Edición 9 de Agosto 2013

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EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 9 DE AGOSTO DE 2013 CB-2904 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TRIBUNAL SUPERIOR DE SAN LORENZO

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ALBERTO FONSECA PEREZ, SYLVIA ROBLES MORALES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: E2CI20120618 SALON NÚM.: SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: ALBERTO FONSECA PEREZ, SYLVIA ROBLES MORALES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 4 de abril de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 28 del bloque "B’ en el plano de inscripción del Proyecto VBC-99, denominado Residencial Los Almendros, radicado en el Barrio Ceiba Norte de Juncos, con un área de 269.16 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la calle número 2, en distancia de 12.00 metros; por el Sur, con el solar número 1 y 2 en distancia de 12.00 metros; por el Este, con el solar número 29, en distancia de 22.43 metros; por el Oeste, con el solar número 27, en distancia de 22.50 metros. Enclava una casa. Inscrita al folio 213 de tomo 128 de Juncos, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. finca número 4,788. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $23,355.99 de principal, más intereses al 8.50% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2008, más la suma de $4,284.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 8 de enero de 2013. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $42,840.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $35,449.00 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 1:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $21,420.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se

dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 27 de junio de 2013. Angel Gómez Gómez, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Lorenzo. CB-2905 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO

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YASIRIS FUENTES RODRIGUEZ Parte Demandada CIVIL NUM.: E2CI201200659 SALON NÚM.: SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: YASIRIS FUENTES RODRIGUEZ; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 4 de abril de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: --URBANA: Solar marcado con el número J12 del plano de inscripción de la Urbanización Reparto Valenciano radicada en el Barrio Mamey del término municipal de Juncos, con una cabida superficial de 288.00 metros cuadrados. Colinda por el Norte, con el solar número J-11, en una distancia de 24.00 metros lineales; por el Sur, con solar número J-13 en una distancia de 24.00 metros lineales; por el Este, con el solar número J-37, en una distancia de 12.00 metros lineales; y por el Oeste, con calle B, en una distancia de 24.00 metros lineales. Enclava edificación. --- Inscrita al folio 274 del tomo 262 de Juncos, finca número 10,102, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $96,467.41 de principal, más intereses al 4.50% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2011, más la suma de $9,832.50, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 15 de enero de 2013. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), gi-

ro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Lorenzo, San Lorenzo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $98,325.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 1:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $65,550.00 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 1:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $49,162.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 27 de junio de 2013. Angel Gómez Gómez Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Lorenzo CB-2907 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

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ALVARO PEDRO NAZOR VERDI T/C/C ALVARO NAZOR VERDI Y SU ESPOSA CAROLINA MONZA MUSCIO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2011-2140 SALON NÚM.: 908 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: ALVARO PEDRO NAZOR VERDI T/C/C ALVARO NAZOR VERDI Y SU ESPOSA CAROLINA MONZA MUSCIO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece inscrito un Embargo por

