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transferencias no contributivas para la persona adulta mayor

Figura 4.

Honduras (2017). DIGAM. Flujo de los procesos de concesión de las transferencias no contributivas para la persona adulta mayor

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Revisión de la base de datos DIGAM Análisis Inclusiones en la planilla

Fuente: Elaboración propia basada en SEDIS (2016, 2017a, 2017b).

Conforme al Manual de Procesos y Procedimientos de la DIGAM (2016), la base de datos se actualiza mensualmente contactando con los beneficiarios; y únicamente cuando una de las personas beneficiarias fallece se analiza la posibilidad de nuevas concesiones.

3.4 Financiamiento

Tal y como se prevé en la ley, el Régimen de Piso de Protección Pocial se financiará con fondos públicos, por medio del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, con recursos asignados al Fondo de Solidaridad y Protección Social para la Reducción de la Pobreza. Al diseñar las prestaciones y provisiones necesarias para atender a la población adulta mayor es recomendable someter ese punto al análisis técnico de estudiosos en finanzas públicas para evaluar el origen de los recursos, los impuestos que compondrán los ingresos del fondo solidario, los impuestos provenientes de otros niveles de gobierno que podrán alimentar el fondo, evaluando el monto de recursos con respecto al presupuesto general y al PIB de Honduras. De esta manera, se identifica el porcentaje que podrá ser consignado para las prestaciones y provisiones destinadas a la población adulta mayor. Para costear el piso de protección social (gastos administrativos, servicios, beneficios, planes y programas) cada política sectorial responsable de la protección social no contributiva deberá tener asegurada la asignación de recursos en el Presupuesto General de la República, conforme a la planificación aprobada en el Consejo Nacional de Coordinación y Articulación de Políticas Sociales (CONCAPS). Así, la ley garantiza fondos específicos destinados al mantenimiento de cada pilar del sistema de protección social, ejecutados y contabilizados por separado, con transparencia y control social en el mantenimiento de cada régimen.

3.5 Espacios de diálogo social

El rediseño institucional que se pretende realizar en Honduras para estructurar, ejecutar, monitorear y evaluar el piso de protección social como estrategia de ampliación de la seguridad social extensiva a todos los segmentos de la población en los territorios es inimaginable sin espacios permanentes de diálogo social entre diversos actores. Esos espacios ya están previstos en las normas hondureñas y son visibles en los documentos y estructuras organizativas vigentes, y podrían asumir diferentes arreglos: foros permanentes de debate y consulta; comités interinstitucionales; consejos institucionalizados con la participación social de diferentes interlocutores y grupos de interés –principalmente, los beneficiarios–; espacios de escucha sobre reclamaciones, sugerencias y manifestación de grado de satisfacción. El propósito es que sean espacios institucionalizados, consultivos o deliberativos, en función del arreglo. De igual modo, es necesario establecer un espacio permanente de diálogo interdependiente que involucre los diferentes niveles de gobierno. En este sentido, la descentralización implica un consenso entre los niveles de gobierno, la construcción de consensos entre el Estado y la sociedad civil y la participación activa de la ciudadanía, en un movimiento ascendente desde los territorios; principalmente, aquellos que se sitúan en las condiciones de vulnerabilidad que les convierte en potenciales beneficiarios de los servicios y beneficios de la protección social no contributiva.

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