Boletín AGL diciembre 2013

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nº53

2013 d ic ie mb r e

SUMARIO

FLASHES DE NOTICIAS ACTUALIDAD LABORAL

Proyecto Presupuestos Generales del Estado 2014

ACTUALIDAD FISCAL

Cambios en los Límites de Deducción Fiscal por I+D+I

CALENDARIO CONTRIBUYENTE LEGISLACIÓN DEL MES EL RINCON DEL EMPRENDEDOR


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flashes de noticias FISCAL

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imitaciones a la deducibilidad de las pérdidas de filiales. La ley

16-2013 ha suprimido de la deducción por deterioro de la cartera de valores y considera como gastos no deducibles rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente. Además elimina la deducción por venta con pérdidas si se reparte dividendo.

O

fensiva de Hacienda para atajar el fraude en la fuga de catalanes a Madrid. La Delegación de la Agencia Tributaria Estatal en Cataluña

quiere poner coto al fraude de catalanes que fingen un cambio de domicilio para tributar menos en la Comunidad de Madrid. En 2014 la brecha impositiva entre Cataluña y Madrid será mayor debido a la bajada prevista de impuestos en Madrid, así como los menores tipos aplicables en el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El perfil del “deslocalizado fraudulento” en un contribuyente de mediana edad en adelante, con ingresos superiores a 100.000 euros y un elevado patrimonio. La AEAT revisan datos de cada caso, incluyendo donde están escolarizados los hijos o los consumos eléctricos en las viviendas de los contribuyentes para determinar cuál es su residencia habitual.

H

acienda vigilará grandes fiestas como bodas, bautizos y comuniones Se ha encargado a los inspectores de la Agencia Tributaria que

intensifiquen la vigilancia sobre una serie de actividades cotidianas en las que el Fisco detecta grandes bolsas de fraude. Bodas, bautizos, comuniones, colegios, comunidades de vecinos y todo tipo de colectivos y actividades que forman parte de la vida diaria de la mayoría de los españoles están recibiendo requerimientos e inspecciones. Como parte de este programa, Hacienda ha comenzado a dirigirse a cónyuges, padres y vecinos para obtener más información sobre las empresas que contrataron: restaurantes, 'catering', compañías de transporte y limusinas, carpinterías, floristerías, modistas y casas de moda que alquilan trajes, fotógrafos, orquestas, organizadores de eventos, joyerías, peluquerías y estilistas.

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flashes de noticias

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l Gobierno mantiene para 2014 la rebaja del 5% de la tributación por módulos para pymes y autónomos. El Ministerio de Hacienda mantiene

la rebaja del 5% del rendimiento neto de módulos en 2014, que se viene aplicando desde 2009, para aquellos autónomos y pymes que declaran por el método de estimación objetiva, como consecuencia de los acuerdos adoptados en la Mesa del Trabajo Autónomo y debido al descenso de la actividad económica derivado de la crisis, según la Orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

L

a no consignación en los estatutos de que el cargo de administrador es remunerado lo iguala a una liberalidad y, por tanto, es no deducible en el IS. El TS comienza igualando la retribución del administrador

con una liberalidad (L 43/1995 art.14.1.e), al no haberse consignado en los estatutos que el cargo de administrador es retribuido. Continúa pues la controversia sobre la deducibilidad de las retribuciones a administradores, especialmente cuando coexisten con retribuciones de carácter salarial. Este Despacho está analizando individualmente caso por caso, para plantear una adecuada tributación de todas las remuneraciones percibidas por miembros del órgano de administración.

L

a Agencia Tributaria ha puesto en marcha un plan para controlar los contribuyentes que utilizan tarjetas de crédito con cargo a cuentas abiertas fuera de España. Para ello, la Oficina Nacional

de Investigación del Fraude (ONIF) ha formulado requerimientos de información a las entidades emisoras de tarjetas de crédito y ha detectado que el 50% de los contribuyentes analizados presenta un riesgo de fraude fiscal. Por ejemplo, la Agencia Tributaria ha descubierto que algunos de los contribuyentes que utilizan tarjetas ligadas a cuentas en el extranjero no figuran como residentes en España, a pesar de que sus pagos demuestran lo contrario.

