
























Artículo 3º—Las celebraciones patrias obligatorias por realizarse en todas las instituciones educativas del país
son:
• Aniversario de la Batalla de Santa Rosa.
• Aniversario de la Batalla de Rivas y del Acto Heroico de Juan Santamaría.
• Aniversario de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica.
• Desfile de faroles.
• Aniversario de la Independencia Nacional.
• Día de las Culturas.
• Otras conmemoraciones especiales de acuerdo con el Calendario Escolar, como: Semana Nacional del Cooperativismo, la Semana de la Paz, la Semana de la Educación Tributaria y las actividades cívicas propias de las diversas regiones del país.
Artículo 4º—Los actos cívicos por realizarse en los centros educativos del país son los conmemorativos:
• Día del libro.
• Día del Agricultor costarricense.
• Día del árbol.
• Día dedicado a Pablo Presbere.
• Día de la celebración de la Fundación de la República y Día del Negro.
• Día de las Culturas.
• Día de la Democracia Costarricense.
• Día de la Constitución Política.
• Aniversario de la Institución Educativa.
• Otros que se definan en el calendario escolar o sean autorizadas por las autoridades del Ministerio de Educación Pública.
Artículo 21.-En los actos cívicos, como mínimo, deberán observarse las siguientes reglas de organización:
• Previo al inicio de la actividad, se dará el ingreso al recinto de los invitados especiales.
• La actividad iniciará con el ingreso del Pabellón Nacional, cuando participe el Presidente de la República, o con la Bandera en los demás casos.
• El saludo a la Bandera, se efectúa colocando la mano derecha en el pecho.
• En presencia de banderas de otras naciones, el Pabellón Nacional se ubicará primero, a la derecha de los demás. Solo se deberá utilizar un Pabellón Nacional por celebración.
• Deberá entonarse en su totalidad la canción "A la bandera de Costa Rica", salvo que en razón del tiempo o alguna otra eventualidad se recomiende su ejecución parcial.
• Los invitados se situarán con la siguiente precedencia: el de mayor jerarquía presidirá al centro y el resto será distribuido en orden descendente tanto a la derecha como a la izquierda. Si al acto asiste el Presidente de la República, serán los funcionarios de la Presidencia de la República o del Ministerio de Relaciones Exteriores los que establezcan la ubicación de los invitados, atendiendo los criterios del Protocolo y Ceremonial del Estado.
• En actividades donde no participe el Presidente de la República, pero sí el Ministro de Educación, éste presidirá el acto, continuándose el orden descendente establecido.
• Se hará la presentación de la actividad.
• El uso de la palabra se concederá en orden de precedencia de menor a mayor jerarquía. Es recomendable que el uso de la palabra no sobrepase de cinco minutos, por cada orador.
• Concluido el acto cívico, se retira la Bandera o el Pabellón Nacional y, posteriormente, los invitados especiales.
Artículo 22.-En el acto cívico tienen la obligación de participar, el personal docente y administrativo docente y todas las secciones o grupos de estudiantes de la institución educativa, sin perjuicio de la participación del personal administrativo que así lo desee.
La organización del acto cívico, a lo interno de cada institución, corresponderá al Director de la institución, en conjunto con una comisión de docentes y estudiantes que integrará oportunamente.
• Será obligatorio mantener el fervor cívico.
• Será obligatorio la puntualidad al inicio del acto cívico.
• Será obligatorio el orden de los participantes.
• Los docentes deben velar para que los estudiantes muestren actitud de respeto por sí mismo, hacia los demás y a los Símbolos Nacionales.
• Cada profesor (a) debe de estar con un grupo a cargo según los establezca la organización institucional.
• Antes de que ingrese la bandera nacional, los invitados deben de estar ubicados en el lugar designado.
• Está prohibido ingerir comidas o bebidas durante el acto cívico.
