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EL VOCERO DE PUERTO RICO > MIÉRCOLES, 14 DE MAYO DE 2014 HR-1122 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN LORENZO
FANNIE MAE Demandante V.
JAIME TORRES ALEQUIN; NORMA IRIS MEDINA TORO t/c/c NORMA I. MEDINA TORO t/c/c NORMA MEDINA TORO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NUM. E2CI2011-0616 (201) SOBRE: ACCIÓN IN REM Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Yo, Angel Gómez Gómez, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de San Lorenzo, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 4 de febrero de 2014 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $58,005.91 de principal, dictada en el caso de autos el 20 de enero de 2012, notificada el 25 de enero de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en el: Municipio de San Lorenzo, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Km 1.9, PR 902, Interior Quebrada Arenas, San Lorenzo, Puerto Rico RUSTICA: Predio de terreno radicado en el Barrio Quebrada Arenas de San Lorenzo, Puerto Rico, compuesto de Tres Mil Cuatrocientos Veintiséis metros con Cinco Mil Ochocientos Setenta y Siete diez milésimas de (3,426.5877) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con Macario Montañez y María E. Roldán; por el Sur y Este, con camino municipal; y por el Oeste, con Macario Montañez. Enclava edificación. Inscrita al folio setenta y seis (76) del tomo trescientos veinticinco (325) de San Lorenzo, finca número quince mil setecientos cincuenta (15,750), Registro de la Propiedad, Sección Segunda de Caguas. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Lorenzo. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $67,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 3 de junio de 2014, a las 10:45 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 10 de junio de 2014, a las 2:15 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 17 de junio de 2014, a las 2:15 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Lorenzo. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por
semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en San Lorenzo, Puerto Rico, a 30 de abril de 2014. ANGEL GOMEZ GOMEZ Alguacil Placa 593 ALGUACIL
HR-1153 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE
AMERICA VANESA PAGAN HERNANDEZ, TAMBIÉN CONOCIDA COMO VANESA AMÉRICA PAGÁN HERNÁNDEZ Y COMO VANESA PAGÁN GRIGORIAN Demandante V
ROBERT PAUL GRIGORIAN, PIERRE HENRI GRIGORIAN, EMMA SUSAN STEFKA, NATALIE ANOUCH UNADKAT Y VALOD HOVANESSIAN Demandados CIVIL NUM: N3CI201300405 SOBRE: EXEQUÁTUR EMPLAZAMIENTO POR EDICTO A: Robert Paul Grigorian, Saxon Hill Dean Close, Winchester, Hampshire, SO22 5LP UK; Pierre Henri Grigorian, 11 Alma Road Penylan, Cardiff, CF23 5BD United Kingdom; Emma Susan Stefka, Old Rectory Cottage Church Road, Winkfield, Berkshire, SL4 4SE UK; Natalie Anouch Unadkat, 8 Poyle Gardens Warfield, Bracknell, Berkshire, RG12 2QZ UK; Valod Hovanessian, 14 Devon Close Perivale, Greenford, Middlesex, UB6 7DP United Kingdom; Por la presente se le notifica a usted que se ha radicado en esta Secretaría una Demanda sobre Exequatur, mejor descrita en la demanda de este caso. Se solicita en la demanda que el Tribunal convalide y le dé reconocimiento judicial al testamento y al proceso de liquidación y adjudicación de los bienes hereditarios del Sr. Vahan Armen Grigorian. Representan a la parte demandante el Lcdo. José García Noya y el Lcdo. Hernán E. Jorge, PO Box 9020522, San Juan, P.R. 00902-0522, Tel: (787) 622-0334, Fax: (787) 6226437. Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda presentando el original de la contestación ante este Tribunal de Primera Instancia, Sala de Rio Grande, con copia a la parte demandante dentro del término de Treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto, podrá dictarse sentencia en rebeldía en su contra, concediéndose el remedio solicitado en la demanda sin mas citarle ni oírle. Extendido bajo mi firma y el sello del Tribunal, en Rio Grande, Puerto Rico a 22 de abril de 2014. MARIA J. LOPEZ SANCHEZ Secretaria del Tribunal SECRETARIA(O). MARYLIN SANCHEZ CORDERO SECRETARIA DEL TRIBUNAL I
HR-1140 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON
BANCO SANTANDERPUERTO RICO como Agente de Servicios de Banco Popular de Puerto Rico Demandante v.
Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso con fecha de 8 de mayo de 2014. En BAYAMON, Puerto Rico, el 8 de mayo de 2014. RUTH APONTE COTTO-SEC. REGIONAL II Nombre Secretario(a). CARMEN M. PINTADO Nombre Secretario(a) Auxiliar. FIRMADO Firma Secretario(a) Auxiliar.
MAYRA YAMARA YAMBO RODRIGUEZ , su esposo IVAN CANALES MACHUCA HR-1142 ESTADO LIBRE ASODE PUERTO RICO TRIy La Sociedad Legal CIADO BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON de Gananciales FIRSTBANK PUERTO Compuesta por RICO PO BOX 9146, Ambos Demandados SAN JUAN, PR CIVIL NUM: DCD2014-0861 00908-0146 (701) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPO787-282-1100 TECA POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ) EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. ) SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. ) A: IVAN CANALES MACHUCA y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA CON MAYRA YAMARA YAMBO RODRIGUEZ Por la presente se le notifica que la parte demandante Banco Santander-Puerto Rico, ha presentado ante este Tribunal una Demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: Cobro de Dinero y Ejecución de hipoteca por la vía ordinaria para lograr recobrar las siguientes cantidades: Préstamo #9381988: la suma de $123,659.33 de principal; intereses a razón de 6-1/2% anual; $495.41 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; más la suma de $14,250.00 por concepto de honorarios de abogado. La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. La abogada de la parte demandante lo es la LCDA. MIREYA SANTOS SOTO, con oficinas en el Banco Popular Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera 209, San Juan, Puerto Rico 009181009; teléfonos (787) 765-2988; (787) 764-6392; Fax (787) 7652973, a quienes deberán notificar copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días desde la publicación de este edicto presentado dentro de dicho término el original de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia, sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello oficial del Tribunal en Bayamón, Puerto Rico a MAY 08 2014. Ruth Aponte Cotto Secretaria (o) Regional II. Por: María D. Medina Secretaria Auxiliar I HR-1141 Estado Libre Asociado de Puerto Rico. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. Tribunal de Primera Instancia Sala Superior BAYAMON
DORAL RECOVERY II, LLC Demandante v.
OVIDIO MARTINEZ RODRIGUEZ Demandado(a) Civil: D CD2013-3250 SALA: 504 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: OVIDIO MARTINEZ RODRIGUEZ - CAMINO DEL MAR, CALLE VIA PALMAS CR-38, TOA BAJA, PR EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 2 de mayo de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o
Parte Demandante Vs.
JERRY LUIS FERRER RODRIGUEZ, GLORYNETTE COSTA OLIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA Parte Demandada CIVIL NÚM. DCD2014-759 (401) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, ) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ) SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ) A: JERRY LUIS FERRER RODRIGUEZ, GLORYNETTE COSTA OLIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS FíSICA Y POSTAL: E-6 5 ST. REXVILLE, BAYAMON, PR 00957 POR LA PRESENTE, se le notifica que usted ha sido demandada en el presente caso con el propósito de ejecución de hipoteca. Representa a la parte demandante, la abogada nombre, dirección y teléfono se consigna de inmediato: Lcda. Mádelin Colón Pérez Colegiado 15,513/RUA 14,316 315 Coll & Toste San Juan, Puerto Rico 00918 Tels. 763-4111 & Fax. 766-1289 Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda dentro del término de 30 días a partir de la publicación de este edicto, se le podrá anotar la rebeldía y se podrá dictar sentencia concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. En Bayamón, Puerto Rico, a MAY 06 2014 de 2014. Ruth Aponte Cotto Secretaria Regional II, SECRETARIO. POR: Sandra Báez Hernández Secretaria Auxiliar del Tribunal I SUBSECRETARIO HR-1143 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO
CARLOS ALBERTO RIVERA PÉREZ Demandante Vs.
MICHAEL OTERO MARRERO Demandado CIVIL NÚM.: CCU 2014-0038 SOBRE: CUSTODIA EDICTO LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ) EL PRESIDENTE DE LOS EE UU ) SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR ) A: MICHAEL OTERO MARRERO Estado de la Florida, Estados Unidos de América Se notifica a usted que ha sido radicado en esta Secretaría la Demanda que exhibe el epígrafe. Se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Orlando Avilés López, P.O. Box 1636, Morovis, Puerto Rico 00687, representante legal de la parte demandante, dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación de este edicto, radicando el original de la Contestación a la Demanda en el Tribunal. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted sentencia en rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la demanda. Expido bajo firma y sello de este Honorable Tribunal en Arecibo, Puerto Rico, hoy 7 de abril de 2014. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ Sec. Regional SECRETARIA (O). LUSDELIZ MALDONADO RIVERA SECRETARIA AUX DEL TRIBUNAL SUB-SECRETARIA
HR-1144 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Caguas
DORAL BANK Demandante V.
