NOF 2022-2023

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Normas Organizaciónde Funcionamientoy

(DOCUMENTO en PROCESO DE REDACCIÓN)

CEO PLAYA BLANCA CURSO 2022/2023

1. 2.JustificaciónOrganización del centro

3. Estructura organizativa

4. Derechos y deberes

5. Convivencia en el centro

6. Normas básicas de organización del centro:

1. Justificación.

Bajo la denominación “Normas de Organización y Funcionamiento del CEO Playa Blanca” se aglutina el conjunto de normas reguladoras de la estructura organizativa y el funcionamiento del mismo, así como las pautas de convivencia de la Comunidad Educativa que lo integra, que es preciso observar para poder conseguir los fines del Centro, dentro de un clima de respeto a las personas y a los bienes.

Estas Normas tendrán vigencia en las instalaciones del Centro y en los lugares que se visiten con motivo de actividades extraescolares, complementarias y viajes culturales organizados por el CEO. Será de obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad educativa: profesorado, personal de administración y servicio, alumnado, familias y personal no docente.

ÍNDICE GENERAL DE CONTENIDOS

2. Organización del centro.

2.1 Horario del centro. ACTIVIDADES HORARIO

Apertura y cierre del centro de 7:30h a 14:30h

Comedor escolar de 13:15h a 14:30h

Horario en jornada reducida:

Infantil y Primaria: 8:30- 12:30h. Recreo: 10:40 a 11:10h

Secundaria: 08:00-13:00h. Recreo: 10:15 a 10:40h

Horario académico lectivo:

Infantil y Primaria: 08:30-13:30h. Recreo: 11:20 a 11:50h

Secundaria: 08:00-14:00h. Recreo: 10:45 a 11:15h

Horario de administración De 9h a 11:30h

Visitas a la Dirección a concertar según las necesidades.

Visita de familias:

Infantil y Primaria:

● Primer y tercer lunes del mes: 16:00 a 18:00h.

Secundaria:

● Primer y tercer lunes del mes: 16h a 18:00h.

● Segunda y cuarta semana: 1h en horario de mañana.

● Tras la jornada reducida de septiembre el profesorado permanecerá en el centro una hora tras la marcha del alumnado.

● Durante las semanas sin alumnado de septiembre el horario del profesorado será de 8:30 a 13:30h. En el mes de junio el horario será de 08:30 a 13:30h.

Horario de Exclusivas:

Las horas de atención exclusiva del profesorado serán los lunes de 15:00 a 18:00h salvo excepciones acordadas por el Claustro.

Los Claustros se convocarán los lunes de atención a familias de 15:00 a 16:00h.

Los Consejos Escolares se convocarán en horario de tarde.

Las reuniones de ámbito y CCP se realizarán por las mañanas. En cuanto a las reuniones de ciclo de Infantil y Primaria se celebrarán por las tardes en horario de exclusiva.

Atención a las familias:

Las reuniones con las familias se realizarán primer y tercer lunes de cada mes de 16:00 a 18:00h.

Cada tutor o tutora se encargará de citar a las familias en el centro. El resto de profesorado también permanecerá en el centro en el mismo horario, a disposición de las familias.

Se realizarán cuatro reuniones generales de atención a familias en el curso escolar. La

primera tendrá lugar antes del inicio del curso y las otras tres al comienzo de cada trimestre.

Gestión de las entradas y salidas del centro

● Las puertas del centro se abren a las 7:55 para la etapa de Secundaria y se cierran a las 8:00 debiendo estar el alumnado sentado en el aula a las 8:05h. Si no fuera así se apuntará una falta no justificada y permanecerá con el profesor de guardia hasta el cambio de hora.

● Todo el alumnado de secundaria saldrá de las aulas a las 13:55h para llegar a la puerta de salida, comedor y transporte a las 14h.

● Para las etapas de Infantil y Primaria se abrirán las puertas a las 8:30 horas y se cierran a las 8:35 horas. El alumnado de primaria irá entrando y se dirigirá a su clase correspondiente. Habrá un maestro/a en la puerta vigilando que la entrada se realice con tranquilidad, otro en la puerta del módulo y en los pasillos de arriba y abajo del módulo. El alumnado de infantil podrá entrar con un familiar hasta la puerta del módulo donde habrá una maestra para recibirles.

Gestión de los recreos

➢ El recreo de Secundaria será de 10:45 a 11:15h.

➢ El recreo de Infantil y Primaria será de 11:15 a 11:40h.

➢ INFANTIL saldrá al patio de colores.

➢ 1.º, 2.º y 3.º de Primaria saldrán en el PATIO PRIMER CICLO o PATIO GRIS.

➢ 4.º, 5.º y 6.º saldrán a la CANCHA POLIDEPORTIVA

CUBIERTA o PABELLÓN.

➢ Toda Secundaria saldrá a la CANCHA CUBIERTA. En la CANCHA CUBIERTA queda prohibido jugar al fútbol.

Solo se podrá jugar al fútbol en la CANCHA AZUL, según este cuadrante rotativo.

Las posiciones de las guardias de patio serán las que siguen:

ED. PRIMARIA:

➔2 docentes en la cancha cubierta.

➔1 docente en la cancha azul si hay algún grupo jugando al fútbol, de lo contrario reforzará la cancha descubierta.

ED. SECUNDARIA:

➔ 2 docentes en la cancha cubierta, situados en las entradas a la cancha cubierta.

➔ 1 docente en la entrada del módulo supervisando la cancha azul, el porche del comedor y el pasillo que conecta con la biblioteca.

3. Estructura organizativa

Nuestro Equipo Directivo está formado por los siguientes compañeros y compañeras:

Dirección: Miguel Aguerralde Movellán magumov@canariaseducacion.es

Vicedirección: Virginia Santana Galván vsangal@canariaseducacion.es

Jefatura de Estudios: Cintia Jorge Alfonso cjoralf@canariaseducacion.es

Jefatura Adjunta: Estefanía Delgado Robayna edelrob@canariaseducacion.es

Secretaría: Begoña Lucas Gómez blucgom@canariaseducacion.es

Las funciones atribuidas a cada uno de estos cargos son aquellas contempladas en el Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la Función Directiva en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma

AdemásCanaria.deestos

cargos en CEO cuenta con:

JefeOrientadora:deámbito Socio - lingüístico:

Jefe de ámbito Científico - Técnico:

Jefe de ámbito Artístico- Educación Física:

Coordinadora de Convivencia:

Coordinadora TIC: Cintia Jorge Alfonso

Coordinadores de ciclo:

4. Derechos y deberes en el centro

● Derechos y deberes del alumnado (desarrollados en los artículos 6 al 18 del Decreto de Convivencia 114/2011, de 11 de mayo):

❖ Derecho a una formación integral.

❖ A recibir una educación y una enseñanza dignas y de calidad, que desarrollen sus capacidades como persona autónoma, respetando su personalidad.

❖ Derecho al respeto.

❖ Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje.

❖ Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro.

❖ Derecho a la manifestación de la discrepancia a no recibir malos

tratos físicos, psíquicos y morales, ni sanciones humillantes ni otro tipo de castigos que no comporten una utilidad para él o ella.

❖ Derecho del alumnado menor a la atención inmediata.

❖ Derecho a la igualdad de oportunidades.

❖ Derecho a la protección social.

❖ Derecho a utilizar el material, instalaciones y servicios existentes con las máximas garantías de seguridad, higiene y calidad.

❖ Derecho a conocer los objetivos de su educación y formación, los materiales curriculares y la metodología que se van a utilizar, así como los criterios y tiempos en que se va a evaluar.

❖ Derecho a una valoración objetiva de su rendimiento escolar y a poder reclamar.

❖ Derecho a que en los casos de accidente o enfermedad prolongada tenga la ayuda y medios necesarios para que no suponga detrimento de su rendimiento escolar.

❖ Deber de estudio, asistencia a clase y respetar los horarios. Justificar las faltas de asistencia mediante escrito de padre, madre o tutores.

❖ Deber de respeto al profesorado

❖ Deber de respeto a la comunidad educativa

❖ Deber de respetar las normas de convivencia

❖ Deber de acudir al Centro limpios y aseados, cuidando su aspecto personal.

❖ Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro.

❖ Deber de respetar el edificio, instalaciones, mobiliario y material del Centro, cumpliendo la normativa de uso referida a ellos.

❖ Deber de colaborar con sus compañeros/as en las actividades formativas y respetar su dignidad individual.

❖ Deber de respetar las pertenencias de los demás.

❖ Deber de no agredir, insultar, ni humillar a sus compañeros de colegio, evitando también los juegos violentos.

❖ Deber de no perturbar la marcha de la clase.

❖ Deber de respetar el derecho al estudio de los compañeros.

● Deberes y derechos de las familias (desarrollados en los artículos del 19 al 24 del Decreto 114)

❖ Derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos e hijas Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas Derecho a

participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del Centro.

❖ Deber de compromiso.

❖ Deber de conocer y participar en la evaluación académica de sus hijos e hijas.

❖ Deber de respeto de las normas del Centro.

● Deberes y derechos del profesorado (desarrollados en los artículos del 25 al 34 del Decreto 114 de Convivencia 114/2011, de 11 de mayo)

❖ Derecho al respeto a su dignidad personal y profesional.

❖ Derecho a la autonomía.

❖ Derecho a la formación permanente.

❖ Derecho a la consideración de autoridad pública.

❖ Derecho a la protección legal y defensa jurídica.

❖ Derecho a utilizar el material, instalaciones y servicios existentes con las máximas garantías de seguridad, higiene y calidad.

❖ Derecho a participar activamente en la gestión del Centro, personalmente o a través de sus representantes.

❖ Derecho a estar incluido en los canales oficiales de comunicación previa solicitud al Director o Directora del Centro.

❖ Derecho a asistir a las reuniones del Claustro con voz y voto, y a elegir los representantes para los órganos de gobierno del Centro.

❖ Derecho a convocar por propia iniciativa a las familias del alumnado con quien trabaja, para tratar asuntos relacionados con su educación. Derecho a participar activamente en las reuniones de los órganos de los que forma parte.

❖ Derecho a la libertad de cátedra siempre que se respete el PEC. Derecho a ser informados de todas las actividades del Centro y de las cuestiones que les atañen directamente.

❖ Derecho a que se le ofrezcan actividades de perfeccionamiento que contribuyan a la formación permanente, y a ser posible en horario lectivo. - A mantener la debida reserva acerca de la información que se aporta del alumnado y de su familia.

❖ Deber de cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativa del centro.

❖ Deber de cumplimiento de su horario.

❖ Deber de acatar y cumplir las funciones y disposiciones que desde la dirección del centro le puedan ser asignadas.

❖ Deber de formar parte y permanecer en los canales de comunicación del centro durante el tiempo que dure su nombramiento.

❖ Deber de contribuir a la mejora de la convivencia escolar.

❖ Deber de colaborar e informar a las familias.

❖ Deber de mantener una actitud respetuosa y solidaria en la relación con el resto del profesorado, tratando de encontrar soluciones pacíficas a los problemas planteados.

❖ Deber de formarse continuamente en la mejora y actualización de la práctica docente.

❖ Deber de respetar la dignidad y función no sólo del profesorado, sino de cuantas otras personas trabajen en el Centro y fuera de él.

