y negados o las que estimara mas convenientes en justicia. Atendidas por los sefiores (f· 229v.] / capitulares la representaci6n expresada del caballero sindico procurador general y con Io que concluy6, se procedi6 a votar, por su orden, y en estado expuso el caballero regidor don Ma· nuel Power: Que era su dictamen que la indicada representaci6n se pase original, quedando testimonio de el.la en el arcbivo de este ilustre ayuntamiento, al senor gober• nador, intendente y capitan general, a fin de que su seii.Qrfa se sirva mandarla acumular al expediente del asunto con conocimiento de don Manuel Hemaiz y citaci6n del caballero sindico procurador general; previniendose a este que por cuantos medios y modos le permitan las leyes continue en la defensa de los derechos que le correspo& den por su oficio contra la temeraria, injusta y aUn. escandalosa solicitud de dicho Hemaiz, hasta llevarlos a los pies del trono, caso necesario, seguro de que este cabildo (habla el exponente contrafdo a su particular dictamen) cooperara gustoso a tan importante objeto con cuanto penda de sus facultades, sin ofender las superiores que exerce el senor capitan general, ante quien pende y *debe* sigue la causa hasta su decisi6n conforme a derecho. Y que a la enunciada representaci6n se acompa:iie testimonio de este acuerdo, que sirva de decreto en form.a, quedando

*

Lo comprendido entre asterlscos aparece tachado en

original.

el 11

,,


SAN JUA..t.l BAUTISTA DE PUERTO RICO

nota de haberse executado asi al pie de la copia mandada reservar. Bl caballero regidor don Miguel Davila, el caballero regidor don Jose Power y el se:iior [f· 230] / alcalde ordinario licenciado don Juan Antonio Mexia fueron del mismo dictamen que el dado por el caballero regidor don Manuel Power, en todas sus partes, y qued6 desde luego acordado se execute cuanto ha propuesto en el. Se dio cuenta por el esscribano del parte dado por el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez, dio con fecha veinte de septiembre Ultimo, acerca de las ruinas que en la casa de carniceria, la del matadero y puerta inmediata a la primera, habia causado el huracan experimentado en esta isla el dia once de aquel mes. Y se acord6: Que se pase a la Junta Municipal para que disponga lo que estime mas conveniente a la pronta y eficaz recomposici6n de los daiios causados en las fabricas Y puerta expresada. Se present6 el doctor don Francisco Oller, medico Y cirujano mayor del Real Hospital militar de esta plaza, pretendiendo se le de un atestado de que en el tiempo de catorce a:iios que sirve en esta real carzel de medico ·de ella no ha interesado sueldo ni gratificaci6n alguna. Y se acord6: Que se de vista de esta solicitud al caballero sfndico procurador general para con presencia de lo que exponga se acuerde lo conveniente. Y por ser tarde se mandaron reservar para el cabildo inmediato las solicitudes de Sim6n Izquierdo sobre contrata P· 230v·]/ de piedra para composici6n de calles; y de Juana Maria del Rosario sobre traspaso de un solar de los propios de esta ciudad. y se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos se:iiores, de que doy fee. Licenciado Davila [rU.brica] Mexia [nibrica] = Power [rU.brica] - Power [mbrica] Andino [rU.brica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rU.brica], esscribano de cabildo.

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=

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[174] [13 DE OCTUBRE DB 1806.] En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de octubre de mil ochocientos seis aiios, con motivo de ser dia

285

[Acuerdase remitir al gobemador el original de dlcha representnci6n y prevenir al slndJco procurador generul que contiDde en el desempeJlo de su comJsidn.J

(Significanse daiios p o r el hurac4n que azot6 a la 1s1a el dfa 11 de septiembre del afto 1806.)

causados

(Doctor don Francisco Oller solicita atestndo sobre que no ha devengado sueldo o gratificacldn alguna como ml!dlco de la real cl1rcel.J (Refi&ese al procurador general la aludida s_o~ltud.J

(Posp6nese conslderacJ6n de las solicitudes de Slmdn Izquierdo y de Juana Marfa del kosario.J


286

INo se celebra cabildo por falta de qu6rum.J

ACTA$ DEL CABILDO

de celebrar cabildo ordinario, segiln constumbre [sic], concurri6 a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primera elec;ci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia; y con motivo de haberse excusado el senor alcalde ordinario don Buenaventura Quinones por enfermedad; y los caballeros regidores aJferez real, don Jose Power, por haber hecho demisi6n de su oficio; don Miguel Ramirez, fie! executor, por estar ocupado en cl repeso de carniceria; doctor don Jose Sanchez por estar cnfermo; y el sindico procurador general por la misma causa, no bubo cabildo por falta del numero suficiente de vocales; y dadas las [f· 231 ] / diez, mand6 el senor alcalde ordinario don Juan Antonio Mexia pusiera esta diligencia para su constancia, la que firm6, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano de cabildo.

[175] [20 DE OCTUBRE DE 1806.]

INo se celebra ca-

bildo por falta de

qu6rum.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte dfas del mes de octubre de mil ochocientos seis aiios, concurri6 a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero regidor-fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano; para celebrar cabildo ordinario, segiln es constumbre [sic]; y con motivo de haberse excusado, a causa de estal' enfermo, el senor alcalde ordinario don Buenaventura Quiii.ones y no haber concurrido ninguno de los deroas regidores no pudo verificarse el cabildo ordinario PQ\, falta de vocales; y mand6 su merced se pusiera esta dili· · gencia para su constancia y fines convenientes; Y la fir· ma-[f· 23iv. ]/ron, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rli· brica] = Ramires [rubrica] = Ante mi = Gregorio San· doval [nibrica], esscribano real y de cabildo.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[176] [27 DE OCTUBRE DE 1806.] En la Ciudad Muy Noble y Muy Leal de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de octubre de mil ochocientos y seis aiios, concurrieron a esta sala consistorial para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, los sefiores alcalde ordinario de primer voto, licenciado don Juan Antonio Mexia; Y don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; Y con motivo de no haber concurrido otro alguno de los caballeros regidores y teniendo dos oficios dirigidos al cabildo, por el senor gobernador, intendente y capitan ge(No empece c:ire· neral, los cuales, a causa de no haber los vocales necesa- cerse de qudrum se precede a dar lee· rios y tal vez ser sobre asuntos que exigiesen pronta tura a dos oficios contextaci6n, mand6 el senor alcalde ordinario se abrie- del gobernador di· sen a fin de que se pudiese al menos contextar el recibo, riildos al cablldo.] dejandolos reservados para otra oportunidad. Y verificada su apertura, result6 ser el de nueve de octubre ~o­ [Gobernador acusa rriente acusando el recibo del oficio de seis del mismo recibo de un oficlo capitular.J a que se acompafi6 testimonio del acuerdo de Ia misma fecha Y representaci6n original producida por el caballero sindico procurador [f· 232]/ general sobre lo ocurrido en el pleito que sigue contra don Manuel Hernaiz oponiendose a la posesi6n que se le mand6 dar del oficio de regidoralguacil mayor de este ayuntamiento, fundado en varios motivos que propuso y se ha seguido en sala de justicia. comuel otro, de veinte y cinco del mismo mes, en que el se- n[Gobernador i c a disposicl6n que ha dado sabre nor gobernador, intendente y capitan general, comunica la ventll de frutos de al ayuntamiento la disposici6n que ha dado para el ex- dad.Jprimera neceslpendio de los frutos de primera necesidad que entren en esta plaza para el abasto de ella. Y comoquiera que esta exige su comunicaci6n a Ios sefiores alcaldes ordinarios, regidor-fiel executor y caballero regidor diputado de mes para su puntual cumplimiento, mand6 dicho senor alcalde que por ahora e :fnterin haya cabildo, se reserve el primero; y segundo, se pasen copias certificadas por el pre(A cumpllmentarse sente esscribano a quienes corresponda para que tenga la orden del &obernador so br e puntual efecto lo dispuesto en dicho oficio; y que se con- venta de frutos de texte el recibo de ambos oficios expresando al senor go- primera necesldad.I bernador, intendente y capitan general, que con motivo de no haber habido vocales suficientes para celebrar cabildo tom6 esta providencia a fin de no retardar las justas pro-

"!

/ . .'


288

ACTA$ DEL CABILDO

videncias que da su sefioria al mejor bien del publico; y mand6 que se pusie-(f· mv. ]/ra por diligencia para su constancia; y la firm.6 con el senor don Miguel Ramtrez. de que doy fee. Licenciado Mexia [rll.brica] Ramires [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano de cabildo.

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[177] [10 DE NOVIEMBRE DE 1806.]

INo se celebra ca·

bildo por falta de

qu6rum.I

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes den~ viembre de mil ochocientos seis aiios, habiendo concu· rrido a esta sala consistorial el caballero regidor dod Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor, Y.. caballero sindico procurador general, don Manuel ~di­ no, para asistir al cabildo ordinario que se babfa de . ebrar en esta fecha, con motivo de no baber conCUIT!'do otro individuo del muy ilustre ayuntamiento se retir6, dadas las diez, y dicho caballero sindico general Y e1 caballero don Miguel Ramirez permaneci6 en la sala hasta dadas las once, que viendo no se presentaban vocales SU· ficientes para celebrar cabildo me mand6 la pusiera por diligencia para su constancia y fines convenientes; Yen prueba d7 ello lo firm6, de que doy fee. Miguel ~i­ rez [rubnca] Ante mi Gregorio Sandoval [robnca], esscribano real y de cabildo. [f· 233]/

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[178] '\•

[17 DB NOVIEMBRE DE 1806.] E~ la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautis~ de Puerto Rico, a los diez y siete dias del. Jiles de noviembre de mil ochocientos seis aiios, concurr1eron~

[No ae celebra ca-

bildo por falta de

qu6rum.I

a esta sala consistorial para asistir al cabildo ordinario que se ha de celebrar, segUn. uso y constumbre [sic]~ el caballero regidor-fiel executor, don Miguel ~ L4e Arellano, y el caballero sindico procurador general, 1 ¢l~D Manuel de Andino; y con motivo de no haber concuffi.do ''


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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ningUn otro de los caballeros regidores y ser ya dadas las

diez de la maiiana, se me mand6 lo pusiera por diligencia a fin de que constara los motivos por que no se habia hecho cabildo; y firmaron, de que doy fee. = Ramires [rubrica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

[179] [21 DE NOVIEMBRE DE 1806.] En esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios veinte y un dias del mes de noviembre de mil ochocientos seis aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del seiior gobernador, intendente y capitan general, con(f· 233v.]/currieron a esta sala consistorial, a las nueve de este dia, los seii~ res teniente gobemador, asesor general de intendencia; licenciado don Juan Antonio Mexfa, alcalde ordinario de primera elecci6n; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; don Antonio de C6rdova, regidor llano; Y don Manuel de Andino, sindico procurador general. En este cabildo extraordinario se abri6 un oficio del senor gobemador, intendente y capitan general, su fecha, ocho de noviembre corriente, acompaiiando testimonio de la ·sentencia pronunciada en Ios autos seguidos por el caballero sfndico procurador general, don Manuel de Andin~, oponiendose a que don Manuel Hemaiz se le de poses16n del oficio de regidor-alguacil mayor de este ilustre cabildo y ayuntamiento, que habfa rematado en publica subasta, por Ios motivos en que fund6 su oposici6n; y del auto en que dicha sentencia se declar6 por consentida, no apelada y pasada en autoridad de cosa juzgada y previniendo se procediere a darle Ia posesi6n prevenida segiln Y como en dicha providencia se ordena. Se recibi6 otro, con fecha de veinte del corriente, del mismo seiior gobernador, intendente y capitan general, previniendo que se citase a cabildo extraordinario, para las nueve del dia de esta fecha, a fin de que tuviera efecto la posesi6n mandada dar a don Manuel Hemfilz del expresado oficio, con respecto a no haberse verificado en Ios cabildos ordinarios anteriores en virtud a no haber concurrido vocales suficientes para el [1• 234 ] / efecto; previ19. I ..'

[,',,,, ·.r·:

Cabildo extraordinarlo celebrado en 21 de noviembre de 1806 para la posesid,I! de don Manuel Herndfz del oficlo de rei;!doralguacll mayor•

[Gobernador remite testimonio de la sentencia pronunclada para que se le d6 posesl6n del oficlo de regldoralguacil mayor a don Manuel Hern4iz.J

[Gobernador ordena se cite a cabild 0 extraordlnarlo para hacer efectiva la referida posesi6n.J


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[Procurador general sollcita se suspenda la posesi6n a don Manuel Hernliiz hasta tanto se consulte al gobernador si aqu~lla vlilidamente puede hacerse con la sola presencla de un alcalde ordinarlo y dos regldores.]

ACTAS DEL CABILDO

niendo lo conveniente para que tuviera su cumplimiento dicha posesi6n en el extraordinario que manda celebrar. Leidos que fueron ambos oficios y el testimonio que acompa:ii6 el primero, el seiior procurador sindico general dio un pedimento, dirigido a este muy ilustre ayuntamiento, en que expone que por auto de cinco del corriente, proveido por el senor gobernador, intendente y capitan general, con consulta del senor su teniente, se habia declarado consentida no apelada y pasada en autoridad de cosa juzgada la sentencia dada en los que de oficio ~a seguido con don Manuel Hernaiz y que en consecuenc1~ se le ponga en posesi6n del empleo de regidor-alguac1l mayor, a cuyo efecto se manda pasar a este ilustre ayuntamiento testimonio del citado auto y de la sentencia. Que esta, entre otras cosas, ordena se execute en el primer cabildo, no obstante que de antemano tiene repetidas veces protextada su nulidad por indefensi6n, que tambien protext6 a SU debido tiempo; y que siendo es!e el primero que se celebra desde que se dio la sentenCJ.B de ocho de octubre debe suponer sera tambien en el que se de a Hernaiz dicha posesi6n. . Que para solemnizar este acto sabe el muy ilustre ayuntamiento deben concurrir a lo menos tres regidores Y estando expeditos todo el cuerpo porque quod ad omnes tangit [sic] dice un axioma de derecho ab imnibus approri debet [sic]. [l· 234v·]/ Que .el [sic] la actualidad no pueden contarse aun los prec1sos porque el ayuntamiento se compone de s6lo nueve individuos si se quiere contar con el senor procu· rador. De estos ban renunciado sus oficios cinco Y el lo hizo antes que todos, aunque no le fue admitida por la ?posici6n que el ilustre ayuntamiento manifest6 en. su inform.e dado al sefior gobernador, intendente Y capi~ general, prescindiendo de que es la parte contraria Y nun• ca pudiera tener cabida. De que resulta quedar solo U:S• que lo son, el senor alcalde de primera elecci6n, licen01a· do don Juan Antonio Mexia, y los caballeros regido~ decano, don Antonio de Cordova y fie! executor don MigUel Ramirez. Que el primero podra muy bien presidir el cabild~,n? obstante los altercados, disgustos y debates que ha tpu~ do con este, constantes de las actas de doce y diez y;µueve de mayo y dos de junio. Pero el segundo y te~Ctro deben reputarse como si no estuvieran presentes; p9rque


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

don Antonio de Cordova cuenta ya ochenta y nueve aiios, por cuya causa hace mui cerca de uno que esta cuasi baldado en su casa, sin salir sino con mucho trabajo asistido siempre de su hijo don Pedro y de un criado; y lo que es mas, con las manias de la vejez a cuestas queriendo ostentarse fuerte cuando todos Io estan mirando que apenas puede moverse, y por consiguiente incapaz ya por su decrepitud de decir ni hacer nada con concierto; de que ha dimanado haber-[f· 235 ]/le dado a Hernaiz una· real provision para su defensa contra los dcrechos del cuerpo capitular, en que dicho Cordova es el primero que se perjudica por el recuerdo que ahora se ha hecho de los motivos, ya olvidados, que tuvo el ayuntamiento entonces para no quererle dar posesi6n del empleo de regidor llano que remat6 el aiio de setenta con poca diferencia. Que don Miguel Ramirez, que acaso habrfa renunciado tambien si hubiera visto la ley diez, Libro Cuarto, Tftulo diez de la Recopilaci6n de Indias, clixo cuando Hemm presen~6 su titulo, en catorce de abril, que no podia hablar en pro ni en contra de la solicitud por ser su compadre y tambien de su hermano don Ram6n, cuio impedimento se tuvo por bastante para haberlo por lexftimamente excusado, presidiendo el acto el seiior auditor de guerra Y debe ahora tenerse tambien por motivo suficiente para que no se cuente con el al de darle la posesi6n. Que todo esto lo hace presente al ilustre ayuntamiento para que ocurriendo a solicitarla don Manuel Hemaiz se le suspenda fnterin que impuesto el seiior gobemador, intendente y capitan general, de este recurso declare si con solo la asistencia de los enunciados tres regidores se le podrfa posesionar en el mencionado empleo. De lo contrario, ademas de las protextas que anteriormente tiene [f· :mv.]/ hechas en el tribunal de justicia y aquf repite para que de ningiln modo le pare perjuicio la .declaratorla que se haga sea cual fuere, protexta tambien nulidad del acto por este solo defecto si el muy ilustre ayuntamiento procediese a darle dicha posesi6n antes de consultar a dicho seiior gobernador y capitan general y cuan· to mas le convenga contra quien haya lugar. Y concluye suplicando que el muy ilustre ayuntamiento se sirva acordar, como dej6 expuesto, por ser de justicia que pide y jura lo necesario. l.J

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1[1./,!i,,'·,·'(

291


292 [Alcalde ordinario de primer voto protesta de que no se haya apelado la sentencla proferlda para dar posesi6n a don Manuel Her-

n4iz.J

[Regidor decano solicita testimonlo de Ia petlcl6n del procurador general y es de j)arecer se cwnpla Jo mandado por el gobemador.J

IRegidor-fiel eiecutor es del mlsmo aludido parecer .J [Se da posesi6n a don Manuel Her-

n4lz.J

ACTAS DEL CABILDO

El alcalde de primer voto dixo: Que protextaba y protexta contra la defensa hecha por este muy ilustre ayun· tamiento en el presente asunto y porque (habla con respeto) se ha consentido la sentencia contenida sin haber usado del subsidiario remedio de Ia alzada que dio causa a que fuera declarada por no apelada y pasada en autoridad de cosa juzgada; y, ultimamente, que protexta usar d6nde y cuando le convenga del recurso que con· sidere favorezcan los derechos de este ilustre cuerpo de que es individuo; por cuyas razones se ve en el clfa el muy ilustre cabildo en la obligaci6n estrecha de obedecer el auto del senor gobernador, intendente y capitan general. El regidor decano expuso que para los efectos que puedan convenirle necesita que el presente escrib~o le de testimonio de las clausulas que senalare del pedim~­ to presentado en este cabildo por el caballero smdico pro-[f· 236 ]/curador general 0 bien de todo el, y que se execute lo mandado por el senor gobernador, intendente y capitan general. El regidor-fiel executor expuso: Que se execute lo man· dado por el senor capitan general. En cuya virtud se mand6 entrar en la sala al exp_resado don Manuel Hernaiz y se le confiri6 la posesi6n en la forma acostumbrada, tomandose raz6n del tt:ttJ!o presentado en el Libro respectivo; y que se de testiJD.omo al caballero regidor decano del escrito presentado por el caballero sfndico procurador general para los ·fines que lo solicita. Y, habiendolo verificado por el caballero regidor decano, don Antonio de C6rdova, fue puesto en posesi6n en el lugar y asiento que le corresponde, ~ediato a las justicias, con voz y voto en el a}'UD:ta· miento, habiendo prestado el debido juramento que bizo en forma. ·. \' . Con lo que se concluy6 este cabildo, que ru:n~~ dichos seiiores, de que doy fee. = Ynguanzo [rubnca] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ramirez [rU.brica] == Cordova [rubrica] = Andino [rubrica] = Manuel Ber· naiz [rll.brica] Ante mi Gregorio Sandoval [nlbri· ca], esscribano de cabildo.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[180] [24 DE NOVIEMBRE DE 1806.] En [f· 236v.]/ la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro dias del mes de noviembre de mil ochocientos seis a:iios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de primera elecci6n; don Manuel Hemaiz, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; y don Antonio de Cordova, regidor decano; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. Se excusaron el senor alcalde de segunda elecci6n, don Buenaventura Quiii.ones, y el caballero sfndico procurador general, don Manuel de Andino, a causa de hallarse indispuesto de la salud. Se dio cuenta del expediente promovido por el doctor don Francisco Oller, medico y cirujano mayor del Real (Doctor don FranHospital Militar de esta plaza, en que solicita que por el cisco Oller sollclta ilustre cabildo y ayuntamiento se le de certificaci6n del certlficacl6n sobre sus servicios profeservicio que ha hecho, en el dilatado tiempo de catorce slonales, prestados a aii.os, de asistir a los presos en esta real ca.reel, como me- gratultamente, los presos de la dico de ella, en cuantas necesidades le han ocurrido, sin real clircel. J percibir sueldo, gratificaci6n ni otra zatisfacci6n que la de socorrerlos y aliviarles en sus necesidades y achaques con todo aquel agrado y eficacia que exige su constituci6n desgraciada. Y vista lo representado por el caballero sfndico procurador general, don Manuel de Andino, en consecuencia de la vista que se le comunic6 de dicho expediente y pretensi6n del doctor don [f· 237] / Francisco Oller se acord6: Que siendo, como son, cons.tantes los servicios que ha dispensado el doctor don Francisco Oller como medico de la real carzel en virtud del nombramiento hecho por el senor gobe~ador, intendente y capitan general de esta isla, coma consta del auto de once de junio de mil setecientos noventa y dos corriente en el exped.iente que ha presentado, a Ios individuos presos en ella, por los que no se le ha asignado sueldo alguno ni lo ha exigido sino Unicamente de los presos pudientes Ia gratificaci6n de cuatro pesos por cada uno a quien ha reconocido y certificado sus enfermedades, en virtud de [Provl!ese para la 1 u d Id a certlflcadecreto de los tribunales respectivos, se le de testimonio acl6n.J

I.I


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1Prevenci6n al procurador general para ciue trate con el debido respeto a los alcaldes ordlnarios.J

(Posp6nese basta el pr6ximo cabildo el tratar sobre nombramiento del dlputado de calles, de los vocales de la Junta Municipal Y de diputado para entender en u n a apelacl6n.)

ACTAS DEL CABILDO

de este acuerdo que sirva de certificaci6n en forma a los fines que le convengan. Y que al caballero sindico procurador general se le recuerde el modo con que debe tratar a los sefiores alcaldes ordinarios para que en lo sucesivo se conduzga como corresponde, a fin de influir en el comiln de las gentes el respeto debido al caracter de sus oficios. Se reservaron para el cabildo inmediato varios ~­ tos que hay que tratar en orden al nombramiento de diputado para la composici6n de calles, vocales de la J~ta Municipal y diputado para votar el recurso de apelaCI6n interpuesto por Cecilio Chico en el pleito que sigue con Jose Maria del Carmen so-[f· mv. ]/bre cobro de pesos; y dos oficios recibidos del sefior gobemador, intendente y capitan general, por el sefior alcalde ordinario licenciado don Juan Antonio Mexia. Y se mand6 cerrar este, que firmaron dicbos seiiores, de que doy fee. Licenciado Mexia [rubrica] == !fe~­ naiz [rubrica] Ramirez [rubrica] = Cordova [rub~­ ca] = Ante mi = Gregorio Sandoval [rubrica], esscn· bano de cabildo.

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[181]

[15 DE DICIEMBRE DE 1806.]

[Quedan seiialadas por el regldor-alguacil mayor 1 as reparaciones que precisa Ja real cllrcel.J

E? la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan B~1:1tista de Puerto Rico, a los quince dfas del mes de ~c1embre. de mil ochocientos seis afios, para celebrar c:a· bildo ordmario, como es de uso y costumbre, con~e­ ron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinano licenciado don Juan Antonio Mexia· don Manuel HernBiz. · r~gidor-algua~il mayor; y don Mitiuel Ramirez, regi~or­ fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano [sic]; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gober~ · nad~r, intendente y capitan general, su fecha, once del cornente, en el cual comunica a este ayuntamiento el que con fe~ba f d~ diez del mismo le pas6 el caballero rewdo~­ alguacil [: ]/ mayor relativo a los reparos que xl~qe51· ta la fabnca de la real carzel para evitar las hum<::!~des que perciben las prisiones, cuarto de la capilla, des~~ilpar


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el lugar comim y recoger las aguas de la azotea para que cayendo en el aljibe tengan los presos abundancia de ellas. Y se acord6: Que el alarife de arbaiiileria [sic] pase a reconocer prolijamente los perjuicios que recibe la fabrica y demas de que trata el oficio del caballero regidor-alguacil mayor y con la debida separaci6n forme el calculo del costo que pueda resultar de estos reparos, conducci6n de agua al aljibe y limpia del lugar comiln, y de cuenta en el inmediato cabildo para deliberar lo conveniente sobre su execuci6n, a fin de que se verifiquen a la mayor posible brevedad para evitar los perjuicios que puedan resultar asi a la salud de los presos como a la subsistencia de la fabrica de la misma carzel; y que se contexte a su seiioria el citado oficio. Se present6 Pedro Elias, maestro de platero, pidiendo diez pesos y cuatro reales que se le deben por el costo de los cuatro fierros grandes que se formaron para sellar los almudes, de los dos mas chicos para marcar los cuartillos y medios cuartillos y el recomponer varias veces las pesas de Ia carniceria para el expendio de la came al publico. Y se acord6: Que informe el caballero regidor-fiel executor Io que [f· 238v·]/ se le ofrezca y parezca a fin de acordar en su vista lo que corresponde. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Licenciado Mexia [nibrica] = Hernaiz [nibrica] = Ramirez [nibrica] = Ante mi = Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano de cabildo.

[182] [22 DE DICIEMBRE DE 1806.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos de diciembre de mil ochocientos seis aiios, para celebrar ~bildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurneron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de primera elecci6n, licenciado don Juan Antonio Mexia; don Manuel He~aiz, regidor-alguacil mayor; y don Miguel *Davila* Ramirez de Arellano, regidor-fiel executor; para "' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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~;.;,·,\,,

(Se encarga al al:irife de albaiillerfa practfque reconocimiento de dicha c4rc:el y fonne el c:4lculo del costo de las reparaclones.)

(Pedro Elias solici· ta el pago de los sellos' que 1!1 ha hecho para marcar :ms medidas y del arreglo de las pesas de la carnlce• rfa.)

{Regidor-fiel ejecu-

tor a informar sobre el particular.)


296

ACTAS DEL CABILDO

tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 una representaci6n hecha por el senor alcalde ordinario don Buenaventura Quiiio(Don Buenaventura Quiftones, a I c aide nes dirigi6 al senor gobernador, intendente y capitan geordinario de segundo voto, sollcita se neral, haciendole presente varios motivos que le asisten le releve de este oficio.J para no poder continuar este afio el oficio de alcalde or· dinario y concluye se le de por exonerado o al menos se deposite Ia vara por el tiempo de sus ausencias Y enfer· medades. Cuya representaci6n, por decreto de [f· Z9)/ es· te dia, ha mandado pasar a este ayuntamiento para que [Se pasa para informe del cabildo la informe. En su virtud y Ia de haber examinado todas las aludlda solicitud.J razones que en dicha representaci6n se exponen se procedio a votar sobre el particular. . El senor regidor-fiel executor dixo : Que comoqw~ (Pareceres de los capitulares sobre la que Ia republica necesita para Ia administraci6n de j~ti· referida solicitud.J cia de personas de buena salud y que sirvan los ofici?s con buena voluntad, sin embargo de que ni por noto~e­ dad ni por dictamen de fisicos se hace constar por el seno~ (Regldores fiel ejedon Buenaventura Quiiiones ni la propiedad de bienes m c u t o r y alguacll la administraci6n de ellos ni las enfermedades que padece mayor y el alcalde ordinario de primer segiln expone, es su voto se le admita Ia renuncia que hace voto se pronunclan a favor que se le del oficio de alcalde ordinario. admita la renuncia al aludido alcalde El senor regidor-alguacil mayor expuso : Que es su vot? ordlnarlo.J se admita la demisi6n que hace don Buenaventura ~­ nones del oficio de alcalde ordinario de esta ciudad SID embargo de que todo cuanto ahora expone en dicha representaci6n para mover el ammo al senor gobernador, int':11"' dente y capitan general, a la admisi6n de su ins~aa, pudo ~?erlo tenido presente cuando para ,que ~chniti:ei:8 este ofic10, entre otras cosas, se le manifest6 deb1a residir en esta capital todo el bienio de su encargo y no tuVO entonces 6bice que expresar. . El senor alcalde [f· 239v. ] / ordinario de primer voto ,, dixo : Que aunque fueran ciertas las razones con que. el senor don Buenaventura Quiiiones llena su representaCI?n no pudiendo, en fuerza de Ios deberes de su empleo Y sm· ceri~ad que acostumbra, permitirle la exp:i;esi6n de. que~ el tiemp<? de su magistratura haya mantenidose iDDl?v"' en esta c1udad sufriendo perjuicios con objeto a acredi~ sus~ leales deseos de cooperar a la prosperidad de la Pa!·~ y s1 concederselo s6lo por obsequio al empleo de alcal, ordinario porque de otra suerte no se expondrfa con v ;'" dad por haber sido frecuentes las salidas que ha becho:· ,81


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cam.po y que ha motivado el recargo en las demandas verbales a la vara de alcalde ordinario de primer voto. Que tiene presente la Instrucci6n de Intendentes de Nueva Espaiia, que rige en esta isla, mandada observar por real orden de veinte y uno de marzo de mil setecientos noventa Y cuatro, que en testimonio obra en el archivo de este ilustre ayuntamiento, preventiva de ser bienales estos empleos; que fundado en ella deberfa ser de parecer el expoponente que no se innovase en el particular, antes bien, que se le obligara a que siguiera conforme se ha acostum.?rado y manda el rey, principalmente cuando antes de su mgreso se le advirti6 lo que el seiior gobemador, intendente y capitan general, mand6, por su oficio de diez de enero de de [sic] mil ochocientos seis, de resulta de la elecci6n hecha en dicho seiior don Buenaventura para alcalde ordinario de segundo voto, esto es, que habfa de aceptar voluntariamente y que habfa de ofrecer trasladarse a esta plaza y mo-[f· 240]/rar en ella por el tiempo correspondiente a los dos aiios; lo ,que se le hizo entender no tan solamente por Ia carta de aviso sino antes de tomar posesi6n en esta misma sala, dandosele sobrado tiem.po de instruirse que habfa de continuar en el mando Y la jurisdicci6n por dicho termino y que debe conservarse para no interrumpir Ia costum.bre y ley que gobiema. Que sin embargo de lo que dexa expuesto y queriendo manifestarle Y hacerle sufragios a sus ideas y buenos deseos que expresa en su representaci6n, teniendo tambien presente que los empleos de alcalde ordinario se ban de servir por sujetos de expedici6n y que s6lo se dediquen a su desempefio por el servido [sic] de Dios, del rey y bien del publico, conforme a la intenci6n de la ley condesciende con q~e se le admita la renuncia y que para llenar la con~ua­ CJ.6n del mando se deposite la vara en el caballero regi.dor decano, don Antonio de C6rdova, en primero 4e ado, ·respecto a estar vacante el empleo de alferez real. (A darse el inforY en consecuencia se acord6: Que se pase el corres- me al gobernador .] pondiente informe al seiior gobemador, intendente y capitan. general, a continuaci6n del decreto, para que su se-:ijoria se sirva deliberar lo que estime mas conforme. Se dio cuenta del informe dado por el caballero regi.dor-fiel executor de la solicitud de Pedro Elias; y respecto (Se autoriza pago reclamado por Pea que resulta ser cierto cuanto este expone se le zatisfagan dro EUas.] los diez pesos y cuatro reales, pasandose al efecto [1• 240v, ] / I.!


298

ACTAS DEL CABILDO I

(Se pospone acuerdo sobre solicltud d e 1 maestro don Carlos Martinez.)

esta instancia original al mayordomo de propios que sirva de libramiento en forma. Se dio cuenta de la solicitud de don Carlos Martinez Y presentazi6n de las planas de sus discipulos; y con respecto a ser tarde, y hora de la una, se rnand6 reservar para los cabildos inmediatos. Con lo que se concluy6 este, que firmaron dichos seiiores, de que doy fee. = Licenciado Mexia [rubrica~ Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = Ante m1 = Gregorio Sandoval [rubrica], esscribano de cabildo.

=

[183]

[1 DE ENERO DE 1807.]

IElecciones conceiiles de 1807 .)

IPropuesta. de don Juan Antonio .Mexfa sobre elecci6n del alcalde ordinario de Segundo VO• to.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de enero de mil ochocientos siete aiios, para efecto de celebrar la elecci~n .de las personas que han de exercer los oficios de repubbca en el presente aiio, concurrieron, como es de uso Y costumbre, a esta sala consistorial los seii.ores. licenciado don Juan Antonio Mexia, alcalde ordinario de primera elecci6n; don Manuel Hernaiz, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ramires de Arellano, regidor-fiel exe-[f· 241 ]/cutor; Y don Manuel Andino, procurador general ; y tomando cada uno su asiento, previas las urbanidades de estilo, votaron libremente en la forma siguiente. = No concurri6 el sepor alcald~_ordinario de segunda elecci6n, don Buenaven~ de Qumones, por haber avisado estar enfermo. ~te.s d~ entrar en votaci6n expuso el senor alcalde ordmano hcenciado don Juan Antonio Mexia: Que con motivo de ser costumbre antigua que caiga elecci6n d~ alcalde de segundo voto en un caballero regidor cuando c?ncluye otro su bienio; esto es, que cada afio se ha el& \' g1d~ uno de adentro y al siguiente otro de fuera; que no hab1~ndo regidores en quien recaiga en el presente afio. la e~ecc16~. de alcalde de segundo voto por la continuada mdispos1c16n de salud de los seii.ores don Antonio de C6rdova Y don Jose Davila, y el primero su avanzada edad, se. hace preciso al senor alcalde de primer voto propo~~ su1etos ~e fuera sin perjuicio de los derechos y privilegi9~ de este ilustre cabildo, en que esta en posesi6n, lo qup hace presente para que participandose a su se:iiorfa, / ~

.i .1.'


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seiior gobemador, intendente y capitan general, se sirva aprobar este acuerdo y propuesta que le parece al senor exponente justa y arreglada, sin perjuicio, como queda expuesto, de la costumbre expresada, no [f· 24iv. ] / siendo su animo quebrantarla ni interrumpirla. En cuya virtud y habiendose procedido a la elecci6n, con la precitada mira, en la forma acostumbrada y de estilo, resultaron electos Ios siguientes: Para Alcalde ordinario de segundo voto, don Vicente Pizarro, un voto. El doctor don Francisco Marcos Santaella, con dos votos. Para Procurador general, el doctor don Francisco Marcos Santaella, con un voto. El doctor don Joaquin de Torres Duran, con dos votos. Para Alcaldes de la Santa Hermandad, de Ia parte del Norte, don Jose de Rivera Ortiz, con tres votos. De la del Sur, don Andres de Rivera, con tres votos. Para Vocales de la Junta Municipal, el senor don Juan Antonio Mexia, con un voto. El senor don Manuel Hemm, con dos votos. El senor don Miguel Ramirez, con dos ·votos. El senor don Antonio de C6rdova, con un voto. Par~ Contraste de plateria, Pedro Elias, con tres votos. Alarife de carpinteria, Nicolas Navarro, con tres votos. Idem de albaiiileria, don Francisco Zepero, con tres votos. Cuya elecci6n, conforme va escrita, fue vista por los senores vocales y hallandola conforme dixeron que se pase oficio al senor gobemador, intendente y capitan general, para que se sirva determinar lo que tuviere por con-[f· 242] / veniente, acompa:fiandosele igualmente la elecci6n hecha para los oficios de alcaldes de barrio de es ta ciudad; Y que todo se ponga en manos de vuestra se:fiorla, previas las urbanidades de estilo, a cuio efecto se diputaron los caballeros regidores alguacil mayor y fiel executor. Habiendose librado el correspondiente oficio al seiior gobemador, intendente y capitan general, conforme a lo acordado, y contextado su se:ii.oria aprobando la elecci6n en todas sus partes, conforme su oficio de esta fecha, a saber: Para alcalde ordinario de segundo voto, al doctor don Francisco Marcos Santaella; al doctor don J oaqufn de Torres Duran para sindico procurador personero; a don Andres de Rivera y don Jose de Rivera Ortiz para alcaldes de la Hermandad de las partes del Norte y Sur; los caba-

,.

[Queda referido al gobemador el re· sultado de las elecciones conceiiles y de alcaldes de barrio.)

[Gobernador apruel as aludidas eleccloncs.)

ba


ACTA$ DEL CABILDO

300

1Citaci6n pal°a que Jos electos comparezcan a jurar sus oficios.) IT om 11s Escalona presenta su tftulo como escrlbano de cabildo.J

!Se recibe a don Toml1s Escalona cOmo secretario interino deJ cabildo.J

INombramiento de don Juan de Cuevas como segundo portero.)

IJuramento del fiel contraste y de dos alcaldes de barrio.]

lleros regidores don Manuel Hernaiz y don Miguel Ramires para vocales de la Junta Municipal; y los electos para fiel contraste, Pedro Elias; para alarifes de carpinteria, Nicolas Navarro, y albaiiileria, don Francisco Zepero; Y para alcaldes de barrio: del de San Francisco, don Juan Chiques; para el de Campeche, Juan Vivas; para el de San Juan, don Miguel Bufarrul; y para el de Santa Barbara, Manuel Franco. Se acord6 poner a todos estos individuos en posesi6n de sus oficios; que [f· 24zv. ]/ comparezcan a prestar el debido juramento en manos del caballero regidor decano los ,que puedan ser habidos y si hubiere alguno ause~te de esta capital se libre carta de oficio por el secretano del cuerpo, dandole aviso para su presentaci6n a la mayor breve dad. Se present6 don Tomas Escalona exibiendo el titulo que se le ha librado de escribano de este ilustre ayunta· miento pidiendo se le de posesi6n de su empleo para *que* entrar al uso y exercicio de el. Y se acord6: Que se ha por presentado con el titulo que acompaiia, que entre al uso Y exercio [sic] de este empleo por ahora *e inter* en ca· lidad de secretario fnterin que obtenga el debido examen Y confirmaci6n de su majestad, *par* en cuio caso exercera las funciones de escribano, bajo cuyo concepto se obedece lo mandado por el seiior gobernador e intend~te Y capitan general en dicho titulo, consultando ta~bi6n la necesidad que hay de que este ilustre ayuntaIDlento tenga un secretario que autorize sus acuerdos; Y bagase saber a don Tomas Escalona concurra a prestar el jt11'3" mento debido en manos del caballero regidor decano Y se tome raz6n en el Libra que corresponde. Tambien a propuesta del seiior alcalde de primer voto se acord6 : Se le despache nombramiento de segundo por. ·. tero a don Juan de Cuevas sin sueldo ni estipendio aiguno para que en el caso de que su padre don [f· 243 ] / Manuel e~erme lo sirva y del mismo modo ayude a la vacuna, l? que. se participara a su seiioria en el primer cabildo ordi· nano para que se sirva aprobarlo si bien lo tuviere. Concurri6, siendo citado, don Tomas Juan Vivas Y don Miguel Bufarrul y Pedro Elias, y el caballero regidor cano les recibi6 juramento que hicieron de desempe(ifP

4e-

;,

""' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en,, el original.


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sus oficios, a que ban sido electos, segWi su leal saber y entender; y firmaron los que supieron. . Con lo que se concluy6 este acuerdo, con motivo de hallarse ausentes los electos alcalde ordinario de segunda elecci6n y procurador sindico personero y los demas electos, y firmaron dichos sefiores, de que doy fee. = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] Miguel Ramires [rubrica] Manuel de Andino [rubrica] Pedro Ellas [rubrica] Juan Vivas [rubrica] = Tomas de Escalona [rubrica] Miguel Bofarrul [n1brica] Ante mi Gregorio Sandoval [nibrica], esscribano real y de cabildo.

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=

=

[184] [8 DE ENERO DE 1807.]

En la P· 243v. ] / Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico a los ocho dias del mes de enero de mil ochocientos siet~ aiios, se juntaron a cabildo extraordinario, previa citaci6n, con permiso del senor gobemador, intendente y capitan general, el seiior alcalde ordinario de primer voto, licenciado don Juan Antonio Mexia; y los caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hem3.iz, y fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano, para efecto de dar la posesi6n a el doctor don Francisco Marcos de Santaella de la vara de alcalde ordinario de segundo voto, a ,que esta electo y aprobado por dicho senor gobemador. Y, habiendosele hecho entrar a esta sala, mand6 su merced, el caballero regidor in.as antiguo, le mgiese el juramento acostumbrado y de derecho necesario, lo que verificado se le posesion6 en el lugar y asiento que le corresponde; y lo firmaron, de que certifico. = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] - Manuel Hernaiz [rubrica] = Miguel Ramires [rubrica] = Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[185] [9 DE ENERO DE 1807.] 244

En la [f· ] / Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes ~e I.

Posesidn al senor alcalde de 2.o voto, doctor d o n Francisco Marcos

Santaella.


302

ACTAS DEL CABILDO

Posesidn de alcalde de la Santa Hermandad a don Andr~ de Ribera.

enero de mil ochocientos siete afios, comparecio en esta sala consistorial don Andres de Rivera, alcalde de la Santa Hermandad electo, de Ia Banda del Sur, para el presente afio, y el caballero regidor que hace veces de decano, lizenciado don Juan Antonio Mexia, le recibi6 el juramento acostumbrado y de derecho necesario, despues de haberle prevenido si aceptaba dicho encargo en virtud de estar aprobado por su sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, con lo que se conform6 y firm6 con dicho caballero regidor, de que certifico. = Enmendado, Sur, vale. Licenciado Mexia [rubrica] Andres de Rivera [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

=

[186] [12 DE ENERO DE 1807.]

Nombramiento

de

dlputados para festlvldades.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de enero de mil ochocientos siete afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala capitular los seii.ores doctor don Francisco Marcos Santaella, alcalde ordinario de segunda elecci6n; don Manuel Hernaiz, regidor-alguacil mayor; don Miguel Ramires de Arellano, regidor-fiel ejecutor; lizenciado don Juan Antonio Mexfa, [f· 244v·]/ regidor hacienda funciones de d~~· para tratar y conferir las cosas tocantes a [sic] pro Y util de la republica. No concurri6 el senor teniente gob7 dor y auditor de guerra por haber avisado de que se h a humanamente ocupado en el despacho de los asuntos de1 tribunal de gobierno. . ,, En este cabildo se tuvo presente la constumbre [sic] que se ha observado en el ayuntamiento de nombrar, de 1os individuos del cuerpo, diputados para las Lest1VI l! • "d d a .e~ que corren a cargo de el. Y se acord6: Que para la Purificaci6n de Nuestra Senora, San Juan Bautista y Santa Rosa de Lima, los senores alcalde ordinario de primera elecci6n, don Buenaventura Quinones, y el caballero regidor-algu~.., cil mayor, don Manuel Hernaiz. Para las de San Felipe IY• Santiago, Santisimo Corpus Christi y Santiago El Mayors el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, doctor dop Francisco Marcos Santaella, y caballero :fiel ejecutor, c;lon '

'


1ms11;x:·· (_

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[Nombramiento de Miguel Ramirez de Arellano. Para los cumplimientos de las dlputados para _hu~­ personas estables y transeuntes, a las dos se:ii.ores alcaldes Pcumplimen~r e d e s disungwde primero y segundo voto. Para suplir Ia enfermedad a dos.) ausencia de alguno de dichos se:ii.ares, el caballero regidor diputado de abastos. Para las visitas de escuelas de las (Nombramiento d.e diputados para vimaestros de primeras letras, al caballero regidor-alguacil sita de escuelas.J mayor; y para las maestras de ninas, el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexfa; Io que queda acordado, y para inteligencia del senor gobernador, intendente Y capitan general, pasesele el correspandiente aficio. renuncia de Dio cuenta el caballero regidar licenciada don Juan Sobre alcaldfa p o r don Antonio Mexia del oficio que, con fecha de veinte y cuatro Buenaventura Qulilones. de diziembre ultimo, pas6 a este muy ilustre cabildo su. sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, por que avisa haber declarado sin lugar Ia renuncia hecha por el senor don Buenaventura Quinones de la vara de alcalde ordinario de primera elecci6n, que par ley debe recaer en dicho [f· 245 ] / senor para el presente aiio, hasta tanta que acreditara *las* en debida forma las causales en que la apoya. Y se acard6: Se reservara. Sobre vlsitaS de saDel mismo modo se recibi6 el oficio, de cinco de las nidad. conientes, par el que el senor gobernador, intendente y capitan. general, comunica a este ilustre ayuntamiento la providencia acordada sobre las visitas de sanidad atendiendo a la continua comunicaci6n en que se halla esta [Gobernador proisla con las danesas de Santa Cruz y San Tomas y a que vee para la Slll!pensi6n de las v1las buques nacionales que hacen este trafico no se les sitas de sanldad a buques q u e P!isa visita de sanidad debiendo gozar de esta misma exen- tos proceden de las isc16n aquellas ; y que s6lo se ha de practicar dicha visita l a 5 danesas de Santa Cruz Y San con los americanos o con los que vengan de otras partes Tom4s.] (Gobernador dispodo!lde ~e tenga noticia .que hay la mas leve sasp~a de ne la vlsita de saep1dem1a o males contagiosas. Y vista y conferenc1ada el nldad s 6 I o debe pracdcarse en bucontenido de dicho oficio, se acord6, a pluralidad de va- ques americanos y aqu6llos procetos, se le haga presente al [sic] su senorfa, el sefior gober- en dentes de lugares afectados por eplnadar y capitan general, que este ilustre cabildo coma sus demias.J individuas que le componen son y estan muy adictos con las pravidencias que acuerda coma que las cansidera justas; pera la presente sabre Ia suspensi6n de las visitas de sanidad a las buques que llegan a este puerta de las islas danesas de Santa Cruz y San Tomas parece, hablando con respeto, y atendidas las circunstancias de que aunque estos buques procedan de las dos referidas islas danesas,

*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

,,


304

ACTAS DEL CABILDO

los efectos que conducen ['· 245v. ] / con todo lo que aportan tienen su origen y provienen del Norte de America o de Europa, principalmente la mercancfa seca. Que por consi· guiente a los buques nacionales, botes, piraguas Y canoas, que aportan esta misma mercancia seca, debia pasarseles visita de sanidad por el eminente peligro en que ~e ~o verificarse se expone este publico teniendo la expenenc1a de que las viruelas bravas, cuando hay esta epidemia en el pueblo y la padecen sus vecinos con perdida de la .vida, ban venido siempre de las mencionadas islas, no s1endo facil saberse aqui con anticipaci6n a la llegada de buques si en aquellas islas se padece dicho mal de viruelas, calen· tura amarilla u otros .que de improviso puede, por la falta de visita de sanidad, ser atacada esta plaza por sus vecinos. Estas atenciones y sanas consideraciones mueven a ICabildo solicita del gobemador diseste cuerpo a suplicar al enunciado seiior gobemador Y ponga se practique la visita de sanicapitan general se sirva, por lo interesante que es al puedad como se ha hecho hasta el preblo, mandar sigan dichas visitas como se ban hecbo, exten• sente extendlendo la misma a todos diendolas tambien a todos los buques nacionales, botes, los buques espaiioles.) piraguas y canoas, pasandosele a el efecto el correspon· diente oficio. El mayordomo pl~ Dio cuenta el presente secretario haber recibido un de algunas certiJicaciones p a r a el oficio de don Jose de Ribera Ortiz, vecino del Corozal, arreg lsic) de sus cuentas. electo alcalde de la Santa Hermandad de Ia parte del (Alcalde de la SanNorte, por el que manifiesta no haber venido, como se le ta Hermandad de la parte Norte exmand6, a motivo de su indisposici6n de salud y expone IQ cusa su no comparecencia para jurar hara con la mayor brevedad posible. su cargo.] ~gualmente se dio cuenta de una representaci~n de don Fe!1p7 Garcfa, mayordomo de propios, en que p1de e~ .1° pnnc1pal y dos otrosies varias certificaciones y notiCIBS que necesita y le hacen falta para [f· 246]/ el arreglo de las cuentas que debe rendir de su administraci6n ~- ~ presente afio por lo respective al que ha expirado. Y se acord6 : Se le den con vista de los papeles y documentos a que se contrae, a la mayor brevedad. Se .~orm.6 al seiior capitan general, a continuazi6n de Don Juan Slques fa petic16n de don Juan Siques que solicita se le exonere renuncia la alcaldfa de barrio. del encargo de alcalde de barrio de la manzana de San Francisco, que su seiioria en vista de las causales qu~ eJr· pone disponga si Io tiene a bien se proceda a nueva l~leoci~ ; Se tuvo presente el expediente de don Manuel ~ 'An· dino, sindico procurador general que fue en el a:iic>c 1 pr6-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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DOn Manuel Andi· ximo pasado, en que solicita testimonio de varias actas. no soliclta tcstimoY se d.ispuso : Que con respecto a que el seiior alcalde de nio de varias actas. segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, que preside hoy el acuerdo, se halla lexitimamente im.ped.ido como alguno otro vocal, aunque por cliferente estilo, que se reserve hasta el inmediato cabildo; y participe al seiior alcalde de primer voto, don Buenaventura Quiiiones, con la formalidad acostumbrada, se sirva asistir al .que se ha de celebrar el diez y nueve del presente mes para tratar Y dar pronto expediente a la solicitud de die-ho don Manuel de Andino. Se previno al presente secretario reite-[1• %46v. ]/rara orden al doctor don Joaquin Torres Duran para que, en el [Orden al doctor d o n Joaquln Toperentorio termino de ocho dfas, viniera a tomar posesi6n rres Durdn p a r a que comparezca a Ya prestar juramento del empleo de sind.ico personero, _a prestar juramento de su oliclo de s!n· que fue elegido y aprobado por el seiior gobemador, inten- dico procurador gedente y capitan general, en las elecciones del presente afio. neral.I la posesi6n Se mand6 leer el acuerdo del dfa primero de los co- Sobre del sec:retario Y 2. rrientes y teniendo presente, despues de oido, no habersele portero. dado .cuenta a su seiioria, el seiior gobemador, inten~~te Y cap1tan [sic], de lo acordado en cuanto a la presentazi6n del titulo de esscribano de este ilustre cabildo, que se despach6 a don Tomas Escalona, ni del nombramiento de segundo portero que se hizo en don Juan de Cuebas, se acord6: Se le pase oficio, como es de costumbre, sobre los dos particulares expresados. Con lo que se concluy6 y firmaron, de que certifico. = Doctor Francisco Marcos Santaella [nibrica] Manuel Hernafr. [nibrica] Miguel Ramires [nibrica] LicencUzdo Juan Anttonio Mexia [nibrica] Ante mi Tomas de Escalona [nibrica], secretario de cabildo. 0

=

=

= = =

[187]

[19 DE ENERO DE 1807.]

. Eri ·[f· 247 ] / la Muy Noble y Muy Leal ·citidad de San

Ju~ Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve dfas del

mes cle enero de} aiio de mil ochocientos siete, compareci6 en t:si~ sala consistorial don Jose de Rivera Ortiz, alcalde de la Santa Hermandad electo de la parte del Norte y vecf.no del Corozal, y el caballero regidor que hace las veces de decano, licenciado don Juan Antonio Mexia, le recibi6 20.

Juramento

de

al-

Calde de la Santa

;aermandad.


ACTAS DEL CABILDO

306

.el juramento acostumbrado y de derecho necesario; despues de haberle prevenido si aceptaba dicho encargo en virtud de estar aprobado por su sefioria, el senor gob~ma­ dor, intendente y capitan general; con Io que se conformo y firm6 con dicho senor caballero regidor, de que certifico. = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] =Josef de Rivera Ortiz [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[188] [19 DE ENERO DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a Ios diez y nueve dias del m~ de enero de mil ochocientos siete afios, para celebrar cabil?o ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concumeron a esta sala capitular los sefi.ores teniente de gobe~a­ dor y auditor de guerra de esta isla; doctor don Fran~sco 2 Marcos Santaella, alcalde de segunda elecci6n; i[f·. v. caballero regidor-alguacil mayQr, don Manuel Hemaiz; ca· ballero regidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramires; Y el caballero regidor lizenciado don Juan Antonio Mexfa; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se leyeron dos oficios de su se:iioria, el seiior gobemador, intendente y capitan general, contex~­ ciones, el uno, aprobando en todas sus partes las eJecciones de los sefi.ores diputados de festividades Y cortesfas acordadas en el anterior cabildo. y el otro, aprobando tambien la posesi6n del esscribano don Tomas Escalona en calidad de secretario, como se dice en el cabildo anterior; y conviniendo en que se de la plaza de segundo P.0~­ tero, como se propuso, a don Juan de Cuebas; sus fechas. de. dichos oficios contextaciones , son de catorce del cornente. Se ley6 tambien un oficio del sefi.or alcalde de primera elecci6n, don Buenaventura Quiiiones contextando a la *que se le pas6* intimaci6n que de m~dato de este ilus· tre cabildo le hizo el presente secretario sobre que concu· .rriera al que debfa celebrarse en este dfa; y en el se e~a

11

Contestaziones a la acta anterior d e 1 senor capitlin ge• neral. [Gobernador aprue· ba la designaci6D de diputados para las fiestas votivao; y cumpllmentar huespedes dlstlnguidos.J [Gobemador aprueba la posesl6n de don Tom4s Escalona como secretario del cablldo.) [Gobernador asien· te se provea el ofi· c i o de segundo portero en d o D Juan de Cuebas.) Contestazi6n d e 1 alcalde don Buenaventura Quiftones sobre no poder asistir a este ca· blldo.

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ginal.

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Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en ~i Ori·

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de verificarlo por motivo de sus enfermedades y renuncia que tiene hecha de la vara que esta a su cargo. Igualmente dio cuenta el presente secretario de la contextaci6n que recibi6 del doctor don J oaqufn de Torres Duran sobre no poder admitir por ahora el nombramiento que en el se hizo de sindico procurador personero, para el a:fio corriente, por las causales de enfermedad y necesi;.. dad de tomar bafios en Coamo que expresa. Y se acord6 : Que se le escriba que mediante a estar aprobado dicho nombramiento (aprobado) por el seiior gobemador, intendente y capitan general, debe dirigirse a su seiioria, y a la mayor brevedad, exponiendo las indicadas causales a fin de que se resuelva si se le admite [f· 243 ] / o no la renuncia del referido oficio. Y en cuanto a la excusa del senor alcalde de primera elecci6n se esperaran las resultas del expediente que sobre renuncia corre en el tribunal de su senoria, el senor gobernador, intendente y capitan general. Tambien se dio cuenta del expediente promovido por el doctor don Jose Sanchez Bustamante contra el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia en que el seiior gobemador, intendente y capitan general, por su decreto de quinze del corriente, mand6 se pasara a este ilustre cabildo a fin de que a continuaci6n de dicho decreto se pusiera testimonio de la acta celebrada en primero de enero de mil ochocientos cinco, que es a la que se refiere el expresado caballero regidor en su informe del dia catorce anterior. Y se acord6: Que se compulsara el testimonio prevenido de la citada acta en los asuntos concemientes al que se ventila en aquel expediente, omitiendo los demas, que, como relativos *a Ios votos de los caba* a los sujetos que fueron propuestos para los oficios concejiles de aquel aiio, deben reservarse. Y habiendose tratado de dar curso al expediente en que don Manuel de Andino solicita diferentes certificaciones Y testimonios de las actas celebradas con motivo de pleito que sigui6 con el caballero regidor-alguacil mayor sabre ,que [f· 248v·]/ no se le posesionara en su oficio, se toca la propia dificultad que en el cabildo ~terior acerca de las enunciadas certificaciones como tamb1en el examen de las actas que hayan de testimoniarse por no haber concurrido a este mas que el referido senor alcalde de primer ~ Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

ginal.

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Sobre la contestazi6n que dio don Joaqufn Torres Durlin, · electo sfndico procurador general.

El doctor don Jo~ Sllnchez Bustamante solicitando testimonio de una acta; y se le mand6 dar.

Se trat6 de <..'ar curso a un expediente de don Manuel Andino ~ que soliclt6 certi· ficaziones y testimonlos de actas.


308

ACTA$ DEL CABILDO

voto y de los demas sefiores vocales resultan s6lo expeditp el caballero regidor don Juan Antonio Mexia. Y se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seii.ores, de que certifico. = Ynguanzo [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] Hernaiz [rubrica] = Ramires [ni· brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], secretario.

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[189] [26 DE ENERO DE 1807.]

Visltas de sanldad.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis clias del mes de enero de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala capitular los seii.ores alcalde de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santa4;: regidor-alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; Y el ca allero regidor lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferenciar las cosas tocantes al pro Y util dde la republica. Y no concurri6 el seii.or teniente goberna or, auditor de guerra, por haber avisado que se halla .C® grave ocupaci6n en el despacho de los asuntos del trtbn· nal de gobierno. • En este cabildo se leyo un oficio del senor gobernador, ~tende~i: [f.249] / intendente [sic] y capitan general,~.... t1v~ a VIS~tas de sanidad para que se instruya al cab~ero r~gidor diputado que estas deben ejecutarse luego ~e­ ~atamente que fondea el buque y si es posible estando aun a la vela dentro del puerto, con el fin de que este pronto y no atrasar el acto para excusar toda demora P~ judicial que se expresa en dicho oficio. Y se acord6, oyem.-. do al caballero regidor diputado de mes, lizenciado don Juan Antonio Mexia: Que por Io tocante al presente mes no ha habido una tardanza demora ni dilaci6n en pasar visita a los buques que h~ llegado a este puerto Iuego que. ha ~ido avisado por el capitan de el, a quien toca esta obligac16n con la de el seii.alamiento de hora. Que desJ?tJ~ que el senor capitan general suspendi6 las visitas de ~am~ dad a los buques nacionales, los de Santa Cruz Y . '~an Tomas, Y .que s6lo se practiquen con los del Norte de Nn&. rica o con los que vengan de otras partes donde se tenga


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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noticia que hay Ia mas leve sospecha de epidemia o males contagiosos, s6lo se le avis6 para que se verificase la visita con un bergantin americano, citandole la hora de las onze del dia en lo que no bubo la mas leve falta, habiendo quedado en expectativa para la misma operaci6n con el falucho espafiol procedente del puerto de Cadiz a el que no se le pas6 visita. Que la prevenci6n que el referido senor gobernador, intendente y capitan general, hace a este cabildo por el citado su oficio, de 22 de los corrientes, para que se instruya el regidor diputado como que este 1 2 [ • 49¥· ] / no es el que avisa a efecto de pasar la visita de sanidad parece era mas conveniente se le hiciera al capitan de puerto para la debida citaci6n. Que por lo que interesa al bien procomunal de este pueblo y con el objeto de evitar perjuicios y precaverlos oportunamente represent6 este cabildo al seiior capitan general, por oficio de doce de los corrientes, de que aUn. espera resolucion [Cabildo reitera su que debia ser extensiva la visita de sanidad, igualmente peticl6n para que que a los buques americanos, a los nacionales y dinamar- ' se practique la vJde sanidad a queses de Santa Cruz y Santomas, botes, piraguas y ca- sJta todas las embarcaclones americanas, noas, lo que se le hara presente a dicho seiior para que naclonales y dlnaque arrise sirva *(resolver)* mandar sigan las enunciadas visitas marquesas ben a este puerto.J de sanidad con la comprensi6n de buques contenidos en dicho oficio, pasandosele el corresponcliente. Se ley6 tambien un pedimento de don Manuel de AnManuel Andino que pide al ilustre cabildo se declare si puede o no [Don dino soliclta se decontinuar representando como sinclico procurador que fue clare si puede o continuar reel afio anter [sic] respecto a no haberse aUn. verificado la no presentando como toma de posesi6n de este oficio por el doctor don Joaquin smdico.J ToITes Duran, electo para el presente. Y se acord6: Que si don Manuel de Andino hubiera instruido la solicitud contenida en este memorial con abogado recibido este, desde luego, le habria disuadido de exigir la declaratoria a que aspira e impuesto de Io que clispone la ley se le previene que el oficio de sinclico personero es por un aiio. Que expirado este concluy6 y vuelve al cabildo para que en el interin Io desempeiie y exerza sus funciones [f· 250 ] / el regidor menos antiguo por ausencia, muerte o enfermedad del nuevo electo para el aiio entrante. Y se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos se:ii.ores, de que certifico. = Testado, resolver, no vale. Enmendado, M, vale. Doctor Santaella [rubrica] Hernaiz

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* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

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ACTAS DEL CABILDO

310

[rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi'= Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [190]

[3 DE FEBRERO DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de febrero del aiio de mil ochocientos siete, para celebrar cabild? ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concumeron a esta sala capitular los seiiores alcalde de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; regidor-al· guacil mayor, don Manuel Hernaiz; y regidor lizen~iado don Juan Antonio Mexia. No concurri6 el senor ten1ente de gobernador por haber avisado de sus ocupaciones en los asuntos y despachos del tribunal de gobiemo; tamP0 [sic] el senor alcalde de primera elecci6n, don Buenaventura Quinones; y regidor-fiel executor por hallarse con lexitima enfermedad. [f· 2S0v. ] / Contestazidn d e I En este cabildo se recibi6 el oficio del seiior goberna· seiior capit4n general sobre la dedor, intendente y capitan general, fecha de 28 de enero termlnazidn del ca· Ultimo, en el que expresa quedar impuesto de la justa Y bildo en la representazldn ere don arreglad'a contextac~6n que ac~rd6 el cabil?o al r~cur~o dde0 Manuel de Andi· no. don Manuel de Andino sobre s1 debfa contmuar eJerCieD las funciones de procurador sindico personero en el presente aiio interin tomaba posesi6n el doctor don Joaqum, de Torres Duran, nombrado para sucederle. Y se acord6 .. Se reserve en el archivo con los demas. Tambien se ley6 otro oficio del mismo senor gob~I!'" dor, intendente y capitan general, fecha 31 de enero Ulti· [Cabildo a funUa.mo, contextaci6n a los que se le pasaron sobre pretender mentar su PGStura respecto a la neceeste cabildo siguieran las visitas de sanidad a los buques sidad de practicar extranjeros y demas conforme a Io que acord6 con at~ la visita de sanidad a las embarc~6n al bien publico. Y por justas consideraciones que caclones que arriben al puerto.J tiene e indisposici6n de salud de uno de los sefiores vocales, se mand6 suspender hasta el inmediato cabildo en que se tratara sobre darle a dicho senor gobemador, inten• dente y capitan general, la mas completa satisfacci6n de los fundamentos en que este cuerpo descans6 *en* sus acuerdos sobre la junta de sanidad. · , '

. * Lo comprendido entre asteriscos aparec'e tachado en el 1ori-

gmal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

311

Del mismo modo se mand6 reservar el expediente sobre que se proceda a elecci6n de sindico procurador general [Posp6nese elecci6n sindico procupor no presentarse en el dia sujeto en quien recaiga la del rador general.] elecci6n e interin deliberar para el siguiente cabildo o si fuese posible antes lo hara presente al referido senor gobernador para con su permiso proceder a cabildo extraordinario. Dio cuenta el esscribano de gobiemo, don Gregorio Sandobal, del expediente en que don Manuel de Andino solicita testimonio y certificaciones de varias actas que tiene [Posp6nese h a s t a pr6ximo cabildo pedidas concernientes a la oposici6n sabre la posesi6n de acuerdo sobre solicltud don Madon Manuel Hernaiz, que devuelve dicho senor capitan ge- nuel dedeAndino.] neral a este cabildo para que se le den; y con respecto 1 251 [ • ] / a existir la misma causal de no haber masque un regidor expedito en el asunto se mand6 reservar hasta el cabildo inmediato. Se vio del propio modo una representaci6n de don Manuel Andino en que pide testimonio de los escritos y· [TestimonJo · a don .Manuel Andino soprovidencias que han recaido de este ilustre ayuntamiento bre declaraci6n i:apitular respecto a acerca de la declaratoria de no deber exercer en el prescrn- no poderse desem· peiiar como sfndite ~o las funciones de sindico personero de este publico. co, procurador: geU:eral.) Y se acord6 : Se le den de ambas representaciones y sus providencias con la advertencia de que en lo s~cesivo n<? se le admitan aquellas sin ,que vengan suscritas de abogado conocido. Se recibi6 el expediente en que su sefioria, el seiior gobemador, intendente y capitan general, aprob6 Ia elecci6n [Gobernador aprue· de alcalde de barrio de la manzana de San Francisco, que ba eleccl6n de Am· hizieron sus vecinos, en Ambrosio Diaz; se le hizo com- brosio Dlaz: como atcalde del barrio :parecer y por el caballero regidor decano se le recibi6 el ~e Sail Fri'nclsco.J Juramento correspondiente, y que se archive el expediente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos senores, el alcalde de barrio Ambrosio Diaz, de que certifico. Doctor Santaella [n'.ibrica] = Hernaiz. [n'.ibrica~ = Lidenciado Mexia [rubrica] = Am~rosi~ Diaz [n'.ibnca] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubnca], secretario de cabildo. [f· 251v·]/

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[191] [16 DE FEBRERO DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau-. tista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del m~ de febre-

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312

ACTAS DEL CABILDO

ro de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ot· dinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala capitular Ios sefiores alcalde de primera y segunda elecci6n, don Buenaventura Quinones y doctor don Francisco Marcos Santaella; caballero regidor al [sic] alguacil mayor, don Manuel Hemaiz ; y caballero regidor lizenciado don Juan Antonio Mexia. No concurri6 el senor teniente de gobernador por hallarse ocupado en asuntos d~ gra~ dad del despacho de gobierno; ni el caballero rexidor fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano, por estar en· fermo; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y util de la republica. En este cabildo se vio un pedimento del presbitero don [Pedimento del Antonio Sanchez en que solicita se le reintegre la cantida~ presb(tero don AD· tonio S4nchez sode cien pesos que dejaron de pagarsele en el aiio de mil bre dlnero que se ochocientos cuatro que estaba sirviendo el empleo de ca· le adeuda como capell4n que fuera de pellan de la real ca.reel. Y se decret6 : Que pasase, con las la real c4rcel queda referldo a la urbanidades de estilo, a los seiiores presidente Y vocales Junta Municipal.} de la Junta Municipal. Se present6 tam.bien otro pedimento del senor conta· ISe refiere a la dor don Manuel de los Reyes allanandose a reconocer los J u n t a Municipal aceptacl6n quo de seiscientos pesos de principal en favor de los propios que censo sobre su hacienda h a c e don tiene una hacienda de la jurisdicci6n de Cangrejos que la Manuel de los Reyes.) compr6 a don Felipe de Quiiiones. y se acord6 : Igualmen· te que pasase el expediente a Ios sefiores presidente Y yocales de la Junta Municipal, con las urbanidades de estilo. Igualmente, se vio otro pedim.ento de Manuel de la Torre, pardo libre de este vecindario, en que solicita se pase (Refil!rese a infora el [f· 252 ] / el solar que ahora tiene Juan Antonio Melen· me del mayordomo solicitud de solar dez, a motivo de que este adeuda reditos a los propios y fonnulada por Manuel de la Torre.} aquel intenta fabricar en dicho solar, que esta en el sitio nombrado La Meseta, una casa. y se acord6: Que pasase esta instancia al mayordomo de propios para que informa· se sabre su contenido. . Concurri6, siendo citado, a esta sala consistorial Ma(Juramento de M.a· nuel Franco, electo alcalde de barrio de Santa Barbara de nuel Franco como alcalde del banio esta ciudad; y aprobada la elecci6n por el senor gober· de Santa B4rbara.J nador, intendente y capitan general, desde el dia priln~~ de enero del corriente afio, y por no haber podido verifir , carlo. hasta ahora para prestar el debido juramento l~ / pract1c6 en esta fecha, siendole recibido por el caballero/ regidor decano, prometi6 desempefiar el empleo segUn $1;1' leal saber y entender, y lo firm6. f


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se vio y ley6 la solicitud de los discfpulos de Balerio Sanmi1Jan, maestro de escuela de primeras letras, interino, sabre pretender se les sefiale premio a el que lo merezca con vista de las planas que presentaron. Y se acord6: Que estas se examinen por el caballero regidor-alguacil mayor, diputado para las visitas de escuelas de maestros, pasandosele al efecto el expediente, lo que verificara a la mayor brevedad y si fuere posible evacuara dicho informe para el inmediato cabildo. [f· 252v·]/ Se tuvo presente el decreto del senor gobemador, intendente y capitan general, de veinte y nueve de enero, que recay6 a representaci6n del doctor don Joaquin de Torres Duran en que renuncia, por las causas que comprende, el empleo y oficio de procurador personero, por el que. previene dicho senor gobemador proceda este ilustre cabildo a verificarlo en otro sujeto, en quien concurran las calidades de la ley, que pueda desempeiiar el enunciado oficio en el presente afio. y habiendose propuesto algunos sujetos por el senor alcalde de primer voto, don Buenaventura Quiiiones, se procedi6 en la forma acostumbrada a elegir, como desde Iuego, sali6 electo por todos los votos don Vizente Pizarro vecino de esta ciudad; cuya elecci6n de sfndico personer~ se mand6 pasar por oficio al mencionado seiior gobemador, intendente y capitan general, para que su seiioria se sirva, si a bien lo tuviere, aprobarla. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los referidos seiiores y tambien el alcalde de barrio, y de que certifico. Enmendado, este, v, vale. Quinones [rubrica] Doctor Santaella [rubrica] Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rU.brica] Manuel Franco [rubrica] =Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. (f· 253]/ ·

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[192] [23 DE FEBRERO DE 1807.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios veinte y tres dias del mes de febrero de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], para tratar y conferir las cosas tocante [sic] al pro y util de la republica, concurrieron a esta sala consistorial los seiiores /,.'

313 [Quedan referidas para informe d e 1 diputado para la visita de escuelas las plallllS escolares sometidas por los alumnos de don Valeriano SanmiUdn.J

[Decreto del gobernador aceptando la renuncla de d o n Joaquin de Torres Durin como slndico procurador general y dlsponlendo se eliia su sucesor en el oficio.J

[Don Vicente Plza· rro electo sfndlco procurador general.)


