EL VOCERO / lunes, 30 de mayo de 2012 MR-5923 estado libre asociado de PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA SALA SUPERIOR DE VIEQUES
JOSEPH CARL PUTNAM LYONES T/C/C JOSEPH C. PUTNAM LYONS Demandante v.
MARIANA DEL CARMEN SILVERA AVILES Demandado(a) Civil Núm. N2RF2011-00001. Sobre: DIVORCIO POR TRATO CRUEL. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto). A: MARIANA DEL CARMEN SILVERA AVILES-53 S MAIN ST. APT. 7 CONCORD, NH 03301. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 7 de octubre de 2011, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro delos 10 días siguientes a su notificaciónj. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de julio de 2012. En VIEQUES, Puerto Rico, el 13 de julio de 2012. OLGA N. MORALES TORRES. Nombre Secretario(a) Emma A. Valentín Alicea. Nombre Secretario(a) Auxiliar. Firma Secretario(a) Auxiliar. JP-01996 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR BAYAMÓN.
DORAL BANK Demandante v.
IDETTE NILDA RODRIGUEZ RODRIGUEZ Demandado(a) Civil: D CD2011-2705 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: IDETTE NILDA RODRIGUEZ RODRIGUEZ 16374 SW 27TH TERRACE RD OCALA FLORIDA 34473-7431 / PUERTO NUEVO CALLE ANAVALLE MESA #4 VEGA BAJA PR 00693. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 3 de julio de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del termino de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de julio de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 13 de julio de 2012. Migdalia Rivera Colon, Nombre Secretario(a). Lee Betsy Robles Sevilla, Nombre Secretario(a) Auxiliar. ED-4753 #1361133 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR
SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante v.
LUIS ROMAN MARRERO también conocido como LUIS A. ROMAN MARRERO
AIDA MARITZA LIZASOAIN SANTIAGO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
JP-01995 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA ISNTANCIA SALA SUPERIOR HUMACAO.
Demandados CIVIL NUM: K CD2011-2246 (901). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA Y SEGUNDA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 11 de enero de 2012 y Sentencia Nunc Pro Tunc dictada el día 9 de marzo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 15 de agosto de 2012, a las 9:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $281,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 22 de agosto de 2012, a las 9:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $187,333.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “URBANA: Solar marcado con el número DIECISIETE (17) de la Urbanización El Vigía, según plano de inscripción de dicha urbanización, situada en el barrio Cupey de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de mil cuatrocientos cuarenta punto setenta y cinco (1,440.75) metros cuadrados, colindando por el Norte, en veinticinco (25.00) metros, con la calle número SEIS (6) de la Urbanización; por el Sur, en VEINTICINCO (25.00) metros, con terrenos de don Eladio Pizarro; por el Este, en cincuenta y siete punto treinta (57.30) metros con el solar número DIECISEIS (16) de la Urbanización y por el Oeste, en dos distancias la primera de veinticinco punto sesenta y siete (25.67) metros, con el solar número DIECINUEVE (19) de la urbanización y la segunda de treinta y dos punto treinta (32.30) metros, con el solar número DIECIOCHO (18) de la urbanización y cuyas distancias totalizan cincuenta y siete punto noventa y siete (57.97) metros cuadrados. Enclava una casa de concreto de una planta para una familia.” Inscrita al folio 92 del tomo 645 de Río Piedras Sur, finca #1681, inscripción 16a., del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. DIRECCION: URB. SAGRADO CORAZON 1 EL VIGIA, SAN JUAN, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $261,748.39 más intereses sobre dicha suma al tipo de 7.000% anual, desde el día 1 de mayo de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $28,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera y Segunda Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 31 de mayo de 2012. DIANA I. NAVARRO CRUZ, ALGUACIL AUXILIAR. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL SUPERVISOR. DIVISION DE EJECUCION DE SENTENCIAS. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. JUAN M. ORTIZ VAZQUEZ, ALGUACIL REGIONAL.
Demandado(a) Civil: H1CI201100721 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: GEORGE RAMOS RIVERA A SU ULTIMA DIRECCION CONOCIDA; PO BOX 567 NAGUABO, PR 00718-0567 P/C LCDO. JUAN D. GARCIA CHAMORRO. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 11 de julio de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del termino de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de julio de 2012. En Humacao, Puerto Rico, el 13 de julio de 2012. Dominga Gómez Fuster, Sec. Regional. Nombre Secretario(a). Maria del Mar Torres Maldonado, Nombre Secretario(a) Auxiliar.