❖ Deber de colaborar con sus compañeras y compañeros y saber compartir con ellos y ellas.

❖ Deber de respetar la integridad e intimidad de las personas.

❖ Deber de asistir puntualmente a todas las reuniones de coordinación a las que se le convoque, participar activamente en las mismas y cumplir los acuerdos allí tomados.

❖ Deber de informar de los acuerdos tomados en los distintos órganos del Centro.

❖ Deber de mantener una actitud respetuosa hacia los alumnos/as, dialogando con ellos para solucionar los problemas y crear un ambiente de relación agradable en el aula.

❖ Deber de respetar la dignidad y personalidad de cada alumno/a, intentar comprenderlo y ayudarle dando respuesta a sus necesidades educativas.

❖ Deber de ofrecer diferentes estrategias de aprendizaje que respondan a la diversidad del alumnado presente en el aula.

❖ Deber de orientar al alumnado en todo su proceso educativo.

❖ Deber de sigilo profesional

❖ Deber de llevar el control de asistencia y puntualidad del alumnado.

❖ Deber de desarrollar una evaluación continua de los alumnos, dando cuenta a ellos y ellas tantas veces como sea oportuno y se determine en el Claustro.

❖ Deber de atender al alumnado en los recreos, conforme a lo acordado en el Claustro.

❖ Deber de participar en la elaboración y revisión permanente del PEC, PCC y Normativa para la Convivencia.

❖ Deber de respetar y seguir la línea pedagógica del Centro establecida en el PEC.

❖ Deber de cumplir la Normativa para la Convivencia.

❖ Deber de programar y preparar el trabajo escolar para hacer posible una tarea docente eficaz.

❖ Deber de cooperar en el mantenimiento y buen uso de las instalaciones y material del Centro según la normativa establecida.

❖ Si por causas justificadas necesita ausentarse del Centro, deberá

comunicarlo previamente al Equipo Directivo, a fin de que la clase quede atendida, y dejar a ser posible preparadas las actividades a realizar.

❖ Deber de cumplir el turno de atención en el patio. Cumplir el turno de guardias asignado.

❖ Deber de respetar y cumplir los acuerdos tomados en los órganos del Centro.

● Derechos y deberes del personal de administración y servicios (desarrollados en los artículos del 35 al 39 del Decreto 114 de Convivencia 114/2011, de 11 de mayo)

❖ Derecho al respeto.

❖ Derecho a la defensa jurídica.

❖ Deber de colaboración y comunicación.

❖ Deber de cumplimiento de la legislación de protección de datos de carácter personal, seguridad laboral y propiedad intelectual.

❖ Deber de custodia y sigilo profesional.

5. Convivencia en el centro.

5.1 Aspectos generales de la convivencia en el centro.

Es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa el cumplir y hacer cumplir las normas de convivencia, utilizando para ello los cauces establecidos tanto para denunciar incumplimientos como para sugerir posibles modificaciones.

Norma 1: La puntualidad es un hábito necesario para tener éxito en el mundo laboral y académico, por tanto los retrasos y ausencias de clase deberán ser justificados, de no serlo se considerarán faltas y serán sancionadas como tal.

● El incorporarse a la clase después del comienzo de la misma justificadamente deberá hacerse con las correspondientes normas de cortesía: Tocar a la puerta, saludar (“buenos días” o “buenas tardes”), pedir permiso al profesor/a.

● Llegar tarde reiteradamente tres veces será considerado como una falta de asistencia, que el tutor/a pondrá en conocimiento de sus padres/madres/tutores legales.

Norma 2: La asistencia a clase es un derecho y una obligación. La no asistencia a clase solamente será justificada en las siguientes circunstancias:

● Enfermedad del alumno/a. Cuando se asista a la consulta del médico deberá presentarse el justificante médico correspondiente, dicho justificante será imprescindible cuando se falte más de tres días consecutivos o cuando se produzca este motivo de manera reiterada (más de tres veces en un mes).

● Enfermedad grave o fallecimiento de un familiar.

● Deberes de naturaleza inexcusable tales como asuntos de juzgado, comisaría, administrativos, etc.

● Presentación a examen. Se ha de acompañar de la correspondiente justificación. Nunca serán faltas justificadas las actividades que se puedan realizar fuera del horario lectivo, por ejemplo, prácticas de conducir, compras, etc. Las faltas por asuntos propios sin especificar no serán justificadas.

Norma 3: Respetar los carteles, anuncios, comunicados, etc., ya sean en papel o en cualquier forma electrónica de comunicación.

● El equipo directivo, o la comisión en que se delegue, revisará la forma de expresión y el contenido de cualquier publicación, anuncio o comunicado de cualquier procedencia. La autorización para su colocación en los tablones de anuncios o cualquier otro medio de comunicación del centro se realizará desde Dirección. Todo cartel, anuncio o publicación que se haga sin esta autorización será retirado de manera provisional hasta que disponga de la autorización correspondiente.

Norma 4: Prestar atención durante las clases y no interrumpir son conductas necesarias para el desarrollo de la actividad educativa.

Norma 5: En la clase solo se pueden hacer trabajos autorizados por el profesor/a. El alumnado de Secundaria podrá utilizar el teléfono móvil con finalidad educativa y sólo cuando se lo solicite el profesor.

Norma 6: En todas las etapas, el alumnado comerá en el aula durante 10-15 minutos

antes de salir al patio.

Será considerado como falta leve arrojar los papeles, envases, etc. fuera de las papeleras.

● En ningún caso se podrá comer en talleres, laboratorios o biblioteca. Si por alguna razón se hiciera en otras dependencias como en la entrada, en los pasillos interiores o exteriores, se debe tener cuidado de no dejar restos, papeles o envases tirados.

● No está permitido el consumo de pipas y chicle. Se extiende a todo el recinto escolar, incluido el patio.

Norma 7: El cuidado del material es una obligación. Su deterioro intencionado o robo será considerado falta grave.

● Todo el alumnado está obligado a traer al Centro el material de préstamo; así como el material mínimo imprescindible.

● Al finalizar la clase los pupitres, herramientas y materiales que hay en el aula, taller, biblioteca, etc. deberán quedar ordenados.

● Queda prohibido pintar, rayar o deteriorar de cualquier manera puertas, mesas, sillas y demás mobiliario del Centro. Será motivo de apercibimiento o considerado como falta en función de la gravedad.

Norma 8: Las peleas, insultos, alteración del orden y faltas de respeto serán inmediatamente consideradas faltas graves, ya sean en el interior del centro o fuera del mismo, tal como recoge el Decreto de Convivencia 114/2011, de 11 de mayo en su artículo 63 “Conductas contrarias a la convivencia de carácter grave”.

Norma 9: La entrada, salida y los cambios de clase se harán de forma ordenada, evitando que se produzca escándalo. El incumplimiento de esta norma tendrá aparejada una sanción, bien individual o colectiva.

● El alumnado no permanecerá en los pasillos durante los cambios de clase.

● No está permitido entrar o permanecer en el interior de los módulos durante los recreos.

Norma 10: En ausencia del profesor/a, el alumnado permanecerá en el interior del aula realizando las tareas propuestas para tal fin, siendo controlados por el profesor/a de guardia. Se podrán realizar las siguientes tareas, por este orden: Actividades o trabajos marcados por el profesor/ausente.

● Cualquier tarea propuesta por el profesor/a de guardia.

Norma 11: Queda totalmente prohibido (según se establece legalmente en España) el consumo de tabaco en cualquier dependencia interior o exterior del centro, incluídos cigarrillos electrónicos y vapeadores. Así mismo se prohíbe la entrada en el centro de cualquier tipo de sustancia estupefaciente o que atente contra la salud.

Norma 12, INFANTIL: En la medida de lo posible, el alumnado debe comenzar su escolaridad controlando sus esfínteres, potenciando de esta manera su autonomía y facilitando la vida en el aula.

Si en algún momento los niños y niñas no lo hicieran, sus responsables legales acudirán al Centro a cambiarles la ropa. Al formalizar la matrícula firmarán un compromiso de aceptación de las normas del N.O.F. y del protocolo mencionado.

Teniendo en cuenta que el uso de determinados materiales es imprescindible para el desarrollo del proceso de enseñanza, los responsables legales del alumnado se deben comprometer, en el momento de la matrícula a aportar la cantidad económica acordada desde el centro para la compra de dicho material.

Norma 13: NORMAS GENERALES DE VESTIMENTA: La manera de vestir y el aseo de los estudiantes son factores importantes para el funcionamiento ordenado de las escuelas. La apariencia de cada estudiante deberá reflejar una imagen positiva del Instituto y deberá contribuir a un entorno de aprendizaje libre de distracciones. El estudiante y sus familias podrán determinar la manera de vestirse y el aseo personal del estudiante siempre y cuando se cumplan unas normas básicas:

● Los miembros de la comunidad educativa deberán llevar ropa y calzado adecuados según la situación y la actividad escolar en cuestión. El alumnado deberá cumplir las reglas de vestimenta y apariencia compatibles con un

ambiente educativo eficaz. Se prohíbe tener una apariencia o llevar ropa que sea vulgar, ofensiva, obscena o presente un riesgo para la salud y la seguridad de los alumnos.

○ Los pantalones serán bajos o tipo bermudas a la altura de las rodillas. No están permitidos los bañadores.

La prenda de la parte superior será camiseta o polo de manga corta o larga, nunca de tirantes, y de una tela que no sea transparente y que cubra por completo el torso, hasta la cintura (sin escote exagerado).

○ Las faldas y vestidos deben tener una longitud apropiada, no más alto de la rodilla.

○ El calzado ha de ser adecuado, preferiblemente cerrado, deportivo o de vestir, y en ningún caso chanclas de ningún tipo.

● No se consideran complementos adecuados y queda prohibido todo aquello que cubra la cabeza (salvo que su uso tenga connotaciones de tipo religioso y/o médico en cuyo caso se evaluará la conveniencia de su uso en la comisión permanente del Consejo Escolar); ropa transparente; artículos de vestir como cadenas o puntas/púas que puedan ser percibidos o usados como arma; cualquier símbolo, estilo o ropa asociada con intimidación o violencia; anillos que puedan ser considerados por su tamaño o conformación como peligrosos; no se podrá usar ropa de playa o baño en las actividades escolares habituales; no se permitirá el uso de gafas de sol en los pasillos o en las aulas, si es necesario usar gafas por causas médicas, se solicitará una autorización al tutor/a.

La dirección del centro ejercerá discreción al implementar esta norma, haciendo excepciones razonables para respetar creencias religiosas o requerimientos médicos del alumnado.

El uso de indumentarias inadecuadas en las clases se considerará falta de disciplina y se sancionará si la conducta es reiterativa.

○ Vestimenta inadecuada: Protocolo a seguir:

1º) Trabajar dicho tema en tutorías y enviar circular /recordatorio en el díptico a los padres a comienzo de curso.

2º)SANCIÓN VERBAL: Advertencia verbal ante la vestimenta

inadecuada al alumno E INFORMACIÓN por escrito a la familia.

3º)SANCIÓN POR ESCRITO : En caso de repetirse, parte de incidencias.

Al final del curso pasado se aprobó en Consejo Escolar el uso del uniforme escolar que se empezará a gestionar durante este curso escolar.

5.2 Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.

