Revista informática (1)

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N° 1

1ER AÑO SECCIÓN 07

OCTUBRE 2017

JURÍDICOS

Av Salvador Allende, Edificio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Campus Barbula. Teléfono: 555-555-5555 Fax: 555-555-5555 Correo: alguien@example.com


Pirámide de Kelsen

INTRODUCCIÓN Las tecnologías se han convertido en un instrumento indispensable para que el humano se pueda desarrollar en su vida cotidiana, hasta llegar a convertirse en el factor primordial ante la resolución de casos jurídicos. Hoy podemos decir sin miedo a equivocarnos que en los últimos años la profesión del abogado ha ido cambiando. Entre los varios y variados temas sobre los que polemizan los abogados no suele discutirse la falta de tecnología; siempre pensaron que no era necesaria. Esta situación cambió; lentamente, pero a paso cierto. La tecnología permite a los profesionales del Derecho hoy, por ejemplo, realizar eficazmente el seguimiento de las causas judiciales, asignándoles un código para poder revisarlo diariamente a través de Internet. Quienes inviertan sus recursos en el desarrollo de aplicaciones tecnológicas que mejoren la eficacia de sus proyectos liderarán la oferta de productos que potencien la dimensión de los profesionales del Derecho del Siglo XXI.

CRBV (1999) Art. 108, 109, 110.

Leyes Orgánicas: LOPNA: Art. 70,72,73,74,75,78,79. LOCTI: Art. 1,2,3,4. LOE: Art. 9,15. LODT (conatel): Art. 10,11. LNDJ: Art. 28,38. Ley especial contra delitos informáticos (2001): Art. 1 y 2. Leyes Ordinarias: Ley de infogobierno año 2013 Art. 3,4,5. Ley sobre protección a la privacidad de las comunicaciones Art. 6,8.

Decretos: N° 825 del año 2000 N° 39.109 N° 7.387. sobre la creación de la industria Venezolana de telecomunicaciones.

Resoluciones: N° 240, la 005 para formato de archivos , 007 sobre las características técnicas de los portales de administración pública del internet, 026 sobre la accesibilidad a internet.

Reglamento Parcial del decreto de ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas (2004) Art. 1,2,5,8. Reglamento de Interconexión (2000) Art. 1y2. Ordenanza metropolitana de transparencia y acceso a la información pública Art. 15

Sentencias: Medios de prueba libre y documento electrónico. Página 2

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Pirámide de Kelsen

Tabla de contenido

Es un sistema jurídico graficado en forma de pirámide, el cual es usado para representar la jerarquía de las leyes, unas sobre otras y está dividida en tres niveles, el nivel fundamental en el que se encuentra la constitución, como la suprema norma de un estado y de la cual se deriva el fundamento de validez de todas las demás normas que se ubican por debajo de la misma, el siguiente nivel es el legal y se encuentran las leyes orgánicas y especiales, seguido de las leyes ordinarias y decretos de ley, para luego seguir con el nivel sub legal en donde encontramos los reglamentos, debajo de estos las ordenanzas y finalmente al final de la pirámide tenemos a las sentencias, y a medida que nos vamos acercando a la base de la pirámide, se va haciendo más ancha lo que quiere decir que hay un mayor número de normas En la aplicación de la pirámide de Kelsen en el ordenamiento jurídico venezolano se pueden apreciar los tres niveles. En el nivel fundamental tenemos a la constitución, Luego seguimos con el nivel legal, donde están contenidas las leyes orgánicas que según el artículo 203 de la constitución de ese país, son las que se dictan órdenes para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo para otras leyes. Luego tenemos a los decretos de ley que son normas con rango de ley dictadas por el poder ejecutivo sin intervención de ningún congreso o parlamento, en este nivel se encuentran también las leyes ordinarias y especiales. En el último nivel el sub legal tenemos a los reglamentos, ordenanzas y sentencias y se encuentran englobados en este nivel ya que no tienen el rango de una ley formal.

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TIC Y ROL DEL ABOGADO ENTREVISTA INFORMÁTICA JURÍDICA DE CONTROL Y GESTIÓN DERECHO INFORMÁTICO PIRÁMIDE DE KENSEL

Integrantes: Elianny Bracamonte C.I: 26.817.521 Mary C. Caldera C.I: 28.099.203 María Martínez C.I: 26.554.990 María Mendoza C.I: 27.129. 102 Zulhey Mora C.I: 25.664.954 Almari Muoio C.I: 23.603.849 Génesis Obispo C.I: 26.960.566 Orlandys Ortiz C.I: 25.070.305 Caelix Pachecho C.I: 24.248.389