ACTAS DEL CABILDO

314

!El can6nigo doctor don Juan de Andino presenti tftulo de segundo comisario de la Inquislc16n de Cartai;ena de Indias.J

(Prov~ese para que se le entreguen a d o n Manuel de Andino testlmonios Y certilicaciones de actas relativas a la petici6n de d o n Manuel Hern4iz par~ que se le posesionara en el oficlo de regldor-alguacll mayor.)

alcaldes de primera y segunda elecci6n, don Buenaventura Quiiiones y doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros regidores don Manuel Hernaiz, alguacil mayor; y lizenciado don Juan Antonio Mexia. No concurri6 elseiior teniente de gobernador por hallarse ocupado en asun· tos de importancia del despacho del tribunal de gobiemo; y ni el caballero regidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramirez, por hallarse enfermo. En este cabildo se vio un oficio del sefior can6nigo doctor don Juan de Andino con que presenta titulo de segundo comisario del Santo Oficio de Ia Inquisici6n de Cartagena de Indias, cuya diligencia practica por ha?er quedado en lugar del senor caballero doctor don Sebastian Jose Conde, que ha fallecido. Y en su virtud se acord6: Que se tomase raz6n de dicho titulo y se le devolviese, seglin constumbre [sic], con el correspondiente oficio. Se dio cuenta del expediente promovido por el caballi ro don Manuel de Andino, sindico personero .que fue en ~ aii.o pr6ximo pasado, sobre que se le mandaran dar testi· monio y certificaciones de lo ocurrido desde que se present6 el caballero regidor-alguacil mayor pidiendo la pos; si6n [1• mv. ]/ e incorporaci6n, en este cuerpo, de clicho. 9 • cio que habia rematado. Y se mandaron dar los refendos testimonios y certificaciones por su senoria, el seiior P bemador, intendente y capitan general, en oficio de *(ca· tc;>rce de enero del pres)* nueve de agosto, con citaci6n.del c1tado caballero alguacil mayor, y por decreto de trelllta Y. uno de enero del corriente aiio que recay6 a represents· c16n, sobre igual solicitud del citado don Manuel de An· dino. ' Visto y examinado todo el expediente expusieron el senor alcalde ordinario de primer voto, don Buenaventura Ouinones, y regidor licenciado don Juan Antonio Me~a~ ,, que por estar mandado dar por el senor gobemador, !11" tendente y capitan general, los mencionados testimomos Y certificaciones, en que el cabildo no tiene mas gesti6n que obedecer, dispusieron prestando en cumplimiento se compulsen y entreguen a la mayor breevdad, por el ~re­ sente secretario, los citados testimonios y certificacion~ atent.o a que el mencionado senor alcalde de primer votp.. que 1gualmente expone, se halla presente y sin cuyo ~ I

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

315

quisito solo el caballero regidor licenciado Mexia no podia en el caso disponer de la entrega, aunque siempre obedeci6 los mandates del senor capitan general, no obstante de que en los cabildos anteriores en que se ha tratado sabre lo mismo dijo que debia reservarse por Ia no concurrencia del sefior alcalde de primer voto. *(que se le participe a su sefioria para que teniendo consideraci6n a no haber mas que dos vocales en el cabildo .que dispongan el cumplimiento de sus providencias [f· 254 ] / en el particular de que se trata se sirva).* El sefior alcalde de segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, y caballero regidor-alguacil mayor no dieron parecer en este asunto porque se consideraron impedidos, como antes tienen manifestado, seglln. los acuerdos comprensivos del particular aprobados por el [sic] su sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan general. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron los referidos sefiores. Testado Que se le participe ~ su. sefiorfa para que teniendo consideraci6n a no baber mas que dos vocales en el cabildo que dispongan el cumplimiento de sus providencias en el particular de que se trata se sirva, no vale. = Testado, catorce de enero del pres, no vale. Enmendado, citado, com, vale. Quinones [nibrica] Doctor Santaella [nibrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexla [rubrica] = Ante mi Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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[193] [2 DE MARZO DE 1807.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios [L 254v.]/ dos d,fas del mes de marzo de mil ochocientos siete afios, siendo como las nueve Y media de la mafiana, recibi6 el presente secretario recado del caballero regidor lizenciado don Juan Antonio MeXfa, que hace las veces de decano, de que no podia celebrarse cabildo ordinario; lo que estando en esta sala consistorial pongo por diligencia, de que certifico. = Tomas de Efcalona [rubrica], secretario de cabildo.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

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(No se celebra ca-

bildo.)


316

ACTA$ DEL CABILDO

[194] [9 DE MARZO DE 1807.]

!No se celebra ca-

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qu6rum.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes de marzo de mil ochocientos siete aiios, concurrieron a esta sala consistorial, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica, los seiiores caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; y lizenciado don.Juan Antonio Mexia, cuyos dos sefiores dijeron que no hab1endo concurrido, por sus graves ocupaciones en el despach? del gobierno, el senor teniente de gobernador; y habfa avis~do de hallarse enfermo el seiior alcalde de primera elecc16n; e impedido, por igual raz6n, el de segunda, no po di'a eele· brarse cabildo ordinario por falta de vocales. Y para que conste lo pongo por diligencia, que firmaron clic?os ~~;>" res, de que certifico. Hernaiz [rU.brica] = Licen~? Mexia [rubrica] Ante mi Tomas de Escalona [rubn· ca], secretario de cabildo. [f· 255]/

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[195] [16 DE MARZO DE 1807.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes. de mm:zo ~e mil ochocientos siete afios, para celebrar cabildo ordinano, como es de uso y constumbre [sic], para trat8:1' y .conferir los asuntos tocantes al pro y util de Ia republica, concurrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde . de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santae- '' Ila! el caballero regidor-alguacil mayor, don Manuel naiz; Y el caballero regidor lizenciado don Juan Ant~mo Mexia. No concurri6 el seii.or teniente gobernador, auditor de guerra, por hallarse sumamente ocupado en los asuntqs del _desJ?acho del tribunal de gobierno; ni el senor al~..de ordinano de primera elecci6n, don Buenaventura Quin<>'. nes, por haberse excusado a causa de hallarse indispuestoi •· de la salud. 1 .• Antes de darse principio al cabildo dijo el senor lizenf / ciado don Juan Antonio Mejia que se retiraba, y se retir~,,. por motivo de hallarse acometido de un dolor reumati~

He:r·


SAN JUAN BAUTISTA DB PUERTO RICO

317

en un brazo, ,que le imposibilitaba a mantenerse sin hacerse remedios que le mitiguen dicho dolor. Por cuya causa y no quedando mas regidor que el caballero regidoralguacil mayor no se celebr6 cabildo, pero se dispuso, por el senor alcalde de segunda elecci6n, dar cuenta de esta novedad al senor gobernador, intendente y capitan general; [f· 25Sv. ] / y lo firm6 con el caballero rexidor-alguacil mayor, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] Hernaiz [rubrica] = Ante mi Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

(No se celebra ca· bildo por falta de qu6rum.J

=

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[196] [6 DE ABRIL DE 1807.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis clias del mes de abril de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala capitular los sefiores alcalde de primero y segundo voto, don Buenaventura Quiiiones y doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; Y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la re1>1ublica. No concurri6 el senor teniente gobemador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo. . En este cabildo se ley6 un parte que remiti6 al seiior gobemador, intendente y capitan general, el comandante de Milicias de infanteria de esta isla sobre el mal estado de la casa que sirve de Cuartel a dicho cuerpo, en terminos de amenazar ruina; y dicho senor capitan general, con su decreto de veinte y cuatro de febrero Ultimo, lo pasa a este ilustre ayuntamiento para que [f· 256] / acuerde las composiciones que necesita dicho cuartel antes que se hagan mayores los reparos que haya que hacer. Y se acordo: Que pase este expediente al caballero regidor diputado de abastos, alguacil mayor don Manuel Hemaiz, a quien se le comisiona en forma para que, asociado con el alarife, expongan los gastos a que ascendera la recomposici6n que se solicita para en su vista acordar lo conveniente y se le encarga en el particular la mayor brevedad. /_:

(Comisi6n al alguacil mayor don Manuel Hernliiz para que junto al ala.

rife presenten

dlculo de los gas. tos de reparaci6n a efectuarse en el cuartel de Mllicias Dlscipllnadas.)


ACTAS DEL CABILDO

318

Se vio un oficio de! senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, 26 de febrero Ultimo, previniendo que experimentandose en la isla de San Tomas algunas enfermedades *en I* convenia, desde primero de marzo siguiente, restablecer las visitas de sanidad, lo que adver(Gobernador restablece la vislta de tia a este ilustre cabildo para quc este lo hiciese a todos sanidad a las embarcaciones procelos que son miembros de ella, por medio del esscribano, dentes de las Islas vecinas y de Norte para que concurrieran a ejecutarlas en todo buque que America.] venga de las islas vecinas extranjeras y del Norte, como antes se practicaba. Y en su vista se acord6 : Comunicar las correspondientes 6rdenes a los individuos de este ilustr~ cabildo que componen la Junta de Sanidad y por consi[Notificacl6n a los miembros de la guiente al medico y cirujano doctor don Francisco Oller Junta de Sanidad para q u e praeti· para su inteligencia y cumplirniento. . quen la referida vislta.) Se pas6 a este cabildo el expediente en que don Vizente [Don Vicente PiPizarro renuncia el cargo de sindico procurador general, a zarro renuncla su oficlo de sfndlco que fue electo y enseguida [f· 256v·]/ aprobado para su des· procurador g e n eral.J empefio en el presente afio. Y en su vista debe informarse al seiior gobernador, intendente y capitan general, que el · (Cabildo acepta la ayuntamiento tiene por justas las causas en que descansa alud~da dimisl6n y reqwere q u e don don Vizente Pizarro la renuncia que hace de dicho empleo Vicente Pizarro quede habilltado de sfndico personero; y al mismo tiempo el impedimento para eiercer el olique le asiste, que entonzes no tuvo presente, de ser uno cio de regldor perpetuo que ha herede los individuos de este cuerpo como que en el ·ha 1j dado p o r muerte de su padre.) caido el oficio de regidor perpetuo, agraciado desde e fallecimiento de su lexitimo padre don Tomas Pizarro, debiendo compelersele a que se habilite a la mayor brev~ad para entrar al uso y exercicio de dicho oficio de regidor vinculado, sefialandosele un termino al efecto. Se recibi6 un oficio, con fecha 2 de los corrientes, por el que el senor gobernador, intendente y capitan gene(Gobemador remlr~: acompaiia ocho exemplares impresos del Bando ~e .Pote ocho eiemplares del Bando de Pobc1a y Buen Gobierno publicado en esta plaza; prevuuen· licla y Buen Goblerno p a r a que do que uno quede en este archivo y los demas se disW."'' l!stos queden dlstribuldos en la forbuyan entre los dos seiiores alcaldes ordinarios, aiguacU ma que lndica.) mayor y alcaldes de barrio, para que todos contribuyan Y se esmeren en que se cumplan y lleven a puntual y debidO efecto cuanto contienen los setenta y cuatro ardculos que abraza. Y se acord6 : Que el presente secretario ponga en manos de las referidos dos sefiores alcaldes, con las urba· nidades de estilo, uno de dichos exemplares a cada seiior1: r

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

ginal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

otro, al caballero alguacil mayor, y los demas uno a cada alcalde de barrio ; y que se contexte su recibo. Se abrio un pliego que contenia un oficio del Ilustrisimo Seiior Obispo Diocesano, fecha cuatro de los corrientes, por el que su Ilustrisima avisa al ilustre ayuntamiento 257 [f· ] / el nombramiento que, con la misma fecha, hizo del empleo de provisor y vicario general de este obispado en el presbitero doctor don Jose Gutierrez de Arroyo, y en calidad de sustituto en el presbitero doctor don Miguel de Andino, vacante por renuncia del seiior dean don Juan Lorenzo de Matos. Y se acord6: Su contextazi6n con la expresi6n de lo complacido que ha sido a este cabildo la enunciada participaci6n, que comunicaria a los seiiores alcaldes ordinarios. ~I secretario present6 una petici6n de don Manuel de Andino hecha a la Junta Municipal, acompaiiando las cuentas. ·.del mayordomo de propios que fue don Eusebio Urqwzu, pertenecientes a enero, febrero y hasta 15 de marzo del aiio de ochocientos cinco, que se le pasaron a la vista; exponiendo que necesitaba tener presentes las anteriores con el fin de comprobar la primera partida de su cargo. En cuya consecuencia la misma Junta acord6, en treze de marzo Ultimo, que pasase todo al ilustre cabildo y ayuntamiento para que resuelva lo que tenga por conveniente en orden a nombrar quien deba satisfacer dicha vista en atenci6n a que la Junta no tiene au.n procurador con ,quien entenderse. Y se acord6: Se de cuenta a su seiioria, el sefior gobe~ador, intendente y capitan general, con el coqespondiente oficio, a fin de que se sirva, en atenci6n a no haber sindico procurador general, consultar al cabildo lo que a bien tenga en el particular has- [I· 2S7v·]/ ta tanto se nombre sujeto que desempefie estas funciones, se apruebe y admita. Con lo que se concluy6 este acuerdo, que tirmaron dichos sefiores, de que certifico. = Quinones [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Ram.I.res [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [nibrica], secretario de cabildo.

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319

(Su Ilustrfsima don Juan Alejo de Arizmendi participa ha· ber designado al doctor don Jos~ Gutimez del Arroyo como provisor y vicario general de Jn di6c:esis.J (Cabildo complacido por tal designaci6n.]

(Peticl6n de don Manuel de Andino sobre las cuentas del ex-mayordomo don Eusebio Urquizu.]

(Consulta al gobernador sobre quien debe examlnar las cuentas de mayordomo mienttas no se provea el olicio de stndico procurador general.]


320

ACTAS DEL CABILDO

[197] [13 DE ABRIL DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ~au· tista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de abril de mil ochocientos y siete, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, doctor don Franc~sco Mar· cos Santaella; y los caballeros regidores, alguacd mayor, don Manuel Hemaiz; y fiel ejecutor, don Miguel ~~ez, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y util dde la republica. No concurri6 el senor teniente goberna. or, auditor de guerra, por las graves ocupaciones que ttene en el despacho del tribunal de gobiemo; ni el ~:nor aical; de de pnmera eleci6n, don Buenaventura Qumones, P0• haberse excusado por indisposici6n y ni el lizenziado regi· dor don Juan Antonio Mexia por hallarse en el campo. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor go~r­ (Oftclo del sober· nad~r, intendente y capitan general, su fecba, de 0 nador admitiendo la renuncia de don cornentes, que contenfa la admisi6n a la renunc1a Vicente Pizarro como sfndico prccupor don Vizente Pizarro del empleo de sfndico pro~ or r ado r general y personero, [1• 258 ] / que para el presente afio le babfa confe. prcveyendo para la eleccl6n de sii surido este ilustre ayuntamiento mandandose se proceda a cesor en el oficio.J • hacer nueva eleccion. Y se acord6: Que en atenc1"6n a no [P o r ausencia de hallarse presentes dos de los seiiores vocales se reservase dos capltulares se pospone la elechas~a el cabildo inmediato, donde se procedera a da:Je su cl6n d e l sfndico procurador g e n edebi<!_o cumplimiento, haciendose asi saber a su senorfa, ral .J el senor gobernador, intendente y capitan general. Se ley6 tambien otro oficio del mismo senor gobernad~r, intendente y capitan general, su fecha, 7 de los cornentes, acompaiiado de un parte del oficial don Manuel de Rivera en que constan detalladamente los reparos que '\. n:cesita el Cuartel de las Milicias de esta plaza; previ· ~endose por el primero se proceda a disponer la repara· [Gcbernador crdeci6n que corresponda a la conservaci6n del edificio Y buen na se proceda a la reparaci6n del alojamiento de sus habitantes. Y se acord6 : Se Devara a Cuartel de Milicias puro Y debido efecto con la mayor celeridad lo dispuesto Disciplinadas.J en ~I anterior cabildo, haciendose asi saber al caballeromi. , r~gidor-alguacil mayor, don Manuel Hemaiz, como co ·• sionado Y que puedan ponerse en ejecuci6n los reparos " tan necesarios que se enuncian. . lgualmente, se recibi6 otro oficio del mismo senor, 'su fecha, igual al anterior, en que pide se le remita el eXpe-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

diente sobre el ajuste y liquidaci6n de las cuentas presentadas por don Eusebio Urquizu de los Ultim.os [f· 25Sv. ]/ afios en .que fue mayordomo de los propios y arbitrios de esta ciudad para en su vista tomar la providencia mas oportuna a su pronta conclusi6n y precaver los grandes inconvenientes que ocasiona su clilaci6n. Y se acord6: Se diera cumplido exito al citado oficio, remitiendo las cuentas indicadas; y procediendo a Ia inspecci6n de ellas se encontraron las de mil ochozientos dos, mil ochocientos tres, mil ochocientos cuatro, y la que rindi6 desde primero de enero hasta quince de marzo de mil ochocientos cinco, que son las que se han pasado a este ilustre ayuntamiento; determinandose se acompaiiara a cada legajo, distinta y separadamente, una relaci6n de las foxas utiles y documentos de que se componen, como se ha verificado, quedando una general archivada para Ios efectos convenientes Y constancia de cualquiera extravio que resultar pueda; .haciendolo presente al seiior gobemador, intendente Y cap1tan general, por medio de oficio que se acompaiiara· al efecto. _Con lo que se concluy6 esta acta, que firmar~n .dichos senores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubnca] = Hernaiz [rubrica] =Ramires [rubrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 259] /

321 [Gobernador solic:lta se le rem! ta el expediente sobre el aiuste y llquidac:l6n de las c:uentas del ex-mayordomo don Eusebio Urquizu.J

(Provl!ese para la remlsi6n al gobernador de las enunc:iadas c:uentas del ex-mayordomo . don Eusebio Urquizu.J

[198] [20 DE ABRIL DE 1807.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ~au­ t1sta de Puerto Rico, a Ios veinte dias del mes de abril de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial Ios seiiores alcalde de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; y el caballero rexidor-fiel ejecutor, don Miguel ~irez de Ar~lla­ no; cuyos sefiores dijeron que siendo las diez y no hab1endo concurrido el seiior alcalde de prim.era elecci6n, don Buenaventura Quinones, ni .caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz, y lizenciado don Juan Antonio Mexia, este Ultimo por haber avisado hallarse enfermo; no pudiendo procederse a Ia celebraci6n de cabildo se pusiera por diligencia para su constaucia y participara 21.

[No se c:elebra c:abildo por falta de qu6rum.J


ACTAS DEL CABILDO

322

al senor gobernador, intendente y capitan general; y lo firmaron, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] Ramires [rubrica] Ante mi Tomas de Escalona -[rubrica], secretario de cabildo.

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[199]

[27 DE ABRIL DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Ciudad [sic] de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes d~ abril de mil ochocientos siete, para celebrar cabildo ordi· nario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta [f· 259v·]/ sala consistorial los sefiores alcaldes de primera Y segunda eleczion, don Buenaventura Quinones y doctor don Francisco Marcos Santaella ; y los caballeros rexidores, don Miguel Ramirez, fiel ejecutor; y lizenciado don Antonio Mexia, para tratar y conferir las cosas tocant~ pro y util de la republica. No concurri6 el senor temente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, po~ las~: 1 ves ocupaziones del despacho del tribunal de gob1erno •. ~ el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel HernlilZ· por hallarse enfermo. En este cabildo se vio el expediente promovi~o por !El maestro de prlBaleriano San Millan, maestro de escuelas de pnmeras meras letras, don Valeriano Samnlletras, en que ha solicitado se le de gratificazi6n por 511 113.n, solicita srat1flcaci6n por su enensefianza, respecto a que esta vacante una de las esc~e­ scfianza.) las sefialadas por este ayuntamiento y ,que el desemP;11~ voluntariamente este digno encargo ; y petici6n <1;ue. Ulti· mamente hizieron sus discipulos solicitando, as1mismo. alg(m premio por recompensa de su adelantamiento Y para que esta satisfacci6n llenase al maestro de la que puedl\, ~e~ear, cuyo expediente se pas6, en diez y seis de !ebref.O Ultimo, al caballero rexidor-alguacil mayor como diputado para las visitas de escuelas, con el fin de que en vista de las planas diese su informe, lo que ha ejecutado, en trece de marzo anterior, completamente concluyendo con que hay necesidad de premiar al dicho San Millan por su justo merito y honor de este ilustre ayuntamiento. Y se acor~t Que se haga saber a Baleriano San Millan que por la f~ta I P o r escasez de de f~mdos de estos propios no se premia de algUn modpi el fondos no se puede en Ja lmnediaJ:?-ento que tiene contraido y que esto se verificara ~/su t e z otorgarle la t1empo; pero, entretanto, puede solicitar la escuela gratificacl6n sollcltada por don Vaesta vacante y se le atendera en justicia, dandosele asil:Disleriano Sanmill4n.J

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

323

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!Se seiiala el alumo las debidas gracias par su buen servicio y hagasele dido maestro puesaber. de optar a la escuela que esta vaSe via una petici6n que hace a este ilustre ayuntamien- cante.1 to doiia Rosa del Castillo, viuda de don Sebastian Gonza- (Petici6n de dona Rosa del Castillo lez Villafana, del vecindario de Bayamon, pretendiendo ha-· sobre traspaso de de media cacerse cargo de tres- [f· 260 ] / cientos pesos de principal per- censo balleria de tierra lnteresa comtenecientes a las propios y rentas de esta ciudad que re- que prar.) porta media caballeria de tierra que intenta comprar a d~iia Manuela Bonilla, viuda de don Juan Davila, de aquel nusmo vecindario, con el fin de unirla a su hacienda; y reconocer dicha surna con Ia de mil cuatrocientos pesos con que esta gravada esta en favor de dichos propios, como lo acreditan la esscritura y certificaci6n del anotador de hipotecas, que acornpaiia, ofreciendo al mismo tiempo fiadores que otorgaran la esscritura de fianza en el mismo partido de Bayamon si se permite este traspaso. Y se acord6: Que se pase este expediente al senor presidente y vocales (Aludida petici6n queda referida a la de la Junta Municipal para la providencia que corres- Junta Municipal.) ponda. (Propuesta de don .Se tuvo presente la proposici6n que hace don S~6n Iz- Sim6n Izquierdo qwerdo, de este vecindario en orden a la conducc16n de sobre provis16n de para Ia repiedras para la composici6~ de calles. Y se mand6 acu- pledra paracidn de las caJles.J m~ar a su respectivo expediente, trayendose este para el pnm.er cabildo. . Se ~o, asimismo, el escrito presentado por Rosinda (Dofla Rosinda Pi~­ Pmto, vmda, de este vecindario, dueiia de un bojio situado to solicita autonen el barrio de La Meseta, en suelo perteneciente a las zacldn para traspasar al sargento Jorentas de estos propios, por cuyo solar esta obligada a s6 L6pez solar per· teneciente a l o s pagar el redito anual que corresponde al capital de noven- propios.J ta pesos; Y hace presente que intenta vender el bojfo al s37gento de artilleria Jose L6pez, que se hara cargo del nusmo capital y pagara su reclito, pidiendo, [f· 260v. ] / en conclusi6n, que se le permita verificar el traspaso de este suelo. Y se acord6 : Pasar este eipediente a los seiiore-s refiere a la Junpresidente y vocales de Ia Junta Municipal para la provi- ta(SeMunicipal la aludencia que corresponda. dlda sollcitud.J El secretario present6 un expediente que dice le ha entregado el alarife don Francisco Cepero, a quien se le pas6 (Alarlfe don Francisco Cepero prepor el ilustre ayuntamiento en 15 de diziembre Ultimo, senta cMculo de gastos de repara que reconociera prolijamente los perjuicios de .que los paraci6n de la real co1rcel.J en el se trata y subsisten en la fabrica de esta real carzel; y que con separaci6n formase calculo del costo que podia resultar de practicar estos reparos; en consecuencia, acompaiia una noticia que expresa el importe de la carpinI.'


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ACTAS DEL CABILDO

324

IReMrese a la [unta Municipal e cltado c4lculo.}

teria que se necesita para el lugar comful y demas necesa· rio, ascendiente a ciento cuarenta pesos, y otra, del costo de albafilleria que ha de erogarse en la composici6n de las demas piezas expresadas en el adjunto parte, que monta a ciento noventa y cinco pesos ; y cuyas dos sumas ha· cen la de *doscientos ochenta y cinco pesos* trescientos treinta y cinco pesos. Y hace el expresado Cepero menci6n de no tener conocimiento del costo que tendria Ia limp~eza del lugar comu.n por no ser de su facultad. Y en su vist~ se acord6: Que dicho expediente se pase a la Junta Muni· cipal para la providencia conveniente. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seii.ores, de que certifico. = Testado, doscientos ochenta y cinco pesos, no vale. = Quinones [rubrica~ == Doctor Santaella [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licen· ciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. (f· 261 ] /

[200] [4 DE MAYO DE 1807.]

!No se celebra cablldo.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de rnaY? de ~ ochocientos siete aii.os, para celebrar cabildo ordi· nano, como es de uso y costumbre, concurrieron a ~ sala consistorial los seii.ores alcalde de segunda elecCI6_n. doctor don Francisco Marcos Santaella; y regidor-fiel eJ.': ~utor, don Miguel Ramirez de Arellano, cuyos seiiores cli~ 1eron que, habiendo avisado Ios caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, y licenziado don Juan Antonio Mexia, de hallarse con indisposici6n de salud, no P??fa celebrarse el cabildo; y me mandaron ponerlo ~or diligencia para su constancia y que se participase al senor gobernador, intendente y capitan general; y lo firmaron, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Ramlte,s [nibrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], 5~ cretario de cabildo. /

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* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el on- (I

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

325

[201]

[ 11 DE MAYO DE 1807.] En la ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de mayo de mil ochocientos siete afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uzo y constumbre [sic], concurrieron a esta [f· 261v·]/ sala consistorial el sefior alcalde de segunda elecci6n, doctor don F!ancisco Marcos Santaella; y caballeros regidores, algu~­ cil mayor, don Manuel Hernaiz, y el fiel executor, don Miguel Ramirez. No concurri6 el sefior teniente gobernador, auditor de guerra, por hallarse en ocupaci6n del despacho de los asuntos de gobierno ; ni el seiior alcalde de primera elecci6n, don Buenaventura Quiiiones, por haber avisado estar enfenno. Concurri6 tambien el caballero regidor lizenciado don Juan Antonio Mexfa. En este cabildo se vio un oficio del seiior gobemador, (Oftclo del goberslgniftcando intendente y capitan general, su fecha, 30 de abril pr6ximo nador estar esperando la resoluci6n de Ia pasado, por el que anuncia el recibo del testimonio del Junta Municipal soacuerdo celebrado en 27 del m.ismo abril, y expresa quedar b r e varlos expedientes a ella soesperando las prontas resoluciones de la Junta Municipal metidos.J sobre los expedientes mandados remitir a ella. Y se acord6: Que el presente secretario participe al seiior presidente y vocales de Ia Junta Munical [sic] la determinaci6n de su seiioria para el debido cum.plimiento a sus disposiciones; y que se archive el oficio. Segfui lo acordado en el cabildo de veinte y siete del mes anterior sobre la proposicioci6n [sic] que hace don Simon ~quierdo para traer a esta plaza las doscientas toneladas de piedra para la composici6n de calles, presen- (Sec:retarlo presenexpediente sobre to el secretario el expediente que devolvi6 don Manuel An- lata reparaci6n de las calles.J gel Power, comisionado por este cabildo para estar a la mira de dicha composici6n y acopio de algunos materiales con motivo de haber renunciado [f· 262 ] / su oficio de regidor Y no poder continuar en esta ocupaci6n. Y despues de visto Y examinado el estado de dicho expediente se acord6 : Que ~ste pase al caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hemmz, para los mismos efectos que lo tenfa el (Comlsl6n al alsuamayor, don citado Power; y que en atenci6n a que don Sim.6n Izquier- cll Manuel Hernliiz, sobre el antes aludo parece impedido de poder cumplir la contrata que ex- dldo particular.) presa por estar ocupado en una de las panadenas de esta plaza, se fijen nuevos carteles, con termino de veinte dfas, [A ftjarse carteles convocando lntereconvocando a los que quieran obligarse, prefiriendose Ia sados en la proviI

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ACTA$ DEL CABILDO

326 si6n de piedra para la reconstrucci6n de las calles.J

!Nemesio Camargo solicita plaza de alguacil menor.)

(Alguacil mayor a informarse sobrc la conducta d e l alguacil Juan Albarez y del pretendiente al olicio.J IPrcsbftero don Domingo Cantero presenta su rcnuncia como capelhin de la real clircel.)

mejor postura del que se presentare a hacer contrata de la conducci6n de dicha piedra. Se present6 Nemesio Camargo solicitando una plaza de alguacil menor de los juzgados, con noticia que dice tiene de que alguno de los que hay la deja o debe ser separado; y por cuanto Juan Albarez, uno de ellos, observa una conducta relajada se acord6: Pasar este memorial al cab~e­ ro rexidor alguacil mayor para los informes correspondien· tes del expresado Albarez y de la conducta del preten· diente. Se vio una representaci6n que hace al ilustre ayunta· miento el presbitero don Domingo Cantero, capell~ de es ta real carcel, [ r. 262v·] / en la que solici ta se le admita la renuncia que hace de dicho encargo, que sirve con ti!u}o y aproaaci6n del senor gobernador, intendente y capitan general, a causa de no poder desempenar completamen~e esta obligaci6n teniendo que atender a su oficio de sacns· tan mayor que obtiene de Ia Santa Iglesia Catedral, lo le ha hecho conocer la experiencia ya en tiempo de co. esiones como dias festivos, y no poder dedicarse a la instrucci6n y consuelo de los individuos encarcelados por no pennitirselo las graves ocupaciones de su sacristi8:· Y de0 acord6: Que mediante a que el presb:i'.tero menciona. exerce, con aprobazi6n y titulo del senor gobemador, ~­ tendente y capitan general, el encargo de capellBn de 8 real carcel se presente a su senor:i'.a, quien deliberari lo que fuere de su superior agrado. . Se tuvo presente el oficio del senor gobernador, mten· dente Y capitan general, su fecha, 10 de abril pr6xixn° pa· sado, para que se proceda a nueva elecci6n de s:i'.ndicO\·Procurador general. Y se acord6: Que con respecto a no haber Cc;>ncurrido el senor alcalde de primera elecci6n a es.te ca· blldo se reserve dicho oficio y se pase recado poUuco al e~prcsado sefior alcalde para que se sirva asistir al d1~to a fin de que proponga y tenga su debido cUillP l•

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[Referida renuncia a s e r presentada ante el gobernador .)

!Se pospone elecci6n d e l sindico procurador g e n eral .1

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m1ento.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron ddiEnmendado, menor c los. JUZ~ados, vale. = Doctor Santaella [rubrica] == Her· na~z [!'llbrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubnca] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 263]/ · lnmediatamente di el recado politico que se expresa en el anterior acuerdo al seiior alcalde de primera eleccho~ sen.ores, de que certifico.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

327

ci6n, don Buenaventura Quinones; de que certifico. = Escalona [rubrica]. [202] [25 DE MAYO DE 1807.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del mes de mayo de mil ochocientos seis [sic] afios, para celebrar. cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], par~ t~atar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la repubhca concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores alc~!des de Primera y segunda elecci6n, don Buenaventura Ownones y doctor don Francisco Marcos Santaella; y los ca~alle~os regidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; Y fiel e1ecutor, don Miguel Ramirez. No concurrio el senor teniente de gobernador por hallarse ocupado en los asuntos. del despacho del tribunal de gobiemo; ni el caballero rexidor don Juan Antonio Mexia por haber avisado hallarse enferm.o. En este cabildo se recibi6 un oficio del se:iior gobemaordena do_r, intendente y capitan general, su fecha, 20 de los co- [Gobernador que el regidor diputado de abaStos, rnentes, para que cele este ilustre cuerpo que tanto en las el fiel ejecutor y alguacil mayor panaderias, en Ia carnecerfa y en toda otra venta publica elvigilen que la moneda de cuarto sea se aclmitan los cuartos por ser moneda corriente en el aceptada c?~ercio menudo y co~unmente en los (f· 263v·]/ pobres, mercio.] en el cov1gilando sobre este punto de urgente necesidad el caballero regidor diputado, el fiel ejecutor y alguacil mayor, sin permitir se introduzca el disimulo o tolerancia. Y se acord6: Se haga saber a Ios referidos sefiores, diputado, fiel executor y alguacil mayor, Io resuelto por su seiiorfa para tenga [sic] el debido cumplimiento. Se recibi6 otro oficio del mismo senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, 14 del corriente mes, contestando el recibo de la acta celebrada en onze del mis[Ollclo del sober· mo Y expresa que acerca de los puntos de que trata recae- nador acusando re· ra a su tiempo la correspondiente providencia, ,quedando clbo del testlmonlo de acta del 11 de enterado de haber subrrogado el caballero alguacil mayor mayo de 1807.) en lugar de don Manuel Power para la comisi6n de composici6n de calles. Y se acord6: Archivar dicho oficio en vir· tud de estar inteligenciado este ilustre cabildo de dicha contestaci6n.


328

ACTAS DEL CABILDO

(Oficio de la JUD· ta Municipal sobre pago de iomales vencldos a los trabajadores del terraph!n de La Puntilla.J

En este cabildo se recibi6 tambien un oficio de la Junta Municipal, su fecha, de trece de Ios corrientes, con el que se incluye para este ilustre cuerpo un testimonio del acuerdo celebrado por dicha Junta en aquella fecha y el del ex· pediente que lo motiv6 relativo al pago de los jomale~ vencidos por los trabajadores de La Puntilla, desde Ia pn· mera quincena de junio de ochocicntos cinco hasta febrero del corriente afio, cuya cantidad, de diez mil y mas pesos, reclama don Jose Carri6n interventor interino de reales obras de fortificazi6n, y el' senor gobernador, intendente. Y capitan general, lo pasa a esta Junta para que se le faga (f· 264 ] / o de documento de resguardo con que pu a rend.ir y formalizar su cuenta; con el objeto de que se .re· CJ UD ta Municipal mita a la misma Junta otro testimonio de Ia prevenci?n solicita testimonio de la prevenc16n del senor gobemador, intendente y capitan general, de ve~· hecha por el go. bemador as( como te Y seis de marzo de ochocientos cinco, igualme1!-te qu~ch~ de lo acordado por el cablldo sobre el lo acordado en su virtud o contestazi6n que se d10 a di . antes mencionado particular.) senor con cuanto mas haya ocurrido relativo a la maten~· • OD10 Y se acord6: Que el presente secretario saque tes~ d de la prevenci6n que menciona la Junta como tambie~... e lo acordado en su virtud y de todo lo demals que lJ'lya oeurrido sabre la materia de que se trata, pasandose con el correspondiente oficio. IAlguacil m a y o r El cabal~e~o regidor-alguacil mayor evacu6 el ~0rllj: pres enta lnforme sobre la conducta que se le p1di6, en onze del corriente mes, relat1vo 3 , d e l alguacll me. nor Juan Albarez y conducta del alguacil men or Juan Albarez y de Narciso del asplrante al ofi. cio.J Camargo, que solicita plaza de este oficio ; y por cudanto de dicho informe resulta ser Ia del primero la mas esa· rreglada, Y la del segundo a prop6sito para el empleo. ~e (Se destltuye al Ill· guacll Juan Alba· acord6 : Despedir al mencionado Juan Albarez Y adnliti~ rez y se nombra a Narciso Camargo para que lo sirva despachandosele e para este oficlo a Narciso Camargo.) correspondiente tftulo por el caballer~ regidor-alguacil mayor, sin [f· l64v. ] / perjuicio de los derechos de este ilus~e cabildo; y que se le ponga en posesi6n, en la forma ~co~ tumbrada, formandole asiento para .que conste el ~a • que comienza a disfrutar el sueldo asignado, partiC1P~­ dolo previamente al senor gobernador, intendente Y capi· tan general, para su inteligencia. . , Se tuvo presente el oficio del senor gobemador, 1nten• dente Y capitan general, de 10 de abril ultimo, en el qu,e' previene su senorfa se proceda a hacer nueva elecci6n de, sfndico procurador personero para el presente aiio, ~or haber admitido la renuncia que de este empleo ha heqno don Vicente Pizarro, electo para servirlo, en vista de. ]as

sa::r


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

justas causas que alega y del informe que dio el mismo ayuntamiento. Y habiendose propuesto algunos sujetos por el seiior alcalde de primera elecci6n, don Buenaventura Ouinones, se proccdi6, en la forma acostumbrada, a elegir coma desde luego sali6 electo por todos los votos, don Jose Maria Davila, hijo del difunto regidor don Domingo; cuya elecci6n se mand6 pasar por oficio al mencionado senor gobernador, intendente y capitan general, para que su sefioria se sirva aprobarla si a bien lo tiene. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que certifico. = Buenaventura Quinones [rubrica] = Doctor Francisco Marcos Santaella [robrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] = Miguel Ramires [rubrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. (f· 265]/

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ID o n Jos6 Marfa D4vila queda electo sfndico procu· rador general.)

[203] [1 DB JUNIO DE 1807.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de junio de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso Y constumbre [sic] concurrieron a esta sala consistorial los senores alcalde ~rdinario de segunda elecci6n, don Francisco Marcos de Santaella; y regidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel executor, don Miguel Ramirez; Y lizenziado don Juan Antonio Mexia; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente de gobernador por hallarse ocupado en el despacho de Ios asuntos del tribunal de gobiemo; ni el senor alcalde de primera elecci6n, don Bu~ naventura Ouiii.ones, por hallarse ausente en el campo. En este cabildo se vio un oficio del senor gobemador, intendente y capitan general, su fecha, 29 de mayo ~timo, aprobando la elecci6n hecha, en el cabildo antenor, de sindico procurador para el presente aiio en don Jose Maria Dabila. Y se acord6 : Que por el presente secretario se pase oficio al referido don Jose Maria Davila para que se sirva concurrir en el cabildo inmediato primero a tomar posesi6n del empleo. Se present6 Salvador Feliz, vecino de la villa de la Aguada, a nombre y con poder de do:q... Angel de Novoa,

(Gobernador apruede don J o s 6 Marfa D4blla como slndico procurador general.) [Queda cltado don Jos6 Marla D4vila para que tome posesi6n de su oficio.) ba la elecci6n


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ACTAS DEL CABILDO

[Don Angel de Novoa solicita certi· ficaci6n del :fiat de escribano real.]

esscribano real, haciendo presente que para solicitar dicho Novoa la real confirmaci6n de la esscribania publica Y de cabildo de clicha villa necesita acompafiar el fiad [sic] de esscribano real que se le ha extraviado; y teniendo <:ierta noticia de estar tomada raz6n [f· 26Sv. ] / de el en los Libros de Asientos de este ilustre ayuntamiento pide se le mande dar por duplicado un certificato o copias y que se le devuelva el mencionado poder. Y se acord6 : Que el presenIProvecse para la te secretario, con vista del Libro de Toma de Raz6n, cerreferida certificatifique segU.n se solicita, dandosele con el poder que acomci6n.) pafia. El presente secretario exibi6, previas las urbanidades de estilo, las cuentas presentadas a la Junta Municipal ?or !Se presentan las el mayordomo de propios, don Felipe Garcia, pertene~1~n­ cuentas del mayordomo d o n Felipe tes al afio pasado de mil ochocientos seis de su adminisGarcia, l a s que traci6n. Y en su vista se acord6: Que pasen dichas cuentas quedan referidas P a r a examen al al sindico procurador general para que las adicione 0 ex· sfndico procurador general.) ponga lo que corresponda a su oficio. . Se vio, asimismo, otro oficio del senor gobernador, tendente y capitan general de 27 de mayo Ultimo, por [Gobernador manique queda enterado de haber tenido por conveniente este fiesta quedar enterado de la destimuy ilustre cuerpo separar al alguacil Juan Albarez Ynyom· tuc16n del alguacil Juan Albarez y del brar para .que exerza esta plaza Narciso Camargo. se nombramiento de Narciso Camargo.) acord6: Archivar dicho oficio. Tambien se hizo presente la imposibilidad de proce!Se lnforma la auderse a la recomposici6n de calles que estal acordada a sencia de lnteresados en proveer las motivo de haber dado cuenta el secretario que aunqu~ doscientas toneladas de piedra para fix6 los cedulones que se le previnieron no ha oc~ 0 la reparaci6n de las callcs.) persona a obligarse a las doscientas toneladas de pie~ Y. demas contenido. Que para evitar en la pr6xima festi· vidad del Patrono San Juan Bautista y corrida a caballo alguna caida se tiene a bien por lo pronto que se recom· IProveese para la pongan aquellas mas principales, tratandose el asunto con'' reparaci6n de las call es principales el s~iior gobemador, intendente y capitan general, P~ cuyo sasto ha de quedar su:fragado medio del caballero regidor-alguacil mayor, don Manu de fondos provlstos por la gobernaHernftiz, [f· 266] / a quien se le comisiona; quedando este ci6n.] advertido que dicho senor gobemador ha ofrecido a aiiri· nos de los sefiores que componen este cuerpo proporcionar los gastos y costos del ramo destinado al efecto, pue~ a~que el cabildo quisiera que lo supliera sus propios C()jl calidad de reintegro, segU.n anteriormente esta acorda~p, le es ahora imposible por lo escaso de dinero que se hallp.n sus cajas y ~abri~as emprendidas en la carcel y techo~/ de la casa cons1stonal; y que se le pase oficio al enunq1~do

d

lo


331 .. '

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

senor capitan general con inserci6n de esta propuesta para ,que su sefioria se sirva, atendidas las urgencias y necesidad que se presenta, dar las 6rdenes convenientes para su ejecucion siendo de su aprobaci6n. €on lo que se concluyo este cabildo, que firmaron clichos sefiores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Esco.Iona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 266v. ] /

[Oficio al gobernador para que provea la ejecuci6n

de dicha cl6n.J

repara-

[204] [8 DE JUNIO DE 1807.J . En Puerto Rico, a ocho de junio de mil ochocientos s1ete a:fios, estando para celebrarse cabildo orclinario, como es de uso y costumbre, no se celebr6 por haberse excusado, con justa causa a concurrir algunos de los sefiore~ capitulares; y para' que conste lo pongo P,or .diligenc1a, de que certifico. = Tomas de Esoalona [rubnca], secretario de cabildo.

Notn. (No se celebra cabildo.J

[205] [14 DE JUNIO DE 1807.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan .Ba~­ tista de Puerto Rico a Jos catorce dfas del mes de JUDIO de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo, c?mo es de uso y costumbre concurrieron a esta sala cons1storial el senor alcalde de' segunda elecci6n, doctor don Franc~sco Marcos Santaella; y los caballeros regidores, ~gua­ cil mayor, don Manuel Hernaiz · fiel eJ'ecutor, don Miguel ' para traRamirez; y lizenciado don Juan' Antonio Mexia; tar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente de gobemador, auditor de guerra de esta isla, por estar sumamente ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo; ni el senor alcalde de segunda elecci6n, don Buenaventura Quinones, por hallarse ausente. En este cabildo present6 el secretario un expediente que le entreg6 el esscribano de gobiemo, doi;t Gregorio /.}

ExJ>osici6a.


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ACTA$ DEL CABILDO

Sandoval, relativo a la solicitud que ha hecho don. Jose Maria Davila, electo sindico procurador general para el presente aiio, al senor gobernador, intendente y capitan general, para que se sirva absolverle de este encargo respecto a tener gravemente enferma su esposa y cuidar de su hacienda y familia, de que no puede separarse sin la am.arga pena de su considerable perdida y a [f· 11il]/ motivo de las enfermedades que dice ha padecido cuando ha tenido que estar en esta ciudad en tres afios que ha servido. y desempeiiado el encargo para que ahora se le. ha elegido. Y dicho senor gobernador, intendente Y capitan general, en nueve de los corrientes, se ha servido pasar esta solicitud al ilustre cabildo y ayuntamiento para SU informe; quien, habiendo visto el expediente, ha acordado informar lo siguiente: «En las elecciones del presente aiio para sfndico pe~so­ ICabildo no favonero han sido electos tres sujetos de los que ban parecido rece la aceptacldn de la renuncla a al ayuntamiento aptos para el desempeiio de dicho empleo. don Jose Marfa Los dos prim.eros lo renunciaron y vuestra sefioria tuvo 8 Dlivila.J bien constituir asequibles sus solicitudes. Don Jose Marfa Dav_Ua, que es Ultimam.ente elegido, se excusa igualmente Y p1de se le absuelva. Los empleos concejiles estan todos en obligaci6n de servirlos y desempefiarlos tantas cuan~s veces recaiga en ellos la elecci6n y respectiva aprobaci6n de vuestra sefioria, con tal ,que intervengan y se obs:rven los huecos prevenidos por derecho; y de dar cab1da a estas frecuentes renuncias es permitir progrese el abuso que, de :poco. tieI?p~ a esta parte, ban introducido algun~s con l~ imaginana idea de que pueden ejecutarl~ ! s~ acreditar causa o motivo poderoso y suficiente vivir 51:11 ser U.tiles a Dios, al rey, ni a la Patria. Ya s6lo restan seis ~~es para la conclusi6n de este afio y por un tiempo ~ ~tado no deben graduarse tan considerables los perJW· c1os que resultarfan a don Jose Maria Davila de su aceptaci6n como el concibe; debiendo tenerse mas presente Y cons~tar-[f· 267v·]/se el bien publico que no el dafio de un P~1cular individuo de la sociedad, aun cuando este fuese c1erto. Sobretodo vuestra seiiorfa resolvera lo que sea de superior agrado.[»] · . En este cabildo hizo presente el secretario que se nece- . . s1taba papel para el gasto de los asuntos que ocurran en · · [Provo!ese para la el ayuntamiento. Y se acord6: Que se busque por dicho: .· compra de papel.J secretario una resma de la mejor calidad y que por elm~ yordomo de propios se abone su importe y el de una,

IGobernador remlte para informe del cabildci sollcitud de don Jose Marla Dlivila para que se le releve del oficio de sfndico procurador general.)


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mano de papel del sello cuarto para los asuntos que ocurran ·de oficio. Con Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sefiores, de que certifico. = Enmendado, cabildo, vale. = Doctor Santaella [rubrica] Hernaiz [rubrica] Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia {rubrica] = Ante mi Tomas de Escalona (rubrica], secretario de cabildo.

=

=

=

[206] (22 DE JUNIO DE 1807.] . En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau?st~ de Puerto Rico, a los veinte y dos clias del mes de J~o d~ mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo. ordinano, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los senores alcalde de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; Y los ~ba~eros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hernmz; fiel eJ~cutor, don Miguel Ramirez; y licenciado don Juan Antomo Mexia para tratar y conferir las cosas tocantes al pr~ Y U.til de la republica. [f· 268 ] / No concurri6 el senor temente gobernador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobierno; ni el senor alcalde de primera elecci6n, don Buenaventura Quiiiones, por hallar [sic] ausente en el cam.po. En este cabildo se trataron varias cosas pertenecientes al bien publico; y por ser antevispera de San Juan se vio el expediente instruido sobre el paseo del real pend6n con todo lo demas que contiene. y se acord6: Se observase lo en el dispuesto por SU sefioria, el sefior gobemador, intendente y capitan general, por ahora, sin introdu~ noveda~. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos senores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Ramlres [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [nibrica], secretario de cabildo.

I.!

[Se tratan asuntos.J

varios

[A observarse lo provisto por el gobernador sobre el paseo del real pend6n.J


ACTAS DEL CABILDO

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[207] [7 DE JULIO DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete dias del mes de julio de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella ; y caballeros regidores, alguacil [f· 26Sv. ] / mayor, don Manuel Hemaiz; y fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No con· curri6 el senor teniente gobernador, auditor de guerra de esta isla, por estar gravemente ocupado en los as~tos Y despacho del tribunal de gobierno; tampoco el seno~ alcalde ordinario de primera elecci6n; ni el caballero regidor lizenciado don Juan Antonio Mexia. , 3 En este cabildo se vio un pedimento de Lope GarcI • actual arrendatario del pasaje de Palo Seco, haciendo p_resente al muy ilustre ayuntamiento que para desempenar [Arrendatnrio del pasaje de Palo Selas funciones de su ramo y evitar excesos por su pa~~· co solicita testimonio de docucomo fraudes ,que algunos quieran cometer con su p7rJW· mentaci6n concerniente a los derecio, necesita que se le de un testimonio de las condic1oles chos 7 atrlbuciones que le asisten del remate y de todos los acuerdos que tratan sobre as en tal capacidad.J facultades y demas disposiciones tomadas acerca del g~ bierno del pasajero, porque ocurren casos que estari~ 51 decidos [sic] por el muy ilustre cabildo, uno de ellos, deben pagar todas las personas que se transportan en las canoas que bajan del rio de Bayamon, exceptmindose sus due:fios, si los propios, o los que conducen oficios de los . tenientes a guerra deben esperar la hora del pasaje~ con \· los mas que expresa dicho pedimento. En inteligenc1a de tod<?s y habiendo hecho presente el secretario que 5 expedientes de remates, y en donde constan las dec1s.1~nes que apetece, existen en el archivo de la Junta Mumc1pal [Refil!rese a la Junse acord6 : Que, con las urbanidades de estilo, se pase a su ta Municipal la aludida so1icitud.J ·presidente y vocales esta solicitud para que determinen lo que tengan por conveniente. · Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron <P.r chos sefiores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubij· ca] Herndiz [rubrica] Ramires [rubrica] Ante Jiii = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 269]/ .

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[208] [ 13 DE JULIO DE 1807.] En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios trece dias del mes de julio de mil ochocientos siete afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrteron a esta sala consistorial los seii.ores alcaldes de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; y caballeros regidores, fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia. En este cabildo se vio un oficio del senor goberuador, intendente y capitan general, en que transcribe para su inteligencia que la real orden de 17 de junio de 1801, comunicada por el Ministro de Guerra a los virreyes, presid~ntes Y capitanes generales de Indias, en que mand6 el rey ,que luego que constase por las Gacetas de Madrid la promoci6n de cualquiera oficial de Ios cuerpos militares que sirven en aquellos dominios se le pondra en posesi6n de su empleo y abonase el sueldo correspondiente para evitar los perjuicios que sufren en tiempo de guerra con el extravio y detenci6n de los buques correos de la real armada; y concurriendo iguales motivos respecto de lo_s empleos politicos de administraci6n y de justicia y destinos eclesiasticos ha resuelto su majestad que sea extensiva a ellos la citada real declaraci6n, segiln que asi lo comunica el excelentisimo senor marques, caballero secretario de esta y del Despacho Universal de Gracia Y Justicia, en fecha de 7 de febrero ultimo. Y se acord6: [f· 26!1v. ] / Quedar este ilustre ayuntamiento entendido de dicha real orden, previniendo se archivase y acusase el recibo al mismo senor gobernador, intendente y capitan general. El caballero regidor don Juan Antonio Mexia expuso que le parece estar pendiente en este cabildo el informe pedido por el senor gobernador, intendente y capitan general, en el expediente suscitado sobre el oficio de rexidoralcalde mayor provincial. y se acord6: Se solicite en el archivo y se de cuenta en el inmediato lunes para acordar en su vista lo correspondiente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sell.ores, de que certifico. = Doctor Santaella [n1bri!,•

[Gobernador d11 a conocer real orden sobre hacerse efectivas en Indias ~'!5 promociones m1htares, poUticas Y de justicia asi como los nombramlentos eclesi4sticos tan pronto ~­ tos queden pubhcados en la Gacetll de Madrid.) .

[A

sollcitarse

en

el archivo el expe-

dlente sobre el oficlo de regidor-alcalde mayor provincial.)


336

ACTAS DEL CABILDO

ca] = Ramires [rubrica] = Licenciado lv.fexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretarlo de cabildo. [209] [20 DE JULIO DE 1807.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Ju:m .Bautista de Puerto Rico, a los veinte dias del mes de Juli0• de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo .ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurneron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella;. ~ caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz. fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia. No concurri6 el senor teniente goberna· dor, auditor de guerra, por las ocupaciones en que se hall~ del despacho del tribunal de gobierno; para tratar Y con ferir las cosas del bien de la republica. n ~l secret~io <:n este cabildo dio cuenta de. es~. ~]j cl~do el test1momo prevenido en acuerdo de ~e~te [Junta Y cmco de mayo acerca de las noticias que p1d16 la Municipal sobre lo tratado y acordado acerca de pago IA remitlrse a la gastos de jornales de los trabajadores del terraplen de J u n t a Municipal testimonio solicltaP~tilla. ~n cuya virtud se acord6: Pasarlo, c:oi:n? ser!ili: do por l!sta sobre lo acordado respecvmo, a dicha Junta con el correspondiente oficio, to al pago de jornales a Jos trabazandolo en esta fecha. exf jadores del terrapll!n de La PuntiEl caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio~ .. : lla.J expuso que en el presente afio, por su empleo Y anugu. Exposlcl6n. dad, hizo funciones de alferez real, vacante por ren'dClll. de su Ultimo poseedor don Jose Power; que para el escanso del real pend6n en el paseo del dfa del Patr6n San [Regidor don Juan Juan Bautista se le entreg6 antes por el referido poweri Antonio Mejia solicita se le acreel porta-estandarte en que descan~a la vara de dich0 rea dite al mayordomo el gasto incurrldo pend6n, que, por estar muy deteriorado, rafdo e indecente, en la reparacl6n ·d~ . del porta-estandard 1spuso, con parecer del senor alcalde ordinario presx ·i.1.e• te del real pen,que el mayordomo lo mandase forrar y poner servi~.· ' d6n.J c?mo lo verific6. Que como Ios ayuntamientos deb7n ~?~~ s1derarse como el manantial de donde nacen los div~os objetos de justicia que se reparten entre los miembros')IUe componen su senado y a el vuelven y regresan en las vacantes de sus oficios, lo presenta para que este ilustre

i!


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cabildo se sirva rnandar que en su archivo se conserve, y acuerde por consiguiente se le abone al mayordomo el corto gasto que le hubiere ocasionado en su recomposici6n. Que de esta exposici6n y acuerdo que sobre ello resulte se le rnande dar una certificaci6n, por el presente secretario, para efectos que le convengan. El caballero rexidor-fiel ejecutor expuso: Que respecto a que el (f· 27ov.] / portaestandarte es para propia conveniencia del que saca el real pend6n se vea si era costumbre ~acerse los gastos de su composici6n del fond~ de prop1os, en cuyo caso deberia pagarse de ellos, pero s1 no debera sufrirlos el alferez real o el que hiziese sus veces; c1;1ya raz6n se dara, por el secretario, con presencia de los Libros de Acuerdos, en el inmediato cabildo; y que se provea al senor lizenciado caballero rexidor don Juan An· tonio Mexia de la certificaci6n que solicita. El caballero rexidor-alguacil mayor expuso: Que se vea en las actas capitulares si hay algo acordado acerca de esto Y no hallandose una constancia se tratara en otro cabildo. si debe o no hacerse este gasto de los fondos d~ P!op1os; Y que se de al senor rexidor que hizo Ia expos1ci6n la certificaci6n que pide. El senor alcalde de segunda elecci6n expuso: Que en consideraci6n a Ios rn6dicos gastos que presenta la indicada composici6n del portaestandarte y resultar este en pr~ comunal del que obtenga el empleo de alferez real o reg1dores que hicieren sus funciones no tenclria un reparo ~n co~stituir ase,quible Ia solicitud del caballero rexidor lizenc1ado don Juan Antonio Mexia; pero admitiendo igualmente, no ser justo se innove cosa alguna en el particular, r~gravandose los fondos de propios, conviene. con el sentir de los demas vocales en que se observe inviolablemente. la prcl'ctica que hasta aqui se haya observado, inspeccionandose los Libros de Acuerdo para en su vista resolver; Y si entonces se quisiere llevar a efecto la certificaci6n que ahora pide el mencionado caballero regidor se presentara en forma. Con lo que [f· 'Zl1] / se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que certifico. = Entre renglones, Doctor Santaella [rtibrica] que sobre ella resulte, vale. == Hernaiz [rubrica] = Ramires [rtibrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [n'tbrica], secretario de cabildo.

=

22.

337

[Aludido regi d o r solieita se le provea de una certiflcaci6n de lo expuesto por a asf como de lo que acuerde el cabildo al respecto.J Voto del seftor regldor-fiel ejecutor.

(Pareceres de los capitulareS sobre lo planteado p0r el regldor don Juan Antonio Melfa.)

Librdse la certlfl cazJ6n acordaifi.


338

ACTAS DEL CABILDO

[210] [27 DE JULIO DE 1807.]

!No se cclebra ca-

bildo por lalta de qu6rum.)

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ~a?· tista de Puerto Rico, a veintc y siete dias del mes d~ J~IO de mil ochocientos sicte, para celebrar cabildo ordmano, como es de uso y costumbre, concurrieron a csta. sala con· sistorial solo Ios dos sefiores rcgidores, alguacd mayo_r. don Manuel Hernaiz, y fiel ejecutor; y como ninguno ma~ ha asistido por enfermedad y ocupaciones que ban ~a~i­ festado no se verific6 la celebraci6n ; cuya diligencia ~~­ maron los dichos dos caballeros rexidores, de que certifi; co. = Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = ~te mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[211] [3 DE AGOSTO DE 1807.] En la [f· 211 v·]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del m~ ~e agosto de mil ochocientos siete afios, para celebrar cabil. 0 ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concum~ ron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinano de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; Y los caballeros regidores, alguacil mayor Y,fiel ejecu· tor, don Manuel Hernaiz y don Miguel Ramirez; para tr;it3:r Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la repubhca. No concurri6 el senor teniente de gobernador auditor de guerra por hallarse sumamente ocupado ~~ despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo; D1 ~ caballero rexidor don Juan Antonio Mexia por haber avt· sado estar indispuesto de la salud. En este cabildo se present6 Jose L6pez, sargento segun· do de la brigada de artilleria de esta plaza, hacien~o presente que Dominga del Olibo, de este vecindario, te~1a ocu· pado un solar en el barrio de La Meseta, pertenec1e~te a los J?ropios, y el bogio que en el estaba plantado .·lo ha derr1bado en obedecimiento del Bando de Policia Y Buen Gobierno. Y por cuanto esta desierto este suelo pretende que se le admita por censuatario de el con el objeto de fabricar alli una de teja y ladrillo. y se acord6: Que en

J

[Josi! L6pez sollcl· ta un solar ubicado en La Meseta.)


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atenci6n a que este mismo individuo ha solicitado anteriormente comprar a Rudesinda Pinto otro bojio y hacersl tambien cargo de su solar, cuya solicitud se mand6 pasara al senor presidente y vocales de la Junta Municipal, dondP pende, se transmitiera igualmente a la misma este expediente para que con vista de todo providencie lo que tenga por mas convenicnte. Con lo [!· 272 ] / que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos se:iiorcs, de que certifico. Testado, y Iaclrillo, vale. Doctor Santaella [rubrica] Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

339

lSe

refiere

a

la

Junta Municipal la

aludida

sollcitud.J

=

[212] [11 DE AGOSTO DE 1807.] . Bn la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios onze dias del mes de agosto de ~ ochocientos siete afios, para celebrar cabildo .ordinano, como es de uso y constumbre [sic], concurneron a esta sala consistorial los senores alcalde ordinario de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; Y caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente gobernador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse sumamente ocupado en el despacho de los asuntos d~l tribunal de gobierno; ni el senor alcalde de primera elecci6n, don Buenaventura Quiiiones. En este cabildo se presentaron don Jose Maria Y don Rafael Dabila, vecinos del partido de Bayamon, con una informazi6n que acredita su Iexitimidad y conocida '[if. 272v· ] / limpieza de sangre, exponiendo que para calificar su distinci6n necesitan de una certificaci6n de este ilustre cabildo relativa a los actos positivos que se ban verificado estando reconocido sus mayores y demas de la familia entre los individuos que componen el estado de la primera distinci6n, habiendo obtenido coma tales los empleos y colo· caciones asi en este ayuntamiento coma en las carreras eclesiastica, politica y militar. Y se acord6 : Que siendo constante a los individuos que componen este ilustre cuer-

[Don Jose Marra Y don Rafael J¥.~ila solie! tan certif1caci6n que acredite la val!a de sus as· cendientes y colaterales quienes se han desempeftado en oficios politicos, militares y eclesidsticos.]


340

[Provl!ese para la referida certiflcaci6n.J

(Comandante milltar de marina partlclpa haber asumldo plenamente las funciones de su cargo y se pone a la disposicl6n del cabildo para todo lo conducente al beneficio comunal.J

IAcuo!rdase fellcltar al aludldo funclonario.J

(Se remite al gobernador testimonio de esta acta.J

ACTAS DEL CABILDO

po haber obtenido los ascendientes y colaterales de los referidos don Jose Maria y don Rafael Davila todos los elilpleos concejiles, que anualmente se distribuyen entre los sujetos de la primera distinci6n de esta isla, y por consiguiente eclesiasticos hasta can6nigos y dignidades de esta Santa Iglesia Catedral, y en el servicio del rey por los grados de capitanes y tenientes coroneles, se devoivi:s~ a ~os interesados para que les sirva de atestado y certificazi6n en forma segiln lo solicitan. . Se recibi6 un oficio del comandante militar de manna de esta isla participando a este ilustre cuerpo haber. toma· do posesi6n de dicho empleo, el clia 7 de los comentes, c~>n toda su jurisdicci6n y materias econ6micas .Y gube~a­ tibas que le son anexas y que su majestad se digno colllerirle; ofrece con su juzgado todas las facultades al obsequio de este ayuntamiento y que pueden contar con cu~to dependa de su arbitrio por el beneficio de la causa pu~lica no s6lo en raz6n de vocal de la Junta de Propios Y IDlem· b~o de la de Sanidad sino de un jefe progenio al ~y~~ b1en de este pueblo en lo que sea compatible con el illS el tuto de sus empleos: Y se [f· %73]/ acord6: Contextar . mencionado oficio tributandole Ia enhorabuena, Y arc.bi· varse. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmal"O~ dichos seii.ores, de que certifico. = Doctor Santaella [~­ brica] = Hernaiz [rU.brica] = Ramires [rubrica] == Li· cenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] = Ante mi == Tomas de Escalona [rU.brica], secretario de cabildo. . Se pas6 de esta acta testimonio al senor gobernador, intendente y capitan general, con oficio de remisi6n. == Bs· calona [rU.brica]. ·, \\

[213] [17 DE AGOSTO DE 1807.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y siete clias del mes. cle ago~to ~e mil ochozientos siete aii.os, para celebrar ~ildo ordinano conc~eron a esta sala consistorial los sep,b~ alcald~ de prim.era y segunda elecci6n, don Buenay~tu· ra Ownones y doctor don Francisco Marcos Santa~; Y los caballeros regidores, alguacil mayor, don ManuefHer-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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naiz; fiel executor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia ; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, [f· mv·]/ por hallarse sumamente ocupado en el despacho de Ios asuntos del tribunal de gobiemo. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, contextaci6n de recibo (Gobemador aprueba la anterior acta de la acta anterior aprobandola. Y se acord6: Archivar capltular.) dicho oficio. Se vio un pedimento del actual arrendatario de Palo Seco, don Lope Garcia, solicitando se le provea de nuevo arancel por hallarse casi ilegible el .que presenta para que (Pedlmento d e t r r e adatario del estando claro sirva para su inteligencia y gobiemo y el de apasaje de Palo Seco que: se los transeUn.tes. Asimismo, hace presente que en la cuerda le sobre provea nuevo arancel, solicitando de terreno sefialada al pasajero en que esta la casa de ha- se ordene a Narciso Vila destrufr bitaci6n para los caminantes, propia de las rentas de! ilus- la casa que dene en la cuerda de tre cabildo, tiene Narciso Vila otra que hizo con consenµ- tlerra del pasaje a correspondlente miento de otro pasajero y por cuanto le es gravosa esta ydl haclendo presente se vlolan los decasa pide se le haga quitar. Igualmente, manifiesta que sin rechos suyos como embargo de estar prohibido que Jos matriculados u otras arrendatarlo.J personas no empleen sus botes o lanchas en las conducciones de personas, cargas y equipajes, por ser esta obligazi6~ del pasajero para Io que tendra siempre canoas, se adVIerte contravenci6n con perjuicio de sus intereses Y condiciones de remate; y no pagan los derechos de arancel particularmente las personas que vienen del rfo de Bay~6n con cargas; por lo que suplica a este ilustre ayuntamiento se provea de remedio con la mayor claridad. Y se (Provl!ese que el acord6: Que el presente secretario recoja los expedientes secretario presente que tratan de esta materia y existen en Ia Junta Municipal, en Ja pr6xlma reutos expedlenprevias las urbanidades de estilo, al senor presidente Y n16n tes sobre esta materla del arrendacaballeros vocales, y Ios presente en el [1• 'Z14]/ cabildo in- mlento del pasaje de Palo Seco.) mediato para la providencia que corresponda. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos sen.ores, de que certifico. = Quinones [nibrica] = Doctor Santaella [nibrica] = Hernaiz [nibrica] = Ramires [nlbrica] = Licenciado Mexia [nibrica] =Ante mf = Tomas de Escalona [rU.brica], secretario de cabildo.

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342

ACTA$ DEL CABILDO

[214] [26 DE AGOSTO DE 1807.]

(Provisiones dlctadas por el cabildo sobre las dlstlntas inaterias co111prendidas en el pedimento del arren• datario del pasafe de Palo Seco.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dias del m~ de agosto de mil ochocientos sietc afios, para celebrar cabil~o ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurneron a esta sala consistorial los sefiores alcalde orclinario de segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y caballeros rexidores, fiel executor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar Y con; ferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el sefior teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse sumamente ocupado en lbs asuntos y despacho del tribunal de gobierno; ni el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, .por ocupaci6n que el seiior gobernador, intendente Y capt~ general, le ha dado en este dfa concerniente al bien publi· co; ni el seiior alcalde de primer voto, don Buenaventura Quiii.ones. El [f· 274v·]/ secretario present6 los expedientes que se solicitaron de la Junta Municipal, en el anterior .a~erdo, para determinar lo conveniente acerca de la solicitud de Lope Garcia, actual arrendatario del pasaje de Palo Seeo· Y en vista de ellos y de su pedimento se acord6: Que se le provea de nuevo arancel por estar ilegible el fixado P~ s17 gobierno. Que respecto a la casa que ocupa Narcis Vila~ h~redada de Manuel Lamas, ,quien la fabric6 con consentumento del anterior arrendatario ocurra a sala de justicia para la expulsi6n ,que solicita de dicho inq~ino Y destrucci6n de la fabrica, en consideraci6n a estar s1tuada en. la cuerda de tierra que le es privativa por raz6n ?e Pl\: saJero. Que en orden a los matriculados esta tenninante su prohibici6n en la primera condici6n de dicho arancel; Y en caso de contravenci6n usara el pasajero del derecho que le asista donde y ante quien corresponda. Y en cuanto a los Caminantes que se conducen a esta ciudad en oms canoas que vienen del rfo de Bayam6n observara literal· mente la. condici6n cuarta establecida por este muy il~~ ayuntarmento concebida en estos terminos : «Que no I µn· pida el pasajero a los caminantes que si les tiene cuenta LI e 1 pasar en las canoas que vengan del rio arriba lo ~~ecuten pagandole los justos derechos.» =, a cuyo efe~o se


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insertara en el arancel que solicita, previa Ia aprobaci6n del senor gobernador, intendente y Capitan general; y devolveran a la Junta Municipal los expedientes que se trajeron a la vista de este ilustre ayuntamiento para fundar este acuerdo. Tambien dio cuenta el secretario de~ escrito de Jose Aumada, actual arrendatario del asiento de corral de Martin Peiia, por el que solicita que Francisco Acosta deje expedito el paraje de la parte de alliil de dicho lugar para poder fabricar su casa, [f· 21s]/ obligandose a destruirla a la finalizaci6n de su arrendamiento, con otras cosas a que se contrae. Y se acord6 : Pase a Ios sen.ores presidente y vocales de la Junta Municipal, como a quien toca y pertenece acordar sus providencias en el presente asunto, por deber existir el expediente del remate de dicho asiento en. su archivo, previas las urbanidades de estilo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm.aron dichos sen.ores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubri~] =Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. Nota : Esta acta y la anterior se pasaron en testimonio con. o?cio de remisi6n, al senor gobemador, intendente y cap1tan general, en esta fecha, Puerto Rico, ut supra. Escalona [rubrica].

[215] [31 DE AGOSTO DE 1807.]

En la Muy Noble Noble [sic] y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta y un dias del mes de agosto de mil ochocientos siete afi.os, para celebrar cabildo ordinario como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a est~ sala consistorial !Os sen.ores alcalde ordinario de segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernfilz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concu· rri6 el senor teniente de gobemad~r y auditor de guerra: por hallarse ocupado en los asuntos [f· 275v·]/ y despacho del tribunal de gobierno; ni el senor alcalde de primer voto, don Buenaventura Quifiones. l,,1

343

(Solicitud del arrendatarlo d e I corral de pesca de Martin Pella.)

[Aludida solicitud queda referida a la

Junta

~unlcipai.J

[Testimonio de esta acta y de la anterior queda enviado al gobernador.J


344

(Gobernador provee se ejecute lo acordado y consignado en las dos actas anteriores.)

(Secretarlo del ca• bildo fundamenta su derecbo a perclblr cuatro reales por cada arancel que cople.l

(Secretario solicita del cabildo acuerde que le corresponde perclbir Jos cuatro reales referldos.J [Pareceres de los capitulares sobre la solicitud del secretario.)