Consideraciones a tomar en un acto cívico
No se debe masticar chicles durante la realización del acto cívico.
• Los estudiantes deben portar su uniforme completo.
• Los presentes deben de cantar con gran fervor y respeto los himnos.
• Se recomienda que el acto no se prolongue más de 45 minutos.
• Quien use la palabra, no debe sobrepasar los 3 a 4 minutos (cada orador).
• Deben participar todas las secciones o grupos que la dirección indique.
Los invitados ingresan al recinto antes del inicio del acto cívico, sin que se les reciba con aplausos, se deben colocar en sus respectivos lugares. Una vez que todos hayan ingresado se da inicio al acto cívico. Ingresan como está establecido en la circular DVM-AC-025-2016.
El acto cívico se inicia con el ingreso de la Bandera Nacional, se saluda colocando la palma de la mano derecha sobre el pecho, se entona en su totalidad el canto a la Bandera de Costa Rica, salvo que en razón del tiempo o alguna otra eventualidad se recomiende su ejecución parcial, (la primera estrofa).
La Bandera de Costa Rica, es la única en ingresar y la única en salir, la del cantón no ingresa ni se retira, sino que deberán ubicarse en sus respectivas posiciones antes de dar inicio el acto cívico.
La Bandera de Costa Rica, y la del cantón se colocarán en sus respectivos pedestales a la derecha del escenario, (izquierda del público), de mayor a menor rango.
El uso de la palabra se concederá en orden de precedencia de menor a mayor jerarquía. Es recomendable que el uso de la palabra no sobrepase de cinco minutos por cada orador.
Concluido el acto cívico, se retira la Bandera Nacional, seguidamente los invitados.
En el acto cívico tienen la obligación de participar, el personal docente y administrativo docente y las secciones que la dirección acuerda.
La organización del acto cívico, a lo interno de cada institución, corresponderá al Director de la institución, en conjunto con una comisión de docentes y estudiantes que integrará oportunamente.
Nunca se deben desplegar banderas sucias, arrugadas, rotas o desteñidas.
La Bandera Nacional no se inclina al saludar ni se permite que roce el piso. La persona que dirige el evento no debe expresar juicios de valor.
La persona que dirige el evento debe ser puntual y vestir con decoro.
Cuando surgen imprevistos tratar de evitar que el público se entere.
Se recomienda que el discurso alusivo a la efeméride este a cargo de estudiantes.
Un orador no debe hacer uso de la palabra más de una vez durante el acto cívico.
Otras consideraciones:
Los actos cívicos no deberán aprovecharse para otros fines, por ejemplo: un director o supervisor no deben dar mensajes de desaprobación dirigidos a la comunidad estudiantil, personal a su cargo o padres de familia.
Si un invitado llega tarde, un encargado de la organización debe ubicarlo en su respectivo lugar, sin anunciarlo ni interrumpir el acto cívico.
A los invitados se les pasa adelante y se ubican en su lugar correspondiente, el moderador saluda, todo esto antes de que inicie el acto.
Los invitados se llamarán y situarán por orden de jerarquía, el de mayor rango al centro, siguiendo el orden jerárquico, a su derecha y a su izquierda los restantes. En caso de que haya un sacerdote o representante internacional, el funcionario de la institución sede del acto, el presidente de la República y un diplomático, quedarán ubicados de la siguiente forma:
Centro: Presidente
Derecha del presidente: Diplomático
Derecha del diplomático: Sacerdote
Izquierda del presidente: Representante Internacional
Izquierda del representante del organismo internacional: Representante de la institución del acto cívico
En actividades propias del Ministerio de Educación, donde participe el Presidente y Ministro, se ubicará en el centro de la mesa, continuándose con el orden ya establecido:
• Presidente de la República
• Ministro de Educación
• Alcalde
• Director Regional Supervisor
• Director (a) de la Institución
• Estudiante
• Fuerza Pública
• Cruz Roja
En actividades propias del Ministerio de Educación, donde no participe el Presidente de la República, el Ministro, se ubicará en el centro de la mesa, continuándose con el orden ya establecido:
• Director Regional
• Asesor (a) Supervisor Sacerdote
• Jefe de Desarrollo Educativo
• Asesor (a) Específico (a)
• Director (a) de la Institución
Otras consideraciones
Con el ingreso de la Bandera Nacional de Costa Rica, saludo a la Bandera y posterior se canta el Canto a la Bandera.