LUCAS RAFAEL BENNAZAR ORTIZ T/C/C LUCAS R. BENNAZAR ORTIZ T/C/C LUCAS BENNAZAR ORTIZ, ALYN MARIE BERMUDEZ GONZALEZ T/C/C ALYN M BERMUDEZ GONZALEZ T/C/C ALYN BERMUDEZ GONZALEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandado(a) Civil Núm: E CD2014-0036 Sala 612 Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: LUCAS RAFAEL BENAZAR ORTIZ, BENNAZAR ORTIZ T/C/C LUCAS R. BENNAZAR ORTIZ T/C/C LUCAS BENNAZAR ORTIZ POR SI Y EN REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR EL Y LA SRA. ALYN MARIE BERMUDEZ GONZALEZ T/C/C ALYN M. BERMUDEZ GONZALEZ T/C/C ALYN BERMUDEZ GONZALEZ E-19 CALLE GABRIEL, SAN PEDRO STATE, CAGUAS PUERTO RICO 00726 EL(LA) SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 5 de mayo de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 8 de mayo de 2014. En Caguas, Puerto Rico, el 8 de mayo de 2014. Carmen A. Pereira Ortiz Nombre Secretario(a) Regional. María A. Alicea López Nombre Secretario(a) Auxiliar. FIRMADO Firma Secretario (a) Auxiliar HR-1145 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
FANNIE MAE Demandante V.
SUCESION DE LUCAS MARRERO BERRIOS COMPUESTA POR LUCAS MARRERO IRIZARRY, ARIEL ANDRES MARRERO IRIZARRY T/C/C ARIEL A. MARRERO IRIZARRY T/C/C ARIEL MARRERO IRIZARRY, EDGARDO MARRERO IRIZARRY, ANA ELISA MARRERO HORTA T/C/C ANA E. MARRERO HORTA T/C/C ANA MARRERO HORTA, MARIA CRISTINA MARRERO HORTA T/C/C MARIA C. MARRERO HORTA T/C/C MARIA
MARRERO HORTA, NYDIA IVETTE MARRERO HORTA T/C/C NYDIA I. MARRERO HORTA T/C/C NYDIA MARRERO HORTA, FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandados CIVIL NUM. ECD2012-0213 (401) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Estados Unidos de América ) Presidente de los Estados Unidos ) S. S. Estado Libre Asociado de Puerto Rico ) A: ANA ELISA MARERO HORTA T/C/C ANA E. MARRERO HORTA T/C/C ANA MARRERO HORTA COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE LUCAS MARRERO BERRIOS. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Por la presente el Tribunal de Primera Instancia, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 164 DPR 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión Lucas Marrero Berríos. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 1606 Ave. Ponce de León, Edif. Julio Bogoricín, Suite 900, San Juan, Puerto Rico, 00909, Tel. (787) 977-1932, Fax (787) 722-1932. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy MAY 1 2014. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ Secretario General. Por: IRIS GONZALEZ RUIZ Secretaria Auxiliar HR-1146 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS
ALBERTO PEREZ RODRIGUEZ Demandante Vs.
ALBA SOCORRO MARTINEZ PEREZ Demandada CIVIL NUMERO: EDI 2014-0334 SOBRE: DIVORCIO (RUPTURA IRREPARABLE) EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SS A: ALBA SOCORRO MARTINEZ PEREZ. POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al Tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días de haber sido publicado este emplazamiento, excluyéndose el día de la publicación, notificando copia de la misma al abogado de la parte demandante o a ésta, de no tener representación legal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. LCDO. JAVIER F. APONTE REYES RUA 12955 P.O. Box 188 Caguas, Puerto Rico 00726 Tel.
787-744-9598 / Fax 787-7443482 E-mail: jfapontereyes@gmail.com EXPEDIDO bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy día 25 de abril de 2014. Carmen Ana Pereira Ortiz Nombre Secretario(a). Carmen M. Vázquez Torres Nombre SubSecretario(a). FIRMADO Firma Sub-Secretario(a). 25/abril/14 Fecha HR-1147 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de CAGUAS
LIVIO PUIG II, INC. DEMANDANTE Vs.
