Trabajo de las leyes

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Trabajo de las Leyes LEY MOLLANO (1857): esta Ley tiene una buena organización administrativa de la educación (no fue una ley moderna). • No se encuentra la educación infantil reflejada por esta Ley, queda a expensas de

particulares e iniciativas privadas. • La educación primaria es obligatoria de 6 a 9 años. • Aparecen dos tipos de escuelas: elementales completas (se ubican en pueblos de 200

habitantes) y elementales incompletas (se encuentran en zonas de 100 habitantes). Educación altamente segregada por sexos. • Recoge en los artículos que los maestros y maestras tenían que tener una formación

superior. Obliga a que cada provincia se cree en una escuela normal para maestras. • El curriculum establece, entendiendo por tal el conjunto de objetivos, contenidos,

criterios de evaluación y métodos pedagógicos que se deben establecer para una asignatura concreta. En aquel momento este hacía referencia al plan de estudio. La Ley establecía para la educación primaria las siguientes asignaturas: Doctrina Cristiana, historia sagrada, lectura escritura, gramática-ortografía, geografía, dibujo lineal, geometría. Historia, nociones de física e historia natural. Para las niñas se establece uno distinto y de él se extraen asignaturas como: se suprimen las técnicas sustituyéndose por las labores propias de su sexo: puericultura, higiene, costura, doctrina cristiana, economía doméstica, corte y confección, algunas nociones de cocina. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN DE 1970 (LGE): Ley que se aprueba en el final de la dictadura. Se inicia en 1969 con un documento denominado el Libro Blanco de educación donde se hacen un profundo análisis del obsoleto sistema educativo español. Es una ley que plantea una gran reforma de todas las etapas del sistema educativo. Sus planteamientos educativos se basan en el paradigma conductivo. Aporta el carácter obligatorio y de gratuidad en la educación básica, desde los 6 a los 14 años. Además es una ley que anima la metodología de carácter más moderna. Esta ley reforma los contenidos curriculares, insiste en la formación del profesorado de forma genérica y es una ley que respalda social y económicamente al maestro. La educación preescolar es


una etapa no integrada en el sistema educativo pero se debe potenciar las capacidades del niño y de la niña a través del conocimiento del cuerpo y posibilidades de acción del niño. Se relaciona con los demás a través de las distintas formas de expresión, comunicación, se trabaja también la adquisición de la autonomía. Además el niño tenía que tener aproximaciones al ámbito de la lecto-escritura y conocimientos básicos de matemáticas, pues donde los niños debían adquirir los conocimientos era en primaria. LEY DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE): Aprobada durante el PSOE y planteada por el ministro Marragal y desarrollado por Javier Solana. Es una Ley que trabaja mucho en el paradigma constructivista (aprendizaje a partir de lo significativo). Se dice que es una Ley psicologicada. Por primera vez aparecen los principios de la globalización del aprendizaje y la participación del niño. Se amplía en 8 cursos y aporta la presencia de alumnos normales y los de educación especial en las aulas. Hay una nueva organización del sistema educativo, aparece la secundaria obligatoria y bachillerato. La pedagogía en la cual se basa esta ley es en la ILE. Como novedad aparecen los departamentos de orientación. Además apareció la educación en valores. Concede a esta etapa educativa una identidad propia, la dota de un curriculum específico y unos profesionales con titulación adecuada, aunque sigue siendo una etapa voluntaria. Se divide en dos ciclos: de 0-3 años y de 3-6 años. Quiere potenciar en los niños las mismas capacidades. Los contenidos se plantean por áreas o materias. Se llevarán a cabo actividades desde el método global y las metodologías serán participativas basadas principalmente en el juego y los contenidos en cada área partirán siempre de conceptos muy básicos.

LEY LOCE (LEY ORGANICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN): fue aprobada en el mandato del PP en 2002. Al frente del ministerio se encontraba Pilar del Castillo que produjo una Ley con carácter eficientista. Fue una propuesta carente de consenso. Una de las novedades en esta Ley fue que carecía de perspectiva globalizadora, se convierte en más disciplinas. En esta Ley hay menos contenidos prácticos y de actitud. Se abandona gran parte del lenguaje pedagógico. En la etapa de Infantil siguen los dos ciclos y se recupera los objetivos y contenidos de lectura y escritura. Hay pocos cambios.


