Edición 16 de Agosto 2013

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CLASIFICADOS / VIERNES, 16 DE AGOSTO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

CB-2904 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TRIBUNAL SUPERIOR DE SAN LORENZO

DORAL BANK Parte Demandante VS

ALBERTO FONSECA PEREZ, SYLVIA ROBLES MORALES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: E2CI20120618 SALON NÚM.: SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: ALBERTO FONSECA PEREZ, SYLVIA ROBLES MORALES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 4 de abril de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 28 del bloque "B’ en el plano de inscripción del Proyecto VBC-99, denominado Residencial Los Almendros, radicado en el Barrio Ceiba Norte de Juncos, con un área de 269.16 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la calle número 2, en distancia de 12.00 metros; por el Sur, con el solar número 1 y 2 en distancia de 12.00 metros; por el Este, con el solar número 29, en distancia de 22.43 metros; por el Oeste, con el solar número 27, en distancia de 22.50 metros. Enclava una casa. Inscrita al folio 213 de tomo 128 de Juncos, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. finca número 4,788. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $23,355.99 de principal, más intereses al 8.50% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2008, más la suma de $4,284.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 8 de enero de 2013. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $42,840.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $35,449.00 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $21,420.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRI-

MERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 27 de junio de 2013. Angel Gómez Gómez, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Lorenzo. CB-2907 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

ALVARO PEDRO NAZOR VERDI T/C/C ALVARO NAZOR VERDI Y SU ESPOSA CAROLINA MONZA MUSCIO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2011-2140 SALON NÚM.: 908 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: ALVARO PEDRO NAZOR VERDI T/C/C ALVARO NAZOR VERDI Y SU ESPOSA CAROLINA MONZA MUSCIO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece inscrito un Embargo por la suma de $43,131.61, según notificación número 806800011, presentada el 30 de agosto de 2011, al asiento 5 de la página 61 del Libro de Embargo Federales número 11, finca número 46,029. Nota: No podemos precisar si el embargado y el titular son la misma persona. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 29 de mayo de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: COND. OCEANICA, 401 APT NARIN ST LOT 3 C, SAN JUAN P R 00907: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento identificado con el número 401, el cual está localizado en el cuarto piso del Condominio Oceánica, localizada en la calle Naim, solar número 3 en el Sector del condado, Municipio de San Juan, Puerto Rico, con una cabida o área superficial de 4,297.1873 pies cuadrados, equivalentes a 399.22 metros cuadros. El apartamento ocupa el 4to. Nivel completo del Condominio Oceánica y consta de reci-

bidor, sala comedor, cocina, balcón, áreas de almacén, dos dormitorios, dos y medio (2 _) baños, salón familiar y área de lavandería. Dentro del apartamento se encuentran los elementos comunes como dos elevadores, la escalera y conductos verticales de infraestructura del Condominio. Colinda por el NORTE, en distancia de 108’1’’, equivalentes a 32.94 metros, con la pared que lo separa del patio Norte, área común del edificio; por el ESTE, en una distancia de 56’8’’, equivalentes a 17.27 metros, con la pared que lo separa del patio Este, área común del edificio; por el SUR, en una distancia de 108’1’’, equivalentes a 32.94 metros con la pared que lo separa del patio Sur, área común del edificio y por el OESTE, en una distancia de 54’1’’, equivalentes a 16.48 metros con la pared que lo separa del patio Oeste, área común del edificio. Los estacionamientos correspondientes a este apartamento ocupan una superficie de 682.50 pies cuadrados, equivalentes a 63.40 metros cuadrados, ocupando el apartamento junto con sus estacionamientos una superficie total de 4,979.68 pies cuadrados, equivalentes a 462.62 metros cuadrados. A este apartamento le corresponden los estacionamientos números 11, 12, 47 y 48. El estacionamiento número 11 será para visitantes exclusivos del apartamento 401. A este apartamento le corresponde un porcentaje equivalente a 7.708385% en los elementos comunes generales del Condominio. Inscrita al folio 13 del tomo 1198 (ágora) de Santurce Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, finca número 46,029. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 18 de enero de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $2,004,986.43 de principal, más intereses al 7.50% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2010, más la suma de $205,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de enero de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $2,050,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $1,366,666.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $1,025,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o perso-

