Edición 2 de Noviembre 2012

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CLASIFICADOS / VIERNES, 2 DE NOVIEMBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

SU ESPOSO LA HABIA ABANDONADO POR OTRA MUJER

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Quiero dar las gracias al Profesor Caballero por haberme devuelto la felicidad. Yo le escribí a este bendito señor, en un estado de desesperación y angustia. Le expuse mi caso, y me contestó diciéndome -puedes estar tranquila, tu esposo estará de regreso antes de quince días-. Y así fue. Cuando llegó me dijo: ¿”Puedo pasar”?... Esta es tu casa, le respondí. Y sin saber porqué nos abrazamos y lloramos juntos. Jamás esto volverá a pasar -me dijo- y jamás he vuelto a tener queja de nada. El Profesor lo convirtió en un esposo modelo. Si tienes un problema parecido escríbele y no te arrepentirás. Tienes que enviar $2 dólares para gastos de correo. Su dirección es: Profesor Caballero P.O. Box 188, Bronx, New York 10460 U.S. Migdalia Regal de Ochoa SRA PETRA Santera Espiritista Resuelvo tus problemas con trabajo haitiano Consultas del Tarot 1-809 229-9328

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TENIA 45 DIAS O PERDERIA SU CASA Públicamente quiero darle las gracias al Profesor Caballero, por haber logrado que no perdiera la casa, pues el banco me había dado el último plazo por el atraso de pagos de 16 meses. No les voy a explicar como fue, sólo les diré que en su contesta, me decía que jugara los números que me mandaba, y que increíblemente salieron premiados. Si tienes problemas económicos, escríbele y verás con asombro cómo él te lo resolverá. Su dirección: Profesor Caballero, P.O. Box 188, Bronx, New York 10460. Envíe $2 dólares para gastos de correo Dayamy M. de Fogazzaro