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flashes de noticias LABORAL El Gobierno extenderá los contratos de apoyo a emprendedores a trabajadores a tiempo parcial El Gobierno va a ampliar a los trabajadores a tiempo

parcial el uso del contrato de apoyo a emprendedores para facilitar así la contratación indefinida. El contrato de apoyo a emprendedores cuenta con un periodo de prueba de un año, tras el que, en el caso de no superarlo, el trabajador no tiene derecho a indemnización. El contrato de apoyo a los emprendedores, que tiene un periodo de prueba de un año, se creó para impulsar la contratación, especialmente de jóvenes, en empresas de menos de 50 trabajadores. Las empresas que se acogen a estos contratos tienen derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contraten a su primer trabajador, siempre que sea menor de 30 años. Además, los emprendedores que contraten a un trabajador en paro bajo esta modalidad pueden deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año. Por su parte, el trabajador podrá voluntariamente percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante el mismo periodo. Asimismo, las empresas pueden disfrutar de bonificaciones de hasta 3.600 euros en los tres primeros años si efectúan este contrato con jóvenes de entre 16 y 30 años, y de hasta 4.500 euros si contratan a mayores de 45 años.

Los autónomos podrán cambiar mensualmente las bases de cotización. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha diseñado un proyecto de Orden

Ministerial, que se encuentra en fase de consultas, que permitirá a los autónomos elegir sus bases de cotización cada mes y no sólo dos veces al año, como sucede actualmente. Esta medida, que podría entrar en vigor el próximo 1 de enero, afectará a todos aquellos trabajadores por cuenta propia que presenten la solicitud de cambio de base por medios telemáticos, lo que en la práctica afecta al grueso del colectivo. El proyecto de Orden Ministerial permitirá también que el incremento automático de las bases de cotización y las renuncias a las mismas pueda realizarse a lo largo de todo el año natural, sin limitación alguna de fechas, para que tenga efectividad a partir del comienzo del año siguiente. En este caso, no es necesario que la solicitud se presente por medios electrónicos.

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flashes de noticias

El cheque-restaurante es indemnizatorio cuando se compensa por comer fuera del domicilio, y es salarial cuando se abona al margen del trabajo realizado. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha notificado una sentencia,

de 3 de octubre de 2012, sobre un recurso de casación para unificación de doctrina planteado respecto a la naturaleza de los cheques de comida: si tienen carácter salarial o no, lo que en el primer caso determinaría su inclusión como salario computable para calcular una indemnización por despido improcedente. La diferente solución viene dada en función de la operativa seguida en cada caso por la empresa, así como de las circunstancias concurrentes, dados los hechos probados, y de las alegaciones de las partes.

A

sí serán las pensiones en 2014 Las cuantías oscilarán entre los 780,9 euros

mensuales de la pensión mínima a los 2.554,49 de la máxima. La prestación mínima de viudedad para titulares con cargas familiares será de 731,9 euros mensuales. La pensión máxima subirá también un 0,25% en 2014, hasta los 2.554,49 euros mensuales, frente a los 2.548,12 euros fijados de tope para este año, según consta en el proyecto de Real Decreto sobre revalorización de las pensiones y de otras prestaciones sociales públicas para el próximo año que el Ejecutivo aprobará próximamente y que se encuentra en fase de consultas. La norma establece una subida general de las pensiones del 0,25% para 2014, porcentaje en el que el Gobierno también se propone incrementar los complementos a mínimos en su modalidad contributiva, las pensiones no contributivas y las pensiones no concurrentes del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).

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actualidad laboral

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PROYECTO PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2014

l Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales para 2014 establece las siguientes novedades en materia de cotizaciones sociales.

a) Régimen General: - Se incrementa la base máxima de cotización en un 5%: 3.597,00€/mes. - La base mínima se incrementa en el mismo porcentaje que aumente el Salario Mínimo Interprofesional. b) Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: - La base máxima se incrementa un 5% aproximadamente 3.597,00€/mes - La base mínima se incrementa un 2% aprox.: 875,70€/mes - Se mantienen las bases imponibles y las bases límites en función de la edad (47, 48-49, 50) - Devolución en régimen de pluriactivdad: la cuantía de las cotizaciones para 2014 tiene que ser igual o superior a 12.215,41€. c) Sistema Especial de Empleados del Hogar: - Se determinan las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales para el año 2014 actualizando las retribuciones mensuales y las bases de cotización de la escala vigente en el año 2013, en idéntica proporción al incremento que experimente el SMI. - El tipo de cotización por contingencias comunes se incrementa del 22,90 al 23,80%.

