Movilidad Egresados

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MOVILIDADES ACADÉMICAS EN EL CASO DE LOS GRADUADOS

Socialización del Acuerdo ante la Facultad de Economía y Administración.

El Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana creó mediante Acuerdo 024 de 2016 el reglamento de movilidad académica entrante y saliente de estudiantes, docentes, graduados y administrativos.

La movilidad académica es el desplazamiento temporal, en doble vía, que realizan los miembros de una comunidad académica a otra; contribuye a incrementar la calidad académica, posicionar las universidades como instituciones internacionalizadas y generar trabajo o acciones conjuntas en los campos de la investigación y el desarrollo para la región. En la Universidad Surcolombiana el proceso de movilidad académica ya se venía desarrollando, la razón por la cual se reglamentó con el Acuerdo 024 de 2016 se debe a que “la Universidad está en un mejoramiento continuo y debe tener establecido un instrumento que facilite de manera coordinada y organizada la información.” Manifestó Gloria Cotrino Trujillo, Jefe de la Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales (ORNI). El instrumento al que se Refiere la Jefe de la Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales, es el sistema de Registro Único de Movilidad (RUM) que se implementó para que las personas puedan dejar allí registradas todas las evidencias de la movilidad que realizan. En el acuerdo están estipulados los requisitos y el procedimiento para estudiantes, docentes, graduados y administrativos; para los graduados que aspiren realizar movilidad académica a nivel nacional o internacional les es pertinente tener presente, entre otras precisiones, lo siguiente:  cumplir con lo preceptuado en el Acuerdo 024 de 2016 y en las disposiciones que para el efecto señalen las normas internas en cada caso;  cumplir con los requisitos y condiciones de la institución de destino y con las condiciones suscritas en el convenio entre la Universidad Surcolombiana y la otra parte de destino;


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no tener sanciones disciplinarias graves calificadas a título de dolo vigente al momento de la aprobación de la movilidad; para graduados que aspiren realizar movilidad en países que no son de habla hispana, se deberá cumplir con los requisitos de idioma exigidos por la institución de destino o evento;

Según Gloria Cotrino Trujillo, Jefe de la Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales (ORNI), las movilidades académicas contribuyen a tener una mayor visibilidad de la universidad “ya que el graduado, estudiante o administrativo donde esté, tendrá la oportunidad de beneficiarse conociendo un contexto diferente al suyo y proyectar, en el caso del egresado, lo aprendido en la universidad” es decir “va a tener una oportunidad de retroalimentación”. Datos de la Oficina de Relaciones Nacionales e Internacionales (ORNI), evidencian que la movilidad académica de Graduados no ha tenido la demanda anhelada, por tanto se adiciona en el presente Acuerdo que la Universidad Surcolombiana puede concurrir subsidiariamente con apoyo económico, para el caso de los graduados, exclusivamente cuando estén vinculados en calidad de jóvenes investigadores, a un proyecto de investigación, proyección social o al Centro de Emprendimiento e innovación de la USCO. Este es un aspecto nuevo que se creó con el Acuerdo 024 y el cual ofrece más garantías para las movilidades de graduados. Una vez finalizada la movilidad, el graduado deberá hacer la legalización de la misma mediante el sistema RUM, con verificación de la Oficina de Egresados. Con el presente Acuerdo se espera tener la información más sistematizada, actualizada y estar al día ante los entes de control, para así contribuir en el proceso de la acreditación institucional de la Universidad Surcolombiana. Ver acuerdo 024 del 2016 Aquí


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