Conflictos en el aula:

El profesorado actuará teniendo como referencia el Decreto de convivencia 114, de 11 de mayo, las normas del centro, el plan de convivencia y aquellos acuerdos de intervención que se establezcan.

El profesorado tutor/a y los miembros del equipo educativo implicados en una infracción comunicarán a las familias vía email, pincel ekade, teléfono o agenda cualquier incidente que tenga lugar en el aula o en las zonas comunes.

En el caso de que haya un conflicto debemos resolverlo lo antes posible, con tranquilidad y hablando con el alumno/a aparte si es necesario. Si el conflicto continúa se debe pedir ayuda al profesor/a de guardia y, si procede, a Jefatura de Estudios. Para tramitar una falta de conducta contraria a la convivencia (de carácter leve si es reiterada, grave o que perjudique gravemente la convivencia) se anotará lo sucedido en la hoja de seguimiento de convivencia, compartida para todo el profesorado en la unidad compartida de DRIVE.

La Comisión de Convivencia analizará lo sucedido y comunicará al profesorado implicado la sanción establecida para su inmediata información a las familias y al alumno/a infractor.

Se cumplimentará un parte justificado que la familia firmará y se le entregará una copia.

5.3 Procedimientos para la tramitación de expedientes disciplinarios.

Según el Artículo 67 del Decreto de Convivencia 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado (Título II, capítulo I y II, artículos 6 al 18), se podrán abrir expedientes disciplinarios al alumnado en determinadas circunstancias y que darán lugar a la toma de medidas establecidas en el artículo 67 del citado Decreto 114/2011.

6. Normas básicas de organización del centro.

6.1 Utilización de medios y materiales

Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho al disfrute del material e instalaciones del Centro y la obligación ineludible de respetarlos y cuidarlos. Cuando la utilización sea fuera del horario lectivo, siempre deberá existir autorización por parte de la Dirección. La solicitud se realizará por escrito con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, responsabilizando a los usuarios de los daños intencionados o que por mal uso se pudieran ocasionar.

6.2 Utilización de espacios y uso de las dependencias e instalaciones6.2.1

Servicios, dependencias o espacios de uso generalizado

El CEO Playa Blanca define como servicios, dependencias o espacios de uso generalizado por parte de la comunidad educativa los que, a continuación se señalan:

a) Secretaría. Constituye el lugar del centro en el cual se desarrolla, fundamentalmente, la gestión administrativa y toda la actividad que lleva consigo. La comunidad educativa tiene acceso a los servicios que puede prestar la Secretaría (expedición de certificaciones, consultas, etc.) siempre que lo permitan las circunstancias del momento concreto y el volumen de trabajo que en ella se esté llevando. En cualquier caso, el horario al público de Secretaría será de 9:00 a 11:30

horas durante la mañana, de martes a viernes. Asimismo, la Secretaría facilitará a toda la comunidad educativa cuanta información divulgativa y de interés general pueda llegar al centro, para lo cual se hará uso de los correspondientes tablones de anuncios. En especial, dará publicidad suficiente a la normativa y demás disposiciones publicadas oficialmente (BOE y BOC) que puedan ser de aplicación en el centro. Al ser el lugar donde se guarda la documentación de todo el Centro, con todos los datos personales que eso conlleva (Ley de Protección de datos), solo podrán acceder a esta dependencia el personal de Secretaría.

El profesorado podrá acceder a datos de su alumnado previa petición razonada a la Secretaría del Centro. Para el resto de personas, la permanencia en la misma queda terminantemente prohibida.

b) Espacios abiertos (patios, zonas de jardines, etc.) y zonas comunes dentro del edificio (pasillos, sala de profesores, biblioteca, etc.). Las condiciones concretas de utilización serán las propias que la naturaleza de cada uno de los mismos requiera y dependiendo de las características concretas que tengan, independientemente de que se usen durante la jornada escolar o fuera de ella. En todo caso, el uso que se haga no perturbará el derecho de todos los miembros de la comunidad educativa a desarrollar sus actividades o trabajo normalmente.

c) Aulas generales. Para el desenvolvimiento cotidiano de la actividad educativa del alumnado existen las clases o aulas generales. Es deber de todos el adecuado uso de las mismas, así como velar por su conservación y limpieza. Durante los períodos en que no haya clase (horario no lectivo, recreos, etc.), el módulo permanecerá cerrado, circunstancia que, en todo caso, el profesor de guardía.

6.2.2 Aulas específicas.

Son aulas específicas aquellas dependencias o espacios (aulas de informática, de idiomas, laboratorios, talleres, etc.) destinados a ser utilizados por el alumnado bajo la supervisión del profesorado de la materia para cuya impartición es necesaria la utilización de estos espacios educativos especiales, por razón de la actividad educativa y curricular que en los mismos se desarrolla y de los medios materiales (elementos de laboratorio, herramientas, aparatos, etc.) que allí son empleados.

Dadas las peculiaridades que como características específicas diferencian a unos talleres, laboratorios o aulas específicas de otros, cada uno de ellos tendrá un régimen específico de funcionamiento y utilización establecido por el departamento didáctico al que se asigna el citado espacio y autorizado por la Dirección.

6.2.3 Otros espacios.

Gimnasio y canchas deportivas. Biblioteca. Departamentos didácticos. Recinto servidor medusa. Sala de Profesores. Aula de Atención a Padres. Despachos de: Jefatura de Estudios, Dirección, Vicedirección y Secretaría.

6.2.4 Normas de utilización de los espacios antes referidos.

Aula Informática de Primaria. El horario para su utilización se hará mediante reserva de sesiones en las hojas destinadas a este fin. Dicho cuaderno de registro permanecerá en conserjería.

Aula Informática de Secundaria. Se impartirán preferentemente las asignaturas de Informática y Tecnología ya que en su programación se contempla la utilización de ordenadores. El resto de horas para su utilización se hará mediante reserva en las hojas destinadas a este fin. Dicho cuaderno de registro permanecerá en conserjería.

Gimnasio. Se utilizará para las horas de Educación Física de Primaria y Secundaria según el horario establecido.

Se procurará que todos los grupos puedan disfrutar de, al menos, una hora quincenal, ya que en su programación se contempla el desarrollo de contenidos que solo se pueden trabajar en el gimnasio: expresión corporal, gimnasia deportiva en el suelo, uso de aparatos y colchonetas, etc., poniéndose de acuerdo con el profesorado implicado y consultando a jefatura de estudios.

Por último, se usará como espacio para realizar actividades tales como festivales, teatros, etc. En momentos puntuales y previa solicitud al Ayuntamiento, el AMPA o asociaciones de otro tipo, pueden solicitar su uso, controlado por personas ajenas al

Centro y el Consejo Escolar deberá autorizarlo.

Las canchas deportivas se utilizarán durante las clases de Educación Física y en los recreos. Está prohibido que el alumnado juegue solo en las canchas durante las horas de Enclase.época

de lluvias se podrá compartir con Primaria la cancha techada de Secundaria, poniéndose de acuerdo los profesores implicados y comunicación a la Jefatura de Estudios, siempre y cuando no coincida con los recreos de Primaria o Secundaria.Biblioteca.Existe

un horario de uso de la biblioteca por grupo y día de la semana, tanto durante la jornada lectiva como en los recreos. En el caso de que algún profesor/a quisiera hacer uso de la biblioteca con su grupo en alguna de las horas libres, podrá reservar el espacio notificándose en Secretaría.

➢ En las horas del recreo se permite el acceso del alumnado según la prioridad establecida en el horario diseñado a tal fin.

➢ Dentro de la biblioteca y en el patio de lectura se mantendrá la norma común de orden y silencio y se podrá utilizar para leer, tarea de clase o estudio.

➢ No se permite consumir alimentos ni bebidas.

➢ Se exige cuidar el material bibliográfico, dejar todo en orden después de su uso y seguir las indicaciones marcadas por el profesorado que esté en ese momento.

Baños. Por razones de seguridad no se permite el uso de los baños durante los recreos, salvo casos de necesidad urgente. El alumnado podrá ir al aseo al menos una vez durante la jornada y una segunda en caso de extrema necesidad, según criterio del docente responsable del grupo. La visita al baño se anotará en el diario de grupo. Cada profesor/a contará con una tarjeta que deberá dar al alumno/a para autorizarlo a salir del aula. Cualquier profesor/a que detecte un problema de falta de mantenimiento, rotura, desperfecto y/o limpieza, lo debe hacer constar en la Secretaría para su posterior

Ensolución.casode

deterioro por parte del alumnado, tiene la obligación de reponer, bien en dinero o en especie, el mobiliario dañado. Si las familias se niegan a reponerlo, se les advierte de que sus hijos/as serán objeto de una nueva falta que conlleva la apertura de expediente por incumplimiento de la sanción anterior. Se les dará quince días de plazo que se contarán a partir del día siguiente de la realización del mismo. Si pasados los quince días no se hubiera repuesto el material dañado, se abriría un nuevo expediente que supondría la expulsión definitiva del Centro.

6.4 Asistencia y puntualidad.

La falta a clase de modo reiterado imposibilita la correcta adquisición de las Competencias.

6.4.1. Entrada y salida del centro.

En general, en todas las actividades a las que se quiera acceder al Centro, será imprescindible identificarse en la Conserjería del centro, mediante lo estipulado para cada colectivo o persona ajena al centro.

Es importante que el profesorado del Centro se implique en preguntar por la identificación si ven a alguna persona ajena o que realiza alguna acción impropia de un centro educativo.

La puerta se abrirá a las 07:55 y se cerrará a las 08:00 horas en SECUNDARIA y a las 08:30 y se cerrará a las 08:35 horas en INFANTIL y PRIMARIA.

Después de esta hora, el alumnado sólo podrá acceder por la entrada a secretaría. Si viene acompañado de un familiar mayor de edad y trae justificante de su retraso, subirá al aula en el momento de la incorporación. En caso contrario, permanecerá en administración hasta el comienzo de la siguiente clase.

El alumnado que llegue tarde deberá esperar al cambio de hora para incorporarse a su clase. Además, se deberá rellenar los impresos que se le entregarán en administración para que justifique su retraso.

Durante la jornada escolar no se podrá abandonar el Centro salvo causa justificada. En ese caso, al alumnado menor de edad, deberá recogerlo el padre, madre o persona autorizada, mayor de edad, que firmará el impreso correspondiente, mostrando su D.N.I. Ver el apartado referido al profesor de guardia.

6.4.2. Horarios de clase, faltas de asistencia del alumnado, puntualidad y retrasos.

Las sesiones serán de 55 minutos. Una vez iniciada la clase el profesorado anotará el retraso y las faltas del alumnado en el cuaderno de seguimiento de la tutoría.

Se comunicará a la familia tanto la falta como el retraso, a través de la aplicación Pincel Ekade.

- En caso de faltas o retrasos reiterativos lo pondrá en conocimiento de Jefatura y se llamará por teléfono a las familias. El tutor/a a fin de tomar las medidas oportunas.

Tres retrasos injustificados equivalen a una falta y tendrán la consideración de falta leve por reiteración.

El profesorado utilizará el cuaderno de seguimiento de la tutoría para reflejar las faltas del alumnado, y le corresponde al tutor/a la justificación de las faltas, que realizará mediante la comprobación oportuna de la misma.

