V Informe Alternativo

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Para ello, programó también como visión que “al 2016 se habrá disminuido los casos de trata de personas, se contará con estrategias integrales implementadas, donde los sectores del Estado articulen acciones, se contará con agentes responsables, preparados y sensibilizados y, la sociedad en su conjunto se constituye como actor en la prevención y persecución de este delito”7. Sin embargo, en el Plan Nacional 2017-2021 se hace un análisis de los resultados del trabajo realizado a través de la implementación de este documento, donde a través del diagnóstico de los factores estratégicos se destaca que ha existido una deficiente articulación institucional en cuanto a las intervenciones frente al problema de la trata de personas, tanto en la prevención como en la fiscalización, persecución, sanción y reparación del delito y la reintegración de víctimas. “Se requiere, por tanto, un abordaje integral, coordinado e interinstitucional en los tres niveles de gobierno… y no solo por las entidades del sistema de justicia, sino por las que intervienen en la prevención y en la protección y reintegración de víctimas, como por ejemplo el MINSA, MINEDU, MINTRA y en especial el MIMP, como sector competente en materia de asistencia, protección y reintegración, más aun teniendo en consideración que las principales víctimas son mujeres, adolescentes, niñas y niños”8. No obstante, los números son elocuentes porque si para el año 2011, las cifras oficiales del número de víctimas de trata de personas en el Perú reportadas por el Sistema RETA-PNP alcanzaron, entre 2004 a abril del 2011, las 974 víctimas (siendo el 91.58% del sexo femenino y el 8.42% del sexo masculino), solo en el 2014, según el mismo sistema, se registraron 1,109 víctimas; en el 2015, 2,386 víctimas y en el 2016, 1,619 víctimas, lo que indica que en la actualidad es mucho más visible este delito y ha aumentado, al igual que siguen siendo las mujeres las que registran un alto número de casos, entre las edades de 16 a 30 años.

y sistematización de las denuncias y procesos judiciales, atención a las víctimas y facilitar su recuperación y reinserción, así como asistencia a las víctimas de trata en el extranjero. En tanto, para el periodo 2017 -2021 se han fijado 4 objetivos estratégicos, 7 objetivos inmediatos y dos ejes estratégicos entre los cuales se encuentra la prevención y sensibilización sobre el tema; atención, protección y reintegración de las víctimas, así como la fiscalización y persecución del delito, que han sido incluidos en una estrategia programática y el tema de gobernanza institucional, en la estrategia de gestión institucional. En este documento se plantea que se ha utilizado la prospectiva estratégica como herramienta de planificación, ya que incluye esquemas participativos que buscan conciliar las voluntades de los actores claves que intervienen en el proceso, donde se tiene como base el análisis del escenario actual del problema para proyectar las tendencias hacia un escenario deseado. Con base en ello se plantearon los objetivos estratégicos del plan, con una perspectiva al 2026. Por tal motivo, se espera que se incremente la articulación interinstitucional para la construcción de un Sistema Nacional contra la Trata de Personas que articule a las instancias nacionales, regionales y locales, en virtud al Decreto Supremo N° 001-2016-IN que aprueba el Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente contra la Trata de personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, conformada por diversos sectores públicos y privados.

Para los años 2011-2016, el Ministerio del Interior a través del Plan Nacional se planteó 10 objetivos estratégicos, 30 metas y 70 actividades, basados en generar conocimiento sobre la trata de personas en el país, informar y educar en torno al problema, vigilar de manera preventiva la existencia y surgimiento de focos del delito, vigilancia del cumplimiento de la Ley, registro 7 8

Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2011-2016. Ministerio del Interior, Lima - 2011. Pág. 40. Idem. Pág. 60. 19


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