AGL NEWS

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nº48

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2013

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EN PORTADA

AYUDANDO A LOS EMPRENDEDORES inalmente se ha publicado el Anteproyecto de la Ley de emprendedores, normativa exigida desde hace tiempo por un colectivo que representa una parte fundamental de la esperada recuperación económica y que, según algunos indicios, parece que asoma para los próximos trimestres, si bien de manera muy gradual.

La nueva ley, pendiente de aprobación, permitirá un tratamiento más beneficioso no solo para los emprendedores sino también para las Pymes, que representan más del 90% de nuestra economía, con aspectos como la posibilidad de declarar las cuotas de IVA en el momento del cobro, si bien deberá analizarse convenientemente si las mayores exigencias administrativas para acogerse al sistema compensan en todos los sectores o únicamente en algunos determinados, con plazos de cobro muy largos, como empresas del sector de la construcción o que trabajan para Administraciones públicas. Existen otra serie de normas que se detallan en esta newsletter como las ventajas fiscales para los business Angels o la limitación de la responsabilidad de los administradores por causa de pérdidas, que también pueden animar a los futuros emprendedores a iniciar su camino. Desde nuestro Despacho, especialistas en asesoramiento a emprendedores desde hace muchos años y colaboradores de entidades como la Fundació Emprèn, intentamos aportar nuestra ayuda, para que los costes administrativos y cargas burocráticas, especialmente en la etapa inicial, no sean un obstáculo para que el negocio siga adelante.

SUMARIO

EN PORTADA Ayudando a los Emprendedores FLASHES DE NOTICIAS ACTUALIDAD LABORAL Contratación de Familiares del Autónomo ACTUALIDAD FISCAL + Rincón del Emprendedor Ley de Apoyo a los Emprendedores CALENDARIO CONTRIBUYENTE LEGISLACIÓN DEL MES


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flashes de noticias

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l éxito del IVA de caja dependerá del reglamento. El llamado criterio de

caja en el IVA que recogerá la Ley de Emprendedores se desarrollará en un reglamento posterior y será allí donde se conocerá la letra pequeña. Pymes y autónomos deberán valorar los pros y los contras –que los hay– del nuevo régimen antes de optar o no a él. Y el problema surgirá en operaciones entre dos empresas y, sobre todo, cuando una de ellas sea una pyme y la otra una gran empresa, que no puede aplicar el IVA de caja. Por otra parte, la Agencia Tributaria ya advierte que incluirá salvaguardas en el reglamento para evitar que el nuevo régimen derive en un fraude fiscal. Lo más probable es que las pymes que se acojan al criterio de caja deban declarar trimestralmente los llamados libros registro de IVA, es decir, el listado completo de todas las facturas que una empresa recibe y emite, lo que supone un incremento burocrático importante. La decisión de aplicar el IVAde caja, que empezará a aplicarse en 2014, resulta muy importante ya que una empresa no podrá renunciar al nuevo régimen hasta pasado un plazo determinado, que pueden ser de dos años. Por eso, urge conocer el contenido del reglamento. Sin embargo, no se publicará hasta finales de año.

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l Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto "Emprende en 3" para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la actividad empresarial. La plataforma permite realizar los trámites necesarios con las tres

Administraciones simultáneamente, pues el sistema hace llegar las declaraciones responsables a los Ayuntamientos. "Emprende en 3" utiliza los recursos tecnológicos ya existentes en la Administración..

L

a gran mayoría de expertos encargados del informe para concretar la próxima reforma de la Seguridad Social apuestan por acabar con la actualización de las pensiones vinculada al IPC.

Para sustituirla, propugnan una fórmula que las actualice de forma automática cada año atendiendo a la salud de las cuentas del sistema. Ahora bien, plantean límites: si del resultado de la ecuación se desprenden bajadas importantes, éstas nunca podrán ser de tal calibre que las pensiones dejen de “ser suficientes”; si lo que resulta son incrementos sustanciales, ponen un tope: el IPC. Una de las novedades de esta reforma es que no solo afecta a los pensionistas futuros, sino que también lo hará a los actuales. Y lo hará al modificar la actualización anual. Puede deducirse, así, que en los próximos años la apuesta es por una devaluación de pensiones, como admite el informe para 2020.