ACTAS DEL CABILDO

En este cabildo se vio un oficio del senor gobemador, intendente y capitan general, su fecha, 29 del que expira, contextazi6n del recibo de las actas anteriores, de las que su seiioria qued6 impuesto, y manda prozederse, desde luego, a la ejecuci6n de las resoluciones que contienen. Y se acord6: Archivar el dicho oficio. El secretario hace presente que habiendose diferido para el presente cabildo tratar sobre si le pertenecen los cuatro reales en raz6n de cada arancel de los ochenta Y ocho repartidos en las pulperias de esta ciudad manifies!8: Lo primero, que la formaci6n de Ios aranzeles ha s1do siempre peculiar a los esscribanos de cabildo y consiguiente los derechos anexos a ellos con exclusi6n de toda otra persona. Lo segundo, que aunque se hayan impreso ban contribuido los pulperos con ocho reales cada uno sin que se les haya hecho gracia o rebaja alguna. Lo tercero, ~e pagada la impresi6n en favor de las reales cajas con la IDItad de los derechos exigidos debe quedar lo restante para el esscribano, ya por el papel sellado que ha suplido, ya por la autorizaci6n de cada uno de ellos, y ya, finahnente, por el trabajo material y prolijo de irlos entregando de tienda en tienda. Que no cometiendose en todos est~ pasos y diligencias fraude alguno sino resultando ~onn concurso de la autorizaci6n del esscribano y perdida de tiempo, sobre ser inherentes a su oficio los enunciados derechos Y que de lo contrario seria gratuito su trabajo- ~ un asunto que no toca directa ni indirectamente en obsequio Y servicio de nuestra seiioria muy ilustre..Por estas consideraciones espera que vuestra seiioria se ~~e acordar .que le pertenece como derechos lexitimos sm :illtervenci6n de otra persona, haciendo tambien [f· rr6] / presente el crecido remate a que ascendi6 esta esscribania de la que penden tales emolumentos. '' Y habiendose procedido a la recepci6n de votos expus~ el caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio MeXfa· Que por el conocimiento que tiene en estos asuntos e in· fon;nes que ha tenido del esscribano de gobiemo, don Gre~ono Sandoval, como que lo fue muchos aiios de este rouy ilustre cuerpo los derechos todos de aranceles como eD19"', lum~ntos tocan, pertenecen y corresponden al esscribaiiO, ~el ilustre cuerpo, segUn. y como los tir6 y percibi6 el ~~ ndo don Gregorio Sandoval, estando tambien orientail,o que ninguno de los caballeros regidores que regenteabji'.n ·. la diputaci6n de abastos no se interesaban en cosa algUil.a


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en punto a aranceles y quedaban sf, como ha dicho, a beneficio del escribano. El caballero rexidor-fiel ejecutor dijo: Que en atenci6n a que nose encuentra sobre el particular cosa que aclare que los referidos derechos le pertenezcan al esscribano es de parecer que se le pague la firma y el papel que ha puesto de su peculio y lo que quede resulte a beneficio de obras publicas, es decir, del publico. El caballero rexidor-alguacil mayor expuso: Que aunque se considera con indisputable derecho para votar en el particular se abstiene o lo renuncia, por ahora, en considerazi6n a haber sido el diputado que form6 y autoriz6 los ~ranceles y no pueda jamas presumirse lo conduce algUn. mt7res particular; y sin .que esto pueda irrogarle en lo suces1vo Y casos identicos un perjuicio [1• 276v·]/ a el ni a los demas caballeros diputados. El seiior alcalde ordinario de segundo voto, presidente, e~uso: Que aunque es digno el operario de su mer~ed estipenda o paga, por el contrario no encuentra un motivo para que se utilice el que no puede reputarse tal y mucho menos con perjuicio del publico, sobre cuyo bien debe principalm.ente velar este ilustre consistorio. Bn cuyo concepto, habiendo tenido el presente secretario el Unico trabajo de poner su suscripci6n en los aranceles y suplir el papel sellado en que se inspeccionan formados, es su sentir ~~ los dos reales que le pertenecen por cada firma, Y medio, por el pliego de papel, destinandose el residuo de lo J?ercibido, y que existe en su poder (deducido el derecho de llllprenta), a los individuos del publico, a quienes se ha exigido, o que se destine a otro bien dirigido al mismo publico, quedando esta inversi6n a arbitrio del seiior gobernador, intendente y capitan general, si a bien Io tiene; pues hasta ahora no se hallan exemplares que puedan inducir constum.bre [sic] acerca de que correspondan al esscribano de cabildo cuatro reales por cada arancel; y si una u otra vez los ha llevado, cuando se ban practicado estos, es o ha sido por haber sobrellevado todo el trabajo de su formaci6n, del que se ha reclimido en la actualidad por medio de la imprenta, siendo el presente un caso muy distinto a los demas hasta aquf ocurridos y sobre que poActa = entre ren. dra informar cualesquier otro esscribano o individuo de glones, vale. este ilustre ayuntamiento; y que de esta acta se le pase a su se:iioria, el senor gobemador, intendente y capitan geI.I


ACTAS DEL CABILDO

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neral, *para que su senoria* testimonio para .que su s<:fie>ria se sirva resolver en el particular lo que a bien tenga. . Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron di· chos se:iiores, [f· 277 ] / de que certifico. = Testado, para que su senoria, no vale. = Doctor Santaella [rubrica] Her· naiz [nibrica] Ramires [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] Ante mi Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. 6 Nota: Se cornpuls6 testimonio de esta acta y se pas ' con oficio de remisi6n, al senor gobernador, intendente Y capitan general. [rubrica].

=

(Se remite al gobemador testimonio de esta acta.)

=

=

=

=

[216] [7 DE SEPTIEMBRE DE 1807.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los siete dias del mes de septieDlbr~ de mil ochocientos siete a:iios, para celebrar cabildo ordi· nario, como es de uso y consturnbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes de primero ydsegundo voto, don Buenaventura Quinones y doctor on Francisco Marcos Santaella; y caballeros rexidores, dal· ~acil mayor, don Manuel Hernaiz; y fiel ejecutor, exio~ Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio M para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de 8 republica. No concurri6 el senor teniente de gobernadori auditor de guerra, por estar sumamente ocupado en e despacho de los asuntos del tribunal de gobierno. En este cabildo se vio un pedimento del doctor d°eJ Jos~ Sanchez Bustamante en que dice que cuando en cabddo de once de agosto del aiio pr6ximo pasado se present6 don Manuel de Andino pidiendo testimonio de las ac~as relativas al pleito que como procurador general segwa con el caballero rexidor-alguacil mayor, don ['· znv. ]/ Manuel Hernaiz, para su acumulaci6n al proceso en estado de prueba, hizo presente, siendo rexidor, que tenia prot~X­ ta_d8: Y .entablada su defensa contra la exposici6n ofe!1s1'!8 e IIlJU~osa a su honor que en el cabildo de nueve de JUDl0 · del mismo afio estamp6 en los Libros Capitulares el caba·

1'

(Doctor don Jos6 Sllnchez Bustamante solicita testimonio de la protesta por 61 formulada respecto a la exposici6n ofensiva que contra 61 hiclera el regidor don Juan Antonio Mejia en el cabildo celebrado el !ii de junlo de 1806.J

)

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori· .· ,/

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llero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia; y que debiendo ser esta una de las actas comprendidas en la solicitud del procurador general no podia convenir en que se le dieran sin que fuese acompaiiada de aquella protexta; y aun afiadi6 que reservaba acumular, tambien en su oportunidad, testimonio del resultado de su querella para que donde .quiera que fuesen los autos principales constara su justa defensa por la animosidad y arrojo con que fue calumniado. Que a todos los seii.ores del ilustre cuerpo pareci6 fundada su solicitud y unanimes defirieron a ella excepto el injuriante que, entrometiendose indebidamente a dar su voto, expuso que nose conformaba con que dicha protexta se acumulara al testimonio de las actas pedidas por el sindico personero sin aprobaci6n del seii.or gobe~ador y capitan general. Que este voto particular de la IDisma parte contra quien dirijia su instancia no debi6. suspender lo acordado por todo el ayuntamiento pero sin-· embargo esta entendido que hasta por triplicado se ha dado ya al enunciado sindico procurador general el testimoniq de actas que posteriormente volvi6 a solicitar, para el seguimiento de sus recursos, sin incluir el de la referida protexta; y que siendo notablemente perjudicial a su honor que aquellas corran sin esta en los tribunales superiores, ['· 278 ] I donde al fin habran de pasar los autos, suplica que para hacer de dicha su exposici6n el uso que le convenga se sirva su seii.orfa muy ilustre mandar que el secretario le de testimonio de ella, tambien triplicado, con insercion de este pedimento y decreto que se acordare. Por un otrosi se hace presente que cuando en virtUd de mandato del seii.or gobernador, intendente y capitan general, se pas6 al ayuntamiento el expediente de su querella contra el enunciado rexidor Mexfa para el Unico y preciso efecto de que se pusiera a continuaci6n testimonio del acta de primero de enero de mil ochocientos cinco, que en su informe de catorce del mismo de mil ochocientos seis, corriente a foxas cinco del Citado expediente, dijo ser a la que se referia para comprobar su expulsi6n de la sala, resultando por ella misma que lejos de habersele echado se le neg6 expresamente la licencia que pidi6 para retirarse por motivos que expuso y constan del acta; no solo incidi6 dicho rexidor Mexia en el prevaricato de decretar junta con los demas seii.ores la compulsa referida sino que erigiendose juez de su propia causa mand6 que se le entregara el expediente, como asi lo ejecut6 el presente se/.!

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ACTAS DEL CABILDO

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cretario, Io que recordaba a este ilustre cuerpo para que antes de dar providencia sobre este escrito se sirva disponer el cumplimiento de Io que en el caso previene la ley 14, Libro 4, Titulo 9, de la Recopi1aci6n de Indias. En vista de Io cual se procedi6 a la votaci6n para reIParcccres de los capitulares sobre el solver [f· 278 v·]/ si el caballero rexidor lizenciado don Juan antes menclonado asunto.] Antonio Mexia ha de es tar pres en te al acto del acuerdo. El caballero rexidor-fiel ejecutor dijo: Que respecto a Voto del caballero rexi dor-fiel execuque la ley que se cita esta terminante, que se haga lo que tor. ella manda. El caballero rexlEl caballero rexidor-aiguacil mayor expuso ~Que_ *(en dor-algu a c i 1 mayor. atenci6n a no ser un hombre letrado reserva) temendo presente la ley que trata sobre este particular le parece que debera separarse de Ia sala. El senor alcalde de segunda elecci6n expuso : Que,. resV o t o del seflor alcalde de 2. • elecpecto a que el doctor don Jose Sanchez s6lo pide testJ.ID.~ ci6n. nio de las actas siendo este asunto terminado ya Y decidido por este ilustre ayuntamiento, no debe separarse ? mejor dicho lanzarse de este consistorio el caballero rexi· d?r lizenciado don Juan Antonio Mexia pues Ia ley_ que se c1ta debe entenderse de negocio por incoar o pendiente.. v o t o del senor El senor alcalde ordinario de primera elecci6n, J?:e51" alcalde de J.• elecdente del acto, dijo : Que con respecto a que la solic1tud ci6n, presidente. del doctor don Jose Sanchez se dirije directamente contra el caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexfa es de dictamen ,que este no debe estar presente al acuerdo que debe recaer a dicha solicitud, arreglandose en todo ~ lo que previene la ley 14, Libro 4.0 , Tftulo 9, de la Recopilaci6n de Indias, que se ha puesto de manifiesto a este ilustre cuerpo. .Exposizi6n del caEl caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mt% ballero rexidor don xfa, con la venia que pidi6 al senor presidente y demas seJuan Antonio Mexia. iiores, sin contraerse ni que se entienda que procede en ~I asunto a dar voto, parecer ni dictamen, protexta la null· dad de lo que se acordare no estando presente en la [f- 'Z19]/ solicitud del doctor don Jose Sanchez Bustamante porque la tendencia de la ley, como profesor del derecho, debe considerarse en los terminos que el senor alcalde de .~e­ gundo. voto lo ha explicado y m_anifestado aun en I~ c~­ ferenc1a que se ha tenido antes de proceder a vot~c16n1 a menos que el senor gobemador, intendente y cap1tan ge-

IAludido doctor solicita que el regidor don Juan Antonio Mejia no vote sobre el particular de su petici6n.]

*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-


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neral, a quien pide se le pase ante todas cosas esta acta en testim.onio, lo mande asi atento a que de todo Io que se acuerde debe pasarsele antes para su ejecuci6n, conforme est.a prevenido en un articulo de la lnstrucci6n de Intendentes. Que la prevaricaci6n de que le acusa el doctor don Jose Sanchez, y en que dice incurri6 el que pide, es una injuria y agravio notorio porque el mismo senor gobemador, intendente y capitan general, por auto que profiri6 con consulta del senor su teniente, declar6 en el expediente a que se contrae el doctor Sanchez no haber tal prevaricato y que parece que su intenci6n es alucinar a este muy ilustre cuerpo de que *es in* tiene el honor de ser individuo. En este estado, habiendose separado de la sala, a *la* pluralidad de votos que recayeron en el particular, el caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia, se acor?6: Pasar esta instancia a su seiioria, el senor gobemador, mtendente y capitan general, para que determine si debe~ o no darse los testimonios que pide el doctor don Jos~ [f· mv.]/ Sanchez Bustamante en atenci6n a estarse ventilando en sala de justicia este asunto, acompafiandose integro testimonio de esta acta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron dicbos seiiores, de que certifico. = Enmendado, por = Libro con Vale. Testado = En atenci6n a no ser un hombre Ietrado reserva, no vale. = Quinones [nibrica] = Doctor Santaella [rU.brica] = Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rU.brica], secretario de cabildo.

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[217]

[14 DE SEPTIEMBRE DE 1807.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico I a los catorce clias del mes de sep• tiembre de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurr.ieron a esta sala consistorial los seiiores alcalde ordinario de segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos '* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

Acuerdo.

(Refierese al gobernadoc solicitud del doctor don Jos6 S4nchez Busta1D3llte.)


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ACTAS DEL CABILDO

Santaella; y caballeros rexidores, alguacil mayor, don Ma• nuel Hemaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramires de Arellano; y licenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de Ia republica. No concurri6 el se:iior teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse sumamente ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobierno; ni el se:iior alcalde de primera elecci6n. Se recibi6 y ley6 en este cabildo un oficio del seiior gobernador, intendente y capitan general, su fecha, once de los corrientes, contextacion al que [f· 280 ] / este ilustre cuerpo pas6 a su se:iioria incluycndole testimonio del acuerdo anterior y solicitud del doctor don Jose Sanchez de Bustamante, la que devuelve con providencia que de la (Gobernador instruye al cabildo misma fecha expresa : Que mediante a hallarse radicada informe al doctor don J osl! S4nchez pendiente en el tribunal de gobierno la ,querella a que Y Bustamante que active la conclusl6n se contrae el doctor don Jose Sa'nchez contra el caballero de la querella que tlene interpue s t a rexidor don Juan Antonio Mexia, relativa al voto de este contra el regidor don Juan Antonio en el cabildo de nueve de junio del aiio pr6ximo pasado, Me;ra la cuaJ est4 radicada en el trise le haga entender por este mismo ilustre cabildo Y ayun· bunal de gobier· no.] tamiento que agite la conclusion de aquella querella prac· ticando las diligencias consecuentes a fin de que se le prr vea testimonio integro del resultado, igualmente que '!clia citada acta con la protexta que contra ella tiene h do [sic] si nose incluy6 como supone y se acord6 en once e agosto del propio aiio en los testimonios mandados entr& gar al sindi [sic] procurador que era entonces, don Manuel de Andino. Y se acord6: Se le hiziese saber dicba providencia, por IA lnformarse al el presente secretario, al doctor don Jose Sanchez Busta· doctor don Josi! S4nchez Bustamanmante y archivar el expediente. Y el tenor del oficio que te lo provldenciado por el goberna· c?ntesta el acuerdo recluyendo lo acaecido con el licendor.] c1ado caballero rexidor don Juan Antonio Mexia es coIIlfl, sigue = «Que siendo el asunto que comprende el testiIIlO· nio de su acta de siete del corriente ya decidido por la de once de agosto del aiio pr6ximo anterior es excusada nue(Gobernador prova ~otaci6n sobre el, como tambMn la de que el caballero vee no se vote sabre materia ya rexidor don Juan Antonio Mexia desocupara la sala res· acordada por el ca• bildo y que no se pecto de que en nada podfa perjudicar su presencia a ?5 excluya del acuerdo al regldor don derechos de dicho doctor Sanchez ni se trataba de al!G11' Juan Antonio Me· jfa.] nuevo particular que no estuviese ya acordado y decidi~b, en cuyo caso como personal entre los dos deberia ob~~r­ varse y cumplirse lite-[f· 280v. ]/ral y puntualmente .Ja ley /14,

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

351

T:Ctulo 9, del Libro 4.0 , de la Recopilaci6n de estos dominios.»

=

En este cabildo se vio un pedimento de don Laureano Ramos, vecino de Bayamon, proponiendo traer a esta plaza doscientas o cuatrocientas toneladas toneladas [sic] de piedra para la composici6n de calles, a precio de doce pesos la tonelada, bajo las condiciones que manifiesta en SU escrito, cuya presentaci6n la bace a consecuencia de los carteles que se fixaron por el secretario de este ilustre cuerpo en onze de mayo ultimo. Y se acord6: Que pase este expediente al caballero rexidor-alguacil mayor, comisionado para el asunto de composici6n de calles, quien con consid~raci6n al estado en que se halla la obra informe lo convemente. Dio cuenta en este cabildo el caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia que estan pendientes los autos sobre Ia compra de la casa del difunto seiior chant:e don Jose Maysone a motivo de haber concluido el tiempo de alcalde de primer voto en cuyo juzgado esta radicada su testamentaria; que aunque se agit6 por don Manuel de Andino siendo s:Cndico procurador general, su curso Y el expone~te acord6 providencias, siendo la Ultima de treinta y uno de marzo de mil ochozientos seis, en que mand6 dar vista al defensor nombrado para que pidiera y promoviera a la mas posible brevedad lo conducente Y que se agregara la instancia del referido caballero sindico procurador, le parece que sobre el particular es de acordar este ilustre cuerpo se transfiera la comisi6n que tuvo don Manuel de Andino para la compra de Ia mencionada casa en el caballero alguacil mayor como rexidor menos antiguo con el propio objeto de que tenga efecto [f· 281 ] I la compra de dicha casa para los propios de esta ciudad por no haber en la estaci6n presente s:in~ico personero y el que expone haber hecho funciones de JUez.

En vista de la cual y con presencia del acuerdo de diez de marzo del citado aiio de mil ocbocientos seis, en el que se autoriz6 al citado sindico procurador general para que en nombre del cabildo se presentara en el juzgado en que estaba radicada dicha testamentar:Ca Y promoviera con la mayor actividad y celo las enunciadas diligencias, cuyos costos le serian abonados por el mayordomo de propios, y noticia que en este mismo acto ha dado el sobredicho rexidor Mexia de haber evacuado ya la vista el deI . .'

(Don Laureano Ra· mos se ofrece como abastecedor de la piedra para la reparaci6n de las calles.J

(Se refiere al resi· dor-alguacll mayor Ia oferta de don

Laureano

Ramos.)

[Regidor don Juan Antonio Mej(a propane que en atencl6n a no haber sCndico procurador general se le co· mislone al ~dor­ alguacil Jiiliyor lo referente a la compra de la casa del difunto ch a n t r e don Josl! Maisonet.) (Se pas6 este acuerdo como se manda al seftor capitlln general. Escalona [rdbrica.J


352 !Se transfiere al regidor-al g u a c i l mayor la comisi6n tocante a la com· pra de la antes mencionada casa.)

ACTAS DEL CABILDO

fensor nombrado en ella y representado conforme ~ la enunciada venta se acord6: Unanimemente transferir dicha comisi6n en el citado caballero rexidor-alguacil mayor, como rexidor menos antiguo, en los propios terminos. Y ampliaciones contenidas en el prenarrado acuerdo de di~ de marzo, dandosele, por el presente secretario, testimolll0 de este acuerdo para los fines insinuados; y que se ~a: esta noticia al senor gobernador, intendente Y capit general. . di4 Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaro~b .. chos sefiores, de que certifico. = Doctor Santaella [ru ri ca] = Hernaiz. [rubrica] = Ramires [rubrica] Licen· ciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

[218] (22 DE SEPTIEMBRE DE 1807.]

IGobernador aprueba designacl6n del r e g i d o r-alguacil mayor como comi· sionado capitu la r para la compra de la casa del difunto chantre don Jo· se Maysonet.)

En [f· 23iv. ] / la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Sall Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos de seJ>' tiembre de mil ochocientos siete afios para celebrar ~­ bild'? ordinario, como es de uso y con~tumbre [sic], co~: curneron a esta sala consistorial los senores aicalde or 5 nario de segunda elecci6n doctor don Francisco .MafCC> Santaella; Y caballeros rexidores, alguacil mayor, don. :Ma: nuel Hemaiz; fiel ejecutor don Miguel Ramirez; Y li¢l ciado don Juan Antonio M~xfa; para tratar y conferir 1~ cosas tocantes al pro y util de Ia republica. No concUJTl el senor teniente de gobernador y auditor de guerra ~~r hallarse sumamente ocupado en Ios asuntos y despac.a.a0 ,, del tribunal de gobiemo · ni el senor alcalde de prinlera elecci6n, don Buenavent~a Quiiiones. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor goberJ19 • d_or, intendente y capitan general, su fecha, quince de 5 ~~ tiembre corriente, contextaci6n al que se le pas6 a ~u senoria c<:>n el acuerdo anterior, en cuya consecuencia apf!l~ba el mism.o senor el nombramiento del caballero rexid.Qr· alguaC:U mayor de comisionado para el seguim.iento ~~ ~xped1ente relativo a la compra de la casa del difunto ! ~e­ nor chantre don Jose Maysonet. y se acord6: Arcbivar dicho oficio. ·


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se trataron varias cosas concernientes al bien publico; Y entre ellas se record6 igualmente el pronto expediente de los autos sobre la compra de la casa del senor chantre difunto don Jose Maysonet, por lo ,que interesa al bien procomunal. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz. [rubrica] Ramires [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] Ante mi Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

=

= =

353 varios

[Se

tratan

[A

activarse

asuntos.J

la

compra de la referida casa del difunto chantre.J

=

[219] [28 DE SEPTIEMBRE DE 1807.] 282

En [1· ] / Muy [sic] Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan B~utista de Puerto Rico, a veinte y ocho dias del m~s de septtembre de mil ochocientos siete afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], Y tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la rep1iblica, concurrteron a esta sala consistorial los sefi.ores al~Ides de primero y segundo votos, don Buenaventura Ouiii.ones y doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; y lizenciado don Juan Antonio Mexia. No concurri6 el senor teniente gobernador y auditor de guerra de esta isla por estar ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo · ni el caballero rexidor-alguacil mayor don Manuel Hernalz por estar ocupado en servicio del publico. ' En este cabildo se vio un pedimento presentado por las mujeres que se hallan presas en la real carcel en que manifiestan que padecen algunas enfermedades de resultas de la humedad del calabozo y piden que se les mantle hacer un tablado para preservarse de dicha humedad. Y se acord6: Que pase esta instanzia al caballero rexidoralguacil mayor para que, siendo cierto lo que las presas representan, informe con previo conocimiento, valiendose de sujetos que puedan calcular a cuanto ascendera el costo del tablado, lo conveniente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefi.orfas, de que certifico. Quinones [rubrica] Doc-

=

=

23. I.:

(Petici6n de las rereal Que se provea la construccion de un tabllldo para resguardarlas de la humedad.J clusas de la c:4rc:el sobre

[Regidor-algu a c i 1 mayor a informar al cablldo costo del tablado sollci-

tado.J


354

ACTAS DEL CABILDO

tor Santaella [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licencia· do Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Esc:alontt [rubrica], secretario de cabildo.

[220]

[S DE OCTUBRE DE 1807.] En la [f· 282v·]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco dias del mes de octubre de mil ochozientos siete aiios, para celebrar ca· bildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], co~­ currieron a esta sala consistorial Ios seiiores alcalde ordi· nario de segundo voto, doctor don Francisco Marcos .san· taella; y caballeros rexidores fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; y licencfado don Juan Antonio J:f xia; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y de la repu~lica. No concurri6 el senor teniente de go nador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el _ pacho de los asuntos del tribunal de gobierno; ni el se~~ alcalde de primer voto, don Buenaventura Quiiiones;. Dl · caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel HernBiZ· En este cabildo se trataron y conferenciaron aJgunos puntos tocantes al bien del publico. . . Con lo que se concluy6, *(este cabildo) y*, que ro1! s~s seii.orias, de que certifico. = Doctor Sant · . [11:1bnca] = Ramires [rubrica] = Licenoiado Mexia [rubnca] = Ante mi = Tomas de Escalona [robrica], secre- '' tario de cabildo.

1 bti :s:

{Se

tratan

asuntos.J

varios

6:bz

[221] [12 DE OCTUBRE DE 1807.]

B~ la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Ju~ Bautista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de oQtl}bre. de _mil ochocientos siete aii.os, para celebrar cabddo ordi?3-no, como es de uso y constum-[f· 283 ]/bre [sic], pan· curneron a esta sala consistorial el senor alcalde d~ se-

. * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en ·~ Ori·

gmal.

/.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

gundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hemaiz. Y no habiendo concurrido el caballero rexidor don Miguel Ramirez de Arellano por estar enfermo; ni el caballero licenciado don Juan Antonio Mexia, no se celebr6 cabildo por no haber suficiente numero de vocales; en cuya virtud los sefiores presentes mandaron poner esta diligencia, que firmaron, de .que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

355

(No se celebra cabildo por falta de qu6rum.)

[222] [19 DE OCTUBRE DE 1807.] E? la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve clias del mes de octubre de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde de segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; Y caballeros rexidores alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conceder las cosas ~ocante~ al pro y util de la republica. No concurri6 el senor temente gobemador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de Ios asuntos del tribunal de gobierno; ni (f· 283 v. ] / el senor alcalde ordinario de primer Voto, don Buenaventura Quiiiones. En este cabildo se present6 el expediente prorilovido por las presas de la real carcel para que se les haga un tablado en el calabozo donde se hallan, el que se pas6 a informe del caballero alguacil mayor, que ha evacuado, Y expresa ser cierto el relato de dichas presas; y con mas que seg'lln el parecer de facultativos ascenderia el costo de dicho tablado a veinte pesos poco mas o menos. Y se acord6: Que atendida Ia necesidad y utilidad que redunda a los propios con evitarse en lo sucesivo mayores costos Y a las pobres encarceladas, se proceda, desde luego, conforme ha informado el caballero alguacilimayor, advertido este seiior que aunque exceda a alguna cosa mas el costo no omita el. necesario remedio, comunicandose, por el

IRestdor-algu a c i 1

mayoi:: informa cos-

to del tablado so-

llcltado por las reclusas y se provee paru Ia construcci6n del mismo.)


356

ACTAS DEL CABILDO

presente secretario, orden al mayordomo de propios para SU pronto y mas eficaz operaci6n. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmai:on.sus sefiorias, de que certifico. = Doctor Santaella [rubnca] = Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licen~? Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubn· ca], secretario de cabildo.

[223] [3 DE NOVIEMBRE DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Ju~ Bau· tista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de noviembi; de mil ochozientos siete afios, para celebrar cabild? ordi· nario, como es de uso y constumbre [sic], concu:rieron a esta sala consistorial los se:ii.ores alcalde ordinano de segunda elecci6n, doctor don Francisco [f· 284 ] / Marcos 1 taella; y caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manu. Hernaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano., Y. lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar ~co~ nr las cosas tocantes al pro y al util de la republica. · concurri6 el senor teniente de gobernador, auditor de gu~ rra de esta isla, por hallarse ocupado en los asuntos d~ tribunal de gobierno; ni el senor alcalde ordinario de pri· mera elecci6n. ; En este cabildo se vio un oficio del senor gobernado~, \, intendente y capitan general su fecha 21 de octubre Ulti· ns· (Gobernador apruemo, ~probando su sefioria la ' acta que 'lo motiv6 Y 1a cdll. ba la construcci6n trucc16n del tablado que en ella se expresa. Y se acor : del tablado sollcltado por las recluAcumular dicho oficio al expediente respectivo Y arcbi· sas.] varse. Tambien se vio otro oficio del mismo senor gobenJ.a· dor, intendente y capitan general, su fecha, 27 del propJoi octubre, previniendo al muy ilustre cabildo que lo baga,·a; (Gobernador dispolos asentistas de los pasajes para que a los Urbanos en~,. ne que los asentistas de los pasados a traer cartas al gobierno y presos remitidos con 5 5 jes no cobren deca?S.as se les pase sin mas demora que la arreglada Yf s1Il recho de pasafe a los miliclanos urexigir pago alguno a los que traen cartas que regresan/~on banos que traen a la capital cartas y los so~r~s anotados por el secretario o recibo expres~do presos.] e~ se~1c10 y regreso para su partido; y que se de a su.,enona aviso de haberse ejecutado. Y se acord6: Que sin em· bargo de que el senor alcalde de segundo voto por la ju-

S8:i

r


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

risdicci6n ordinaria que exerce tiene bastante autoridad para llamar a su tribunal a los asentistas de pasajes y prevenirles cumplan las 6rdenes y demas disposiciones establecidas por este muy ilustre cabildo para que se vea bien servido el publico y por consiguiente (f· 284 v·]/ que lleguen a manos del senor gobernador, intendente y capitan general, los oficios, presos y demas que se remitan a su seiioria, de los [sic] interior de la isla, por los jueces territoriales Y demas que exerzan jurisdicci6n o mando *(pasivo)* en ellos, se le autoriza por este cabildo, a mayor abundamiento, para que ponga en practica lo dispuesto por dicho seiior gobernador en su oficio como interesante a la recta administraci6n de justicia, por el beneficio que resulta al rey Y a la Patria; y contextese a su seiioria. · Se present6 Lope Garcia, arrendatario del pasaje de Palo Seco, haciendo presente en Io principal de su solicitud que habiendosele sentado en el arancel que pidi6 se le renovase una condici6n que no se vefa en el anterior Y por cuanto le es gravosa pidia [sic] se le quite y de otro como el que antes tenfa; por las razones que manifiesta. Y por un otrosi da aviso de estar arruinada una parte del costado que mira al norte de la casa del referido pasaje para que se tomen las providencias convenientes. Y se acord6: En lo principal, se observara inviolablemente el proveido de veinte y seis de agosto Ultimo; y en cuanto al otrosi, que. se in~estigase por el presente secretario el para~ero o existenc1a del expediente .que enuncia el caballero rexidor decano haber formado acerca del particular para que, dando cuenta en el cabildo inmediato, se dicten en su vista las providencias convenientes a su merito y estado. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Doctor San.taella [ni.brica] = Hernaiz [rubrica] = Ramires [ni.brica] = Licenciado Ante mi Tomas de Escalona [ni.briMexia [rubrica] ca], secretario de cabildo. [f· 285 ] /

=

=

I. J

-tt

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

357

[Alcalde de segundo . voto a cumpllmentar lo dispuesto por el gobemador sobre la antes mencionada materia.J

del (Arrendatario pasaie de Palo Seco solicita aranc.!! y signlfica el parcial estado de rulna en que se halla la casa de dicho pasafe.)

[Arrendatario a observar el arancel que se le hab!a despachado.J


358

ACTAS DEL CABILDO

[224] [9 DE NOVIEMBRE DE 1807.]

INo SC cclcbra cablldo p6r falta de

qudrum.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ~au· tista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes de noviem· bre de mil ochocientos siete, para celebrar cabildo _ordina· rio, como es de uso y constumbre [sic], concurneron a esta sala consistorial s6lo los sefi.ores alcalde ordinario~~ segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santae . : y el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hern8iZbild~ en cuya virtud no procedieron a la celebrazi6n del ca por no haber el nUm.ero necesario de regidores; Y me mlm:d~on ponerlo por diligencia, que firmaron, de [q~~ certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaft. ru brica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rU.brica], secretario de cabildo.

[225] [16 DE NOVIEMBRE DE 1807.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de no~embre de mil ochocientos siete aii.os, para celebrar -~· bildo ordinario, como es de uso y constumbre [Sl d • concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcal e ordinario de primer voto don Buenaventura Quifiones; Y los caballeros rexidores, ~lguacil mayor, don Manuel J{er· naiz, y fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; tratar [I· 235v·]/y conferir las cosas tocantes al pro Yu de la republica. No concurri6 el senor teniente de gob,erna· dor, auditor de guerra, por hallarse ocupado en los J!Sun· tos Y despacho del tribunal de gobierno; ni los s~b~ alcalde de segundo . voto, doctor don Francisco ~cos Santaella; ni el caballero rexidor licenciado don Jua.n Arttonio Mexia por hallarse enfermos. / · . En este cabildo se vio un oficio del senor gobeqiador, ~t~ndente y capitan general, su fecha, 7 de los corri~tes. p1diendo su sefioria al ilustre cabildo la noticia del numero total de almas que comprende esta capital · del aiio pr6ximo pasado para remitir a su majestad la relaci6n o estado general. Y se acord6 : Contextar a dicho senor 'el

P8ill

(Gobernador solici·

ta censo de almas

de la capital CO· rrespondl e n t e al aiio de 1806.)

1


\1. ·· .. ····· ..

~~fi:·~

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mencionado oficio incluyendole los paclrones del presente aiio formados en los primeros meses de el, respecto a que no existen los del afio anterior sin embargo de que este ilustre cuerpo, en diez y siete de marzo del aiio anterior, hizo venir a esta sala consistorial a los alcaldes de barrio para prevenirles hiciesen cada uno los del barrio de que estaban encargados. Con lo que se concluyo este cabildo, que firmaron sus seiiorfas, de que certifico. = Quinones [rubrica] = Her· naiz [rubrica] Ramires {rubrica] Ante mi·= Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

(Se remlte al gobemador el c:euso de alm:is de 1807 y se le indica no existe el del aiio anterior.)

Se pas6 el oficlo que se dice. (rdbrlca.J

[226] [23 DE NOVIEMBRE DE 1807.] En la [f· 286 ]/Muy Noble y Muy Leal Ciudad de SaDi Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios veinte y tres dias del mes de noviembre de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala con· sistorial los sefiores alcalde de segundo voto, doctor don Frai:l~isco Marcos Santaella; y caballeros rexidores, al· guacil mayor, don Manuel Hemm; y fiel executor, don Miguel Ramirez; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y util de la republica. No concurri6 el senor tenien· te gobemador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo; ni el senor alcalde ordinario de primer voto, don Buenaventura Quinones; ni el caballero rexidor lizenciado . don Juan Antonio Mexia por enfermedad. En este cahildo se dio cuenta de una representac16n de don Carlos Martinez maestro de escuela de primeras letras, en que solicita a~ento del sueldo que le esta sena· (Maestro de primeras Jetras, don lado de doscientos pesos anuales de Ia renta de propios, Carlos Mard n e z, aumento de cuya igual instancia hizo en cinco de junio del aiio pr6ximo sollclta sueldo.J pasado, que se mand6 agregar a los antecedentes y dar vis· ta de todo al caballero sindico procurador general, la que no se ha evacuado. Y se acord6: Investigase *por* el pre· sente secretario el expediente que se e.nuncia y diese cuen· ta, acumulado a sus antecedentes, en el cabildo· inmediato * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

!

~/.(,

=

359

..... .

·

·


ACTAS DEL CABILDO

360

[Teniente a guerra de Toa Alta da a conocer irregularid ad es cometidas por el pasajero de Palo Seco.)

[Orden al teniente a guerra de Toa Baja para que vigUe el cwnplimlen. to del arancel despachado al pasaJero de Palo Seco y di! cuenta al cablldo de cualesqui er irregularidad que descubra.)

a fin de proveer lo que corresponda segiln su merito Y estado. Igualmente se vio una representaci6n del teniente a guerra de Toa Alta, don Bernardino de Rivera, en que manifiesta habersele quejado los vecinos [f. 2S6v. ]/de su partido de Ia conducta que observa el pasajero de Palo Seco, Ilevandolos mas par el pasaje a esta plaza de sus personas y cargas que aquello que es ta· aranzelado; Y que las horas a que efectuan dicho pasaje son inc6modas~ con lo mas que se advierte de dicha representaci6n. Y se acord6 : Que en atenci6n a la disposici6n que acerca de todo lo enunciado contiene el arancel que se le renov6 Y man~6 fixar en la misma casa del pasaje al nuevo arrendatan° Lope Garcia y evitar en lo sucesivo quejas de esta natura~eza, se libre carta orden al teniente a guerra de. T~a ~a­ Ja, don. Fernando Davila, a cuyo territorio o junsdicci~n esta SUJeto el enunciado pasaje, para que este 8: ~a J]].J11l Y cele el cumplimiento del indicado arancel, prevmiendolo a~i al *indicado* pasajero, y en caso de notar co~trave11c16n. que de cuenta para adoptar este ilustre cabildo .las med1das y providencias que convengan y sean concerruentes al caso, participandose al sefior gobernador, intendente · . Y capitan general. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm~on. dichos sefiores, de ,que certifico. = Testado por mdicado! n? vale. Enmendado = y, vale. = Doctor, S~n~~ [rubnca] = Hernaiz [rubrica] Ramires [rubrica] Ante mi Tomas de Escalona [rubrica] secretario de cabildo. (f· 287]/ '

=

=

=

=

[227] [7 DE DICIEMBRE DE 1807.] '

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juap Bautista de Puerto Rico, a Ios siete dias del mes de diziembre de ~ ochozientos siete afios, para celebrar cabildo <irdinano, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron 8 esta sala consistorial Ios sefiores alcalde ordinario doctor don Francisco Marcos Santaella; y caballeros rexidores,

. * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.


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alguacil mayor, don Manuel Herncilz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurrieron el senor teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse ocupado en el despacho del tribunal de gobiemo; ni el senor alcalde ordinario de primer voto, don Buenaventura Quinones. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, 26 de noviembre Ultimo, en que expresa su senoria quedar enterado del acuerdo de 23 del mismo que trata sabre la queja que se dio por el teniente a guerra de Toa Alta por las excesivos derechos que tira el pasajero de Palo Seco por los pasajes a esta plaza, y previene se este a la mira de que se ejecute lo acordado. Y se mand6 : Archivar dicho oficio. Se tocaron otros asuntos sobre el bien de la republica. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm.aron dichos senores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] Hernaiz. [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rU.brica], secretario de cabildo.

361

[Gobernador se da por enterado de las irresularid:ides cometldas por el p:isajcro de Palo Se-

co.J

[Se tratan asuntos.J

varlos

=

[228] [14 DE DICIEMBRE DE 1807.]

En la [1• 287v·]/Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce clias del mes de diciembre de mil ochocientos siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefi.ores alcalde ordinario de segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; y licenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente gobemador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el 1udespacho de los asuntos del tribunal de gobierno. En este cabildo se trataron varios puntos concernientes al bien publico y qued6 pendiente su resoluci6n para otro que se celebre.

[Posp6nese determinac16n de asuntos.]


362

ACTA$ DEL CABILDO

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron di· chos seiiores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubri· ca] = Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] Licen· ciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

[229] [1 DE ENERO DE 1808.]

IElecclones de oftcios concejiles para 1808.)

IRegidor don Juan Antonio Mej!a propone que para el oficlo de alcalde ordlnarlo de segundo voto se elila a una persona ajena al cuerpo capitular.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ~au· tista de Puerto Rico, a primero de enero de mil oc~OCleir tos y ocho a:fios, para efecto de celebrar la elecc16n de sujetos que han de ejercer los oficios de republica en el presente aiio, concurrieron, como es uso y cos~bre, ~ esta sala consistorial los seiiores alcalde de de [sic] pn· mer Y segundo voto, don Buenaventura Quiiiones Y don [f· 288]/do? [sic] Francisco Marcos Santaella; Y lo~ ~fibai lleros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Herruuz, e ejecutor, don Miguel Ramirez; y licenciado don Juan An· tonio Mexia. Y tomando cada uno su asiento, previas las f~rID:ali~· des de estilo, libremente votaron en la forma s1gwente. No concurrieron los caballeros rexidores, don Anto~o de C6rdova ni don Jose Davila por hallarse enfermos; m sfn· dico por no haberlo aprobado. . '' . An.tes de entrar en votaci6n expuso el caballero r~~oalr liz.~mc1ado don Juan Antonio Mexia, captando la vema s7nor alcalde ordinario de primer voto, presidente .de ca· hildo, que con motivo de ser constumbre [sic] anttcuada que caiga elecci6n de alcalde de segundo voto en un caba· Hero rexidor cuando concluye otro su bienio, esto es, q~ cada aiio sea elegido uno de adentro del cabildo Y ~ 'S~­ ~ente otro de afuera; que no habiendo rexidoresi i~ qwen recaiga en el presente a:fio la elecci6n de alcald~;de segundo voto, como sucedi6 en el inmediato pasado; por la co~tinuada indisposici6n de salud de los seiiores. ,1don Antonio de C6rdova y don Jose Davila y al primero1sp le agrega su avanzada edad, Io hace presente a este mu~,.il~· tre ~~e~o con objeto a que se proponga por ahor~ Y sin perJWCIO de los derechos y privilegios de este cabildo en que esta en posesi6n, se sirva proponer para diclla elecci6n uno de afuera, ratificando como por este acto ratifi·


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ca, la exposici6n que hizo y se le admiti6 en aquel acuerdo de elecciones de primero de enero de mil ochocientos siete, lo que debera [f. 288 v·]/ participarse a su seiiorfa, el senor gobernador, intendente y capitan general, para que quede inteligenciado que por los dos actos indicados no queda este cabildo sin la fuerza de la posesi6n en que se halla pues la necesidad exije esta condescendencia, a que no accederia jamas sin superior declaratoria. El senor doctor don Francisco Marcos Santaella, alcalde ordinario de primera elecci6n y presidente de la Junta Municipal. Para Alcalde ordinario de segunda elecci6n, al lizenciado don Francisco de Paula Mosquera y Cabrera, con todos los votos. Para Sindico procurador general, don Jose Maysonet: con todos los votos. Para Alcalde de la Santa Hermandad del Norte, don Jose de Rivera, reelecto, con todos los votos. Para Alcalde de la Santa Hermandad del Sur, don Juan Jose Santaella, con cuatro votos. Don Damaso de Peiia tuvo un voto. Para Vocales de la Junta Municipal, el caballero rexidor don Miguel Ramirez con cuatro votos. El caballero rexidor lizenciado don iuan Antonio Mexia, con cuatro votos. El caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hemaiz, tuvo dos votos. Para Fiel contraste de platerfa, Pedro Elias, reelecto. Para Alarife de carpinteria, Pedro Amesquita. De Albanileria, Andres Diaz. Cuya eleccion, conforme va escrita, fue vista por los seiiores vocales y hallandola conforme dijeron que se pase oficio al seiior gobernador, intendente y capi~ general, para que se sirva determinar lo que tuviere por conveniente, acompaiiandose igualmente la elecci6n de alcaldes de barrio de esta ciudad; y que [f· 219] / todo se ponga en manos de su seiiorfa, previas las urbanidades de estilo, a cuyo efecto se diputaron los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, y fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; firmando este acto; quedall4o abierto el cabildo hasta la resoluci6n de su seiiorfa, dicho senor gobernador, intendente y capitan general, de que certifico. = Buenaventura Quinones {rubrica] = Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Manuel H ernaiz i[mbrica] = Miguel

363


364

IGobernador aprue• ba las elecciones concejiles.) (Citaci6n a los elcctos para la toma de posesi6n.) (Alcalde de la Santa Hermandad del Sur y los alcaldes de barrio toman posesi6n de s u s oficios.)

[Citaci6n al alcalde ordlnario de segunda elecci6n y al sfndlco procurador general para q u e juren sus carsos.]

ACTAS DEL CABILDO

Ramirez de Arellano [rubrica] Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] =. Habiendo sido aprobadas las precedentes elecciones por su seiioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, se acord6 dar la posesi6n a los nombrados en la forma ordinaria, prestando, segiln constumbre [sic], Ios debidos juramentos. Y en virtud de citaciones comparecieron en estas salas consistoriales don Juan Jose Santaella, alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Sur; los alcaldes de barrio, Jose Blanes, Salvador Dalmau Y 1:eliciano Balls; los cuales, inteligenciados por el senor pres1dente de los respectivos encargos para que cada .uno habia sido elegido y aprobadas las elecciones por dicho senor capitan general, estando asimismo presente el otro alcalde de barrio, Jose Herrero, dijeron que aceptaban los encargos Y prestaron el debido juramento [f· 289v. ] / en manos del caballero rexidor decano lizenciado don Juan An· tonio Mexia. ' . No habiendo comparecido el senor alcalde electo ~icen· ciado don Francisco Mosquera y Cabrera, se acord6 citarlo al efe~to para el dfa de mafiana, participandose•. por el secretaz:io, esta ocurrencia al senor gobernador, mtendente Y capitan general; y haciendose carta orden para que don ~ose Maysone, que esta ausente, comparezca a prestar el' Juramento correspondiente a su oficio de sfndico procura· dor general para que ha sido elegido y aprobado. . Con lo que se concluy6 este acto que firmaron su [sic] se-o ' con los demas que ban comparecido ' a tomar P~ ' ' . n nas 516n de sus oficios, de que certifico. = Quinones [rubnca] ==,Doctor Santaella [rilbrica] = Hernaiz [rubrica] ==Ra· mirez [rilbrica] = Licenciado Mexia [rubrica] ~ Juan los~ .Santaella [rubrica] = Jose Ferrer [?] [rubrica] == FeZ.r.cr.ano Balls [rubrica] = Pedro Elias [rubrica] = Pedro de,A"1!ezquita [rubrica] ==Ante mi = Tomas de Escalona [rubnca], secretario de cabildo. ,

[230] [2 DE ENERO DE 1808.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan~Bau. ti~ta de Puerto Rico, a los dos dias del mes de enero de mil ocho- ['· 290 ] / cientos y ocho anos, a efecto de dar la


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

posesi6n de alcalde de segundo voto, a que esta elegido y aprobado por el senor gobernador, intendente y capitan general, el lizenciado don Francisco Mosquera y Cabrera, concurrieron a esta sala consistorial, siendo citados, los seii.ores alcalde de primera y segunda elecci6n, don Buenaventura Quinones y doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Man~el Hernaiz; fiel executor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia. El secretario dio cuenta de una instancia que el dfa de ayer le entreg6 el lizenciado don Francisco Mosquera Y Cabrera, alcalde electo y aprobado de segundo voto para el presente afio, al acto de la participacion que le hizo de que compareciera hoy en la sala consistorial a tomar la posesi6n de su oficio; en la cual manifiesta la imposibilidad en que se encuentra de aceptarlo, fundado, lo primero, en que debe mudar de domicilio y establecer su residencia en Mayagiiez luego que evacue algunos asuntos pendientes en esta plaza. Lo segundo, porque tiene precisi6n de embarcarse para Santo Domingo a recojer las rentas de su ma~o­ razgo; Y despues pasar a aquella isla dos veces cada ano para que el gobiemo frances no se apropie sus fincas, como es p(tblico que lo hace, y evitar de este modo perder el mayorazgo que debe transmitir a sus sucesores. [f· 290v·]/ Lo te~cero, por ser un emigrado en esta isla sin bienes. ~i poses1ones necesita de su trabajo para mantener su fannlia de .mujer y cinco hijos, de manera que a poco ,que se di~­ traiga prestando su atenci6n a la administraci6n de justicia perecera de rniseria. y lo cuarto, porque destinando para mantener otro porte que el que gasta como una person~ particular lo que gana en su oficio cercenaria a lo destmado para mantener su familia. Por cuyas razones suplica al rnuy ilustre cabildo le exima del cargo para que lo ha elegido, dando las gracias por la merced y alto honor que le dispensa. Y se acord6: Fuese elevada la presente solicitud, por medio de los dos sefiores diputados, al senor gobemador, inten~ente y capitan general, por quien exi~te apro?ada la elecc~6n que contiene, a fin de que en su vista se s1rva determmar lo que estime conveniente, esperandose la resoluci6n en la sala para proceder con arreglo a ella. Admitida la contestaci6n del senor capitan general comprensiva de que sin embargo de las causas que alega el lizenciado don Francisco Mosquera y Cabrera para no ad-

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(Bl licenciado don Francisco Mosquera, por razones que hace patente, soll· cita se le exima de servir el oficlo de alcalde ordinurl\• de segundo vo•o.J

(Queda referida al gobernador la sohcitud del licem:lndo don Franc\sco Mosquera.)


ACTAS DEL CABILDO

366

(Gobernador dete.:-· mina no se ac'!..i:e la renuncia del aludldo alcalde ordinario de segundo voto por Jo que 4!ste a de ser requerido para que tome posesi6n de su oficio.J (Oficlo al alcalde don Francisco Mosquera p a r a que comparezca a tomar posesldn de su cargo.] (Referido alcalde nl6gase a tomar posesi6n de su oficlo.J

(Oficlo al gobernador para que exifa del alcalde la toma de posesl6n.J

(Gobernador provee sobre el antes mencionado particular.)

mitir el oficio de alcalde de segundo voto para que ha sido electo, mediante a que todas ellas no son incompatibles con su desempeiio pues no le impiden exercer la abogada en el tribunal de gobierno y guerra y que cuando le fuera preciso ausentarse a la isla de Santo Domingo a reconocer el estado de sus bienes podia depositarse su vara, como que el viaje se supone habria de ser por tiempo limitado, se le hiciera saber no se estima por conveniente admitir la ~ nuncia .que hace de dicha alcaldia y que en consecuencia concurriera a tomar posesi6n de ella en la forma acostum· brada. En su vista se acord6 se le [f· 291 ] / pase oficio al referido senor alcalde de segundo voto, lizenciado Cabrer~, P3;f3 que inmediatamente compareciera a esta sala cons1stonal a recibir la posesi6n de dicho oficio seglin se prevenia~ en la que le esperaba este ilustre cuerpo. En efecto, habi~· dosele pasado el oficio prevenido, por el presente esscn· bano, sin obedecer el superior mandato y deteniendo en su casa al secretario hasta extender Ia contestaci6n poco decorosa tanto a los acuerdos de este ilustre ayuntamiento · · con cuanto a 1 msinuado precepto se acordo: Se pase o fic10 su ~serci6n al enunciado senor gobernador, intendente Y c~p1tan general, suplicandole se sirva, usando de ~us supe~ores facultades, intimarle su puntual obedeciIIllento ha· c1en~olo ~omparecer por Ios medios posibles a .esta sala co!1s1stonal donde espera el ilustre cabildo, suphcan~ .al rmsmo tie~po se eviten demoras que son muy p~judicia· ,, les al se~c10 de Dios, del rey y del publico. . _ Y h3:b~endose pasado el oficio prevenido al referido senor caprtan general por los dos caballeros diputados regtes~dos ~tos a la sala expusieron que habian cumplido 511 ~puta:~6n Y que el senor capitan general les habia. prevenido diJesen al ilustre *se reti* pasase el secretario a la casa del lizenciado don Francisco Mosquera y Cabrera Y ~~ SU orden le intimase viniera a recibir la posesi6n. Que diq cuenta el secretario de haber cum- [f· 29iv. ] / plido el inS~" nuado mandato y que le habfa contestado el expresi~o Cabrera no poder pasar a la sala porque tenia que v~i;se con. ~u seii.ona, coma lo verificarfa al instante. Con ,esta noti~ia, por disposici6n del senor presidente de cabil~~' se prevmo al secretario pasase a Ia Real Fortaleza e bipese 1

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ginal.

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Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

presente al sefi.or capitan general esta nueva ocurrencia para que resolviera lo que tuviera a bien; y vuelto el secre-tario a la sala expuso que el sefi.or gobemador mandaba se retirasen los caballeros rexidores a sus casas y volviesen a reunirse en la sala a las cinco de la tarde. Que por ser mas de las tres de ella acordaron unammente '[sic] permane-cer sin retirarse hasta lograr la conclusi6n del acto, subsistiendo en ella hasta las seis de la rn.isma tarde que dispusieron mandar al secretario donde el senor gobemador a ver que disponia ; y volvi6 dando cuenta esperase el cabildo en la sala hasta las oraciones de la noche, como lo han ejecutado, hasta que media hora despues ban determinado *cerrar* suspender el acuerdo sin merecer resoluci6n alguna sobre el particular. (Quedando abierto este acuerdo) hasta otra oportunidad; y lo firmaron sus senorfas, de que certifico. = Quinones [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [nl.brica], secretario de cabildo. [f· ml/

367

Entre renglones = suspender Vale. = Testado c:errar = no vale. (nlbrlca.J

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[231] [ 4 DE ENERO DE 1808.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro clias del mes de enero de mil ochocientos ocho afios, para efecto de esperar la Ultima resoluci6n del senor gobemador, intendente y capi~an general, en el asunto pendiente de que trata el antenor acuerdo, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores alcaldes ordinarios de primera y segunda elecci6n, don Buenaventura Quifi.ones y doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros regidores, alguacil mayor,. don Manuel Hernruz; fiel executor don Miguel Ramirez; Y lizenciado don Juan Antonio Mex!~. y tomados por dichos seii.ores sus asientos se abri6 un pliego del referido senor gobernador, intendente y capitan general, cuyo contenido es que atendiendo a la reiterada resistencia del lizenciado don Francisco Mos.quera y Cabrera so9,re tomar posesi6n de la alcaldia para que fue electo, en consideraci6n a la

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.

[Ante la reiterada reslstencfa del ll· cenclado don Francisco Mosquera, gobernador provee se ellfa a otra persona para el oficlo de al· calde ordlnarlo de

segundo voto.J


ACTAS DEL CABILDO

368

falta de arbitrios que alega y le impiden subsistir en esta plaza con su familia, procediera a elegir otro sujeto id6neo que pueda desempefiar dicho empleo. Y se acord6 : Se proceda a nueva elecci6n en cumpli· miento de lo prevenido en dicho oficio, a excepci6n del Ji. zenciado don Juan Antonio Mexia que expuso: Que sin ser SU ammo dejar de obedecer la ultima reso}uzi6n que CO~· prende el oficio del senor gobernador, intendente Y capt· tan general, arriba extractado, hace presente serle indispensable, en fuerza de los derechos y privilegios de este ilustre cabildo, ocurrir por si al rey, nuestro senor, en su Real y Supremo Consejo de estas Indias; Y para documentar su solicitud teniendo a la [f· 292v. ] / vista la ley 89, Titulo 15, Libro 2. de las recopiladas de estos dominios, !Regidor don Juan pide se le de testimonio autorizado y por triplicado d~ todo Antonio Mejia solicita testimonio de lo ocurrido desde el cabildo del primero de los comentes todo lo concerniente al asunto del alen que fue electo, aprobado y por consiguiente d~cl~das calde ordinario de segundo voto dun p~r incompatibles las causas que aleg6 el refend~ ~ Francisco Mosquera para plantear el cac1ado don Francisco Mosquera para no admitir el ofiao d so ante el rcy en alcalde ordinario de segundo voto, a que fue elec~o por el Real y Sup.:enH Consejo de lnd"as I este ilustre ayuntamiento y aprobado por el menzionado senor gobernador, intendente y capitan general. Y que de esta su exposici6n se le de copia autorizada por e~ ~res~te secretario; acerca de Io cual se acord6 translllltir dicha [Solicltud del reglsolicitud al senor capitan general, gobernador, intendente, dor don Juan An· tonio Mejfa queda para que resuelva en orden al particular. ·\· . referida al gobernador .J En este estado se procedi6 a Ia elecci6n de alcalde ordi· "de segundo voto para el presente afio, que se e1ec ·ut6 nano en la forma siguiente = Don Pedro Yrisarry tuvo todos los (Don Pedro Yrizavotos; cuya elecci6n fue vista por los sefiores vocal':. Y rri queda electo alcalde ordinarlo de hallandola conforme dijeron que se pase oficio al sel!'or segundo voto.J gobernador, intendente y capitan general, con inse~CJ6: (Oficlo al gobernador particip4ndole de esta acta para los efectos convenientes, por meffio d la elecci6n de don Pedro Yrlzarri.] los caballeros regidores diputados, alguacil maY(?f' don A:Ianuel Hemaiz, y fiel ejecutor, don Miguel Ramiriez; Y se ~6 este acto, quedando abierto el cabildo hast~/la ~o­ luc16n del referido senor gobernador, intendente Y capitml general, de que certifico. = Buenaventura Quifibnes [rU· brica] Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrical Man':'el 1-!ernaiz [rubrica] = Miguel Ramires [:nlbrica] = Ltcenci.ado Juan Anttonio Mexia [rubrica] Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica] secretario de cabildo. 0

=

=

=

(fo 293]/

I


369

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Aprobada que fue en este dia por el seiior gobemador, intendente y capitan general, la elecci6n antecedente de alcalde ordinario de segundo voto para el presente aiio en don Pedro Yrisarri, acord6 este ilustre cuerpo pasar recado, por medio del portero, al nomlin.ado don Pedro Yrisarri para que compareciese en esta sala consistorial a tomar la posesi6n; y venido a ella el mismo portero con noticia de haber pasado a su hacienda de Rio Piedras para despues conducirse a la de Bayam6n, se dispuso que el presente secretario le haga carta orden, duplicada, ,que remitira en el dia de hoy a ambos partidos, expresiva de que comparezca en el dia de maiiana a tomar la referida posesi6n, presentandose antes para el efecto en la casa del caballero rexidor decano, lizenciado don Juan Antonio lv!exia, a fin de que este cite, por medio del portero, a cabildo, como es constumbre [sic], participandose previamente al senor capitan general, cuya diligencia practicara el presente secretario. Con lo que se concluy6 este acuerdo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Quinones [rubrica] =.Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Ram£res [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 29.lv·]/

[232] [11 DE ENERO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios once clfas del mes de enero de ~ ochocientos ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial Ios senores alcaldes ordinarios de primero Y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella Y don Buenaventura Quinones; y caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel executor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferir las cosas tocantes 1al pro y U.til de la republica. No concurri6 el se:iior teniente gobemador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo. 24.

(Gobemador aprueba la elecc.i6n.J

(Carta orden para

don PedrO Yrizarri Jos efectos de q ue comparezca para tomar pose~ Sl6n del oliclo de aJcalde ordinario de segundo voto.J

11


370

ACTAS DEL CABILDO

En este cabildo se abri6 un pliego del senor gobemador, intendente y capitan general. que contiene un oficio de fecha de 18 de diziembre ultimo, avisando a este ilus· tre cabildo que el senor dean. comisario subdelegado de la Santa Cruzada, de este obispado le participa que se acer· IGobernador partlca la predicaci6n y publicaci6n de Ia Santa Bula y nuevo clpa la predicaci6n y publicacl6n de la indulto apost6lico y su determinaci6n de realizar aquellas Bula de la Santa Cruzada y del nueel dia 14 de febrero pr6ximo entrante. a fin de que este vo iudulto apost6ilustre cuerpo contribuya con su asistencia a solemnizar un lico y requlere la aslstencia del caacto tan religioso y recomendable en Ia forma acostumbra· bildo a esta ceremonia.J da. Y se acord6: Se contexte a dicho senor gobemador que (Cabildo asistir4 a el cabildo asistira de ceremonia. como es de constumbre la aludlda ceremonia.] [sic]. Tambien se vio otro oficio de dicho senor en que, (Gobernador parti• para su inteligencia y fines convenientes, avisa su seiiorla cipa que a tenor con el Artfculo Sl que por el Articulo 51 del Reglamento del Almirantaz80• del Reg)amento del que su majestad se ha servido restablecer en 27 de febrero Almlrantazgo d e ben cesar los dedel presente aiio, que recibi6 con oficio de 14 ·de xnpalarzo rechos municlpales o particulares.J Ultimo, se manda que cesen todos los derechos munici es o particulares, ,quedando [f· 294 ] / suprimidos, desde ab.0~· los primeros sin perjuicio de que los ayuntamientos ar I· tren y propongan medios de indemnidad; y que los se~ dos, se incorporen a la real corona dando a los poseed res que lo fueren por titulo de compra el precio de la ·egresi6n Y el buen cambio a los donatarios. Y se acord6: testar a su sefi.oria que queda enterado este cabildo 4.e contenido de dicho oficio y resuelto a obedecer Ios man· datos de su majestad. Se recibi6 una instancia de Cecilia de Yldefonso en que [Queda referida a s~plica se le conceda poner una escuela de niiias en ~ta informe del cablldo petlcl6n de doc1udad, dirigida al sefi.or capitan general, quien se siI'Ve na Cecilia de Yldefonso sobre esta• ~darla pasar a este muy ilustre ayuntamiento para CJU~ blecimlento de una escuela p a r a nl~orme lo que juzque mas conveniente sobre dicha~ Jsoh· i\as.1 c1tud. Y se acord6 : Comisionar al caballero rexidor µzen· cia~o don Juan Antonio Mexia para que tomando lo~:'don· ven1entes de cuenta. ·. El secretario dio cuenta de una representaci6n ~e don (Maestro de priCarlos Martinez, maestro de escuela de primeras le~, .en meras Ietras, don Carlos Martinez, que, acompaiiando una certificazi6n de facultatiV'O, pid~ solicita llcencia para trasladarse al al muy ilustre cabildo se le permita pasar al campo a res· campo a restablecer su salud y para tablecer su salud, dejando el cuidado de la escuela a SU que se le permlta a su hllo hacerse hijo don Jose que esta util para el efecto. Y se acord6: cargo de la escueQue inform.e el caballero rexidor diputado de escuelas Ia.]

Coni


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

sobre Ia aptitud de don Jose Martinez para proceder a Io mas conveniente. En este estado concurri6 en esta sala [f· 294v. ]/ consistorial don Pedro Yrisarri y habiendosele participado por el senor alcalde ordinario de primer voto, don Buenaventura Quinones, la elecci6n de alcalde ordinario de segundo voto para el presente afio y a la aprobaci6n subsecuente del senor gobernador, intendente y capitan general, que acept6, dispuso dicho sefior alcalde de primer voto que por el caballero rexidor que hace funciones de decano, lizenciado d.on .Juan Antonio Mexia, se le exigiese el juramento de fidehdad, que le diese la posesi6n en la forma acostumbrada, poniendole en sus manos la vara que constituye la jurisdicci6n real ordinaria, segt1n todo se verific6, prestando antes su anuencia y consentimiento, de suerte ,que qued6 en el lugar que ocupaba el senor doctor don Francisco Marcos Santaella, y este dicho senor el del senor alcalde de :primer voto. Y se mand6 pasar a Ia Real Fortaleza el cabildo en cuerpo; con lo que se concluy6, firm.6 el ~n­ cionado senor don Pedro Yrisarri y los demas seiiores ~u~ compon~n este muy ilustre ayuntamiento, de que, ce~­ tifico. Quinones [rubrica] = Doctor Santaella [rubnca] Hernaiz [rubrica] Ramires [nlbrica] Licenciado Mexia [nibrica] = Pedro Yrizarri [nlbrica] = Ante mf =Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

=

=

371 (Diputado de es· cuelas a informar sobre la aptitud de don Jose Mnr!fnez para desempenar.;e como maestro.I (Toma de posesl6n de don Pedro Yri·

z:arri como alclllde

ordinario de segundo voto.J

=

[233] [12 DE ENERO DE 1808.] B? la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San [f· 295 ] / Juan Bautista de Puerto Rico a Jos doce dfas del mes de enero de mil ochocientos y o~ho afios, estando en estas salas consistoriales el senor alcalde ordinario de primera elec.: ci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramires; y Jizenciado don Juan Antonio Mexia; para efecto de hacerse la entrega de la Junta Municipal, compareci6 en ella don Jose Maysone, sindico procurador general electo y aprobado para el presente aiio, con objeto de tomar posesi6n de su oficio y prestar el debido juramento. En cuya virtud se le mand6 entrar y Io prest6 en manos del caballero rexidor que hace las funcio-

(Reclbimieilto d e don Jose Maisonet como sfndico procurador general.)


ACTA$ DEL CABILDO

372

nes de decano, lizenciado don Juan Antonio Mexia, y se le dio el asiento correspondiente; concluyendose esta diligencia, que firmaron dichos seiiores y el sindico procurado~, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Hernmz [rubrica] = Ramirez [rubrica] = Licenciado Mexia [nibrica] Joseph Maysonet [rubrica] Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

=

[234] [18 DE ENERO DE 1808.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto ~co, [f· 29sv. ]/ a los diez y ocho dfas del mes bde enero de mil ochocientos y ocho aiios , para celebrar . ca· n ildo ordinario~ co~o es de ~so y costumbre, _con~urnrl· a esta sala cons1stonal los senores alcalde ordinan° de mera elecci6n, doctor don Francisco Marcos de SantaH a; Y caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel. ~­ nai.z; fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano; ciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero procura: general, don Jose Maysonet; para tratar las cosas to~ · al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teillente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, por ballarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal d.~. gobierno; ni el senor alcalde de segundo voto por estar en· fermo. En este cabildo se tuvo presente la constUIIlbre [1c] que se ha observado en el ayuntamiento de nombrar de 05 individuos del cuerpo diputados para las festividades qu~ c~rr~n a cargo de el. Y se acord6: Que para la de la Pun~ ficac16n de Nuestra Senora, San Juan Bautista, Sant~i_R.05 de Lima, el senor alcalde ordinario de primera el~n Y caballero rexidor-alguacil mayor. San Felipe Y 5~1.,1.agc:>. Sant:isimo Corpus Christi y Santiago el Mayor, el seppr8!· calde de segunda elecci6n y caballero fiel ejecutor. p~pli· dos de las personas estables y transeilntes, los dos1senores alcaldes. Para suplir la enfermedad o ausencia de a)gunos d~ C:Uchos sen.ores, el caballero rexidor diputado de abastos. V1s1tas de escuelas de prim¢ras letras, de homb~, el ca& ballero rexidor-alguacil mayor. Para las de maestras de nifias, al lizenciado don Juan Antonio Mexia.

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Ii1;f•

1Designaci6n de diputados para las fiestas v o t i v a s , cumplimentar bu~­ pedes distinguidos y vlsitar escuelas.J


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Se pas6 por el senor capitan general, gobemador e intendente, el pie de lista de Ios que gozan de fuero en las dos compa:iiias de Milicias de artilleria de esta plaza, para [Gobemador remi~e relacl6n de Jos IDlinteligencia de este ilustre ayuntamiento y caballeros que licianos .de artillerra que gozan de le componen. Y se acord6: Haberlas por recibidas y que fuero.J el presente secretario, con las formalidades de estilo, las ponga en manos del senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, participandole debe comunicarla al senor su compafiero como en quienes residen la jurisdicci6n real ordinaria para la administraci6n de justicia. El secretario dio cuenta de un expediente que l~ ha entregado el esscribano de gobiemo y guerra, don Gregorio Sandoval, instruido por don [f· 296 ] / Antonio Heredia y [Queda referida paPaez, maestro de primeras letras del partido de Manati, ra tnforme del cablldo la solicltu~ Y en que pidi6 al senor gobemador, capitan general, inten- del maesttO de pridente, previos los informes de los maestros de escuelas de meras letraS de ~a­ natf, don AntOJilo esta capital, que le declarara cuanto debia pagarse por la Heredia Y Pat!z, respecto a que se ensefianza de cada niiio seglln. el estado de adelantamiento le indique lo que debe perclbir en su en que se hallasen; cuales Ios dias en que habfa de dar minfsterlo Y las que se vacantes en el afio y si por este tiempo o por el .que los levacaciones ban de dar al aiumnado.J niiios por culpa de sus padres no asistiesen a la escuela deben e~tos pagar sin disminuci6n alguna lo seiialado para cada mes. Y su senoria, por su auto de 13 del corriente, Io ha pasado a informie a este muy ilustre ayuntamiento; quien, en vista de todo, acord6 pasarlo al caballero procurador general quien con presencia de los informes que debera tomar de los maestros de escuelas de esta ciudad Y lo mas que le parezca extienda el suyo para poder este cabildo hacerlo a su seiioria el seiior gobemador, capitan general, intendente. ' El caballero rexidor-alguacil mayor evacu6 el informe que se le pidi6 acerca de la solicitud de don Carlos Marinfonna sobre tinez para que se permita a su hijo Jose estar al cuidado la(Se aptitud de don de la escuela durante algiln tiempo, en el cual pasa al cam-. Jos6 Martfnez para desempeiiarse como po a restablecer su salud, y expresa ser ·Cierta. Ia enferme~ maestro de primeletras y se le dad del referido don Carlos y estar su hijo para una nece- ras permlte reemplace a su padre por dos sidad en aptitud de poder desempeiiar sus funciones, seiia- meses.I landose aquel un termino que se considere suficiente para su restablecimiento. Y se acord6: Permitir este ilustre cuerpo que Jose Martinez, hijo del nominado don Carlos, se haga cargo de la escuela de su padre por dos meses en que aquel pueda restablecerse en el campo. (f· 2!16v. ] /

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ACTAS DEL CABILDO

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f Pasajero de Palo Seco sollcita certificacl6n ·sobre la cuerda de terreno perteneciente a dicho pasafe.J

En esta [sic] cabildo se vio un pedimento del pasajero de Palo Seco, Lope Garcia, en que, para los usos que le convienen, solicita que se le de una certificazi6n que acreclite la cesi6n que hizo al cabildo don Jose Latorre de la cuerda de tierra en que existe el pasaje. Y se acord6: Darsela siendo constante dicha cesi6n. Con lo que se concluy6 este cabildo y cuya acta dispu· sieron sus sefiorias pasarla en testimonio al senor gobe:nador, capitan general e intendente, para su inteligencia y aprobaci6n; y la firmaron, de ,que certifico. = Docftor Santaella [rubrica] Hernaiz [rubrica] = Ram '8! [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Maysonet [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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[235] [25 DE ENERO DE 1808.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bad~ tista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del Jiles · enero del aiio de mil ochocientos y ocho, para celebrar ca· bildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], currieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes . e prim.era y segunda elecci6n, doctor don Francisc:o M~ Sant~ella y don Pedro Yrisarri; y caballeros rexidores':Mi· guacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel executor, don et guel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexfa; Yt· caballero sinclico procurador general, don Jose Maysone • para tratar y conferir [f· 297 ] / las cosas tocantes al pro Y U.til de la republica. No concurri6 el seiior teniente de ~ bemador, auditor de guerra, por hallarse ocupado ,~ · despacho de los asuntos del tribunal de gobierno.. ! , .: . ~n este cabildo se abri6 un pliego que contiAAe un ofic10 del seii.or gobemador, capitan general, int~den-~ s'?' fecha, veinte y uno de las corrientes, yen que ~sen~ na ~resa que siendo conveniente en las actuales ci.rCUJlS· tanc1as tener conocimiento de todos las extranjeros que C:xisten dentro de la plaza, con que objeto, nombre del dueno la casa que habitan, en ·que se ocupan y con qu~ permiso subsisten, previene que este ilustre cabildo, a la mayor brevedad, .forme una relaci6n exacta de ellos, en que se expresen las citadas circunstancias y se la pase para

cod·

1

[Gobernador ordena al cablldo prepare una relaci6n de los extranjeros residentes en la ciudad.J

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determinar lo que corresponda. Y se acord6: Pasar el presente oficio al sefior alcalde ordinario de primer voto, con las urbanidades de estilo, a fin de que se sirva poner en practica lo dispucsto por el sefior gobemador, intendente y capitan general. Se abri6 otro oficio del sefior gobemador, intendente y capitan general, fecha 19 de los corrientes, contestaci6n del recibo del acta anterior. Y se acord6: Archivarlo y tener (Gobernador acusa reclbO del testimopresente el informe que en el se expresa. nlo de Ja acta. an· El caballero sindico procurador general evacu6 el in- terior.J forme que se le pidi6 acerca de la solicitud del maestro de escuelas de primeras Ietras de Manaty, de que se trat6 en el anterior cabildo. Y se acord6: [f· -mv. ]/ Pasar dicho expediente original al senor capitan general, gobemador, intendente, para que se sirva resolver lo que a bien tenga con Ia consideraci6n que se le presenta y ocurre a este ilustre cabildo de ,que la pra'ctica que se observa en esta capital no puede seguirse en los calll!pos, esto es, para Ia exaccion de derechos por la cuasi imposibilidad en sus habitantes; Y que la asignaci6n de precios debe ceiiirse precisamente con (Cablldo IDforma sobre los babel'e5 los padres pudientes : en Ios nifios de Ia clase de leer en a s e r percibldos por el maestro de cartilla, *y* cat6n, y libro, cuatro reales, indistintamente; Ddmeras letras en la enseBanza de en los de escribir, seis, y ocho, en Ios de escribir y contar; los Jillios.J a que los jueces territoriales deben estar muy atentos con [EnseilanZa a los los maestros de escuelas como que a Ios niiios pobres no Jillios pobres debe les exijan derecho ni estipendio alguno por la necesidad ser gratulta.J de sus padres y utilidad que resulta al bien procomunal. El secretario dio cuenta del expediente de planas que referidas presenta don Carlos Martinez para su aprobaci6n de las a[Quedan IDforme del pro· curador general las que forman los niiios de Ia escuela de su cargo. Y se acor- planas escolares someddas p o r el d6: Pasarlo a informe del caballero sfndico procurador maestro don Cargeneral. los Martinez.] Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [nlbrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [nlbrica] = Ramires [nlbrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Maysonet [nlbrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. (f· 298]/ I, '

* Lo comprenclido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.