6.4.3 Número máximo de faltas de asistencia por curso y procedimientos para su justificación.

El absentismo escolar será objeto de control de conformidad con lo previsto en la normativa general de aplicación en esta materia. En especial será de aplicación lo regulado en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor; en la Ley Territorial 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral del Menor y, en especial, en las normas específicamente contenidas en la orden de 28 de julio de 2006.

La asistencia a clase es obligatoria. El alumno o alumna que falte a alguna clase por causa justificada, deberá presentar justificación por escrito al tutor/a y a aquellos profesores que se lo soliciten. Las justificaciones del mes serán entregadas a

Jefatura.Cuando

la familia o tutores/as legales sepan que la falta del alumno/a va a ser prolongada, deberán avisar al centro para que se le proporcione la tarea de las distintas asignaturas.

El plazo de presentación de los justificantes a los profesores será de tres días contados a partir de la reincorporación del alumno/a a clase. Las faltas no justificadas en el plazo indicado se consideran injustificadas, y su acumulación a lo largo del curso puede causar la pérdida del derecho a evaluación continua.

Cuando el alumno/a acumule el número de faltas injustificadas que da lugar al primer apercibimiento, el tutor/a lo tramitará, recabando la firma del/la Jefe/a de Estudios y dándole registro de salida en Secretaría. El apercibimiento (original y copia) se enviará por correo, entregando posteriormente el alumno/a al tutor/a la copia firmada por el padre o la madre o tutor/a legal (en el caso de ser mayor de edad, puede firmar el propio alumno/a), en el plazo de una semana. La acumulación de faltas injustificadas después del primer apercibimiento dará lugar al segundo, y este al tercero, que supone la pérdida del derecho a evaluación continua.

La relación de alumnos/as a los que se ha enviado el tercer apercibimiento se llevará a la primera sesión que se convoque del Consejo Escolar, el cual debe aprobar la pérdida del derecho del alumno/ a a la evaluación continua. En este caso, la Secretaría le enviará la notificación por correo.

6.4.4 Motivos que justifican las faltas del alumnado.

○ Enfermedad del alumno/a: se justificará con el correspondiente parte médico/receta/nota firmada.

○ Enfermedad de un familiar: se justificará con la correspondiente nota firmada por el Padre/Madre/Tutor-a legal.

Muerte de un familiar: se justificará con la correspondiente certificado/nota firmada por el Padre/Madre/Tutor-a legal.

Traslado de domicilio se justificará con la correspondiente nota firmada por el Padre/Madre/Tutor-a legal.

Deberes inexcusables se justificarán con el correspondiente Documento acreditativo/nota firmada.

○ Competiciones deportivas: se justificará con el correspondiente certificado de asistencia.

Viajes de larga duración se justificarán con el correspondiente documento acreditativo y el equipo educativo valorará la idoneidad o no de su justificación.

○ No están justificadas las ausencias por otros motivos.

6.5 Comunicación exterior: vías de comunicación con las familias (Consultar el Plan de Comunicación del Centro).

6.5.1. Informaciones de carácter general (Vías de comunicación con las familias).

El Plan de Comunicación del centro establece que la comunicación con las familias se realizará vía Canal de Télegram, página web y redes sociales del centro: Facebook, Instagram, etc.

Además el centro cuenta con un correo electrónico y un teléfono directo. El horario para atención a las familias es de martes a viernes de 9h a 11:30h.

6.5.2. Informaciones de carácter particular, apuntes de clase, apercibimientos, etc.

Los tutores/as y otros docentes comunicarán a las familias toda información relevante sobre el alumnado a través de la Aplicación Pincel Ekade, Google Classroom, por vía telefónica o por correo electrónico.

Las autorizaciones para salidas y otras informaciones podrán entregarse por escrito,

siempre que deban devolverse firmadas.

Los partes de incidencia y disciplina se redactarán por el equipo de convivencia y se recogerán, una vez firmados, en la Secretaría del centro.

Asimismo se les podrá hacer llegar pautas u orientaciones a la familia por escrito, para mejorar la corresponsabilidad familiar y ayudar más eficazmente al alumnado.

También podrán encontrar información de carácter general en el tablón de anuncios colocado en el vestíbulo del edificio donde se encuentra la secretaría del centro, en los carteles informativos que se colocan en determinadas ocasiones como por ejemplo, para anunciar las fechas de preinscripción, oferta educativa, etc.

6.5.3. Notificaciones de Absentismo

Las familias del alumnado podrán ver las faltas o anotaciones en el programa Pincel Ekade, y así estar informados de las ausencias de sus hijos/as, así como de las anotaciones sobre su comportamiento en el aula. En caso de ausencias el propio programa enviará SMS a las familias para su notificación.

6.6 Comunicación interior: Equipo Directivo y docentes. (Consultar el Plan de Comunicación del Centro).

Una de las señas de distinción del CEO Playa Blanca es la comunicación, fluida y continua, tanto entre el equipo docente como hacia el exterior: alumnado y familias. Es tarea de todos potenciar y dinamizar los distintos canales y redes de los que puede aprovecharse un centro educativo.

1 INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PARA EL DOCENTE ● Página web ● Google Drive ● Servidor Medusa 2 CANALES DE COMUNICACIÓN ● TELEGRAM OFICIAL CENTRO - DOCENTES

3 REDES DE DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN Y PRODUCCIONES

Se debe tener en cuenta que las producciones que se suban a redes sociales no deben mostrar las caras de nuestro alumnado, salvo casos excepcionales autorizados por Dirección o Jefatura de Estudios y previa autorización familiar.

REDESComoPEDAGÓGICASlíneageneral del Centro, y por recomendación de la Consejería, utilizaremos en todas las etapas el Google Classroom como organización, gestión y trabajo en el aula y con el alumnado.

En Ed. INFANTIL y hasta 2.º de PRIMARIA se podrá hacer uso de CLASS DOJO para comunicarse con las familias. Los usuarios del alumnado serán aquellos registrados en la consola de Gsuite y que se facilitarán a principio de curso.

En Ed. SECUNDARIA, toda incidencia, tanto positiva como negativa, se comunicará a las familias mediante una anotación en Pincel Ekade.

6.7 Procedimiento establecido para la atención de los alumnos/as en caso de ausencias cortas del profesorado.

Infantil y Primaria

Si las ausencias son programadas, el docente que va a faltar dejará en su aula a la vista, y entregará copia a la jefatura de estudios (puede ser vía email) la relación de las actividades planificadas para ese día.

Jefatura de Estudios organizará las sustituciones pertinentes utilizando el horario de sustitución del profesorado del que se dispone para este fin y se lo comunicará al profesorado afectado.

● TELEGRAM OFICIAL CENTRO - FAMILIAS ● TELEGRAM COORDINACIÓN INFANTIL-PRIMARIA ● TELEGRAM COORDINACIÓN SECUNDARIA
● WEB ● FACEBOOK ● TWITTER ● INSTAGRAM

Se suspenderán los apoyos si fuese necesario y ese profesorado atenderá a un grupo en cuestión e incluso el profesor/a que apoya en un determinado grupo se hará cargo del mismo si fuese necesario en ausencia de su tutor.

Secundaria

En casos de ausencia del profesor del alumnado de la ESO, el profesorado está en obligación de comunicar a Jefatura Adjunta de Secundaria la ausencia así como de justificar su falta.

El profesorado que va a faltar comunicará a la Jefatura Adjunta de Secundaria las actividades a realizar en su asignatura, así como de facilitar el acceso a las mismas del profesorado de guardia y del alumnado, en caso de colgarlas de manera telemática.

Desde la Jefatura Adjunta de Secundaria se organizarán las sustituciones atendiendo al cuadrante de guardias y sustituciones cortas establecido.

Cuando se realice una salida complementaria o extraescolar, el profesorado que tuviera actividad lectiva en los grupos que salen del centro para realizar la actividad, quedarán a disposición de la Jefatura de Estudios, que elaborará un horario para atender al alumnado de los grupos afectados que no participan en la actividad programada y a aquellos grupos que se queden sin profesorado, tomando las medidas de organización del alumnado que estime necesarias.

6.8 Concreción de las normas de convivencia y del procedimiento para la resolución de conflictos y de las conductas sancionables.

Si hay algún malestar en clase o individualmente con algún profesor o profesora los pasos a seguir son los siguientes:

1.º: Se pide al profesor/a tratarlo, en clase, si es del grupo, o individualmente, si es personal. Se cuenta con el aula de convivencia para la resolución de conflictos

tanto por parte del profesorado como mediante la tutoría entre iguales.

2.º: Si el problema no se resuelve se le plantea al Tutor o la Tutora.

3.º: Si en los dos pasos anteriores no queda resuelto, el delegado o delegada de clase, o individualmente, dependiendo de la característica del problema, lo planteará en la Jefatura de Estudios.

6.8.1. Normas de convivencia: Concretadas en el Plan de Convivencia del centro.

No está permitido fumar, beber o consumir cualquier otro tipo de sustancias perjudiciales para la salud, tanto fuera como dentro del edificio.

La prohibición del consumo de pipas y chicle se extiende a todo el recinto escolar, incluido el patio.

El alumnado no debe permanecer en las escaleras ni pasillos durante las horas de clase.

El alumnado no debe permanecer en los patios durante las horas de clase.

Deben respetar el material del Centro e instalaciones. Esto significa tener cuidado con puertas (no dar portazos ni forzarlas), ventanas, paredes, etc.

Deben ser puntuales.

Es obligatorio venir con el material necesario para las clases, así como la indumentaria adecuada para la clase de Educación Física.

Deben cuidar su aseo personal y evitar la transmisión de la pediculosis. A este respecto se establece el siguiente protocolo de actuación, cuyos pasos son los que a continuación se señalan:

1.º PASO: Mandar una primera circular informativa en la que se habla de la prevención, el contagio y el tratamiento de la pediculosis.

2.º PASO: mandar de nuevo una circular más específica que la anterior y dirigida, sobre todo, a las familias que no han tratado la infección. En ella ya se indica que se tomarán otras medidas si persiste la situación de infección.3.ºPASO:

Los tutores/as llamarán a las familias para advertirles de la

situación y de que deben tratar a sus hijos/as para evitar infecciones y

4.ºcontagios.PASO:Se

cita a las familias para que, por escrito, firmen un compromiso acerca de la advertencia y de que están enterados de la situación.

5º PASO: Comunicación a asuntos sociales en caso de persistencia de la situación. En casos de falta de higiene extrema y reiterada se podrán seguir los pasos anteriores, descritos para la pediculosis.

El alumnado general del CEO controla sus esfínteres, como es habitual a estas edades, pero si en algún momento los niños/as no lo hicieran, sus responsables legales acudirán al Centro a cambiarles la ropa.

El alumnado acudirá al centro con ropa y calzado adecuados, como se detalla en el punto 5 de este documento.

Deben cuidar su propio material y el de sus compañeros/as. Lo que incluye no tirar, quitar, romper el material y/o trabajos del resto de sus compañeros/as. Todo el alumnado está obligado a traer al Centro el material de préstamo; así como, el material mínimo imprescindible de la enseñanza básica.

Deben tener cuidado con la limpieza: no tirar papeles, no escribir en paredes, mesas ni bancos. Por tanto no pueden escupir papelitos mojados con los tubos de los bolígrafos, escribir y/o estropear mesas, sillas, paredes…, etc.

Deben tener respeto mutuo a:

La ideología personal (no insultar).