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EDICTOS

desconocidos) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM

CB-245 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANDemandados CIA. SALA SUPERIOR DE ARECIVIL NUM: E CD2011-0660 CIBO (611) SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El EsSOLICITANTE tado Libre Asociado de Puerto VS. Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y CIVIL NUM. CJV2012-0440. 404 TERCERA SUBASTA. El AlguaSOBRE: EXPEDIENTE DE DO- cil que suscribe, Funcionario del MINIO. EDICTO. ESTADOS Tribunal de Primera Instancia de UNIDOS DE AMERICA. EL Puerto Rico, por la presente PRESIDENTE DE LOS ESTA- ANUNCIA y hace saber al públiDOS UNIDOS. EL ESTADO LI- co en general que en cumpliBRE ASOCIADO DE PUERTO miento de la Sentencia dictada el RICO. AVISO A CUALQUIER día 2 de noviembre de 2011, proPERSONA CON INTERES. Por cederé a vender en subasta, al la presente se cita a cualquier in- mejor postor y por dinero en teresado para que dentro de efectivo o cheque certificado toveinte días contados desde la úl- do título, derecho o interés de la tima publicación de este aviso parte demandada nombrada en exponga lo que a sus intereses el epígrafe, sobre la propiedad convenga, en el expediente de que más adelante se describe. dominio promovido por el Lcdo. Se ANUNCIA por medio de este Gonzalo Iguina Mella a nombre EDICTO que la PRIMERA SUde la peticionaria Isabel Román BASTA habrá de celebrarse el Ríos, para que se decrete el do- día 14 de noviembre de 2012, a minio a favor de esta sobre la si- las 9:30 de la mañana en mi ofiguiente propiedad: -“RUSTICA: cina, sita en el local que ocupa el Radicada en el sitio Barranca del Tribunal de Primera Instancia de Barrio Hato Abajo de la ciudad Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. de Arecibo, Puerto Rico, com- Siendo ésta la PRIMERA SUpuesta de quinientos (500) me- BASTA que se celebra en este tros cuadrados de terreno. En caso, el tipo mínimo aceptable lindes por el Norte con José Te- como oferta en la PRIMERA SUrraza por el Sur con Sucesión BASTA será el tipo mínimo pacMena, Este con José Terraza y tado en la escritura de Constitucamino vecinal y Oeste con Con- ción de Hipoteca, o sea, la suma fesor González Rivera. - Dicha de $10,395.00. De no haber repropiedad consta inscrita en el mate o adjudicación en esta PRINegociado de Tasación de la MERA SUBASTA se celebrará propiedad bajo el número 06- una SEGUNDA SUBASTA el día 029-030-415-02-001. Esta pro- 28 de noviembre de 2012, a las piedad no consta inscrita en el 3:30 de la tarde, en la cual el tipo Registro de la Propiedad. EN mínimo aceptable como oferta TESTIMONIO DE LO CUAL, es- será dos terceras partes del tipo tampo aquí mi firma y sello hoy mínimo pactado en la escritura AUG 15, 2012. Mariluz Díaz Ro- de Constitución de Hipoteca, o dríguez, Sec. Reg. Secretario. sea, la suma total de $6,930.00. Micheline Reyes Torres, Secre- Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, taria Auxiliar. Sub-Secretario. sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de CB-212 ESTADO LIBRE ASO- Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. CIADO DE PUERTO RICO TRI- De no haber remate o adjudicaBUNAL DE PRIMERA INSTAN- ción en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA CIA SALA DE CAGUAS SUBASTA el día 5 de diciembre de 2012, a la 1:30 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procediDemandante miento, pudiendo el acreedor adv. judicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Bairoa de la comunidad rural Bairoa del término municipal de Caguas, Puerto Rico, marcada con el número CUATROCIENTOS CINCUENTA y CUATRO (454) del plano de inscripción, con una cabida superficial de QUINIENTOS CINCUENTA y SEIS punto CERO CERO (556.00) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con las parcelas número CUATROCIENTOS CINCUENTA y DOS (452) y CUATROCIENTOS CINCUENTA y TRES (453); por el Sur, con parcela número CUATROCIENTOS CINCUENTA y CINCO (455) de la comunidad; por el Este, con la parcela número CUATROCIENTOS CINCUENTA y UNO (451) de la comunidad; y por el Oeste, con calle de la comunidad”. Inscrita al folio 75 del tomo 1701 de Caguas, finca #41,128, inscripción 7ma., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. Dirección: Urb. Las Colinas 454 Calle Tulipan Caguas, Puerto Rico. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesa un gravamen preferente que se menciona a continuación: (1) AVISO DE DEMANDA en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas en el caso civil #ECD203-0737 seguido por Doral Financial Corporation vs. Jorge Andrés Gómez Ramos y su esposa María Dolores Montañez Santana, donde se solicita el pago de la deuda garantizada con la hipoteca relacionada en la inscripción 6ta., reducida a $6,082.86, anotada al tomo móvil 1649 de Anotación A el 10 de septiembre de 2003. La hipoteca que motivó este Aviso de Demanda surge cancelada. Se advierte que este crédito continuará subsistente al crédito que se ejecuta en el caso de epígrafe y mediante esta subasta. Asimismo, se advierte que el remanente en subasta quedará subrogado en la responsabilidad del pago del mismo y el pre-

ISABEL ROMAN RIOS EX PARTE

OPERATING PARTNERS CO, LLC como agente de servicio de RNPM, LLC

La sucesión del finado JORGE ANDRES GOMEZ RAMOS también conocido como JORGE GOMEZ RAMOS como JORGE A. RAMOS y como JORGE A. GOMEZ RAMOS compuesta por MARIA D. MONTAÑEZ SANTANA también conocida como MARIA DOLORES MONTAÑEZ SANTANA y como MARIA D. MONTAÑEZ por sí y en representación de la cuota viudal usufructuaria JORGE ANDRES GOMEZ MONTAÑEZ ALEX OMAR GOMEZ MONTAÑEZ, LUIS ANTONIO GOMEZ MONTAÑEZ, GRISELLE GOMEZ MONTAÑEZ, JOSE ALBERTO GOMEZ GARCIA XYZ (herederos

cio que se obtenga en la Subasta, o sea, el precio de remate, no se destinará a la extinción del mismo. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, los que se relacionan más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera y Segunda Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) A: LIQUIDATION PROPERTIES, a cuyo favor hay anotado un Aviso de Demanda en el caso civil #ECD2010-0649 seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, contra Jorge Andrés Gómez Ramos y su esposa María Dolores Montañez Santana, en el cual reclaman la suma de $7,739.02, anotada al folio 75 del tomo 1701 de Caguas, finca #41,128 el 12 de julio de 2010, anotación B del Registro de la Propiedad Caguas, Sección 1ra. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $7,739.02 más intereses sobre dicha suma al tipo del 10.950% anual, desde el día 1 de marzo de 2009, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $1,039.50 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día MAR 14 de 2012. Ramón L. Hernández Cintrón, Alguacil. CB-213 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante v.