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ACTA$ DEL CABILDO

[236] [1 DE FEBRERO DE 1808.] En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a primero de febrero del aiio de mil ochozientos y ocho, para celebrar cabildo ordinario, con;io es uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala cons1s· torial los sefiores alcalde ordinario de primera elecci6~, doctor don Francisco Marcos Santaella; y caballeros rexi· dores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; lizenciado don Juan Antonio Mexia; Y el caballero sfndico procurador general, don Jose May· sonet; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y util de la republica. No concurri6 el sefior alcalde ordina• rio de segunda elecci6n; ni el sefior teniente gobernador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobierno. · En este cabildo se abrio un oficio del senor dean ~ lComisario de la misario de Cruzada, don Juan Lorenzo de Matos, su £. ' Santa Cruzada particlpa la publlca25 de enero Ultimo, avisando que para el dia 14 del corrien· cl6n de la Bula de la Santa Cruzada e te se celebra la publicazi6n de la Bula y mas que exp~ invlta al cabildo a concurrlr a dlcha con el objeto de que el ilustre cabildo concurra a solemm· ceremonla.J zar el acto y funci6n de iglesia, como es costumbre. Y se ICablldo aslstlr4 a dlcha ceremonta.J acord6: Ejecutarse asf, archivarse el oficio y contextarlo al senor comisario . , El secretario di~ cuenta de la petici6n que ba~e An~5 '' (Alarife de albafliDias, alarife de albafiilerfa solicitando que se le de atguna lerfa sollcita se le provea de una insinsti;icci6n u ordenanza q~e arregle y detalle las peculiares trucci6n u ordenanza que regule el de su encargo, el modo de zanjarlas, los emolufunc10nes ejercicio de su cargo.) mentos le tocan y todo lo [I· 29sv·]/ demas que debe guardar para cumplir acertadamente su oficio. Y se acord6: O~ estando au.n pendiente la formaci6n de Ordenanzas MuµJ· [Provi!ese q u e el cipales se arregle esta parte a las Ordenanzas de Arq~~r· alarife observe las Ordenanzas de Artura de Madrid, que no faltaran en el pueblo algw,i<;i5 quitectura de Madrid y el arancel exemplares; y por lo tocante a derechos observese lo ac<}r~ acordado en 1802.J dado en 15 de marzo de ochocientos dos sobre lo .que i<;'er· tificara el secretario para noticia del int~resado. / Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron, sus sefiorias, de que certifico. = Doctor Santaella [rU.bJ;ica] = Hernaiz. [rU.brica] = Ramires [rubrica] = Licer£ciado Mexia [rubrica] Maysonet [rubrica] Ante mf :..... Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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[237] [8 DE FEBRERO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho dfas del mes de febrero de mil ochocientos y ocho afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes de primera y segunda elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella Y don Pedro Yrisarri; y caballeros rexidores, fiel executor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente de gobernador, auditor de guerra [f· 299 ] / de esta isla, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo ; ni el caballero rexidor-alguacil mayor; ni el sindico procurador general. Concurri6 tambien el caballero alguacil mayor [sic]. En este cabildo present6 el secretario las cuentas de la [CuentoS del maadministraci6n de las rentas de propios dadas por su ma- yordomo don Feliyordomo don Felipe Garcia y mandadas pasar a este ilus- pe Garcia quedan referidas al procutre cuerpo por la Junta Municipal. Y se acord6: Pasen a rador general.] la vista. del caballero sindico procurador general para que las adicione o exponga lo que corresponda a su oficio. Tambien present6 las cuentas del aiio de ochocientos seis que en primero de junio de ochozientos siete mand6 este este [sic] ilustre cabildo pasarlas al caballero sindico Y por no haberlo habido aprobado lo manifiesta ahora. Y [Se relieren al prose acord6 : Pasarlas tambien al del presente aiio para los curador general !as cuentaS de prop1os efectos que se indican en el parrafo anterior. de 1806.J El caballero sfndico procurador general evacu6 el in(Procurado~ geneforme que se le mand6 dar sobre las planas presentadas ral sobre por el maestro de escuelas don Carlos Martinez. Y en su las informa planas escolares del maestro vis~ s~ acord6: Aprobarlas y el buen deseIDjpeiio en I:i don Carlos Martfnez y quedan apromeJor mstrucci6n de Ia juventud; y que se le den los testi- badas las mismas.J monios o certificaciones que pide en su escrito. Se remitieron al seiior gobemador, intend~nte y capita'n general, con oficio de esta fecha, las relac1ones de los [Se remlten al goextranjeros [f. 299v. ] / que pidi6 su seiio,~a en ofici? de 21 bernador las rela· del mes pr6ximo pasado y de que se ttat6 en cabildo del clones de los extranieros resldentes veinte y cinco del mismo. en Ia cludad.J Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorfas, de que certifico. = Doctor Santaella [n1brica]


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ACTAS DEL CABILDO

= Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = R'flmfres [ni·

brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica].

[238] [15 DE FEBRERO DE 1808.]

(Conforme a lo solicitado por el gobernador se ordena se entregue al mayordomo del Hospital Real las camas o catres utili· zados en el proceso de la vacunacl6n.J (Se remiten al gobernador los padrones de almas de la ciudad.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince dias del mes de febret"? de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo .ordinario, como es de uso y constumbre [sic], con~un:ieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinano de primera elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella~ Y ~aballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Her· naiz; Y lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet; para ~­ tar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la ~u­ blica. No concurri6 el senor teniente gobemador, audirr de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de os asuntos del tribunal de gobiemo; ni el senor aicalde de segunda elecci6n; ni el caballero rexidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramires, por hallarse enfermo. _ En este cabildo se abri6 un oficio de su se:iiorla, .r.~-F nor gobernador, intendente y capitan general, s~ ~a, 14 del corriente, por el que pide al ilustre cabildo· las cam.as que hay exis-(f· 300 ]/tentes y que se constrUYero~ cuando se estableci6 Ia vacuna; de que se hara cargo mayordomo del Hospital para que sirvan en el por la f81• ta que se experimenta a causa de haberse aumentado con· siderablemente el nmnero de enfermos. Y se acord6: Dar la orden el mayordomo de propios para que, recogiendo los colchones, almohadas y catres del cuarto del pp:rrteroeal.· • en que se hallan, los entregue al mayordomo dql :R Hospital, como lo previene el sefior gobemador, inf#1~en· te Y capitan general, exigiendo el correspondiente /reabo. Habiendo presentado a este ilustre cabildo los ,~caldes de barno los padrones de almas de esta ciudad se ,acord6: Pa_:;arlos, con el correspondiente oficio, a su seiiorla, el senor gobemador, intendente y capitan general. , . Con lo que se concluy6 este cabildo, que :fir.rnaron sus seiiorias, de que certifico. = Bntre renglones = ahnohadas = vale. Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rU..

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brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Maysonet [rubrica] Ante mi Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. Se libraron los dos oficios y la orden al mayordomo para la entrega de las camas. [rubrica].

=

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=

[Orden al mayor-

domo de proplos para que entregue

las camas.J

[239]

[23 DE MARZO DE 1808.] En ff. 300v.] I es ta Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a ·los veinte y tres clias del mes de marzo de mil ochocientos ocho aiios, para celebrar cabildo extraordinario, previa citazi6n, en virtud de orden ?el seiior gobernador, intendente y capitan general de esta 1sla, concurrieron a esta sala consistorial a la hora acostumbrada los seiiores alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fie! executor, don Miguel Ramirez de Arellano; y lizenciado don Juan Antonio Mexia. En este cabildo se abrio un pliego, sacado en el clia de ayer de la administrazi6n de correos, de la Real Audiencia, rotulado a este Ilustre Cabildo, que abierto, estando al efecto juntos y congregados los mencionados seiiores, se encontr6 ser un testimonio de las reales acordadas de primero .de abril de 1803 y diez y ocho de noviembre de mil och~1entos seis, representaciones del senor fiscal de la refenda Real Audiencia y autos proveidos por su alteza para el cumplimiento de lo que su majestad previene acer!Se reclbe docuca del infonne pedido sobre el nfunero de escribanos que mentaci6n o dispohay en esta isla, con lo dema's que comprende. Visto Y slciones dlmanantes de la Real Auconferenciado ·su contenido se acord6: Su cumplim.iento; dlencia de Puerto PrCncipe, Cuba, reY que siendo necesario reflexionar con competente medita- ferentes al cumplle debe mlento zi6n para llenar los deberes de su obedecimiento, como darse alq u lnforme sollcltado p r el mandato superior, se reserve para el inmediato cabildo rey sobre el ondmeordinario en el que se tratara y conferenciara la materia ro de escrlbanos 301 eldsteDtes en la [f· ] / con la escrupulosidad que exije, participandose al Isla.] [A tratarSe en el mencionado senor gobernador, intendente y capitan ge- prdldmo cablldo la materla antes refeneral. 1u rida.J Con lo que se concluy6 y firmaron dichos sefiores, de qi.le doy fe. = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Ramires [rlibrica] = Licenciado Mexia [robrica] = Ante mi = Manuel de Acosta [rubrica], escribano real.


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ACTAS DEL CABILDO

[240] [28 DE MARZO DE 1808.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y ocho dias del me~ de marzo de mil ochocientos ocho afios, para celebrar cab1l?o ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concumeron a esta sala consistorial el senor teniente de gobema· dor, auditor de guerra de esta isla, don Francis.co Diaz Ynguanzo; los sen.ores alcaldes ordinarios de pnmero Y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella ~ don Pedro Yrizarri; y los caballeros rexidores, al~aal mayor, don Manuel Hemaiz · fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano; y lizen~iado don Juan Antonio ~7 xfa; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro Y util de esta republica. [f· 301v. ] / Y habiendose visto el testimonio del acuerdo de 1: Real Audiencia y Chancilleria del distrito, que se reserv para este cabildo en el anterior, relativo al informe .que se le pide y manda dar del n1lmero de esscribanos reales Y publicos que se necesitan en esta isla para el despacho d~ todos Io_s negocios ~ropios de aquellos oficios, s? acord~ Q~e ~e informe a d1cha Real Audiencia y Chancillerfa d · distnto la notoria y constante escasez que hay d~ unos Y ~tros, tanto en esta capital como en las cuatro vill~..~ t~emta Y seis partidos de que se compone su po~I~c16n ~ sie~do muy pocos de ellos los que bajan de quU?-ento vecmos Y los demas ascienden a seiscientos ochoc1entos. ~, mil Y quinientos y hasta dos mil. De m~do, que ~ el dia se calcula la poblaci6n de la isla inclusa esta capital en ciento y sesenta mil almas, con corta diferencia; Y para el. despacho de los negocios civiles y criminales, o~~ga­ ~ento de instrumentos de todas clases y demas di¥g'encias ~orrespondientes a semejantes oficios s61o existe¥ los esscnbanos publicos y reales siguientes : ; En ~a plaza: Don Gregorio Sandoval, que lo es pqblico Y _al IDlsmo tiempo de gobiemo y guerra, del Juzgado d~ Bienes de Difuntos y de los reales [f· 302 ] / cuerpos de arti· llerfa e ingenieros, pues aunque cuando se remat6 en el la expresada esscribanfa de gobiemo y guerra fue con la expresa condici6n y allanamiento de su parte de rentinciar la publica Y la del Juzgado de Bienes de Difuntos, no se ha verificado por defecto de compradores. El de real hacienda i ,

IRelacidn de escrl· banos pllblicos y reales existentes en la ciudad, y en las villas de Arecibo, Aguada, Coamo Y San Germdn.J


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y rexistros, don Jose Nicola's Cesteros. El publico, don Jose de Reyna, quien por hallarse en una edad avanzada no despacha causa alguna con las justicias ordinarias y solo Sirve para otorgar, dentro de SU m.isma casa, UDO U otro documento. Don Manuel de Acosta, que es escribano real suelto y se halla encargado interinamente de la escribania de marina. = se sac6 En la villa del Arecivo aunque al tiempo de su erec- aTestDdo p 1 ::: no vale. = ci6n, como en las otras dos, *se sac6 a p* (Coamo y Agua- (nltirica.J da) se sacaron a publica subasta las escribanias publicas y de cabildo s6lo se ha verificado el remate en propiedad de la de la Aguada en don Juan Angel Novoa, esscribano real emigrado de la isla de Santo Domingo. Y la del Arecivo la sirve por arrendamiento, durante un trienio, Jose Sim.6n Izquierdo, en quien ff· Yllv·]/ se ha habilitado por este gobierno para su exercicio mediante la expresada necesidad de escribanos y evitar a aquellas justicias ordinarias la incomodidad y malas consecuencias que resultan de despachar con testigos de asistencia. Y por el propio motivo se ha habilitado tambien para esscribano publico y de cabildo de Ia villa de Coamo, a don Juan Ximenez Rend6n, que la ha rematado Ultimamente. Testndo = de la En la villa de San German, ,que es la mas antigua y miS1Da clase en el la que comprende una numerosa poblaci6n de cerca de pueblo = no vale. = (nibrica.J diez Y ocho mil almas, s6lo bay un esscribano real, que lo e~ al propio tiempo publico y de cabildo, don Juan Eloy Tirado, tambien emigrado de la isla de Santo Domingo Y otro *de la misma clase en el pueblo* esscribano real tambien emigrado de Santo Domingo, nombrado don Juan Jose Hostos, que reside en el pueblo de Mayagiiez, el que ademas de su numerosa poblaci6n, que pasa de dos mil Y quinientos vecinos, dista cinco leguas de dicha villa: Y por consiguiente en los treinta y cinco [sic] partidos restantes, que son: Rio Piedras y Cangrejos, Trujillo, Loysa, Luquillo, Faxardo, Maguabo, Humacado, Maunabo, Yabucoa, Piedras, Juncos, Caguas, Calley de Muesas, Juana Dfaz, Guayama, [f· 303]/ Ponce, Peiiuelas, Yauco, Cabo-Roxo, Afiasco, Rinc6n, Pepino, Moca, Aguadilla, Tuna, Utuado,. Manaty, Vega Alta, Vega Vaja,,porozal, Toa Alta, Toa VaJa, Bayamon, Guaynabo y Barranquitas, no hay escri* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado .en el ori-

ginal.

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<·/ ... ,


ACTAS DEL CABILDO

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bano alguno publico ni real y despachan todos los negocios los respectivos tenientes a guerra, otorgando tambien testamentos y demas escrituras con testigos de asistencia. Siendo de advertir que en la actualidad se esta tratando del establecimiento de otros tres pueblos y parroquias en los sitios denominados la Cidra, de la jurisdicci6n de Ca· Hey; Camuy, de la del Arecivo; y Sabana Grande Arrib~, de la de San German. Que bajo de estos constantes Y pu· blicos antecedentes contempla este cabildo y ayuntamiento Enmendado, cabilque se aumente dos escribani'.as publicas en esta plaza do = Vale. (rlibrica.J sobre las otras dos que actualmente existen y que se d~­ pache por el Real y Supremo Consejo tres fiat de e~scn· banos reales a otros tantos sujetos que los prete~dieren para que auxilien a los primeros en las diligenc1as que Testado = preclti~n~n obligaci6n de actuar [f· 303v·]/ fuera de sus cau~as u sado = No vale. = (rubrica.J ofic1os; y especialmente a los de gobierno y real hacienda q!le por lo recargados ,que se hallan de expedientes Y negoc1os no pueden evacuarlas sin considerable atraso Y perjuicio de las partes ; y que en Ios mencionados treinta Y seis [sic] partidos de la isla se creen igual numero de escribanias publicas, las que se sacaran a subasta por quien corresponda y -se proveeran en sujetos id6~eos, 8 beneficio de su majestad. Que por el mismo mot1vo de (Cablldo se proescasez de escribanos publicos y reales en esta plaza se ha nuncia a favor que se aumente el nuvi~to *precisado* y se ve precisado este cabildo Y ayundta· mero de escriban!as p6blicas y reales y IDiento a habilitar en clase de su secretario al presente . on se establezcan escribanfas publ'.ca'l Tomas Escalona, quien tiene rematado a su favor el of1do en los treinta y seis partldos de la que servfa antes el expresado don Gregorio Sandoval! Y isla.J pendientes las diligencias de sacar el fiat y confirmaC16D de su majestad. Y que es cuanto puede y debe informar este cabild? a ~a Real Audiencia y Chancilleria del distrito en cumph· ~ento de SU obligaci6n en promover lo mas util Y. C?nventent~ al mejor gobierno y administraci6n de just1c1~. ~n esta isla y utilidad particular de su vecindario. · ! '.! En ~ste dia se recibi6 un oficio [f· 304 ] / del se~or g'!'Jbf!r· nador, mtendente y capitan general, en que se ins~~ la (Se da a conocer al real ord:n de 17 de agosto del aiio pr6ximo anten4r en cabildo la real crden de 17 de alt:>Sq~e. se s1rve su majestad declarar el goze de fuero ~e los to de 1807 resO"?c!o Imlit~res aprehendidos en juegos prohibidos, lo que deben al goce de tuero de I o s mllltares practlcar las justicias ordinarias en tales casos y el modo sorprendidos en juegos prohlbldos.J

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*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori·


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de exigirles las multas establecidas en la Real Pragmatica de la materia. Y se mand6 : Que se copie par el presente secretario en el correspondiente libro; que se pasen copias de ella a los seiiores alcaldes ordinaries; y se contexte al dicho senor gobernador, intendente y capitan general su recibo. Igualmente, se recibi6 otro oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, en que contesta al que le pas6 este cabildo, con fecha de 23 del corriente, relative al resultado del cabildo extraordinario de aquel dia, que ya queda evacuado en este. Tambien se recibi6 otro oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, con el que acompafia copia certificada de la real cedula de 26 de diziembre del afio pasado de 1806, sobre las diligencias que deben practicar para tener la confirmaci6n los poseedores de oficios de menor cuantia. Y se mand6: Se contes-[f· 30tv. ]/tara su recibo Y ,que se copiara por el presente secretario la citada real cedula en el libro correspondiente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que finnaron sus senorias, de que certifico. Ynguanzo [rubrica] Doctor Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [nlbrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia · [ruAnte mi Tomas de Escalona [rubrica], secrebrica] tario de cabildo.

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[241] [ 4 DE ABRIL DE 1808.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Ba~­ tista de Puerto Rico a los cuatro dias del mes de abril del aii.o de mil och~cientos ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], co~c~e­ ron a esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinanos de primero y segundo voto doctor don Francisco Marcos Santaella, don Pedro Yrisa~; y las caballeros re:irldores, alguacil mayor, don Manuel Herna!iz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano ,· y lizenciado don Juan An./II tonio Mexia; para tratar y conferir ros asuntos tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobemador, capitan general, intendente, fecha, de 29 de marzo

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(Copias de la aludida real orden a series suministradas a los alcaldes ordinarlos.J

(Contestaci6n d e I gobeniador al oficio capitular sobre el reSultado del cablldo extraordinario celebrado el 23 de marzo de 1808.) (Gobernador remlte copia certlficada de

la real cl!dula de 26 de diciembre de 1806 sobre conlir-

lllllCl6n de oficios menores.J


ACTAS DEL CABILDO

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pr6ximo pasado, que abierto result6 [f· 305 ] / ser la contex· taci6n que hacese su seftoria del recibo de la acta anterior. Tambien se abrio otro oficio del mismo senor en que trascribe a este ilustre cabildo la real orden de 25 de OC· [Gobernador da a tubre Ultimo para que al almirantazgo se envfen en dereconocer real orden de 2S de octubre chura por las demas jurisdicciones lo que actuaren en las de 1807 sobre remisi6n al almiran· competencias con la marina, segiln lo prevenido en el Ar· tazgo de todo lo que se actuare res· ticulo 40 de la real cedula de 27 de febrero Ultimo. Y se pecto a causas de la misma.J acord6: Darle su cumplimiento, copiarse en el libro que corresponde y contextarse su recibo. [Cabildo a inCorSe vio el expediente instruido por don Zeferino Vidart, mar sobre sollcitud de don Ce(erlno Vimaestro de escuelas de primeras letras de Faxardo, pasa~o dart, maestro de a informe de este ilustre ayuntamiento segtln. providenCia escuela en Fajardo. para q u e se le del se:fi.or gobernador, intendente y capitan general, Y en nombre en la vacante de maestro que pide dicho Vidart se le coloque en la plaza que est! existente en la ciu· dad o se le perml· vacante de esta naturaleza o que se le perm.ita poner SU ta establecer una escuela en ella.] escuela sin que perjudique a los que la tienen en el .~ Y se acord6 : Que para evacuar dicho informe se soliaJe 0 por el presente secretario el expediente que hay fo~ s?bre el asunto y Io traiga para el primer cabildo ordina·

[Gobernador acusa rccibo del testimo· nlo del acta anterior.]

no. (Se inCorma sobre la cuerda de tierra propledad del cabildo dentro de la jurisdicci6n del pasaje de Palo Seco.J

El secretario dio cuenta de no haber [f· 305v·]/ balla~~ en el archivo de su cargo una constancia de la cesi6n. ~ la cuerda de tierra en que este cabildo esta en posesi6Q en Palo Seco, lo que solicit6 el actual pasajero; pero aqu sienta una nota segWi Ios informes que acerca de ~ta materia dio el caballero rexidor don Jose Davila al antenoi: ~lcalde or~ario de primer voto, don Buenaventura nones. Y vista se acord6 : Entregar a Lope Garcfa, arren datario del pasaje, este expediente que ha promovido para que con este el haga el uso que le convenga. . En este cabildo se acordo contextar al sefior goberna· ~o~, capitan general, intendente, el oficio de 16 de febrero Ultnno, con el que devolvi6 a este ayuntamiento Jos\ p(l· drones para que al fin de ellos se extractase el nUm.eiy ;de almas conforme a la pauta o modelo que incluy6, res~efto a haberse cumplido *con* esta prevenci6n. ii , _Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm~~~~ senorfas, de que certifico. Testado con = nq . ~w.e. Do'!tor ,Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] =F ,Ber· nar.z [rubrica] Ramires [rubrica] Licenciado .M~

Qui:

(Gobcrnador d e vuelve los padrones de almas de la ciudad para que se extractase el nUJJlero de vecinos slguiendo el patr6n o modelo que suministr6.J

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ginal.

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Lo comprendido entre asteriscos aparece tacbado en CI ori-


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[nibrica] Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 306]/

[242] [25 DE ABRIL DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del mes de abril de mil ochocientos ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; el caballero rexidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano ; y don Jose Maysonet, sindico procurador general. Y mediante no haber el nUm.ero necesario de rexidores para proceder a la celebraci6n de cabildo a causa de hallarse en el campo, con permiso del seiior capitan general, el caballero alguacil mayor; y haber pretextado indisposici6n de salud el caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia se determin6 Ia suspensi6n, Y anotarlo para su constan~ia, firmando los seiiores qu? ~ concurrido, de que certifico. = Doctor. Sa.ntaella [rubnca] = Ramires [rubrica] Maysonet [rubnca] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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[243] [2 DE MAYO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios dos dias del mes de mayo de mil ochocientos ocho aiios, para celebrar (f· .306v. ] / cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcalde ordinario de segundo voto, don Pedro Yrizarri; y los caballeros rexidores, _alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel. ejecutor, don Miguel Ramirez; lizenciado don Juan Antomo Mexia; y el caballero procurador general, don J6se Maysonet. No concuni.6 el senor teniente de gobemador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo; ni el sefior alcalde 25.

{No ~f' celebra cablldo por falta del ndmero suficiente de regldores.J -- -


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ACTAS DEL CABILDO

ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, por estar tambien ocupado en asunto de su ministerio. En este cabildo se abrio un oficio del se:fior gobemador, [Gobernador acusa recibo del testimointendente y capitan general, que visto result6 ser la con· nio del acta anterior .} textaci6n del acta anterior. Y se mand6 archivar. Se dio cuenta de la representazion del caballero sfndico procurador general que acompa:fia las cuentas presentadas (Sfndico procura· por el mayordomo de propios y arbitrios don Felipe Gar· dor general solicita se aprueben I a s cia, correspondientes a los a:fios de ochocientos seis, ocbocuentas del mayorcientos siete, y pide su aprobaci6n, con lo demas que en domo don Felipe Garcfa.J ella se expresa. Y en su consecuencia se acord6: Que se aprueban dichas cuentas, que se compulse testimoni~ de (Apru~banse 1a s ellas y se remitan originales al se::fior gobemador, cap1tAn aludldas cuentas. cuyos origlnales segeneral, intendente, para Ios efectos prevenidos en la Real r4n remltldos al Instrucci6n de Intendentes ; y que se haga saber al. maY?r· gobernador.] (Se ordena al ma· ?omo practique las mas activas providencias y dihgen~ias yordomo proceda al cobro de las JUdiciales y extra-judiciales para el cobro de las canttda· cantldades adeuda· des que se estan adeudando no s6lo por el tiempo de· su das al fisco munl· cipal.J administraci6n sino tambien de Ia de su antecesor, don Eusebio Urquizu, [f· 307 ]/y que al efecto se presente con~ los deudores y sus bienes en Ios competentes juzgados, (La Junta Municl· que la Junta Municipal, a quien todo debe pasarse con pal a determlnar lo referente a la las formalidades de estilo, acordara lo conveniente acerca deuda de Manuel Padilla.] de la deuda de Manuel Padilla. Se vio la solicitud de don Juan Rodriguez Calderon. (Don Juan Rodrf· con que acompaiia el titulo, librado a su favor en el tidbu· guez Calder6n sonal de Inquisici6n de Cartagena, de notario del Santo liclta se tome raz6n de su tltulo de Oficio para que de el se tome Ia correspondiente raz6~. notario del Santo Oflclo de la InqulY se acord6: Haherlo por presentado con el nominado ti· sici6n.J tulo y que se tome raz6n en el libro que corresponde, devolviendosele el original, guardandose al interesado las honrras e inmunidades que conforme a derecho le cor:responden. : Bl secretario dio cuenta de un pedimento de Vi;z~te [Arrendatario del Ferrer, arrendatario del pasaje de la Boca de Loys~j¢J;i el pasaje de la Boca de Lofza soliclta corriente trienio, quien por obviar algunos altercadps que arancel de los de· rechos q u e debe se le han suscitado con aquel vecindario, pide se le ~·aran· percibir por el pa· zel que especifique los derechos que le correspondenipor el saje de los tran· se6ntes.J pasaje de los transeUn.tes. Y se acord6 : Que el ,presente secretatio solicite en el archivo de este ilustre ayuntamien· (Secretario del cabildo a presentar to el arancel que hubiere para [f· 307v.]/dicho pasaje Y de dicho arancel en la pr6xima reunl6n cuenta con el en el primer cabildo. capitular.J


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Con Io .que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus · sefiorlas, de que certifico. = Yrizarri [nibrica] = Hernaiz [nibrica] = Ramires [nibrica] == Licenciado Mexia [nibrica] Maysonet [nibrica] Ante mi Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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[244] [9 DE MAYO DE 1808.] En la muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios nueve dias del mes de mayo de n;til ochocientos y ocho afios, para celebrar cabildo ordinano, como es uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial Ios seiiores alcaldes orclinarios de primero Y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella Y don Pedro de Yrizarri; y Ios caballeros regidores, fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sfndico procurador general, don Jose Maysonet; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos de gobierno; ni el caballero rexidoralguacil mayor, don Manuel Hemaiz, por haber avisado hallarse ocupado en comisi6n [I· 308 ] / del seiior gobemador, capitan general, intendente. El secretario dio cuenta de no hallarse en el archivo de (Secretario lnforma su cargo arancel alguno para Ios derechos que debe tener no ballarse en el archivo el aranc:el el pasajero de Ia Boca de Loysa y Io que debe exigir a los para el pasaje de transeilntes por el pasaje. y se acord6: Que siendo preciso In Boca de Lolza. J (Slndlc:o proc:uraofr en el particular al caballero sinclico procurador general dor general a exse le pase el expediente para que tomando Ios informes ne- presar su c:rlterio respecto al aranc:el cesarios de a este cabildo el suyo para determinar lo que debe observar el pasa1ero de la que corresponda. Boca de Lolza.] Se abrio un pliego del senor gobemador, capitan gene- (Gobernador acusa del testlmoral, intendente, que abierto result6 ser la contextaci6n rec:lbo nlo del ac:ta anterior.] de la acta anterior. Y se acord6: Archivado. Con Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron dichos seiiores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] Ramires [nibrica] Licenciado Mexia [rubrica] Maysonet [rubrica] Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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ACTAS DEL CABILDO

[245] [16 DE MAYO DE 1808.]

(Sfndico procurador general propone arancel para ct pasajcro de la Bo· ca de Lofza.J ·

[Provl!ese de aran. eel al aludido pasajero.)

(Pasa a lnforme del cabildo solicitud de Bernardo L6pez para establecer una escuela de cuentas de com~r­ cio.J

En la (f· 308v. ]/Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de mayo de mil ochocientos ocho afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], co~cu­ rrieron a esta sala consistorial los seiiores alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellan?; Y lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sin· dico procurador general, don Jose Maysonet; para .~tar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de Ia r~ubbca. No concurri6 el seiior teniente gobernador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo; ni el seiior alcalde de segundo voto, don Pedro Yrisarri . El caballero sindico procurador general evacu6 e.lin£t: . ~~ me que se le pidi6 acerca del aranzel que ha soliCita Vizente Ferrer, actual arrendatario del pasaje del rlo de Loisa, en que expone ser proporcionado seiialarse por derecho de su pasaje medic real por cada caballo de ~~ que tenga que pasar, haciendolo de la caballerfa Y dueno. Y ocho cuartos por los que pasasen solos, esto es, una P~ sona, un caballo o una carga. Y se acord6 : Que por presente secretario, luego que resulte la aproba~16n de''· esta acta por su seiioria, el sefior gobernador, cap1tan .general, intendente, se de a Vizente Ferrer una certificaa6n que le servira de gobierno hasta que se formalize el aran· zel comprensivo de .Jo ,que debe exigir por pasaje a los ~aminantes y en los terminos siguientes : medio real, .['· ]/por cada persona, caballo y carga; y seis cuartos, por cada persona sola, lo mismo el caballo, y igual swna p~r una carga, entendiendose todo por ida y vuelta. fi Se vio un expediente promovido por Bernardo L6Pff• de este vecindario, que solicita se le permita establ~r ~a. es:uela de cuentas de comercio, cuya solicitud se strV~f el ~enor gobemador, capitan general, intendente, pasar a1~te ilustre cabildo para su informe. Y se acord6: Pasarl;:i· al caballero smdico procurador general para que rep~en­ tando lo que le pareciese justo se pueda dar aquel, ·a SU seiioria.


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Se vio, asimismo, otro expediente que el seiior capitan general, intendente, pasa a informe de este cabildo promovido por don Jose Quinones, teniente coronel graduado de exercito, y don Jose Davila, a efecto de que siendo el primero fiador de don Eusebio Urquizu, mayordomo de (Don Jose Quidones se le relepropios por el solo aiio de ochocientos dos, que afect6 soliclta ve como fiador del ex-mll,YO.fdomo de su hacienda de campo del partido de Bayam6n, ahora se proplos · don Eusebio Urqulzu y prohalla en la necesidad de tenerla libre para asegurar en pane qulen habr.l de reemplazarle coella la dote de una hija suya que va a profesar en el con- mo tal.J vento de Carmelitas de esta ciudad; y pide se le admita la subrrogaci6n que ofrece en la persona del segundo, quien esta pronto a responder con su hacienda radicada en el propio Partido de Bayam6n. Y se [l· 309v.]/acord6: Pasar esta instancia al caballero sindico procurador general [Se reliere al sfndico procurador gepara que informe lo que se le ofrezca y parezca. neral la antes menclonada sollcitud.J El secretario dio cuenta de la solicitud de don Antonio Chieza en que pide se provea en el el magisterio de primeAntonio Chieras letras vacante por fallecimiento de don Victoriano de [Don sa sollclta se le norobre la vaAldea, alegando servicio de mas de cuatro aiios que sirve cante deen maestro de tal a este publico. Y se acord6 : Pasar al caballero sin- de primeras letras.J dico procurador general este expediente para que infor- (Sfndlco procurador general a infonnar me acerca de la conducta, circunstancias y demas que debe sobre las circunstancias per.;onales reunir este individuo para que se acceda a su solicitud. del peticlonarlo.J En este cabildo se present6 Dolores Santana, de este (Doila Dolores Santana sollcita se le vecindario, hija de Andres Santana, difunto, haciendo pre- infonne las deudas que su dlfunto pasent~ .que dicho su padre qued6 debiendo a las rentas de dre, qulen tuera ha deprop1os de esta ciudad varias cantidades por raz6n de mayordomo, jado a los fondos arrendamientos que tuvo a su cargo y que conviniendole de propios.J cerciorarse del lexitimo alcanze que contra el resulte pide que se le provea de documento que lo acredite. Y se acor(Mayordomo d o n d6: Pasar esta solicitud al mayordomo don Felipe (Jarcia Felipe Garcfa a inpara que inform.e acerca de esta solicitud lo que le conste fonnar sobre el particular.) segiln el conocimiento que debe tener de la materia. Se present6 don Ceferino Vidart pidiendo que se le de[Don Ceferlno Vlvolviera. el expediente que promovi6 para que se le con- dart soliclta devocediese poner escuela de primeras letras en esta ciudad, luci6n d e I expedlente por el pro310 ['· ] / respecto a que hallandose enfermo se restituye al movido para GUe se le permltiera es partido de Faxardo en que reside. Y se a'cord6: Devolverle tablecer escuela de letrct~.J solo los titulos presentados, anotandolo el secretario para prlmeras IProveese para la devolucl6n 'ie In~ constancia en este expediente. t.tulos pre:ientado~ por don Ceferino Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Vidart.J seiiorlas, de que doy fee. Doctor Santaella [rubrica] =

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Hernaiz [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Maysonet [rubrica] - Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[246] [23 DE MAYO DE 1808.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes ~e mayo de mil ochocientos y ocho afios, para celebrar cabil· do ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concu· rrieron a esta sala consistorial el senor alcalde de segunda e!ecci6n, don Pedro Y risarri ; y los caballeros rexidores. fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico procurador general. don Jose Maysonet; para tratar y conferir las cosas #tocan· tes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente de gobernador y auditor de guerra de esta isla por hallarse ocupado [f· 3i0v. ] / en el despacho de los asuntos d~ tribunal de gobierno ; ni el senor alcalde ordinario de pn· mera elecci6n, doctor don Francisco Marcos de Santaell.a; ni el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hern6iz· Este [sic] cabildo evacu6 el caballero sindico procura· (Sfndlco procura· dor. general la representaci6n que se pidi6 en el anterld dor general rinde informe sobre la cablldo a la instancia provida [sic] por el teniente coron · solicitud de don Jos~ de Quinones graduado don Jose de Quinones y don Jose Davila. y ~· respecto a que se su vista se acord6 : Pasar el expediente a los seiiores presi· le releve como fia· dor, y se pasa el dente Y vocales de la Junta Municipal con el objeto de A.ue expediente a la Junta Municipal.] ~us senorias den al senor gobernador, capitan general e mtendente, el informe que ha pedido. .. Tambien evacu6 la representaci6n el caballero sfidico !Slndico rocura· procurador general en el expediente promovido P~f.' don dor genera informa sobre la soli· Antonio Chieza que solicita se provea en el el miIPt~terio citud de don An· tonio Chiesa para de primeras letras de esta ciudad vacante por fallecumento ejercer como maestro de primeras le· de don Victoriano Aldea. En su vista se acord6 : Diputar a 1 tras y se les encolos senores alcalde ordinario de primer voto y , alguacl.1 mienda al alcalde ordlnario de pri· ~ayor, don Manuel Hernruz, para el examen de l~er, escn· mer voto y al al· guacil mayor exab1r Y contar, y que informen de calidad, *y* cop.ducta Y minen al peticiona· rio e informen soconstumbres [sic] del contenido don Antonio Chieza. bre su conducta y costumbres.J

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el Ori·

ginal.


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Igualmente, evacu6 el caballero sindico procurador general en el informe que se le pidi6 acerca de la solicitud de Bernardo Lopez para poner una escuela de cuentas de comercio. Y se acord6 : Devolver este expediente, [f· 311 ] / con el informe que precedia del mismo caballero sindico procurador general, a su sefioria, el senor gobemador, intendente y capitan general, precedidas las urbanidades de estilo, sirviendo el decreto de oficio politico en forma, conforme se previene. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que cloy fee. = Yrizarri [rubrica] = Ramires [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Maysonet [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

391' (lnforme del slndi·

co procurador general sobre petici6n de .Bernardo L6pez respecto a establecer una escuela de cuentaS de comerclo queda referido al gobernador.J

[247] [31 DE MAYO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta y un d:las del mes ~e mayo de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los seii.ores alcaldes ordinarios de prim.era y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Y risarri ; y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hemctiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez, de Arellano ; lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No [f· Juv. ]/concurri6 el senor teniente de gobernador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de Ios asuntos del tribunal de gobiemo. En este cabildo expuso el caballero regidor-fiel ejecutor, capitan don Miguel Ramirez, que para ocurrir a su majestad en solicitud de la real confirmaci6n de su oficio necesita certificazi6n, por triplicado, de haberse presentado en este cabildo y obtenido .Ja posesi6n en veinte y tres de abril del afio pasado de mil ochecientos cuatro. Y se acord6 :Que con presencia del acuerdo celebrado en aquel dia se le den en la forma ordinaria. Se abri6 un pliego del senor gobemador, intendente Y capitan general, por el que traslada a este cuerpo la orden

(A efecto de requeconfirmaci6n real de su car~, el regldor-fiel e1ecutor sollcita certliicnci6n de su toDlll de posesi6n.J r i r

[Prov~ese para la sollcitada certificaci6n.)


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ACTAS DEL CABILDO

IGobemador remite orden del 18 de noviembre de 1807 por la que se ordena restablecer la prActica de que sean los capltanes de puerto qutenes aslstan a las Juntas de Sanldad.J

de cliez y ocho de noviembre ultimo, que dice le paso el excelentisimo seiior secretario de Estado y del Despacho de la Guerra, por el que se manda restablecer la practica, tan sabiamente instituida en los articulos desde el cincuenta y siete y siguientes del Titulo Septimo, Tratado Quinto, de las Ordenanzas Generales de la Armada de mil setecientos noventa y tres, para que los capitanes de puerto sean quienes asistan a las Juntas de Sanidad, segU.n alli se ~­ tablece, por la analogia de estas funciones con las demas del empleo de los comandantes y jefes de marina, en cuanto tienen la obligaci6n de visitar los buques entrantes Y con la dependencia siempre de Ios gobernadores de las plazas, segtin prescribe el Articulo setenta y nueve del Tftulo Y Tratado citados ; .quedando por consiguiente der?gada en esta parte la Ordenanza de Matriculas y restablec1da la observancia de la general de mil setecientos noventa Y ~· sin que haya necesidad de que dichos jefes de Marina asistan a las Juntas de Propios, respecto de que s6lo I.es cor~esponde el proponer los gastos necesarios para las ~bras hidraUlicas y cuidar [f· 312] /de su execuci6n facu1!3~va Y no otra alguna intervenci6n, siendo la fecha del oficio que la pas6 clicho seiior gobernador, de veinte Y ocho e los corrientes. Y se acord6: Se copie en el Libro de Tomas de Raz6n y se archive. Dio cuenta el seiior alcalde de primer voto que estando c7lebrando en la tarde del veinte y ocho en esta ~~~. capi~ar Junta Municipal, de que es presidente, rec1bio ttn ofic10 del se?or go~ernador, intendente y capitan ge~~~ fSe da cuenta del fecha del nusmo dia, que exibe, ·y expresa que debien recibo de un oficio del gobernador recantarse en la propia tarde a las cinco y media, el Te quiriendo d c I cablldo su aslstencla D~Um. en la Santa Iglesia Cat~dral y celebrarse a:l siguiente al Te D~um y misa en acci6n de gra. n;usa en acci6n de gracias con el plausible motiv~ de haber cias por la exalta· ci6n al trono de sido exaltado al trono el serenisimo seiior princ1pe d~ AsFernando VII.] tu?as por haber abdicado la corona su augusto p~drf; ~ (Cabildo asiste a aVIs6 para que el cabildo concurriera en ceremoDia f'I , • las aludldas ceremonlas.J chos actos, que fue obedecido y executado. Y se ac?_rdCS: Mandar se archive. /' · Tambien se recibi6 otro oficio del senor gobemador, intendente y capitan general, fecha, veinte y tres 4~1 presen~e, por el que avisa haber recibido el oficio q,.~e est; cabil_do le pas6 en diez y seis del corriente con el testimomo de la acta del mismo dia que acompaii6; y 'que mediante a que todos sus particulares quedaban pendientes de resultas de los informes que sobre ellos tiene acordados,

dn


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

evacuados que sean, como tambien formado el arancel para el pasajero del rio de Loysa, determinaria lo que estimara por mas util y conveniente. Y se acord6: Deputar [f. 312v·]/ al senor alcalde de segundo voto, don Pedro Yrisarri, y caballero rexidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramirez, para la forrnaci6n del arancel que debe regir al pasajero de Loisa, presentandolo a este cabildo para llenar las ideas de dicho senor gobernador, capitan general, intendente. El mayordomo de propios evacu6 el informe que se le pidi6 acerca de la deuda de Andres Santana; y resultando ser esta ochocientos setenta y tres pesos, dos reales, y veinte y tres maravedies, segU.n que asi se ha visto del expediente que se trajo a la vista. Se acord6: Dar vista de lo que ha promovido Dolores Santana, su hija, como ella misma solicit6 para Ios efectos que puedan convenirle. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [n1brica] = Hernaiz [nibrica] = Ramirez [robrica] = Lidenciado Mexia [rubrica] Maysonet [robrica] =Ante mi = Tomas de Escalona [nibrica], secretario de cabildo.

(Gobernador posoone accl6n sobre acra capitubr del 16 de mayo de 1808 hasta tan to se resuelvan los asuntos en ella consignados.J !Se encomienda al alc:.llde de segundo voto y al regjdorfiel eiecutor la redacc16n del ar:m· eel pa1;1 el pasajero de Boca de Loeza.)

(Mayordomo d o n Felipe Garcea informa la deuda que tenra con los proplos el difunto mayordomo d o n Anclr~ Santana.) ISe infonna a la hlia d e 1 difun to mayordomo fa deuda de ~te con los propios.J

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[248] [ 4 DE JUNIO DE 1808.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San J~an .Bautista de Puerto Rico, a los cuatro clias del mes de 3umo de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobemador, intendente Y capitan general, concurrieron a esta sala consistorial senor don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario el 313 ['· ]/de Real Chancilleria del distrito, teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla; el seiior alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; y el lizenciado don Juan Antonio Mexia, rexidor. En este cabildo se recibi6 un oficio· del senor gobemador, intendente y capitan general, en que dice que el dia treinta. del mes de mayo Ultimo que bubo besamanos en la Real Fortaleza en celebridad de los dias de nuestro augusto monarca, y a que asistieron todos los cuerpos mili-

(Olicio del gobernador solicitando del cabildo exprese lo que pudo presenclar respecto al desaire que le hlciera a el el mariscal de campo


394 don Ram6n de Castro en ocasi6n del besamanos celebrado en Fortaleza en honor al monarca Fernando VII.)

ICabildo contesta al gobemador sobre el antes menclonado particular.]

ACTAS DEL CABILDO

tares, politicos y eclesiasticos, se present6 el mariscal de campo don Ram6n de Castro; y que habiendose adelantado de su puesto dos o tres pasos a recibirle, darle la mano Y seiialarle con ella repetidamente que se colocase a su derecha, despreci6 estas demostraciones y se fue a lo Ultimo de la sala, lo cual le dio motivo para despedir desde luego la corte. Y que habiendose hallado casi todos los individuos del muy ilustre ayuntamiento a su inmediaci6n esperaba que a continuaci6n se serviria expresar lo cierto [f· Jl3v.]/ de las referidas circunstancias si las not6 y lo demas que haya observado en aquel acto en ,que representaba la persona de su majestad. Y en vista del citado oficio acord6 el cabildo: Que se le contextara que es muy cierto observ6 y not6 cuanto en el se refiere ejecutado por parte de su seiiorfa luego que entr6 en Ja sala el mariscal de campo don &am6n de Castro Y por la de este; como tambien que por SU 5el!1" blante imutado [sic] y por el golpe que dio en medio de la sala al tiempo de su entrada, dejando caer el sa· ble, en el suelo, que llevaba afianzado sobre el brazo, Y el modo con que accionaba la primera y segunda vez que habl6 a su seiioria conocerian todos los concurrentes qabue dicho mariscal de campo don Ramon de Castro se hall a con alguna grande indisposici6n de ammo pero que como las contestaciones de los dos fueron en voz baja no pudo el cabildo advertir el asunto o particulares sobre que ~­ taron .. Y que esto es cuanto en verdad y con el honor e lID·, parcialidad que acostumbra el cabildo puede contex~ a su sefioria acerca del contenido de su expresado ofi~10• Con lo que se concluy6 [f· 314 ] / este cabildo, que firJilJl· 7on su~ s~iiorias, de que doy fee. = Entre renglones == ~ unparc1alidad = vale. = Ynguanzo [rubrica] Doctor Sa:ztaella [rubrica] = H ernaiz [rubrica] = Ramires .Crubnca] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Torrz~ de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. •

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[249] [ 14 DE JUNIO DE 1808.] . En la Muy ,Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan .B~· tista de Puerto Rico, a Ios catorce dias del mes de JUDIO de mil ochocientos y ocho afios, para celebrar cabildo or-


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes de primero y segundo voto; y los caballeros rexidores, fiel ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano ; y lizenciado don Juan Antonio Mexia. Tambien concurri6 el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el seiior teniente gobernador, auditor de guerra de esta isla, por hallarse ocupado en el despacho de los asuntos del tribunal de gobierno. En este cabildo se recibi6 un pliego del senor gobemador, intendente y capitan general, en que incluye el real decreto (f· 314 v. ] / de 18 de marzo Ultimo por el que su majestad, el senor don Carlos Cuarto, se sirvi6 exoneral [sic] a don Manuel Godoy, principe de la Paz, de los empleos de generalisimo y almirante, concediendole su retiro donde mas Je acomodara, queriendo su majestad mandar por su real persona el exercito y marina. Otro, en que transcribe otro real decreto de 19 de marzo por el que se comunica la abdicaci6n que el se:iior don Carlos Cuarto hizo de su real corona en el serenisimo sefior Principe jurado de Asturias, el senor don Fernando Septimo, que comprende que por los achaques de que adolece no ~e permi ten soportar por mas tiempo el grave peso del gob1erno de sus reinos y que le era preciso para reparar su salud gozar en clima mas templado de la tranquilidad de la vida privada, con Io mas que expresa. Otro, comunicado por el seiior don Pedro Zeballos, excelentisimo senor secretario de Estado y del Despacho de la Guerra, con Ia misma fecha de 19 de marzo, porque quedando sin exercicio los secretarios de Estado y del Despacho don Pedro Zeballos el marques caballero don Antonio Olaguer Feliu, el bailio' don fray Francisco Gil y don Miguel Cayetano Soler, por la abdicaci6n que su majestad, el senor don Carlos Cuarto, hizo en el serenisimo senor principe de Asturias de su real corona, y necesitando su real nombramiento ha venido en ratificarlos nuevamente el senor don Fernando Septimo del Despacho de que cada uno estaba encargado, en consideraci6n a las calidades de que estan adornados. Y sobre todos se -acord6: Su obedecimiento, como que este cabildo es [f· 315 ] / fie! y leal vasallo de su majestad, que Dios guarde; y ,que se archiven sirviendo de contestaci6n al senor gobemador, intendente y capitan general, el testimonio de esta acta. Al mismo tiempo

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395

[Gobenlador remlte real decreto de 18 de marzo de 1808 relevando a d o n Manuel Godoy de los empleos respectivos de generalifei mo y :ilmlrDJlte ejl!rclto y marinn.J

((iObenUldOr parti• clpa real decreto de 19 de marzo de 1808 por el que se comunlca la abdlct1cl6n que de la real corona hlcier:i Carlos IV a favor de su hijo Fernando.]

(Gobernador dll a conocer real decreto respecto al nombramlento de secretarios de desP a c h o extendido por Fernando Vll.]


396

ACTAS DEL CABILDO

tambien se acord6 nombrar dos diputados para que formando una representaci6n al rey, nuestro sefior, el seiior don Fernando Septimo, que elevaran a sus reales pies,~~­ nifiesten la gratitud, jubilo y complacencia que ban rec1b1do con la plausible noticia de su exaltaci6n al tr~no Y demostraciones que practicaron al intento; cuya d1putazi6n recay6 en el seii.or alcaldc ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, y caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia. Se recibi6 un oficio del mismo senor gobernador, inten(Gobernador solicidente y capitan general, en que pide un tanto ~e Ia real ta copia de real cedula de veinte y cuatro de mayo de mil setec1entos secedula de 24 de mayo de 1779 retenta y nueve relativa a Ia solemnidad y funcion del Palativa a la funci6n del patrono S a n tron San Juan Bautista o un exemplar si lo hubiere ~u­ Juan Bautista.) plicado en el archive de este cabildo· Y habiendo buscado Y encontrado dos reales celulas que tratan de 19: materia, sus fechas, dos de septiembre de setecientos se~n­ ta Y seis y veinte y cuatro de mayo de setenta Y oclio. (Se remlten al gose acord6: Pasarlas a su seiioria en la manera que b~~ bemador dos reaencuentran, respecto a que en el archivo de este ca les cedulas sobre la antes mencionado quedan iguales exeinplares. da materia.J Se abrio otro pliego del mismo seiior gobernador, [f· 3•5v·]/ intendente y capitan general, en que pide su s~~ ria se le remita, si existe en el archivo de este ilustre ~~ · [Gobernador sollcido, el expediente relativo al arreglo y gobierno de ~sitas ta el expedlente relativo al regimen de medi~os, cirujanos, etc., y se acord6: Que el p_res~!:,, y goblerno de las visltas de medicos secretano, para el primer cabildo de cuenta de SI eX1S y ciruJanos.J erea ' o no en el archivo o presente los papeles que ballase ac de esta materia. Se recibi6 igualmente un oficio del senor gobe~dor, int~ndente y capitan general, contestaci6n del acuerdo de tremta y uno de mayo, y en que su sefioria manda se pre[Gobernador ordevenga al mayordomo de propios ·agite, con el mayor eu,i· na se prevenga al mayordomo active peiio Y actividad, el cobro de los ochocientos setenta. Ytt6s el cobro de lo adeudado a los fonpesos, dos reales, veinte y tres maravedies, que quedo agcµdos de proplos por Andres Santana.) ~do Andres Santana a dicho ramo. Y se acord6: A.rc~~ar dicho oficio y hacerse por el secretario al mayordomq 1a prevenci6n referida. i Con lo que se concluy6 este cabildo, que fin:naron sus seiiorias, de que doy fee. Doctor Santaella [rubriqa] Yrizarri [rU.brica] _ Hernaiz [rll.brica] - Rqmires [rubrica] - Licenciado Mexia [rU.brica] = Ante tni Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

(Nombramiento de dos diputados para que redacten representaci6n al rey Fernando VII patentizando el j(abilo del cabildo por s u exaltaci6n a I trono.J

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[250]

[20 DE JUNIO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte dias del mes de junio del aiio de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, [f· 316] / concurrieron a esta sala consistorial el seii.or alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos de Santaella; y los caballeros rexidores, fiel ejecutor, don Miguel Ramirez; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet; para tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. No concurri6 el seii.or teniente gobemador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el despacho de Ios asuntos del tribunal de gobierno ; ni el seii.or alcalde de segundo voto, don Pedro Yrisarri · ni el caballero rexidor-alguadl mayor, don Manuel Hernfilz. Se vio en este cabildo Ia solicitud del subteniente don (Solicitud de don Jose Urquizu, hijo de don Eusebio, mayordomo que fue }°" Urqulzu sobre cu en tas perteni;· de las rentas de propios, quien actualmente esta rehacien- clentes a lo aduudo las cuentas de algunos aii.os de los que su padre tuvo nJstrnci6n q u e su don Eusebio a su cargo dichos fondos· y para su arreglo pide la aproba- padre ejerclera en la ma· yordomta de pro· ci6n de la cuenta de gast~s del palco de la maroma, certifi- plos.J caci6n de la aprobazi6n de Ia cuenta presentada por los seii.ores rexidores don Antonio C6rdoba y don Jose Davila d~ la cantidad que se Jes entreg6 para funci6n del recibiIDiento del senor gobernador, y la certificaci6n del aumento de sueldo del esscribano, todo correspondiente a las del aii.o de mil ochocientos y dos. Y se acord6: cuentas 31 [AJudida solicitud (f· _ 6v·]/ Pasarle este expediente, con las urbanidades de queda referida a la estilo, a los sefiores presidente y vocales de Ia Junta Mu- Junta Municipal.] nicipal para la providencia que corresponda. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias; de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Ramires [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] Maysonet [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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398

ACTAS DEL CABILDO

[251] [ 4 DE JULIO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de julio de mil ochocientos y ocho afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial su sefioria, el senor don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla; los sefiores alcaldes de primero y segundo vot~, do~­ tor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yr1sam; Y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel executor, don Miguel Ramirez; lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y U.til de la republica. _ • 1 311 [Gobemador remite En este cabildo se recibi6 un oficio del senor [ 1/ real c~dula de 10 de abril de 1808 gobernador, intendente y capitan general, con el que a~­ en la que el monarca Fernando \Ill p~a una rea! cedula de su majestad, su fecha, ~n Mdo • comunica la abdia diez de abnl del presente afio, en que se ha digna .cocaci6n de la corona que en ~l ha municar a esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad la abdicabecho su padre Carlos IV y ordeci6n voluntaria que su augusto padre, el senor d?n Carlos na a su vez se le proclame en la Isla Cuarto, hizo en su real persona, por decreto de d1ez Ynuecomo rey dt> Ins dominios amerlcave de marzo anterior, de su real corona; mandando en su nos.) consecuencia que se levanten los pendones en su real n?J11" bre Y que sea reconocido y proclamado, con las soleJlllll_ a· des Y demostraciones que se requieren, por rey Y senor natural de estos dominios y que lo sea con el de don Fer· nando Septimo ; cuya real cedula ha sido acatada Y obedecida con todas las ceremonias de estilo por los senores que componen este ilustre ayuntamiento. Y en su virtu4 acordaron: Que se tome raz6n de ella en el libro qu€f r;orres· pon~. Que se proceda, desde luego, al mencionaff<>.J:a°" noclmiento y proclamaci6n con todas las soleripll . es . que exige tan augusto acto y ,que sean compatibl~s con, el estado actual de esta ciudad en el presente tiempo317de /gud [Deslgnacl6n de dirra ; nombrando a los sefiores alcalde ordinario [f• v. l e putados para que se encarguen de toprimera elecci6n, doctor don Francisco Marcos de Santaedo lo relaclonado con la proclamalla, Y rexidor exerciendo funciones de decano por enfermeci6n en la ciudad dad del propietario, lizenciado don Juan Antonio Mexia, de Fernando VII como rey de Espapara diputados que entiendan en el arreglo y metodo con fta e Indias.] que se ban de efectuar las funciones y diversiones publicas 1


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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en tales casos acostumbrados, con facultad de que puedan librar contra el mayordomo de los propios y arbitrios aquellas cantidades que fueren precisas para los gastos que corresponde se hagan por este ilustre ayuntamiento para mas solemnizar dicho acto, segiln y como se ha practicado en las proclamaciones de nuestros augustos soberanos anteriores, procurando en esta se ejecute todo con el mayor esmero y lucimiento por la doble satisfacci6n que resulta a todos los dominios de su majestad; y que se pongan de acuerdo con el citado senor gobernador, intendente y capitan general, sobre que se verificara dicha proclamaci6n el dia catorce de octubre de este aiio, por concurrir en el ~:C~~:i:1c\~ 0d: la circunstancia de cumplir los veinte y cuatro aiios de octubre de 1soa.1 edad nuestro amado soberano y senor don Fernando Septimo, a menos que por algiln motivo particular sea preciso anticiparla o dilatarla mediante a que en el tiempo que media hasta el referido dia catorce de octubre podran prepararse las cosas necesarias; que los mismos seiiores 318 [f· ] / diputados soliciten, con todo empeiio, una lamina o retrato de nuestro soberano actual para que haciendose el(Prov6es e para qtoue p1ntor puer • sacar una copia fiel por el habil profesor de pintura Jose rrtquefio don Josi! Campeche pueda colocarse bajo el correspondiente dose! - ~J:i11eom:::~ en el balc6n de esta casa consistorial. Que igualmente del monarca.I queda a su encargo la solicitud o elecci6n de dos sujetos decentes, y cuales se necesitan, para que hagan las funcioel nes de reyes de armas en Ia citada proclamazi6n, mandan- q(Determ!nase u e se deslgnen doles hacer, a costa de los propios, el adorno y vestuario dos personas para q u e act4en como correspondiente. Y para que respecto a que el vestuario. de reyes de armas en la proclamacl6n.J los maceros se halla demasiadamente deteriorado por (Ord~e se hagan vestlmentas los muchos aiios que Ueva de servicio dispongan que se nuevas para los mnceros.J les haga de nuevo de! mejor damasco que se encontrare. Tambien se recibi6 otro oficio del propio senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, 28 del mes pr6ximo anterior, en que se sirve comunicar inserto el [Gobernador parddecreto de su majestad de quince de abril Ultimo por el que clpa decreto real se dign.6 conferir el gobierno del Consejo de Hacienda al de 15 de abrll de 1808 J.lOl' el cual senor marques Caballero, relevandole de la Secretaria de se designan los secretarios del Des[f· 318v·]/ Estado y de! Despacho de Gracia Y Justicia, po- JlllchO de Hnclenda, de Estado y de niendo esta a cargo de! excelentfsimo senor don Sebastian Grncla y Justicla.J Penuela. Y se acord6 : Que se contestara su recibo y que se archivara. '· ' Del mismo modo se recibi6 un expediente, con decreto de dicho senor gobernador, intendente y capitan general, de 21 del referido mes de junio, para que, con presencia del


ACTAS DEL CABILDO

400 (Gobernador solicita infonnc sobre la obllgaci6n d e I arrendatario de1 pasaje de Palo Se• co rcspccto a Ja conducci6n a Ja cludad de correspondencia y plle· gos oficiales asl como de Jos presos cnviados de J a s c.:lrceles de la Isla.) (Prov4!ese para el aludido informc.)

aranzel y condiciones con que se remata el arrendamiento del pasaje de Palo Seco, informe este cabildo cual es la obligaci6n del arrendatario en cuanto a conducir a esta plaza la correspondencia y pliegos del gobiemo, como tam· bien los presos que de las demas carceles de la isla se remiten a ella. Y se acord6: Que se evacuara a la mayor brevedad el informe pedido y que para ello se diera cuenta del expediente en el cabildo inmediato. En este cabildo se tuvo presente que por la escasez de regidores, respecto de hallarse vacantes por defecto de (Se significa que postores los oficios que renunciaron don Jose Y don Mapor escasez de rcgidores el cabildo nuel Angel Pover, don Miguel Dabila y don Jose Hermeneno puede desempegildo Sanchez, y por hallarse enfermos, imposibilitados, fuirse a plcnitud en s u s funciones o el decano don Antonio C6rdova y don Jose Davila, D!l s~lo atribuciones.) no puede llenarse el cumplimiento de todas las obligaciones que estan a su cargo sino tambien que en las concu· rrencias publicas se nota la falta de individuos para su mayor decencia y solem.nidad, lo que no debe disimularse en lo posible por mas tiempo. Y al efecto se [f· 319] / acor· do: Que se pase oficio al senor gobemador, intendente (Requh!rese del goc~pitan general, para ,que compela a don Jose Marla D • bernador obligue a VIia Y don Vizente Pizarro en quienes ban recafdo en clase don J o s t! Marfa D:ivila y don Vi· de vinculados los oficios q:.i.e obtuvieron sus respectiv°:f:; cente Pizarro, quiencs han heredado dres, para que dentro del termino mas corto que Jes s . of1cios de regido· res, se ejerclten en acudan a sacar las correspondientes cedulas de perp~ estos oftcios.1 dad y sucesi6n en dichos oficios; y que en el entretan~dasd excusa ni pretexto alguno vengan a servirlos en call ·.'' de interinos, *sean* asignandoles para esto el tennin° de nueve dfas, con advertencia o apercibimiento de qu~::11 • oU& caso contrario se dara cuenta a su majestad de la in rencia con que ban mirado aquella real gracia Y del per· juicio que se ha causado y se esta causando al publico por la falta de su asistencia y servicio en los oficios, sin poder· se rematar en otros, para que se digne determinar lo <]1'1~· estime por mas justo; y que por el propio motivo ~fa; (Solicftase del gosado se sirva su seiiorfa mandar se saquen a preg6n,/Jor bernador ordene sc saquen a la publica otros treinta dfas, los que renunciaron los mencion,trts licltaci6n los oficios vacantes de don Josey don Manuel Pober, don Miguel [f· 319v·]/ D~ a regidores.J Y don Jose Hermenegildo Sanchez. _Cop Io que se concluy6 este cabildo, que firm,ard~ sus senonas, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] JJ.octor

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* ginal.

L o comprendido entre asteriscos aparece tachado en el on· . I


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401

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Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] Ramires [n1hrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Maysonet [nlbrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [252] [ 11 DE JULIO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de julio del aiio de mil ochocientos y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los sefiores alcaldes de primero Y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrizarri; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica ; y los caballeros rexidores, fie! ejecutor, don Miguel Ramirez de Arellano; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maisonet. No concurri6 el senor teniente gobemador, auditor de guerra, por ballarse ocupado. en despacho de los asuntos del tribunal de gobiemo; m el caballero rexidor-alguacil mayor por hallarse en ocupaci6n correspondiente a su oficio. [f· 320] / En este cabildo se recibi6 un oficio de su sefioria, el [Gobernador lnforhaber preveniseiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, ma do a don Vicente Piznrro y a don 6 d~ julio corriente, en que se sirve decir a este ilustre Josi! Marfa D4vila que tomen posecabildo que ha prevenido a don Vizente Pizarro y don Jose sidn de los oficlos de reglMaria Davila su presentaci6n a tomar posesi6n de los ofi- heredados dores.J cios de rexidores ,que recayeron en ellos por el fallecimiento de sus respectivos padres, y demas que expresa. En cuya inteligencia se acord6 : Archivar clicho oficio. · Se vio el expediente instruido por don Antonio Chieza en que solicita se provea en el la escuela de primeras letras de esta ciudad, que se halla vacante; y el cual se pas6 a los seiiores alcalde ordinario de primer voto y caballero rexidor-alguacil mayor para que en su vista se examinase al referido Chieza e informasen Io mas que les ocurriese acerca de las cualidades de la persona. Y evacuado dicho infor- [Dlputados encargados de examinar ' J me, con el correspondiente examen, se acord6 : Admitir al a d o n Antonio aspirante a precitado don Antonio Chieza para la escuela vacante y Chiesa, desempeftarse como maestro prlmeque acreditando su examen y aprobazi6n de la dootrina ras letras,de rinden cristiana se proveeria lo correspondiente; dandosele, por su informe.) !

26.


402 (Don Antonio Chiesa a ser examinado en la materia de doctrina crlstiana.] l S e presenta e l arancel q u e debe observar el pasaiero de la Boca de Lofza.J (Se refiere al gobernador el alu Jido arancel.J

(Se prepara lnforme al gobernador sabre las obllgaciones del pasaiero de Palo Seco.J

ACTAS DEL CABILDO

el presente esscribano, certificazi6n si la pidiere de este acuerdo para los fines que le convengan. Tambien se vio el arancel formado por el sefior alcalde de segundo voto y caballero rcxidor-fiel ejecutor para el arreglo y pago de los transeuntes al arrendatario del pa· saje de la Boca de [f· 32Dv·]/ Loisa. y se acord6: Pasarse a su seiioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, para su aprobaci6n o para que se sirva determinar lo que corresponda. El secretario dio cuenta del expediente mandado re:ervar para el primer cabildo en el que su sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, pide inf?rme a este ayuntamiento sobre las obligaciones del pasaJero de Palo Seco en cuanto a conducir a esta plaza la correspon· dencia y pliegos del gobierno, como tambien los pre$OS que de las carceles de la isla se remiten a ella. Y se eva· cu6 el informe transcribiendo lo que sobre esta materia se determin6 en las condiciones aprobadas en 10 de febrero de mil s~tecientos noventa y cinco; opinando a mas ~t: ayuntannento que el pasajero para todas las ocurrencia de su ramo debe tener peones boyadores de su cuenta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] = Ramires [rubrica] Licenciado Mexi.a [rubrica] = Maysonet [rubrica] = Ante mi = Tomas 321 de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· ] /

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[253] [18 DE JULIO DE 1808.]

(No se celebra cablldo por ausencla de algunos regidores.J

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juai;i. B.au· tista de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del 1*~$. de julio de mil ochocientos y ocho afi.os, para celebrar ~'bil~o ordinario, como es de uso y constumbre [sic], coI}.f~e­ ron a esta sala consistorial los seii.ores alcaldes or~os de primero y segundo voto, doctor don Francis~~~~arcos Santaella y don Pedro Yrisarri; el caballero rexidqt-alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; y el caballero sfl:ldico procurador general, don Jose Maysonet. y no habie~do concurrido mas nUm.ero de rexidores por hallarse .enfermo ~ caballero fiel ejecutor y el lizenciado don Juan Antomo Mexia, ausente de esta ciudad con competente licencia,


>-:= . . ·.·. ·.

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dijeron los sefiores que se hallan presentes que no podia celebrarse cabildo por defecto de caballeros rexidores voDoctor Santaella cales; y lo firmaron, de .que certifico. [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Herndiz [rubrica] Maysonet [rubrica] Ante mi Tomas de Escalona [rubrica], sccretario de cabildo.

=

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[254] [ 1 DE AGOSTO DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautestado no vale. tista de Puerto Rico, a *los treinta y un dfas* primero del Lo (nlbrica.J mes321 de agosto de mil ochocientos y ocho, para celebrar P· v·]/ cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinaries de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro de Yrizarri; Y los ca~alleros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hema:iz; Y lizenciado don Juan Antonio Mexia. (Gobernador reinite En este cabildo se abrio un pliego del senor gobema- ejemplnr del manldor,. intendente y capitan general, y con oficio de ayer fiesto de l:l Suprema Junta de Sevi· ~eIDite al muy ilustre ayuntamiento cinco piezas para su lla en el que se declara los bechos mstrucci6n. La primera, del manifiesto impreso que ha que motlvaron su hecho la Suprema Junta de Sevilla, a nombre del senor Creacl6n.J don Fernando Septimo, nuestro actual augusto soberano, declarando los principales hechos que motivaron su creaci6n. [Gobernlldor remite Segundo, un testimonio de la comisi6n expedida por la teStimonio de una comisi6n becha por Suprema Junta mencionada nombrando dos sujetos de la aludlda Junta para que dos dele· celo Y patriotismo para inspirar a viva voz el importante gados suyos expreobjeto de su misi6n, que es la permanente reuni6n de esta sen la finalldad de la Junta respecto a isla con la metr6poli y mantener su vfnculo indisoluble, la fsla.] con lo demas que es consiguiente y propio en tales circunstancias. env!a Tercero, un testimonio que explica los fundamentos de (Gobernador tesdmonlo de la declaraci6n de guela declaraci6n de la guerra a Napole6n y SUS exercitos y rra que bace Espa· contra Napole6n nuestro armisticio y franca comunicazi6n con la naci6n fla y del armisticlo de britanica. 1:' aqu.!lla con Ingla· terra.J

* Lo comprenclido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.