La integridad física (no violencia, ni siquiera diciendo que es un juego).

Los objetos personales (no robos).

○ Material en el aula (no estropear los trabajos, carteles, adornos del aula, puertas, ventanas…).

Las instalaciones en general.

El alumnado tiene el deber de dirigirse al profesorado y al personal no docente, con respeto y buenos modales, y el derecho a ser escuchado en sus quejas o demandas cuando lo haga también con respeto y siguiendo los cauces adecuados.

En el aula el alumnado debe permanecer en el sitio que les ha asignado el tutor/a o el profesor/a que les dé clase en ese momento y no levantarse sin Debenpermiso.respetar

el turno de palabra y no interrumpir ni al profesor/a ni a sus compañeros/as, así como utilizar un volumen moderado.

Respetar al profesor/a.

No molestar a sus compañeros/as, que están ejerciendo su derecho al Trabajarestudio. y hacer las tareas. Respetar las normas establecidas en el aula y en el Centro. Cualquier falta de respeto grave, gritos, alteración del orden, gestos inapropiados y /o reiterados, se considerará falta grave, tomando por tanto, las medidas contempladas en el artículo 66 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo y se podrá llamar a sus padres o tutores legales para que vengan a recogerlo al centro.

La reincidencia en dichas cuestiones será objeto de estudio por la Comisión de Convivencia según lo estipulado.

Las agresiones físicas o verbales que perjudiquen gravemente la convivencia entre miembros de la comunidad educativa, serán objeto de objeto de estudio por la Comisión de Convivencia según lo estipulado.

Se solicitará permiso si se desea acceder a la sala de profesores/as, dirección, secretaría, jefatura de estudios y departamentos didácticos.

Se podrán traer balones y pelotas al centro para uso exclusivo en el recreo, siguiendo estrictamente las siguientes pautas:

En la cancha cubierta está permitido el juego de baloncesto, quemado, juegos de mesa, y otros que no impliquen riesgo de golpes para el resto de usuarios.

En la cancha azul se permite el juego de fútbol sala.

El material considerado peligroso, inadecuado o que sea traído o utilizado sin permiso podrá ser retirado y entregado en Dirección para su recogida posterior por parte de la Estáfamilia.prohibido

el uso de móviles, cámaras de fotos y vídeos u otros aparatos en las horas de clase y durante la permanencia en el Centro salvo que exista petición expresa por parte del profesorado para la realización de una actividad

Lapuntual.Dirección

del Centro no se hace responsable ante la pérdida o robo de los mismos, ni de otras cosas de valor que traigan al centro. El profesorado podrá retirar cualquiera de estos objetos, y entregarlos a un cargo directivo, que lo depositará en un lugar seguro. Tendrá que venir el padre/madre/tutor del alumno a recogerlo.

No puede grabarse o tomarse fotos con móviles, cámaras de fotos y/o videos dentro del instituto sin supervisión del profesorado. El incumplimiento de esta norma será notificado a sus padres previa incautación de los aparatos en Loscuestión.alumnos/as de Secundaria no pueden acceder a la zona de Infantil-Primaria ni los de Infantil-Primaria a la de Secundaria sin la autorización conveniente.

Los alumnos y alumnas están obligados a permanecer en el recinto del Centro durante la jornada escolar, con independencia de su edad y de la etapa o estudios que realicen. Por tanto, aunque el alumnado cumpla la mayoría de edad, sus obligaciones a este respecto son las mismas que para el resto.

6.8.2 Procedimientos para la resolución de problemas. Concretado en el Plan de Convivencia.

Los pasos a seguir ante un problema de convivencia en el aula son:

1. Si son conductas contrarias a la convivencia de carácter leve: el profesor/a que esté en ese momento con los alumnos/as (ya sea dándoles clase, como estando de guardia), podrá tomar las siguientes medidas: reflexionar dentro del aula, reconocimiento de la inadecuación de su conducta ante las personas perjudicadas, realizar tareas relacionadas con la conducta inadecuada, compromiso escrito entre profesor/a-alumno/a, apercibimiento verbal y comunicación a sus familias. Si el profesor/a estima que el alumno/a se tranquilizará y cambiará su actitud sacándolo del aula un momento (para luego, al finalizar la clase, hablar con él en privado), lo hará mandándolo con el profesor de guardia y con alguna actividad para realizar, volviendo al aula después del tiempo que el responsable de la misma considere oportuno. En el caso de los aparatos electrónicos usados en el aula y otras dependencias se aplicará lo dicho en el apartado

El tutor/a del grupo podrá tomar otras medidas, además de las señaladas para el profesor/a del aula, tales como:

Apercibimiento escrito con orientaciones, realización de trabajos educativos o tareas después del horario lectivo y privación del recreo por unos días (según el artículo 65 del Decreto 114).

2. Ante la reiteración de faltas leves o cualquier incidencia puntualmente grave, si el profesor/a de grupo y/o el tutor/a, o la Jefatura de Estudios lo considera, se podrá optar por la medida de dejar a algún o algunos de los miembros del alumnado sin la asistencia al recreo (los días se fijarán según la gravedad de la incidencia, pero no deberá ser superior a 10 días).

En caso de que la Comisión de Convivencia lo estime oportuno, el alumnado reincidente podrá ser emplazado al desempeño de tareas de servicio a la comunidad y/o colaborar como ayudante con profesorado de una etapa inferior.

3. Si es una conducta contraria a la convivencia de carácter grave (artículo 63 del Decreto de convivencia 114):

Enviar al alumno/a o delegado/a al profesor de guardia donde se le facilitará el parte de incidencias (si el profesor no dispone de una copia)

4. Cumplimentar el parte de incidencias. En aquellos casos en que el alumno/a esté demasiado alterado/a, y si el profesor/a lo considera conveniente, el alumno/a permanecerá con el profesor/a de guardia hasta que se calme y éste decida que ya puede entrar de nuevo al aula. Se utilizarán los partes de incidencia sólo cuando sean faltas graves o leves reiteradas. De lo contrario, se utilizará el libro de incidencias del curso, que será revisado periódicamente por el tutor/a, quien deberá tomar las medidas oportunas y a tiempo.

5. El profesor/a que ha tenido el conflicto hará dos copias del parte, se quedará con una y otra la entregará al tutor/a. El original será para el alumno/a, que deberá devolverlo debidamente firmado por sus padres al día siguiente.

6. En los casos graves y/o muy graves que el profesor/a lo considere necesario, enviará al alumno/a, el/la Jefe/a de Estudios, siempre que la incidencia se produzca en el horario de atención del mismo. Si el hecho es verdaderamente grave y se produce fuera del horario de el/la Jefe de Estudios, el profesor/a de guardia pedirá la intervención del Director/a o en su defecto del cargo directivo presente en el Centro.

7. El profesor/a que haya tenido el incidente será el encargado de sancionar al alumno/a en los casos de menor importancia. En los casos repetitivos, la Comisión de Convivencia decidirá la sanción de tipo educativo así como la manera de comunicarse con la familia (convocar una reunión con la familia del alumno, hablar telefónicamente…).

8. Será el tutor/a el encargado de controlar el número de partes de incidencia de su alumnado, decidir si debe convocar al equipo educativo y tomar medidas educativas de forma conjunta, contactar con las familias para intentar solucionar el comportamiento de su hijo/a, además de comunicarlo a jefatura.

9. En los casos de conductas que perjudican gravemente la convivencia, la jefatura de estudios y/o la dirección, podrán decidir la apertura de expediente y la toma de medidas cautelares con el alumnado.

6.8.3. Sanciones y medidas educativas. Estipuladas en el Plan de Convivencia.

Se establecerán las recogidas en el Decreto de convivencia 114/2011 y las desarrolladas y aprobadas por el Consejo Escolar, así como las establecidas en el Proyecto Educativo del Centro. Libro de incidencias del grupo. Es un cuaderno en el que se habilita una lista de los alumnos/as del grupo para que el profesorado del equipo educativo pueda registrar las ausencias/retrasos, si asisten al baño en esa hora de clase, si realizan la tarea, así como las incidencias acaecidas en clase, de forma que puedan ser

conocidas por el tutor/a. Será revisado por el tutor/a semanalmente y puede ser requerido para consulta por la Comisión de convivencia.

En casos concretos, cuando no se produzcan cambios favorables después de aplicada las medidas correspondientes y el alumno/a persista en su actitud negativa con respecto al resto del alumnado y/o a la buena marcha de los servicios complementarios, se adoptarán medidas posteriores, tras audiencia previa de los interesados y sus madres/padres o tutores legales, en beneficio de la convivencia y buena marcha de la globalidad del alumnado que hace uso de ambos servicios. Pudiéndose aplicar las medidas establecidas en los artículos 66 y 67 del citado Decreto de convivencia 114/2011. Después de poner en práctica las medidas que correspondan y persistiendo en conductas que perjudican gravemente la convivencia, abandonará el servicio por lo que reste de curso escolar. Esta medida extraordinaria no impide la posibilidad de volver a solicitar la participación en los servicios complementarios en el curso siguiente, aplicándose el mismo baremo que a los demás solicitantes. Cuadro resumen de aplicación de medidas en los servicios complementarios:

3 días de suspensión del derecho a utilizar el servicio (según apartado c del artículo 66 del Decreto 114)

1 mes de suspensión del derecho a utilizar el servicio (según apartado b del artículo 67 del Decreto Suspensión114)del

derecho de asistencia al servicio hasta finalización del año académico (según apartado b del artículo 67 del Decreto 114)

El Plan de convivencia complementará, favorecerá e incluso en algunos casos, podrá evitar la aplicación de la citada tabla de medidas educativas que se tendrán que establecer en los supuestos que se indican.

6.9 Protocolo operativo de la Comisión de Convivencia.

1. Todo el profesorado tiene a su disposición el documento de seguimiento de los casos de gestión de la convivencia para anotar lo que sea necesario en función de

lo expuesto en este documento y en el Plan de Convivencia del Centro.

2. Durante la reunión de la Comisión, las diferentes amonestaciones son leídas y valoradas por sus miembros.

3. Se registran en el documento y se notifica por escrito y por teléfono a las familias las sanciones adoptadas.

4. El profesorado queda informado de manera permanente de las decisiones adoptadas por la comisión de convivencia.

5. La familia acudirá al centro a firmar la notificación de la sanción impuesta.

6. Las decisiones acordadas en reunión oficial de la Comisión de convivencia son de obligado cumplimiento. Su incumplimiento se considerará falta muy grave, pudiendo dar lugar a medidas sancionadoras más severas, como la apertura de expediente disciplinario.

6.10 Tutorías.

Las tareas de los tutores se detallan en la ORDEN de 28 de julio de 2006 del Boletín Oficial de Canarias núm. 161, viernes 18 de agosto de 2006 y en la ORDEN de 7 de noviembre de 2007 del Boletín Oficial de Canarias núm. 235, viernes 23 de noviembre de 2007.

En el caso de nuestro centro además de estas tareas que se recogen de forma general en la normativa, las funciones del profesor tutor/a son las que a continuación se detallan:

- Faltas en Ekade: los tutores/as pasarán las faltas de manera diaria. En los tres siguientes días a la falta, se podrá justificar siempre que se presente un documento justificativo.Estoimplica controlar las justificaciones que le entreguen los alumnos/as, así como los documentos de salida y entrada irregular al centro (que les serán

entregados periódicamente). Recuerden que los tutores/as son los responsables de evaluar si las justificaciones de las faltas son válidas, ya que son estos los que tienen un contacto más cercano con las familias.