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A

flashes de noticias

yudas a la contratación a las empresas: Barcelona Crea Ocupació. Este programa, promovido por el Ajuntament de Barcelona, consiste en

ayudas de hasta 3.000 euros a la contratación estable en pequeñas y medianas empresas de la ciudad. Podrán acceder las empresas ubicadas en el término municipal de Barcelona, que cuenten con menos de 250 trabajadores y que hayan desarrollando su actividad durante un período mínimo de seis meses y estén al corriente de sus obligaciones tributarias.

L

a Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE), considera un "espejismo" la prestación por cese de actividad para autónomos, según un comunicado de la

asociación. UATAE ha realizado estas consideraciones a la vista de los datos publicados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, según los cuales, de las 2310 solicitudes recibidas, 63 fueron desistidas, 1203 denegadas en primera instancia, 681 están pendientes de resolución y 362 fueron aceptadas.

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rueba piloto de Consultas sobre operaciones intracomunitarias “CBR”. La Agencia Tributaria informa que la Comisión Europea pone en marcha una

prueba piloto en la que participan trece de los Estados miembros, entre los que se encuentra España, con el objeto de que los empresarios que realicen operaciones intracomunitarias puedan formular consultas sobre la tributación en el IVA y recibir respuesta por parte de los países implicados. La prueba piloto comienza el 1 de junio de 2013 y está previsto su finalización el 31 de diciembre de dicho año. Esta prueba piloto se enmarca dentro del Foro Europeo de IVA, grupo integrado por representantes empresariales y autoridades fiscales, creado por la Comisión con el objeto de mejorar el funcionamiento del IVA.

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actualidad laboral

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CONTRATACIÓN DE FAMILIARES DEL AUTÓNOMO omo norma general, no se consideran trabajadores por cuenta ajena los familiares hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad que convivan con el empresario y estén a su cargo. En consecuencia, deben cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Esta es la norma general. Sin embargo, hay una excepción a esta regla: la contratación de hijos menores de 30 años o hijos que tengan especiales dificultades para encontrar trabajo (algunos colectivos de discapacitados). En ambos casos, el hijo contratado puede cotizar en el Régimen General, pero quedará excluido de la protección por desempleo. Por otra parte, sí que tendrán derecho a la prestación por desempleo, previa cotización por dicho concepto, cuando: - El hijo acredite que tiene una independencia económica y que no convive con el titular de la actividad. - Si se acredita la existencia de una relación laboral verdadera, aunque en la práctica, dado el grado de parentesco, es difícil acreditar la dependencia (cumplir el mismo horario que el resto de trabajadores, cobro de nómina según tablas salariales, seguimiento de las instrucciones del empresario (en este caso su padre/madre), etc.) A pesar de ello debe tenerse en cuenta que en última instancia será la Administración la que valore si realmente se cumplen con los requisitos necesarios para que el trabajador tenga derecho a la prestación por desempleo. En cuanto a posibles bonificaciones a la Seguridad Social, la norma general vuelve a ser que no se pueden aplicar a la contratación de familiares. Sin embargo, tiene excepciones: - Formalización de un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores en empresas de menos de 50 trabajadores y siempre que el hijo sea menor de 30 años y contratado a jornada completa. En este caso se podrá aplicar una bonificación durante tres años, de 1.000€ (primer año), 1.100 (2º año) y 1.200 (3º año).

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actualidad laboral - Formalización de un contrato en prácticas o de un contrato para la formación y el aprendizaje, con una bonificación del 50% de las cuotas empresariales por contingencias comunes, y del 100% de la totalidad de la aportación empresarial y del trabajador, respectivamente. - Transformación en indefinido de contrato temporal para el primer empleo joven (hijo menor de 30 años u otro familiar menor de 45 años). La bonificación es de 500€ anuales en el caso de hombres y 700€ en el caso de mujeres, durante 3 años. Estas son, en grandes pinceladas, las diferentes posibilidades que se le pueden plantear a un trabajador autónomo que quiere contratar a un familiar. En cualquier caso debe tenerse en cuenta que será el trabajador autónomo quien, de ser necesario, deberá probar que se dan las condiciones y requisitos para poder contratar a un familiar hasta el segundo grado como trabajador por cuenta ajena. De estar interesados en ampliar la información, rogamos contacten con esta Asesoría.