nas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que la co-demandada Estados Unidos de América, tiene el derecho a redimir la propiedad antes descrita dentro del término de ciento veinte (120) días desde la fecha de la venta y pública subasta, previo el pago de la cantidad ofrecida por el licitador a quien se le otorgue la buena pro, más intereses, todo ello a tenor con lo dispuesto en la Sección 2410(c) del Título 28 del Código de Estados Unidos de América (28 USC 2410(c)) y la Sección 7425 (d)(1)(2) del Título 26 del mismo Código (26 USC 7425 (d)(1)(2)). Se le advierte, además, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 02 de agosto de 2013. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan. CB-2908 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO

DORAL BANK Parte Demandante VS

HECTOR FERNANDO MONTES ESTEBAN Parte Demandada CIVIL NUM.: D2CD2007-0435 SALON NÚM.: 201 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: HECTOR FERNANDO MONTES ESTEBAN; DORAL BANK; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): DORAL BANK: A cuyo favor aparece inscrito un Pagaré por la suma de $110,400.00, sus intereses al 6 1/8% anual y vencedero el 1 de noviembre de 2033, según escritura número 469, otorgada en San Juan, el 31 de octubre de 2003, ante la notario Gloria B. Aquino Aponte. Inscrita al folio 10 del tomo 1436 de Guaynabo, finca número 46,116. Inscripción cuarta. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 12 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento G-163 apartamento residencial de forma irregular localizado en el segundo nivel del Edificio "G" del Condominio Balcones de San Pedro, localizado en la Calle José de Diego, Esquina Calle Cecilio Urbina de los Barrios Rios y Frailes del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico. El área aproximada del apartamento es de 1,165.00 pies cuadrados, equivalentes a 108.23 metros cuadrados. Son sus linderos por el NORTE, en una distancia de 34' 3" con el apartamento H-174; por el SUR, en una distancia de 34' 11" con el apartamento G164; por el ESTE, en una distancia de 34' 3" con área común; y por el OESTE, en una distancia de 34' 3" con área común. La puerta de entrada de este apartamento esta situada en el lindero ESTE, consta de una cocina, sala-comedor, un pasillo principal, en el cual están localizados un baño y un closet, dos cuartos con sus respectivos closets y un balcón. Le corresponde a este apartamento como elementos comunes limitados dos espacios de estacionamiento identificado con el mismo número del apartamento ubicado uno detrás del otro. Este apartamento tiene una participación de 0.9932% en los elementos comunes del condominio. Finca número 46,116, inscrita al folio 10 del tomo 1436 (agora) de Guaynabo, Registro de la Propiedad de Guaynabo. El producto de la subasta se desti-

nará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 10 de octubre de 2008, en el presente caso civil, a saber la suma de $36,568.52, rebajado mediante acuerdo de pago a la suma de $36,359.46 de principal, más intereses al 6.95% anual desde el día 1ro. de julio de 2007, más la suma de $3,718.50, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de agosto de 2007, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $37,185.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $24,790.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $18,592.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Guaynabo, Puerto Rico, hoy día 6 de agosto de 2013. Jorge Campusano Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Guaynabo .