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actualidad laboral

- Se mantiene la reducción del 20% en la aportación empresarial por contingencias comunes a los nuevos contratos y altas a partir del 01-01-2012. Esta reducción se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45 % para familias numerosas. Estos beneficios en la cotización no resultarán de aplicación en el supuesto en que los empleados de hogar que presten servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador asuman el cumplimiento de las obligaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en dicho sistema especial. d) Sistema especial trabajadores por cuenta ajena agrarios: - La base máxima será de 2.595,60€/mes. - La base mínima se incrementa en el mismo porcentaje que aumente el SMI. - Incrementa el tipo de cotización durante períodos de actividad por contingencias comunes para los grupos de cotización 2 a 11: 21,55 %. - Disminución y variaciones en la reducción de las aportaciones empresariales durante los períodos de actividad para los grupos de cotización 2 a 11.

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actualidad fiscal

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CAMBIOS EN LOS LÍMITES DE LA DEDUCCIÓN FISCAL POR I+D+I

a nueva Ley de Emprendedores ha introducido como novedad importante aplicable a partir del ejercicio 2013 la posibilidad de poder aplicar íntegramente la deducción de I+D+i sin limitación (pudiendo absorber plenamente la cuota a pagar) pero con un descuento del 20% de su importe. En caso de insuficiencia de cuota se podrá solicitar su abono a la Administración tributaria, a través de la declaración del Impuesto de Sociedades. La Ley de apoyo al emprendedor y su internacionalización incluye importante medidas para apoyar la iniciativa emprendedora. En concreto, en materia fiscal, queremos ahora destacar los incentivos fiscales introducidos por la Ley de emprendedores para potenciar la inversión en actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i).

Normativa actual

La normativa actual del Impuesto sobre Sociedades permite aplicar una deducción por los gastos incurridos en actividades de I+D+i que puede llegar a alcanzar hasta el 59% de la inversión. No obstante, hasta la fecha dicha deducción no podía aprovecharse por aquellas sociedades que no estaban en situación de pagar impuestos, y para aquellas que teniendo beneficios debían satisfacer impuestos, la aplicación de la citada deducción (juntamente con el resto de deducciones empresariales) sólo les permitía reducir la tributación en un 25% ó 50%. Por otro lado, dado que la cuota del Impuesto sobre Sociedades en muchas empresas puede ser baja (o nula) y que la deducción no puede superar estos límites, tardarían varios años en aplicarla en su totalidad. Hay que tener presente que la Ley 16/2013, de 29 de octubre, prorroga para los periodos impositivos que se inicien en los años 2014 y 2015, el límite establecido en la aplicación de las deducciones para incentivar determinadas actividades (que aplican igualmente a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios): • Se mantiene la reducción del 35% al 25% del porcentaje de cuota íntegra, minorada en las deducciones para evitar la doble imposición interna e internacional y las bonificaciones;

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actualidad fiscal

• Se mantiene la reducción al 50% del límite incrementado del 60% para el caso de que el importe de la deducción por actividades de I+D+i que corresponda a gastos e inversiones efectuados en el propio período impositivo exceda del 10% de la cuota íntegra minorada en las deducciones para evitar la doble imposición interna e internacional y las bonificaciones.

Nuevas mejoras a partir del 2013 por la Ley de Emprendedores Para evitar esta situación y hacer más atractiva la inversión en I+D+i, la Ley de apoyo a los emprendedores ha introducido como novedad aplicable a partir del ejercicio 2013 la posibilidad de poder aplicar íntegramente la deducción de I+D+i sin limitación (pudiendo absorber plenamente la cuota a pagar) pero con un descuento del 20% de su importe. Asimismo, en el supuesto de insuficiencia de cuota, la sociedad podrá solicitar su abono anticipado a la Administración tributaria a partir del año siguiente al periodo impositivo que se generó la deducción. El importe de la deducción aplicada no puede exceder de 3 millones de euros anuales por I+D+i ni de 1 millón de euros por innovación tecnológica. No obstante, a las sociedades que quieran aplicar estas medidas se les requiere un esfuerzo de inversión, obligándolas a mantener su plantilla media durante dos años y a destinar el importe equivalente a la deducción aplicada o abonada a gastos de I+D+i ó a inversiones afectas a estas actividades. Adicionalmente será necesario haber obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como I+D+i que valide previamente la inversión por parte de la Administración Tributaria. Atención. Para decidir si nos interesa aplicar esta opción, entre otros aspectos, debemos analizar y comprobar si el ahorro financiero que se obtiene por recuperar antes la deducción por I+D+i nos compensa respecto del descuento del 20% que se debe aplicar.