404

ACTAS DEL CABILDO

Cuarto, un testimonio del Bando publicado dictando las medidas que ban de gobernar para la expulsi6n **[f. ml/ (Gobernador remite testimonio del Bande unos franceses y la cautela para los que podran quedar do emitido para la expulsi6n de francon nosotros bajo de un juramento, cuya f6rmula ha expreceses de la isla.J sado la dicha Suprema Junta. Quinto, un testimonio del indulto publicado a fin de atraer a los vasallos distraidos con la deserci6n Y a los (Gobemador envia testlmonio del inreos de crimenes exceptuados, para que todos sean utiles, dulto a desertores y a varios reos.J arrepentidos mediante una gracia tan estimable. Y, finalmente, un impreso en que hace su sefioria os· tentaci6n del honor y confianza con que vive en este go(Gobernador remite impreso en que exbiemo por el buen concepto que le debe el vecindarlo P0! presa su confianza en la lealtad del SU opinion Conforme a la suya; por SU disposici6n de am· vecimlarlo y requiere el uso de la cumo para la defensa coadyuvando a su voto y juramento, carda eomo slgno exterior de dicha cifrando la uni6n y modo honroso de pensar en la cucarda Jealtad.J que ha de ser el signo exterior de la unanimidad en causa tan sagrada y que a todos llama sin distinci6n de persona; estado ni condici6n. [Proveese para el En vista de todos los expresados testimonios se acor· cumplimiento de lo d6: Obedecer, cumplir y ejecutar cuanto previenen Y previsto en los ant e s mencionados dan los superiores decretos de la Suprema Junta esta edocumentos.J cida en Sevilla, con motivo de las actuales ocurrencias de Espana con el emperador de Ios franceses ; los que fueron acatados [f· 322v-]/ por los sefiores de este muy ilustre ca· bildo con todas las ceremonias de estilo y lo mismo Ios demas que se han pasado, mandando se archivaran. toda· da ,que sea la raz6n de ellos en el libro que corresPoD a•. Y se tuvo presente que el decreto de la Suprema J~~ \, 16 (Documentaei6n ende Sevilla, SU fecha, diez y siete de junio ultimo, lo recib vlada por la Suprema Junta de Sevisu sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan gella llega a la isla p o r conducto de neral, de mano de los sefiores comisionados don Manuel s u s comislonados don Manuel Jaurl!Jauregui, capitan de reales guardias espafiolas, y capit4n gui y Juan Jabat.) de fragata de la real armada, don Juan Jabat, con las de~as noticias e instrucciones relativas a aquellas ocurre~· c1as} cuyos comisionados llegaron a este puerto, del ~el. C:a~, en 24 del pr6ximo pasado mes, y en este dfa Y/e: s~gwente 25, acord6 el senor gobernador, intendente Y fa• . (Gobemador deterpitan general, se proclamase a nuestro augusto sobenA1°: mina se proclame en la isla a Ferel senor don Fernando Septimo por rey de Espaiia Y. /de nando VII c o m o ~fu~. l rey de Espaiia y de las Indias.J Y ·que por cuanto convenia se ejecutase dicha /:proclamaci6n sin la menor demora para hacer otras decla·

IIlbi.

* Al pie del folio aparece· Enmendado = ayer = Vale. [ni· brica]. ·


405

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

raciones y publicar algunos Bandos; y que estaban presentes en su palacio los sefiores diputados del ayuntamiento, alcalde de primer voto, doctor don Francisco' Marcos Santaella, y caballero regidor lizenciado don Juan Antonio Mexia, para el arreglo de aquella funci6n, omiti6 su seiiorfa, por falta de tiempo, oficiar al efecto con todo el cabildo, con protexta de que en el primero que se celebrara se hiciese menci6n de lo ocurrido como que fue tratado verbalmente; y dandose en consecuencia los avisos correspondientes al caballero regidor *[f· 323 ] / en tumo que debfa levantar el real pend6n en defecto de alferez real, cuyo oficio esta vacante, y demas disposiciones relativas y conducentes a semejante acto, por los referidos seiior gobernador y diputados de este ayuntamiento se seiial6 el mismo dia 25 del pr6ximo pasado mes para la enunciada proclamaci6n; Ia que se verific6 con la formalidad y solemnidad posible, causando en el coraz6n de todos un jubilo extraordinario; sobre lo que tambien se acord6 que el presente secretario lo certifique a continuaci6n para la debida constancia. y que de todo s,e pase a su seiioria el competente testimonio con el oficio necesario. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Entre renglones, primero = mismo vale. Dodtor. Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [nibrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

=

(Gobunador y los dos dlputados capitulares sefialan el dill 2S de jullo de 1808 para que se electlle Ill referida proclamacldn, la cual en efecto s~- , Jlevd a cabo.J

=

[ANEXO UNICO.]

Cumpliendo con lo mandado en el anterior acuerdo, yo, el infrascrito secretario del muy ilustre cabildo Y ayuntamiento de esta ciudad de San [f· 323v.]/ de San [sic] Juan Bautista de Puerto Rico , certifico: Que a la hora de las cinco de la tarde del dia veinte y cinco del mes de julio ,que acaba de expirar se celebr6 la proclamaci6n en nombre de nuestro augusto monarca el seiior don Fernando Septimo ; para lo que se convoc6 el pueblo a las doce del mismo dia por el Bando que su seiiorfa,'el .seiior gobemador, intendente y capitan general de esta isla, mand6 pu-

* Al pie del folio aparece: Enmendado. pr6ximo pasado Vale. [rubrica].

=

[Certificacidn d e l secretario de cablldo, don Tom4s de Escalona, sobre la ceremonia de la proclamacidn en la ciudad de Ferlllllldo VII como rey de Espana y de lai,;

Indias.J


406

ACTAS DEL CABILDO

blicar con la real orden, fecha en Madrid, a 16 de abril del presente aiio, llevando la real insignia el caballero regidor en turno, por vacante del oficio de alferez real, capitan retirado de las Milicias Disciplinadas de infanteria Y fiel executor, don Miguel Ramirez de Arellano ; a cuyo acto asistieron el m.ismo senor capitan general, el muy ilustre ayuntam.iento, los seii.ores comisionados de la Suprema Junta de Sevilla, que llegaron a este puerto el dia anterior, y demas cuerpos militares, eclesiasticos y politicos Y todo el vecindario de esta plaza ; y en su presencia, en los cua· tro sitios que se sefialaron, previas las solemnidades necesarias y segtin el ritual y uzo de constumbre [sic], el nominado caballero rexidor en turno levant6 el pend6n por el senor don Fernando Septimo, rey de Espana Y de las Indias; en cuyos actos resonando los vivas no qued6 ~er· sona que no manifestase el jubilo y la mayor sati~facct6D [f· 324 ] / que les cabia de recibir, como recibian, Y 1ura~an por su rey y senor natural al senor don Fernando SeptiJIJ.O Y prestandole la mayor fidelidad y obediencia, cuyas pa· tentes demostraciones no dejaron una duda para creer que todos hasta los niiios de mas tierna edad prometian y ~ta· ban prontos a sacrificar sus vidas en obsequio de la JUSta causa que sostiene la naci6n espanola, de quien es parte este fiel y leal vecindario. Y para que conste lo firmo, coJil!} acos~bro, en Puerto Rico, a primero de agosto, de. m•. ochoc1entos y ocho aiios. = Tomas de Escalona [rubnca1• secretario de cabildo. \'

[255] [8 DE AGOSTO DE 1808.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ~a:u· tista de Puerto Rico, a los ocho dias del mes de agosi9 .ae ~l ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo o~r!:~ no, como es uso y constumbre [sic], concurrieron ~ esta sala consistorial los seiiores alcaldes de primero y s~gpl!do voto, doctor don Francisco Marcos de Santaella · Y don Pedro Yrisarri; y los caballeros regidores, alguacil, mayor, don Manuel Hernaiz; y lizenciado don Juan Antoni9.Mexia: para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y<[f· "J24¥.]/ util de la republica. No concurri6 el senor teniente gober· nador, auditor de guerra, por hallarse ocupado en el des·


'fr'' -'·:··'·' '

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pacho de los asuntos del tribunal de gobiemo; ni el caballero rexidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramirez, por hallarse enfermo. En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobemador, intendente y capitan [sic], con que acompaiia el expediente instruido y aranzel formado para el arreglo de [sic] pasaje de Ia Boca del rio de Loisa. Y en vista de las modificaciones hechas por su sefioria y demas determinado se acord6: Que por el presente secretario se extiendan Ios testimonios que manda su seiioria y se les de el destine que previene. Se vio un pedimento de don Antonio Chiesa, maestro de escuelas de primeras Ietras admitido en la vacante que hay en esta ciudad, en que solicita para hacer las presentaziones necesarias ante su sefioria Ilustrisima, el Seiior Obispo Diocesano, con el objeto de obtener el tftulo y examen de doctrina cristiana .que ha de sufrir, se le de. a continuazi6n de su escrito testimonio de la representaci6n del sindico procurador general y diligencia de examen que ha sufrido ya y todo obra en el respectivo expediente. Y se acord6: Acceder a esta solicitud. El secretario dio cuenta de un pedimento de Maria del Carmen Ynostrosa, vecina de esta ciudad, en que solicita que se le den 25 pesos que quiere redimir don Manuel Cano Y pertenecen a los fondos de esta ciudad; y presenta finca para responder de este corto principal. Y se acord6: Que no habiendose presentado el referido Cano para redimir el principal que se expresa, se tendra presente a la solicitante cuando [f· 325]/ llegue aquel caso. . . Se vio en este cabildo una solicitud de Jose AlbadaJO [sic], alguacil menor del juzgado, en que pide al ilustre ayuntamiento le admita la renuncia de su oficio por las causas que expresa; y otra de Jose Cabrera que pide el oficio que intenta dejar el primero. Y se acord6: Pasar ambas instancias al caballero rexidor-alguacil mayor para que, instruido de ellas y las circunstancias del pretendiente, informe lo que se le ofrezca y parezca. Se present6 don Manuel Caramb6, arrendatario de una de las casillas de Ia plaza, exponiendo que la que el habita y las demas necesitan de composici6n por tener varias goteras y descomposturas que son causa de perderseles algunos generos que tienen en ellas, y pide se reparen. Y se acord6: Pasar esta instancia al mayordomo de propios para que, acompaiiado de facultativos, reconozca dichas

407

(Gobernador d e vuelve con modilicaciones el nrancel que le fuera sometido para el p:1Sajero de la Boca de Lolza.J [A proveerse 1 o s testimonios ordenados ' por el gobernador sobre este arancel.J [Pedlmento de don Chiesa, Antonio designado para eier cltarSe como maestro de primeras letras, respecto a que se le di! teStimonio de la representacl6n del sfndlco procurador general y del examen por 4!1 tomado.J [Se accede a dlcha peticl6n.J

[Doi!a Marfa d e l Carmen YnostroSa sollclta censo de 25 pesos.) (Se pospone el otorgamiento d e I mlsmo.J (Don Josi! Albalad e j o presenta su dimlsi6n como alguacll menor; oficio este que queda solicitado por don Josi! Cabrera.) (Quedan referidas al regldor-alguacil ma.yor las dos an· t e s menclonadas peticiones.J (Don Manuel Caramb6, arrendatarlo de una CDSllla de venta, sollclta la reparacl6n de l!sta y de las dem4.s.J [Mayordomo a reconocer dichas caslllas de ventn e lnformar gastos de


408 las reparaciones a efectuarse en las mismas.)

ACTAS DEL CABILDO

casillas e informe a este cabildo del gasto que ocasionara su composici6n. Con Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f- 32Sv.]/

=

[256] [16 DE AGOSTO DE 1808.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau·

~ista de Puerto Rico, a Ios diez y seis dias del mes. de

[Gobernador r e• qulere del cablldo que a los efectos que don Jose Ur· qulzu pueda presentar las cuentas de mayordom!a de su dlfunto padre, don Eusebio, se le suminlstren los certificados p 0 r el pedidos.J

[Se informa al gobernador q u e la petlcl6n de d o n J o s e Urqulzu fue referida a la Junta Municipal desde el 20 de junio de 1808.)

agosto de mil ochocientos ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es uso y constumbre [sic], conc~eron a esta sala consistorial Ios seiiores alcaldes ordinanos de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos San· taella y don Pedro Yrisarri; y Ios caballeros rexidores, al· guacil mayor, don Manuel Hernaiz; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; para tratar y conferir las cosas t~cantes al pro y util de la republica. No concurri6 el senor teniente gobemador, auditor de guerra, por hallarse o_cu· pado en el despacho de Ios asuntos del tribunal de gobierno; ·ni el caballero rexidor-fiel ejecutor, don Miguel ·Ramirez, por hallarse enfermo. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor goberna· dor, intendente y capitan general, en que transcribe ?tro del comandante de las Milicias de infanteria de esta ISia, quien dice a su sefioria lo que le contest6 don Jose Urquizu de resultas de haberle apremiado al despacho de las cuen· tas. de propios de cuyo ramo fue su padre mayordo~Wi; Y qwen ha dado por respuesta no concluirlas a mottyp! de que este cabildo no le ha provisto de las certificacione~ que s<?licit6; en cuya virtud dicho senor capitan general 4'o copia al mencionado ilustre cabildo para que no s~, cause demora a Urquizu y tengan fin estas cuentas. Y se ~ci>rd6: H~cer presente a su seiioria, por medio de esta acta, que el ilustre ayuntamiento, desde veinte de junio Ultimo, des· pach6 la instancia de don Jose Urquisu pasandola al seiior presidente y vocales de la Junta Municipal, en donde tambien existe acordado sobre los particulares que [f· 314] / 1


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

contiene, segtl.n ban expuesto Ios seiiores presidente y vocal de Ia referida Junta, Iizenciado don Juan Antonio Mexia. Se tuvo pres en te el informe dado por el caballero rexidor-alguacil mayor acerca de Ia buena conducta de Jose Cabrera, que solicita se le admita para servir la plaza de alguacil menor del juzgado que quiere dejar Jose Albaladejo. En cuia vista se acord6: Acceder a la solicitud de este por hallarla justa y admitir a aquel por ser sujeto de buenas circunstancias, librandosele el tftulo por .el mismo caballero rexidor-alguacil mayor, sin perjuicio de los derechos de este muy ilustre cabildo. Que se le de la posesi6n en la forma acostumbrada, formandole su asiento para que conste el dia que entra al goce de su sueldo, lo que se hara saber al rnayordorno ; entendiendose todo Iuego que su seiioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, se sirva confirmar esta acta. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Doctor Santaella [nibrica] Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Ante mi = Tomas de Escalona [nlbrica], secretario de cabildo.

=

409

(Regidor - alguacil mayor informa sobre la buena conducta del aspirante al oficio de alguacil menor', don Jost! Cabrera.) [ProJl!ese para el nombramiento d e don Jost! Cabrera como alguacll menor .)

=

[257] [22 DE AGOSTO DE 1808.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos dias [f· 31lrv-]/ del mes de agosto de mil ochocientos ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial Ios seiiores alcalde ordinario de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrisarri; y Ios caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sfndico procurador general ; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo se recibi6 un oficio de su seiioria, el seiior gobernador, intendente y capitan general, para que se le remita el expediente sobre arreglo de visitas de medicos, cirujanos, etc., que pidi6 en oficio de 13 de junio Ultimo. Y se mand6 buscar al secretario, y no habiendose

(Gobernador reltera su petlci6n para que se le envre el expediente s o b r e r4!gimen y gobierno de las visitas de m~dicos, ciruJanos, etc.)


ACTAS DEL CABILDO

410

hallado otra cosa, una real orden de 21 de agosto de 77, se acord6: Pasarla a su se:iioria con el correspondiente oficio. Tambien se vio una solicitud del subteniente del Regimiento de infanteria Disciplinadas, don Jose Urquizu, dirigida al senor gobernador, intendente y capitan general, en que pide se le admita la cuenta del ano de ochocientos tres (Gobernador sollci· ta infonne sobre para su reconocimiento, la que no presentaba a su seiiorfa petici6n fonnulada por don Jos~ Ur· en considerazi6n a no habersele despachado por este ayun· quizu sobre reconoclmiento de la tamiento, como se practice) con la de ochocientos dos. E? cuenta de mayor· domo de 1803.J consecuencia de la cual representazi6n se previene por di· cho senor gobernador, informe este ayuntamiento. Y en SU vista se acord6: Informar a su senoria que el no habers~ despachado al subteniente don Jose Urquizu con la pro~­ dencia que haya lugar en la cuenta que enuncia del ano de ochocientos tres ha provenido de que hasta el presente no ha instaurado pretension alguna *contendene* con ten· (Cabildo rinde lndencia a ella ante este consistorio ; dimanando por lo tan· fonne sobre el ant e s menclonado to que cualquier omisi6n que en el particular se notecbede particular.) culpa del referido [f· 327 ] / Urquizu y lo mas que ha h 0 para cubrirse en SU morosidad ha sido presentar en misma mafiana varios comprobantes de cargo y data e las cuentas de los afios de ochocientos tres, ocbociento.s cuatro y ochocientos cinco, con direcci6n a la Junta Mum· cipal para que por ella se le manden dar algunas certifica· ciones que los justifiquen. En este cabildo se present6 Felix Roman, vecino d~ Caguas, exponiendo que babiendo seguido autos en el·tn· (Don Fl!llx Rom4n bunal del senor alcalde ordinario de primer voto con?'8 interpone recurso de apelaci6n con· don Pedro Guzman sobre la preferencia en el pago de cien tra fallo proferldo pesos que debia Apolinar L6pez Diego de Santiago, mepor el alcalde ordinario de primer diante cesi6n verificada por este a su favor de dicha can· voto en la causa del pago de clen tidad, y sentenciados definitivamente en providencia de pesos.) once de los corrientes, en que atribuyendose al contrato de cesi6n el inadecuado nombre de delegaci6n y decl~do el artfculo a beneficio de Guzman, interpuso apelazi~p: de la referida determinazi6n para ante este muy ilustr~J..COD· sistorio; la que le fue admitida libremente, segll.n co~suba· del testimonio que con el rito necesario acompaii6;'y ,que para que se sustanciara el recurso como correspondfa con· cluy6 suplicando se le hubiese por presentado en el· expresado grado y que el cabildo se sirviera nombrar jueces que

[Remltese al gober• nador una real or· den de 21 de agos· to de 1777 sobre la antes menclonada materia.)

esr

11

ginal.

Lo comprenclido entre asteriscos aparece tachado en el ori-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

detenninaran la causa y disponer [f· mv. ]/ que oportunamente se le entregara el proceso para expresar agravios. Y visto todo se acord6 : Que el presente secretario notificase al esscribano originario que para el inmediato cabildo de cuenta con los autos originales, con previa participaci6n al sefior jucz de la causa, reservando para entonces la providencia de nombrar conjuezes y demas conforme a derecho; y que se le hiciera saber a Ia parte apelante para su inteligencia. El mayordomo de propios evacu6 el infonne y reconocimiento de que esta encargado sobre la composici6n Cle las casillas de la plaza, pertenecientes a las rentas de propios; y expone, con cucnta formal de maestros de albaiiiIeria y carpinteria, que ascendera su composici6n a doscientos ochenta y cuatro pesos segiln el mal estado en que se hallan. Y se acord6 : Se proceda a dicha recomposici6n, como necesaria y resultar su conservaci6n en beneficio de las rentas de propios, encargandose a su mayordomo, don Felipe Garcia, el mayor celo y economfa posible asistiendo personalmente a la obra, percibiendo de los operarios los comprobantes que le serviran de descargo en su cuenta *partici* siempre que sea de Ia aprobaci6n de su se:iioria, el sefior gobernador y capitan [sic] e intendente, a quien se participara por medio de esta acta. Con lo que se [f· 328 ] / concluy6 este cabi,Jdo, que firmaron sus sefi.orias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] Hernaiz [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Maysonet [rubrica] = Ante m1 = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabild~.

=

=

=

[258] [26 DE AGOSTO DE 1808.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dlas del mes de agosto de mil ochocientos ocho a:iios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del se:iior gobemador, capitan general e intendente, concw:rieron a esta sala con• sistorial el senor don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor ho-

*

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

411

(Se pospone la designacldn de jueces para entender en dlcba :ipelacl6n.J

(Mayordomo infor·

ma sobre el costo

de las reparaclones a efectuarSe en las caslllas de ventas.J

[Prov~e para que se Jleven :i cabo las reparaciones an-

t e s mencioruidlls, las que so-btlr4n baio la supervisi6n del mayordomo.J


ACTAS DEL CABILDO

412

norario de la Real Audiencia del distrito, teniente de gobemador y auditor de guerra de esta isla ; el seiior alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; y lizenciado don Juan Antonio Mexia; Y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. *Que en este dia por la: tarde no tuvo efecto* se c?ncluy6 el cabildo extraordinario que manifiesta el antenor (No sc llega a tra• encabezamiento a causa de haber llegado la noche mv.] 1 tar asunto alguno en el tiempo en que se estuvieron leyendo los ofic1os de en este cablldo extraordlnarlo.J su sefioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, y demas papeles con que los acompan6, y sobre lo que dispusieron sus seiiorias tratar en *el* cabildo extraNota. Testado = tuvo efecto, no vaordinario del pr6ximo venidero Junes. Y para que conste le. = Entre Uneaa = se conc1QY6 = lo pongo por diligencia, de que certifico. = Tomas Escavale. (n1brlca.J lona [rubrica], secretario de cabildo.*

r

[259] [29 DE AGOSTO DE 1808.]

=

testado no vale. Escalona (rubricaJ.

Lo

=

(Comisi6n al alcalde ordinarlo de pri m e r a elecci6n para que redactara Jos borradores de Jos oficios que ban de cursarse refcrente al acopio, al· macenaje y envlo a Espada de dooativos de frutos.J

*En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dfas del ~es de a?osto de mil ochocientos y ocho afios, para efe~t? a~ contmuar el cabildo extraordinario que tuvo princ1pio dia yeinte y seis y despachar lo mas que ocurra, concu· rrieron a esta sala consistorial los mismos senores Y taxn· bien el seiior alcalde ordinario de segundo voto, don Pedro Yrizarri. C?ue .a conse~uencia de haber quedado el senor aicfid~ ordinano de prunera elecci6n con el encargo, desde I~ Ci tada tarde, de extender las minutas o borradores d~/los oficios que deben pasarse al Ilustrfsimo senor Ob~po, venerable senor dean, y cabildo de esta Santa Iglesia Ca· tedral, prelados de las religiones y demas cuerpos q~e ~ de convidarse para la asociaci6n con este ilustre cab~do en el modo y terminos prevenidos en el oficio del senor gobemador, intendente y capitan general.*

* ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

413

Se juntaron en la tarde de este clia para abrir un pliego del se:iior gobernador, intendente y capitan general, [f· 319] / en cuya cubierta se advertia que para ello se convocara a cabildo extraordinario y habiendolo verificado e impuestose dichos sefiores de su contenido acordaron: Que se cumpliera y ejecutara y que el senor alcalde de prim.era elecci6n se encargara de extender las minutas o borradores de los oficios que deben pasarse al Ilustrisimo senor Obispo, venerable sefior dean, y cabildo de esta Santa Iglesia Catedral, muy reverendos prelados de las religiones de Santo Domingo y San Francisco, y demas cuerpos que deben convidarse para que se asocien con este ilustre cabildo Y ayuntamiento a fin de entender en el acopio de los donativos de frutos, su remisi6n y almacenaje en esta plaza y embarque para Ios puertos de Espana. Y por ser ya cerca de las oraciones se mand6 suspen- (Se suspende por el momento la reuder la continuaci6n de esta acta, dejandola abierta para nl6n capltular.J verificarlo en la mafiana de [sic] lunes pr6ximo 29. Y habiendose juntado los mismos senores, a las nueve (Alcalde ordinario de ella, con el senor alcalde de segunda elecci6n, exibi6 de primera elecci6n presenta los el de Primera las citadas minutas o borradores, las que bomtdores de Ios vista.s fueron aprobadas, [f· 329v. ] / mandandose que se ex- oficlos antes mencioaados.J tendieran a su tenor Ios oficios insinuados. (Se apruebllll dichos borradores Y En este propio cabildo se recibi6 un expediente sobre el se provee para que arreglo de los honorarios .que deben percibir los medicos se extfendan los Y cirujanos por la asistencia a los enfermos y sus concu- oficlos.J (Gobernador env!a de los horrencias a juntas con un decreto del senor gobemador, arancel norarios a ser perpor . I.os intendente y capitan general, del veinte y cinco del corrien- cibidos m4!dicos y Cll'UJBte, en que previene informe este ilustre cabildo y ayunta- POS por su atenfacultativa a miento, con previa audiencia del caballero sind.ico procu- cidn enfermos y asistencla a las juntas de rador general, lo que sobre el particular se le ofreciere Y sanidad.J pareciere. Y en su consecuencia se acord6: Que pasara {Aludido arancel dicho expediente al citado caballero sindico procurador queda referldo al para que represente lo que estime por mas conveniente en s!ndlco procurador beneficio del publico y de Ios enfermos, especialmente los general.] pobres. Igualmente, se recibi6 otro oficio del propio senor gobemador, intendente y capitan general, su fecha, veinte y [Gobernador apruetres del corriente, en que manifiesta haber recaido su apro- ba los acuerdos baci6n sobre lo acordado por el cabildo en acta del dia adoptados en la sesidn del 22 de anterior, mandando en SU consecuencia Se procediera a SU agosto de 1808.J ejecucion y cumplimiento en todos los particulares que comprende; y al mismo fin se pasara el competente oficio al ~eiior presidente y vocales de la Junta Municipal para


414 IOficio a la Junta Municipal para quc permita al mayordomo cfectuar el llbramicnto correspondientc para la rcparaci6n de las casillas de ventas.1 (Sc presentan Jos autos de la causa seguida por don F~lix Romlin contra don Pedro Guzmlin, y sc designan los jueces que ban de entender en la apelaci6n.] (Sfndico procurador general lnforma sobre las condiciones en que· se halla la escuela de don Carlos Martinez.I (Diputados de escuelas a efectuar una vislta a la de don Carlos Mardnez y a informar sobre las condiclode dicha escuela.]

nes

ACTAS DEL CABILDO

que franqueen al mayordomo el libramiento de la cantidad necesaria para la recomposici6n de las casillas. En este cabildo dio cuenta el esscribano real, don Manuel de Acosta, de los autos que vinieron ser apelaziones interpuestas por [L 330 ]/ Felix Roman contra don Pedro Guzman, de que se trat6 en el cabildo anterior. Y vistos fueron nombrados de conjueces los seiiores regidores, alguacil mayor, don Manuel Hermiiz, y lizenciado don Juan Antonio Mexia. El caballero sindico procurador general expuso que con motivo de haber estado en la escuela que tiene a su cargo don Carlos Martinez observ6 que solo habria en ella de seis a ocho afios muchachos y estos reducidos a un cuarto o pieza bastante pequefia y poco ventilada, por lo que estaban manifestando Ia poca comodidad y el mucho calor que experimentaban. Y se acord6 : Que los caballeros diputados de escuelas pasasen personalmente a la de don Carlos Martinez para informarse sobre el particular Yel motivo de la decadencia de dicha escuela y que dies~ cuenta el [sic] cabildo inmediato a fin de tomar la proVI· dencia que corresponda. Con lo ,que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Ynguanzo [rubrica] == D0 ':" tor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernar: [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Maysonet [ru· brica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], sec\~ tario de cabildo. [f· 3JOv. ] /

[260]

[5 DE SEPTIEMBRE DE 1808.] I

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan;¥~u· tista de Puerto Rico, a los cinco dias del mes de seg~cml­ bre de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar dpil~o ordinario, como es de uso y constumbre [sic], con<;urne. ron a esta sala consistorial el senor don Franciscl;>, Diaz Ynguanzo, oidor honorario de Ia Real Audiencia del dis· trito, teniente de gobemador, auditor de guerra ;de esta isla; y los sefiores alcaldes ordinarios de primera ·y ·segun· da elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella Y don Pedro Yrisarri; y los caballeros regidores, alguacil mayor,


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

415

don Manuel Hernaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia; y el sindico procurador general, don Jose Maysonet. Se recibi6 un oficio · del Ilustrfsimo senor Obispo de esta isla, su fecha, 31 del mes mes [sic] pr6ximo anterior, en contestaci6n al que le pas6 este ilustre cabildo con la de veinte y nueve del propio mes, excusandose nombrar (Su Ilustrlsima se excusa de nombrar uno o dos eclesiasticos para que asociados con el mismo ecleslctsticos q u e intervengan en la cabildo entendieran en Ia comisi6n de recaudar, hacer con- recaudaci6n de donativos para la ducir a esta plaza y embarcarlos para los puertos de Espa- causa espaiiola conna, los donativos que en frutos hicieren los habitantes de tra Napole6n.J esta isla para ocurrir a los gastos en la presente guerra con la Francia. postura que Se recibio otro igual oficio al citado del Ilustrisimo la(lgual del Obispo asumen el y caseiior Obispo, del venerable senor dean y cabildo de esta blldo dedelin la CateSanta Iglesia Catedral, su fecha, dos del corriente. dral.J Y tam.bien otro del comandante militar de la matricula Y marina de esta isla, don Jose Maria Vertiz, contestando al que se le dirigi6, con la expresada fecha de 29 de agos(Don Gabino Sato, que nombraba a don Gabino Sabat y don [f· 331 ] / Ram6n bat y don Ram6n y Ca5tilla, Zen6n y Castilla, vecinos y del comercio de esta plaza, Zen6n quedan designados como representanpara que como individuos de dicbo gremio entendieran en teS del gremlo de la referida comisi6n y coadyuvaran al cabildo en las ope- comercio para colaborar en la reraciones consecuentes a su operaci6n. Y en su consecuen- caudaci6n de donativos.J cia se acord6 : Que por el presente secretario se le diera tparticlpa c i 6 n y aviso de su nombramiento y aceptazi6n por parte del ca- aceptaci6n de dibildo para que, inteligenciados de el, concurran a sus jun- chos nombramientos de parte del tas en el dia y hora que fueren citados para comenzar a cablldo.] tratar de! asunto para que han sido nombrados. En este cabildo se presentaron don Manuel Marcelino (Don Manuel MarTudela y don Juan de Dios Cuebas y Jose Barbudo·con los celino Tudela, don Juan Dios Cuetitulos de procuradores del nUm.ero de esta ciudad, cuyos bas yde don Jose Barbudo oficios ban rematado en publica subasta, solicitando que, titulos de presentan procurahabiendolos por presentados con dicbos titulos y certifica- dores del n11mero.J ciones de condiciones con que ban sacado dicbos oficios, se digne este ilustre ayuntamiento mandar se guarde, cumpla Y ejecute cuanto en ellos se contiene y se les tenga por tales procuradores en cuanto pueda ocurrir y corresponda en justicia y se tome de sus tltulos la raz6n correspondiente. Y se acord6: Haber por presentados a dichos aceptados tres individuos con los titulos y demas (f· 331v·]/ que expre- (Quedan en su profesi6n los aludidos procuradosan y que en su consecuencia se guarde, cumpla y ejecute res.] cuanto en ellos se contiene; participandose por el secretario a los seii.ores alcaldes ordinarios y tomandose la raz6n en el libro que corresponda.


ACTA$ DEL CABILDO

416

(Desisna c i 6 n de cuatro comerciantes para que cooperen en la recaudaci6n de donativos.J

En este cabildo se acord6 igualmente nombrar cuatro sujetos del comercio de esta plaza, de conocida idoneidad e integridad, para que como los dos nombrados po: el comandante militar de matricula y marina de esta ISia, don Jose Maria Vertiz, por parte del gremio, entiend~ asociados con el mismo cabildo en la mencionada comt· si6n. Y habiendose examinado el asunto con la reflexion que exige convinieron todos los sefiores vocales, unan~e­ mente, en .que recayera el nombramiento en don Francisco Saury, don Francisco Besares Rubio, don Miguel Torrens y don Jose Maria Zarraga; yen su consecuencia que.~or el presente secretario se Ies pasen Ios competentes ofic1os de aviso para que lo tengan entendido y concurran al ayun· tamiento, siempre y cuando fueren citados, para el desem· peiio de la comisi6n que esta a su cargo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [~­ brica] Licenciado Mexia [rubrica] Maysonet [rob~· ca] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretano de cabildo. [I· 332]/

=

=

[261] [12 DE SEPTIEMBRE DE 1808.] '\'

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· t1sta de Puerto Rico, a los doce dias del mes de septiembre· de ~il ochocientos ocho afios, para celebrar cabildo ordi· nano, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor don Francisco Dfaz Ynguan· zo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, teni:_nte de gobemador, auditor de guerra de esta isla; Jos. senores alcaldes ordinarios de primero y segundo v<>:'tp, doct~r don Francisco Marcos Santaella y don Pedro sarn; Y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don -11(1~· nuel Herna:iz; lizenciado don Juan Antonio Mexia; Y/ .el caballero sfndico procurador general, don 1ose Mays9P,et. En este cabildo se recibieron las contestaciones cle 1los reverendos prelados ·de los Conventos de Santo Doi#,ingo Y San Francisco a los oficios que se Ies pasaron, CO:Q/fecha de veinte Y nueve de! mes pr6ximo pasado, para que nom· hraran uno o dos religiosos que asociados con este ilustre

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[Los prelados de Ios conventos de Santo Domingo y San Francisco se excusan de nombrar religiosos que cooperen en la recaudaci6n de donativos.)


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

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cabildo y ayuntamiento entendieran en la recaudaci6n, almacenaje y embarque para los puertos de Espaiia de los donativos que en frutos hagan los habitantes de esta isla para los gastos de la presente guerra; en cuyas contestaciones se excusan a practicar dicho nombramiento por los motivos que en ellas refieren. Y se acord6: Que se acumulen al expediente para que obren en el los efectos que haya lugar. Dio cuenta el presente secretario con las contestaziones de don Francisco Besares Rubio, don Jose Marfa de Zarraga, don Miguel Torrens y don Francisco Sauri, nombrados por este (f· 332v·]/ ilustre cabildo y ayuntamiento como sus asociados para entender en dicha comisi6n, los que aceptan el encargo y ofrecen como buenos Patriotas (Los cuatro comerciantes designados cumplir cuanto estuviere de su parte para que tenga el fin para la recaudaci6n de donativos acepde~eado. Y se mand6 ,que las expresadas contestaciones se tan la encomien· umeran al expediente para su constancia en todo tiempo. da.] Se present6 don Antonio Chiesa con el titulo que le mand6 despachar el Ilustrisimo seiior Obispo de esta isla de que resulta id6neo para enseiiar Ia doctrina cristiana a (Don Antonio Chiepresenta tftulo los niiios de la escuela publica de primeras Ietras que se sa declilrltndole h4bll para enseihmza solicita se le permita abrir en esta plaza. Y en su vista de la la doctriua eris· Y del expediente instruido sobre el particular en que igual- tiana.) mente consta su buena vida y constumbres [sic] y su idoneidad en el arte de leer, escribir y contar, se acord6: Que, desde luego, se le nombre por tal maestro de escuela y que (Don Antonio Chiesa queda nombrado se le ponga en posesi6n de la que servia don Victoriano de maestro de primeAldea con la dotaci6n ordinaria de ciento y cincuenta pe- ras letras.J sos anuales, por ahora; que se le despache el correspondiente titulo y que se le devuelva el que ha exibido del Ilustrisimo seiior Obispo tomandose raz6n de el en el libro que corresponda; y ~ue se pase a Ia Junta Municipal testimonio de este acuerdo para que mande contribuirle con el sueldo seiialado. Dio ouenta el secretario de un expediente que le ha remitido el esscribano de gobiemo, el dia nueve de este mes, con decreto del seiior gobemador, intendente y capi. tan general, su fecha, veinte y tres de agosto Ultimo, para que informe este ilustre cabildo y [f· 333] / ayuntamiento sabre la solicitud del doctor don Joaquin de Torres Duran, a informar apoderado del teniente coronel don JoM~ Ponce, en la que al(Cabildo gobernador respide ,que este ilustre cuerpo presente el titulo que tenga de pecto al derecho de propiedad que propiedad, usurfruto [sic] y uso de una cuerda de tierra tiene sobre u n a cuerda de tierra en en el sitio d~ Palo Seco, la misma en que se colocan Ios Palo Seco.J 27.


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[Gobernador aprueba ac:ta anterior.]

[Arrendatarlo del pasaje de Palo Seco hace presente el mal estado de la casa emplazada en dlcho paraje.] [Provuae para el reconoclmlento de dlcha casa y para que se haga C<Ucu· lo del costo de su reparacl6n.]

ACTAS DEL CABILDO

pasajeros. Y se acord6 : Informar a su seiioria lo que cons· ta haberse contestado a igual solicitud que hizo el pasa· jero Lope Garcia en 4 de abril del corriente aiio. Se recibi6 un oficio del sefior gobernador, intendente Y capitan general, en que aprueba el anterior acuerdo. Y se mand6: Archivar. Se present6 Lope Garcia, arrendatario del pasaje de Palo Seco, exponiendo el mal estado de la casa que en aquel terreno tienen los propios de esta ciudad y pidiendo que se repare en beneficio de estos fondos y de los pas: .jeros.Y se acord6 : Que el alarife de albaiiileria de es ciudad pase inmediatamente a reconocerla y con prevd1· 0 ci6n de que de cuenta por escrito de su estado y fonnaD el calculo de las recomposiciones que necesite. fir· Con lo que se concluy6 [f· mv. ]/ este cabildo, qu~b .. maron sus seiiorias, de que certifico. = YnguanzQ ~ ca] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubnca] Hernaiz [rU.brica] Licenciado Mexia [rubrica] == sonet [rU.brica] Ante mi Tomas de Escalona [rti n ca], secretario de cabildo.

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[262] [17 DE SEPTIEMBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· t~sta de Puert? Rico, a los diez y siete dias del mes de s: tiembre de rml ochocientos y ocho aiios, para celebral' .. bildo extraordinario, en virtud de disposici6n del senor gobernador, intendente y capitan general, concurrieron 8 esta sala consistorial el seiior don Francisco Dfaz Yngu&Il· zo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, nic:_nte de gobernador, auditor de guerra de esta isla; .ios senores alcaldes ordinarios de primera y segunda eleqci"D' doctor don Francisco Marcos de Santaella y don P~8ro Yrisarri; y los caballeros rexidores, alguacil mayo'5.d don Manuel Hernaiz; y lizenciado don Juan Antonio M~J· En este cabildo extraordinario se recibi6 un ofiqit> del seiior gobemador, intendente y capitan general, su fecha. de hoy, en que expresa que debiendo maiiana ca.I!-t~rse el Te Deum y hacerse salva triple de artilleria con mpttvo de los rapidos progresos y [f· 334 ] / favorables ven::t~jas por nuestras armas en Espaiia contra las de los franceses, es-

(Gobernador requlere del cabildo asista al Te Dt!um a

cantarse en Cate· dral para celebrar vlctorlas obtenldas por las fuerzas espaflolas sobre los tranceses.J


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pera su seii.oria que este cabildo concurrira a la Santa Iglesia Catedral; y que previniera ,queen la noche de este dia y la del mafiana haya iluminacion general en todo el pueblo .. Y se acord6: Que se ejecute segtin ordena el sefior gobemador, intendente y capitan general, y que se le conteste a su sefioria el referido oficio. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. Ynguanzo [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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(Gobemador orde-

na haya llumina-

ci6n

general

dlcho motivo.J

por

[263] [19 PE SEPTIEMBRE DE 1808.]

.. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve dfas del mes de septiembre de mil ochocientos y ocho afios, para celebrar cabildo ordinario, como es uso y constumbre [sic], Y tratar Y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica, concurrieron a esta sala (f· 334v.]/ consistorial los seiiores alcaldes de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; Y lizenciado don Ju~ Antonio Mex.fa. En este cabildo se recibi6 un oficio del sefior gobemador, intendente y capitan general, su fecha, 13 de los conientes, por el que aprueba en todas sus part~ el acu~r~o del dfa doce. Y se acord6: Archivar el nommado oficio. Y no ocurriendo otra cosa de que tratar, se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorfas, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tom.as de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[264] [26 DE SEPTIEMBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis dias del mes de

[Gobernador aprueba acta del 12 de sepdembre del ado

en curso.J


ACTA$ DEL CABILDO

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!Se recibe duplicado de un despacho de la Suprema Junta de Sevilla.]

septiembre de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es uso y costumbre, y tratar las cosas tocantes al pro y util de la republica, concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; Y lizenciado don Juan Antonio Mexia. En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, 21 del corriente, con el que remite a este ayuntamiento el duplicado del despacho de la Suprema (f· 335 ] / Junta de Sevilla, que el dia 15 de este mes le remiti6 el brigadier de la real armada marques del Real Tesoro, comandante del navfo de su majestad San Justo a la vela y vista de este puerto, aiia· diendo noticia de los progresos de nuestras annas en Es· pana contra las francesas. Y se acord6: Arcbivar dicho oficio y despacho y contestar a su sefioria el recibo. · Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que certifico. Doctor Santaella [robrica] Hernaiz [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. ·

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[265]

[3 DE OCTUBRE DE 1808.]

(Gobernador envfa relaciones correspondientes a los donativos que en

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En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de octubre de mil ochozientos y ocho, para celebrar cabildo ordinariO, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, te~~pte de gobernador, auditor de guerra de esta isla; y el srr~or alcalde ordinario de primer voto, doctor don Fran~isco Marcos Santaella; los caballeros rexidores, alguacil m'~yor, don Manuel Hemaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia; Y el [f· 335v·]/ caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util ·de la republica. . En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobema· dor, intendente y capitan general, en que acompa:iia tres relaciones correspondientes a los partidos de Luquillo, Fa·


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

xardo y Trugillo, de Ios donativos ,queen frutos ban ofrecido algunos de aquellos vecinos para Ios gastos de Ia presente guerra. Y se acord6, en vista de ellas : Que para el Iunes pr6ximo, a menos que por algunas circunstancias sea forzoso anticipar la junta, se convoquen a los seis asociados a fin de tratar del modo de Ilevar Ios libros y la cuenta Y raz6n de los frutos que se fueren recibiendo. Se ley6 la representaci6n del caballero sindico procurador, su fecha, onze de septiembre pr6ximo pasado, dirigida al seiior gobernador, intendente y capitan general, ~obre que se expelan de la plaza Ios enfermos contagiosos de bubas y del mal de San Lazaro y San Antonio y otras lepras, cuya representaci6n pas6 dicho seiior gobemador a informe de este ilustre cabildo, por su decreto de trece del mismo mes. Y convencido de la necesidad y utilidad de la providencia que aquel promueve se acord6 : Que se informe al mismo seiior gobemador, intendente y capitan general, que se nombre, desde luego, una comisi6n compuesta del caballero rexidor don Juan Antonio Mexia y el propio caballero sindico procurador y el medico y cirujano del Real Hospital para que reconozcan Ios enfermos notados del expresado contagio, formen relazi6n [1• 336] / de sus nombres y circunstancias, con las casas en que habitan, a fin de dar cuenta con ella a su seiioria y que se determine su remisi6n seglin las circunstancias y al Real Hospital para que alli sean curados a su costa o bien fuera de Ia plaza, confonne se ha practicado en otras ocasiones. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firinaron sus Ynguanzo [rubrica] Doc-: seiiorfas, de que certifico. tor Santaella [rubrica] = Hernaiz [z¥brica] -:- Licen(:iado Mexia [rubrica] = Maysonet [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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[266]

[10 DE OCTUBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dfas 1 del mes de octubre de mil ochocientos y ocho afios, para celebrar cabildo ordinario, como es uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Francisco Dfaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, teniente

frutos ban ofrecldo algunos vecinos de Luquillo. Faiardo y Trujillo.I

[Citaci6n a los seis vecinos que ban de cooperar en la re-

caudaci6n

nativos.J

de

do-

(Cabildo a informar sobre solicltud

del s{adico procurador general para que se haga salir de la cludad a los enfennns de bubas, d.: lepra y de otraS eofermedades cootaslosas.J (ProP.6~-el nombramiento de una comlsi6n que proceda al reconocimieoto de los alud i d o s enfermos, prepare lista de ellos y casas donde habitan.J


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ACTAS DEL CABILDO

de gobemador, auditor de guerra de esta isla; y 'el seiior alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y las caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel [f· 336v·]/ Hermiiz; licenciado don Juan Antonio Mexia; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. . En este cabildo compareci6 don Vizente Pizarro, qwen en virtud de las requerimientos que se le ban hecbo por el se:iior gobernador, intendente y capitan general, ?ara que interinariamente venga a servir el oficio de regtdor, que resulta a su favor par la gracia que .Je dispens6 el rey a su lexitimo padre, don Tomas Pizarro, de vincularlo en su familia, expuso que siendo el el hijo mayor y por con· siguiente en quien recae dicha gracia se presentaba. personalm.ente a dicho efecto. Y se acordo: Que se le exiJa por (Juramento y poseel caballero rexidor que hace funciones de decano, lizen· si6n de don Vicenciado don Juan Antonio Mexia se Je reciba el juramento te Pizarro como regldor interino.) acostumbrado de fidelitar exer~icio sin perjuicio de lo. que su majestad (que Dias guarde) tenga a bien determm~; par que ailn no se ha presentado en este cabildo el :ri::o.i despacho de la expresada gracia. Y habiendole imp~esto par el presente secretario de este acordado, se constituY0 a prestar, como prest6 en esta sala consistorial y en rnanos del referido rexidor decano, el prevenido juramento Y se le dio enseguidas la posesi6n, real actual, corporal vel q~asi, del. citado oficio de rexidor y par consiguiente :: as1ento que le corresponde, que es el que sigue· al men:i nado caballero rexidor decano; y lo firm.6 a la conclusi6n de esta acta. Tambien concurrieron los sujetos nom-[f· 337 ] / [ sic] nombrados para que asociados con este ilustre cabildo en· [Concurren los vetiendan en la recolecci6n del donativo que en frutos hapn cinos nombrados para cooperar en los vecinos de esta isla, don Francisco Besares Rubio, aon la recaudaci6n de donadvos en 1rutos Ram6n Zen6n y Castilla, don Francisco Saurf, don ~(>se y se acuerda con Marfa Zarraga, don Miguel Torrens y don Gabino Sap'~t; ellos la compra de determinados libros para tratar del modo de llevar las Iibros y la cu~~ Y para llevar la cuenta y raz6n de los raz6n de los frutos que se fueren recibiendo. Y se acRVd6: frutos que se reel· ban y asiento de Que se compren dos libros de a folio, en blanco, d~:dos· las cartas y ofl· clos que se explcientas foxas cada uno, para llevar Ja cuenta de c~go Y dan sobre el particular.) data de recepci6n y expedici6n de dichos frutos; :'.y ·otro copiador de cartas y oficios ,que se expidan a los pueblos de la isla; y otros dos pequeiios para el uso y gobierno del guarda-almacen, cuyos costos suplira por ahora el mayor-


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domo de propios con calidad de reintegro del mismo ramo, pasandosele la orden competente. lgualmente se acord6: Que el seii.or don Vizente Pi.Zarro con los dos sefiores asociados, don Ram6n Zen6n y Castilla y don Jose Maria Zarraga, sean los tenedores de los dos referidos libros de recepci6n y expedici6n, llevando la correspondiente cuenta de cargo y data al guarda-almacen. Se recibi6 un oficio del sefior gobemador, intendente y capitan [sic], [f· 337v. ] / su fecha, siete del corriente, en que acompafia el parte que dirigi6 don Jose Romero, comandante accidental del regimiento de Milicias de infanteria, acerca del estado ruinoso del Cuartel de dicho cuerpo, mandando que inmediatamente se reconociera por los alarifes de esta ciudad y se practicaran las obras necesarias para su recomposici6n. Y en su consecuencia se acord6: Que se practicara el reconocimiento prevenido desde el dia seis de abril del afio pr6ximo anterior, de que esta encargado el caballero rexidor-alguacil mayor, y que lo ejecute si no esta tarde maii.ana precisamente y de cuenta de las resultas. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que certifico. Ynguanzo [rubrica] Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado M(!!xia [nl.brica] = Vicente Pizarro [nibrica] = Maysonet [rubrica] = Bezares [nibricaf = Zenon [nibrica] = Sa'rraga [nl.brica] = Sauri [nibrica] = Torrens [rubrica] = Sabat [rU.brica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 338 ] /

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[267] [17 DE OCTUBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan· Bautista de Puerto Rico, a los diez y siete dias del mes de octubre de mil ochocientos y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, · concurrieron a esta sa,la consistorial el senor don Francisco Diaz Ynguan-· zo, oidor honorario de Real Audienc~ del distrito, teniente· de gobernador, auditor de guerra de esta isla; el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos de Santaella; los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; lizenciado don Juan Antonio

.:.\)); . ~.·-

iSe · dmgnan los tenedores de los ll-

bros de recepcl6n y despacho de frutos.] '

I:

[Se ·hace presente el estado rulnoso en que se balla el Cuartel de Millclas Dlsclpllnadas.1

(Prov4!ese para el reconocimiento de dfcho Cuartel.]


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ACTAS DEL CABILDO

Mexia y don Vizente Pizarro ; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabiido se vio un memorial de Manuel Padilla, [Se refiere a l.Dforme del cablldo meque su seiioria ha dirigido a este ilustre cabildo con su morial de Manuel Padilla en que sodecreto de treinta de agosto ultimo, sobre el aumento del licita se le permlta aumentar en medlo medio cuarto y demas particulares que contiene sobre carcuarto mu el precio de venta de la neceria. Y este ilustre ayuntamiento es de parecer que para carne.J acordar la providencia en justicia que en el rnismo decreto [Cabildo solic It a se le previene se sirva su sefioria remitirle la contrata pardel gobemador le ticular Ultiina en que el citado Padilla se oblig6 a todos los remita el contrato bafo el cual Ma· gastos de Ia carniceria, inclusa Ia gratificazi6n del caballenuel Padilla reel· bi6 el arrendamien• ro regidor-fiel ejecutor sin otro interes que Ul)a lib~a de to de la carnlce· rla.) carne sobre cada arroba [f· 338 v·]/ de las que se expend1esen para el abasto de esta plaza, pues de dicha contrata .no se ha encontrado raz6n alguna en los Libros y expedientes tanto de este cabildo como de su Junta Municipal que · tratan del arrendamiento de cameceria; y que entretantJ recae la mencionada providencia debe suspenderse e aumento solicitado por Padilla pues es demasiado so al ramo y no esta acreditado, como coresponde, perjuicio que pudiera cohonestarlo de causar una alteraci6n tan notable en su contrata. Se dio cuenta del expediente sobre el reconociIIUall'ento (Se lnforma sobre del Cuartel de Milicias y de el memorial del cab ero el reconoclmlento efectuado en el rexidor-alguaci.l mayor en que propone la perm?,ta de\\'~di~ Cuartel de Mlli· cias,] de sus casas s1tuada en la Calle de San Sebastian por · [Regidor-algu a c 11 cho Cuartel. Y se acord6 : Que antes de proceder a ce~ mayor prop0ne la permuta de una cael contrato es indispensable que el senor gobernador, msa suya, si ta en la calle de San Sebast~ndente y capitan general, disponga que se reconozca tilin, p0r la que dicha casa por uno de los ofiziales de ingenieros de. Ia slrve de Cuartel de Mlllcias.J plaza y que este informe si es proporcionada su fabnca (Cablldo requlere del gobernador dlapara Cuartel de Milicias de infanteria y caballeria,. qulS ponga el reconoci· miento de la casa obras se necesitan hacer en ella y en cuanto ascendera su que se prop0ne pacosto. . .· ra permuta y que se informe sl slrve 339 Con lo que [f· ] / se concluy6 este cabildo, q~~- fli:· para Cuartel y el costo de las repa• maron sus se:fiorias, de que certifico. = Ynguanzo [rubn· raciones que deben efectuarse en ella.J ~] =_Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubripa] = Licenciado Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] == Ma~ sonet [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [robrica], secretario de cabildo.

gravcl


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[268] [24 DE OCTUBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro dias del mes de octubre de mil ochocientos ocho afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla; el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; los caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia Y don Vizente Pizarro; y el caballero sfndico procurador general, don Jose Maysonet; (f· 339v·]/ para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y U.til de la republica. En este cabildo entreg6 el esscribano de gobiemo, don Gregorio Sandoval, el real despacho de 24 de diziembre del aiio pr6.ximo anterior en que su majestad, a consUlta del (Real despacho de de diclembre de Real Y Supremo Consejo de estos dominios, se sirve man- 24 1807 ordenando no baga alteracl6n dar que no se hiciera novedad de fa posesi6n que se ha se alguna en la posesl6n se le ha dado del oficio de regidor-alguacil mayor de este, ilustre dado que a don Manui:l Hernafz como regiayuntamiento a don Manuel Hernaiz ni de que le pasara dor-alguacll mayor que se afecte s~ perjuicio el transcurso del tiempo de los cinco aiios para nl derecho a obtener confirm a c i 6 n presentar la real confirm.azi6n; y que se remitiera a dicho la real del oficlo Y supremo tribunal testimonio fntegro del expediente actua- solicitando se envfe al Real Y Sudo acerca del remate del citado oficio y posesi6n. Y en su premo Conseio de In dlas testlmonio vista con el decreto del seiior gobernador, intendente Y fntegrO acerca del remate de dicho capitan general, de onze del corriente, se acord6: Que se cargo.] tomara raz6n del mencionado despacho en el libro a que corresponda y se devuelva original como en aquel se previene. Se present6 Juan Vibas, arrendatario del corral de cerdos de esta ciudad, solicitando que se le seiiale sitio frente ·(Arrendatario del corral de cerdos la casa de la falua para poner el en ,que debe encen:ar solicita se le indi- , , lugar para esaquel ganado. Y se acord6 : Unir esta solicitud a sus ante- que tablecer corral para dicho ganado.J cedentes y dar cuenta en el cabildo inmediato. Se vio un memorial del reverendo padre fray Francisco (Fray Jose Domin· Faxardo, religioso francisco, y una carta que acompaiia del go Reyes sollcita le satisfagan cin· padre fray Jose Domingo Reyes, solicitandose por am- se cuenta pesos por 340 ['· ]/bos documentos que se satisfagan por este ilustre concepto de sueldo de seis meses en cabildo cincuenta pesos por el sueldo de seis meses que que sirvi6 interinala capellanfa se dice haber servido la capellanfa de la real carcel el mente de la ·real clircel.J


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(Mayor d o m o de propios a informar sobre dicba sollci· tud.J

ACTAS DEL CABILDO

enunciado padre Reyes. Y se acord6: Que respecto de no haber constancia en el cabildo de que el citado padre fray Jose Domingo Reyes ha servido interinamente por seis meses la nominada capellania, pase este memorial, con la carta del mismo religioso, al mayordomo de propios par~ que se informe sobre el particular y de cuenta en el pnmer cabildo. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que certifico. = Ynguanzo [rubrica~ = /:} 0 ctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] Ltcenc!ad? Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Maysonet [rubnca] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica,], secretario de cabildo.

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[269]

[31 DE OCTUBRE DE 1808.] En [f· 340v·]/ Puerto Rico, a treinta y uno de octubr~ de

~ ochozientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordina·

(Gobemador solicita copia de la real c~dula e lnstrucci6n de 6 y 21 de octnbre de 1768 sobre nombramiento y facultades de alcaldes de barrio.}

(A informarse ·. al gobernador sobre petlcl6n de aumento de precio de venta de · la came· formulada por Ma~ nuel Padilla-.) · ·

no, como es uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor don Francisco Diaz Yngu~0 • oidor honorario de ~a Real Audiencia del ~istrito, temen;. de gobernador, auditor de esta isla; el senor aicalde or nario de primer voto, do~tor don Francisco Marcos Santaella; los caballeros rexidores, alguacil mayor, 'don ~a­ nuel Hernaiz; !izenciado don Juan Antonio MeJda Y Cl n• Vizente Pizarro ; y el caballero sindico procurador general. don Jose Maysonet; para tratar las cosas tocantes al pro y util de la republica. . . En este cabildo se recibi6 un oficio del seiioI gobernador, intendente y capitan general, de 27 de los cor;nentes, en que pide su seiioria un tanto de la real cedula e msU:UJ" ci6n de 6 y 21 de octubre de 1768 sobre nombnunientoi : ~-­ alcaldes de barrios, su jurisdicci6n y facultades. y, '~~ acord6: Que se busquen en el archivo de este ilustre ~~~il~ do Y se traigan en el inmediato para satisfacer a su se11'9rla su referido oficio. .. . / ~e dio cuenta del expediente promovido por M~uel Padilla, asentista de la carneceria, solicitando el· auID.ento de medio cuarto, de los cuatro seiialados para el r~0 de propios, en cada arrelde y demas que consta de sU, representaci6n. Y se acord6 : Informara su sefioria lo que c~nsta de dicho expediente.


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Con lo que [f· 341 ] / se concluy6 este cabildo, que finnaron clichos seiiores, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Maysonet [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica],· secretario de cabildo.

=

[270] [7 DE NOVIEMBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete clias del mes de noviembre de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla; el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Franc~sco Marcos Santaella; y Ios caballeros regidores, algua-" ell mayor, don Manuel Hemaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia y don Vizente Pizarro. En este [f· 341 v·]/cabildo se recibi6 un oficio de su se-' iio:ria, el senor gobemador, intendente y capitan general; su fecha, seis de los corrientes, en que dice que ]>ara unir a su respectivo expediente y que en el obre los efectos [Gobernador remite propuestos incluye a este ilustre cabildo el calculo pru- piano y c4Jculo del costo de las repa· dencial y piano pedidos · al ingeniero comandante de esta raciones a efecplaza sobre la traslaci6n y obra del Cuartel de Milicias a la tuarse en la casa que en · la calle de Calle de San Sebastian y casa propuesta por el rexidor-al- San SebaSti4n se .. en permuta guacil mayor, don Manuel Hemaiz. Y en su vista como ofrece por la que slrve , CUartel de tambien ·del citado expediente se acord6: Que se admitiera como Miliclas.J la propuesta hecha por el caballero rexidor-alg'uacil: mayor, en su memorial de trece del mes pr6ximo anterior, [Se formallµ la sobre la permuta y venta de su casa, situada en la Calle permutn y se proI>ara el pago -de San Sebastian, por la que sirve actualmente de Cuartel vee de la diferencla re.de Milicias, por el precio de sus tasaciones, satisfaeiendose sultante entre el valor . de las dos por parte del fondo de propios y arbitrios el exceso que casas envueltas en la transaccl6n.J pueda resultar a su favor de la cantltlad que existe en poder de los albaceas y herederos del difunto caballero rexidor-fiel ejecutor, don Miguel Ramirez, y lo que faltase para el· integro y total reintegro de dicho alcance se consigna el remanente li'.quido de los cuatro maravedies sobre


ACTAS DEL CABILDO

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arrelde de came que percibe el referido fondo para los gastos de cameceria y manutencion de los carros para lim· [f· 342 ]/pieza de casas y calles, cuya cantidad empezara a percibir desde el dia primero de enero del aiio pr6ximo entrante. Que se proceda inmediatamente a la tasaci6n d~ las dos referidas casas por los dos maestros mayores al~­ (Provl!ese para la tasacldn de las dos fes de albaiiileria y carpinteria de esta ciudad y ensegmda casas y para que se efect6en las re· a la ejecuci6n de la obra que, segiln el plano y calculo de paraciones necesa· rias a la que habni los ofiziales de ingenieros, necesita la casa que va a ?esde servlr c o m o Cuartel de Mill· tinarse para Cuartel de Milicias; y que al efecto se sirva cias.) el seiior gobernador, intendente y capitan general, pasar la orden competente a aquellos para la direcci6n de dla mencionada nueva obra ; y el cabildo nombra desde des e (Cabildo deslgna [sic] luego por superintendente de ella, conforme ~ la superintendente de la obra de repara· ley municipal de estos dominios, al caballero rexidor ~ch­ 0 cidn a realizarse ciado don Juan Antonio Mexia. Y que se devuelva di. en la casa que ha de convertirse en plano con testimonio de este acuerdo al expresado senor Cuartel.) gobemador, intendente y capitan general, para su aproba· ci6n y demas efectos insinuados. Mediante no haberse encontrado en el archivo de ~te cabildo la real cedula *de seis* e instrucci6n de seis Y vem• [Cablldo informa al te Y uno de [f· 342v.]/ octubre del aiio pasado de 1768 sobre gobernador no obrar en su archivo nombramiento de alcaldes de barrio, su jurisdicci6n Yfa· nt en la secretarfa de goblerno la real cultades, cuias copias formales pide el senor gobernador, ddula e instrucintendente y capitan general en su oficio de 27 del mes cldn de 6 y 21 de a octubre de 1768 pr6ximo anterior, por no encontrarse tampoco las onglD · sobre nombramiento, jurisdiccidn y les en la secretaria de la [sic] gobiemo y capitanfa gene- ,, facultades de los alcaldes de barrios ral se acord6: Que se contestara dicho oficio que por lo que entiende que tal vez las presadas real cedula e instrucci6n tal vez no se hab mismas no clrcu· 1 laron en los doml· c~rculado a estos dominios y seran las expedidas para a nios americ an o s. donde se observa· ran las e~didas villa y Corte de Madrid, demas ciudades y pueblos de Espara Espafta.) pana. Que el establecimiento de alcaldes de barrio en es:J1 (Se informa quo el plaza se verific6 por primera vez en primero de ener0 _ .e establecimlento de los alcaldes de ba· mil setezientos setenta y siete, por disposici6n del senqr ). rrios tuvo efecto gobemador, intendente y capitan general, que era enton~s en 1 de enero de 1777 por disposl· dol!- Jose Dufresne, quien, con fecha de 30 de diziembre 8Pj cldn del goberna· dor Dufresne qulen tenor, form6 una Instrucci6n, de 17 Artfculos, que co1Jl• redactd una Instruccl6n para el gopi:,ende las facultades declaradas a dichos alcaldes de bierno de dichos funcionarios.) rno para el mejor gobiemo, quietud, observancia del or~ publico y policia de esta ciudad, pero sin referirse a ~~ cedula alguna, y por consiguiente es de presumir .qw;/s 0 I

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* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el Ori·

ginal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

se resolvi6 a formarla y mandarla ejecutar como providencia de buen gobierno. Que seria muy conveniente que se imprimieran has ta quinientos exemplares de ella a .fin de que, quedando [f· 343 ]/los suficientes en el archivo de esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad, se remitan los demas a los cabildos de las villas de Arecibo, Aguada, San German, y Coamo, costeandose la impresi6n del fondo de propios de aquella y de estas, con lo que se lograria renovar la observancia de una ordenanza tan precisa como util y que ya cuasi esta olvidada por el extravio de los manuscritos. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorfas, de que certifico. Ynguanzo [nlbrica] Doctor Santaella [rubrica] Licenciado Mexia [nlbrica] Pizarro [rubrica] = Ante mi Tomas de Escalona [nlbrica], secretario de cabildo.

=

=

=

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[Cabildo recomlen-

da se fmpriman 500 efemplares de • la aludida Instruccadn para ser enviados

11 los cablldos de las villas de Arecibo, As1Jada, San

Germ4D y Coamo y al de 1Ja_ ciudad

de San Juan.)

=

[271] [ 14 DE NOVIEMBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautlsta de Puerto Rico, a catorce dfas del mes de noviembre de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de Ja Real [f· 343v·]/ Audiencia del distrito, teniente de gobemador, auditor de guerra de esta isla; Y los dos seiiores alcaldes ordinarios ; y los caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia y don Vizente Pizarro. En este cabildo present6 el seiior alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, el titulo de regidor-alcalde provincial de esta ciudad, que se hallaba vacante por fallecimiento de su Ultimo poseedor, y remat6 en Junta de Almonedas. Y en su vista se acord6: Haberlo por presentado y se le confiri6 la posesi6n de dicho -oficio, prestando el debido juramento en manos del caballero rexidor decano, seiialandole su lugar y asiento; y que se certifique por el secretario el a91~0 posesorio, tomandose raz6n del titulo en el libro que corresponde. El caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia present6 las tasaciones practicadas por los maestros· de alarifes de albaiiilerfa y carpinterfa de las casas del ca-

[Doctor

don Fran-

clsc:o Marcos Santaella presenta tf-

tulo de regidor-alcalde provincial y queda reclbldo en dlcho oflcio~

(Se dan a conocer las tasaciones de

las casas concer-

nldas en la permuta.J


ACTAS DEL CABILDO

430

ballero rexidor·alguacil mayor y el Cuartel de Milicias. Y se acord6: Que se acumulen al expediente del asunto Y {Tales tasaciones y el expedlente. com· pase todo al caballero sindico procurador general para pleto sobre la per· muta quedan refe· que represente lo que se le ofrezca y parezca. ridas al srndico · procurador gene· Se recibi6 un oficio del sefior gobernador, intendente ral.] y capitan general, su fecha, diez del corriente, en qtie pr~­ viene que no hay por ahora necesidad de que se pase Vli sita de sanidad a otros buques quc los que procedan de {Gobemador orde. na que s61o se Norte de America por ser notoria la salud general que 5~ practique la vislta de sanidad a los experimenta en nuestra Espana como en las islas Y c~nr· buques procedentes de Norte Am&lca.J nentes vecinos. Y se acord6: [f· 344 ]/Que se ejecutara 0 que su sefioria se sirve prevenir. . Igualmente, se recibieron otros dos oficios del propio seiior gobernador, intendente y capitan general, de esi: fecha, con que acompafia las relaziones *que en frutos {Gobemador remite de donativos en frutos de los partidos de Naguabo Y Mau· relaclones de los donativos en frutos nabo. Y se acord6: Que se diera cuenta de ellas en el caque ban becho los bildo extraordinario que se celebrara en la tarde de ~ partidos de Nagua· bo y Maunabo.J ii~a, con asistencia de los asociados, para tratar en tA determinarse en un pr6ximo cablldo me1or modo de conducir dichos frutos a esta plaza. extraardlnarlo el Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus modo o forma de conduclr d I c h o s seiiorfas, de que certifico. = Testado = queen· fn!t0 ~ no] donativos a la ciudad.] vale. = Ynguanzo {rubrica] = Doctor Santaella [rub~~0 = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Lic~ Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Ante mi ==. r_pmas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. .· ·

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[272] [ 15 DE NOVIEMBRE DE 1808.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Ba:.: tista [I· 344v·]/de Puerto [sic], a Ios quince dias del II1~ Je noviembre de mil ochozientos y ocho afios, para celdJ?~ cabildo extraordinario, en virtud de lo acordado ell/;~~ del dfa de ayer, y tratar lo conveniente acerca d: ,~a/: cole~i6n del donativo en frutos que bagan Ios -vec_,11}95 . . esta isla, concurrieron a esta sala consistorial el sen?r don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la ~~Au~ diencia .del distrito, teniente de gobemador, aucJitor de I.

11

ginal.

Lo comprendido entre asteriscos aparece tacbado en el or>


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guerra de es ta isl a ; el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; los caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia y don Vizente Pizarro; y los sefiores asociados, don Ram6n Cen6n y Castilla, don Francisco Sauri, don Jose Maria Zarraga y don Gabino Sabat. En este cahildo se dio cuenta de dos ofizios de su sefioria, el seiior gobernador, intendente y capitan general, (A solicitnrse la relacidn de donasu fecha, catorce de los corrientes, con que acompafia las tivos en frutos hepor los parti· relaziones de donativos en frutos de los partidos de Nagua- chos dos visitados por don Jose Andino a bo. Y, Maunabo, que se mandaron reservar hasta el dia los efectos de determlnar el ndmero de hoy .. Y en su vista se acord6: Que se pida la relaci6n de de sacos y barriles que sean necesa· los donativos de los partidos que ha visitado don Jose An- rfos para traer aqu6llos y aslmfs· dino para venir en conocimiento de la cantidad de cafe y mo solicftar el bu· que o buques preotros frutos y a proporci6n solicitar el fletamento de com- cisados para traSpete~te buque o buques que hayan de transportarlos a Iadarlos a la cfudad.J esta capital coma tambien el nllm.ero de sacos y barriles que fueren necesarios, y que este particular se decida en la ta.rde del dia diez y siete {'· 345 ] / en que formara nueva Junta y ya se habra recibido dicha relaci6n. :L~s sefi.ores don Francisco Saurf y don Gabino Sabat presentaron la factura, conocimiento y cuenta de gastos (Se presenta la cuenta de gastos d.e el embarque en la goleta de su majestad San Juan Bau- fncurridos en la remesa de 74 quln· tista, su capitan don Antonio Carbajal, de los setenta y tales y 13 llbras de caf6 que por concuatro quintales y trece libras de cafe que se remitieron cepto de donativos enviados a a Bspaiia a cuenta del donativo del mismo fruto del vecin- fUeron Espab.J dario de .esta isla, con calidad de reintegro de los sesenta Y. tres quintales y trece libras por haberlos anticipado dichos sefi.ores, siendo de advertir que los diez quintales, SO libras restantes proceden del donativo de dona Juana Evangelista Bergara y Antonio Arriaga. Y se mand6: Que se sentara en los libros destinados para llevar la cuenta y razon la correspondiente partida de cargo y data de los referidos setenta y cuatro qUintales y trece libras y que se tenga presente la anticipazi6n de ellos por los mencionados don Francisco Sauri y don Gabino Sabat para su reintegro del primero que se reciba en esta plaza. Con lo que se concluy6 esta Junta, que firmaron sus seiiorias, de que *certifico* los seiiores,regidores y [f· 345v.]/ demas comisionados. = Ynguanzo [rubrica] = Doctor

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

ginal.


ACTAS DEL CABILDO

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Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Zenon [rubrica] = Josef Maria de Sarraga [rubrica] = Francisco Saur£ [rubrica] = Gabino Sabat [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[273] [21 DE NOVIEMBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan B~~; tista de Puerto Rico, a veinte y uno de noviembre ~e ~ 0 ochocientos y ocho afios, para celebrar cabildo ordinari • como es de uso y constumbre [sic], concurrieron ~ esta sala consistorial los dos sefiores alcaldes ordinanos de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marc~s San· taella y don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, alguac.il may~r, don Manuel Hernaiz; lizenciado don 5 Antomo Mexia y don Vizente Pizarro · y el caballero dico procurador general, don Jose M~ysonet; para tratar las cosas tocantes al pro y util de Ia republica. C'· '346)/ En este cabildo se vio una representazi6n de don An· {Representaci6n de tonio ~hi.esa, maestro de escuela de primeras letra~, Y que don Antonio Chiesa, maestro de prlsu senona, el senor gobernador intendente y cap1tan g& meras letras, soli· neral, con decreto de doce de I~s corrientes, se sirVe pa· citando que se prohiba a don Fransarla al ilustre ayuntamiento, en Ia que pide aquel que se cisco Molina elercltarse como maesprohiba a Francisco Molina de este vecindario, de eXler· tro y que se le dir os obligue a despedir c1tarse en la enseiianza de niiios y se le hagan despe su alumnado.J que tiene a su cuidado en Ia actualidad. Y se acord6: Qucile pase Ia solicitud mencionada al caballero rexidor-algua [La antes referida 'solicltud queda remaror como diputado para las visitas de escuelas de ninil~ds,0 ferlda al diputado para las visitas de a fin de que instruyendose de ella informe a este cab . escuelas a los efectos de que informe en orden a la enseiianza de primeras letras que se enuncia . al cabildo sobre la enseftanza, conducpor Francisco Molina sin previo permiso, conducta de este • ta y emolumentos que recibe el aluY emolumentos que por ella percibe. . .· dldo don Francisco Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron. sus / Molina.) se~orias, de que certifico.= Doctor Santaella [rubrlcat;. Yrizarri [rubrica] = Hemaiz [rubrica] = LicencllJ."~ Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Maysonet [rU.bn~ ca] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretai;i(I) de cabildo. i I.