La sucesión del finado JOSE COLON RODRIGUEZ compuesta por GLORIELYS WALESKA COLON COLON (menor) ROSE MARY COLON RAMOS GIOVANNI COLON RAMOS CYNTHIA COLON BAYALA en representación de la menor GLORIELYS WALESKA COLON COLON ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM Demandados CIVIL NUM: E CD2012-0234 (401). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 7 de junio de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 14 de noviembre de 2012, a

las 9:45 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $122,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 28 de noviembre de 2012, a las 3:45 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $81,333.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 de diciembre de 2012, a la 1:45 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “URBANA: Solar número CUARENTA y SIETE (47) del bloque P de la Urbanización Mariolga, situada en el barrio Turabo de Caguas, con un área de TRESCIENTOS VEINTICINCO punto CERO CERO (325.00) metros cuadrados. Colinda por el Norte, en TRECE (13.00) metros, con la calle número QUINCE (15); por el Sur, en TRECE (13.00) metros con el solar número NUEVE (9); por el Este, en VEINTICINCO (25.00) metros, con el solar CUARENTA y OCHO (48) y por el Oeste, en VEINTICINCO (25.00) metros, con el solar CUARENTA y SEIS (46). There is on this lot a residential house for one family. DIRECCION: URB. MARIOLGA P47 CALLE 15 CAGUAS, PUERTO RICO. La antes descrita hipoteca fue modificada mediante la escritura número 419 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de noviembre de 2009, ante el Notario Público Mario A. Quiles Rosado, la cual se modifica la hipoteca en cuanto a sus intereses los cuales serán al 7% y su vencimiento será ahora el primero de julio de 2036. Presentada para su inscripción el 10 de diciembre de 2009 al asiento 1040 del diario 1151 del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección 1ra. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $118,696.89 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.750% anual, desde el día 1 de junio de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $12,200.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día SEP 21 de 2012. Ramón L. Hernández Cintrón, Alguacil. ED-6125 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

DORAL BANK Demandante V.

SUCESION DE JOSE ANGEL GONZALEZ RIVERA t/c/c JOSE A. GONZALEZ RIVERA t/c/c JOSE GONZALEZ RIVERA compuesta por PETRA RAFAELA RIVERA RODRIGUEZ t/c/c PETRA R.

RIVERA RODRIGUEZ t/c/c PETRA RIVERA RODRIGUEZ por sí y en la cuota viudal usufructuaria JEANNETTE GONZALEZ RIVERA FULANO DE TAL FULANA DE TAL SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL A, B y C como herederos desconocidos de la SUCESION y HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandados CIVIL: N3CI2012-0318. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C como herederos desconocidos de la SUCESION DE JOSE ANGEL GONZALEZ RIVERA t/c/c JOSE A. GONZALEZ RIVERA t/c/c JOSE GONZALEZ RIVERA. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Por la presente el Tribunal de Primera Instancia, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 164 DPR 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de JOSE ANGEL GONZALEZ RIVERA t/c/c JOSE A. GONZALEZ RIVERA t/c/c JOSE GONZALEZ RIVERA. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C. 1606 Ave. Ponce de León, Edif. Julio Bogoricin, Ste. 900, San Juan, Puerto Rico 00909, Tel. (977)-1932, Fax (787) 722-1932. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 1o de agosto de 2012. MARIA J. LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIO GENERAL. POR: MARYLIN SANCHEZ CORDERO, SECRETARIA AUXILIAR TRIBUNAL I. ED-6123 STATE OF CONNECTICUT. COURT OF PROBATE. CENTRAL CONNECTICUT REGIONAL CHILDREN’S PROBATE DISTRICT. DISTRICT NO. PD56. NOTICE TO

Ramon Vicenty,

whose las known residence was in the town of Río Piedras, PR. Pursuant to an order of Hon. Brian T. Mahon, Judge, a hearing will be held at Central Connecticut Regional Children’s Probate District, 1501 East Main Street, Suite 203, Meriden, CT 06450 on November 20, 2012 at 9:30 AM on application for Temporary Custody Pending Removal of Guardian concerning a certain minor child born on September 4, 2000. The Court’s decision will affect your interest, if any, as in said application on file more fully appears. RIGHT TO COUNSEL: If the above-named person wishes to have an attorney, but is unable to pay for one, the Court will provide an attorney upon proof of inability to pay. Any such request should be made immediately by contacting the court office where the hearing is to be held. By Order of the Court. BRIAN T. MAHON, JUDGE.


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