- Retrasos de 1.ª hora: Revisarán semanalmente y en sus horas de acción tutorial (sin dejar que se acumule) el control de “Retrasos a 1.ª hora”. Enviarán comunicaciones a las familias (utilizando el portal de la consejería de educación dispuesto para tal fin) de aquellos alumnos/as que hayan llegado tarde a clase; así como a aquellos que han faltado y no han entregado justificantes.

Tres retrasos equivalen a una falta en la asignatura donde se hayan producido esos retrasos. En el caso de Infantil-Primaria los tutores/as deben recoger los días que llegan tarde sus alumnos/as, así como los días que salen antes.

- Asistencia al baño

Se podrá acudir al baño una vez durante la jornada y una segunda en caso de urgencia, si el profesor lo estima necesario. Así mismo para mejorar el control de los baños se ha establecido lo siguiente:

● La asistencia al baño se anotará en el cuaderno de aula.

● Durante el recreo no se puede ir al servicio, salvo causas justificadas.

Información sobre sus alumnos/as.

El tutor/a al principio de curso recogerá, y actualizará cuando sea necesario a lo largo del curso, toda información importante de sus alumnos/as (números de los DNI de las personas autorizadas, teléfonos de contacto con las familias, direcciones, si asiste al comedor o no, comprobación de las asignaturas pendientes…).Conlainformación

anterior durante el primer mes de clase del curso, hará un vaciado en el modelo dispuesto para este fin en Drive y en Administración, para que quede recogido en el libro “Información sobre tutorías” que servirá durante el curso para consultar teléfonos de contacto con las familias del alumnado de las distintas tutorías, los DNI de las personas autorizadas para recoger a un alumno, etc.

El profesorado utilizará la agenda del alumno/a o los canales de comunicación de los que disponga para concertar una reunión con aquellas familias con los que les gustaría entrevistarse o con los que deben ponerse en contacto.

Cada mes es necesario haber tenido alguna comunicación con la familia ya sea por carta, por teléfono o por la vía de una agenda con el alumno.

En el caso Primaria, la utilización de la agenda o libreta es fundamental para la comunicación en la etapa de Primaria con las familias y óptimo seguimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CON LAS ENTREVISTAS A PADRES/MADRES con historial de conflictos:

➢ Los padres y madres son los responsables de sus hijos/as y el comportamiento de éstos ante la Ley. Por tanto, es obligación de las familias acudir a las llamadas del Centro educativo ante cualquier situación - académica o de conflicto- relacionada con su hijo.

➢ Los padres, madres o tutores legales de los alumnos y alumnas tienen el deber de acudir al Centro educativo siempre que se les requiera para una cuestión relacionada con su hijo/a.

➢ Siempre que el profesor/a encargado de realizar la entrevista lo crea necesario, el encuentro tendrá lugar en presencia de un testigo (otro profesor). Los acuerdos tomados en dicha reunión deben recogerse por escrito y ser firmados por todas las partes (profesor, padre y testigo)

➢ Cuando la cita no tenga lugar porque el responsable legal del alumno/a no acude, ha de levantarse acta del hecho igualmente, firmando también el profesor/a que la tenía concertada ( y algún testigo, que podría ser el profesor de guardia, Jefatura…).

➢ Cuando la inasistencia a una cita en el Centro sea reiterada, se entenderá que el familiar del alumno/a está cayendo en dejación de su responsabilidad legal y se comunicará, igualmente, a Jefatura para que

derive el asunto al organismo competente.

En referencia al protocolo de actuación por parte del profesorado:

● Cita previa.

● Preparar cita y acta de los acuerdos.

● Hacerse acompañar por algún compañero/a o algún miembro del equipo

●directivo.Tomarnota de lo hablado.

● Redactar comportamientos reiterados e informar.

6.11 El profesorado y el profesorado de guardia.

6.11.1. Normas generales.

Puesto que el orden en los espacios de uso común en el centro es fundamental para el mejor funcionamiento y aprovechamiento educativo, cualquier profesor, velará para que se mantenga el clima académico idóneo. Y para ello, las normas básicas de funcionamiento en el centro a tener en cuenta por el profesorado son:

● Las clases en secundaria comienzan a las 8:00 y tienen una duración de 55 minutos. En Primaria e Infantil comienzan a las 8:30 y duran 55 minutos. Puntualidad a la hora de entrar en el aula y en las guardias.

● El profesorado no abandonará el aula hasta que llegué el profesor/a de la siguiente hora. Esta norma requiere especial diligencia en la puntualidad y en el cumplimiento por parte del profesorado, para evitar conflictos y disminuir la peligrosidad en los cambios de clase.

● En los cambios de hora no se puede salir a los pasillos.

● El profesorado de guardia se encargará de garantizar la fluidez en el uso del baño, de manera que no se acumule alumnado en espera en el pasillo.

● En cada aula existe un libro de incidencias donde se anotan aquellos hechos relevantes durante la jornada lectiva.

● Tenemos un registro de grupo en el que se anotarán diariamente los alumno/a que faltan y/o llegan con retraso, quien asiste al baño, etc.

● El profesorado será responsable del correcto uso del móvil en el aula durante su asignatura, así como de que las normas de convivencia se cumplan.

● En el caso de que algún profesor/a quiera que sus alumnos/as continúen en clase durante el recreo debe quedar con ellos en la entrada, dirigirlos a la clase y estar con ellos/as durante todo el recreo.

● No está permitida la fotocopia o impresión de material de textos, imágenes o documentos en general de uso personal o particular de ningún tipo.

● Tenemos que ir a clase con todo el material necesario: rotuladores, fotocopias, etc, para evitar el paseo de alumnos por los pasillos.

● Aulas específicas (taller, aula EPV, Informática, Música, Idiomas): Las aulas específicas cuentan con un horario semanal. Algunas de ellas se pueden reservar semanalmente (tablón de jefatura). No dejaremos a los alumno/as solos en las aulas específicas.

● Llaves del centro (baños de recreo, aula de informática, taller, música, etc). Deben ser solicitadas en portería al conserje y devueltas al terminar la sesión para que estén disponibles para quien las necesite.

● No se pueden mandar a alumnos a hacer fotocopias.

● No se pueden dejar alumnos solos en el aula, ante cualquier incidente es responsable aquel profesor con el que debían estar.

● No se pueden dejar alumnos castigados en los pasillos.

● No se permite a los alumnos subir en la hora del recreo a las clases.

● Los responsables de cualquier incidente durante el recreo son aquellos que figuran en el turno.

6.11.2. Funciones generales del profesorado de guardia en secundaria.

RESOLUCIÓN DE 31 DE JULIO DE 2006, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS E INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS INSTRUCCIONES DERIVADAS DE LA ORDEN DE 28 DE JULIO DE 2006, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS INSTRUCCIONES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS.

II. FUNCIONES DEL PROFESORADO DE GUARDIA

Tercera.- Parte de la jornada de trabajo del profesorado de los institutos podrá

ser dedicada a actividades complementarias entre las que destacan las guardias…

Sin perjuicio de lo que el centro concrete en su Reglamento de Régimen Interior, el profesorado de guardia tendrá las siguientes funciones básicas: Ejecutar las medidas acordadas por el órgano competente del centro con respecto al alumnado, en casos de ausencia del profesor a una actividad programada y velar por el mantenimiento del orden tanto en las aulas en las que no esté presente el profesor como en los pasillos, las entradas y salidas de las clases y, en general, por el comportamiento de los alumnos fuera de clase y en el resto de las dependencias del centro, sin que esto suponga por parte de los demás profesores una inhibición de este mismo cometido.

Cuidar de que las clases comiencen y finalicen puntualmente, durante la hora en que permanece de guardia, así como registrar las incidencias en la puntualidad y asistencia del profesorado durante su turno de guardia, tanto en lo referente a actividades lectivas como a las no lectivas, utilizando adecuadamente el parte de guardia establecido para cada centro por la Jefatura de Estudios.

En caso de necesidad de atención médica a los alumnos por indisposición, accidente escolar u otra causa, realizar las gestiones para hacerla posible. Resolver, en colaboración con la Jefatura de Estudios o, en su caso, con cualquier otro miembro del equipo directivo, cuantas incidencias se produzcan durante el turno de guardia, dejando constancia en el parte correspondiente. En general, ejecutar cualquier acción que coadyuve al mejor funcionamiento del centro.Durante todo el período lectivo se realizarán Guardias de Profesores y Profesoras, centralizadas en el aula 6 de Secundaria, cuya finalidad es:

a) Procurar mantener el orden general del Centro. Hemos de estar especialmente vigilantes con los pasillos, en los cambios de clase b) Pasar lista y atender al alumnado, en sus aulas, cuando falte algún Profesor o Profesora, de forma que no alteren el normal funcionamiento del resto de las clasesc)Cuando tengamos que estar de guardia en un grupo, en él debe existir un ambiente de estudio, el alumnado no puede estar ocioso; pueden hacer tareas que tengan pendientes, leer o estudiar, pero no jugar ni salir al patio. En la sala de profesores del Centro hay unas carpetas donde cada Departamento ha recopilado

material para todos los niveles que nos puede servir para proporcionar a los alumnos.d)Comprobar la asistencia del Profesorado a clase y anotarlo en el libro de guardia.e)Firmar cada Guardia, en el libro para ello, de lo contrario no hay forma de saber quién la ha hecho o no.

f) El Profesor/a de Guardia deberá auxiliar oportunamente a aquellos alumnos o aquellas alumnas que sufran algún tipo de accidente, llamando a las familias y gestionando su traslado al Centro de Salud, en los casos que se requiera, y siempre solicitando la notificación expedida por el/la médico/a correspondiente que el Jefe de Estudios adjuntará al Parte Interno de Accidentes para el g)alumnado.Seprestará ayuda a cualquier compañero o compañera que lo requiera, cuando tenga que ausentarse del aula por motivos justificados y en extrema urgencia.

h) Cuando algún alumno o alguna alumna tenga que salir del Centro antes de finalizar la jornada escolar, se contactará telefónicamente con la familia para que acuda algún adulto a acompañarlo; si no fuese posible, no debemos dejarlo salir del Centro, en estos casos es conveniente contactar con el directivo de Guardia. i) Cuando un alumno o alumna sea expulsado o expulsada de clase (sólo debe hacerse en casos extremos y cuando su presencia altere el normal desarrollo de la clase) debe ir, acompañado/a del delegado/a de clase, al Profesorado de Guardia, que debe vigilar la tarea que le haya puesto el Profesor o Profesora que lo ha expulsado/a. Si aparecen sin tarea se volverá a la clase pidiendo qué debe hacer en esa hora. Es obligatorio que el profesor o profesora que expulsa a un alumno o una alumna de clase le ponga una tarea para realizar en esa hora. Además siempre debe ponerle el correspondiente Parte de Incidencias y entregar copias al tutor o tutora y a la Jefatura de Estudios.

j) Cuando un grupo sale del Centro y quedan profesores libres, pasan a formar parte del cuerpo de guardia y se acogerán a las normas generales que debemos seguir ante la ausencia de un profesor o profesora.

Observaciones.