JU:

I


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(274] [28 DE NOVIEMBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan [f· 346v.]/Bautista de Puerto Rico, a los veinte y ocho dfas

del mes de noviembre de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Aucliencia del distrito teniente de gobemador, auditor de guerra de esta isla! los dos seiiores alcaldes de primero Y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella Y don Pedro Yrizarri; los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernfilz; lizenciado don Juan Antonio Mexia, don Vizente Pizarro; y el caballero sfndico procurador general, don Jose Maysonet; para tratar las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo present6 don Vizente Becerra el titulo (DOB Vicente Becepresenta titulo de regidor llano de este ilustre cabildo y ayuntamiento, rra de regidor llano y queda cuyo oficio ha rematado en Junta de Almonedas y se ha- 4:11 este posesionado oflcio,J llaba vacante por renuncia que de el hizo don Manuel Angel Power. Y se acord6: Haberlo por presentado y se le confiri6 la posesi6n de dicho oficio prestando el debido juram.ento en manos del caballero rexidor decano, el que ~abiendoselo recibido y ofrecido la parte cumplir b_ien y fielm.ente sus obligaciones, le seiial6 su lugar y as1ento, que es el que sigue al caballero rexidor don Vizente Pizarro. Que se certifique por el presente secretario el acto posesorio y de su despacho se tome la raz6n en el libro que corresponda. Se abrio un pliego recibido en la Ultima correspondencia 9-ue condujo a este puerto, de el de Cadiz, la goleta particular mercante del mando de don Lorenzo Deogra- (Se reclbe carta del Real cias; y se encontro [f· 347]/ser una carta acordada del Real yacordada Supremo Consejo de Indies, de Y Supremo Consejo de las Indias dirigida por su secreta- septiembre dede 181108 participando al cario, el senor don Antonio Poncel, su fecha, diez y ocho de blldo las lncidencias de la invasl6n septiembre Ultimo, en que se participa a este cabildo y francesa en Espafta ayuntamiento las ocurrencias y resultas que·han tenido Ios y sollcitando conmaterial exerc\tos franceses desde su entrada en I~~ provincias de ttlbucl6n de los lsleftos para continuar la guerra Espana y se exhorta a todas las de estos dominios a que contra los franceunidas con su metr6poli contribuyan con cuantos auXilios ses.J les sea posible para la continuaci6n de una guerra tan justa Yen que se interesa la religi6n, la Patria y la restituci6n 28.


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ACTAS DEL CABILDO

de nuestro amado rey, el seiior don Fernando Septimo, con toda la real familia. Y se acord6 : Que se tome raz6n de ella en el libro correspondientc y que se conteste su [Real y Supremo recibo, poniendo en noticia del Consejo, por el medio de] Conselo de lndlas a ser informado de mismo su seiior secretario, de todo lo que sc ha practicado todo lo que se ha practicado o efecen esta isla desde que se recibi6 en clla la noticia de la tuado en la Isla exaltaci6n al trono del seiior don Fernando Septimo Y de desde que se tuvo noticia de la exallo que se esta practicando para la recolecci6n de donativos tacidn al trono de Fernando VII y de en frutos y dinero a fin de auxiliar, en cuanto alcancen los la activldad de recaudar donatlvos en medios y arbitrios de sus habitantes, en la justa guerra frutos y en dlnero que se estaba lleque sostiene la naci6n contra el emperador de los fran· vando a cabo.J ceses. [S(ndlco procuraEl caballero sindico procurador [ r. 347v.] / evacu6 la vis· dor general lnforma que las tasaclota que se le confiri6 del expediente de permuta de las ca· nes efectuadas para la permuta de sas del caballero rexidor-alguacil mayor con la del Cuartel una casa por la que slrve de Cuarde Milicias; y expone que las tasaciones practicadas de aJP· tel de Millcias no quedaban claras bas casas no estan con la claridad necesaria y represent~ por lo que sugiere debe proveerse paque deben hacerse otras nuevas en los terminos que m~­ ra nuevas tasaciofiesta. Y se acord6: Que se retasen las dos casas, segon nes.J (Provl!ese p ar a propone el caballero sindico procurador, por el maestro nuevas tasaciones confonne las promayor de obras de fortificazi6n de esta plaza y el de car· pone el sfndlco pinteria, Vizente Fromesta, pasandoseles la compet~nte procurador general.] orden y aviso, encargandoseles la mayor brevedad postb}e· • En este cabildo si [sic] vio un expediente que su senona, el senor gobernador, intendente y capitan general, po~ ~u decreto de veinte y tres del corriente, se sirve pasar a (Gobernador .refieinforme de este ayuntamiento y en que Manuel Padilla, pol' re a infonne del cabildo petlci6n de las razones que expresa en su representaci6n, trata de seManuel Padilla papararse Y apartarse de las contratas que celebro sobr.e el ra dar tamlno a sus contratos refeasiento y abasto de carnes. y se acord6: Pasar dicho experentes al abasto de carnes.J diente a informe del caballero rexidor diputado de car[Queda referida dicha petici6n al reneceria. gidor diputado de carnicelia.J Se dio cuenta de haber el mayordomo de propios ~va· [Mayordomo lnforc?ado el informe que se le pidi6 acerca de que e~pU:S,1~ra ma sobre petlcldn de fray Josi! Dos1 el reverendo padre fray Jose Domingo Reyes s1rviq ien mingo Reyes para los seis meses que expresa la capellania de la real c~l que se le paguen 50 pesos por haber Y por lo que [f· 348 ] / exige se le abone la mitad del st$~ldo servido interlnamente por espaclo anual. Y en su vista se acord6: Que se satisfagan al, revede 6 meses la capellan(a de la real rendo padre Reyes los cincuenta pesos que reclama poi' su c4rcel.] servicio, pasandose para ello al mayordomo de propibs el (Provl!ese para dicho pago.J cor:espondiente libramiento; y que se pase oficio al Ilus· trfsrmo sefior Obispo haciendole presente que pasta la [A informarse a Su fecha no han cumplido los presos con el precepto anual de Ilustrlsima que los la confesi6n y comuni6n, ·bien sea por descuido de los tepresos no ban cum-


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

nientes de curas parrocos de la Santa Iglesia Catedral o del que ha servido interinamente la capellania de la real carcel o por otro motivo que el cabildo no ha llegado a comprender, a fin de que su se:ii.oria Ilustrisima se sirva acordar sobre el particular la mas pronta y eficaz providencia que estime por conveniente. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Ynguanzo [nibrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [nibrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [nibrica] = Pizarro [rubrica] = Becerra [rubrica] = Maysonet [nibrica] =Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

435 plido con el precepto de la confesl6n y de la comuni6n anual.J

[f· 348v·]/

[275] I

[S DE DICIEMBRE DE 1808.]

~

I

. . '~ii

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco clias del mes de diziembre de mil ochocientos y ocho aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de Real Audiencia del distrito, teniente de gobemador, auditor de guerra de esta isla; los dos senores alcalde de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrisarri; los caballeros regidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia, don Vizente Pizarro y don Vizente Becerra; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. En este cabildo se abrio un pliego de su sefiorfa, el senor gobemador, intendente y capitan general, y result6 ser su oficio de 30 del mes pr6ximo pasado aprobando el anterior acuerdo del dia veinte y ocho. Y se acordo: Archivarlo. Se recibi6 otro oficio del mismo senor gobernador, intendente y capitan general, de primero de los corrientes, en que su senoria expresa que no hablf:..ndo recibido todavfa las cuentas del ilustre cabildo correspondientes al aiio pasado de mil ochocientos cuatro, considerandolas arregladas con todo el tiempo de! siguiente, pide que se le pasen con brevedad a fin de darles el curso que corresponda.

[Gobernador aprueba acta del 28 de novlembre de 1808.J

lGobemador 11oliclta las cuentas de proplOli concerniente11 al 1804.J


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ACTA$ DEL CABILDO

Y se acord6 : Que se contestara que las cuentas correspondientes al aiio expresado de ochocientos cuatro y los meses de enero, febrero, y veinte y dos dias de marzo del siguien· te de ochocientos cinco son de las que dej6 pendientes el difunto mayordomo de propios, don Eusebio Urquizu, las cuales, con las de los aiios anteriores de ocbozientos [I· 349 ] / dos y ochocientos tres, que igualmente se ballab~ sin aprobaci6n, se remitieron a su seiioria en trece de abril [Se informa al gobernador que las del aiio pr6ximo anterior de 1807 y considera el cab!ldo antes mencionadas cuentas Jes fueron que se trata en su tribunal de que los herederos de dicho referidas.} don Eusebio las formalicen segiln corresponde y absuelvan los reparos que les han resultado. Que con motivo del citado oficio hizo presente el actual secretario existfan .en su poder las cuentas del mayordomo de propios don Felipe (Secretario de cabildo ioforma tener Garcia, pertenecientes al aiio de 805, las que mandadas en su poder las cuentas de propios traer a la vista se ha advertido sin cumplimiento el auto de correspondlentes al 1805.J 17 de marzo de 806 en que se a probaron. Y se mand6: ~ue se compulsara testim.onio de ellas y se remitieran ong1D8· (A remitirse al goles a su seiioria para los efectos prevenidos en la R~ bernador las referi das cuentas.J Ordenanza e Instrucci6n de Intendentes. Y seglln. exposi· ci6n del propio secretario debi6 haberse compulsado el testimonio por su antecesor, don Gregorio Sandoval, en (Ex-secretario de cuyo supuesto se mand6 a aquel que en el clia las entregase cabildo a compula este para que en el perentorio de quince las de'V!1elva sar teslimonlo de dichas cuentas.J con el testimonio compulsado en debida forma, a fin de sin mas dilaci6n hacer la remesa de los originales co~or· me a lo mandado en el referido auto. Asimismo, se recibi6 otro oficio de su seiioria, su fecha, 30 del mes pr6ximo pasado, con .que [f· 349v·]/ acompaiia la copia de la orden del Supremo Consejo de las India.s que, (Se recibe copia con fecha de 18 de septiembre anterior, le comUDICO su de la orden de 18 de septiembre de secretario, el senor don Antonio Poree!, para los fines Y 1808 expedlda por el Real y Supremo efectos que expresa; y siendo Ia misma que este il"'5tre Consejo de Indias.J c?-bildo recibi6 por el correo Ultimo y de que se bace. pien· c16n en el anterior cabildo se acord6: Archivarla Y: . con· testar a su sefioria, por medio de esta acta, su recib,9. El caballero regidor don Vizente Pizarro present6 el in· f?rme que, por acta de veinte y siete del mes pr6xiDiP ante(Regidor diputado nor! se le pidi6 en el expediente promovido por Manuel de carnicerfa inforPadilla sobre separarse de la obligaci6n de la matanza, ma sobre pelicl6n de Manuel Padilla despendio [sic] de came del abasto de esta plus. Yen referente a dar termino a au obllvista de todo se acord6: Que dicho caballero regidor, tOgaci6n respecto al abasto de carnes.) mando todas las noticias e instrucciones que contemple necesarias, forme un plan de administrazi6n de dicho


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ramo por cuenta de los propios y arbitrios de esta ciudad, a fin de separar de ella al referido Padilla y evitar contestaciones con el en este y en todos los mas asuntos pertenecientes a dichos propios y arbitrios. Dio cuenta el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hernfilz, con el informe que se le mand6 tomar sobre la denuncia de don Antonio Chiesa de haber establecido el pardo Francisco Molina una escuela de niii.os sin lexitimo permiso, causando en ello graves perjuicios a las dos aprobadas y de dotacion de esta capital. Y en su vista se acord6: Que por el mismo caballero rexidor-alguacil mayor se le intime cierre dicha [f· 350] / escuela, apercibido de que se procedera contra el segiln corresponda; y que tome los nombres de los padres de los niiios que tenga en ella para que se hagan a estos las prevenciones convenientes. Dio cuenta el caballero rexidor don Juan Antonio Mexia de haberse empezado la obra del nuevo Cuartel de Milicias Y por consiguiente que deben satisfacerse los costos de los materiales y peones que trabajan en ella, librandose al mayordomo de propios la orden competente para satisfaga [sic] los libramientos que le remita. Y se acord6: Que se ejecute. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. = Ynguanzo [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Becerra [rubrica] = Maysonet [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[276] [12 DE DICIEMBRE DE 1808·] En [f· 350v·]/ la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de diciembre de mil ochocientos y ocho a:iios1 para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario, 1 .de la Real Audiencia del distrito, teniente de gobemador, auditor de guerra de esta isla ; los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrisarri; los caballeros rexidores, algu.acil

(Provl!ese dicbo reg.idor formule un plan para b. adini· nlstracl6n de 1:J. carnlc:er!a y del abasto de carnes.J (Mmuel Padilla a quedar relevado de su obligaci6n.J (Regidor

diputado

de escuelas informa sobre la denun-

cla referente a que el pardo Francisco Molina dene establecida una escuela sin licencla del cablldo.J [Decretase el cierre de dlcha escuela Y que los padres de su alumnado sean infonnados al respecto.J

(Mayordomo. a saros costos de los materiales y de los fornales de los peones que tra· bajan en la reparaci6n del Cuartel de Millcias.J tlsfacer


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ACTAS DEL CABILDO

mayor, don Manuel Hernaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia, don Vizente Pizarro, don Vizente Bezerra; y el caballero sfndico procurador general, don Jose Maysonet. En este cabildo se recibi6 un oficio de su seiioria, el senor gobernador, intendente y capitan general, su fecha, tGobernador aprueba acta del S de siete de los corrientes, en que aprueba el cabildo anterior diclembre de 1808.J celebrado el dia cinco del mismo. Y se acord6 : Archivarlo. Se dio cuenta de un oficio del maestro mayor de reales obras de fortificazi6n de esta plaza, con fecha de este dfa, {Se clan a conocer con el que acompaiia las retasaciones que se le mandaron las retasaciones practicar de Ia casa del caballero rexidor-alguacil mayor, efectuadas de las casas envueltas en situada en la Calle de San Sebastian, y de la que actualla permuta para el nuevo Cuartel de ~ente sirve de Cuartel de Milicias ; cuyas retasaciones asMUlclu.J c~enden, por lo respectivo a Ia primera, a nueve mil o~ho­ c1entos cuarenta y seis pesos, seis reales y veinte Y clll:co maravedies; y cuatro mil treinta y siete, cinco reales, diez y siete maravedfes, la segunda. y habiendolas visto Y exa~inado con la debida atenci6n, presentes el caballero sfnd1co procurador, quien expuso que nada se le ofrecfa que reponer contra ellas, y el mismo caballero alguacil mayor, quien [f· 351 ] / tambien manifesto su conformidad sin embargo de la rebaja que se advertia de mil cuatrocientos cuarenta y nueve pesos, cinco reales y veinte y cinco mara· vedies, con el valor de su casa comparado con el que ~ sulta de las primeras tasaciones practicadas por los alan· fes de esta ciudad, los que en caso necesario cedfa de~\~,e luego a beneficio del ramo de propios y arbitrios, se acor· (Queda cerrado el d6 : Unammemente que se diera por cerrado el trato sobre trato de la permuta de las casas bala I?ermuta de las dos casas expresadas, obligandose ~l jo las condiclones cabildo a pagar, en el modo y tiempo anteriormente esti· de pago que se especiflcan.) pulado, la referida cantidad de nueve mil ochocientos cua· r:nt~ y seis pesos, cinco reales y veinte y cinco maravedfes, liqwda que resultare deducidos los censos que repo~ la misma casa, los que reconocera sobre sus fondos el ca~).ld? o redimira si conviniere; y dicho caballero regidor se; p.hli· ga ei:;i Ia propia form.a a pasar en cuenta de pago de a9i°ella c::int1dad Ios cuatro mil treinta y siete pesos, cinco ~ales, diez y siete maravedies, en que ha sido retasada Ii:i casa Cuart~l de Milicias, la ,que, desde luego, se entre~ .al menc1onado caballero rexidor-alguacil mayor para que dis· ponga de ella a su arbitrio, otor- [f· 351v·]/ gandose de parte a parte las correspondientes esscrituras. , Se recibi6 un oficio de su sefiorfa, el sefior gobernador, intendente y capitan general, su fecha, 7 del corriente, en


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que dice que habiendose experimentado queen la Ultima semana no ha habido en esta plaza persona alguna que se (Gobernador informa que por deshaya vacunado, lo que puede atribuirse a descuido, y que cuido durante una semana no ban sera muy sensible la perdida que resultara de un beneficio asistldo veclnos a la vacunacl6n y retan util al bien del publico y de la humanidad, espera que qulere del cablldo acci6n este cabildo tendra en considerazi6n este particular asunto particular.]sobre el para que vuelva a restablecerse en el estado que hasta ahora. Se oyo sobre el particular al caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia, comisionado en el flufdo va(Regidor dlputado cuno, quien expuso que por su parte desde que se encargo para la vacunaci6n de dicha comisi6n nunca ha habido una falta ni descuido infonna sobre la materia.] ni ha dejado de comunicarse el fluido en los dfas destinados al efecto ; que si ahora se ha advertido esta falta ha estado de parte del practicante que es el que debe celar a los vacunados para que el pus se conserve. Que habiendole dado parte el expresado practicante, en la maiiana del sabado tres del presente mes, que de los nµeve que se habfan vacunado el anterior solo a tres les habia prendido el fluido, que estos eran, una mujer y dos hijos suyos, los que el viernes dos se habian pasado al partido de Bayam6n. Que inmediatamente el que informa puso oficio al teniente a guerra de dicho partido para que hiciese venir a los tres mencionados, siendo posible, en la propia tarde o al siguiente dia, previniendole, como le previno, al practicante encargado, [f· 352 ] / Miguel Coto, que por lo interesante qel asunto debfa ir el en persona a conducir el oficio, a que le contest6 que lo mandaria por que tenfa persona segura. Y aunque al dfa siguiente el que representa viendo que demoraba la contestaci6n del teniente a guerra le previno al practicante pasare a Bayamon en persona para aprovechar el pus y que no se perdiese. Que no lo hizo y a los cuatro dias recibi6 contestazi6n del enunciado teniente a guerra de que no parecfa [sic] la mujer y niiios, que conserva. Que ha practicado otras diligencias con el cirujano de Toa ; y que ultimamente .qued6 el medico don Francisco Oller de acordar, en este mismo dfa doce, lo que se deberia hacer para traer el pux de la villa del Arizibo si lo hubiera o de la villa de San German. Y se acord6 : Que quede encargado el mismo diputado sobre la ejecuci6n de los medios q{Je ha expuesto para (Comisi6n al regidor dlputado para volver de nuevo a introducir la vacuna en esta plaza, de la vacunaci6n para baga lntrodumodo que por ningiln motivo dej6 de verificarse y a la que clr de nuevo la vabrevedad posible. cuna en la cludad.)


ACTA$ DEL CABILDO

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Se dio cuenta de un memorial del caballero rexidoralguacil mayor, don Manuel Hernruz, en que hace presente que sobre el cuerpo de guardia de San Justo se halla un solar vacante perteneziente a los propios de esta ciudad Y [Regidor - alguac:ll mayor soliclta un que desea que se le [f· mv. ]/ haga merced de el para fabrisolar perteneciente a los proplos de la car una casa baja, ofreciendo el doble precio de su tasacludad por el cual est4 dlspuesto a ci6n en beneficio de los mismos propios, y allanandose a pagar el doble de su tasacl6n.) recibir su importe en parte del pago del valor de la casa que ha permutado por el antiguo Cuartel de Milicias. Y aunque se solicit6 el expediente creado sobre la venta del mismo solar al lizenciado don Felipe Antonio Mexia, abogado fiscal de real hazienda que fue de esta isla, Y el anterior sobre establecer en el mismo sitio una pescaderia, no se encontr6 ni uno ni otro, ni tampoco noticia de su paradero, resultando por consiguiente que no lleg6 a tener efecto alguno de los dos proyectos; por lo que pas6 el cab~ldo a conferenciar sobre el particular y despues de h~ber visto las actas de la materia y de la tasaci6n de dicho solar, ejecutada en el aiio de ochocientos uno en el mes de febrero, la que ascendi6 a novecientos pesos, seg(m ~ informe del caballero rexidor don Tomas Pizarro, conusionado para el efecto. Teniendo tambien presente el be~e­ ficio que resulta al fondo de propios en las actuales ctr• cunstancias del ingreso en el de aquella cantidad ~o!1. el que se consigue tambien de que se aumenten los edificios de esta ciudad para el mejor servicio del publico se acord6 : Que se accediera a la solicitud de dicho caballeI"? r~dor-alguacil mayor y en su consecuencia que se le ~­ ziera la venta y traspaso del expresado solar por el precio {Se accede a la andoble [1• 353 ] / de su tasaci6n, que tiene ofrecido. tes mencionada solicltud del regtdorCon lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus alguacll mayor.) seiiorias, de que doy fee. = Ynguanzo [rubrica] = J:?octor Santaella [rU.brica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rd· brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Pizarro [rabrica] Becerra [rU.brica] Maysonet [rubrica] = Ante mi=. Tomas de Escal.ona [rubrica], secretario de cabildo. ·

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[277] [19 DE DICIEMBRE DE 1808.]

i,

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan _»~u­ tista de Puerto Rico, a los diez y nueve dias del mes de


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diziembre de mil ochocientos ocho, para celebrar cabildo ordinario, coma es uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, teniente de gobernador, auditor de guerra de esta isla; los dos sefiores alcaldes de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; lizenciado don Juan Antonio Mexia, [f· 3S3v. ] / don Vizente Pizarro y don Vizente Becerra; para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cabildo present6 don Carlos Martinez, maestro [Don Carlos Marti· maestro de de escuelas de primeras letras, las planas de los niiios que nez, primeras le t r a s, presenta las pla· tiene a su cargo para su aprobaci6n por este ilustre ayun- nas escolares, las que quedan tamiento, quien habiendolas visto acord6 : Se pasen al ca- das al sfndicoreferlproballero sindico procurador general para que represente lo curador general.) que se le ofrezca y parezca. Se dio cuenta del informe del caballero regidor diputa[Regidor a!putaao do de carneceria sobre el metodo con que debia adminis- de carnlcerfa pretrarse esta en lo sucesivo por cuenta del cabildo, mediante senta plan de ad· de Ja la separaci6n que ha hecho Manuel Padilla de aquel encar- mlnlstraci6n carnlcerfa por parte del cabildo.J go. Y habiendolo visto y examinado con la reflexion posible (Determfnase que se acord6: Que desde el dia primero de enero del aiio tal admlnistraci6n pr6ximo entrante corra dicha adm.inistraci6n a cargo del de Ia carnicerfa ha· br4 de come.DZ31' a cabildo en su Junta Municipal y que el expresado caballero funclonar el 1 de de 1809 bafo rexidor quede encargado de solicitar los peones y caba- laenero furisdiccl6n de Junta Munlci· llerias necesarias, pagando por estas y aquellos los joma- la pal.) (Se flfan normas les que estimen proporcionados. Que por ningUn motivo se conforme a las ha de gravar a los dueiios de las reses en costo ni gasto al- cuales ha de operar Ia admlnistra· guno, pues de la libra que se denomina de meqna en cada cl6n de la carnlcearroba ·de came se han de deducir los necesarios y si no r(a.] alcanzaren de los cuatro maravedfes en que esta [f· 354] / gravada cada arrelde de came en su menudeo o expendio por menor en las tablas. Que por consiguiente a los dueiios de las reses se ha de entregar puntualmente su importe por el peso del romaneo o de la balanza, que se procurara establecer y colocar en la camecerfa a la mayor brevedad, por ser el mas fiel y exacto y menos expuesto a fraudes. El propio caballero regidor ha de celar sobre la conducta de los cobradores por menor y que estos entreguen en la misma especie la moneda que recibieren, procurando que a los duefios de las reses se entregue el menos vell6n posible Y que se guarde la debida proporci6n para evitarles el quebranto que de la practica contraria les pueda resul-


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ACTAS DEL CABILDO

tar. El producto liquido de la expresada libra de came de merma y los cuatro maravedies de cada arrelde se ha de entregar semanalmente por cuenta y raz6n al mayordomo de propios, y este cada mes los ha de meter en caja con la formalidad prevenida en Ia Ordenanza de Intendentes. Que por el mismo mayordomo se ban de satisfacer semanalmente los jornales de los peones que trabajen [1• l54v.]/ en la carneceria, inclusos los que se Haman cobradores, recogiendo .Jos competentes recibos y observando la misma formalidad que con los otros salarios que se pagan de cuenta del cabildo, para lo cual el citado caballero rexidor le ha de pasar las correspondientes relaciones con expresi6n de los dias que haya trabajado cada uno y salario que (Se refiere a la le corresponda. Que se pase a la Junta Municipal e~ expe: Junta Municipal el diente con testimonio de este acuerdo, del que se notific~ expediente sobre. la admJn1straci6n de a Manuel Padilla; y se daran copias de el al caballero feX!" la carnlcerfa y al gobernador un tesdor diputado y mayordomo de propios para su conoCJ· tlmonio del presente acuerdo.J miento; haciendose al senor gobernador, intend~te Y capitan general, saber esta determinaci6n por medio del testimonio de este acuerdo. En este cabildo se vio el expediente que present6valel esscribano de gobiemo y guerra, don Gregorio Sando ' (Se presenta expepromovido por el doctor don Joaquin de Torres J)Ur8n, dlente promovldo por don J oaqufn apoderado del teniente coronel don Jose Ponze, sobre la de Torres Dlirin sobre la cuerda de cuerda de tierra del pasaje de Palo Seco. Y se acord6: tlerra del pasaje de Reservar su despacho para el primer cabildo, trayendose Palo Seco.) [Se pospone hasta las noticias que puedan hallarse en el archivo sobre la ,, el pr6ximo cablldo Ia determlnac16n materia. sobre el referido expediente.) Se tuvo presente el expediente de las maestras de es· (Cuatro maestras cuelas de esta ciudad en que piden se les pague cien 1>6.5°5 de escuelas solicltan el pago de su que, a cada una de Jas cuatro que son, se les [f· 355 ] / ad~u­ sueldo y se provee para ello.) da. Y se acordo: Pasar la orden al mayordomo de propios para dioho pago, archivandose el expediente para constancia. ' Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron su~ seiiorfas, de que certifico. = Ynguanz.o [rubrica] == D0 f", tor Santaella [rubrica] = Yriz.arri [rubrica] = Hef11111.j [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Pizarro [rnb.11· ca] = Bezerra [rubrica] =Ante mi= Tomas de Escalqn~ [rubrica], secretario de cabildo. I ,


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[278] [24 DE DICIEMBRE DE 1808.] En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro dfas del mes de diziembre de mil ochocientos y ocbo, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del seiior gobemador, intendente y capitan general, concurrieron a esta sala consistorial el sefior don Francisco Diaz Ynguanzo, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, teniente de go-. bemador, auditor de guerra de esta isla; el seiior [f· 355v·]/ alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, lizenciado don Juan Antonio Mexia y don Vizente Becerra; y el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hemaiz. [Reclbimlento de En este cabildo se present6 don Jose Maria Davila a don Jos6 Maria D4vila comonsit~mar la posesi6n del empleo de rexidor, a que ha sido in- dor.1 vitado, cuyo oficio recay6 en el por fallecimiento de su lexitimo padre, don Domingo Davila, a quien su majestad hizo gracia de el para SUS descendientes y familia. y Se acord6: Que el caballero regidor que bace funciones de decano le reciba el juramento acostumbrado y le de su posesi6n y asiento; lo que se verific6 en el acto bajo los ritos Y formalidades acostumbradas; y lo firm.6 con sus sefiorias, de de [sic] que certifico. = Ynguanzo [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] Bezerra [rubrica] =Jose Maria Davila [rubrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f· 356 ] /

=

[279] [1 DE ENERO DE 1809.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los [sic] primero dfa del mes de enero de mil ochocientos y nueve afios, para efecto de celebrar la elecci6n de sujetos que ban de exercer los oficios de republica en el presente afio, concurrieron, como es uso Y constumbre [sic], a esta sala consistorial los dos seiior~s alcaldes de prim.ero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrizarri; los caballeros

nue== vale.

Enmendado ve aftos (nlbrica).


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Elecciones.

(Elecciones conceJI· Jes de 1809.)

ACTAS DEL CABILDO

rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hermiiz; licenciado don Juan Antonio Mejia, don Vizente Pizarro, don Vizente Becerra y don Jose Maria Davila; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurri6 el caballero rexidor don Jose Davila por indisposici6n de salud [sic]. Antes de entrar en votaci6n expuso el caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia, con permiso del seiior presidente, que para no perjudicar los derechos de ~ste muy ilustre cabildo, que tiene adquiridos y de que esta en posesi6n, para la elecci6n de un caballero rexidor de alcalde ordinario de segundo voto reproduce en un todo I~ exposici6n que hizo el dia primero de enero del afio pr6XI· mo pasado de mil ochocientos y ocho. (f· 356v·]/ Para Alcalde de primera elecci6n, don Pedro Yrisarri, con todos los votos, y presidente de la Junta Municipal. Para Alcalde de segunda elecci6n, don Francisco Cabrera, con tres votos. Don Fernando Dabila, con tres votos. Don Jose Maysonet tuvo un voto. . Para Sindico procurador general, doctor don Fran.cisco Pimentel, con cinco votos. Lizenciado don Jose de Ribera tuvo dos votos. Para Vocales de la Junta Municipal, don Vicente ~ece­ rra, con cinco votos. Don Jose Marfa Davila, con ciJlCO votos. Don Vizente Pizarro tuvo un voto. Don Manuel Her· nfilz tuvo un voto. Para Alcalde de la Santa Hermandad del Norte, don Raymundo Cardona, con tres votos. Don Andres de Ribera tuvo dos votos. Don Jose Cardona, uno. Y don Pedro Mexia, uno. Para Alcalde de la Santa Hermandad del Sur, don Jose Cardona tuvo dos votos. Don Pedro Mexfa, uno. Don Juan Jose Santaella, uno. Don Jose Cardona, uno. Don AndI# . de Ribera, uno. Don Bernardino Cardona, uno. i · .· Para Fiel contraste, Pedro Elias, con todos los votos. ;' ..· Para Alarife de albaiiileria, Jose Castillo. I,'.·· Para el de carpinteria, Vizente Fromesta. / .... Leida que fue esta elecci6n dijo el senor alcalde p#51• dente que se pasara a nueva votaci6n por raz6n de liaber salido iguales los votos para alcalde de segunda elecpi6n. Yen consecuencia se vieron los nuevos y por ellos ~f 3S1]/ resulta don Andres de Quinones con cuatro votos. Don Fernando Davila tuvo tres votos. 1 \•

(Por resultar empatada la votacl6n para alcalde ordina· rio de segunda eleccl6n prov~ese para una nueva elecci6n.J


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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Cuyas elecciones, segiln van escritas, fueron vistas por los se:fi.ores vocales que dijeron se pasasen en testimonio con el oficio competente a su se:fi.orfa, el senor gobemador, intendente y capitan general, para su aprobaci6n silo tuviese a bien ; incluyendose Ia de alcaldes de barrio de esta ciudad para Io que estan electos : Domingo Garcfa, para el de San Juan; Crixt6bal Sola, para el de Santa Barbara; Tomas Dapena, para el de San Francisco; y don Vizente Estrada, para el de Campecbe. Y que todo se ponga en manos de su seiioria, previas las urbanidades de estilo, diputandose al efecto Ios caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, y don Vizente Becerra; firmandose este acto que qued6 abierto basta la resoluzi6n del citado senor gobernador, intendente y capitan general, de que certifico. = Doctor Francisco Marcos Santaella [nibrica] Pedro Yrizarri [rubrica] =Manuel Hernaiz [nibrica] = Licenciado Mexia [nibrica] = Vicente Pizarro [rubrica] = Jose Maria Davila [nibrica] = Vicente Beze,. rra [rubrica] = Jose Antonio Maysonet y Gonzales [n1brica] =Ante mi =Tomas de Escalona [nibrica], secretario de cabildo.

445 (Don Andr& de Quiilones resulta electo para dlc:ho cargo.) (Se remiten al gobernador el resultado de las elecciones conceilles y de alcaldes de ba-

rrio.)

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Saque [f· 357v·]/ el testimonio prevenido y con el oficio mencionado se pas6 a su se:iioria, el se:iior gobemador, intendente y capitan general, de que certifico. = Escalona [rubrica]. Se recibi6 el oficio del se:iior gobemador, intendente Y capitan general, contestaci6n a la acta anterior en que su seiioria determina, por las razones que expresa, ser mas conveniente proceder a nueva elecci6n de alcalde de segundo voto por la imposibilidad que bay en el desempeiio por parte de don Andres de Qui:iiones. Aprueba la elecci6n del sindico procurador general, doctor don Francisco Pimentel; la de los caballeros vocales de la Junta Municipal; la de alcaldes de barrio y alarifes; pero dicta su seiioria que debe procederse tambien a nueva elecci6n de alcaldes de la Santa Hermandad respecto de que los nombrados no tienen las dos terceras partes de los sufragios como es indispensable. En cuya virtud se pas6 a nueva v;otaci6n y resultaron electos : Para alcalde ordinario de segunda elecci6n, don Pablo Cordoba, con cuatro votos. Don Jose Cardona tuvo tres votos. Para alcalde de Ia Santa Hermandad de la parte del Sur, don Jose Cardona, con cuatro votos. Don Andres

(Gobemador aprueba las elecclones

concejiles, excep. ci6n becha de la del alcalde de segundo voto y la de los alcaldes de la Santa Hermandad, en cuyos casos ordena se efectden nuevas elecclones.)

(Don Pablo C6rdoba queda electo como Dlcalde ordlnarlo de segunda eleccl6n.)


446 (Don Josi Cardona es etegldo alcalde de ta Santa Hermandad de ta parte Sur.] [Por atcatde de la Santa Hermandad de la parte Norte queda electo don Raimundo Cardona.]

[Dichas elecclones quedan referldas al gobernador.] Sur, enmendado. Vale. [rlibrlca.]

[Gobemador aprueba las antedicbas elecdones y ordena se le d6 posesl6n a los electos.] ICitaci6n a los electos para que comparezcan a to. mar posesl6n de sus empleos.J

ACTAS DEL CABILDO

de Ribera tuvo tres votos. Para idem de la parte del Norte, don Raymundo Cardona, con cuatro votos. Don Bernardino Ribera tuvo dos votos. Y don Pedro Mexia, uno. Cuya [f· 358 ] / elecci6n fue leida y dispusieron dichos sefiores se pasase oficio a su seiioria, el senor gobernador, intendent~ y capitan general, con su inclusion para que la apruebe s1 a bien lo tiene; y lo firmaron sus sefiorias, de que certifico. = Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] == Pedro Yrizarri [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] == Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] = Vicente Pizarro [rubrica] = Jose Maria Davila [rubrica] = Vicente ~ez~­ rra [rubrica] = Jose Antonio Maysonet y Gonzales [rubi;i· ca] = Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], secretano de cabildo. Se pas6 el oficio prevenido en el anterior · acuerdo Y se despach6 a su seii.oria con la misma diputaci6n, de que certifico. = Escalona [rubrica]. . . En Puerto Rico, en el mismo dia, habiendose rec1bido oficio de su seii.oria, el seiior gobernador, intendente Y [1· 3S8v. ] / capitan general, aprobando las precedentes el~­ ciones previniendo que se proceda a dar la posesi6n a los sujetos electos se acord6 : Para que tenga efecto que se libren por el presente secretario cartas al seiior dQi:t Pabld C6rdoba y demas electos que estan fuera de esta ci~da para que comparezcan a tomar la posesi6n y dar sus JUT3" mentos dentro del termino de ocho dfas, contados de esta \• fecha; y que los alcaldes de barrio y alarifes comparezcan en el dia de maiiana, a las diez de ella, para prestar los suyos. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron .sus seiiorfas, de que certifico. = Doctor Santaella [nibn.ca] = Yrizarri [robrica] = Hernaiz (rubrica] = Lif:encifldc> Mexia [rubrica] = :Pizarro [rubrica] = Bezerra [rubn~J =Davila [rubrica] = Maysonet [rubrica] = Ante mf :;: Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

[280] [2 DE ENERO DE 1809.]

I .'

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juall'Ba~.­ t1sta de Puerto Rico, a Ios dos dias del mes de enero de IIUI


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ochocientos y nueve afios, para efecto de dar la posesi6n y recibir el juramento correspondientes a los alcaldes de barrio, electos y confirmados, (f· 359 ] / a los alarifes y contraste, concurrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de primera elecci6n y el de segunda; el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; licenciado don Juan Antonio Mexia y don Vizente Becerra. En este acto se presentaron los alcaldes de barrio, Domingo Garcia, Crixt6bal Sola, Tomas Dapena y don Vizente Estrada; y los alarifes, Jose Castillo y Vizente Fromesta; Y el fie! contraste, Pedro Elias; a quienes por el caballero regidor decano les fue recibido juramento, que todos prestaron conforme a derecho, y prometieron exercer bien y cumplidamente los oficios a que han sido elegidos y confirmados ; y lo firmaron con sus senorias, de que certifico. = Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Pedro LicenYrizarri [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] ciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] = Vicente Bezerra [rubrica] = Domingo Garcia [rubrica] = ff· l59v. ] / Tomas Dapena [rubrica] = Christobal Sola [rubrica] = Pedro Elias [rU.brica] = Vicente Estrada [rubrica] = Vicente Fromesta [rU.brica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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(Prestan iuramento los alcaldes de barrios, los alarlfes y el fiel contrnste.)

=

[281] [S DE ENERO DE 1809.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Ju~ Bautista de Puerto Rico, a cinco de enero de mil ochoc1entos nueve, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de orden del senor gobernador, intendente y capitan general, concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde de Primera elecci6n saliente, doctor don Francisco Marcos Santaella; el de segunda, don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, lizenciado don Juan Antonio Mexia, don Vizente Becerra y don Jose Marfa Davila. Tambien concurri6 el caballero rexidor don Vizente Bjzarro. En este cabildo se vio una representazi6n de don Pablo de C6rdoba, electo y confirmado alcalde de segundo voto para el presente aiio, dirigida al senor gobernador, intendente y capitan general, en que, dando las debidas gracias·

[Gobernador remite al cabildo la solicitud que bnce don Pablo de C6rdoba para que se le releve - de servir


ACTAS DEL CABILDO

448

al ilustre cabildo por su elecci6n, se excusa a servir dicho oficio por las razones que manifiesta. Cuya representazi6n pasa dicho seiior capitan general a este ayuntamiento con el fin de que convocado vea y examine las razones en que don Pablo Cordoba apoya su presentaci6n; y que en caso de estimarse justas y suficientes se [Gobernador previene que de acepproceda (f· 360 ] / a nueva elecci6n, procurando en cuanto sea tarse la antes men· clonada sollcltud se posible que esta recaiga en algiln sujeto id6neo que tenga proceda a nueva elecci6n para dicho su *morada* continua residencia o morada en la plaza, cargo procur;lndose que la misma retanto para precaver los reclamos y perjuicios que se o~a­ caiga en persona sionan de obligar a los vecinos de fuera de ella a que sircon residencla en la cludad.J van semejantes empleos contra su voluntad, cuanto porque en tales casos se hallan aquellos cuasi abandonad?s por las continuas ausencias al campo, retardandose ~a~ obstruyendose por este motivo el despacho de los dianos negocios y causas que estan a su cargo. Y se acord6: Hallar por suficientes las razones en que apoya su solicitud [Se accede a la solicitud de don Padon Pablo C6rdoba y por consiguiente haberlo por excublo C6rdoba y se elije a don Fernansado segUn. solicita; y pasando los seiiores a nueva votado D4vlla como alcalde ordinarlo de ci6n, con presencia de lo que su seiiorfa, el senor gobernasegundo voto.) dor, intendente y capitan general, expresa en su decreto, result6 don Fernando Davila con cuatro votos; don Manuel Lorenzo Lacruz tuvo un voto; y doctor don Francisco Fuentes con otro. 1:ef.da que fue esta elecci6n dispusieron sus seiiorf~ (Se partlclpa al gopart1c1pa~la al referido seiior capitan general por m~cP.0 bemador la referida elecci6n.) de los senores diputados don Vizente Pizarro y don Vizente Becerra; [f· ~·]/ quedando este cabildo abierto basta la resoluzi6n de su se:iioria. _Tambien se vio la solicitud de Jose Castillo, que pasa el (Gobernador refiere senor gobernador, intendente y capitan general, a info~e a informe del cabildo petlcl6n de de e~t: ayuntamiento, y en que pide se le excuse de servll' don Jos~ Castillo para que se le exiel ofic10 de alarife de albaiiileria, a que ha sido electo~ :J?or ma de servir el ofir~6~ de no poderlo ejercer a causa de no saber leer ~.1 es· cio de alarife de albafiilerla.J cnbir. Y se acord6: Informar a su seiiorfa que se co~Jde­ (Cabildo accede a la petici6n de don raban justas las causales que exponia Castillo y q~e se Jos~ CastUlo y que procederfa a nueva elecci6n si su seiiorfa lo hallaba' ,con· se procederfa a nueva eleccl6n para veniente. el cargo si el gobernador lo estlAsimismo, se vio otra instancia de Domingo Gar~fa en maba conveniente.J que solicita se le exonere de servir el cargo de alcalde del tGobemador pasa .. barrio para que ha sido elegido; y la que su se~brfa, el informe del cabll-

como alcalde ordl· nario de segundo voto.J

do solicitud de don Domingo Garcla para que se le excuse de servir el oficio de alcalde

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori· ginal.


\)';'!'~·,,:···'' 1··.

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

sefior gobernador, intendente y capitan [sic], pasa a informe de este ayuntamiento. Y se acord6: Que no son suficientes las causales que alega Garcia, informandolo asf a su sefioria para que le obligue al desempeiio de!' referido cargo; dandose de todo cuenta al mismo seiior gobemador, intendente y capitan general; lo firmaron sus seiiorfas, de que certifico. Se procedi6 tambien a nueva elecci6n de alarife de albafiileria_por la exonerazi6n que solicita Jose Castillo, de que se dio cuenta a su seiioria y acaba de recibirse el expediente con decreto al intento; y sali6 electo, con todos los votos, Francisco Garras; lo que tambien firmaron, [f· 361 ] / sus seiiorias, de que certifico. = Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Pedro Yrizarri [rubrica] = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] = Vicente Pizarro [rubrica] = Vicente Bezerra [rubrica] = Jose Maria Davila [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. En este mismo dia y hora de las cuatro de la tarde, estando las seiiores que componen el ilustre cabildo juntos para abrir la contestaci6n de su seiiorfa, el senor gobemador, intendente y capitan [sic], de la acta de elecciones antecedente, se present6 en estas casas de ayuntamiento el alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Sur, don Jose Cardona, a quien por el caballero regidor decano, licenciado don Juan Antonio Mexia, le fue recibido el correspondiente juramento que prest6 de cumplir con exactitud en el encargo para que [f· 361v·]/ ha sido elegido y confirmado; Y lo firm6 con dichos seiiores, de que certifico. = Doctor Santaella [rubrica] Yrizarri [rubrica] Licenciado Mexia [rubrica] = Pizarro [rll.brica] = Bezerra [rubrica] = Davila [rubrica] = Jose Cardona [rll.brica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo.

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En el mencionado dia y hora expresada, de las cuatro de la tarde, estando juntas los seiiores que componen el ayuntamiento y mas el caballero alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, que no concurri6 la' 1inaiiana de este dia por hallarse fuera de la plaza, se abrio un pliego del senor gobemador, intendente y capitan general, contestaci6n a la acta de elecciones celebrada anteriormente, en qu~ su seiiorfa aprueba la elecci6n de alcalde ordinario de segundo 2'>.

449 del barrio de San Juan.) [Cabildo no accede a dicha petici6n y requiere del gobernador obligue a don Domingo Garcfa a ejercitarse en el mencionndo cnrgo.J

(Don Francisco Ga-

nas electo alarife

de albnililerla. J

[Don Jose Cardonn pres ta juramento como alcalde de la Snnta Hermandnd de la parte Sur.}


ACTAS DEL CABILDO

450 [Gobernador aprueba bajo ciertas condiclones la elecci6n de don Fer· nando D4vila como alcalde ordlnario de segundo voto.J

[Gobernador aprueba a don Francisco Garras como alarlfe de albaflllerla.J [Carta a don Fernando D4vila notific4ndole su nombramiento ba10 las condlciones seftaladas por el gobernador.J [Citacl6n al alarlfe de albaiiilerfa para que comparezca a jurar su oficio.J

voto en don Fernando Davila, en concepto de que no puede ni debe legalmente apremiarsele a que acepte contra su voluntad aquel oficio; pero que si voluntariamente lo admite bajo la obligaci6n o condici6n precisa ['· 362 ] / de resiclir continuamente en esta plaza sin hacer ausencia con· siderables de ella en e] discurso de los dos aiios ni faltar a la administraci6n de justicia diaria, aprobara en tal caso la elecci6n que en el se ha hecho; y que puede este cabildo hacerle saber su nombramiento en estos terminos para que no le queda duda y delibere lo que mejor le convenga. Tambien aprob6 su seiiorfa la eleccion de Francisco Ga· rras para alarife de albaiiileria. Y se acord6: Que se pase por el presente secretario la carta de aviso necesaria al enunciado don Fernando Davila en los terminos que deter· mina el seiior gobernador, intendente y capitan general, previniendole tambien que conteste inmediatamente para ponerlo en noticia de su seiioria. Y que el alarife Francisco Martinez [sic] comparezca a prestar su juramento. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorfas, de que certifico. Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Pedro Yrizarri [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rU· brica] =Vicente Pizarro [rubrica] =Vicente Bezerra [ni· brica] = Davila [rU:brica] = Ante mi = Tomas de Esca· Zona [rubrica], secretario de cabildo. En [f· 362v·]/ dicho dfa pase la carta prevenida a don '' Fernando Davila. Escal.ona [rubrica].

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[282]

[9 DE ENERO DE 1809.] . En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bauf. tista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes de enero d,e; ochocientos nueve aiios, para celebrar cabildo ordi~,Et no, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron: 1, esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de prini~r voto Y el de segundo, doctor don Francisco Marcos San#len.a y don Pedro Yrisarri; y los caballeros regidores, alpa· ell mayor, don Manuel Hernaiz; licenciado don Juan Antonio Mexia, don Vizente Becerra y don Jose Maria Davila; para tratar sobre las elecciones que estan pendientes.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

451

En este cabildo se recibi6 un oficio de don Fernando Davila, electo alcalde de segundo voto para el presente aiio, en que dice que correspondiendo su gratitud al honor que le ha dispensado este ilustre cabildo en elegirle alcalde de segundo voto esta dispuesto a aclmitir el nombramiento a pesar de sus achaques y sin reparar en los perjuicios que deben ocasionarsele. Y se acord6: Que se pase dicho oficio al seiior gobernador, intendente y capitan general, para que su sefioria se digne confirmar la elecci6n de don Fernando Davila si a bien lo tiene, y se espere la contestaci6n de su s~~oria; [f· 363 ] / y lo firmaron dichos seii.ores, de que cert1fico. = Doctor Francisco Marcos Santaella [rU.brica] Pedro Yrizarri [rubrica] Manuel Hernaiz [robrica] Licenciado Juan Anttonio Mexia [robrica] = Vicente BeAnte zerra [nibrica] = Jose Maria Davila [robrica] mi Tomas de Escalona [robrica], secretario de cabildo.

bramiento de alcalde ordinario de segundo voto.J

(Se reaere al gobemador d i c h 11 aceptacl6n.J

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[Don Fernando D:i-

Yila acepta el nom-

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En el mismo dia contest6 su seii.orfa, el seii.or gobemador, intendente y capitan general, el oficio que se menciona en el anterior acuerdo con copia del decreto que ha p~esto al que se le pas6 de don Fernando Davila y en que VIsta por su sefioria su contestaci6n aprob6 la elecci6n h:cha en el para alcalde de segundo voto en el presente a~o, mandando que se le haga saber y se le ponga en poses16n con las formalidades de estilo. Y se acord6: Que para cumplir en todas sus partes el mencionado decreto se libre, 363 [f· v·]/ por el presente secretario, oficio al nominado don F<:~ando Davila para que ocurra a tomar la posesi6n del ofic10 a la mayor posible brevedad. Se tuvo presente la constumbre [sic] que se ha observado en el ayuntamiento de nombrar de los individuos del cuerpo diputados para las festividades que corren a cargo de el. Y se acord6: Que para la de la Purificaci6n de Nuestra Senora, San Juan Bautista y Santa Rosa de Lima, el senor alcalde ordinario de primera elecci6n, don Pedro Yrisarri, y el caballero alguacil mayor, don Manuel Hernciiz. San Felipe y Santiago, Santfsimo Corpus Christi y Santiago el Mayor, el senor alcalde de segunda elecci6n, don Fernando Davila, y el caballero rexidor-alcalde mayor provincial, doctor don Francisco Maz:cos ·Santaella. Cumplidos de las personas estables y transeUn.tes, lizenciado don Juan Antonio Mexia y don Vizente Becerra. Para suplir la enferm.edad de alguno de dichos seiiores, el caballero rexidor diputado que estuviere de mes. Visitas de escuelas

(Gobernador aprue-

bll la elecci6n de

don Fernando Davila y provee se le di! posesi6n del oficlo. J (Cltacl6n Fernando

para

que

a don D4vlla compa-

rezca a tomar posesl6n de su oficio.)

[Designaci6n de diutados para las iestas vodvas, cumplimentar hul!spedes dlstinguidos y vlsltas de escueIas.J

f


ACTA$ DEL CABILDO

452

de prim.eras letras, el caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hemaiz. Para las de maestras de nifias, el caballero rexidor lizenciado don Juan Antonio Mexia. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. Doctor Francisco Marcos San· taella [rubrica] = Pedro Yrizarri [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] = Licenciado Juan Anttonio Mexia [:nlbrica] Vicente Bezerra [rubrica] Jose Maria Davila [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], se· cretario de cabildo. [f· 364 ] /

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[283] [10 DE ENERO DE 1809.]

ID on Raimundo Cardona presta furamento conio at-

calde de la Santa Hermandad de la

parte Norte.)

En Puerto Rico, a los diez dias del mes de enero de mil ochocientos nueve aiios, compareci6 en esta sala consistorial el caballero rexidor que hace las funciones de decano, licenciado don Juan Antonio Mexia, y el alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Norte electo y confirmado P~ el presente aiio, don Raymundo Cardona, a efecto de reCJ.· birle el juramento correspondiente; y habiendolo prestado, segiln derecho, prometi6 cumplir bien y fielmente con el encargo referido; y lo firm6 con el nominado caball~o rexidor decano, de que certifico. = Licenciado Mexia [ril• brica] Raimundo Cardona [rubrica] Ante mi = Tomas de Escalona [rll.brica], secretario de cabildo. .

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[284] 'I

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[16 DE ENERO DE 1809.]

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. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ~1au· tista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de eJierO d~ mil ochocientos y nueve, para celebrar cabildo or~a· no, com.o es de uso y constumbre [sic], concurrieri>n a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de ppm.er voto saliente, doctor don Francisco Marcos Santaella; el de 2.0 , don Pedro Yrisarri; y Ios caballeros rexidor~s, al.. guacil mayor, don Manuel Hernaiz; [1• 364V·] / licenciado don Juan Antonio Mex.fa, don Vizente Becerra y don Jose Ma•


SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

453

ria Davila; para tratar las cosas tocantes al pro y util de la republica. En este cahildo se present6 a tomar la posesi6n del empleo de alcalde de 2.0 voto don Fernando Davila, a que fue [ R e c i b I m I e nto de don Fernanelecto por este cabildo y confirmado por su se:iioria, el do D4vila como alcalde de senor gobernador, intendente y capitan general, para el pre- segundoordinarlo voto.J sente afio; y en su virtud le fue recibido el juramento de estilo, necesario, por el caballero rexidor que hace las veces de decano, licenciado don Juan Antonio Mexia, el que presto y en consecuencia le seiial6 su lugar y asiento, que es el inmediato al alcalde de primer voto. En este cabildo present6 el esscribano de gobiemo y guerra, don Gregorio Sandoval, un expediente promovido por el doctor don Francisco Pimentel, electo sfndico pro- (Gobernador acepta dlmisi6n del curador general para el presente afio, para eximirse de la doctor don Francisco Pimentel coservir el referido empleo fundado en haber hecho la de- mo slndlco procugeneral y fensa a don Manuel Andino, sfndico que fue de este ayun- rador provee para elecci6n de-otta persotamiento, contra las pretensiones del caballero alguacil na a dlchc> cargo.) mayor a la entrada en este oficio; y acogiendose a la ley 14, Libro 5, Titulo 1.0 de la Recopilazi6n de Castilla por estar alin dentro de los dos aiios de haber contraido su matrimonio y el se:iior gobemador, intendente y capitan general, por su decreto de onze de los corrientes, lo da por excusado, mandando que se proceda a nueva elecci6n. Y en consecuencia se acord6 : Obedecer este superior decreto y entrando en votaci6n para la nueva elecci6n sali6 con [f· 365 ] / ellge al doctor con [sic] todos los sufragios electo el doctor don Joaquin (Se don Joaquin de Durdn para de Torres Duran y que para su confirmazi6n se ofici6 al Torres el aludido oficlo.J seiior gobernador, intendente y capitan general, esperando en esta mafiana su contestazi6n. Con lo que se concluy6 este acto, que firmaron sus seiiorias, de que certifico. El senor alcalde presidente dijo que respecto a quedar en la sala ntimero suficiente para seguir este cabildo de regidores se continuase para el despacho de los asuntos pendientes. juramento En esta hora se present6 Francisco Martinez [sic], elec- el[Presta alarife de albaiiileria.) to alarife de albaiiileria de esta ciudad para el presente a:iio, y prest6 su juramento, en debida forma, en manos del caballero rexidor decano; y lo firm~, · . En este cabildo se present6 Marfa Antonia Canderros, (Dofia Marla AntoCanderros sollde este vecindario, con un pedimento ·decretado en siete nia cita licencia para fabricar una casa.J del corriente por su seiioria, el· seiior gobernador, intendente y capitan general, en que pide licencia para fabricar


454

(Queda referida dlcba solicitud al regidor - alguaciJ mayor.)

(Gobernador apr·teba las actas del J2 y 19 de diciembre de 1808.J

IRegldor don Josi! Maria D4vlla In• forma estarse ,,... deciendo en Sant> mas y Santa Cruz una epidemia de vi·

ruelas bravas, por

Jo que sollcita y en atenci6n a llegar buques procedentes de dichos Jugares c o m o de Norte Amf!rica, se requiera del gobernador restablezca la vlsita de sanidad a dicbas embarcaclones come a las que proceden de Espana.)

(Olicio al gobernador para que acceda a la indlcada solicitud.J

[Gobernador apruo:ba la elecci6n del doctor don Joaquin Torres Durlln como sfndico procu· rador general y queda ~te posesio· nado en su oficio.J

ACTA$ DEL CABILDO

una casa en esta ciudad bajo las reglas y metodo prevenido. Y se acord6 : Comisionarse al caballero rexidor-alguacil mayor para que, con el alarife de albaiiilerfa, disponga lo conveniente acerca de la solicitud, seg(tn y como es cons· tumbre [sic] yen esta ciudad. (f· 365v·]/ Se vieron en este cabildo dos oficios, que estaban reservados a causa de que los cabildos anteriores se ban cele· brado para elecciones de oficios concejiles, de su seiioria, el seiior gobernador, intendente y capitan general, sus fe· chas de 22 del mes de diziembre ultimo, y son las confir· maciones de las actas de 12 y 19 del mismo. Yen su vista se acord6: Unirlos a los expedientes a que corresponden. En este estado, con la venia del senor presidente, ex· puso el caballero rexidor don Jose Marfa Davila, presiden· te de plaza y diputado de abastos en el presente mes, que ha tenido noticia cierta venida de Ios puertos de San T~ mas y Santa Cruz de padecerse alli en la actualidad la epi· demia de la viruela brava, complicada con otras enfer· medades contagiosas, de cuios puertos cuasi diariamente vienen buques a este cargados de efectos permitidos y procedentes tambien los mas del Norte de America; Y que siendo de su obligaci6n manifestarlo a motivo de haberse mandado suspender las visitas de sanidad, por disposic~6n del senor gobernador, intendente y capitan general, suplica al muy ilustre cabildo se sirva acordar se pase el correspon· diente oficio a dicho seii.or gobernador para que restabl:z· ca dichas visitas como a Ios buques procedentes de Espana,. en ~onde es muy probable que acaezca alg(m contagio con mot1vo de las actuales circunstancias de la guerra en que seran inumerables los muertos que baya y de que provie366 nen regularm.ente las epidemias. Y se acord6 : Que se [f· ]/ pase el oficio mencionado en los terminos que sea bastan· te a que su seii.orfa se sirva acceder a lo pedido por el nominado diputado. 1' · En este estado se recibi6 la contestaci6n de su seiioq~, el s~nor gobernador, intendente y capitan general, conff· ~6n de la elecci6n de don Joaquin Torres ~uran s11!-d1co _Procurador general para el presente ano. Y el} iel rmsmo mstante compareci6 el electo a tomar la poses,6n, que le fue dada en la form.a de estilo, prestando el c~r,res· pondiente juramento en manos del caballero rexidor .deca· no, lizenciado don Juan Antonio Mexia. ,, · Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm.aron sus sefiorfas y los sefiores que ban tornado la posesi6n, de que

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

certifico. = Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Pedro Yrizarri [rubrica] = Manuel HernaU. [nibrica] = Licenciado Juan Anttonio Mexia [rubrica] = Vicente Jose Maria Davila [rubrica] DocBezerra [rubrica] tor Joaquin de Torres Duran [rubrica] = Fernando Davila [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], secretario de cabildo. [f. J66v. ] /

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INDICES

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TOPONIMICO

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INDICE TOPONIMICO * A

Aguada, villa de la: 203, 240, 270. Aguadilla, partido de: 240. America: 25, 173. -Norte de: 186, 189, 196, 271, 284. Aiiasco, partido de: 240. Aranjuez: 58, 77. Arecibo, villa de: 25, 240, 270, 276. Arecivo: (V. Arecibo, villa de). Arizibo: (V. Arecibo, villa de). Asturias: 247, 249. Avila: 50. B Banda del Norte: 15, 20, 21, 25, 85, 135, 183, 186, 187, 229, 279, 283. Banda del Sur: 20, 21, 24, 85, 135, 183, 185, 229, 279, 281. Barranquitas, partido de: 240. Bayam6n -Partido de: 139, 140, 155, 199, 212, 217, 231, 240, 245, 276. -rfo de: 207, 213, 214. Boca de Lolza, pasaje de: 243, 244, 252, 255. Buenos Aires: 9 (A. U.), 14.

c Cabo Rojo, partido de: 240. Cabo Roxo: (V. Cabo Rojo, partido de). Cadiz, puerto de: 189, 254, 274. Caguas, partido de: 240, 257. Caleta, Calle de La: 166. Calley de Muesas: (V. Cayey de MueJ:1 sas, partido de). Campeche, Barrio de: 87, 88, 145, 183, 279. •

Camuy: 240. , Cangrejos, partido de: 15, 53, 113, 191, 240. Cantera, La: 98. Caracas: 6, 34, 39, 67, 167. Cartagena de Indias: 10, 192, 243. Castilla: 284. Cataiio, playa de: 53. Cayey de Muesas, partido de: 240. Cidra: 240. Coamo, villa de: 43, 119, 188, 240, 270. Condado: 15. C6rdoba: 104. Corozal, partido de: 186, 187, 240. Cuba, isla de: 14, 27, 77, 78, 80, 97, 149, 150.

.E Espaiia: 79, 254, 254 (A. U.), 262, 264, 270.272, 274, 284. -puertos de: 259-261. Europa: 186.

F Fajardo, partido de: 240, 241, 245, 265. Faxardo: (V. Fajardo, partido de). Francia: 260.

G Guayama, partido de: 113, 240. Guaynabo, partido de: 240. H Habana: 115. Hwnacado: (V. Humacao, partido d.e), Hwnacao, · partido de: 21, 24, 240.

Los ndmeros que aparecen en los apartada"°s corresponden a los documentos.


! ·1.\>f!f:F·~

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I

1NDICE TOPONlMICO

462 I

Indias: 43, 58, 150, 152, 157, 158, 160, 167, 173, 179, 208, 216, 231, 254, 254 (A. U.), 274, 275. [lnglaterra]: 92, 93, 254. Isla -de Cuba: 14, 27, 77, 78, 80, 97, 149, 150. -de Puerto Rico: (V. Puerto Rico, isla de). -de Santa Cruz: 186, 189. -de Santo Domingo: 116, 230, 240. -San Tomas: 186, 189, 196.

Mcseta, La (Barrio de): 62, 97, 98, 149, 162, 191, 199, 211. Mexico: 81, 150. Mezcta, La: (V. Mcscla, La, (Barrio de). Michoacan: 39. Moca, partido de: 240. N

Naguabo, partido de: 240, 271, 272. Norte America: (V. America, Norte de). Nueva Espana: 5, 81, 107, 182.

J

Juana Diaz, partido de: 7, 18, 119, 240. Juncos, partido de: 240. L

Loisa: (V. Loiza). Loiza -Boca de, pasaje de: 243-245, 247, 252, 255. -partido de: 240. -rio de: 245, 247, 255. Loysa: (V. Loiza, partido de). Luquillo, partido de: 240, 265.

0 Oviedo: 104. p

Palo Seco: 54, 69. -pasaje de: 26, 30, 69, 100, 207, 213, 214, 223, 226, 227, 234, 241, 251, 252, 261, 277. Pefiuelas, partido de: 240. Pepino [El], partido de: 240. Piedras, Las, partido de: 29, 240. Ponce, partido de: 240. Puerta -de San Juan: 158. -de Tierra: 158. Puerto Rico, Isla de: 6, 9 (A. U.), ~· 20, 23, 25, 26, 28, 31, 35, 58, 59, 74, 80, 89, 92, 101, 113, 133, 138, 149, 1 6, 152-158, 160, 169, 173, 180, 182, 189' 196, 199, 205-201, 212-214, 211, 21 • 0 223, 226, 227, 230, 234, 237, 239, ~4· 243, 244, 246, 248, 249, 251, 252, Al 254 (A. U.), 258, 260-262, 265-272, 27-r 278. Puntilla, La: 91, 92, 95, 100, 102, 104, 108, 202, 209.

50

M

Madrid: 14, 20, 45, 81, 93, 150, 208,. 236, 251, 254 (A. U.), 270. -villa de: 270. Maiaga, puerto de: 69. Mameyes, Los (Cangrejos): 15. Manatf, partido de: 92, 96 234 235 240. I I I Manaty: (V. Manati, partido de). Marina, La: 161. (V. Marina de San Justo, La). Marina de San Justo, La: 158. (V. Marina, La). Martin Peiia -caiio de: 98. -corral de: 214. Maunabo, partido de: 240, 271, 272. Mayagi.iez: 230, 240. Merida de Yucatan, 128.

R

I Rinc6n, partido de: 240. 12, 231, z!.n'. Rio Piedras, partido de: 'tU Riva de Celta: 104.

s Sabana Grande Arriba: 240. San Antonio

1


463

lNDICE TOPONlMICO

T

-fuente de: 6, 7, 27, 153, 154, 161. -puente de: 92, 165. San Francisco, Barrio de: 87, 89, 96, 126, 144, 145, 183, 186, 190, 279. San German, villa de: 7, 10, 11, 18, 20, 43, 240, 270, 276. San Juan, Barrio de: 87 92 142 144 145, 183, 279. San Juan -isla de: (V. Puerto Rico, isla de). -muelle de: 100. -Puerta de: 158. -puerto de: 3, 25, 28, 81, 83, 84, 92, 189, 254, 254 (A. U.), 264, 274, 284. San Justo, La Marina de: 158, 276. San Sebastian, Calle de: 267, 270, 276. Santa Barbara, Barrio de: 86, 89, 92, 137, 145, 183, 191, 279. Santa Cruz -isla de: 186, 189. -puerto de: 284. Santa Cruz de Tenerife: 25. Santiago, plazeta de: 15. Ssanto Domingo, isla de: 116, 230, 240. an Tomas -isla de: 186, 189, 196. -puerto de: 284. Sevilla: 254, 254 (A. U.), 264. I

I

I

Tenerife, Santa Cruz de: 25. Tierra, Puerta de: 158. Toa: 276. Toa Alta, partido de: 25, 226, 227, 240. Toa Baja, partido de: 54, 226, 240. Toa Vaja: {V. Toa Baja, partido de). Trugillo: {V. Trujillo, partido de). Trujillo, partido de: 139, 240,, 265. Tuna, partido de: 240.

I

u Utuado, partido de: 240.

v Vega Alta, partido de: 240. Vega Baja, partido de: 240. Vega Vaja: {V. Vega Baja, partido de). Victoria: 135.

y Yabucoa, partido de: 240. Yauco, partido de: 240. Yucatan: 128.

I; I


ONOMASTICO

'.

I /J

30.

'

'


INDICE ONOMASTICO * Araujo, Juana Antoni~: 34. Arizmendi, Juan Alejo de: 1, 3, 6, 39. Arriaga, Antonio: 104-106, 272. Arroyo, Jose: (V. Gutierrez de Arroyo, Jose). Arroyo, Sebastian de: 123. Asturias, Principe de: 247, 249. (V. Fernando VII). Aumada, Jose: 214. Ayala, Manuel de: S, 7.

A

Abres. Francisco: 122. Acosta. Francisco: 15. 98. 214. Acosta. Manuel de: 73. 101-103. 106. 110. 111-113. 117-121. 123-132. 134-140. 152. 156, 158. 165. 239, 240. 259. Acosta Riaza. Manuel de: 33. Albadajo. Jose: (V. Albaladejo, Jose). Albaladejo, Jose: 12, 54, 58, 60, 123, 255, 256. Albaradejo, Jose: (V. Albaladejo, Jose). Albarez. Juan: (V. Alvarez, Juan). Albarraero, Jose: (V. Albaladejo, Jose). Alberio, Eugenia de: 126. Alcedo, Antonio de: 173. Aldea y Urries, Juan de: 148. Aldea y Urries, Victoriano de: 20, 34. SS, 83, 92, 101, 122, 24S, 246, 261. Almestica, Santiago: 7, 20. 27. Alvaradejo, Jose: (V. Albaladejo, Jose). Alvarez, Juan: 104, 106, 201-203. Amesquita, Pedro: (V. Amezquita, Pedro de). Amezquita, Pedro de: 229. Amezquita, Santiago: (V. Almestica, Santiago). Amestica, Santiago: (V. Almestica, Santiago). Andino, Ana de: 30. Andino, Jose: 272. Andino, Jose Miguel: 166. Andino, Juan de: 192. Andino, Manuel de: (V. Martinez de Andino. Manuel de). · Andino, Miguel de: 147, lSl, 153, 196. Angulo, Petronila: 166. Antique, Emigdio: 35, 39, 62, 63, 66, 69, 70, 79, 83, 90. •

B

: !

Baerga, Manuel Antonio, 113. Baerga, Sebastian de: 113. Balls, Feliciano: 229. Balmis, Francisco Javier de: 80. Barbuda, Jose: 260. Bargillas, Pedro Ignacio: 93. 115. Barquilla, Pedro Ignacio: (V. Bargillas. Pedro Ignacio). Bazcar1m, Miguel: 20. (V. Bascazan, Miguel). Bascazan, Miguel: 27. (V. Bascaran, Miguel). Bazo, Pablo: 70. (V. ·Gasso, Juan Pablo). Becerra, Vicente: 274-282, 284: Beles, Francisco: (V. Velez, Francisco). Belez, Micaela: (V. Velez, Micaela). Bergara. Juana Evangelista: (V. Vergara, Juana Evangelista). Bernal, Manuel Maria: 44. Besares Rubio, Francisco: (V. Bezares Rubio. Francisco). Bezares Rubio, Francisco: 260, 261, 266. Blandone. Juan: (V. Blardome, Juan). Blanes, Jose: 229.

Los nl1meros que aparecen en Ios apartados corresponden a los documentos,


:!NOICE ONOMASTICO

468

Blardome, Juan: 93, 115, 122. Bofarrul, Miguel, 183. (V. Bufarrul, Miguel). Bonaparte, Napole6n: 254, 274. Bonilla, Manuela: 199. Bourman, Felix: 6. Bufarrul, Miguel: 183. (V. Bofarrull, Miguel).

c Caballero, Marques de: 251. Cabrera, Francisco: (V. Mosquera y Cabrera, Francisco de Paula). Cabrera, Francisco de Paula: (V. Mosquera y Cabrera, Francisco de Paula).

Cabrera, Joaquin: 6. Cabrera, Jose: 255, 256. Camargo, Narciso: 202, 203. Camargo, Nemesio: 201. Campeche, Jose, 251. Canderros, Maria Antonia: 284. Cano, Manuel: 255. Cantero, Agustin: 85. Cantero, Domingo: 153-155, 201. Caramb6, Manuel: 255. Carbajal, Antonio: 272. Carb6, Crist6bal: 145. Cardona, Bernardino: 279. Cardona, Jose: 279, 281. Cardona, Raimundo: 279, 283. Carlos IV: 247, 249, 251. Carmen, Jose Maria del: 155, 180. Caro, Agiieda: 15, 15 (A. U.), 44. Carri6n, Jose: 202. Caseres, Cristobalina: 143. Caseres, Maria Antonia: 143, 149. Casillas, Juan Ram6n: 29. Castillo, Jose: 279-281. Castillo, Juan del: 150. Castillo, Rosa del: 199. Castro, Francisco de: 12. Castro, Ram6n de: 21 (A. U.), 123, 248. Cazuela, Jose: 92, 119, 120. Ceballos, Pedro: 249. Cen6n y Castilla, Ram6n: (V. Zen6n y Castilla, Ram6n). Cepero, Francisco: (V. Zepero Francisco). ' Cesteros, Jose Nicolas: 240. Conde, Sebastian Jose: 192. C6rdoba, Pablo de: 279, 281.

C6rdova, Antonio de: 1-4, 6, 7, 9, 9 (A. U.), 10, 15-21 (A. U.), 23, 30, 31, 34-36, 3840, 46-48, 50, 54, 59, 60, 63-65, 67, 69, 70, 72, 77-79, 81, 85-88, 92-94, 135, 138-140, 179, 180, 182, 183, 229, 250, 251. C6rdova, Pedro de: 179. Coronado, Jose Joaquin: 1-8, 13, 14, 16-21 (A. U.), 23, 25-29, 31, 32, 35, 39, 40, 42-48, 53, 56, 57, 60, 61, 63, 64, 69-72, 74, 77, 79-86, 89-93, 96-109, 119, 124, 125, 133, 150, 158, 161. Coto, Miguel: 53, 54, 58, 60, 276. Creagh, Juan Francisco: 155. Cuebas, Juan de: (V. Cuevas, Juan de). Cuebas, Juan de Dias: 260. Cueto, Julian: 39, 100, 104. Cuevas, Juan de: 183, 186, 188. Cuevas, Manuel de: 75, 101, 183.