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Tecnologías de la información y la comunicación Es bien sabido que el derecho y la tecnología no han ido siempre de la mano, los licenciados en derecho de generaciones pasadas tenían cierta reticencia a las nuevas tecnologías. A este respecto, Pérez Luño nos dice que: “La coyuntura presente reclama de juristas, filósofos y teóricos del derecho una conciencia tecnológica , es decir, una actitud reflexiva, crítica y responsable ante los nuevos problemas que en las diversas esferas del acontecer social suscita la tecnología y ante los que ni el derecho, ni quienes lo aplican o lo estudian pueden permanecer insensibles.. En la actualidad, existe más apertura por parte de los estudiantes de derecho hacia este tipo de herramientas tecnológicas, ya que dentro de planes de estudio se incorporan asignaturas como fundamentos de informática, informática jurídica, taller de informática aplicada al derecho, etc. Quizá el mayor desafío sea para aquellas generaciones de abogados que no conciben sus despachos sin la tradicional máquina de escribir (hoy resulta mucho más difícil encontrarlas) y que no están en posibilidades de usar programas para el procesamiento de información. Es un hecho: la forma de tratar los asuntos jurídicos, la documentación, la gestión de los asuntos, la relación con los clientes, la organización del despacho y la presencia de la firma de abogados, han sido influidos por la aparición de las herramientas digitales. Los abogados y estudiosos del derecho no pueden estancarse en la defensa de procedimientos caducos, sino más bien convertirse en sujetos dinámicos y cambiantes de acuerdo a las demandas sociales que imperan en estos tiempos.

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TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Relación entre el derecho informático con otras ramas del derecho

Entrevista a la Juez de Sustanciación Gregorys Martínez del Circuito Laboral. Tribunal San Carlos Cojedes. El Derecho Informático tiene una estrecha relación con el Derecho Constitucional, por cuanto la forma y manejamiento de la estructura y órganos fundamentales del Estado, es materia constitucional. De allí, que actualmente se debe resaltar que dicho manejamiento y forma de controlar la estructura y organización de los órganos del Estado, se lleva a cabo por medio de la informática, colocando el Derecho Informático en el tapete, porque con el debido uso que se le den a estos instrumentos informáticos, se llevará una idónea, eficaz, y eficiente organización y control de estos entes.

¿Puede considerarse a las TIC como una forma de progreso en la administración de justicia?

R: Si, porque desde la misma naturaleza del derecho tiene un carácter eminentemente evolutivo, es decir, que por su naturaleza es siempre cambiante, se va adaptando a los fenómenos sociales, a las exigencias del contexto en el que se desarrolla, recordando que el derecho es al mismo tiempo génesis de una sociedad anormada pero también encuentra su origen en la propia sociedad a la que norma. 

Con el Derecho Penal:

¿Qué beneficios traería para el Estado, sobre todo para el Poder Judicial la aplicación de las TIC en el área de administración de justicia?

En este punto se nota una estrecha relación entre el Derecho Informático y el Derecho Penal, porque el Derecho Penal regula las sanciones para determinados hechos que constituyen violación de normas del Derecho y en este caso el Derecho Informático, en materia del delito cibernético o informático, entonces se podría comenzar a hablar del Derecho Penal Informático.

R: La celeridad procesal, el principio de gratuidad de la justicia que contempla la constitución, el abaratamiento de los procesos, de las costas procesales a las que cubre el Estado. Si se desarrollara un sistema que fuera capaz por si mismo de administrar justicia de acuerdo a la normativa vigente , eso implicaría un descongestionamiento de los tribunales y las personas que administran justicia pudieran dedicarse a casos de mayor transcendencia y estos casos más sencillos los podría resolver un programa.

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¿Qué avances ha tenido la legislación venezolana en materia de las tecnologías de la información?

R: Si hay un avance positivo que se dio con la constitución de 1999 y hace referencia a los derechos tecnológicos, así como también la ley de infogobierno y la ley especial de delitos informáticos.


Informática jurídica de control y gestión

La Revolución que ha experimentado el campo de la computación y telecomunicaciones en los últimos años, ha impactado de alguna manera en diversos sectores o ámbitos de la sociedad, como en lo político, social y especialmente en el campo jurídico en cuanto a la administración de justicia. Orlando Solano define a la Informática Jurídica de Gestión como el método o el sitema empleado que hace de toda actividad jurídica algo estructurado, algo más simple y efectivo. Sirve para Organizar y hacer más funcionales los despachos que puedan de alguna forma tratar temas jurídicos. Es la aplicación de la informática a las tareas cotidianas de abogados, jueces, peritos, etc. a través del uso de computadoras y programas para realizar tareas de procesamiento de textos, de almacenamiento de datos, para efectuar comunicaciones mediante

¿El derecho informático en Venezuela es autónomo? Para poder hablar de autonomía de una rama del derecho se precisa la existencia de una legislación específica, un estudio particularizado de la materia e instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del derecho, con la finalidad de que se de un tratamiento específico de estos conocimientos determinado. Por lo tanto el derecho informático en Venezuela es considerado no autónomo, pues no cumple con los requisitos necesarios.