• La puntualidad en la guardia debe ser tan escrupulosamente cumplida, o más si cabe, que el horario lectivo.

• El profesorado de guardia es el responsable de que se pueda impartir clase con

normalidad. Por ello es muy importante incorporarse a la guardia lo más rápido posible e ir entrando al alumnado en las aulas si algún profesor o profesora se retrasa.

• La hora de guardia es para cumplir las funciones propias de esta y NO para realizar otras tareas. Tienen la misma duración que las de clase. El profesor de guardia no puede abandonar el centro durante su guardia salvo en situación de contingencia o imprevisto grave, dando cuenta, en ese supuesto, de tal eventualidad al menos a un miembro del equipo directivo.

• Los profesores/as de guardia son responsables de las incidencias acaecidas durante su hora de guardia, aunque falten pocos minutos para que ésta finalice.

• Todas las incidencias acaecidas durante el turno de guardia (incluidas las guardias de recreo), deberán figurar en el libro. Asimismo todos los profesores/as de guardia deberán firmar en la planilla de guardia.

• Siempre que un profesor de guardia tenga que hacerse cargo de un grupo de alumnos de la ESO, o bien acompañar a un alumno a primaria o que precise atención médica, informará previamente al otro profesor de guardia si hubiere, así como al cargo directivo que esté disponible que pasará a ocupar su lugar.

• Incidencias del alumnado: se anotarán en el Parte de guardia. El profesor que expulse a un alumno de clase tendrá que rellenar un parte de incidencias y entregarle al alumno una tarea a realizar, pasados unos minutos según la gravedad del asunto el profesor de guardia acompañará al alumno al aula.

• Profesor de guardia de recreo en Secundaria: Se establecen 3 posiciones de guardia de recreo en Ed. Secundaria: 2 en la cancha cubierta, en cada una de sus entradas, y uno en la puerta del módulo.

1. Los profesores de guardia de recreo deberán llegar con puntualidad a sus puestos de guardia y no abandonarlos salvo causa justificada.

2. Queda prohibido entrar en los módulos durante el recreo salvo causa

3.justificada.Ningúnalumno/a debe quedarse en los pasillos ni en las clases ni en la biblioteca, si no es en compañía de un profesor.

4. En el caso de que algún profesor quiera que sus alumnos/as continúen en clase durante el recreo debe quedar con ellos en la entrada, dirigirlos a la clase y estar con ellos durante todo el recreo.

5. El profesorado de guardia de recreo debe, en la medida de lo posible, evitar que los alumnos/as tiren basuras, que se sienten en las barandillas para evitar caídas, que no se usen balones y otros materiales de manera inadecuada y, en general, que los alumnos tengan un comportamiento adecuado para un centro educativo.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE:

➢ El profesor/a que estuviese a cargo del accidentado comunicará a la Jefatura de Estudios, Dirección, tutor o profesor/a de guardia el suceso ocurrido y conjuntamente valorarán la situación.

➢ El tutor/profesor/a de guardia en función de la gravedad, llamará al 112 y seguirá sus instrucciones. Si la situación es menos grave, el profesor de guardia o el profesor encargado del alumno deberá:

● Avisar a la familia del alumno/a, informándole de la situación y del centro de salud al que se va a llevar.

● Cumplimentar el parte de accidentes del alumnado (Modelo recogido en el punto VII de este NOF) y reflejará el incidente en el libro de guardia.

● El profesor de guardia acompañará al alumno/a y permanecerá a su lado hasta que se hagan cargo sus familiares.

● El profesor acompañante entregará la documentación o información facilitada por el centro médico a la Jefatura de Estudios.

● En caso de que el profesor/a tenga que desplazarse al centro de salud con el alumno/a accidentado, se seguirá el protocolo de sustituciones establecido para cubrir sus horas lectivas.

6.12 Actuación en caso de situaciones de riesgo.

El CEO Playa Blanca cuenta con un Plan de Autoprotección y Evacuación del CEO, custodiado en dirección con copia en la zona compartida, y conocido por todo el profesorado a través del claustro hecho para tal fin como de los simulacros que se realizan periódicamente.

6.13 El seguimiento de la asistencia del profesorado.

6.13.1. La asistencia del profesorado se registrará mediante una hoja de firma diaria situada en Administración.

En el caso de Ed. Secundaria, constituye una obligación del profesorado de guardia reflejar en el libro de guardias diseñado al efecto, la asistencia a las actividades lectivas y complementarias del profesorado.

6.13.2. Instrucciones para la comunicación y justificación de faltas de asistencia del profesorado.

Cuando un/a profesor/a tenga previsto faltar por alguna de las causas justificables contempladas, deberá comunicarlo con antelación suficiente a la Jefatura de Estudios y, en su caso, tramitar la correspondiente licencia, sobre documento oficial, en la Secretaría del Centro y dentro de los plazos previstos, cuando la autorización corresponda al Director del Centro, a la Dirección Territorial, etc.

En el caso de una ausencia no prevista (enfermedad, deber inexcusable, etc.), deberá ponerse en contacto a la mayor brevedad posible (a través de teléfono, fax, de un familiar, etc.), con la Jefatura de Estudios, para paliar en la medida de lo posible los efectos de la ausencia y coordinar con los profesores de guardia las medidas a adoptar.Enelcaso de que la ausencia sea motivada por una baja médica, este documento debe remitirse con toda urgencia al Centro, para tramitar rápidamente la sustitución.

Una vez incorporado/a al Centro, justificará la falta, por escrito con el formato de justificación que tiene a su disposición en conserjería, entregándolo con los documentos acreditativos de la justificación de la misma, en la Secretaría del Centro, para su registro en un máximo de 72 horas.

Observaciones:

Es obligación del profesorado que falte entregar el justificante el mismo día que se incorpore y rellenar el impreso que existe para tal fin, sin necesidad de que se lo requiera jefatura de estudios.

Debido a que el centro debe llevar un registro de las bajas del profesorado y que Jefatura de estudios tiene que gestionarlas en Pincel y enviarlas a la Consejería, es necesario que el profesorado haga llegar estas bajas ya sea personalmente o por fax.

Por la misma razón, aquellos profesores que compartan su docencia en otros centros, deben hacer llegar a jefatura una copia de la justificación de su falta para evitar incoherencias en el envío de las faltas a través de Calidad de Datos.

6.13.3. Documentación acreditativa para justificación de faltas.

En general, la Jefatura de Estudios requerirá para las faltas que se han de justificar, los siguientes documentos acreditativos:

• Para faltas de un día, por enfermedad o indisposición: parte de asistencia a consulta, a un facultativo, un Centro asistencial, etc.

• Para faltas de un día, por deber inexcusable: certificado de asistencia expedido por el organismo correspondiente (juzgado, notaría, etc)

• Para faltas de 2 a 3 días, por enfermedad o indisposición: parte de asistencia a consulta, a un facultativo, un Centro asistencial, etc, en el que se indique la duración prevista o tiempo de reposo, dentro de este período.

• Para faltas de más de tres días, por enfermedad, es preceptiva la expedición del correspondiente parte de baja médica.

• Para cualquier otra circunstancia, se estará a lo que establezca en cada caso, la Jefatura de Estudios.

6.13.4. Aceptación de la justificación y/o requerimiento por la dirección del centro.

En el supuesto de que la falta no se justifique dentro del plazo de tres días (incluyendo la fecha/as de la falta), o habiéndose realizado tal justificación y los documentos acreditativos no sean suficientes a criterio de la Jefatura de Estudios, se requerirá por escrito a la persona interesada, dentro de los cinco días siguientes, con documento firmado por la Dirección y con registro de salida de la Secretaría, para que en el plazo de otros tres días (a partir de la fecha de notificación), presente los documentos justificativos que procedan.

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

1. Competencia de los directores y directoras en el ejercicio de la potestad disciplinaria de Faltas leves.

En relación con las faltas leves respecto al personal funcionario y laboral, docente y no docente, que presta servicios en su centro, en los casos que se recogen a

a)continuación:Incumplimiento injustificado del horario de trabajo, de permanencia obligada en el centro, hasta un máximo de nueve horas al mes.

b) La falta de asistencia al trabajo injustificada, en un día.

El control de asistencia y puntualidad del personal no docente se encuentra regulado en Artículo 28 de la ORDEN de 28 de julio de 2006, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y la Resolución de 18 de marzo de 1996, por la que se hace pública la Circular 1/1996, que dicta instrucciones sobre control de horarios y absentismo del personal no docente de los centros educativos.

“El secretario del centro, dentro de sus competencias, organizará las tareas y la

jornada laboral del personal de administración y servicios en función de las necesidades organizativas del centro, velará por su cumplimiento y pondrá en conocimiento inmediato del director cualquier incidencia que altere el normal funcionamiento del centro.”

El control de asistencia y puntualidad del profesorado se encuentra regulado en el artículo tercero de la Resolución de 3 de agosto de 2007, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de la Orden de 28 de julio de 2006 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que aprueba las instrucciones de organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria dependientes de esta Consejería y en el artículo segundo de la Resolución de 3 de agosto de 2007, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de la Orden de 28 de julio de 2006 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que aprueba las instrucciones de organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria dependientes de esta Consejería, que dispone:

“La puntualidad y asistencia a las clases y actividades complementarias serán controladas por la Jefatura de Estudios mediante el procedimiento que la Dirección del centro estime más adecuado, dejando siempre constancia documental de la asistencia diaria del profesorado. El registro de las incidencias se hará de tal forma que permita su archivo sin que sea posible modificar lo que en él se consigne. Cualquier ausencia del profesorado deberá ser justificada siempre por escrito. La Dirección estimará o no la justificación de los motivos alegados de acuerdo con lo establecido. En los casos en que un deber inexcusable, entendido como aquel cuyo cumplimiento no puede eludirse o cuyo incumplimiento hace incurrir en responsabilidad, surja de forma inesperada y el permiso no pueda solicitarse previamente, la persona afectada lo pondrá en conocimiento de la Dirección a la mayor brevedad posible. Tan pronto como se reincorpore al centro, comunicará por escrito el tiempo empleado y la causa que ha motivado su ausencia. Las ausencias y faltas de puntualidad en las que la persona alegue causas de enfermedad o incapacidad transitoria para el servicio, se pondrán en conocimiento de manera inmediata a la Dirección del

centro, justificándolas por escrito después de su incorporación al mismo.

La Dirección podrá solicitar, de la Inspección Médica correspondiente, tanto la comprobación de la causa determinante de la baja, como la duración estimada de la misma. En el caso de que la consulta médica no dé lugar a la expedición del parte de baja por enfermedad, la persona afectada solicitará comprobante de asistencia a la consulta, a los fines de justificar el retraso o la ausencia habidos.

Las faltas injustificadas de asistencia o puntualidad, sin perjuicio de que puedan constituir falta disciplinaria, entrañarán una deducción proporcional de las retribuciones. A estos efectos, si en el plazo de tres días de haberse cometido una falta de asistencia y/o puntualidad no constase en el Registro de Entrada del centro justificación escrita de la misma o, en caso de haberse presentado, no la estimase suficiente, la Dirección del centro requerirá a la persona interesada dentro de los cinco días siguientes para que la justifique debidamente en el plazo de tres días, iniciándose con este trámite de audiencia, en su caso, el correspondiente procedimiento sancionador. Tal requerimiento deberá constar en el Registro de Salida del centro.”