SERVICIOS DE SALUD Y MEDICOS INTEGRALES, INC., VLADIMIR TORRES CARMONA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES QUE COMPONE CON FULANA DE TAL DEMANDADOS Civil Núm: E PE2014-0048 SALA 611 Sobre: DESAHUCIO Y COBRO DE DINERO NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO A: SERVICIOS DE SALUD Y MEDICOS INTEGRALES, INC., VLADIMIR TORRES CARMONA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES QUE COMPONE CON FULANA DE TAL. EL(LA) SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el día 09 de abril de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 7 de mayo de 2014. En Caguas, Puerto Rico, el 7 de mayo de 2014. Carmen Ana Pereira Ortiz Nombre Secretario(a) Regional Interina. Teresita Vega González Nombre Secretario(a) Auxiliar. FIRMADO Firma Secretario (a) Auxiliar ISO-397 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CABO ROJO
YOLANDA RIVERA CRUZ SELENIA CRUZ PADILLA Demandantes VS.
SUCESION DE MONSERRATE VELAZQUEZ ORTIZ, compuesta por JOSE IGNACIO VELAZQUEZ ORTIZ, ELIZA M. VELAZQUEZ, LEONEL VELAZQUEZ ORTIZ Y JOHN DOE, DIONISIA VELAZQUEZ GIGLIOTTY, SUCESION DE ARMANDO HERNANDEZ MATOS, compuesta Por DYHALMA LUCINDA HERNANDEZ FERRER, ASTRID HERNANDEZ FERRER, TERESA HERNANDEZ FERRER, IRMA MILAGROS HERNANDEZ
FERRER, Y RICHARD DOE. Demandados CIVIL NUM. I4CI201200333 SOBRE: NEGATORIA DE SERVIDUMBRE E D I C T O ESTADOS UNIDOS DE AMERICA )EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU. ) SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. ) A: Eliza M. Velázquez, John Doe, miembro de la Sucesión de Monserrate Velázquez Irizarry; Dyhalma Lucinda Hernández Ferrer, José Armando Hernández Ferrer, Astrid Hernández Ferrer, Astrid Hernández Ferrer, Teresa Hernández Ferrer, Irma Milagro Hernández Ferrer, Richar d Doe, miembros de la Sucesión de Armando Hernández Matos Por la presente se emplazan a los demandados antes mencionados y/o cualquier persona natural o jurídica con interés en la presente acción para que notifique al LCDO. JAIME MARQUEZ TORRES, a su dirección: Calle José De Diego Núm. 7, Cabo Rojo, P.R, 00623, con copia de la contestación a la demanda cuyo original debe ser radicado en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cabo Rojo, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este EDICTO, que se publicará una vez en un periódico de circulación diaria general en Puerto Rico. Se le (s) apercibe que si dejare (n) de hacerlo, se dictará sentencia en rebeldía concediéndose el remedio solicitado. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, hoy19 de diciembre de 2013. IRIS N. CECILIO RODRÍGUEZ, SECRETARIA. MARIA M. AVILES BONILLA SUB-SECRETARIA MR-393 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL MUNICIPAL DE MANATI
ANA G. SANCHEZ PABON, ET ALS Demandante v.
ANNADORY SANCHEZ MARTINEZ, ET ALS Demandado(o) Civil: CD2013-383. Sobre: DIVISION DE COMUNIDAD HEREDITARIA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: Sra. Annadory Sánchez Martínez, 869 Bridge St. Apt 30 Lowell MA 01850. Sra Carmen M. Sánchez Martínez, 135 fletcher St , Lowell MA 01854, Sra. Cindy Sánchez Martínez, 1148 Cotton St. Reading PA 19602. Sra. Belinda Sánchez Colón, 3714 N. Pacific Ave. Chicago IL 60634, Sr. Alberto Sánchez Rosa, 5550 Silver Star Rd. Apt 330, Orlando FL 32808. Sr. Denny Sánchez Rosa, Elvis Sánchez Colón 5532 Lee High Ave., Apt. 56, Orlando FL 32807. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 30 de abril de 2014, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso con fecha de 5 de mayo de 2014. En MANATI, Puerto Rico, el 5 de MAYO de 2014. SORAYA GONZALEZ MALDONADO. Nombre Secretario(a). ANA CELIZ ARROYO DIAZ. Nombre Secretario Auxiliar. Firma Secretario(a) Auxiliar.