CB-2909 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

VICTOR MANUEL BONILLA RIVERA T/C/C VICTOR M. BONILLA RIVERA, SU ESPOSA CRISTINA

VERONICA SANTIAGO BURGOS T/C/C CRISTINA V. SANTIAGO BURGOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2011-0550 SALON NÚM.: 504 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: VICTOR MANUEL BONILLA RIVERA T/C/C VICTOR M. BONILLA RIVERA, SU ESPOSA CRISTINA VERONICA SANTIAGO BURGOS T/C/C CRISTINA V. SANTIAGO BURGOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; SECRETARY OF HOUSING & URBAN DEVELOPMENT; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): SECRETARY OF HOUSING & URBAN DEVELOPMENT: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $3,631.98, con intereses no expresada y vencedero el 1 de octubre de 2031, según la escritura número 707, otorgada en San Juan, el 26 de septiembre de 2003, ante el notario Luis Valle Irizarry. Inscrita como asiento abreviado el 14 de marzo de 2011, al folio 230 del tomo 1042 de Bayamón, finca número 46,810, Inscripción sexta. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 3 de enero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado el la Urbanización Royal Town, situada en el Barrio Cerro Gordo de Bayamón, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar número 15 de la manzana VII, con un área de 168.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte con el solar 16, en 24.00 en metro; por el Sur con el solar 14, en 24.00 en metros; por el Este con la calle 50A, en 7.00 metros; y por el Oeste con uso institucionales, en 7 metros. Enclava una casa. Inscrito al folio 228 del tomo 1042 de Bayamón, finca número 46,810, del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 20 de enero de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $67,582.48 de principal, más intereses al 8% anual desde el día 1ro. de junio de 2010, más la suma de $7,511.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de julio de 2010, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 9 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $75,110.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 16 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LA 2:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA

será de $50,073.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 23 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LA 2:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $37,555.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 11 de marzo de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón.

DB-523 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Parte Demandante VS

PAULA CRUZ ORTIZ T/C/C PAULA NAHIR CRUZ ORTIZ; MIGUEL BARRETO HERNANDEZ T/C/C MIGUEL ANGEL BARRETO HERNANDEZ Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2012-0476 SALON NÚM.: 505 SOBRE ACCION CIVIL DE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM AVISO DE SUBASTA A: PAULA CRUZ ORTIZ T/C/C PAULA NAHIR CRUZ ORTIZ; MIGUEL BARRETO HERNANDEZ T/C/C MIGUEL ANGEL BARRETO HERNANDEZ; DORAL BANK; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): DORAL BANK: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $39,720.00, intereses al 6.75% anual y a vencer el 1 de abril del año 2035, según consta de la escritura #388, otorgada en San Juan, el 29 de marzo de 2005, ante el Notario Luis E. Mejías Rivera, inscrito al folio 91 del tomo 484 de Toa Alta, finca #24,172, inscripción 3ra. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO: A cuyo favor aparece inscrito un Embargo en cobro de dinero por la suma $750.27, anotado en el Libro de Embargos Estatales de la Ley 12 del 20 enero de 2010, en la página 38, orden 151, caso tipo 100 año 01-02, se encuentra presentado el día 2 de junio de 2010, finca número 24,172. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 8 de enero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Palacios del Río II, localizada en los barrios Ortiz y Piñas del municipio de Toa Alta, Puerto Rico, que se describe en el plano de la urbanización con

el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar 11 del bloque H (H-11). Área del solar 436.57 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número 12 del bloque H, en una distancia de 33.852 metros; por el SUR, con el solar número 10 del bloque H, en una distancia de 35.402 metros; por el ESTE, con la calle número 2, en una distancia de 14.802 metros y por el OESTE, con Sucesión Andrés Rodríguez, en una distancia de 10.543 metros. En este solar se ha construido una vivienda de bloques y hormigón reforzado para una familia. Finca número 24,172, inscrita al folio 91 del tomo 484 de Toa Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 7 de mayo de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $146,779.22 de principal, más intereses al 6.75% anual desde el día 1ro. de abril de 2011, más la suma de $15,888.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de mayo de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 9 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamon, Bayamon, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $158,880.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 16 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LA 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $81,600.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 23 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LA 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $61,200.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 11 de MARZO de 2013 ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil Supervisor, División de Subastas, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón


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