Edición 15 de Abril 2013

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EL VOCERO / LOCALES / LUNES, 15 DE ABRIL DE 2013

Sepelio hoy. Sus restos serán cremados en el Centro de Cremación Ehret, Carolina. MARIA H. DIAZ BONNET, 98 años. Natural de Vieques y residente de Río Piedras. Falleció el 13 de abril de 2013 en San Juan. Sepelio hoy a la 1:00 p.m. hacia el Cementerio Buxeda Memorial Park, en Cupey, Río Piedras.

ANTONIA CATALINA ATIENZA NICOLAU, 95 años. Natural de Jayuya y residente de San Juan. Falleció el 12 de abril de 2013 en San Juan. Sepelio hoy a las 10:15 a.m. hacia el Cementerio Nacional. PEDRO NIEVES GONZALEZ, 85 años. Natural de Guaynabo y residente de San Juan. Falleció el 12 de abril de 2013 en San Juan. Sepelio hoy a las 10:30 a.m. hacia el Cementerio Los Angeles Memorial Park, Guaynabo. CARLOS FONSSECA FONTANET, 83 años. Natural de Río Grande y residente de Trujillo Alto. Falleció el 12 de abril de 2013 en San Juan.

WILLIAM CARRION VELEZ, 92 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 14 de abril de 2013 en Mayagüez. Sepelio hoy a la 1:00 p.m. en el Cementerio Nuevo de Mayagüez. MARIA SOCORRO RODRIGUEZ ROSA, 81 años. Natural de Mayagüez y residente de Hormigueros. Falleció el 12 de abril de 2013 en San Germán. Sepelio efectuado. REVERENDO LUIS BLAN-

COVITCH GONZALEZ, 68 años. Natural de Añasco y residente en Mayagüez. Falleció el 13 de abril de 2013 en Mayagüez. Para más detalles favor llamar al 787-8346565. EVA MILDRED PABON CRUZ, 65 años. Natural de Yauco y residente en Cabo Rojo. Falleció el 11 de abril de 2013 en Cabo Rojo. Sepelio efectuado. CRUZELINA QUIÑONEZ TORO, 69 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 12 de abril de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado.

IVAN ENRIQUE TORRES AYALA, 56 años. Natural de Mayagüez y residente del Bo. Joyudas. Falleció el 5 de abril de 2013 en Cabo Rojo. Sepelio efectuado. JOSE ANTONIO CRUZ NAZARIO, 53 años. Natural de Mayagüez y residente del Bo. Salud. Falleció el 6 de abril de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado. RAMON BORRERO RIOS, 86 años. Natural de Mayagüez y residente de Quinto Centenario. Falleció el 9 de abril de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado. GONZALO EVERISTO MORALES CARDONA, 66 años. Natural de Aguadilla y residente de San Sebastián. Falleció el 10 de abril de 2013 en Mayagüez. Será cremado.

SATURNINA VEGA TORRES, 82 años. Natural de Las Marías y residente de Parcelas Marini. Falleció el 6 de abril de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado.

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MARGARITA PEREZ ESCUDERO, 61 años. Natural de Cuba y residente de Arecibo. Falleció el 10 de abril de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado.

CRISTOBAL AVILES VARGAS, 82 años. Natural de Lares y residente de Camuy. Falleció el 7 de abril de 2013 en Camuy. Fue cremado. NAYDA RIVERA SALABERRIOS, 64 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 9 de abril de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. BERNARDINO BARRETO FELICIANO, 99 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 9 de abril de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. BENILDA NAVARRO MARTINEZ, 82 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 9 de abril de 2013 en Arecibo. Fue cremada. ALBINA MENDEZ RUIZ, 94 años. Natural de Camuy y residente de Hatillo. Falleció el 10 de abril de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado.

MARIA MERCEDES JUAN PALMER. Natural de San Germán. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. MARGARITA DROS CASIANO. Natural de Lares. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. GIDDEL GALLISA GARCIA. Natural de Caguas. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. CARLOS NICOLAS EFRE. Natural de Cataño. Falleció en Bayamón. Recibió cristiana cremación. PETER ALBERT LOUIS OTTIMER. Recibió cristiana cremación.

EDICTOS CB-1935 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO

DORAL BANK Parte Demandante VS.

NILSA IVETTE ALVAREZ AMALBERT T/C/C NILSA I. ALVAREZ AMALBERT T/C/C NILSA IVETTE ALVAREZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE IVAN CASTRO PEREDA T/C/C IVAN CASTRO COMPUESTA ADEMAS POR: YARITZA CASTRO CRUZ; DENISSA LYMARIS CASTRO ALVAREZ T/C/C DENISSA L. CASTRO ALVAREZ; NATALIE CASTRO ALVAREZ (MENOR DE EDAD); Y EMILLY EILEEN