Es muy importante el requerimiento por parte de la Dirección del centro puesto que con el mismo se inicia el trámite de audiencia. Dicho trámite es vital durante el procedimiento disciplinario ya que es el único momento que tiene el interesado para defenderse y alegar lo que estime oportuno. Así se recoge en el Real Decreto 33/1986, que aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración General del Estado que señala en su artículo 18.2

“Para la imposición de sanciones por faltas leves no será preceptiva la previa instrucción del expediente al que se refiere el apartado anterior, salvo el trámite de audiencia al inculpado que deberá evacuarse en todo caso”.

La dirección del centro dictará resolución apercibiendo al interesado/a, en el caso, de que los justificantes presentados no sean estimados o no haya aportado documentación alguna.

Contra las resoluciones sancionadoras podrá interponerse recurso de alzada o reclamación previa a la vía judicial ante la Dirección General de Personal o la Secretaría General Técnica, según se trate de personal docente o no docente. Por todo ello, cuando el personal funcionario y laboral, docente y no docente que reincida en la comisión de faltas injustificadas de asistencia y/o puntualidad, siempre que las anteriores hayan sido objeto de sanción por falta leve, el director del centro mediante informe detallado de los hechos deberá elevar la comunicación al órgano correspondiente, según se detalla en el Punto 3 de estas LasInstrucciones.faltasleves prescribirán a los diez días.

2. Competencia de los directores y directoras para proponer otras faltas leves:

Los directores o directoras podrán proponer sanción disciplinaria por la comisión de faltas leves, distintas de las relacionadas en el apartado anterior y que se encuentran recogidas en el 4 artículo 60 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria y que se disponen a continuación:

a. La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados.

b. El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones.

c. El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deban ser calificadas como falta muy grave.

Además de éstas, comunes a todos los trabajadores, para el personal laboral se a.establecen:Eldescuido en la conservación de los locales, material y documentos de los b.servicios.Lanoutilización de la ropa de trabajo correspondiente a ese año, cuando haya sido requerido para ello.

Mediante un informe motivado se propondrá sanción disciplinaria a las Direcciones Territoriales de Educación de Las Palmas de Gran Canaria o de

Santa Cruz de Tenerife, órganos competentes para sancionar la comisión de las citadas faltas leves a todo el personal de centros educativos.

3. Competencia de los directores y directoras para comunicar faltas graves y muy graves:

Los directores y directoras de los centros docentes públicos serán competentes para elevar la comunicación de las faltas del personal del centro al órgano competente correspondiente, para el inicio del procedimiento disciplinario por faltas graves y muy graves.

Para el personal docente, la dirección del centro remitirá informe motivado a la Inspección de Educación para que una vez estudiado el caso, lo ponga en conocimiento de la Dirección Territorial de Educación, que propondrá, a la Dirección General de Personal, la apertura de expediente disciplinario por la comisión de las faltas graves o muy

graves.Enelcaso

de personal no docente la dirección del centro remitirá informe motivado a la Dirección Territorial de Educación, que propondrá, en su caso, a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, la apertura de expediente disciplinario por la comisión de las faltas graves o muy graves.

6.14 Calendario y organización de exámenes y demás pruebas

El calendario de pruebas objetivas escritas se fijará con la suficiente antelación para facilitar la organización del alumnado y el que no coincidan varios en el mismo día. En el transcurso de los exámenes, cuya duración no debe exceder de una hora, el alumno que finalice antes deberá permanecer dentro del aula, sin molestar al resto de compañeros. Se podrán celebrar exámenes fuera del horario habitual de clase, siempre que haya acuerdo entre profesorado y alumnado.

Una vez se hayan fijado las fechas de las pruebas escritas o entrega de trabajos, estas no deben cambiarse porque alteraría el normal funcionamiento de la ordenación prevista, perjudicando a los que cumplen y son responsables de su

propia organización, solo se hará en casos de fuerza mayor.

Los alumnos/as que no asisten a un examen, programado con antelación, deben justificarlo debidamente al profesor/a de la materia y este es el que debe considerar si la justificación es suficiente para repetir la prueba, o no. Será el profesor/a el que fijará y según su disponibilidad, la repetición de la prueba, procurando no alterar el normal desarrollo de sus clases y actividades programadas para la totalidad del grupo.

Los departamentos didácticos tienen la obligación de informar a los alumnos con asignaturas pendientes sobre las fechas, contenidos de los exámenes y forma de evaluar las materias pendientes.

6.15 Normas sobre la evaluación.

➢ Con el fin de garantizar el derecho a la evaluación objetiva se harán públicos, al comienzo de cada curso escolar, los criterios generales contenidos en la Concreción Curricular de Centro que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes, la promoción y titulación del alumnado.

➢ A fin de garantizar la función formativa que ha de tener la evaluación y lograr una mayor eficacia del proceso de aprendizaje del alumnado, los tutores/as y el profesorado mantendrán una comunicación fluida con estos y sus familias en lo relativo a las valoraciones sobre el aprovechamiento académico de los alumnos y la marcha de su proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

➢ Para facilitar a los alumnos de secundaria la asistencia a las sesiones de evaluación y ejercer su derecho a participar del proceso educativo se seguirá el siguiente procedimiento:

1. Podrán asistir a la sesión de evaluación el delegado y/o subdelegado

2. Actuarán como portavoces del grupo, nunca de forma individual. Para ello el tutor del grupo dedicará una reunión preparatoria de la evaluación en sesión de tutoría.

3. El grupo de alumnos tendrá el deber de resolver previamente, en la dinámica general del aula, los problemas presentados en la relación alumno-profesor. De no llegar a un acuerdo, se aborda el problema ante el tutor; si no surge ninguna solución esta se traspasa a la sesión de evaluación.4.Parauna

mayor operatividad de las sesiones de evaluación, los alumnos dispondrán de un tiempo máximo de 10 minutos para exponer sus distintos puntos de vista sobre la marcha académica del grupo. La exposición, entre otras, puede referirse a:

• Análisis global del grupo

• Comportamiento

• Relación profesor alumno

• Convivencia del grupo

• Dificultades de comprensión en las diferentes asignaturas

• Recursos

• Propuestas de cambio

5. Los/las representantes tienen la obligación de llevar lo tratado en la sesión de evaluación a sus respectivos grupos en la siguiente reunión de

6.tutoría.Lassesiones

de evaluación ordinaria o extraordinaria se desarrollarán en los días y horas que establezca la Jefatura de Estudios, siguiéndose por parte de los equipos educativos, al menos, los siguientes puntos:

◦ Evaluación por parte de los representantes de los alumnos (10 minutos como máximo)

◦ Evaluación y propuestas de mejora para el grupo

◦ Evaluación y propuestas de mejora personalizada.

◦ Toma de acuerdos para la resolución de problemas, si los hubiera

7. Cada sesión de evaluación tendrá una duración de 30 ó 45 minutos (según sea evaluación con o sin nota). Excepcionalmente el tutor podrá solicitar a la Jefatura de Estudios un tiempo superior, previa consulta a los miembros de la junta de evaluación.

Obligatoriamente las evaluaciones de las distintas áreas deberán figurar en los documentos correspondientes en general y si jefatura de estudios no estima otro plazo, 48 horas antes de las sesiones para que el tutor pueda preparar la sesión de evaluación.

8. En el caso excepcional de que un profesor/a decida cambiar una calificación después de la evaluación sin que se hayan entregado los boletines, deberá reunirse el equipo educativo para realizar otra sesión de evaluación en la que se argumente el cambio.

6.15.3. Reclamaciones de calificaciones o decisiones finales.

Cuando en la sesión final de evaluación se adopten calificaciones o decisiones inherentes a la evaluación que no satisfagan al alumno o alumna, estos o sus representantes podrán presentar reclamación a las mismas, en la secretaría del centro en el plazo de los dos días hábiles siguientes a la publicación o notificación de las calificaciones, dirigida al Director del centro.

El director o directora del centro, asesorado por el equipo educativo del alumno o la alumna y por la Comisión de Coordinación Pedagógica o, en su caso, por el equipo de etapa, resolverá y notificará por escrito la decisión tomada al interesado, en el plazo de dos días hábiles.

Si la persona afectada o su representante no estuviera conforme con la resolución adoptada podrá reiterar la reclamación ante la Dirección Territorial de Educación a través de la Secretaría del centro, en el plazo de dos días hábiles siguientes a su notificación, y, en su defecto, transcurridos diez días desde que inicialmente formulara dicha reclamación dentro del plazo señalado. La Dirección del Centro remitirá todo el expediente (reclamación, acuerdo o informe del equipo

pedagógico, copia del acta, etc.) a la Dirección Territorial de Educación al día siguiente al que se reciba la reclamación. La Dirección Territorial, previo informe de la Inspección Educativa y a propuesta de ésta, resolverá en el plazo de un mes.

Contra dicha resolución, o transcurrido el plazo sin que haya notificación de la misma, se podrá interponer en el plazo de un mes recurso ordinario ante el Director General de Centros, quien resolverá en el plazo de un mes, estimando en todo o en parte el recurso o desestimando las pretensiones del mismo, agotándose la vía administrativa.

Cuando se estime la reclamación o recurso se procederá a rectificar las calificaciones mediante diligencia extendida por la Dirección del Centro con referencia a la resolución adoptada, la cual pondrá el hecho en conocimiento de todos los profesores del Equipo Educativo. El procedimiento previamente descrito se aplicará sin perjuicio de las peculiares condiciones de evaluación que están previstas en la normativa correspondiente a la Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, razón por la cual se aplicarán las anteriores normas procedimentales según las especificaciones que en la citada normativa se detallan.

6.16 Actividades complementarias y extraescolares. Concretadas en el Plan de Actividades Complementarias y Extraescolares del Centro.

ORDEN de 15 de enero de 2001, por la que se regulan las actividades extraescolares y complementarias en los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. 2001/011 Miércoles 24 de enero de 2001):“Las actividades complementarias y extraescolares en los centros de Educación Infantil y Primaria, centros de educación obligatoria e Institutos de Enseñanza Secundaria se tienen que desarrollar en el marco de lo previsto en los reglamentos orgánicos establecidos mediante los Decretos 128/1998, de 6 de agosto; 93/1999, de 25 de mayo, y 129/1998, de 6 de agosto, respectivamente. Además, la financiación de las actividades complementarias y extraescolares debe circunscribirse a lo dispuesto en el Decreto 276/1997, de 27 de noviembre, por el que se regula

el procedimiento de gestión económica de los centros. Dichos reglamentos establecen la competencia de los Consejos Escolares de los centros para establecer directrices y criterios en la planificación y organización de actividades de este tipo y, además, encargan la tarea de promover y coordinar estas actividades a la Jefatura de Estudios, en el caso de las escuelas y colegios de Educación Infantil y Primaria, y al Departamento de actividades complementarias y extraescolares, en el caso de centros de educación obligatoria e Institutos de Enseñanza Segundo.-Secundaria”.Actividades complementarias.

2.1. Se considerarán complementarias, aquellas actividades lectivas desarrolladas por los centros, coherentes con el Proyecto Educativo de Centro, diferenciada de éstas, por el momento, espacio o recursos que utilizan. Las actividades complementarias serán evaluables y obligatorias para el alumnado.

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