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actualidad fiscal ¿Qué requisitos debe cumplir la sociedad? a) Que transcurra, al menos, un año desde la finalización del período impositivo en que se generó la deducción, sin que la misma haya sido objeto de aplicación (es decir, las deducciones de 2013 podrán aplicarse sin límites a partir de 2014). b) Que la plantilla media no se vea reducida desde el final del período impositivo en que se generó la deducción hasta la finalización del plazo a que se refiere la letra c) siguiente. c) Que se destine un importe equivalente a la deducción aplicada o abonada, a gastos de investigación y desarrollo o a inversiones en elementos del inmovilizado material o activo intangible exclusivamente afectos a actividades de investigación y desarrollo, excluidos los inmuebles, en los 24 meses siguientes a la finalización del período impositivo en cuya declaración se realice la correspondiente aplicación o abono. d) Que la entidad haya obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como investigación y desarrollo o un acuerdo previo de valoración de los gastos e inversiones correspondientes al proyecto de investigación y desarrollo El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la regularización de las cantidades indebidamente aplicadas o abonadas. Asimismo, se establece que una misma inversión no podrá dar lugar a la aplicación de más de una deducción en una misma entidad. Dicha mención implica, por ejemplo, que una misma inversión no podrá dar lugar a la aplicación de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios y la deducción por inversiones medioambientales o la nueva deducción por inversión de beneficios. Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

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calendario contribuyente HASTA EL 20 MODELOS RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta, ganancias de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva o de aprovechamientos forestales de vecinos en montes públicos, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Noviembre 2013. Grandes Empresas............................................................................111,115,117,123,124,126,128

PAGOS FRACCIONADOS SOCIEDADES PERMANENTES DE NO RESIDENTES

Y

ESTABLECIMIENTOS

Ejercicio en curso: Régimen General................................................................................202 Grandes Empresas (excepto Grupos Fiscales)....................................218 Régimen de consolidación fiscal (Grupos Fiscales) ............................222

IVA

Noviembre 2013. Régimen General. Autoliquidación .......................303 Noviembre 2013. Grupo de entidades, modelo individual................322 Noviembre 2013. Grupo de entidades, modelo agregado ................353 Noviembre 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones.........380 Noviembre 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC....................................................340

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

Noviembre 2013 ............................................................................... 430

HASTA EL 31 MODELOS RENTA

Renuncia o revocación Estimación Directa Simplificada y Estimación Objetiva para 2014 y sucesivos ........................................................................036/037

HASTA EL 31

Ingreso de cuotas de la Seguridad Social

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legislación del mes

BOE 26/11/2013

Procedimientos administrativos. Gestión informatizada.- Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria

BOE 28/11/2013 IRPF e IVA.Orden HAP/2206/2013, de 26 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2014 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido

BOE 29/11/2013 Modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y Modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español

BOE, 28-11-2013 Modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido Orden HAP/2215/2013, de 26 de noviembre Autoliquidación; Modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y Modelo 340 de declaración informativa regulada en el artículo 36 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos

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El Rincón del Emprendedor

S

ituada en el barrio de Sant Martí de Barcelona, concretamente en la calle Clot 184. La Llibreria Numància, creada hace más de 40 años, quiere seguir ofreciendo a todos sus clientes una gran variedad en libros, material escolar y material de oficina. La librería ahora gestionada por David Guiriguet y Manuel Rojas, dos nuevos emprendedores que llevan moviéndose entre papeles y libros más de 20 años. Su mayor ilusión es seguir contagiando a la gente su gran afición por la lectura. Llibreria Numància Carrer del Clot, 184

www.llibrerianumancia.com

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