CH Chavarria, Josefa: 34. Chavarria, Miguel: 58, 60. (V. Echeverria, Miguel). Chico, Cecilio: 180. Chiesa, Antonio: 245, 246, 252, 255, 261, 273, 275. . ) Chieza, Antonio: (V. Chiesa, Antonio· Chiques, Juan: 183, 186. D

Dabila, Fernando: (V. Davila, Fernan· do). .< Dabila, Jose Maria: (V. Davila, 1osi;; Maria). Dabila, Rafael: 212. Dalmau, Salvador: 229. Dapena, Tomas: 279, 280. .' Davila, Domingo: 21, 21 (A. U.), lOZ, 278. f. Davila, Fernando: 226, 279, 281, ~~. ~~ I Davila, Jose Maria: 1, 3, 6-12, l~ .15, 15 (A. U.), 18, 20, 21, 21 (A. u.11: 23s't' 25-27, 29, 30, 35, 36, 40-46 (A. U:~), ;;r 72, 74, 77-81, 83-85, 92-94, 96-lOt~ 117· 119, 135, 138-140, 183, 202, 203, 205, 212, 229, 241, 245, 246, 250-252, 278, 279, 281, 282, 284. Davila, Juan: 199.

)1


469

1NDICE ONOMASTICO

Fuentes, Francisco: 281. Fuerte, Juan: 92, 124.

Davila, Miguel: 1, 2, 4, 6, 7, 10, 11, 13, 15, 15 (A. U.), 30, 33, 81, 86, 96, 98, 101, 102, 105, 108, 119, 121, 123, 124, 126, 129, 135, 136, 138-140, 142, 146; 148-161, 165-167, 169, 171-173, 251. Delgado, Jose: 126. Delgado, Luis: 85, 87. Deogracias, Lorenzo: 274. Desoullcs, Juan Miguel: 116. (V. Seullcs, Juan Miguel de). Dias, Andres: (V. Diaz, Andres). Diaz, Ambrosio: 190. Diaz, Andres: 229, 236. Diaz Ynguanzo, Francisco: 77, 78, 8083, 90, 91, 100, 113-115, 146-158, 160, 179, 188, 240, 248, 251, 258-262, 265272, 274-278. Dufresne, Jose: 270.

G

Gambaro, Esteban: 22. Garcia, Domingo: 279-281. Garcia, Felipe: 98, 146, 149, 152, 169, 186, 203, 237, 243, 245, 257, 275. Garcia, Lope: 207, 213, 214, '223, 226, 234, 241, 261. Garcfa Salinas, Ignacio: 113. Garras, Francisco: 281. Garz6, Pablo: (V. Gasso, Juan Pablo). Gasso, Juan Pablo: 22. (V. Bazo, Pablo). Gautier, Juan: 55, 80. Gil, Francisco: 249. Godoy, Manuel: 249. Gomez de Zalazar, Manuel: 50. Gonz81ez, Juan Sebastmn: 137. Gonzalez Espino, Pascual: 147, 15J,, 153. Gonzalez Villafaiia, Sebastian: 199. Goyena, Jose: SS. Guillen, Luis: 12. Guisarra, Juan Jose: 161. Gutierrez de Arroyo, Jose: 155, 196. Guzman, Pedro, 257, 259.

E

Echeverria, Miguel: 53. (V. Chavarria, Miguel). Elias, Cecilio: 155. Elias, Pedro: 21, 22, 85, 106, 181-183, 229, 279, 280. Elias, Sim6n: 155. Erazo, Tomas: 115. Escalona, Tomas de: 183-238, 240-284. Escobar, Antonio: 15. Espaillat, Francisco: 78. Espayllat, Francisco: (V. Espaillat, Francisco). Estrada, Vicente: 279, 280.

H

Henrrique, Miguel: (V. Henrriquez, Miguel); Henrriquez, Miguel: 17~. Heredia y Paez, Antomo: 234. Hernaiz, Manuel: 151-153, 155-158, 165, 166, 173, 176, 179-184, 186, 188-192, 194203, 205-207, 209-241, 243-251, 253-282, 284. Hernaiz, Ram6n: 151, 179. Hernaizes: 173. Hernandez, Fernando: 162. Herranz, Jose: 147, 151, 153. Herrero, Jose: 229. Hostos, Juan Jose de: 158, 240. Huertas, Luis de: 13, 20, 30, 43, 44, 161, 165.

F

Fajardo, Francisco: 268. Faxardo, Francisco: (V. Fajardo, Francisco). Feliz, Salvador: 203. Fernando VII: 247-249, 251, 254, 254 (A. U.), 274. Ferrer, Jose: 229. Ferrer, Vicente: 243, 245. Figueroa, Marcelo de: 17. Foronda, Lucas de Ia: 3, 14, 20, 45, 150. Fort, Pablo: 100. Franco, Manuel: 183, 191. Fromesta, Vicente de: 21, 22, 135, 137, 274, 279, 280.

I.!

I Infante, Ambrosio: 53. (V. Ynfante, Ambrosio). Izquierdo, Sim6n: 173, 199, 201.


lNDICE ONOMASTICO

470

Mejia, Juan Antonio: (V. Mexia, Juan Antonio). Melendez, Juan Antonio: 191. Mena, Antonio de: 67, 79. Mexia, Juan: (V. Mexia, Juan Antonio ). U) .i\kxia, Juan Antonio: 1, 2, 5-9 (A. ·' 11-19, 21, 21 (A. U.), 25-28, 30, 31, 3340, 43-48, 50-59, 61-65, 67, 69, 70. 72-86• 89-97, 99-111, 113-118, 120, 124-126.128131, 133-136, 138-176, 179-203, 205.209• 211-223, 225-284. Mexia, Pedro: 279. Milano, Carlos: 148, 169. Molina, Francisco: 273, 275. Molinero, Paula: 34. Monserrate, Antonio: 117. 9 Montes, Toribio de: 59-61, 65, 71, 77-7 ' 89, 123. Moreno, Jose Bernabe: 27, 115. Moreno, Juan Pablo: 97. au· Mosquera y Cabrera, Francisco de P la: 21, 138, 139, 229-231, 279. Muxica, Jose Leonardo: 135, 137.

J Jabat, Juan: 254. Jauregui, Manuel: 254. Jimenez, Leonor: 5, 7. Jimenez Rend6n, Juan: 240. Jiorro, Miguel: 17. Jose, Juan: 147, 149. Juan, Jose: 147, 149. L

La Cruz, Felix: 3, 69, 85, 105, 150. Lacruz, Manuel Lorenzo: 281. Lacruz, Maria Damiana: 147, 149. Lamas, Manuel: 30, 69, 100, 214. Latorre, Jose: 234. Le6n, Jose de: 7, 18. L6pez, Apolinar: 257. L6pez, Bernardo: 245, 246. L6pez, Diego Jose: 86. L6pez, Francisco Maria: 29. L6pez, Jose: 162, 199, 211. Lopez, Tomas: 145.

N

M

Maisonet, Jose: 11, 14. Maisonet, Jose: (V. Maysonet, Jose). Maldonado Ylarraza, Basilio: 80. Mallen, Carlos: 99, 106. Marchan, Francisco: 99, 107, 110. Marchan, Juan: 162. Martinez, Carlos: 20, 34, 55, 58, 60, 67, 79, 81, 83, 98, 102, 105, 122, 154, 182, 226, 232, 234, 235, 237, 259, 277. Martinez, Francisco: 281, 284. Martinez, Jose: 232, 234. Martinez de Andino, Manuel de: 135, 136, 138-141, 143-154, 156-162 165 167 173, 177-180, 183, 186, 188-190 192 196 216, 217, 284. , , , Matos, Juan Lorenzo de: 142, 196, 236. Mayen, Carlos: (V. Mallen, Carlos). Maysone, Jose: (V. Maysonet, Jose). Maysonet, Jose: 89, 148, 217, 218. Maysonet y Gonzalez, Jose Antonio: 229, 233-236, 238, 242-247, 250-253, 257261, 265-269, 273-276, 279. Medina, Antonio: 29. Megia, Juan Antonio: (V. Mexia, Juan Antonio). 1

1

Navarro, Nicolas: 183. Nicolas, Antonio: 81, 99, 106. An· Noboa, Angel de: (V. Novoa, Juan gel de). Novoa, Juan Angel de: 58, 203, 240.

0 Olaguer Feliu, Antonio: 249. Olibo, Dominga del: 211. S8 Oller, Francisco: 17, 29, 35, 39, 53, 62, 63, 66, 69, 70, 80, 83, 90-92, 11 I 173, 180, 196, 276. Ortiz, Hipolito: 29.

7

p

Padilla, Manuel: 106, 133, 149, 243, 267, 269, 274, 275, 277. Parodi, Santiago: 92, 124. Patoni, Antonio: 122. Pefia, Damaso de: 229. Pefialvers, Dionisio Antonio: 173.


471

lNDICE ONOMASTICO Pciiuela, Sebastian: 251. Perez, Diego: 102, 104, 106. Pimentel. Francisco: 85, 91, 93, 94, 110, 111, 113-116, 279, 284. Pinto, Rosinda: 199. Pinto, Rudcsinda: 211. Pio Scptimo: 20. Pizauo, Tomas: 196, 266, 276. Pizarro. Vicente: 183, 191, 196, 197, 202, 251, 252, 266-277. 279, 281. Planclks, Jose: 70. (V. Planet, Jose). Planet, Jose: 22. (V. Planelles, Jose). Pobcr, Jose: (V. Power, Jose). Pobcr, Manuel: (V. Power, Manuel Angel). Polanco, Juana: 34. Ponce, Jose: 261, 277. Poncel, Antonio: 274, 275. Ponzc, Jose: (V. Ponce, Jose). Paver, Jose: (V. Power, Jose). Power, Joaquin: 167. Power, Jose: 1, 2, 5, 8, 13, 22, 24, 30, 35, 43, 47, 48, SO, 59, 65, 70-72, 77, 80-82, 85, 90, 110, 116, 135-139, 141, 142, 146, 150-174, 209, 251. Power, Manuel Angel: 1, 2, 4, 6, 12, 14, 15, 15 (A. U.), 17, 18, 21, 21 (A. U.), 31-33, 43, 60, 64, 70, 72, 77, 80, 81, 85, 86, 90-94, 98, 100, 106, 113, 116, 128, 130, 132, 135-140, 142-146, 148-159, 161165, 167, 168, 170-173, 201, 202 251 274. , , Prieto, Tomas: 17. Q

Quadrado, Fernando: 97. Quinones, Andres de: 279. Quinones, Buenaventura: 141, 142, 144159, 161-163, 165-167, 169, 171-175, 180, 182, 183, 186, 188, 190-192, 195-199, 201-203, 205, 206, 212-216, 218-220, 222, 225-227, 229-232, 241. (V. Quinones, Ventura de). Quinones, Felipe de: 191. Quinones, Jose de: 135, 136, 138, 245, 246. Quinones, Nicolas de: 108. Quinones, Ventura de: 139, 140. (V. Quinones, Buenaventura).

R Racamonde, Juan: 115, 125. Ramires, Miguel: (V. Ramires de Arellano, Miguel). Ramires de Arellano, Miguel: 43, 44, 46, 47, 50-53, 56, 63, 71, 72, 80, 85, 90, 92, 93, 96, 100-102, 104, 105, 107, 113, 115-120, 122, 124-126, 128, 133-152, 155, 159, 169, 172-184, 186, 188, 191, 192, 196-203, 205-223, 225-252, 254 (A. U.)256, 270. Ramirez, Jose Maria: 97, 162. Ramos, Juan Alonso: 113. Ramos, Laureano: 217. Ramos, Vicente: 113. Ravago, Pantale6n de: 91. Rayfer, Luis: 81. Real Tesoro, Marques del: 264. Reyes, Jose Domingo: 268, 274. Reyes, Manuel de los: 191. Reyna, Francisco de: 87, 89, 92, 96, 119. Reyna, Jose de: 152, 240. Ribera, Andres de: (V. Rivera, Andres de). Ribera Ortiz, Jose de: (V. Rivera Ortiz, Jose de). Rijos, Santiago: 92, 119, 126. Rios, Santiago de los: 21, 21 (A. U.), 25-34, 36, 37, 39, 40, 47-51, 53, 55-77, 79, 80, 82-86, 89-91, 93-96, 98, 99, 101, 104, 105, 107, 108, 110, 111, 115-141, 158. Rivera, Andres de: 183, 185, 279. Rivera, Bernardino de: 21, 25, 85, 135, 226, 279. Rivera, Manuel de: 197. Rivera Ortiz, Jose de: 183, 186, 187, 229, 279. Rixos, Santiago: (V. Rijos, Santiago). Rocha, Rodrigo de la: 166. Rodriguez, Jose Manuel: 95. Rodriguez, Jose Maria: 53, 58, 60. Rodriguez Calder6n, Juan: 243. Roman, Felix: 257, 259. Romero, Jose: 266. Roque: 12. Rosa, Josefa Marfa de la: 62. Rosario, Dominga del: 97, 98. •Rosario, Juana Marfa del: 173. Rosario, Maria Martina del: 62. Ruiz y Pena, Nicolas: 10.


lNDICE ONOMASTICO

472

s Sabat, Gabino: 260, 266, 272. Sabater, Jose: 92. Samper, Antonio: 59, 60. Sanches, Antonio: (V. Sanchez, Antonio ). Sanchez, Antonio: 125, 143, 147, 151, 191. Sanchez, Jose: (V. Sanchez de Bustamante, Jose Hermenegildo). Sanchez de Bustamante, Jose Hermenegildo: 1, 2, 14, 21, 21 (A. U.), 23, 25, 26, 28-33, 35, 36, 38-40, 47, 48, so, 56, 59-67, 69, 70, 72-75, 77, 79-81, 84, 85, 90-96, 99, 101, 108, 110-113, 115, 116, 119-132, 134-136, 138-142, 144, 146, 147, 149-153, 155, 156, 158-161, 165-167, 169174, 188, 216, 217, 251. Sandoval, Gregorio: 1-72, 74-100, 103105, 107-110, 113-116, 121, 122, 133, 134, 141-164, 166-183, 190, 205, 215, 234, 240, 268, 275, 277, 284. Sandoval, Manuela: 5. Sanjurjo, Vicente: 135. San Millan, Baleriano: (V. San Millan Valeriano). ' San Millan, Balerio: (V. San Millan Valeriano). ' San Millan, Valeriano: 122 143 144 191, 199. San Millan, Valerio: (V. Millan Valeriano). ' Santaella, Francisco Marcos de: 81, 183, 184, 186, 188-192, 195-203, 205-209 211-282, 284. , Santaella, Juan Jose de: 21 27 30 229 279. , , , , I

San

I

I

Santana, Andres: 245, 247, 249. Santana, Dolores: 245, 247. Santiago, Diego de: 257. Santiago, Pedro de: 7, 18. Sarraga, Jose Maria: 260, 261 266 272. Sauri, Francisco: 260, 261, 266, l72. Saury, Francisco: (V. Saurf, Francisco). Sebedes, Juan Antonio: 162. (V. Zevedes, .Juan Antonio). Segura, Agustin: 173. Senat de la Forest, Francisco: 92. Serantes, Juan Manuel: 5. Seulles, Juan Miguel de: 110. (V. Desoulles, Juan Miguel). Silva, Juan Felix de: 107, 110, 161, 162.

Simona (esclava ncgra): 124. Siques, Juan: (V. Chiqucs, Juan). Sola, Crist6bal: 279, 280. Soler, Miguel Cayetano: 249. Suaso, Juan: (V. Zuazo, Juan).

T Thorrez Feliciano, Francisco de: (V. Torres Feliciano, Francisco de). Tirado, Juan Eloy: 39, 240. Torre, Joaquin de la: 43. Torre, Manuel de la: 191. Torrcn, Cristobal: 145. Torrens, Miguel: 260, 261, 266. Torres, Baltazar: 123. Torres Duran, Joaquin de: 33, 183, 186, 188-191, 261, 277, 284. Torres Feliciano, Francisco de: 21, 21 (A. U.), 23, 25, 26, 28, 35, 39, 53, 56, 57, 59-61, 70, 77, 78, 80, 85, 115, 121, 122. Tudela, Manuel Marcelino: 260.

!) i;,

u Urquiso, Eusebio: (V. Urquizu, Eusebio Valentin de). Urquisu, Jose: (V. Urquizu, Jose). . Urquizu, Eusebio Valentin de: 33, 99, 106-108, 113, 118, 119, 126, 133, 146, 149, 159, 160, 196, 197, 243, 245, 250, 256, 275. Urquizu, Jose: 250, 256, 257.

v Valero, Ram6n: 92. Velez, Francisco: 21, 24, 85, 135. Velez, Micaela: 173. Vergara, Juana Evangelista: 272. Vertiz, Jose Marfa: 158, 260. Vidal, Ram6n: 4, 91. Vidart, Ceferino: 241, 245. Vidart, Zeferino: (V. Vidart, Ceferino). Viera, Felipe: 91. Viera, Juan: 102. Vila, Narciso: 213, 214. Villa, Narciso: 54. Vivas, Juan: (V. Vivas, Juan Tomas). · Vivas, Juan Tomas: 22, 120, 183, 268. Vizcarrondo, Gaspar: 173.

.,,


1NDICE ONOMASTICO

x

473

Yrizarri, Pedro: 231, 232, 235, 237, 240, 241, 243-247, 249-257, 259-263, 271, 273277, 279-282, 284. Yrisarry, Pedro: (V. Yrizarri, Pedro). Yzquierdo, Jose Sim6n: 240.

Ximenez, Leonor: (V. Jimenez, Leonor). Ximenez Rend6n, Juan: (V. Jimenez Rend6n, Juan). Xiorro, Miguel: (V. Jiorro, Miguel).

z y

Zarraga, Jose Maria: (V. Sarraga, Jose Maria). Zeballos, Pedro: (V. Ceballos, Pedro). Zen6n y Castilla, Ram6n: 260, 266, 272. Zepero, Francisco: 30, 34, 44, 135, 137, 183, 199. Zevallos, Jose Tadeo de: 1-21 (A. U.). Zevedes, Juan Antonio: 97, 98. (V. Sebedes, Juan Antonio). Zuazo, Juan: 88, 119.

Ybarra, Francisco: 142. Ylarraza, Basilio: 123. Ylarraza, Jose Antonio: 173. Yldefonso, Cecilia de: 232. Ynfante, Ambrosio: 58, 60. (V. Infante, Ambrosio). Ynguanzo, Francisco: (V. Diaz Ynguanzo, Francisco). Ynostrosa, Marfa del Carmen: 255.

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MATERIAS

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II I

INDICE DE MATERIAS A

Ah<l .... lccc:dorcs: 20. Abastus: 14, 25, 176.

-de camcs: 7, 9 (A. U.), 12, 18, 20, 25, 39, 66, 70, 72, 79, 92, 93, 105, 133, 172, 267, 274, 275. (V. Alimentos; Carnes; Comestibles, vcnta de; Diputaci6n de abastos; Diputaci6n de carniceria; Diputacion de plaza; Diputado de abastos; Diputado de camiceria; Dipatado de mes; Diputado de plaza; Frutos; Pesa [contribuci6n de la]; Regidor diputado de abastos; Reparto general; Reses; Viveres). Abdicaci6n de Carlos IV: 247, 249, 251. Abintestatos: 151, 157. (V. Albaceas; Hen ie· 's; Herencias; Testadores; Testamentarias; Testamentos). Abogacia: 230. (V. Abogados; Derecho; Doctor [en derecho]; Profesor de Derecho). Abogados: 120, 155, 156, 189, 190. -de la Real Audiencia y Chancilleria de Cuba: 138, 166. -de los reales consejos: 78, 81, 147, 149, 150. -de real hacienda: 276. (V. Abogacia; Derecho; Doctor [en derecho]; Letrados; Profesor de Derecho). Abstinencias: 20. Abusos: 160. Academia de la Historia, Real: 173. Academia de Madrid, Real: 81. Academia de San Fernando, Real: 165. Acero: 125. Acreedor: 120. •

(V. Deudas; Deudores). Acta de Exequias: 120, 125, 128, 165. Actas capitulares: (V. Libro de las-). Acto judicial: 89, 149. (V. Asuntos judiciales; Negocios [judiciales]). Acuerdo de la Real Audiencia y Chancilleria de Cuba: 239, 240. Acusaciones: 156, 158, 216. (V. Agravios; Demandas; Injurias). Administraci6n de la carnicerfa: 104106, 133, 149, 275, 277. (V. Arrendamiento de l a - ; Carnicerfa). Administraci6n de correos: 39, 239. Agasajos: 38, 39, 93, 94. (V. Convites). Agente de negocios [en Madrid]: 3, 150. (V. Apoderados). Agravios: 155-157, 159, 167, 216, 257. (V. Acusaciones; Demandas; Injurias). Aguardientes: (V. Arrendatario de los ramos de y alojas). Aguas: 11, 15 (A. U.), 100, 153, 154, 161, 181. Ajustes: 153, 154. (V. Contratos). Alarifes: 153, 161, 196, 199, 266, 276. -de albafiilerfa: 21, 27, 30, 34, 44, 85, 87, 93, 135, 137, 181, 183, 229, 236, 261, 270, 271, 279-281, 284. . -de carpinterfa: 21, 22, 85, 87, 135, 137, 183, 229, 270, 271, 279, 280. -car.pintero: 22. Albaceas: 120, 125, 270. (V. Abintestatos; Herederos; Herencias; Testadores; Testamentarias; Testamentos ).

Los nlimeros que aparecen en Jos apartados corresponden a los documentos.


478

1NDICE DE MATERIAS

Albaiiileria: 199. (V. Alarife de--). Alcabala: 7, 9, 9 (A. U.), 14, 25. Alcaide: 9, 20, 39, 55, 89, 90, 108. Alcaldes -de barrios -de la ciudad de San Juan: 21, 22, 25, 43. 66, 70, 72, 74, 87-90, 92, 96, 119, !20, 126, 130, 137, 142. 144, 145, : 47, 149, 158, 165, 183, 186, 190, 191, 196, 225, 229, 238, 269, 270, 279-281. (V. Elecciones de--). -de la villa de Arccibo: 25. -ordinarios: 3, 6, 12, 14-16, 18-20, 23, 25-27, 29-31, 37-41, 47, so. 53, 57, 60, 62, 68, 70, 74, 76, 79-81, 85, 91, 94, 97, 99, 100, 104, 108, 110, 1!2-114, 120, 122, 133, 145, 150, 152, 1~4, 156, 157, 159, 160, 165, 167, 168, 171-173, 176, 180-183, 196, 209, 227, 240, 260, 271. -de primera elecci6n: 1-5, 7-11, 13, 17, 23, 26, 30, 35, 36, 38, 42, 44, 46, 53-58, 61, 65, 72, 74, 77, 78, 80, 83, 84, 90, 91, 93, 96, 98, 101, 103, 10j, 110, 115, 116, 141-144, 147, 150-156. 158, 159, 161-164, 166, 167, 169, 170. 173-175, 179, 180, 182, 183, 186, 138, 190-192, 194, 195, 197-199, 201-203, 206, 207, 212, 213, 216-.!ts, 2/.3, 229-231, 233-238, 246, 251, 259, 260, 262, 279-282. -de primer voto: 21, 43, 45, 59, 63, 64, 66, 67, 69, 71, 85, 89, 90, 92, 95, 99, 106, 107, 111, 117, 119-121, 123-132, 134, 135, 137-140, 142, 144, 146, 148, 149, 151-153, 155, 157-162, 165, 166, 168, 176, 179, 182-184, 186, 188, 191, 192, 196, 214-217, 219, l20 222, 225-227, 229, 232, 234, 235: 239-259, 261, 263-279, 282, 284. -de segunda elecci6n: 1, 7-11, 26, 30, 32-34, 36, 38, 39, 47-51, 53, 55, 56, 58, 65, 70, 72, 75, 77, 80, 82-84, 86, 90-93, 96, 97, 99, 101, 102, 104, 109, 110, 115, 116, 139, 141, 142, 147, 149, 151, 152, 154-156, 159, 161, 163, 166, 167, 169, 170, 173175, 180, 183, 186, 188-192, 194, 195, 197-203, 205-209, 211-213, 216218, 223, 224, 229-231, 234-238, 246 259, 260, 262, 279-282. ' -de segundo voto: 21, 23, 26, 28, 59, 61, 63, 64, 66, 67, 69, 71, 73,

74, 85. 89, 90, 95, 100, 102. 103, 106, 107, 111, 113. 117. 120, 124126. 128-131, 133-136, 138-140. 142, 144-146, 148, 153, 155-159. 162. 166. 183, 184, 186, 192, 196, 214-216, 219 223, 225, 226, 228-232. 234, 240, 241. 243-245, 247, 249-25i. 259, 26!, 263, 2T!i-277. 279, 281, 282, 284. Alcalc.ics de la Santa Hcrmandad: 113. -de la Banda Norte: 15. 21, 2! t:\.

u.J. 2s. ss. 135. 183. 186, 1~1. 229. 279. 283. -de la Banda Sur: 21. 21 (A. lJ.), 24. 85, 135, 183, 185, 229, 279, 281. Al1.:aldi~:s

-de harrio: 186. -de primcra clcccion: 186. -de ~cgundo voto: 230, 231. (V. Alcaldes). Alferez -de ejercito: 153. -Real: (V. Regidor--). Alfombras: 167. AJguacilazgo Mayor: 165. Alguacilc:; -Mayor: (V. Regidor--). -Menores: 12, 54, 58, 60, 14, 80, 0 9. 102, 104, 107, 110, 161, 162, 201.20-;, 255, 256. (V. Titulos de--). Alimcntos: 12, 53, 123. (V. Titules de--). (V. Abastos; Carnes; Comestibks, venta de; Frutos; Vivercs). Aljibes: 11, 181. Almacenes: 81. -de p6lvora de Santa Elena: 65. Almirantazgo: 241. (V. Reglamento dcl--). Almirante: 249. Almohadas: 31, 238. Almoneda, real: 148. Almonedas, Junta de: 43, 271, 274. (V. Remates; Subastas). Alrnudes: 81, 93, 115, 181. Alojamiento de Jos comisionados de la expedici6n de la vacuna: 26, 31, 35. Alojas: (V. Arrendatario de los ramos de aguardientes y - - ) . Altar: 108. (V. Ministros del--). Altercados: 158, 167, 179, 243. (V. Disputas). Alumbrado de carceles: 3-5, 20, 39.


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I

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1NDICE DE MATERIAS

!

Alzada: 179. (V. Apclacioncs). Amcricanos: (V. Bcrgantin---; Buqucs ). Andas: 53. Animalcs: 6, 92, 93. (V. Bcstias; Ccrdos; Ganado; Vacas). Anutaclor de hipotccas: 199. (V. Hiputccas ). Aparcjos: 133. Apclacioncs: 5, 7, 91, 92, 124, 126, 155157, 160, 179, 180, 257, 259. (V. Causas; Dcmandas; Pleitos; Rccursos).

Apodcrados: 261, 277. -[dcl ayuntamicnto en] -Madrid: 3, 14, 20, 45, 150. -Mcjico: 150. Arancclcs: 43, 215. -[para Ia ensefianza primaria]: 235. -para cl pasaje de -Boca de Loiza: 243-245, 247, 252 255. -de Palo Seco: 213, 214, 223, 226. 251. (V. Precios). Arana [lampara]: 5. (V. Iluminaci6n). Arbitrios: 44, 81, 89, 104, 133, 146, 149, 153, 157-159, 161, 197, 243, 251, 270, 275, 276. (V. Alcabala; Contribuciones; Derechos [contribuciones]; Propios; Rentas). Arca: 104. -de tres Haves: 133. Archivo -del ayuntamiento: 81, 149, 169, 173, 182, 190, 196, 208, 241, 243, 244. -del cabildo: 9, 46, 209, 249, 269, 270, 277. -de la Junta Municipal: 81, 207, 214. Aritmetica, reglas de: 105. Armada: (V. Brigadier de la real--; Ordenanzas de la Real---; Ordcnanzas Generates de Ia---de 1793; Real--). Armas: 262, 264. (V. Escudo d e - - ; Reyes de--). Annisticio con [Inglaterra]: 254. (V. Guerra [contra Inglaterra]). Arquilla: 134. Arquitecto: 165. -Mayor de obras de fortificaci6n: 161.

479

Arquitectura: (V. Ordenanzas de-e-de Madrid). Arrabal de La Meseta: 162. Arrelde: 133, 146, 269, 270, 277. Arrendamientos: 245. -de la administraci6n de la carniceria: 104, 105, 267. (V. Administraci6n de la carniceria). -dcl corral de pesca de Martin Peiia: 214. -de la escribania publica y de cabildo: 240. -de pasajes: 69, 100, 169, 207, 251. -de Palo Seco: 69, 100, 251. -de solares: 147, 149, 161, 162. (V. Arrendatario; Remates; Subastas). Arrendatario -del asiento de corral de pesca de Martin Pefia: 214. -de casilla [de ventas]: 255. -de corral de cerdos: 102, 268. -de pasajes -de Boca de Loiza: 242, 245, 252. -de Palo Seco: 30, 69, 207, 213, 214, 223, 226, 241, 251, 261. -de Ios ramos de aguardiente y alojas: 142. (V. Arrendamientos; Remates; Subastas). Arrestos: 55, 152, 153, 156, 158, 159. Arrobas: 12, 105, 133, 267, 277. Arsenal: 91. Artifices: 94. Artilleria: (V. Brigada de ; Cuerpo de ; Maestranza de---; Real cuerpo de ; Salva de-; Sargento de ). Asaduras: 133. Asentistas -de abasto de carnes: 133. -de carniceria: 39, 269. -de pasajes: 223. -de provision de piedra: 161. (V. Arrendamientos; Arrendatarios; Remates; Subastas). Asesor -general -de gobierno: 128. -de intendencia: 179. -del tribunal de gobierno: 152. (V. Asesoria). Asesorfa: 110. -de la Iglesia Catedral: 91.


tNDICE DE MATERIAS

480

-de marina: 138. (V. Asesor). Asientos: 26, 85, 86, 91, 128, 134, 141, 155, 160, 162, 165, 167, 179, 183, 229, 231, 233, 266, 271, 274, 278, 284. (V. Bancas; Bancos; Sillas). Asonadas: 158. Asuntos judiciales: 9. (V. Acto judicial; Negocios [judiciales]). Atestados: 5, 101, 115, 122, 158-161, 173, 212. (V. Informaciones; Informes). Audiencia de Caracas, Real: 6. Audiencia y Chancillerfa de Cuba, Real: 57, 77, 78, 80, 138, 146, 147, 149, 150, 166, 239, 240, 248, 251, 258-262, 26S.272, 27+278. Audiencia de Mejico, Real: 150. Audiencia, sala de: (V. Sala de---). Audi tores -de guerra: 1, 5, 20, 27-29, 33, 39, 46 (A. U.), 54, 56, 77, 78, 80-83, 90, 91, 96, 98, 100, 113, 115, 120, 128, 147, 149-161, 163, 167, 179, 186, 188, 189, 19S.197, 199, 201, 205-207, 209, 211220, 222, 223, 225-228, 232, 23+238, 240, 243-252, 255, 256, 258-262, 265272, 27+278. -de marina: 139. Autos: 5, 7, 13, 18, 20, 29, 30, 43, 98, 113, 122, 126, 128, 150, 155, 158, 159, 165, 166, 173, 179, 180, 216-218, 234, 239, 257, 259, 275. (V. Apelaciones; Demandas; Pleitos; Sentencias ). Axioma de derecho: 179. Ayuda de costas: 75, 79. Ayudantes: 71, 171, 172. -del capitan del puerto: 84. -del Regimiento Fijo: 72, 96. Ayuntamientos: 232. -escribano de: 7, 101, 144, 183. -de la villa -de Arecibo: 25. -de Coamo: 43. -de San German: 18. (V. Archivo d e l - ) . Azoteas: 11, 80, 97, 181. B

Bachiller: 4, 91. Bailio: 249.

Balanzas: 113, 115, 277. (V. Romana). Balc6n de la casa consistorial: 39, 160, 251. Baldios: 6. (V. Caballcrias de ticrras; Cucrda Je tcrrcno o ticrra; Tcrrenos). Bancas: 40, 95, 120, 128, 141, 160, 167. (V. Asicntos; Bancos; Sillas). Bancos: 17, 160. (V. Asicntos; Bancas; Sillas). . . Bandos de Policia v Buen Gob1erno. 90, 102, 152, 196, 2il, 254, 254 (A. U.). -sobre expulsion de franccses: 254. Banos de Coamo: 188. Barcus: 145. (V. Bcrgantin amcricano; Botes; Bu· ques; Canoas; Faluas; Falucho cs· paiiol; Navio San Justo). Barras electricas: 65. Barriles: 272. Barrios: 225. -alcaldes de: (V. Alcaldes de-J· -de Campeche: 66, 79, 83, 87, 8 • 145, 183, 279. -de Ia Meseta: 199, 211. -de San Francisco: 66, 79, 83, 87, 89, 96, 126, 144, 145, 183, 186, 190, 279. -de San Juan: 66, 79, 83, 87, 92, 142, 144, 145, 183, 279. -de Santa Barbara: 66, 79, 83, 86, 89, 92, 137, 145, 183, 191, 279. Barro: 153, 154. Basura: 120. (V. Carros de limpieza). Bateria de cocina: 71. Bateria de La Puntilla: 104. (V. Terrapien de La Puntilla). Bejigantes: 50, 51, 108. (V. Vestiduras d e - ) . Bejuco: 48. Bergantin americano: 189. Besamanos: 248. Bestias: 133. -caballares: 92. -mulares: 92. (V. Animales; Cerdos; Ganado; Vacas). Bienes: 89, 149, 173, 182, 230, 243. -de difunto: 120. -Juzgado de: 240. Bohio: 15, 53, 62, 149, 199, 211. Boletas: 21, 81, 85, 134. Bordado del uniforme capitular: 97, 99.


tNDICE DE MATERIAS Rorradurcs: 259. Botcs: 67, 186, 189, 213. Botic:a dcl Real Hospital Militar: 115. Botonc.·s dcl uniformc capitular: 97. Bo\'adorcs: 252. Bl~\ncos: 153, 173. Br~nn<inte: 31. Briµada de artillcria: 162, 211. Bril!adicr de la real armada: 264. Broncc: 133. Bubas: 265. Bula de la Santa Cruzada: 23, 27, 34, 142, 232. 236. Buqucs: 48, 81, 186, 189, 196, 247, 272, 284. -amcricanos: 186, 189. <V.--dc Norte America). -corrcos: 208. -dinamarqueses: 189. -cxtranjeros: 145, 190. -de Norte America: 189, 271. (V. Buques americanos). (V. Barcos; Bergantin americano; Botes; Canoas; Falua; Navio San Justo).

c Caballeria (V. Regimiento de---'. Caballerias: 133, 245, 277. Caballerias de tierras: 6, 12, 199. (V. Baldios; Cuerda de terreno o tie. rra; Terrenos). Caballeriza: 96. CabaJlero de la Orden de Santiago: 79. Caballos: 96, 126, 245. (V. Bestias caballares). Cabezas: 133. Cabildos -eclesiastico: 48, 259, 260. -[secular] -de la villa de -Aguada: 270. -Arecibo: 25, 270. -Coamo: 270. -San German, 270. (V. Archivo del--; Escribania de - - ; Escribanos d e - - ; Secretario de ). Cabo [mil.]: 92, 96, 162. Cafe: 272. Cajas -[erario municipal]: 203, 277. -reales: 151. (V. Erario real). 31.

481

Cal: 151, 153, 154. Calabozos: 4, 6, 89, 91, 93, 96, 123, 219, 222. -de Buenos Aires: 55. Calderos: 122, 158. Calentura amarilla: 186. Calles: 15, 15 (A. U.), 44, 46, 48, 66, 90, 100, 130, 160, 161, 173, 180, 199, 201203, 217, 270. -empedrado de: 15 (A. U.), 151, 153, 154. -de La Caleta: 166. -de San Sebastian: 267, 270, 276. Camara, penas de: 89. Camas: 93, 238. (V. Catres). Caminantes: 213, 214, 245. Campanilla: 158. Campo: 72, 81, 91, 135, 138, 139, 182, 197, 203, 206, 232, 234, 235, 242, 245, 281. Canoas: 30, 98, 186, 189, 207, 213, 214. (V. Barcos; Bergantin americano; Buques; Falua). Can6nigo: 192, 212. Cantera de Casa Blanca: 161. Cafio de Martin Pena: 98. Capa de la imagen de San Juan Bautista: 53, 158, 159. Capataz: 92. Capellan de la carcel: 9, 10, 151, 155, 191, 201. (V. Titulo de ). Capellania de la carcel: 143, 147, 151, 153, 268, 274. Capilla -de Ia carcel: 9-11, 158, 181. -de la Catedral: 40. Capitales: 169, 199, 255. (V. Censos). Capitanes: 133, 212, 247. -de fragata: 254. -Generates: 93, 208. -de Puerto Rico: 1, 2, 5, 21 (A. U.), 23, 25-33, 3540, 43, 44, 4648, 50, 51, 53-61, 63-67, 70-74, 77-86, 89101, 104-106, 108, 110, 113-115, 119123, 125, 126, 128, 133-147, 149-162, 165-167, 169, 173, 176, 179-192, 195198, 200-203, 205, 206, 208, 212-218, 223, 225-227, 229-232, 234, 235, 237249, 251, 252, 254-259, 261-279, 281, 282, 284. -de goleta: 272.


<

f.

482

tNDICE DE MATERIAS

-de Milicias [Disciplinadas] de in· fanteria: 43, 138, 254 (A. tT.). -del puerto: 81, 83, 84, 91, 92, 189, 247. -de reales guardias espafiolas: 173, 254. -para el relleno de La Puntill::t: ';)I. -segundo del Regimiento Fijo: 13. Capitania General: 101, 270. Carceles: 4-7, 9-11, 13, i4, 20, 27, 2n. 39, SS, 89-91, 93, 108, 113, 122, 123, i43. 147, 148, 1Sl, 1S3, lSS, 173, 180, 181, 191, 199, 201, 203, 219, 222, 251, 252, 268, 274. -alumbrado de: 3-5, 20, 39. -capilla de la: 9-11, 158, 181. -visitas de: 6, 7, 9, 11, 27, 29, 34, 89 Cargas: 213, 226, 245. Caridad, Hospital de: 29. Carmelitas: 13, 95. (V. Convento d e - ) . Carnes: 9 (A. U.), 12, 14, 20, 23, 27, 39, 79, 105, 113, llS, 133, 142, 146, 172, 181, 267, 270, 277. -d~ cerdo: 7, 9, 9 (A. U.). -fnta: 9 (A. U.).

-saladas: 9 (A. U.), 14. -de vaca: 12. (V. Abasta d e - ) . Carnicerfa: 9 (A. U. ), 39, 44, 67, 79, 8S, 100, 113, llS, 117, 12S 133 173 174, 181, 202, 267, 269, 270, 21i. • (V. Administraci6n de--; Diputaci6n de--; Diputado de-) Carpinteria: 199. · (V. Alarife d e - ) . Carpinteros: 5, 20, 93. (V. AI.arife de carpinteria; Alarifc carpmtero; Maestro--). Carreras: 47, 48, 80. -eclesiastica: 212. -militar: 212. -politica: 212. Carros -de Ia basura: 120. -de limpieza: 270. Cartas: 3, 5, 20, 25, 50, 93, 150, 223 , 26:, UL I

-Acordada: 274. -de avisos: 21 (A. U.), 140, 182, 183, 279, 281. -de naturaleza: 78, 116. -orden: 226, 229, 231. -de tolerancia: 92.

Cartclcs: 19, 20, 74, 83, 92, 93, 99, 101, 153, 154, 161, 201, 217. (V. Ccduloncs ). Cartilla: 235. Casaca: 97. -azul: 99. Casamicnlos: 173. (V. J\fatrimonio). Casas: 11, 13-15, 17. 19, 26, 28-3>. 35. 39, 58, 59, 74, 89, 97, 108, 113, 117, I IS. 120, 130, 145, 148, 152, 156, 158. 160, 166, 167, 179, 191, 211, 214, 217. 218, 230, 231, 235, 240, 265, 267, 268, 270. 271, 274, 276, 284. -de carniccria: 173. -Cuartcl de Milicias [Disciplin:t· das]: 196. -de malanza: 133. -dcl pasaje de Palo Scco: 26, 69, 213, 214, 223, 226, 261. Casi1las [de ventas]: 169, 255, 257, 259 Casas: 57, 207. (V. Apelaciones; Causas; Demandas: Pleitos; Recursos). Castellano: 155. Catedra de Latinidad de San Ildcfon· so: 91. Catedral: 10, 40, 45, 47, 80, 91, 120, 153. 154, 160, 166, 167, 201, 212, 247, 259. 260, 262, 274. Cat6n: 235. Catres: 17, 31, 238. (V. Camas). Caudales: 5, 11, lS (A. U.), 45, 100, JOS. 146, 173. Causas: 5, 6, 18, 29, 55, 91, 124, 173. 216, 223, 240, 257, 281. (V. Apelaciones; Casas; Demandas; Pleitos; Recursos). Ceba: 9 (A. U.). Cedulas: (V. Reales--). -de perpetuidad y sucesi6n en [ofi· cios capitulares]: 251. Cedulones: 19, 35, 203. (V. Carteles). Cementerios: 91, 92, 98, 101, lSO. Censos: 5, 44, 62, 143, 148, 161, 166, 169, 255, 276. Censuataria: (V. Inquilinos censata· rios). Cera: (V. Hacha de ). Cercas: 6. Cerdos: 9 (A. U.). -montaraces: 9 (A. U.). -orejanos: 9 (A. U.).

I

I~


1NDICE DE MATERIAS (V. Arrendatario de corral df'.e-Carnc de--). Ceremonias: 50, 91, 120, 128, 135, 160, 232, 247, 251, 254. Ccrrojos: 5, 89, 113. Ccrtificacioncs: 5, 10, 11, 15, 20, 23, 29, 39, 54, 97, 98, 105, 113, 115, 117, 121, 122, 147, 149, 153, 154, 158, 159, 161, 165, 166, 169, 176, 180, 186, 188, 190, 192, 199, 203, 209, 212, 232, 234, 236, 237, 240, 245, 247, 250, 252, 254, 256, 257, 260, 271, 272, 274. (V. Atcstados). Ccrtificatos: 159. (V. Atestados: Certificaciones). Ccsi6n de cuerda de tierra: 234, 241. Cirujanos: 27, 90-92, 117, 196, 265, 276. -mayor: 173, 180. -romancista: 115. (V. Honorarios de Visitas de ). Citaciones: 1-3, 5, 6, 10, 16, 23, 28, 32, 38-40, 48, 49, 54-60, 62, 63, 70-72, 75, 78, 79, 120, 130, 136, 137, 152, 158, 165-167, 173, 179, 183, 184, 189, 191, 192, 229-231, 239, 260. Citara: 40. Ciudades de Espaiia: 270. Clase -de contar: 235. -de escribir: 235. -de gramatica: 3, 4. -de Latinidad de San Ildefonso: 91. --de leer: 235. Clero: 167. Clima: 97. Cobradores: 277. Cobre: (V. Platos de - ) . Cobros: 5, 7, 100, 108, 122-124, 149, 169, 243, 249. Cocina: 28, 31, 71, 96. Cocineros: 71. Cofradias -de La Altagracia: 150. --de Santa Rosa: 150. [Cohechos]: 158. Cojines: 160, 167. Colchones: 31, 238. Collarin del uniforme capitular: 97, 99. Colonia de Santo Domingo: 116. '· Comandantes: 55. -de ingenieros: 270. (V. - - del Real Cuerpo de --).

--de marina: 247.

483

-de la matrfcula de marina: 260. -de Milicias [Disciplinadas] de infanteria: 80, 196, 256, 266. -militar de marina: 212. -de navio: 264. -del Real Cuerpo de lngenieros: 151, 153, 154, 161. (V. - - de ingenieros). -del Regimiento de Infanteria de Milicias [Disciplinadas]: 94. [Comerciantes], gremio de: 260. Comercio: 92, 186, 202, 260. (V. Escuela de cuentas d e - - ) . Comestibles, venta de: 69, 161. (V. Abastos; Alimentos; Carnes; Frutos; Viveres). Comisarios -de policfa: 90. -segundo de la lnquisici6n de Cartagena de lndias: 192. -subdelegado de la Santa Cruzada: 20, 23, 27, 142, 143, 232, 236. (V. Comisionados. Diputados). Comisionados: 28, 33, 34, 39, 43, SO, 67, 71, 81, 99, 119, 125, 133, 154, 156. 165, 218, 276. -de Ia expedici6n de la vacuna: 26, 28, 31, 34-36, 38, 39, 53. (V. - - del fluido vacuno). -[para fiestas votivas]: (V. Diputados para fiestas votivas). -del fluido vacuno: 276. (V. de la expedici6n de la vacuna). -para formar Reglamento sobre preservaci6n del fluido vacuno: 64, 66, 72. -para preparar el convite en honor al gobemador don Toribio Montes: 71, 93, 94. -de Ios Reales Jardines Botanicos de Madrid y Mejico: 81. -para recaudar donativos para los gastos de la guerra contra Francia: 260, 261, 266, 272. -para el recibimiento del gobernador y capitan general don Toribio Montes: 59, 71. -para la reparaci6n de la casa de matanza: 133. -para la reparaci6n del Cuartel de Milicias [Disciplinaclas]: 96, 99, 197.

-para supervisar reparaci6n de calles: 151, 153, 154, 201-203, 217.


484

lNDICE DE MATERIAS

-de la Suprema Junta de Sevilla: 254, 254 (A. U.). (V. Comisarios; Diputados). Comisiones: 7, 24, 25, 33, 36, 38, 39, 44, 50, 67, 70, 71, 75, 80, 81, 83, 89, 93, 94, 96, 110, 115, 125, 145, 146, 150, 153, 161, 173, 196, 202, 217, 232, 244, 284. -del flufdo vacuno: 276. -para formar padr6n de almas: 67, 70.72, 74, 75. -de la pesa de ganado: 90. -para recaudar donativos para Jos gastos de la guerra contra Francia: 260, 261, 266, 272. -para el recibimiento del gobemador y capitan general don Toribio Montes: 59-61, 65, 71. -para el recibimiento del gobernador y capitan general don Antonio Sarnper: 59, 60. -para reconocer los enferrnos contagiosos: 265. -para la reparaci6n del Cuartel de Milicias [Disciplinadas]: 96 99 197. , , -dada por la Suprema Junta de Sevilla inforrnando sobre su creaci6n y objetivos: 254. (V. Cornisarios; Comisionados· Diputaciones; Diputados). ' Compadres: 151, 152, 179. Compaiiias -de Milicias [Disciplinadas] de artilleria: 234. -veteranas: 162. Compradores: 152, 240. Compra-venta, contrato de: 152. (V. Contratos). Comprobantes: 36, 108 113, 158, 257. (V. Recibos). ' Comuni6n: 274. Concierto: 39. Confesiones: 27, 29, 89, 201, 274. Confirmaci6n -de oficios: 7, 13, 144, 145. -concejiles: 21 (A. U.) 24 27 29 43, 86, 96, 101, 143, 144 i58 '183, , , 203, 240, 247, 268, 274. , -de menor cuantia: 240. Consejo de Hacienda: 251. Consejo de lndias, Real y Supremo: 43, 57, 150, 157, 167, 231, 240, 268, 274 275. , Consejo de su majestad: 77, 78, 80.

Consejos: (V. Abogado de los reales --).

Consortc: 153, 156. Consultas: 5, 20, 23, 27, 28, 35, 39, 46 (A. U.), 54, 56, 89, 91, 128, 133, 151, 152, 153, 155, 158, 161, 165, 179, 196, 216, 268. (V. Ascsor). Consultor dcl Tribunal de la lnquisi· cion de Cartagena: 10. Con tador: 191. Contaduria: 25. Contincntcs: 271. Contrastc: (V. Fiel - - ) . Contratos: 57, 149, 152-154, 173, 201. 257, 267, 274. Contribucioncs: 123, 157, 158. (V. Alcabala; Arbitrios; Derechos [contribuciones]; Impucstos). Conventos -de Carmelitas: 95, 245. -Padres Predicadorcs: 95. (V. - - de Santo Domingo). -de San Francisco: 95, 261. -de Santo Domingo: 261. (V. - - de Padres Predicadores). Convites: 71, 119, 160, 167. (V. Agasajos). Corona: 232, 247, 249, 251. Coronel: 173. -del Regirniento de Caballeria de Milicias [Disciplinadas]: 96. Corpus Christi, Fiesta de: (V. Fiestas Votivas). Corral -de la carniceria: 117. -).

-de cerdos: (V. Arrendatario de -de pesca de Martin Peiia: 214. Corregidores: 159. Correos: 3, 115, 275. -adrninistraci6n de: 39, 239. -buques: 208. -estafeta de: 45. Correspondencia: 20, 115, 150, 251, 252, 274. (V. Cartas; Oficios [escritos]). Corrida a caballo: 203. Corruptela: 160. Corte: 248, 270. Costas: 119. -ayuda de: 75, 79. Costas: 5-7, 11, 15 (A. U.), 20, 35, 39, 47, 48, 107, 108, 115, 133, 148, 151, 153,

J),i;,;;.


1NDICE DE MATERIAS 154, 159, 161, 165, 181, 199, 203, 217, 219, 222, 266, 267, 275, 277. Costumbre: 160, 167, 182, 183, 209, 215, 229, 231, 234, 236, 254 (A. U.), 282. Criadcros: 9 (A. U.). Criado: 179. Crimcncs: 254. Cruces de hicrro: 113, 115, 122, 125. Cruzacla: (V. Bula de la Santa - - ; Comisario Subdelegado de la Santa - - ; Subdclcgado de Santa -).

Cuaresma: 20. Cuartcles: 6, 22, 89, 96. -de Milicias [Disciplinadas]: 93, 94, 96, 99, 196, 197, 266, 267, 270, 271, 274-276. -de San Carlos: 47. Cuartilla [med.]: 81. Cuartillos [med.]: 115, 181. Cuartos [hab.]: 9, 10, 27, 34, 108, 158, 181, 238, 259. -de Buenos Aires: 9. (V. Habitaciones). Cuartos [moneda]: 133, 158, 202, 245, 267, 269. Cubiertas de lienzo: 133. Cucarda: 254. Cuentas: 5, 20, 34, 36, 39, 45, 53, 60, 67, 69, 91-95, 99-101, 104, 106, 107, 113, 115, 118, 119, 122, 125, 133, 146, 149, 158-160, 169, 186, 196, 197 202, 203, 237, 243, 250, 256, 2S7, 272, 27S, 276. -de comercio, escuela de: 245. -de donativos para la guerra contra los franceses: 265, 266. Cuerdas: 133. -del pasaje de Palo Seco: 213, 214, 234, 241, 261, 277. Cueros: 133. Cuerpos -de artilleria: 108, 162, 240. -eclesiasticos: 248, 254 (A. U.), 259. -de guardia de San Justo: 276. -de ·ingenieros: 240. -militares: 120, 128, 171, 196, 208, 248, 254 (A. U.), 2S9, 266. -politicos: 248, 254 (A. U.). Cultos: 91, 95, 107. Curas: 80. -teniente de: 10, 274.

CH Chantre: 11, 14, 89, 148, 217, 218.

485 D

Dados de acero: 125. Damasco: 251. Danzas: SO. Dean: 108, 196, 232, 236, 259, 260. Debates: 179. Decano: (V. Regidor - - ) . Declaracion de guerra a Napoleon: 254. Decretos: 11, 13, 20, 23, 25, 27-30, 33, 44, 46 (A. U.), 50, SS, 66, 71, 72, 74, 78, 89, 92, 96, 97, 104, 106, 108, 110, 122, 124, 138, 142, 143, 147, 151, 158, 159, 161, 166, 173, 180, 182, 188, 191, 192, 196, 216, 246, 251, 254, 259, 261, 265, 267, 268, 273, 274, 281, 282, 284. (V. Reales - - ) . Defensa: 254. Defensor: 217. -de huerfanos: 9, 14. Degredo: 13-lS, S3, 113, 118, 126. Delegaci6n: 257. Delincuentes: 90. Delitos: 29, 91, 157, 158. Demandas: 124, 182. (V. Apelaciones; Causas; Recurses; Pleitos). Dependiente de matricula de marina: 162. Dep6sitos: 151. Derecho: 14, 21 (A. U.), 22, 24, 25, SS, 62, 88, 91, 92, 98, 105, 110, 137, 140, 145, 149, 1Sl, 153, 155, 156, 158-162, 166, 167, 173, 179, 183-18S, 187, 202, 205, 214, 217, 229, 231, 236, 243, 256, 257, 279, 280, 283. (V. Axioma de - - ; Doctor en - ; Profesor de - - ) . Derechos [contribuciones]: 9, 14, 25, 100, 108, 213-215, 227, 243-245. -de escribanos: 43, 215. -judiciales: 43. -de jueces: 43. -de imprenta: 215. -municipales: 232. -particulares: 232. -de propiedad: 162. (V. Arbitrios; Contribuciones; Estipendios [de enseiianza primaria]). Desague: 15 (A. U.). Deserci6n: 254. Des6rdenes: 117, 158, 1S9. Despacho Universal de Gracia y Justicia, secretario del: 208.


1NDICE DE MATERIAS

486

Destierros: 33. Deudas: 100, 149, 243, 245, 247, 249. Deudores: 100, 149, 243. Diccionario de las Indias Occidentales o America: 173. Dictamenes: 1, 20, 26, 39, 54, 58, 100, 152, 153, 155, 156, 158, 159, 166, 167, 173, 182, 216. (V. Sentencias). Difuntos: (V. Bienes d e - - ; Juzgado de Bienes d e - - ) . Dignidades de la Iglesia Catedral: 212. (V. Can6nigo; Dean; Chantre; Provisor; Sacristan mayor). Dimisiones: 161, 182. (V. Renuncias). Dinamarqueses: (V. Buques). Dinero: 3, 33, 203, 274. Diocesano: 80-82, 91, 96, 102, 105 196,

255.

I

(V. Obispado; Obispo). Di6cesis: 1, 12, 34, 39, 67, 80. (V. Obispado; Obispo). Diputaciones: 7, 14, 15, 17, 21 (A. U.), 30, 47, 48, 56, 67, 89, 95, 129, 133, 135, 138-140, 160, 229, 230, 246 247 249 279. I I ' -de abastos: 26, 32, 66, 79, 81, 146, 158, 161, 163, 215. -de carniceria: 94, 133, 146, 158. -de cortesanfas y cumplidos: 59. -de plaza: 158, 159. . (V. Comisiones; Diputados). D1putados: 11, 14, 15, 17, 30, 39, 4446, so, 58, 69, 81, 83, 84, 101, 105, 108, 135, 138, 139, 146, 155, 158, 160, 161, 183, 189, 229-231, 246, 247, 254, 281. -de abastos: 66, 79, 81, 90, 142, 145, 161, 169, 186, 196, 202, 234, 284. -de carniceria: 133, 158, 274, 277. -de cortesanias y cumplidos: 59, 142, 186, 188, 234, 282. -de mes: 56, 81, 96 158 165 1761 189, 282. I I I -de plaza: 159. -de la vacuna: 31, 361 53 54 58 1 74 1 I I 79, 276. -para .cumplimentar al gobemador Y cap1tan general don Toribio Montes: 59, 67, 93. -para cumplimentar a Su Ilustrisima don Juan Alejo de Arizmendi: 34, 67. -para encargarse de las funciones Y diversiones publicas a efectuar-

se para festejar la exaltaci6n al trono de Fernando VII: 251. -para entender en apelaci6n: 7, 91, 92, 155, 180. -para fiestas votivas: 30, 46-48, 50, 53, 90, 108, 142, 186, 188, 234, 282. -para la formaci6n de arancclcs: 215.

-para rcdactar una rcprcsentaci6n al monarca Fernando VII fclicitandolc por su cxaltaci6n al tro· no: 249. -para la rcparaci6n -de la casa de matanza: 133. -de las callcs: 180. -dcl Cuartel de Milicias [Disciplinadas]: 94. -para visi tas de escuelas de prime· ras letras: 186, 191, 199, 232, 234, 259, 273, 282. . (V. Comisarios; Comisionados; D1· putaciones). Director de la expedici6n de la vacu· na: 25, 31, 34, 35, 38, 63, 80, 83. Discipulos: 20, 83, 98, 143, 182, 191, 199. Disputas: 155, 158, 167. (V. Altercados). Distinciones: 173. Distintivo de Don: 173. Distritos: 20, 135, 240, 248, 251, 258262, 265-272, 274-278. Diversiones publicas: 69, 251. Doctor -[en Derecho]: 1-8, 13, 14, 16-18, 19, 21, 23, 25-33, 35, 36, 3840, 42, 44-48, SO, 53, 56, 57, 59-67, 69-75, 77-85, 89· 113, 115, 116, 119-128, 130-132, 134136, 138-142, 146, 147, 149-153, 155, 158, 159, 161, 165-167, 169-174, 183, 184, 186, 188-192, 195-202, 205-209, 211-279, 281, 282, 284. -[en Derecho Can6nico]: l, 3, 6, 10, 12, 108, 153, 155, 192, 196. -[en Medicina]: 17, 29, 31, 35, 39, 53, 58, 62, 66, 69, 70, 80, 90-92, 117, 173, 180, 196. Doctrina cristiana: 101, 102, 105, 252, 255, 261. Documentos: 7, 29, 33, 53, 54, 67, 69, 81, 102, 116, 117, 147, 152, 159, 161, 186, 197, 202, 240, 245, 268. -en frances: 110. (V. Escritos; Expedientes; Memoriales; Representaciones; Solici· tudes).


XNDICE DE MATERIAS Dolor rcumatico: 195. Donatarios: 232. Donati\•os: 259-261, 265, 266, 271, 272, 274.

Dose!: 251. Dotacil>n: 261, 275. Datt:: 245. Duei1os -di! caballos: 245.

-dt: canoas: 207. -de casas: 120, 235. -de rt:scs: 277. E Eck~i:.'1sticos:

101, 143, 147, 208, 212, 260. (V. Cucrpo - - ; Religiosos). Edictos: 92, 122. Edificios: 197, 276. Educaci6n: 105. Ejercito: 136, 138, 153, 245, 249. -franceses: 2S4, 274.

(V. Reales Ejercitos). Ejidos: 92, 93. Elcciones -de alcaldes de barrio: 21, 8S, 86, 88, 89, 13S, 142, 144, 14S, 183, 186, 190, 191, 229, 269, 270, 279.

-de diputados para fiestas votivas: (V. Diputados para fiestas votivas). -de o.ficios concejiles: 21, 21 (A. U.), 23, 27, 78, 8S, 86, 90, 94, 121, 134, 13S, 183, 186, 229, 230, 279 281, 284. -de alarife de albaiiileria; 30, 281. -de alcalde ordinario: SO. -de segundo voto: 23, 138-140, 182, 183, 229, 231, 232, 279, 281, 282.

-de alcaldes de la Santa Hermandad: 113, 279. -de sindico procurador general: 121, 122, 190, 191, 197, 201-203 20S 279, 284. , , Embarcaciones: 47.

(V. Barcos; Bergantin americano; Botes; Buques; Canoas; Fab1a; Goletas; Lanchas; Navfo San Justo). Emigrados: 116, 230, 240. Emolumentos: 60, 158, 21S, 236, 273. (V. Estipendios; Jornales; Salarios; Sueldos). Empedrado de calles: 15 (A. U.), 151, 153, 154.

./,·:

Emperador

487

[Napole6n

Bonaparte]:

254, 274.

Empleados: 86, 129, 169. Empleos: 43, 56, 77, 79, 88, 91, 99, 108, 139, 141, 151-1S3, 1S6-162, 165-167, 173, 179, 182, 183, 186, 191, 196, 197, 202, 203, 205, 208, 209, 212, 231, 247, 249, 278, 281, 284. -politicos: 208. (V. Oficios [empleos]; Plaza [em-

pleo; oficio]). Enfermedades: 14, 99, 219. -contagiosas: 186, 189, 196, 284. (V. Enfermos; Lepra; Viruelas). Enfennos: 11, 38, 53, 238, 259. -contagiosos: 26S. (V. Enfermedades; Virolentos). Enrramadas: 47, 48, 108. Ensefianza: 60, 199, 234, 237, 273. -de contar: 261. -de escribir: 261. -de leer: 261. (V. Arancel [para la enseiianza primaria]; Metodo d e - - ) : Entierros de capitulares: 120, 128. (V. Acta de Exequias). Entoldado: 46, 48, SO. Epidemias: lS, S3, 186, 189, 284. (V. Enfennedades; Viruelas). Equipajes: 31, 213. Erario real: 44. (V. Cajas). Erogaciones: 28, 39, 45, 93, 100, 101, 113, 165, 199. (V. Gastos; Libramientos). Escalamiento: SS. Escaleras: 27, 34, SS, 80, 89. Esclava: 92. (V. Esclavos). Esclavos: SS, 124, 145, 161. -fugitivos: 14S.

(V. Esclava). Escribania -de cabildo: 134, 152, 203, 21S, 240. -de gobierno y guerra: 240. -de gobierno, guerra y marina: 134. -del Juzgado de Bienes de Difuntos: 240. -de marina: 240. -publica: S4-57, 152, 203, 240. Escribanos: 43, 239, 240. -de ayuntamiento: 7, 101, 144, 183. (V. - - de cabildo; Secretario de cabildo). -de cabildo: 1-7, 9-29, 31, 32, 34-36, 38-44, 46-48, 50, Sl, 53-67, 69-72, 74-


488

1NDICE DE MATERIAS

110, 114-116, 118-122, 133, 134, 141183, 186, 188, 196, 215, 240, 250, 252, 257. (V. Secretario de cabildo). -de gobierno: 6, 29, 78, 152, 190, 205, 215, 240, 261, 268. -de gobierno y guerra: 133, 152, 155, 158, 234, 240, 277, 284. -de gobiemo, guerra y marina: 133, 134, 152. -publico: 4, 8, 12, 20, 21, 27, 30, 33, 37, 42, 45, 48, 50, 51, 55, 63, 66, 152, 155, 158, 240. -real: 1·14, 18-21 (A. U.), 23, 25, 27, 28, 30-34, 36-40, 42-48, 50, 51, 53-60, 63-67, 69, 71-75, 77-84, 88-93, 95-99, 101-115, 117-132, 134-140, 145, 147159, 161, 162, 165, 167, 169, 175, 177, 183, 203, 239, 240, 259. -de real hacienda: 33, 54, 240. -de registros: 240. Escribiente: 75. (V. Escribanos; Secretario de cabildo). Escritos: 113, 126, 158, 159, 179, 190, 199, 214, 216, 217, 237, 255. (V. A:testados; Expedientes; Informac1ones; lnformes; Instancias· Oficios [escritos]; Pedimento· p;_ ticiones; Pliegos; Representaciones; Solicitudes). Escrituras: 5, 62, 152, 166, 199, 240, 276. Escudo de armas: 14, 25. Escuelas: 74, 83, 101, 105, 122, 144 148 149. I t -de cuentas de comercio: 245, 246. -de primeras letras: 55, 58, 92, 101, 191, 199, 226, 232, 234, 235, 241, 245, 252, 255, 259, 261, 273, 275, 277. -de nifias: 58, 67, 232, 234. -de nifios: 67, 234. -publica: 261. (V. Diputados para las visitas de - ; Visitas de - ) . Esfigie de San Juan Bautista: 158, 159. Espanol: 110. Espaiiolas, guardias: 254. Esquela: 108. Estado -llano: 169. -Mayor: 149. -Noble: 169. Estafeta de correos: 45. Estatutos: 167. Estipendios: 183, 215.

-[de cnscfianza primaria]: 60, 234, 235, 273. (V. Emolumentos; Jornaks; Salaries; Sucldos). Estudios: 130. -[de mcdicina l: 116. Exa1m:ncs: 27, 44, 53, 101, 105, 12~. 148, 173, 183, 24h, 252, 255. Excquias de capilulan:s: 120, 128. ( V. Acta de E.xcquias l. Expedici1:in de la vac:una, Real: ( V. Real Ex ped iciun de Ia vacuna l. Expcdicntcs: 2-7, 9-14, 20, 23, 26, 27, 2~· 31, 33, 34, 36, 44, 46, 50. 54-58, 60, ti~, 66, 67, 69, 74, 78-83, 90-92, 94, 97, 9~. 100, IOI, 104, 105, 108, 110, 113, I !:i· 119, 125, 142, 143, 146, 149, 150, l:i-l.

157, 158, 161, 165-167, 173, 180, 186, 18~. 190-192, 196, 197, 199, 201, 202, 20)· 208, 211, 213, 214, 216-218, 222, 223, 226, 234, 235, 240, 241, 244-247, 249, 250-252, 255, 257, 259, 261, 267-271, 274· 277, 281, 284. . (V. Documentos; Escritos; Memonales; Rcpresentaciones; Solicitudes). Expulsion de franccscs: 254. Extranjeros: (V. Buqucs; [Padron] de --).

F

Factura: 272. Facultad -de Mcdicina: 44, 110, 117. -Medico-cirurgica: 29. Facultativos: 30, 222, 255. -[medicos]: 17, 35, 57, 64, 69, 72. 74, 79, 80, 83, 120, 232. . (V. Cirujanos; Doctor [en Medi· cina]; Medicos). Fallecimientos: 157, 245, 246, 252, 271. 278. Falua: 59, 67, 268. Falucho espafiol: 189. Familias: 120, 169, 205, 212, 230, 231. 266, 278. -real: 274. Fanegas: 113, 115. Farol: 5. Felonia: 155. Festividades: (V. Fiestas Votivas). Fiadores: 199, 245. Fianzas: 62, 147, 199.

\.


=:-:--~::···

1NDICE DE MATERIAS -del gobernador, capitan general e intcndente don Toribio Montes: 77. -de mayordomo: 98. Fidclidad: 254 (A. U.). [ Fichre] amarilla: 186. Ficl contrastc: 113, 115. -de platcria: 21, 22, 85, 87, 135, 137, 183, 229, 279, 280. Fiel cjccutor: (V. Rcgidor - - ) . fiestas: 5, 39. -de guardar: 89. -de tablas: 40, 99. --[votivas] -de Corpus Christi: 30, 46-48, 50, 51, 90, 97, 107, 108. 142, 186, 234, 282. -de Nucstra Senora de la Purificaci6n: 30, 90, 142, 186, 234, 282. -de San Felipe: 30, 90, 142, 186, 234. 282. -de San Juan Bautista: 30, 53, 90, 97, 142, 158-160, 162, 166, 167, 186, 203, 209, 234, 249, 282. -de Santa Rosa de Lima: 30, 90, 142, 186, 234, 282. -de Santiago: 30, 90, 142, 186, 234, 282. -El Mayor: 30, 90, 142, 186, 234, 282. Filosofia, maestro en: 147. Fincas: S, 166, 169, 230, 25S. Fiscal -de la Real Audiencia de Cuba: 239. -de real hacienda: 276. Fisicos: 64, 100, 182. (V. Doctor [en Medicina]; Medicos). Fletamento: 272. Fluido vacuno: 19, 25, 26, 28, 31, 35, 38, 39, so, S3, S8, 63, 64, 66, 70, 72, 74, 79, 80, 82, 83, l lS, 276. Fon dos: (V. Propios ). Forro del uniforme capitular: 97, 99. Fragata, capitan de: 254. Fran<:es: (V. Documento e n - - ; Impeno - - ) . Franceses: 262, 264, 274. -Banda sabre expulsion de: 254. -Empera~or de Ios: 2S4, 274. (V. Gob1erno frances; Guerra [contra los franceses]). Francisco [rel.]: 268. (V. Orden [religiosas] de San Francisco). Franquicias: 20. Fraudes: 81, 113, 133, 207, 21S, 277.

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Fray: 249, 268, 274. Frutos: 14, 25, 43, 81, 158, 176, 259-261, 265, 266, 271, 272, 274. (V. Abastos; Alimentos; Comestibles, venta de; Viveres). Fuente de San Antonio: 6, 7, 27, 153, 154, 161. Fueros: 101, 234, 240. -militar, 123, 138, 240. Fugitives: (V. Esclavos - - ) . Funciones -capitulares: 30, 94, 123. -de iglesia: 97, 160, 162,. 167, 232, 236, 249. -judiciales: 30, 90. -publicas: 1, 2, 6, 12, 39, 47, 67, 71, 91, 99, 133, 142, 147, 251, 254. Funerales de capitulares: 120, 125, 128, 165. G

Gaceta de Madrid: 93, 208. Ganado: 12, 93. -cerduno: 9 (A. U.), 268. -menor: 9 (A. U.). -de pesa: 92. -vacuno: 9 (A. U.), 10, 93. Garfias: 133. Garrucha de bronce: 133. Gastos: 5, 11, 15, 19, 20, 26-28, 34, 36, 38, 39, 4S, 53, 67, 71, 80, 92-94, 99-101, 107, 108, 113, 117, 119, 126, 158, 196, 203, 209, 247, 250, 251, 255, 260, 261, 26S, 267, 270, 272, 277. -extraordinaries: 133. -de justicia: 89. (V. Erogaciones; Libramientos). Generalisimo: 249. Generos: 14, 25, 255. Gente de color: (V. [Padron] de--). Gigantones: SO. Gobemadores: 247. -de Puerto Rico: 1, 2, S, 6, 8-21, 23, 25, 26-31, 33, 3540, 43, 44, 4648, SO, 51, 53-61, 63, 65-67, 69-72, 74, 77-79, 81-86, 89-102, 104-106, 108, 110, 114, 115, 119, 120-123, 125, 126, 128, 133136, 138-147, 149-162, 165-167, 169, 173, 176, 179-192, 195-198, 200-203, 205, 206, 208, 212-218, 223, 225-227 229-232, 234, 235, 237-241, 243-252, 254-259, 261-279, 281, 282, 284. (V. Teniente de - - ) . I


1NDICE DE MATERIAS

490

Gobierno: 240. -del Consejo de Hacienda: 251. -[de Espaiia]: 249. frances: 230. -de Puerto Rico: 6, 94, 116, 123, 131, 145, 151, 158, 166, 191, 194, 201, 223, 240, 251, 252, 254. (V. Asesor general de - - ; Es· cribano de - - ; Secretaria de - - ; Tribunal de - - ) . Goletas -capitan de: 272. -mercante: 274. -San Juan Bautista: 212. Goteras: 80, 255. Gracias concedidas a la ciudad de San Juan Bautista: 9 (A. U.), 14, 25, 39, 45, 97, 128, 133. Grados [de Medicina]: 116. Gramatica, clase de: 3, 4. Granaderos del Regimiento Fijo: 123. Granos: (V. Medidas de - - ) . Gratificaciones: 17, 34, 53, 54, 58, 60, 79, 133, 144, 146, 158, 173, 180, 199, 267. Gremio [de comerciantes]: 260. Grilles: 34. Guarda almacen: 266. -del Real Hospital Militar: 81. Guardia: 93, 123. --espaiiola, capitan de: 173. (V. Cuerpo de de San Justo). Guarnici6n: 12. (V. Plaza [guamici6n]). Guerra: 208. (V. Auditor de - ) · E~cribano de gobiemo y - ; Mi: rustro de - ; Tenientes a - ) . Guerra [contra los franceses]: 251, 254, 260-262, 264, 265, 266, 274, 284. Guerra [contra Inglaterra]: 10, 15 (A. U.), 92, 108, 115.

