RECOMENDACIÓN No. 445 PARA PROMOVER EN LOS PAÍSES ANDINOS UN ENTORNO DE TRABAJO LIBRE DE VIOLENCIA Y ACOSO La Plenaria del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente en el marco del Periodo Ordinario de Sesiones, a los veintiséis (26) días del mes de octubre de 2020, en modalidad virtual. CONSIDERANDO Que, la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, en el año 2019 adoptó en la Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo su compromiso por “un mundo del trabajo libre de violencia y acoso”1. Asimismo, adoptó el Convenio N° 190 “Sobre la violencia y el acoso” y su respectiva Recomendación N° 206. De esta manera, se convierte en la primera norma internacional que aborda esta problemática y que reconoce un mundo del trabajo libre de violencia y acoso; Que, conforme lo señala el Director General de la OIT “La violencia y el acoso en el mundo del trabajo sigue siendo un problema generalizado que afecta a todos los países, ocupaciones y modalidades de trabajo. Se manifiesta de diferentes formas y en diferentes contextos, despoja a las personas de su dignidad y resulta incompatible con el trabajo decente y la justicia social”2. Asimismo, señaló que los cambios de la organización del trabajo y la evolución tecnológica pueden generar aún más violencia y acoso, incluido el acoso por motivos de género, y que su ratificación nos permite conformar un futuro del trabajo basado en la igualdad y el respeto, libre de violencia y acoso; Que, como precedentes a esta norma internacional, la OIT aprobó una serie de instrumentos normativos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, los cuales si bien no abordaron de forma específica la violencia y el acoso si los contempló como un riesgo para la salud de los trabajadores. De esta manera, en el Convenio N° 155 “Sobre seguridad y salud de los trabajadores” y su Recomendación N° 164, se establece como objetivo de la política nacional prevenir los accidentes y daños que se generan a la salud de los trabajadores a consecuencia del trabajo o sobrevengan durante el trabajo, con el fin de reducir al mínimo los riesgos inherentes al ambiente laboral. Asimismo, el Protocolo N° 155 relativo al Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, resaltó la necesidad del registro y las estadísticas nacionales; Que, el Convenio N° 161 “Sobre los servicios de salud en el trabajo” y su respectiva Recomendación N° 171, establece el compromiso de implementar de forma 1
OIT. (2019). “Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo”. Recuperado de https://www.oitcinterfor.org/sites/default/files/file_publicacion/declaracionSkills.pdf OIT. (2019). “Eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo”. Recuperado de https://www.ilo.org/global/topics/violence-harassment/lang-es/index.htm
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