CASTRO ALVAREZ (MENOR DE EDAD) JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada CASO NUM. E2CI2013-0126 SALON NUM. ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. MANDAMIENTO ORDEN DE INTERPELACION. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. SS. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: NILSA IVETTE ALVAREZ AMALBERT T/C/C NILSA I. ALVAREZ AMALBERT T/C/C NILSA IVETTE ALVAREZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE IVAN CASTRO PEREDA T/C/C IVAN CASTRO, COMPUESTA ADEMAS POR: YARITZA CASTRO CRUZ; DENISSA LYMARIS CASTRO ALVAREZ T/C/C DENISSA L. CASTRO ALVAREZ; NATALIE CASTRO ALVAREZ (MENOR DE EDAD); Y EMILLY EILEEN CASTRO ALVAREZ (MENOR DE EDAD); JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS POR CUANTO: Se ha dictado en el presente caso la siguiente Orden: “ORDEN” Examinada la moción presentada por la parte demandante y examinados los autos del caso, el Tribunal le imparte su aprobación y en su virtud acepta interpelación judicial de la parte demandante a los herederos de Iván Castro

Pereda T/C/C Iván Castro conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2787. Se ORDENA a los herederos de Iván Castro Pereda T/C/C Iván Castro, a saber a su viuda Nilsa Ivette Alvarez Amalbert T/C/C Nilsa I. Alvarez Amalbert T/C/C Nilsa Ivette Alvarez; sus hijas: Yaritza Castro Cruz; Denissa Lymaris Castro Alvarez T/C/C Denissa L. Castro Alvarez; Natalie Castro Alvarez (menor de edad); y Emilly Eileen Castro Alvarez (menor de edad); John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos, a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, aceptan o repudien la participación que les corresponda en la herencia de Iván Castro Pereda T/C/C Iván Castro. Se le apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, la herencia se tendrá por aceptada. También se le APERCIBE a los herederos antes mencionados que luego del transcurso del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia de Iván Castro Pereda T/C/C Iván Castro, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2785. Se ORDENA a la parte demandante a que, en vista de que la sucesión de Iván Castro Pereda T/C/C Iván Castro incluye como herederos a John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos, proceda a notificar la presente Orden mediante

publicación de un edicto a esos efectos una sola vez en un periódico de circulación diaria general de la Isla de Puerto Rico. DADA en San Lorenzo, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2013. Fdo. Alicia Velázquez Piñol, Juez Superior. POR CUANTO: Se le(s) advierte a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia de Iván Castro Pereda T/C/C Iván Castro. POR ORDEN DEL HONORABLE, Juez de Primera Instancia de este Tribunal, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 28 de febrero de 2013. Maribel Barreiro Maymí, Secretaria del Tribunal Confidencial II Secretaria General. Por: Sheila Roldán Rodríguez, Secretaria Auxiliar, Sub-Secretaria.

CB-1959 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL GUAYAMA SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

WILSON MEDINA DELGADO Demandado CIVIL NUM. GCD2012-0191 SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA Estados Unidos de América El Presidente de los Estados Unidos SS El Estado Libre Asociado de Puerto

Rico A: WILSON MEDINA DELGADO; AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO Y AL PUBLICO EN GENERAL: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 7 de mayo de 2013 a las 10:30 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: -URBANA: Solar marcado con el número quince (15) del bloque G en el plano de inscripción de la urbanización Jardines de la Reina, localizada en el Barrio Jobos del término municipal de Guayama, Puerto Rico. Tiene un área superficial de trescientos doce punto tres mil trescientos ochenta y dos (312.3382) metros cuadrados, y sus colindancias son las siguientes: por el Norte, con una (1) alineación de trece punto cero catorce (13.014) metros lineales, con la calle número siete (7); por el Sur, con una (1) alineación de trece punto cero catorce (13.014) metros lineales,

con el solar número doce (12) del bloque G; por el Este, con una (1) alineación de veinticuatro (24.00) metros lineales, con el solar número dieciséis (16) del bloque G; y por el Oeste, con una (1) alineación de veinticuatro (24.00) metros lineales, con el solar número catorce (14) del Bloque G. Afecta a este solar una servidumbre telefónica de cinco (5) pies lineales de ancho que discurre a todo lo largo de su colindancia norte. En dicho solar enclava una estructura de concreto diseñada para fines residenciales para una familia, construida de acuerdo a los planos y especificaciones. La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Guayama, al folio 23 del tomo 488 de Guayama, finca número 19270. La antes descrita propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior, a la hipoteca objeto de ejecución: Hipoteca en garantía de pagaré a favor de Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, por la suma principal de $12,500.00, otorgada ante el Notario Edgardo del Valle Galarza, el día 27 de febrero de 2007, inscrita al folio 23 del tomo 488 de Guayama. Se establece como tipo mínimo para la primera subasta la suma de $70,542.00. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 14 de mayo de 2013 a las 10:30 de la

mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $47,028.00, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 21 de mayo de 2013 a las 10:30 de la mañana y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $35,271.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $65,903.36, balance de principal del pagaré hipotecario objeto de ejecución, los intereses al tipo convenido del 6% anual devengados sobre dicho principal hasta el día 1ro. de enero de 2012, más los devengados desde dicha fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los cargos por demora incurridos desde dicha fecha hasta el total y completo pago de la deuda, la suma de $7,054.20, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás cons-

tancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Guayama, Puerto Rico, expedido el mismo en Guayama, Puerto Rico, hoy día 22 de febrero de 2013. Firmado, Alguacil, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama. Edwin Alvarado Díaz.


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