DORAL BANK Demandante v.
GEORGE RAMOS RIVERA
MR-5915 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
RAFAELA CORDERO NUNEZ Parte Demandada CIVIL NUM.: ACD2011-0235 SALON NÚM.: 404 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA. A: RAFAELA CORDERO NUNEZ; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Aguadilla, Aguadilla, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): A. LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, constituye HIPOTECA por la suma de $15,000.00, sin intereses y vencedero el 27 de febrero del 2012, según escritura número 171, otorgada en San Juan, el 27 de febrero del 2004, ante el notario Félix Javier Santiago García. Inscrita al folio 179 del tomo 623 de Aguadilla. Inscripción tercera y última. B. DORAL BANK, DEMANDA en cobro de dinero y ejecución de hipoteca, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla en el caso civil número ACD 2011-0048, en la que se reclama el pago con un balance de $50,199.61 y otras cantidades, o la venta en pública subasta de la propiedad. Pendiente de anotación. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 4 de abril de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: C02 PASEOS REALES, AGUADILLA, PR 00603. URBANA: Parcela de terreno radicada en la urbanización Paseos Reales, localizada en el barrio Arenales del término municipal de Aguadilla, Puerto Rico, y que se describe en el plano de inscripción con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar: 2 del bloque C. Área del solar: 300.150 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una alineación recta de 13.05 metros, con la calle número 5 de la urbanización; por el SUR, en una alineación recta de 13.05 metros, con el solar número 21 del mismo bloque; por el ESTE, en una alineación recta de 23.00 metros, con el solar número 1 del mismo bloque y por el OESTE, en una alineación recta de 23.00 metros, con el solar número 3 del mismo bloque. Enclava edificación. Este solar tiene un talud a todo lo largo de su co-
lindancia Sur. Inscrita al folio 179 del tomo 623 de Aguadilla, Registro de Aguadilla, finca número 33,269. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 18 de enero de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $49,582.95 de principal, más intereses al 5.50% anual desde el día 1ro. de marzo de 2011, más la suma de $5,582.50, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de abril de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dichas subastas. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 23 de agosto de 2012, a las 10:30 de la mañana, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Aguadilla, Aguadilla, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $55,825.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 30 de agosto de 2012, a las 10:30 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $37,216.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 6 de septiembre de 2012, a las 10:30 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $27,912.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) . Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 15 de mayo de 2012. CARLOS RIVERA LOPEZ Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Aguadilla
MR-5916 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
DARIO ANIBAL OTERO MARRERO, CRISTINA OTERO MARTINEZ, JENNIFER OTERO QUERY POR SI Y COMO MIEMBROS DE LA SUCESION DE DE LA SUCESION DE DARIO
OTERO HERNANDEZ Y LA SUCESION DE CONCEPCION MARRERO RUIZ; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE DARIO OTERO HERNANDEZ; JOHN DOE II Y RICHARD ROE II COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE CONCEPCION MARRERO RUIZ Parte Demandada CIVIL NUM.: ECD2011-0483 SALON NÚM.: 402 SOBRE ACCION CIVIL DE: OBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: DARIO ANIBAL OTERO MARRERO, CRISTINA OTERO MARTINEZ, JENNIFER OTERO QUERY POR SI Y COMO MIEMBROS DE LA SUCESION DE DE LA SUCESION DE DARIO OTERO HERNANDEZ Y LA SUCESION DE CONCEPCION MARRERO RUIZ; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE DARIO OTERO HERNANDEZ; JOHN DOE II Y RICHARD ROE II COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE CONCEPCION MARRERO RUIZ; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 27 de febrero de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: BORIQUEN DEVELOPMENT, TOMAS DE CASTRO WARD., CAGUAS, PR URBANA: Solar radicado en la Urbanización Borinquen, en el Barrio Tomas de Castro, del municipio de Caguas, Puerto Rico, con un área de 225.00 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con propiedad de María Dieppa; por el SUR, con propiedad de Bernardino Carazo; por el ESTE, con propiedad de Valentín Fonseca; y por el OESTE, con la Calle San Juan. Finca número 35,215 (antes 9,633 y 6,065), inscrita al folio 100 del tomo 200 de Caguas, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $27,150.79 de principal, más intereses al 6.5% anual desde el día 1ro. de mayo de 2010, más la suma de $4,005.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 22 de diciembre de 2011. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 24 de agosto de 2012 a las 10:00 de la mañana, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $40,050.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 31 de agosto de 2012 a las 10:00 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $ 26,700.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día