la suma de $43,131.61, según notificación número 806800011, presentada el 30 de agosto de 2011, al asiento 5 de la página 61 del Libro de Embargo Federales número 11, finca número 46,029. Nota: No podemos precisar si el embargado y el titular son la misma persona. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 29 de mayo de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: COND. OCEANICA, 401 APT NARIN ST LOT 3 C, SAN JUAN P R 00907: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento identificado con el número 401, el cual está localizado en el cuarto piso del Condominio Oceánica, localizada en la calle Naim, solar número 3 en el Sector del condado, Municipio de San Juan, Puerto Rico, con una cabida o área superficial de 4,297.1873 pies cuadrados, equivalentes a 399.22 metros cuadros. El apartamento ocupa el 4to. Nivel completo del Condominio Oceánica y consta de recibidor, sala comedor, cocina, balcón, áreas de almacén, dos dormitorios, dos y medio (2 _) baños, salón familiar y área de lavandería. Dentro del apartamento se encuentran los elementos comunes como dos elevadores, la escalera y conductos verticales de infraestructura del Condominio. Colinda por el NORTE, en distancia de 108’1’’, equivalentes a 32.94 metros, con la pared que lo separa del patio Norte, área común del edificio; por el ESTE, en una distancia de 56’8’’, equivalentes a 17.27 metros, con la pared que lo separa del patio Este, área común del edificio; por el SUR, en una distancia de 108’1’’, equivalentes a 32.94 metros con la pared que lo separa del patio Sur, área común del edificio y por el OESTE, en una distancia de 54’1’’, equivalentes a 16.48 metros con la pared que lo separa del patio Oeste, área común del edificio. Los estacionamientos correspondientes a este apartamento ocupan una superficie de 682.50 pies cuadrados, equivalentes a 63.40 metros cuadrados, ocupando el apartamento junto con sus estacionamientos una superficie total de 4,979.68 pies cuadrados, equivalentes a 462.62 metros cuadrados. A este apartamento le corresponden los estacionamientos números 11, 12, 47 y 48. El estacionamiento número 11 será para visitantes exclusivos del apartamento 401. A este apartamento le corresponde un porcentaje equivalente a 7.708385% en los elementos comunes generales del Condominio. Inscrita al folio 13 del tomo 1198 (ágora) de Santurce Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, finca número 46,029. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 18 de enero de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $2,004,986.43 de principal, más intereses al 7.50% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2010, más la suma de $205,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de enero de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $2,050,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $1,366,666.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración

de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $1,025,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que la co-demandada Estados Unidos de América, tiene el derecho a redimir la propiedad antes descrita dentro del término de ciento veinte (120) días desde la fecha de la venta y pública subasta, previo el pago de la cantidad ofrecida por el licitador a quien se le otorgue la buena pro, más intereses, todo ello a tenor con lo dispuesto en la Sección 2410(c) del Título 28 del Código de Estados Unidos de América (28 USC 2410(c)) y la Sección 7425 (d)(1)(2) del Título 26 del mismo Código (26 USC 7425 (d)(1)(2)). Se le advierte, además, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 02 de agosto de 2013. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan. CB-2906 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

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VILMA V. CRUZ RIVERA T/C/C VILMA VICTORIA CRUZ RIVERA; SUCESION DE RAFAEL CRUZ RIVERA COMPUESTA POR MARIA T. MARTIN MALDONADO; SUS HIJOS RAFAEL CRUZ CESTERO; VILMA PILAR CRUZ CESTERO; CARLOS MANUEL CRUZ CESTERO; RAFAEL CRUZ MARTIN; ALBERTO CRUZ MARTIN; JORGE CRUZ MARTIN; LUANA CRUZ MERCADO; HEIDI CRUZ MERCADO; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2012-0789 SALON NÚM.: 503 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: VILMA V. CRUZ RIVERA T/C/C VILMA

VICTORIA CRUZ RIVERA; SUCESION DE RAFAEL CRUZ RIVERA COMPUESTA POR MARIA T. MARTIN MALDONADO; SUS HIJOS RAFAEL CRUZ CESTERO; VILMA PILAR CRUZ CESTERO; CARLOS MANUEL CRUZ CESTERO; RAFAEL CRUZ MARTIN; ALBERTO CRUZ MARTIN; JORGE CRUZ MARTIN; LUANA CRUZ MERCADO; HEIDI CRUZ MERCADO; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece inscrito un Pagaré por la suma de $6,417.99, según notificación número 437651708, presentada el 22 de abril de 2008, al asiento 2 de la página 106 del Libro de Embargos Federales número 8, finca número 7883. Nota: No podemos precisar si el embargado y el titular son la misma persona. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 6 de junio de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: BO OBRERO 516 C/JOSE SEVERO QUIÑONES, SAN JUAN P.R. 00915 URBANA: Solar que radica en la sección Norte del barrio Santurce de esta ciudad, lugar denominado Martín Peña, marcado con el número 13-E en el plano de urbanización de las Madres del Sagrado Corazón y situado en el costado Oeste de la calle José Severo Quiñones donde tiene su frente, quedando al extremo Norte de dicho frente de 27.00 metros; al Sur, del eje de la calle Santa Magdalena Sofía, medido sobre el costado Oeste de la calle José Severo Quiñones. El solar es un rectángulo de 11.00 metros de frente y espalda por 22.50 metros de fondo en los costados derecho e izquierdo y una cabida superficial horizontal de 247.50 metros cuadrados. Linda por el ESTE, con la calle José Severo Quiñones; por su espalda OESTE, con el solar #8E de Felipe Matos; por su derecha entrando, NORTE, con el solar #12-E de la congregación, dueña de la finca principal y por su izquierda entrando, al SUR, con el solar #14-E de Américo Ortiz. Inscrita al folio 172 del tomo 195 de Santurce Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, finca número 7,883. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 13 de marzo de 2013, en el presente caso civil, a saber la suma de $48,704.03 de principal, más intereses al 7.95% anual desde el día 1ro. de octubre de 2011, más la suma de $6,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de noviembre de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA,, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $60,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $40,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día