LOE: LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN: Aprobada en 2006 con la ministra Mercedes Favedra, aunque quien propuso la reforma fue Mª Jesús Sanz. Algunas novedades en su estructura son: • Se considera a la educación como medio más adecuado para ayudar a los jóvenes a

desarrollar su personalidad, integrando el desarrollo de lo afectivo y lo axiológico (valores), da mucha importancia a la igualdad de oportunidades sobre todo sobre sexos. Se preocupa por la formación permanente del profesorado, es una ley que se implica en organizar procesos para que el alumno sea competente (propone un modelo de enseñanza, aprendizaje competencial. • En la etapa de Educación infantil aporta: una etapa única, sigue organizado en dos ciclos,

la dota de un sentido educativo, no solo escolarizante. Obliga a los centros que opten por impartir el 2º ciclo, al dotarse de unos planteamientos pedagógicos, se plantean contenidos centrados en la lecto-escritura, iniciación en habilidades lógico-matemáticas, educación musical, iniciación de una lengua extranjera, psicomotricidad, uso de las nuevas tecnologías y conocimientos de distintos lenguajes artísticos. LOMCE: La Lomce comenzará a implantarse para Primaria y Formación Profesional (FP) Básica en el curso 2014-2015, mientras que en la ESO será en los cursos 2015-16 y 20162017 para el primer y tercer curso y para el segundo y el cuarto, respectivamente, por tanto la primera evaluación final de ESO será en 2017. En Bachillerato, la Lomce comienza para el primer curso en 2015-2016, y para el segundo en 2016-2017. La primera evaluación final será también en 2017. La selectividad, que se suprime, se mantiene para los alumnos que quieran acceder a la Universidad antes del curso 2017-18. • Las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en: troncales (reguladas

esencialmente por el Gobierno con una carga lectiva mínima del 50% del horario total), las específicas y las de libre configuración autonómica (como lengua cooficial), cuyos horarios y contenidos corresponderán a las comunidades. Los centros podrán complementar los tres bloques de materias y configurar su oferta formativa. En tercero de la ESO se puede optar entre Matemáticas de iniciación a enseñanzas académicas o aplicadas; en cuarto (15 años), elección entre enseñanzas orientadas al Bachillerato o a FP, se podrá pasar de curso con dos suspensos como máximo, siempre que no sean simultáneamente Matemáticas y Lengua.


• El Bachillerato tendrá tres modalidades: Ciencias, Artes

y Humanidades y Ciencias

Sociales. En este último se fijarán dos itinerarios, de forma que quienes elijan Humanidades estudiarán latín y los otros Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales. • Las pruebas nacionales comunes al final de sexto de Primaria, cuarto de ESO y segundo de

Bachillerato, diseñadas por la administración central previa consulta a las comunidades. Es necesario superar las dos últimas para obtener los títulos correspondientes. Las administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada para aquellos alumnos que no superen la evaluación final de ESO. • La realización de las pruebas corresponde a las administraciones y serán aplicadas y

calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, aunque no sea funcionario. Los resultados de los centros se publicarán en relación con los factores socioeconómicos y socioculturales del lugar donde estén ubicados. Las administraciones podrán establecer planes específicos de mejora en los centros públicos que no alcancen niveles adecuados. • Nueva FP básica de dos cursos obligatorios para alumnos de entre 15 y 17 años con

dificultades de aprendizaje que hayan terminado tercero o, excepcionalmente, segundo de ESO. Servirá para obtener el título de la ESO y pasar a FP de grado medio. • El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas

cooficiales lo son también en las respectivas comunidades de acuerdo con sus Estatutos y normativa aplicable. El Gobierno adelantará el pago de la escolarización privada de aquellos alumnos que no tengan garantizado el aprendizaje en castellano en los centros públicos o concertados de las comunidades con lengua cooficial, y se lo descontará a éstas de la financiación autonómica que les corresponda. • La asignatura de Religión, voluntaria, tendrá como alternativas obligatorias Valores

Sociales y Cívicos (Primaria) y Valores Éticos (Secundaria), que también podrán escogerse como opcionales. Desaparece Educación para la Ciudadanía. • Los miembros del equipo directivo del centro y los profesores serán considerados

autoridad pública. El nombramiento de los directores, por cuatro años, se hará previa evaluación positiva de su trabajo, bajo criterios públicos y objetivos en los que se incluirán las evaluaciones individualizadas de los alumnos. Los directores de los centros públicos deberán acreditar cinco años de docencia y un curso específico de formación.


Podrán fijar requisitos y méritos para los puestos docentes. Las comisiones de selección estarán formadas por representantes de la administración (más del 50%) y del centro. El consejo escolar del centro tendrán funciones esencialmente consultivas. Los centros que diferencian por sexo no tendrán que "justificar de forma objetiva y razonada" ese modelo educativo para optar al concierto, y se permitirá que vuelvan a solicitarlo aquellos a los que se les denegó en 2013 por educar de forma separada. Las comunidades podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional. • El Ministerio promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales para la

educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos. Las Administraciones promoverán la práctica diaria del deporte y el ejercicio físico de los alumnos durante la jornada escolar. El Gobierno podrá regular y gestionar, dentro del ámbito del deporte de alto nivel y la regulación del deporte federado estatal, centros de titularidad estatal que impartan las enseñanzas deportivas de grado superior a distancia en toda España. En la oferta de educación a distancia se podrán establecer criterios específicos adicionales ante las situaciones personales y laborales de las personas adultas. Los alumnos con título o estudios equivalentes al Bachillerato de países extracomunitarios podrán acceder a las universidades españolas siempre que superen los procedimientos de admisión específicos que hubiere.


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