La persona de mayor jerarquía es la última en dar el discurso.
Se canta el himno de la institución si lo hay.
Los invitados pasan adelante, se les ubica en su lugar correspondiente, cuando estén todos acomodados la persona que dirige el evento los saluda, todo esto antes de que inicie el acto.
Para el desarrollo del traspaso de poder, según normas protocolarias, tomar en cuenta:
Saludo y apertura del evento.
Ingreso de representantes oficiales del Ministerio de Educación Pública.
Ingreso de Comité ejecutivo saliente.
Ingreso de Comité Ejecutivo entrante.
Ingreso del Estandarte de la institución.
Ingreso de la Bandera Nacional de Costa Rica. Canto del Himno Nacional de Costa Rica.
Palabras del Presidente de la Asamblea de Representantes.
Palabras del Presidente del Presidente del Tribunal Electoral Estudiantil.
Palabras del Presidente del Comité Ejecutivo saliente.
Traspaso de banda presidencial.
Juramentación del Presidente del Comité
Ejecutivo entrante por el presidente de la Asamblea de Representantes :
“¿Jurais a Dios y prometeis a la Patria. Observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino?
Sí, juro.
- Si así lo hiciereis. Dios os ayude, y si no, Él y la patria os lo demanden”.
Juramentación de los integrantes del Comité
Ejecutivo entrante por Presidente del Comité
Ejecutivo entrante ya constituido.
Palabras del Presidente entrante.
Canto del himno de la institución educativa.
Retiro de la Bandera Nacional de Costa Rica.
Actividad Cultural: mínimo dos participantes.
Despedida de representantes oficiales del Ministerio de Educación Pública.
Cierre.
Programa de graduación Según normas protocolarias, es importante tomar en cuenta el siguiente orden:
Saludo y apertura del evento.
Ingreso de estudiantes graduandos.
Canto del Himno Nacional de Costa Rica.
Invocación religiosa si la hubiese.
Palabras del Director (a) de la Institución Educativa.
Palabras de un representante de los estudiantes graduados.
Palabras del Representante del Ministerio de Educación Pública.
Entrega de estandarte.
Juramentación de los estudiantes graduados.
Entrega de certificados de graduación.
Actividad Cultural: mínimo dos.
Despedida de estudiantes graduados.
Despedida de representes oficiales del Ministerio de Educación Pública.
Cierre.
Juramentación acto de graduación
“¿Jurais a Dios y prometeis a la Patria. Observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? Sí, juro. - Si así lo hiciereis. Dios os ayude, y si no, Él y la patria os lo demanden”.
Constitución Política de Costa Rica [Const]. Art. 194 de noviembre de 1949 (Costa Rica).
Decreto 32609-MEP, La Gaceta N º 175, 12 de setiembre 2005.
Decreto 34616-MEP, La Gaceta N º 132, 9 Julio 2008.
Ministerio de Educación Pública, Asesoría de Estudios
Sociales. Normas que rigen los actos cívicos. San José, Costa Rica, 2005.
Ministerio de Educación Pública, Despacho
Viceministro Académico. Manual de Celebraciones
Patrias, San José Costa Rica, 2013.
Ministerio de Educación Pública, Dirección de Vida
Estudiantil, Tus ideas valen: Vos elegís. San José, Costa Rica. Fireflyadobe (2024). Recuperado de https://firefly.adobe.com/generate/images? id=8b63de62-70fb-4832-9a4a-39ed2ec9998e