19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $30,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que la co-demandada Estados Unidos de América, tiene el derecho a redimir la propiedad antes descrita dentro del término de ciento veinte (120) días desde la fecha de la venta y pública subasta, previo el pago de la cantidad ofrecida por el licitador a quien se le otorgue la buena pro, más intereses, todo ello a tenor con lo dispuesto en la Sección 2410(c) del Título 28 del Código de Estados Unidos de América (28 USC 2410(c)) y la Sección 7425 (d)(1)(2) del Título 26 del mismo Código (26 USC 7425 (d)(1)(2)). Se le advierte, además, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 02 de agosto de 2013. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan. CB-2908 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO

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HECTOR FERNANDO MONTES ESTEBAN Parte Demandada CIVIL NUM.: D2CD2007-0435 SALON NÚM.: 201 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: HECTOR FERNANDO MONTES ESTEBAN; DORAL BANK; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): DORAL BANK: A cuyo favor aparece inscrito un Pagaré por la suma de $110,400.00, sus intereses al 6 1/8% anual y vencedero el 1 de noviembre de 2033, según escritura número 469, otorgada en San Juan, el 31 de octubre de 2003, ante la notario Gloria B. Aquino Aponte. Inscrita al folio 10 del tomo 1436 de Guaynabo, finca número 46,116. Inscripción cuarta. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 12 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento G-163 apartamento residencial de forma irregular localizado en el segundo nivel del Edificio "G" del Condominio Balcones de San Pedro, localizado en la Calle José de Diego, Esquina Calle Cecilio Urbina de los Barrios Rios y Frailes del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico. El área aproximada del apartamento es de 1,165.00 pies cuadrados, equivalentes a 108.23 metros cuadrados. Son sus linderos por el NORTE, en una distancia de 34' 3" con el apartamento H-174; por el SUR, en una distancia de 34' 11" con el apartamento G164; por el ESTE, en una distancia de 34' 3" con área común; y

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por el OESTE, en una distancia de 34' 3" con área común. La puerta de entrada de este apartamento esta situada en el lindero ESTE, consta de una cocina, sala-comedor, un pasillo principal, en el cual están localizados un baño y un closet, dos cuartos con sus respectivos closets y un balcón. Le corresponde a este apartamento como elementos comunes limitados dos espacios de estacionamiento identificado con el mismo número del apartamento ubicado uno detrás del otro. Este apartamento tiene una participación de 0.9932% en los elementos comunes del condominio. Finca número 46,116, inscrita al folio 10 del tomo 1436 (agora) de Guaynabo, Registro de la Propiedad de Guaynabo. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 10 de octubre de 2008, en el presente caso civil, a saber la suma de $36,568.52, rebajado mediante acuerdo de pago a la suma de $36,359.46 de principal, más intereses al 6.95% anual desde el día 1ro. de julio de 2007, más la suma de $3,718.50, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de agosto de 2007, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Guaynabo, Guaynabo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $37,185.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $24,790.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $18,592.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Guaynabo, Puerto Rico, hoy día 6 de agosto de 2013. Jorge Campusano Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Guaynabo .


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Edición 9 de Agosto 2013 by El Vocero de Puerto Rico - Issuu