7 de septiembre de 2012 a las 10:00 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $20,025.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 3 de abril de 2012. RAMON L. HERNANDEZ CINTTRON Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera InstanciaSala Superior de Caguas
MR-5917 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
AIDA PADILLA RIVERA T/C/C AIDA PADILLA DIAZ Parte Demandada CIVIL NUM.: FCD2011-1075 SALON NÚM.: 404 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: AIDA PADILLA RIVERA T/C/C AIDA PADILLA DIAZ ; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Carolina , Carolina , Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): A. HIPOTECA: Constituida por Aida Iris Padilla Rivera (soltera), en garantía a un pagaré a favor de ASSOCIATES INTERNATIONAL HOLDING CORPORATION haciendo negocios como CITIFINANCIAL, o a su orden, por la suma de $30,000.00, con intereses al 10.779% anual y vencedero el 14 de mayo de 2027, según escritura número 294, otorgada en Carolina, el 9 de mayo de 2007, ante el notario Félix R. Figueroa Cabán. Inscrita el 3 de marzo de 2008, al folio 331 del tomo 984 (ágora) de Carolina. Inscripción quinta. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 18 de noviembre de 2011, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: 15 AH, 37 ST. COUNTRY CLUB DEV., CAROLINA, PR 00985: URBANA: Solar marcado número 15 del bloque 6-AH de la Urbanización Jardines de Country Club, localizado en el barrio Sabana Abajo del término municipal de Carolina, con un área de 300.38 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en 22.25 metros con solar AH-14; SUR, en 22.25 metros con solar AH-16; ESTE, en 13.50 metros con la calle #37 y OESTE en 13.50 metros con solar AH-6. Enclava edificación. Inscrita al folio 8 del tomo 263 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera, finca número 10,085 (antes 20,336). El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 18 de noviembre de 2011, en el presente caso civil, a saber la suma de $81,300.90 de principal, más intereses al 7.95% anual desde el día 1ro. de febrero de 2011, más la suma de $9,030.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día
1ro. de marzo de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dichas subastas. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 24 de agosto de 2012, a las 10:30 de la mañana, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina , Carolina , Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $90,300.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 31 de agosto de 2012, a las 9:30 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $60,200.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 7 de septiembre de 2012, a las 9:30 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $45,150.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina , Puerto Rico, hoy día 14 de mayo de 2012. SAMUEL GONZALEZ ISAAC. Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina MR-5900 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
RAMON ANTONIO CARDONA AYALA T/C/C RAMON A. CARDONA AYALA Y SU ESPOSA HERMINIA OTERO MARTINEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD20110698 SALON NÚM.: 503 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: RAMON ANTONIO CARDONA AYALA T/C/C RAMON A. CARDONA AYALA Y SU ESPOSA HERMINIA OTERO MARTINEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL. El que suscribe,
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Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 25 de enero de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: K-12, 7TH ST., SAN DEMETRIO DEV., VEGA BAJA, PR 00693. URBANA: Parcela de terreno localizada en la Urbanización San Demetrio, del término municipal de Vega Baja, Puerto Rico, identificada en el plano de inscripción final de Urbanización San Demetrio con el número 12 del bloque K con un área de 350.00 metros cuadrados, colinda por el Norte, en 14.00 metros con el solar número 7; por el Sur, en 14.00 metros con la calle número 7; por el Este, en 25.00 metros con el solar número 13; y por el Oeste, en 25.00 metros con el solar número 11. Inscrita al folio 292 del tomo 136 de Vega Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, finca número 6,683. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $78,624.20 y $15,124.18 respectivamente de principal, más intereses al 7% y 8.95% anual desde el día 1ro. de febrero de 2009 y el 1ro. de agosto de 2010, más la suma de $9,180.00 y $1,800.00 respectivamente, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 7 de julio de 2011. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 21 DE AGOSTO DE 2012 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $91,800.00 y $18,000.00 para un total de $109,800.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 28 DE AGOSTO DE 2012 A LAS 2:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de