Miguel López Muñiz Goñi hace una división de esta rama de la siguiente manera: REGISTRAL: Se ocupa de todos los tipos de registro ya sean públicos o privados, facilitando al usuario datos fehacientes en todos los registros con facilidad y rapidez en el proceso. OPERACIONAL: Facilita la actualización de datos en las oficinas relacionadas con el derecho tanto a nivel público como privado, en donde la computadora permite llevar toda la actualización repetitiva. DESICIONAL: Es la utilización de modelos predefinidos para la solución de casos específicos y concretos, como un admisorio de demanda, el rechazo de un recurso procesal extemporáneo, por ello esta parte de la rama de la informática jurídica de gestión es una parte de la actividad administrativa que lleva a cabo todo órgano judicial. Página 6

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INFORMÁTICA DE CONTROL Y GESTIÓN

¿Qué es? El derecho informático es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre el derecho y la informática. Utilización de la Informática jurídica de gestión

Diferencias entre Informática Jurídica y Derecho Informático Informática jurídica 

Estudia la aplicación de las tecnologías en el campo del derecho. Desarrolla soluciones tecnológicas para facilitar las actividades judiciales. Es una ciencia tecnológica

Derecho informático 

Estudia a la informática como objeto de regulación. Desarrolla normas o leyes vinculadas a las tecnologías. Es una ciencia jurídica.

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: Mediante la adecuada aplicación de la Informática Jurídica de Control y Gestión se puede lograr un mejoramiento sustancial de las estructuras jurídico—administrativas y los sistemas de operación, medida indispensable para que las entidades del sector público, a través de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, alcancen sus objetivos sociales (justicia y bien común) apoyados en el empleo de la tecnología moderna. Sin lugar a dudas, uno de los principales beneficios en esta área, además de agilizar trámites de asuntos jurídico—administrativos, es disminuir de la inercia burocrática la corrupción, lo cual alcanza niveles más significativos en el caso de la administración de la justicia; permite impartir una justicia rápida, expedita, particularizada y sobre todo gratuita, es decir, ajena a la lacerante y enquistada corrupción. La Administración Pública hace uso principalmente de las dos primeras subdivisiones: REGISTRAL, OPERACIONAL Dentro del software que la administración puede hacer uso para facilitar y hacer más eficiente su labor esta, LiquidOffice, Metastorm BPM y Consist. Este tipo de aplicación ha dado lugar a la llamada Informática Judicial (aplicación de la informática en los órganos jurisdiccionales), con un enorme desarrollo en la actualidad. Los ejemplos de actividades automatizadas a nivel de la judicatura son numerosos y variados: desde la formulación agendaria de jueces y magistrados hasta la redacción automática de textos jurídicos a manera de sentencias. Uno de los ejemplos más simples y concretos lo constituyen la aceptación, registro e indicación de competencia y seguimiento de los expedientes. En un futuro no muy lejano ya no será tan necesaria la “visita” a los tribunales para conocer el estado de los asuntos, ya que todo podrá ser consultable vía telemática . Página 7


INFORMÁTICA JURÍDICA DE CONTROL Y GESTIÓN DESPACHOS Y NOTARÍAS: La Informática Jurídica también ha ganado terreno en otras profesiones jurídicas como la de los notarios y abogados en aquello que podríamos conceptualizar como una Ofimática Jurídica (automatización de oficinas o despachos jurídicos). En los despachos de abogados se pueden simplificar, mediante el uso de sistemas automatizados, diversas labores en el ejercicio del Derecho. APLICACIÓN EN VENEZUELA: Un hecho de gran importancia donde se refleja el avance de la Informática Jurídica en Venezuela, estaría representado por el Modelo Organizacional y Sistema Integral de Gestión, Decisión y Documentación, conocido también como JURIS 2000. Este gran avance nos permite hoy en día el poder hablar acerca de la Administración de Justicia automatizada, que sin duda alguna optimizará las labores de los Órganos Jurisdiccionales, permitiendo por lo menos en teoría impartir una justicia rápida y eficaz. El Juris 2000 nos permite entre muchas funciones, cubrir todo lo relativo a la gestión, decisión y documentación de casos civiles, penales, laborales, etc. Igualmente permite brindar una mejor atención al público a través de su unidad OAP (Oficina de Atención al Público), gestiona todo lo relativo a la recepción, archivo y distribución de casos a través de la URDD (Unidad de Recepción y Distribución de Documentos).

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