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actualidad fiscal

+ El Rincon del Emprendedor

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LEY DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES

ecientemente se ha aprobado el Anteprotecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores, que según el Consejo de Ministros se trata de una ley que quiere facilitar toda la actividad emprendedora y empresarial. Pasamos a analizar las principales medidas incluidas en el Anteproyecto, pendiente del aprobación del BOE.

1. APOYO A LA INICIATIVA EMPRENDEDORA - Emprendimiento en etapas educativas. Se garantizará que la enseñanza primaria y secundaria incorporen competencias en emprendimiento, se fomentará que las un mayor acercamiento de las universidades a la cultura emprendedora. - Empresario de responsabilidad limitada. Se crea esta nueva figura mercantil, a través de la cual la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales no afectará a su vivienda habitual si su valor no supera los 300.000 euros. No obstante, la limitación de responsabilidad no se aplicará respecto a las deudas de Derecho Público, ni cuando el empresario hubiese actuado fraudulentamente o con negligencia grave. - Sociedad limitada de Formación Sucesiva. Se permite la creación de sociedades con capital inferior a 3.000 euros, con un regimen idéntico al de las sociedades de responsabilidad limitada. - Puntos de atención al emprendedor. Se crean con el objeto de agilizar el inicio de la actividad del emprendedor y serán ventanillas únicas a través de las que sepodrán realizar trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial.

- Segunda oportunidad. Para facilitar la segunda oportunidad, se prevé un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios, ya sean personas físicas o jurídicas. El procedimiento es muy flexible y se sustancia, extrajudicialmente, en breves plazos ante un registrador mercantil o un notario, si bien éstos se limitarán a designar un profesional idóneo e independiente que impulse la avenencia y a asegurar que se cumplan los requisitos de publicación y publicidad registral necesarios para llevar a buen término los fines perseguidos con el arreglo.

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actualidad fiscal

2. MEDIDAS FISCALES Y EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL DE APOYO AL EMPRENDEDOR - IVA de caja. Podrán acogerse a este régimen los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere los dos millones de euros, régimen conforme al cual los sujetos pasivos del Impuesto pueden optar por un sistema que retrasa el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido en la mayoría de sus operaciones comerciales hasta el momento del cobro, total o parcial, a sus clientes. No obstante, los sujetos pasivos verán retardada, igualmente, la deducción del IVA soportado en sus adquisiciones hasta el momento en que efectúen el pago de estas a sus proveedores. - Incentivos a la inversión de beneficios. Las empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones podrán deducirse hasta un 10 por 100 de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica. - Incentivos fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial. Se permite que las deducciones por I+D+i que puedan aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones. Esta deducción no queda sometida a ningún límite en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades y, en su caso, se procederá al abono de la deducción por I+D, con un límite máximo conjunto de tres millones de euros anuales, si bien con una tasa de descuento respecto al importe inicialmente previsto de la deducción, siempre que se mantengan las actividades de I+D y el empleo. - Incentivos fiscales para la cesión de activos intangibles ("Patent Box"). Se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de determinados activos intangibles. En este sentido, se pretende que el incentivo recaiga sobre la renta neta derivada del activo cedido y no sobre los ingresos procedentes del mismo. Se amplía, por otra parte, la aplicación del régimen fiscal, para los activos adquiridos, bajo ciertas limitaciones, y para los supuestos de transmisión de los activos intangibles. - Incentivos fiscales a los "business angels". Con el objeto de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes de contribuyentes que, además del capital financiero, aporten sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la sociedad en la que invierten, inversor de proximidad o "business angel", o de aquellos que sólo estén interesados en aportar capital, "capital semilla", se establece un nuevo incentivo fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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actualidad fiscal