-transvcrsales: 157. (V. Abintestatos; Albaceas; Hcrcn· cias; Testadores; Tcstamentarias; Tcstamcntos). Hcrcncias transvcrsalcs: 157. (V. Abintcstatos; Albaccas; Hcrcdcros; Tcstadorcs; Tcstarncntaria'>; Tcstarncntos). Hcridas: 29. Hcrmandad: (V. Alcaldcs de la Santa--). Hcrmanos: 179. Hcrreros: 5, 20. Hierro: 93, 115, 181. (V. Cruces de - - ) . Hijos: 120, 128, 165, 179, 230, 232, 234, 245, 247, 250, 266, 276. Hipotecas: 166, 169. (V. Anotador d e - - ) .

Historia: (V. Real Academia de Ia --).

Honorarios -de cirujanos: 259. -de medicos: 259. Honores: 173. -p6stumos: 120, 165. Honras runebres para capitularcs: 120. (V. Acta de Exequias). Horcas: 133. Horquetas: 48. Hospedaje: 31, 80. Hospital -de Caridad: 29. -Real Militar: 31, 53, 58, 81, 104, 115, 173, 180, 238, 265. Huerfanos, defensor de: 9, 14. (V. Regidor - Padre General de Me· nores). Huevos: 20. Huracan: 173. Hurtos: 29.

I

H

Habitaciones: 55. (V. Cuartas). Habitantes: 14, 197, 235, 240, 260, 261 274. • (V. Vecindario; Vecinos). Habito [rel.]: 128. -de Santiago: 79. Hacienda: 161, 191, 199, 205, 231, 245. Hacha de cera: 120. Herederos: 270, 275.

Iglesias: 50, 97. -Catedral: 10, 40, 45, 47, 80, 91, 120, 153, 154, 160, 166, 167, 201, 212, 247, 259, 260, 262, 274. -funciones de: 97, 160, 162, 167, 232, 236, 249. -parroquial de Cangrejos: 53. Iluminaci6n: 39, 262. Imagen -de San Ildefonso: 91. -de San Juan Bautista: 53, 158, 159.

--~


491

1NDICE DE MATERIAS Impcrio franccs: 116. lmprcnta: 215. Imprcso: 254. Impucstos: 151. (V. Arbitrios; Contribuciones; Derechos [contribucioncs]). lncicnso: 167. Tndcccncias: 117. ( lndcmnizacion]: 232. I ndulgcncias: 128. Indulto: 20, 27, 39, 142, 232, 254. lndumcntos sagrados: 167. Industria: 9 (A. U.), 12. lnfamia: 157. lnfanteria: (V. Capitan de Milicias [Disciplinadas] de - - ; Regimiento d e - - ) . Infantcria de Victoria, Regimiento de: 135. Infonnaciones: 33, 101, 102, 104, 169, 173, 212. (V. Atestados; Informes; Representaciones). lnformes: 3-7, 9-13, 15, 15 (A. U.), 18, 20, 27, 29, 30, 33, 38, 44, 46, 46 (A. U.), 53-55, 57, 58, 60, 78, 80, 83, 85, 89, 92, 96-99, 101, 102, 104, 106-108, 110, 113, 115, 118, 119, 121, 122, 147, 149, 158161, 166, 167, 169, 179, 181, 182, 188, 191, 196, 199, 201, 202, 205, 208, 215-217, 219, 222, 232, 234, 235, 237, 239-241, 244-247, 251, 252, 255-257, 259, 261, 265, 267-269, 273-277, 281. (V. Atestados; lnformaciones; Representaciones). Ingenieros: 267, 270. -Comandante del Real Cuerpo de: 151, 153, 154, 161, 270. Injurias: 152, 155, 156, 158, 166, 216. (V. Acusaciones; Agravios; Insultos). Inoculaci6n: 16, 17, 80. (V. Vacuna; Vacunaci6n). Inquilinos: 214. -censatarios: 62, 166, 169, 211. Inquisici6n de Cartagena de Indias, Tribunal de: -consultor del: 10. -segundo comisario del: 192. Instancias: 13, 18, 30, 43, 53, 92, 97, 98, 110, 138, 144, 148, 158, 162, 169, 182, J 191, 216, 217, 219, 226, 230, 232, 245, 246, 255, 256, 281. (V. Escritos. Informaciones; Informes; Memoriales; Representacioncs; Solicitudes).

Instrucci6n [esc.]: 105, 143, 144, 237. Instrucciones: 44, 54, 56, 66, 79, 83, 92, 102, 105, 148, 254, 275. -de Alcaldes de Barrio: 43. -para alarife de albaiiileria: 236. -para alcaldes de barrio: 25, 270. Instrumentos [publicos]: 240. Insultos: 93. (V. Agravios; Injurias). Intendencia: 116. -tribunal de la: 7, 33. (V. Asesor general d e - ) . Intendente: 1, 2, 5, 6, 8-19, 21, 23, 25-28, 30, 31, 33, 35-38, 40, 43, 44, 46-48, 51, 53.55, 58-61, 63, 65, 66, 70-72, 74, 77-79, 81-86, 89-100, 104-106, 108, 110, 114, 115, 119-123, 126, 128, 133-136, 138-147, 149162, 165-167, 169, 173, 176, 179-192, 195198, 200-203, 205, 206, 208, 212-218, 223, 225-227, 229-232, 234, 235, 237-241, 243249, 251, 252, 254-259, 261-279, 281, 282, 284. Intendentes: (V. Real Ordenani:a e Instrucci6n de Intendentes de Nueva Espafia). Interventor interino de reales obras: 202. Inventario: 115. Islas: 271. -danesas: 186. --extranjeras: 196.

J Jardines Botanicos de Madrid y Mejico, Reales: 81. Jarros: 134. Jefes: 212. -de mar: 93. -de marina: 247. -de tierra: 93. Jornales: 48, 92, 95, 133, 202, 209, 277. (V. Salarios; Sueldos). Juclicatura: 60, 117. (V. Jueces; Magistratura). Jueces: 5, 18, 89, 90, 107, 124, 126, 155, 216, 217, 223, 235, 257, 259. -derechos de: 43. Juegos prohibidos: 240. Jueves Santo: 97. Juicio: 165. Juntas: 260, 265, 272. -de almonedas: 43, 271, 274.


:CNDICE DE MATERIAS

492

-Municipal: 5, 100, 102, 108, 110, 113, 118, 133, 134, 149, 153-155, 159, 166, 173, 196, 199, 201-203, 209, 213, 214, 233, 237, 243, 247, 256, 257, 259, 261, 267, 277. (V. Archivo de Ia - - ; Presidcnte de Ia - ; Vocales de Ja --).

-de Propios: 212, 247. -de Sanidad -del puerto de Malaga: 69. -de Puerto Rico: 62, 69, 79, 81, 83, 84, 90-92, 113, 190, 196, 212, 247, 259. -Suprema de Sevilla: 254, 254 (A. U.), 264. Juramentos: 21 (A. U.), 22, 24, 25, 29, 34, 43, 77, 86-89, 91, 92, 136, 137, 141, 145, 151, 155, 158, 159, 161, 179, 183187, 190, 191, 229, 232, 233, 254, 266, 271, 274, 278-281, 283, 284. ~el gobernador, capitan general c mtendente don Toribio Montes: 77. -militar: 43. Jurisdicci6n [terr.]: 15, 18, 24, 25, 57, 141, 157, ~91, 226, 240, 241, 269, 270. -contenc1osa: 165. -econ6mica: 212. -gubernativa: 212. -ordinaria: 157, 165 167 182 223 232, 234. , ' , ' Justicia [administraci6n de]: 6 11 27 29, 33, 57, 81, 89-91, ·96, 124, i25, '130: 134, 140, 151, 152, 156, 158-160, 166, 170-173, 179, 182, 199, 208, 209, 223 230, 234, 240, 260, 267, 281. • Justicia, sala de: (V. Sala de - ) . Justicias ordinarias: 167, 169, 179, 240. (V. Alcaldes; Gobernadores· Jueces· Teniente de gobernador· Varas [d~ justicia]). ' Juzgados: 107, 110, 113, 117, 148, 149, 155, 156, 201, 217, 243, 255, 256. -de Bienes de Difuntos: 240. -de Marina: 212. (V. Tribunales). L [Lacteos]: 20. Lacticinios: 23. Ladrillos: 80, 151, 153, 154, 211. Lamina de Fernando VII: 251.

Lance: 123. Lanchas: 213. [Latin), clasc de: 4. Latinidad, clasc de, de San Jlddonso:

91. La\'andcras: 6. Lecci6n de lalinidad: 91. Legados: 150, 157. (V. Abinleslalos; J-kr1.:ncias; TL'-.la· JllL'nlarias). Lcgajos: 105, 197. ( V. Expcdicnlcs). Lcguas: 240. Lcnguas: 133. Lcpra: 265. Lctrados: 128, 155, 156, 216. (V. Abogados; Profcsor de Dcrcd10). Lcycs: 27, 29, 43, 77, 79, 85, 90, 91. 99,

110, 128, 146, 151-153, 155, 157, 159. 160, 167, 173, 179, 182, 186, 189, 191. 216, 217, 231, 284. -Municipal: 270. (V. Recopilaci6n d e - - ) . Libramientos: 17, 19, 117, 182, 259, 274. 275. (V. Erogaciones; Gastos). Libras: 12, 267, 272, 277. Libros: 235. -de las Actas Capitulares: 156. -de Acuerdos: 159, 165, 209. -de Asientos: 60, 203. -[Capitulares]: 7, 10, 13, 23, 33, 44, 58, 78, 91, 113, 133, 144, 151, 155· 157, 179, 183, 216, 240, 241, 243, 251, 254, 260, 261, 267, 268, 271, 274. -copiador de cartas y oficios: 266. -de donativos para la guerra con· tra los franceses: 265, 266, 272. --de Tomas de Raz6n: 203, 247. Licenciado -[en Derecho]: l, 2, 5-9, 11-17, 19, 21, 25-28, 30, 31, 3340, 43-48, 50-59, 61-85, 89-108, 110, 111, 113-117, 119135, 137-147, 149-176, 179-201, 203, 205-209, 212-223, 225-284. -en Medicina: 17, 44, 62, 66, 69, 70, 79, 90. Licencias: 33, 85, 145, 216, 253, 284. (V. Permisos). Lienzo: 133. Limpieza, carros de: 270. Limpieza de sangre: 101, 212. Liquidos: (V. Medidas - - ) . Luces: 31.

\•


1NDICE DE MATERIAS (V. Alumbrado de carceles). Luminarias: 39. Luto: 97.

493

Manuscritos: 270. (V. Documentos; Escritos; Expedientes; Memoriales; Testimonios). Manzanas [cuarteles o barrios]: 66, 86, 186, 190.

LL Llan:s: 31, 89, 90, t 13. -area de trcs: 133. -<le la sala de prcsidio: 10. Lhn·ias: 15 (A. U.), 161.

M Maccros, vcstuario de las: 251. Maderas: 7, 27, 47, 80. Madrcs Monjas [Carmclitas]: 13. Macstranza de artilleria: 113, 118. Macstras de escuela: 34, 83, 277. -de nifias: 34, 186, 234, 282.

Maestros -alarife: 34. -de albafiileria: 257. -de carpinteria: 135, 257. --carpintero: 20, 115. -de escuelas: 55, 67, 122, 155, 234, 235, 237.

-en filosofia, 147. -herrero: 93, 115. -mayor -de albafiileria: 270, 271. -de carpinteria: 270, 271, 274. -de obras de fortificaci6n: 165, 274, 276.

-platero: 181. -de primeras letras: 20, 34, 58, 60, 81, 83, 98, 105, 122, 154, 186, 191, 199, 226, 232, 234, 235, 241, 245, 255, 261, 273, 277. Magisterio: 245.

(V. Escuelas; Maestros). Magistrado: 157. (V. Jueces; Letrados). Magistratura: 155, 182. (V. Judicatura; Jueces). Ma:iz: 81. Mal de orina: 75. Mal de San Antonio: 265. Mal de San Lazaro: 265. Mandas: 151. -forzosas: 101. Manifiesto de la Junta Suprema de Se· villa: 254. Manteca: 9 (A. U.).

(V. Barrios). Mar: 100, 133. Maravedies: S, 133, 146, 247, 249, 270,

276, 277.

Marcas: 106, 115. Marchantes: 104. (V. Regatones; Revendedores; Vendedores). Marco: 44. Marina: 241, 249. (V. Asesor:ia de - - ; Aud.itores de - - ; Comandante de - - ; Escriban:ia de - - ; Matr:icula de - - · Ordenanza de Matr:iculas de - ' - ; Real Proto-Medicato de - - de la isla de Cuba). Mariscal de campo: 35, 59, 61, 77-79, 89, 123, 248.

Maroma: 250. Marques: 208, 249, 251, 264. Martillo de hierro: 34. Matadero: 173. (V. Casa de matanza). Matanza [de reses]: 67, 133, 275. Materiales de construcci6n: 153, 161, 201, 275. (V. Barro; Cal; Ladrillos; Maderas;

Piedra). Materias forenses: 155. (V. Fueros). Matr:icula de marina: 260. Matriculados [de marina]: 213, 214. Matrimonio: 89, 92, 284. (V. Casamientos). Mayorazgo: 230. Mayordomo -de la Cofradfa -de la Altagracia: 150. -de Santa Rosa: 150. -de Propios: 5-7, 17, 19, 20, 27, 341 39, 44, 45, 48, 50, 54, 60, 65, 69, 71, 79, 83, 91-93, 95, 96, 98-100, 104, 106108, 113, 115, 117, 119, 122, 125, 126, 133, 134, 143, 146-149, 158-161, 169, 182, 186, 191, 196, 197, 203, 205, 209, 217, 222, 237, 238, 243, 245, 247, 249251, 255-257, 259, 266, 268, 274, 275, 277. -del Real Hospital Militar: 81, 238. Mazas: 120, 167.


494

1NDICE DE MATERIAS

Medalla de oro de la Real Efigie: 173. Medicina: (V. Doctor e n - - ; Facultad de - - ; Grados de - - ; Licenciado en - - ; Profesor de --).

Medicos: 35, 53, 66, 69, 79, 90-92, 110, 117, 173, 180, 196, 265, 276. (V. Doctor en Medicina; Facultativos [medicos]; Honorarios de - - ; Licenciado en Medicina; Titulo d e - ; Visitas de--). Medidas: 44, 93, 113, 115. -de granos: 33. -liquidas: 33. (V. Almudes; Cuartilla; Cuartillos; Libras; Pesos y Medidas). Memoriales: 104, 113, 117, 121, 122, 138, 142, 151, 189, 201, 267, 268, 270, 276. (V•. Escritos; Expedientes; Instanc1as; Representaciones). Menaje: 59. Menores: (V. Regidor Padre General de--). Menudeo: 277. Menudos: 133. Mercancia seca: 186. Merceria: 165. Mesas: 17, 26, 31, 160. Metodo [de ensefianza]: 101 105 144 148. ' ' ' Metr6poli: 254, 274. Milicianos: 55, 108. (V. Milicias [Disciplinadas]· [Milicias Urbanas]). ' Milicias [Disciplinadas] -de artilleria: 234. -de caballerfa: 96, 267. -de infanteria: 43 80 94 135 138 196, 254 (A. U.), i51,' 266: 267: ' ( V. Comandantes de - ) [Milicias Urbanas]: 223. • Militares: 120, 128, 149, 240, 260. ~~· C~erpos -:--: Fuero militar). Mrmsteno de pnmeras letras: 243 246 Ministro de Guerra: 208. ' · Ministros: 81, 123, 161. -del altar: 167. -de real hacienda: 25. -de vara: 104, 123, 125. (V. Alguaciles). Minutas: 259. Misa: 9, 10, 89, 91, 247. Mitra: 6. Monedas: 202, 277.

(V. Cuartos; Maravedies; Pesos; Reales). Monjas [Carmclitas]: 13. (V. Carmelitas). Moreno librc: 97. Mote dcl escudo de armas: 14, 2'.'. Muchachos: 259. Mueblcs: 28. Muclle [ ?] : 100. Mucstras de lctras: 101. Mujcrcs: 120, 173, 230, 276. Mulata: 153. Mulatos: 173. Multas: 90, 92, 93, 240. Murallas, 92. Musica: 39. N

Nacion -britanica: 93, 254. (V. - - inglesa). -[espafiola]: 93, 173, 254 (A. U.), 274. -inglesa: 92. (V. - - britanica). Navio San Justo: 264. Negocios [judiciales] -civiles: 240. -criminales: 240. (V. Acto judicial; Asuntos judiciales). \· Negra: 124. Niiias: (V. Escuelas de primeras tetras de - - ; Maestras de escuelas de--). Ninos: 26, 28, 31, 58, 60, 66, 74, 80, 144, 148, 234, 235, 254 (A. U.), 261, 273, 275· 277. (V. Parvulos). Nobles: 173. (V. Estado Noble). Nombramiento -de alcaldes de barrios: (V. Elecciones de alcaldes de barrios). -de alguaciles menores: 58, 60, 99, 104, 106, 110, 161, 162, 203. -de capataz para las obras de relleno de La Puntilla: 92. -de capellan de la carcel: 151, 153, 154. -de comisario de policfa: 90. -de comisionados para recaudar do· nativos para los gastos de la gue-


1NDICE DE MATERIAS rra contra Francia: 260, 261, 266, 272. -de diputados -para cumplimcntar huespedes distinguidos: 30, 90. -para entcndcr en apelaci6n: 91, 92, 124, 126. 257, 259. -para fiestas \·otivas: 30, 90, 142, 186, 282. (V. Diputados para fiestas votivas). -para rccibir al gobcrnador y capitan general don Toribio Montes: 59-61, 65. -<le gobcrnador y capitan general: 59. -<le macstras de ninas: 34. -de maestros: 149, 261. -alarifc de albanileria: 34. -de medico de Ia carcel: 180. -de medico y cirujano de la Junta de Sanidad: 62, 90, 91. -de preceptor de la catedra de Latinidad de San Ildefonso: 91. -de provisor y vicario general: 196. -de Secretarios de Despachos: 249. -de Secrctarios de Estado y del Despacho de la Guerra: 249. -de segundo portero: 183, 186. -de sindico procurador personero: 115, 121, 122, 188. (V. Comisionados; Comisiones; Diputaciones; Diputados; Elecciones de oficios concejiles; Titulos). Notario -de la Inquisici6n: 243. -publico de Indias: 58, 158. 0

Obispado -de Oviedo: 104. -de Puerto Rico: 6, 12, 196, 232. Obispo -de Avila: SO. -auxiliar de Michoacan: 39. -de Puerto Rico: 1, 3, 6, 29, 34, 39, 67, 80-83, 91, 96, 196, 255, 259-261, 274. Obras -de ferreria: 27. (V. Hierro). -de fortificaci6n: 161, 165, 202. (V. Maestro mayor de - ) .

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-hidriulicas: 247. -pias: 148. -publicas: 215. Obvenciones: 152. Ocio: 161. Ofensas: 158. (V. Agravios; Injurias). Oficiales: 90, 120, 123, 128, 158, 197, 208, 267, 270. Oficios [comunicados, escritos]: 1, 2, 5-14, 16-21 (A. U.), 23, 25-29, 31-40, 43, 44, 48, so, 51, 53-55, 57, 59-61, 63-67, 69, 70, 72, 74, 79-85, 89, 91-102, 105, 106, 108, 110, 113, 115, 119, 120, 125, 126, 133-136, 138-142, 144-147, 149-151, 153-157, 159, 160, 162, 165-167, 176, 179183, 186, 188-192, 196, 197, 201-203, 205, 207-209, 212-215, 217, 218, 223, 225, 227, 229-232, 235-238, 240, 241, 243, 246-249, 251, 252, 254-266, 269-272, 274-276, 279, 282, 284. (V. Escritos; Expedientes;_ I?formaciones; Informes; Instanc1as; Representaciones; Solicitudes). Oficios concejiles: (V. Confirmaci6n de - ; Elecci6n de - - ) . Oficios [empleos]: 7, 13, 15, 25, 27, 29, 43, 44, 54, 58, 60, 66, 79, 81, 82, 86, 89, 92, 99, 101, 104, 110, 113, 115, 133, 135, 138, 143, 144, 146, 152, 156, 158-162, 167, 173, 174, 176, 179, 180, 182, 183, 188, 189, 191, 192, 196, 201-203, 205, 208 209 215, 229-231, 233, 236, 237, 240: 247: 251, 252, 254, 255, 260, 266," 268, 271, 274, 278-282, 284. . . (V. Empleos). Oidor honorario de la Real Audienc1a de Cuba: 77, 78, 80, 146, 147, 149, 150, 160, 248, 251, 258-262, 265-272, 274- 278. Oleo: 120. Onzas: 90. Operaci6n Cesarea: 57. Operarios: 93, 257. (V. Peones; Trabajadores). Oraciones: 230, 259. Ordenanza de Intendentes de Nueva Espana: (V. Real Ordenanza e Instrucci6n de Intendentes de Nueva Espana). Ordenanzas: 167. -de alarife de albafiilerfa:. 236. -de Arquitectura de Madrid: 236. -Generales de Ia Armada de 1793: 247.


lNDICE DE MATERIAS

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-de Matriculas [de Marina]: 139, 247. -Municipales: 43, 46 (A. U.), 54, 79, 128, 152, 236, 270. (V. Ley Municipal). -de Policfa y Buen Gobierno: 158. -de la Real Armada: 84. (V. - - Generales de la Armada de 1793). Orden de Santiago: (V. Caballero de la--). Ordenes: 1, 6, 7, 16, 19, 20, 27, 28, 31, 32, 35, 36, 38, 39, 44, 45, 47, 48, 50, 51, 53, 63, 66, 70, 72, 79, 81, 83, 84, 91, 93, 95, 115, 117, 123, 125, 130, 159, 179, 186, 196, 203, 222, 223, 230, 238, 239, 248, 258, 266, 270, 274, 275, 277, 278, 281. -[religiosas] -[de las Carmelitas]: 13, 95. -de San Francisco: 128, 259. (V. Francisco). -de Santo Domingo: 259. Orden politico: 173. Orden publico: 270. Ordinario eclesiastico: 101. Ornamentos: 9. Ornato: 11, 89. Orquesta: 39. p

Padre General de Menores: (V. Regidor - - ) . Padres: 128, 234, 235, 245, 247, 250-252, 256, 266, 275, 278. Padres [rel.]: 9, 10, 80, 268, 274. -Predicadores: (V. Convento de - - ; Convento de Santo Domingo). Padrones de almas: 66, 70-72, 74, 75, 79, 82, 83, 119, 120, 126, 146, 149, 225, 238, 240, 241. -de extranjeros: 145, 146, 235, 237. -de gente de color: 145. Paisanos: 67. Palacio [de Santa Catalina]: 254. (V. Real Fortaleza [de Santa Catalina]). Palco: 250. Palma, pencas de: 48. Palos raceros: 115. Pan: 90, 123. Panaderias: 201, 202.

Panadero: 123. Panos de lienzo: 133. Papeles: 9, 65, 69, 98, 150, 186, 205, 249, 258. -scllado: 215. -dcl scllo cuarto: 205. Papclctas: 85, 134. (V. Boletas). Parajcs: 81, 161, 214. Pardos: 153, 173, 275. -librcs: 147. 149, 191. Paredes: 89, 96, 97. Paricntcs: 152, 155, 158. Parrocos: 274. Parroauias: 240. Partidas parroquialcs: 173. Partidos [terr.]: 18, 20, 58, 133, 142, 153, 157. 223, 240, 272. -de Bayam6n: 139, 140, 199, 212, 231, 245, 276. -de Fajardo: 245, 265. -de Humacao: 21, 24. -de Juana Diaz: 7, 18, 119. -de Las Piedras: 29. -de Luquillo: 265. -de Manatf: 89, 92, 96, 234, 235. -de Maunabo: 271, 272. -de Naguabo: 271, 272. -de Rio Piedras: 12, 231. -de Toa: 276. -de Toa Alta: 25, 226. -de Toa Baja: 54. -de Trujillo: 139, 265. Parvulos: 81, 83. (V. Ninos). Pasaie: 207. Pasa:ieros -de Boca de Loiza: 244, 247. -de Palo Seco: 54, 69, 207, 213, 214, 226, 227. 234, 241, 252, 261. Pasajeros, transporte de: (V. Transporte de - - ) . Pasajes: 223. -arrendamiento de: 69, 100, 169, 207, 251. -de Boca de Loiza: 243-245, 247, 252, 255. -de Palo Seco: 26, 30, 69, 100, 207, 213, 214, 223, 226, 234, 241, 251, 261, 277. Paseo del Real Pend6n: 46 (A. U.), 50, 160, 162, 166, 167, 206, 209. Pastor [rel.]: 34: Pastas: 92. Patas: 133.


XNDICE DE MATERIAS Patria: 93, 102, 104, 173, 182, 205, 223, 274. Patrimonio: 161. Pat riotas: 261. Patriotismo: 35, 254. I\1tn'in tutdar: (V. Fiestas Votivas). P~t l runes de pesos y mcdidas: 33, 81, 93. 115. Patruno San Juan Bautista: (V. Fiestas Voti\"as). Paz: 15 (A. U.), 167. Pcdimcntos: 7, 29, 30, 122, 158, 159, 161, 167, 179, 189, 191, 207, 213, 214, 216, 217, 219, 234, 243, 255, 284. ( V. Escritos; Expcdicntes; Instandas; Peticioncs; Reprcscntaciones; Solicitudes). l\:na ... : 92, 157. -de camara: 89. Pcncas de palma: 48.

Pend6n real: 46, 160, 167, 209, 254, 254 (A. U.). (V. Pasco del Real Pend6n). Pcndones: 251. Pensiones: 62, 166. Pcones: 48, 133, 252, 275, 277. (V. Operarios; Trabajadores). Pcritos: 5, 7, 133, 154. Pcrmisos: 26, 40, 44, 96, 100, 116, 117, 128, 155, 161, 184, 190, 235, 242, 273, 275, 279. (V. Licencias). Pcrmuta: 267, 270, 274, 276. Pesa [contribuci6n de la]: 7, 9-12, 18, 20, 92, 101, 119, 133. Pcsas: 44, 181. Pescaderia: 276. Pcscadores: 102. Peso: 9 (A. U.), 90, 113, 115, 122, 125, 133. Pesos [moneda]: 3, 5-7, 11, 17, 20, 27, 30, 39, 44, 45, 47, 48, 53, 54, 58, 60, 62, 78, 79, 83, 91, 93, 94, 97, 100, 101, 104, 106, 115, 122, 124, 125, 133, 146, 148, 150-152, 155, 161, 165, 166, 180-182, 191, 199, 202, 217, 222, 226, 247, 249, 255, 257, 261, 268, 274, 276, 277. -de plata: 94. Pesos y medidas: 33, 43, 81, 90, 102, 106, 115, 125, 277. Pcste de viruelas: 13. Pcticiones: 26, 78, 133, 186, 196 199 236. ' , (V. Escritos; Expedientes; Instan:;~.

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cias; Pedimentos; Representaciones; Solicitudes). Picadero: 39. Piedra: 34, 151, 153, 154, 161, 173, 199, 201, 203, 217. Pileta: 153. Pintura, profesor de: 251. Piraguas: 186, 189. Placeta de Santiago: 15. Plan . -para Ia administraci6n de la carnicerfa: 275, 277. -para la conservaci6n del fluido vacuno: 72, 79. Planas [escolares]: 20, 83, 98, 105, 143, 144, 182, 191, 199, 235, 237, 277. Pianos: 151, 270. Plata: 94. Plateria: (V. Fiel contraste de - - ) . Platero: (V. Maestro de--). Platos de cobre: 115, 122. Playas: 53. Plaza: 47, 81, 123, 146, 158, 159, 161, 169, 255, 257. -Mayor: 160. Plaza [empleo; oficio]: 12, 54, 58, 69, 96, 99, 102, 104, 107, 188, 201-203, 241, 256. (V. Empleos; Oficios [empleos]). Plaza [guarnici6n]: 6, 7, 12, 13, 20, 26, 28, so. 53, 59, 65, 66, 71, 77, 79, 81, 92-94, 97, 104, 115, 123, 128, 133, 140, 143, 145, 149-151, 153, 161, 162, 164, 165, 173, 176, 180, 182, 186, 196, 197, 201, 211, 217, 226, 227, 230, 231, 234, 235, 240, 247, 251, 252, 254 (A. U.), 259-261, 265, 267, 270-272, 2!4-276, 281. Plazeta de las Madres MonJas Carmelitas: (V. Plazuela de las Madres Monjas Carmelitas). Plazuela de las Madres Monjas Carmelitas: 13, 30. Pleitos: 91, 92, 126, 176, 180, 188, 216. (V. Apelaciones; Causas; Demandas; Recurses). . Pliegos: 13, 18, 21 (A. U.), 23, 31, 33, 36, 38, 55, 57, 70, 72-74, 106, 138, 139, 196, 215, 231, 232, 235, 239, 244, 247, 249, 251, 252, 254, 259, 274, 275, 281. Poblaci6n: 57, 146, 240. Poblados: 91, 92. Pobres: 123, 144, 161, 202, 235, 259. Poderes: 14, 203. Policia: 90, 123, 130, 270. -de la carcel: 89.


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1NDICE DE MATERIAS (V. Bandos de - - y Buen Go·

bierno). Politicos: (V. Cuerpos - - ) . P6liza: 62. P6lvora: (V. Almacen de - - Santa Elena). Porta estandarte: 209. Portero: 6, 75, 89, 90, 99, 101, 120, 141, 160, 188, 231, 238. Postores: 251. Posturas: 148, 153, 201. (V. Aranceles; Precios). Pozo: 133. Practicantes: 53, 54, 58, 60, 276. Pragmatica: 151. (V. Real - - ) . Prebendado: 11. Precedencias: SO. Precepto pascual: 89, 274. Preceptor -de la catedra de Latinidad de San Ildefonso: 91. -de [latin]: 4. Precios: 48, 232. -de la came: 133. -de la enseiianza primaria: 235. -de la piedra: 217. -de venta -de casa: 270. -de solar: 276. (V. Aranceles; Posturas). Preeminencias: S6, 160, 167. (V. Privilegios). Pregones: 148, 2Sl. (V. Remates; Subastas). Prelados: 1, 95, 2S9, 261. Premios: 143, 144, 191, 199. Prerrogativas: 166, 167. Presas: 219, 222. Presbiteros: 10, 125, 143, 147, lSl, 1531S5, 191, 196, 201. Presidencia -de cabild'!: 160, 162, 165, 167. -de comumdad: 167. -de concejo: 167. (V. - - de cabildo). -de congreso: 167. (V. Presidentes). Presidentes: 208. -de ayuntamiento: 167. (V. - - de cabildo). -de cabildo: 21 (A. U.), 26, 29, 31, 8S, 110, 113, 128, 153, 158-160, 165, 167, 179, 186, 209, 216, 229, 230, 279, 284.

-de la Junta -Municipal: 21, 98, 104, !06, 108, 169, 191, 199, 201, 2~7, 211. 213, 214, 229, 246, 247, 2~0. 256, 259, 279. -de Sanidad: 81, 83.

-de plaza: 284. (V. Prcsidcncia). Prcsidiarios: 6. (V. Prcsos; Reos). Presidio: 4, 6, 7, 9, 10. (V. Carcclcs). Prcsos: 6, 7, 9-11, 18, 29, 33. 39, '='·':II, 89, 91, 93, 108, 148, 158, 180, 181, 201,

223, 251, 252, 274. (V. Reos). Prcstamos: 44. Prcvaricacion: 216. Principe: 167. -de Asturias: 247, 249. -de la Paz: 249. Prisiones: 55, 89, 153, 158, 159, 181. -para mujeres: 11. (V. Carceles). Privilegios: 110, 1S6, 167, 183, 229, 231. (V. Preeminencias). Procesiones: 4648, SO, 107, 150, 167. -de Azotes: lSO. -de Crucificci6n: 150. -del Huerto: 150. Procesos: 7, 158, 216, 257. -militares: 70, 164. (V. Apelaciones; Causas; Deman· das; Pleitos; Recursos). Proclamaci6n de Fernando VII como monarca de Espana e Indias: 251, 254, 254 (A. U.). Procuradores: 196. -General: (V. Sindico procurador general). -de m1mero: (V. Titulos de--). -personero: (V. Sindico procurador general). , . -sindico general. (V. Smdico procurador general). Profesiones: 92, 116, 117, 145, 156. Profesores -de Derecho: 216. -encargados de la vacuna: 70, 72, 74. -de Medicina: 116, 117. -de Pintura: 251. Propietarios de casas: 120. (V. Dueiios). Propios: 5, 6, 11, 15, 26, 28, 30, 39, 44, 47, 48. 53, 62, 80, 81, 83, 89, 91, 99-101,

1 ·

li~


1NDICE DE MATERIAS

104, 107, 108, 113, 115, 133, 144, 146149, 152-154, 157, 159, 161, 162, 165, 166, 169, 173, 191, 199, 203, 209, 211, 217, 222, 226, 237, 245, 250, 251, 255257, 261, 269, 270, 275, 276. (V. Arbitrios; Contribuciones; Derechos [contribucioncs]; Junta de - - ; Mayordomo de - - ; Rentas). Protcstas: 152, 155, 156, 158, 160, 166, 179, 216, 217. Proto Medicato de la Habana: (V. Tribunal del - - ) . Provincias: 120, 128, 139, 274. Provisor: 196. Pueblo: 9 (A. U.), 34, 94, 158, 167, 186, 189, 212, 236, 254 (A. U.), 262. Pueblos: 54, 240, 266. -de Espana: 270. Puente de San Antonio: 92, 165. Puerta -de San Juan: 158. -de Tierra: 158. Puertas: 74, 90, 117, 123, 145, 173. -de Ia carceI: 5-7, 9, 20, 89, 93. -de Ia CatedraI: 167. Puestos [de ventas]: 123, 158. (V. Casillas [de ventas]). Pulperias: 9 (A. U.), 30, S4, 69, 90, 16S, 21S. Pulperos: 16S, 21S. (V. Tenderos). Purificaci6n de Nuestra Senora, Fiesta de la: (V. Fiestas Votivas). Pus: 276. -de la viruela: 80. Q

Quejas: 2S, 27, 33, 53, SS, 81, 90, 117, 119, 121, 12S, 226, 227. (V. Querellas). Querellas: 33, 1S7, 216, 217. (V. Quejas). Quintales: 272.

R Raci6n: 1S8. Rampa: 133. Rancho: 53. Rastrillos: 5-7, 20, 27. Rastro: 9 (A. U.).

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Rayo: 65. Raza de mulatos: 173. Real Academia de la Historia: 173. Real Academia de Madrid: 81. Real Academia de San Fernando: 165. Real almoneda: 148. Real armada: 208, 254. (V. Brigadier de Ia - - ; Ordenanzas de la - - ) . Real Audiencia de Caracas: (V. Audiencia de Caracas, Real). Real Audiencia de Cuba: (V. Audiencia y Chancilleria de Cuba, Real~­ Real Audiencia de Mejico: (V. Audiencia de Mejico, Real). Real carcel: (V. Carceles). Real contadurfa: (V. Contadurfa). Real cuerpo de artilleria: 108. (V. Cuerpo de artilleria). Real cuerpo de ingenieros: (V. Comandante del - - ) . Real Efigie, medalla de oro·de la: 173. Real erario: (V. Erario real; Real hacienda; Reales cajas). Real Expedici6n de la vacuna: 25, 26, 28, 31, 34-36, 38, 39, so, 80. Real familia: 274. Real Fortaleza [de Santa Catalina]: 230, 232, 248, 254. Real hacienda: 7, lS (A. U.), 25, 142. 1S1. d (V. Escribano de - - ; Fiscal e - - ; Tribunal d e - ) . Real Hospital Militar: 31, 53, 58, 81, 104, 115, 173, 180, 238, 265. (V. Botica del - - ) . Real insignia: 254 (A. U.). (V. Pend6n Real). Real Instrucci6n _ 1768, 21 de octubre: 26?, 270. Real Ordenanza e Instrucc16n de Intendentes de Nueva Espaiia: 5, 81, 99, 107, 128, 146, 149, 157, 159, 182, 216 243, 275, 277. Real 'pend6n: (V. Pend6n real). Real Pragmatica: 240. (V. Pragmatica). Real Proto-Medicate: 116. -de Marina de Ia isla de Cuba:. 27. Real y Supremo Con~ejo de Indias: (V. Consejo de Indias, Real y Su premo). Real tesoreria: 149. Reales [moneda]: 5, 11, 27, 39, 44, 48,


500

!NDICE DE MATERIAS

91, 93, 95, 115, 133, 181, 182, 215, 235, 245, 247, 249, 276. -de vell6n: 45. Reales almacenes: (V. Almacenes). Reales cajas: 151, 215. (V. Erario real; Real hacienda). Reales Cedulas: 7, 14, 20, 25, 45, 57, 69, 143, 144, 157. -1768, 6 de octubre: 269, 270. -1776, 2 de septiembre: 249. -1778, 24 de mayo: 249. -1779, 24 de mayo: 249. -1780, 21 de julio: SO, 51. -1795, 21 de junio: 23. -1800, 7 de julio: 18. -1801, 6 de agosto: 23. -1802, 22 de diciembre: 151. -1803, 25 de julio: 39. -1803, 3 de octubre: 27. -1804, 13 de abril: 57. -1804, 27 de septiembre: 92. -1806, 26 de diciembre: 240. -1808, 27 de febrero: 241. -1808, 10 de abril: 251. Reales consejos: (V. Abogados de los --).

Reales Decretos -1808, 18 de marzo: 249. -1808, 19 de marzo: 249. Reales Despachos: 77, 158, 266. -1807, 24 de diciembre: 268. Reales Ejercitos: 35, 77, 79, 89. Reales Guardias espaiiolas: (V. Capitan d e - - ) . Reales J ardines Botanicos -de Madrid: 81. -de Mejico: 81. Reales Ordenes: 13, 15, 25, 31, 69, 81, 153. -1768, 3 de mayo: 69. -1777, 21 de agosto: 257. -1788, 12 de abril: 138, 139. -1794, 21 de marzo: 182. -1801, 17 de junio: 208. -1802, 20 de julio: 142. -1803, 1 de septiembre: 16, 25, 26, 31. -1803, 3 de octubre: 27. -1804, 30 de abril: 80. -1804, 20 de mayo: 63, 64, 70. -1804, 11 de julio: 77. -1807, 17 de agosto: 240. -1807, 25 de octubre: 241. -1807, 18 de noviembre: 247. -1808, 16 de abril: 254 (A. U.). -1808, 18 de septiembre: 275.

Reales Provisioncs: 57, 151, 157, 179. -1803, 1 de abril: 239. -1804, 15 de marzo: 151. -1806, 18 de noviembre: 239. Rcalcs Titulos: (V. Titulos). Recetas: 115. Rccibimicnto dcl gobernador, capit{m general, intcndcnte -don Ramon de Castro: 250. -don Toribio Montes: 59-61, 65, 67, 71, 77, 78. -don Antonio Samper: 59, 60. Rccibos: 5, 20, 39, 108, 115, 119, 125, 238, 277. (V. Comprobantcs). Rccopilaci6n de Leyes -de Castilla: 284. -de los Reinos de las Indias: 128, 134, 152, 153, 160, 179, 216, 217, 231. (V. Leyes). Recursos: 25, 26, 34, 45, 90-92, 113, 122, 124, 152, 155, 156, 160, 166, 167, 173, 179, 180, 190, 216, 257. (V. Apelaciones; Causas; Demandas; Pleitos; Querellas}. Recusaciones: 29, 158. Reditos: 62, 97, 147, 149, 161, 191, 199. Regalias: 160, 167. Regatones: 9 (A. U.), 81, 158. (V. Marchantes; Revendedores; Ven· dedores). Regidores -alcalde mayor provincial: 33, 208, 282. -alferez real: 1, 2, 5, 8, 13, 21 tA. U), 22, 24, 30, 35, 43, 46 (A. U.)48, 50, 53, 59, 65, 70-72, 77, 80, 82, 85, 90, 94, 96, 110, 113, 116, 135, 137142, 146, 150-170, 172-174, 182, 209, 254, 254 (A. U.). -alguacil mayor: 1-8, 12-14, 16-21, 23, 25-29, 31, 34, 35, 39, 40, 42-48, 53, 56-58, 60, 61, 63, 64, 67, 71, 72, 77, 79-85, 89·94, 96-110, 125, 133, 151, 152, 156, 158, 161, 162, 173, 176, 179184, 186, 188·192, 194-203, 205-207, 209-282, 284. -decano: 1, 3, 4, 6, 7, 9, 10, 15-21 (A. U.), 30, 34, 46, 59, 60, 65, 67, 77, 8588, 91, 92, 94, 120, 135, 138-140, 145, 160, 179, 180, 182-187, 190, 191, 193, 223, 229, 231-233, 251, 266, 271, 274, 278, 280, 281, 283, 284. -diputado de abastos: 30.


501

!NDICE DE MATERIAS -fiel ejccutor: 22, 33, 43, 44, 46, 47, 50-54, 56, 63, 66, 70-72, 79-81, 85, 90, 92-94, 96, 100-102, 104, 105, 107, 113, 115-117, 119, 120, 122, 124, 125, 128, 133-133, 137-152, 155, 158, 159, 165, 169, 172-184, 186, 188, 190-192, 196203, 205-220, 222, 223, 225-256 267 270. ' , -llanos: 1-7, 9-15, 17-19, 21, 23, 2544, 46-48, 50-58, 60-70, 72-82, 84, 85, 90102, 105, 108, 110-117, 119-135, 138171, 173, 175-179, 183, 184, 186, 188193, 195-203, 205, 207-209, 211-279, 281, 282, 284. -Padre General de Menores: 1, 2, 5-9, 11-19, 27. -pcrpctuo: 196. Rcgimicntos [cone.]: 29, 94, 152. Rcgimientos: 172. -de caballeria: 96. -Fijo: 13, 72, 96, 123. -de infanteria: 92, 94, 135 138 143, 257, 266. -de Victoria: 135. Reglamento -del Almirantazgo: 232. -de la isla de Cuba: 14. -para conservar el fluido vacuno: 63, 64, 66, 70, 72, 74, 83. Reglas de aritmetica: 105. Re~nos de Espana: 79, 167, 249. Re1as: 6, 93. Religiones: 102, 128, 145, 259, 274. Religiosas Carmelitas: 95. Religiosos. 261, 268. (V. Ordenes [religiosas]). Remates: 207. -to~. arrendamiento de carnicerfa: I

I

-de casa: 148. ~f ~orral de pesca de Martm Peiia:

4

-de la escribanfa de cabildo: 215. -de gobierno y guerra: 134 152 24~

r

I

-publica y de cabildo: 240. -de oficios concejiles: 27, 251. -de regi~or-alcalde provincial: 271. -de regidor-alferez real: 167. · -de regidor-alguacil mayor: 151, 152, 16?, 173, 179, 192, 268. -de regidor-fiel ejecutor: 43. -de regidor llano: 101, 179 274. -de oficios [publicos]: 7. '

-de escribano de gobierno y de guerra: 110, 134, 152. -de procuradores de nu.mero: 260. -del pasaje de Palo Seco: 30, 69, 207, 213, 251. Rentas: 99, 101, 107, 147, 169, 199, 213, 226, 230, 237, 245, 250, 257. (V. Propios). Renunciatario: 152. Renuncias: 151, 152, 156, 160, 161, 174, 179, 182, 186, 188, 191, 196, 197, 201, 202, 205, 209, 230, 251, 255, 274. Reos: 89, 254. (V. Presidiarios; Presos). Reparto general: 10, 12. (V. Pesa [contribuci6n de la]). Repesa: 81, 172, 174. Representaciones: 9 (A. U.), 10, 18, 27, 29, 39, 50, 55-57, 60, 62, 66, 67, 69, 71, 74, 79, 81-84, 90-92, 94, 98, 100-102, 106, 107, 110, 113, 115-117, 119, 128, 133, 134, 140, 143, 144, 146, 142, 151, 152, 154, 155, 158, 160, 161, 165-167, 169, 173, 176, 180, 182, 186, 189-192, 201, 226, 232, 239, 243, 246, 249, 255, 257, 265, 269, 273, 274, 276, 281. (V. Escritos; Expedientes; Instancias; Oficios [com.]; Solicitudes). Reses: 5, 7, 10, 12, 133, 277. (V. Abasto de cames; Carnes; Matanza de - - ) . Resmas de papel: 65, 205. Retrato de Fernando VII: 251. [Retrete]: 34, 181, 199. Revendedores: 81, 158, 161. (V. Marcbantes; Regatones; Vende· dores). Rey: 6, 13, 18, 26, 30, 31, 38, 67, 80, 81, 118, 157, 167, 182, 205, 208, 212, 223, 230, 231, 249, 251, 254, 254 (A. U.), 266, 274. Reyes de armas: 251. Robos: 164. Rogativas: 95, 96. Romana: 44, 115. (V. Balanzas). Romaneo: 277.

s Sabanas: 31. Sable: 248. Sacerdotes: 48. Sacos: 272.


lNDICE DE MATERIAS

502

Sacramentos: 53. Sacristan mayor de Catedral: 153, 154, 201. Sacristia mayor de Catedral: 201. Sagrados ministros: 167. Sala: -de audiencia: 9, 11, 27, 29, 99, IOS, 152. -de despacho: (V. Sala de audicncia). -de enfermos: 11. -de justicia: 151-153, 155, 156, 176, 214, 216. -de presidia: 4, 6, 7, 9, 10. Salarios: 108. -de alguacil menor: 60, 99, 106. -de empleados en la carniceria: 277. -de peones: 133. -(V. Emolumentos; Estipendios; Jornales; Sueldos). Salud publica: 6, 9, 14, 15, 90, 91. (V. Visitas de sanidad). Salva de artilleria: 262. San Felipe, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]). San Francisco: (V. Convento de - - · Ordenes [religiosas]). ' Sangre: (V. Limpieza d e - ) . Sanidad: (V. Junta de - ; Visitas de--). San Juan Bautista: -fiesta de: (V. Fiestas [votivas]). -imagen de: 158, 159. Santa Cruzada: (V. Bula de l a - · Comisario subdelegado de la -~ Subdelegado de la - ) . Santa Hermandad: (V. Alcaldes de la --).

Santa Rosa de Lima, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]). Santiago, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]). Santiago El Mayor, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]). Santo Oficio de la Inquisici6n: (V. Inquisici6n de Cartagena de Indias Tribunal de). ' Sargentos: 153. -de artilleria: 122, 199. (V. - - segundo d e - ) . -Mayor de Humacao: 21, 24. -segundo -de artilleria: 162, 211. -de granaderos: 123.

Sebo: 133. -de Buenos Aires: 9 (A. U.), 14. Secas: 161. Secretarias -de Estado v dcl Dcspacho de Gracia y Justi~ia: 251. -de gobicrno: 6, 29, 83, 91, 110, 270. -de gucrra: 110. -de marina: 110. Sccretarios -de ayuntamicnto: 183. (V. - - de cabildo). -de cabildo: 18, 19, 21 (A. U.), 85, 86, 94, 95. 159, 183-238, 240-284. (V. Escribano de ayuntamicnto; Escribano de cabildo). -de Despachos: 249. -de Estado y del Despacho de Ja Guerra: 247, 249. -del [Ministerio de la Guerra] y del Despacho Universal de Gracia y Justicia: 208. -del Real y Supremo Consejo de Indias: 274, 275. Seda: 97, 99. Segundo comisario de la Inquisici6n de Cartagena de Indias: 192. Sello -de medidas: 44, 181. -del Tribunal del Proto Medicato de la Habana: 115. Semana Santa: 150. Senado: 209. Sentencias: 33, 91, 155, 179. (V. Autos). Sepulcro: 120, 128. Sepultura: 120, 173. Serm6n: 91. Servicio militar: 148, 149. Sesos: 133. Silla episcopal: 39. Sillas: 17, 31, 160, 167. -patronal: 167. -presidente: 141, 160, 167. Sfndico -de cabildo: (V. Smdico procurador general). -personero publico: (V. Smdico procurador general). -procurador general -de la ciudad de San Juan: 1, 6, 7, 11, 14, 15, 18, 20, 21, 23, 25-29, 34-36, 39, 53, 55-62, 66, 67, 69-72, 74, 75, 77-83, 85, 90-95, 97, 98, 100,


503

1NDICE DE MATERIAS 101, 104, 105, 110, 111, 113-116, 122, 133, 135, 136, 138-141, 143-154, 156-162, 165-167, 169, 173, 174, 176180, 183, 186, 188-192, 196, 197, 201203, 205, 216, 217, 226, 229, 233-238, 242-247, 250-253, 255, 257-261, 265269, 271. 273-277, 279, 284. -d1..· la villa -de Coamo: 43. -de San German: 7, 10, 18. -procurador pcrsonero: (V. Sind.ico procurador general). Sirvientcs: 31, 71. Socicdad: 205. Socio de la Real Academia de Madrid: 81.

Solares: 43, 44, 97, 98, 143, 147, 149, 161, 162, 169, 173, 191, 199, 211, 276. Soldados: 96, 122, 123. (V. Militares: Tropas). Soleras: 48. Solicitudes: 5, 7, 12, 13, 15, 15 (A. U.), 25, 27, 29, 30, 34, 43, 44, 53-56, 58, 60, 62, 67, 79, 81, 89, 90, 96-98, 101, 102, 104, 105, 107, 115, 117, 122, 143, 144, 147-149, 155-159, 161, 162, 169, 173, 179, 180, 182, 186, 188, 189, 191, 192, 199, 201, 203, 205, 207, 209, 211, 214, 216, 217, 223, 226, 230-232, 234, 235, 243, 245-247, 250, 255-257, 261, 268, 273, 276, 281, 284. (V. Instancias; Ped.imentos; Peticiones). Subarrendatario del caiio de Martin Pena: 98. Subastas: 151, 173, 179, 240, 260. (V. Almoneda real; Almonedas, Junta de; Remates). Subdelegado de la Santa Cruzada: 142. (V. Comisario - ) . Stibdito: 160. (V. Vasallos). Subsidio: 157. Subtenientes: 250. -de ejercito: 136. -de infanteria: 135, 136, 257. Suegros: 173. Sueldos -de alguacil menor: 104 162 202, 256. -de Capellan de la carcel: 155 191 268, 274. -de escribano de cabildo: 119, 152, 250. I

I

I

I

-de maestro de primeras letras: 83, 92, 148, 154, 226, 261, 277. -de medico: 173, 180. -de oficiales militares: 208. -de portero: 183. (V. Emolumentos; Estipend.ios; Jornales; Salarios). Sufragios: 182, 279, 284. (V. Votaciones; Votos). Superintendente de obras del Cuartel de Milicias Disciplinadas: 270. Super-numerario: 99. Stiplicas: 75, 158-161, 167, 179, 186. Suprema Junta de Sevilla: 254, 254 (A. U), 264.

Supremo Consejo de Indias: (V. Consejo de Indias, Real y Supremo). Supremo tribunal: 268. Suscritores: 39. Suspension de empleo: 152, 153, 156, 158, 159. T

Tabique: 89. Tablada: 93, 219, 222, 223. Tablajero: 79. Tablas: 79, 133, 277. Tablas: (V. Fiestas de - - ) . Taburete: 160. Tafetanes: 58. Tapete: 160, 167. Tarjeta: 74. Tasaciones: 148, 270, 271, 274, 276. Tasas: 113. Techos de la casa consistorial: 203. Te Deum: 247, 262. Tejas: 211. Tela: 158, 159. -del uniforme capitular: 97. Templo: 40, 120. Tenderos: 102, 165. (V. Pulperos). Tenedores de libros: 266. Tenientes a guerra: 207, 240. -de Bayamon: 139, 140, 276. -de Cangrejos: 53. -de Guayama: 113. -de Rio Piedras: 12. -de Toa Alta: 25, 226, 227. -de Toa Baja: 54, 226. Tenientes -coroneles: 135, 136, 138 166 212 245, 246, 261, 277. I

I

I


1NDICE DE MATERIAS

504

-de curas: 10, 274. -de gobernador: 77, 78, 80·83, 90.98,

quisici6n de Cartagena de Int!ias: 10. -de doctor en medicina: 29. --de escribano -de ayuntamiento: 183. -de cabildo: 186. -de guhicrno, gucrra y m~iri 11:1: 133, 134, 152. -real: 39, 58, 158. -de gubcrnador, intcndcntc y capi· tf111 general de don Toribio l\1011· tes: 77. -de maestro de primcras ktras: 105, 245, 261.

100, 113-115, 120, 128, 146-167, 179, 186, 188-192, 194-197, 199, 201-203, 205-207, 209, 211-220, 222, 223, 225228, 232, 234-238, 240, 243-252, 255, 256, 258-262, 265-272, 274-278. -de granaderos: 123. -de rey: 6. Terraplen de La Puntilla: 100, 108, 209.

(V. Bateria de La Puntilla). Terrenos: 7, 13, 18, 30, 62, 97, 100 119 261.

,

(V. Baldios; Caballeria de tierra; Cuerdas; Solares). Tesoreria, real: 149. Testadores: 101, 148. Testamentarias: 11, 120, 125, 148, 217. Testamentos: 148, 150, 240. Testigos: 152, 158, 173, 240. Testimonios: 2, 7, 9, 11, 12, 14, 15, JS,

-de medico: 44. -de notario de la Inquisiciun: 243. -de notario publico de Indias: 58. 158. -de preceptor de la catedra de L~1tinidad de San Ildefonso: 91.

-de procuradores de numcro: 260. -de profesor de medicinas: 116. -de propiedad -sabre cuerda de tierra en Palo Seco: 261. -sabre solar: 161. -de regidor -alcaldc provincial: 271. -alguacil mayor: 29, 151, 153, 173,

23, 25-31, 34-36, 38, 39, 43, 46-48, 53, 54, 57, 59, 63, 69-72, 74, 79, 81-83, 86, 90, 92-94, 97-100, 104, 105, 110, 113, 120, 121, 123, 128, 134, 143, 144, 147-149 151-161, 165-167, 169, 113, 116, 119, 182, 186, 188, 190, 192, 201 202 207 209, 212, 214-217, 231, 234,' 237: 239: 240, 243, 247, 249, 254, 255, 257, 261, 268, 270, 275, 277 279 Tiendas: 54, 215. ' ·

rno'.

179.

(V. Pulperias). Tierra: (V. Caballerias de - · Solares; Terrenos) ' Titulos: 147. • -?e abogado de los reales conseJOS: 78, 81.

-de alguaciles menores: 58, 60, 104 106, 110, 161, 162, 202, 256,

I

--d.e aprobaci6n de la doctrina cristiana: 105, 255, 261. --f; ,c~8f.llan de la carcel: 151, 154,

5

--f;3.capitan [de mar y de tierra]:

234, 243, 244, 252, 282.

-de cirujano: 27. -romancista: 115. -de compra: 232. -de confirmaci6n -de regidor-alferez real: 13. -de regidor-alguacil mayor: 27, W. -de regidor llano: 29, 81, 101 143 144,

I

-fiel ejecutor: 43. -llano: 274. -de segundo comisario de la Inquisici6n de Cartagena de Indias: 192. -de socio de la Real Academia de Madrid: 81. Togado: 160. Toncladas: 153, 201, 203, 217. Trabajadores: 95, 202, 209. (V. Operarios; Peones). Traje: 158. (V. Vestidos; Vestiduras de bejigantes; Vestuario). Transeuntes: 30, 90, 142, 145, 186, 213,

I

-de consultor del Tribunal de la In-

Transporte de pasajeros: 207, 213, 214, 226, 227, 243-245.

Traspaso: 62, 166, 173, 199, 276. Tribunales: 6, 20, 39, 98, 116, 150, 165. 179, 180, 223, 257.

-eclesiastico: 173. -del gobemador: 156, 275. (V. - - de gobierno). -de gobierno: 7, 29, 55, 119, 122, 128, 152, 156, 158, 186, 189, 190, 192, 195-


lNDICE DE MATERIAS 197, 199, 202, 203, 205-207, 209, 211220, 222, 223, 225-228, 230, 232, 234-238, 243-247, 249, 250, 252, 255, 256. 275. -de gobierno y guerra: 230. -de la Inquisici6n de Cartagena de Indias: 10, 243. -de Intendencia: 7, 33. -dcl Proto-Medicato de Ia Haban:i: 115. -de real hacienda: 55. -supcriores: 216. -supremo: 128, 268. -de tcnientc de gobernador: 92, 155. Tributos: 5, 30, 44, 143, 148. Trono: 173, 247, 249, 274. Tropas: 6, 9, 9 (A. U.), 120. (V. Milicias [Disciplinadas] · [Milicias Urbanas]; Militares;' Soldados).

u Ultrajes: 157. Uniforme [de capitulares]: 14. -de ciudad de San Juan: 14, 25, 9799, 101, 120, 128, 158, 159. -de Cuba: 14, 97. Universidades [espaiiolas]: 116. Urbanos: 223. Utensilios: 28, 31, 133.

v Vacas: 9 (A. U.). -de leche: 92. (V. Came de ). Vacuna: 16, 17, 35, 53, 58, 60. 64, 66, 70, 72, 80, 183, 238, 276. (V. Profesores encargados de Ia - - ; Real Expedici6n de la --). Vacunaci6n: 17, 35, 53, 70, 72, 83. (V. Real Expedici6n de Ia vacuna). Vacunados: 35, 50, 53, 70, 72 74 79 80 83, 276. , , , , Vara del real pend6n: 209. Varas: 48. Varas castellanas: 13, 30 33 44 48 97 115. r r r r Varas [de justicia]: 92, 104, 110, 123, 161, 182, 184, 186, 188, 230, 232. Vasallos: 14, 38, 249, 254. (V. Subdito). I

505

Vasos sagrados: 9, 10. Vecindario: 101, 120, 146, 149, 161, 166, 191, 199, 211, 240, 245, 254, 254 (A. U.), 272, 273, 284. -de Bayam6n: 199. -de Cangrejos: 53. -de Loiza: 243. -de la villa de San German: 10, 11. (V. Vecinos). Vecinos: 23, 47, 48, 72, 80, 81, 98, 138, 149, 161, 166, 186, 191, 240, 255, 260, 266, 272, 281. -de Aguada: 203. -de Ios Barrios -Campeche: 66. -San Francisco: 66, 144, 190. -San Juan: 66, 144. -Santa Barbara: 66, 86. -de Bayam6n: 212, 217. -de Caguas: 257. -de Cangrejos: 53. -de Corozal: 186, 187. -de Fajardo: 265. -de Juana Diaz: 7, 18, 119. -de Las Piedras: 29. -de Luquillo: 265. -de Rio Piedras: 12. -de Toa Alta: 226. -de Trujillo: 139, 265. (V. Vecindario). Veedores: 101. Velamen: 48. (V. Velas). Velas: 47. (V. Velamen). Vell6n [moneda]: 277. (V. Reales de - - ) . Vendajes: 58. Vendedores: 81, 152, 158. (V. Marchantes; Regatones; Revendedores). Venera: 173. Venta -de came: 79, 181, 277. -de casa: 217, 270. -de comestibles: 69, 81. -de frutos: 43, 81, 176. -de negra [esclava]: 124. -publica: 202. -de solar: 276. -de terrenos: 30. Ventanas: 6. Ventorrillo: 9 (A. U.). Vestidos: 128. (V. Traje).


506

1NDICE DE MATERIAS

Vestiduras de bejigantes: 107. Vestuario -de los maceros: 251. -de los reyes de armas: 251. Viajero universal: 173. Viatico: 120, 128. Vicario general: 196. Vice-patrono real: 160, 167. Vigas: 34, 39. Vigilias: 20. Villas: 20, 43, 240. Virolentos: 13, 15, 53, 113. Virreyes: 93, 208. Viruelas: 13-15, 39, 53, 80, 126. -bravas: 186, 284. (V. Virolentos). Visitas: -de carcel: 6, 7, 9, 11, 27. 29, 34, 89. -de cirujanos: 249, 257. -de escuelas de primeras Ietras: 186, 191, 199, 282. -de maestras de niiias: 282. -de medicos: 249, 257. -pastoral: 102, 105. -de pesos y medidas: 90. -de sanidad: 81, 82, 84, 108, 110, 133, 134, 145, 158, 186, 189, 190 196 247 271, 284. , ' , Viveres: 81, 102, 158. (V. Abastos; Alimentos· Carnes· Comestibles, venta de;' Frutos): Vocales -[del ayuntamiento]: 1, 3, 10, 29, 30, 42, 54, 59, 73, 85, 109, 127, 135, 138,

139, 151, 161, 163, 164, 168, 170-172, 174-177, 179, 183, 186, 188, 190, 192, 194, 197, 209, 221, 229, 231, 253, 260, 279. -de Ia Junta Municipal: 21, 85, 98, 104, 106, 108, 135, 169, 180, 183, 191, 199, 201, 207, 211, 213, 214, 229, 246, 250, 256, 259, 279. -de la Junta de Propios: 212. -de la Junta de Sanidad: 81. Volantincs: 80. Votacioncs: 21, 29, 33, 85, 134, 135, 138, 139, 151-153, 155, 158, 173, 182, 183, 216, 217, 229, 279, 281, 284. (V. Votos). Votantcs: 155. Votos: 21, 26, 28, 31, 36, 38-40, 43, 48, 50, 80, 84, 85, 110, 129, 131, 134, 135, 139, 151-153, 155, 156, 158, 159, 167, 179, 182, 183, 186, 188, 191, 202, 209, 215-217, 229, 231, 254, 279, 281. (V. Sufragios; Votaciones). Vuelta del uniforme capitular: 97, 99. y

Yunque: 34.

z Zambullos: 34. Zapatero: 173.


CABILDOS

... t.I

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1803

1 2 2

29 dl.· agosto 5 de scptiembrc I 2 de septicmbre 19 de septiembre 26 de scptiembre 3 de octubre 10 de octubre 17 de octubre 24 de octubre Anexo Wiico 31 de octubre ... 7 de noviembre 14 de noviembre 21 de noviembre 27 de noviembre S de diciembre Anexo tinico 7 de diciembre 10 de diciembre 12 de diciembre 15 de diciembre 19 de diciembre

3 4

6 9 11

12 14

15 16 18 19 21 22 23

24 25

26 21

28

1804

30

1 de enero Anexo unico 2 de cnero 9 de cnero 9 de enero 16 de enero 17 de cnero 23 de enero 27 de enero 30 de enero 6 de febrcro 10 de febrero 20 de febrero 27 de febrero 6 de marzo

31 32 33 34

35. 36

39 41 43 46 48 51

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53

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510

6 de marzo 10 de marzo 12 de marzo 13 de marzo 20 de marzo 24 de marzo 9 de abril 16 de abril 23 de abnl 30 de abril 7 de mayo 14 de mayo Anexo Unico 16 de mayo 18 de mayo 23 de mayo 28 de mayo 29 de mayo 4 de junio 11 de junio 18 de junio 3 de julio 9 de julio 17 de julio 23 de julio 30 de julio 6 de agosto 13 de agosto 20 de agosto 23 de agosto 27 de agosto 3 de septiembre 10 de septiembre 17 de septiembre 24 de septiembre 1 de octubre 3 de octubre 8 de octubre 12 de octubre 16 de octubre 22 de octubre 29 de octubre 5 de noviembre 12 de noviembre 13 de noviembre 19 de noviembre 26 de noviembre 3 de diciembre 10 de diciembre 17 de diciembre 20 de diciembre

lNDICE DE CABILDOS

55 56 57

58 S<J

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gQ 90 91 92

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96 91 99

100 102 102 105 106 106 107 109

110 113 116 117 119

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1NDICE DE CABILDOS

511

1805

1 de cnero 1 de cnero 2 de cncro 3 de cncro 7 de cncro 14 de cncro 21 de cncro 28 de cnero 4 de fcbrcro 11 de fcbrcro 18 de fcbrero 4 de marzo 11 de marzo 18 de marzo 26 de marzo 27 de marzo 1 de abril 22 de abril 29 de abril 6 de mayo 13 de mayo 20 de mayo 27 de mayo 10 de junio 17 de junio 8 de julio 15 de julio 22 de julio 29 de julio 5 de agosto 12 de agosto 19 de agosto 26 de agosto 26 de agosto 2 de septiembre 9 de septiembre 16 de septiembre 23 de septiembre 30 de septiembre 7 de octubre 15 de octubre .. . 21 de octubre .. . 29 de octubre .. . 5 de noviembre 11 de noviembre 14 de noviembre 25 de noviembre 2 de diciembre 16 de diciembre 23 de diciembre

120

123 123 124 124 126 129

131 135 137

139 140 142 143 145 147 149 150 152

1si 154 155 157

158 160 160 162 162 163 165

165 168 169 170

171 172 174

175 176

178 179. 180

,•••

181 181 184 184 185

185 186 188


tNDICE DE CABILDOS

512

1806 1 de enero 1 de enero 7 de enero 8 de enero 10 de enero 11 de enero 13 de enero 20 de enero 27 de enero 3 de febrero 10 de febrero 25 de febrero 3 de marzo 10 de marzo 17 de marzo 24 de marzo 13 de abril 21 de abril 28 de abril 5 de mayo 12 de mayo 19 de mayo 2 de junio 9 de junio 16 de junio 30 de junio 7 de julio 14 de julio 21 de julio Acta n. 164 4 de agosto 11 de agosto 18 de agosto 26 de agosto 1 de septiembre 9 de septiembre 22 de septiembre 30 de septiembre 6 de octubre 13 de octubre 20 de octubre 27 de octubre 10 de noviembre 17 de noviembre 21 de noviembre 24 de noviembre 15 de diciembre 22 de diciembre 0

190 192 192

193 195 196 197 198 200 201 203 204 206 208 209 211 213 216 222 225 227 232 236 239 248 254 261 265 266 267 267 270 272 277 278 279 280 280 281 285 286 287 288 288 289 293 294 295

\•


513

tNDICE DE CABILDOS

1807 I de encro 8 de encro 9 de enero 12 de enero 19 de enero 19 de cnero 26 de cncro 3 de febrcro 16 de fcbrero 23 de fcbrcro 2 de marzo 9 de marzo 16 de marzo 6 de abril 13 de abril 20 de abril 27 de abril 4 de mayo 11 de mayo 25 de mayo 1 de junio 8 de junio 14 de junio 22 de junio 7 de julio 13 de julio 20 de julio 27 de julio 3 de agosto 11 de agosto 17 de agosto 26 de agosto 31 de agosto 7 de septiembre 14 de septiembre 22 de septiembre 28 de septiembre 5 de octubre 12 de octubre ... 19 de octubre ... 3 de noviembre 9 de noviembre 16 de noviembre 23 de noviembre 7 de diciembre 14 de diciembre

298 301 301 302 305 306 308 310 311 313 315 316 316 317 320 321 322 324 325 327 329 331 331 333 334 335 336 338 338 339 340 342 343 346 349 352 353 354 354 355 356 358 358 359 360 361

...

33.

-·----·--·~-

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---·---·---


514

lNDICE DE CABILDOS

1808 1 de enero 2 de enero 4 de enero 11 de enero 12 de enero 18 de enero 25 de enero 1 de febrero 8 de febrero 15 de febrero 23 de marzo 28 de marzo 4 de abril 25 de abril 2 de mayo 9 de mayo 16 de mayo 23 de mayo 31 de mayo 4 de junio 14 de junio 20 de junio 4 de julio 11 de julio 18 de julio 1 de agosto Anexo Unico 8 de agosto 16 de agosto 22 de agosto 26 de agosto 29 de agosto 5 de septiembre 12 de septiembre 17 de septiembre 19 de septiembre 26 de septiembre 3 de octubre 10 de octubre 17 de octubre .. . 24 de octubre .. . 31 de octubre .. . 7 de noviembre 14 de noviembre 15 de noviembre 21 de noviembre 28 de noviembre 5 de diciembre 12 de diciembre 19 de diciembre 24 de diciembre

362 364 367 369 371

372 374

376 377

378 37CJ

380 38.~

385 385

387

388 390 391

393 394 397

398 401 402

403 405

406 \ 408

409 411 412 414 416 418 419

419 420 421 423

425 426 427 429

430 432 433 435 437 440 443

..JJI


!NOICE DE CABILDOS

515

1809 443 446 447 450 452 452

1 de cncro 2 de cncro 5 de cncro 9 de encro 10 de cncro 16 de cncro

1.,

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33.

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INDICE GENERAL

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Act as

... ... . .. .. .... .. .. .. . ... ... ... ... ....

1

Indices Toponimico

459

Onomi1stico

465

Matcrias .. .

475 507

Cabildos .. .

I.'

.

/ .'


ACTAS DEL CABILDO DE

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO Administraci6n de HON. FELISA R. DE GAUTIER Alcaldesa

HON. MODESTO RIVERA Presidente de la Asamblea Municipal de San Juan SRTA. CATALINA PALERM Secretaria del Municipio de San Juan

SRA. ELIZABETH AMBROSANI Subsecretaria del Municipio de San Juan

SR. PEDRO E. PUIG Y BRULL Director de Actividades Culturales

SR. LEONARDO RODRIGUEZ VILLAFANE Subdirector de Actividades Culturales DRA. AIDA R. CARO DE DELGADO Consejera Tecnica del Archivo Hist6rico de San Juan

COLABORADORA Srta. Belen Fidalgo Colom


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