- Cotizaciones sociales a los emprendedores en situación de pluriactividad. Para no penalizar excesivamente a aquellos trabajadores que coticen en el Régimen General y que deben cotizar también en otro Régimen a tiempo completo cuando realizan una actividad económica alternativa, se reducen las cuotas de la Seguridad Social. 3. MEDIDAS PARA APOYAR LA FINANCIACIÓN DE LOS EMPRENDEDORES - Se modifica la Ley Concursal en la materia preconcursal de los acuerdos de refinanciación. 4. MEDIDAS PARA FOMENTAR EL CRECIMIENTO EMPRESARIAL - Reducción de cargas administrativas. Con carácter general, se revisará el clima de negocios a través de la mejora de la regulación de las actividades económicas. Se reducen las cargas estadísticas, de forma que se garantiza que los empresarios no deban contestar más de una encuesta para el Instituto Nacional de Estadística durante el primer año de actividad, si tienen menos de cincuenta trabajadores. En materia laboral, se amplían los supuestos en que las Pymes podrán asumir directamente la prevención de riesgos laborales, en caso de empresarios con un único centro de trabajo y hasta veinticinco trabajadores. Asimismo, se elimina la obligación de que las empresas tengan, en cada centro de trabajo, un libro de visitas a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En el ámbito de la contabilidad, se racionalizan las exigencias de información económico-financiera de las empresas. Se elevan los umbrales máximos para la formulación del balance abreviado, para ampliar el número de empresas que pueden formular el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados y que están exentos de formular el estado de flujos de efectivo.

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actualidad fiscal

- Eliminación de obstáculos al acceso de los emprendedores a la contratación pública. En primer lugar, para poner en contacto a pequeños emprendedores que se dediquen a una misma actividad, se prevé la posibilidad de que los empresarios puedan darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. En segundo lugar, se elevan los umbrales para la exigencia de la clasificación en los contratos de obras y de servicios. En tercer lugar, se prevé que la garantía en los contratos de obra pueda constituirse mediante retención en el precio y se acortan los plazos para la devolución de garantías, pasando de doce meses a seis meses en caso de que la empresa adjudicataria sea una pequeña y mediana empresa. Por último, con el fin de luchar contra la morosidad se reduce de ocho a seis meses el plazo de demora para solicitar la resolución del contrato en caso de que la empresa adjudicataria sea una Pyme. - Atracción de talento e inversión: nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia Se facilita y agiliza la concesión de permisos de residencia, por razones de interés económico, a través de un procedimiento ágil y rápido, ante una única autoridad, a las personas físicas que se califiquen como: a. Inversores que realicen una inversión económica significativa o destinada a proyectos empresariales considerados y acreditados como de interés general; por ejemplo, por su impacto en la creación de puestos de trabajo o por su aportación a la innovación científica y/o tecnológica. b. Emprendedores respecto de una actividad de carácter innovador con especial interés económico. Se valorará prioritariamente la creación de empleo, además del perfil profesional del solicitante, el plan de negocio o el valor añadido para la economía española. c. Profesionales altamente cualificados: Personal directivo, altamente cualificado o que forme parte de un proyecto empresarial de interés general. Postgraduados de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio. Profesionales que deseen realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas. d. Traslado intra-empresarial: extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, por una duración igual a la del traslado.

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Ante cualquier duda o para completar los contenidos de la presente pueden dirigirse a nuestro despacho.


calendario contribuyente

HASTA EL 20 JUNIO

RENTA Y SOCIEDADES Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Mayo 2013. Grandes Empresas ...........................................................................................................111,115,117,123,124, 126,128

IVA

Mayo 2013. Primer Trimestre Autoliquidación..................................................................................303 Mayo 2013. Grupo de entidades, modelo individual.........................322 Mayo 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC. ...........................................................................................340 Mayo 2013 .Operaciones intracomunitarias.......................................349 Mayo 2013. Grupo de entidades, modelo agregado..........................353 Mayo 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones .................380 IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS Mayo 2013..........................................................................................430 HASTA EL 26 DE JUNIO RENTA Y PATRIMONIO Confirmación del borrador de declaración con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta Declaración anual 2012 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta...............................................................D-100, D-714 HASTA EL 28 DE JUNIO Ingreso de cuotas de la Seguridad Social HASTA EL 1 DE JULIO RENTA Y PATRIMONIO Obtención del borrador de declaración Confirmación del borrador de declaración con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación en cuenta Declaración anual 2012......................................................................D-100, D-714 Régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes para trabajadores desplazados 2011.......150

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legislación del mes B.O.E 22/05/2013 Seguridad Social.- Resolución de 13 de mayo de 2013, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establece el Plan general de actividades preventivas de la Seguridad Social, a aplicar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en la planificación de sus actividades para el año 2013 B.O.E 03/06/2013 Plan General de Contabilidad.- Resolución de 28 de mayo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible B.O.E 05/06/2013 Ley 4/2013 de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. (DOGC 12-06-2013) Ayudas 2013 Programa InnoEmpresa 2007-2013

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