SINTESIS ABRIL 2012

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aza real e inminente de que se causará un mal grave, harán uso de la fuerza en los términos previstos en esta directiva”. Mientras que la Semar —que ya contaba con disposiciones sobre uso de la fuerza— actualizó su protocolo y estableció que “a pesar de que existan sospechas fundadas sobre las personas que huyan o traten de huir de una inspección de carácter administrativo, el personal naval no usará armas letales en contra de éstas o sus vehículos e iniciará la persecución física”. Detalla además que “en situaciones en que el conductor de un vehículo haga caso omiso a las indicaciones para detener su marcha en un puesto naval de seguridad, solamente se podrá emplear armas letales en respuesta a una agresión armada que represente peligro inminente de lesiones graves o muerte, o cuando el presunto infractor intente colisionar con su vehículo al personal naval. En cualquier otra circunstancia, se intentará detener la marcha del vehículo empleando armamento incapacitante no letal, como las trampas poncha-llantas”. Los lineamientos de la SSP federal señalan que sus elementos “podrán hacer uso legítimo de la fuerza en los niveles de presencia disuasiva, persuasión verbal, control físico de movimientos, utilización de fuerza no letal y utilización de fuerza letal”, ésta última cuando otros medios sean ineficaces.

Ministerial actúen en legítima defensa; “la autoridad no empleará armas de fuego contra las personas, a menos que resulten insuficientes las medidas menos extremas para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones”. Todas las dependencias destacan que los integrantes de las instituciones de seguridad tienen derecho a la protección de su vida integridad, por lo que deben ser capacitados para hacer uso de la fuerza. En el acto oficial para presentar los protocolos, el presidente Felipe Calderón aseguró que estas directrices se construyeron en cumplimiento a las recomendaciones, tanto de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como de diversos organismos nacionales e internacionales y que su objetivo fundamental es fortalecer la protección integral de las garantías individuales en las acciones de la autoridad y que las dependencias cuentan ahora con una base legal mucho más sólida para seguir realizando sus tareas, como hasta ahora lo han hecho, con apego a la legalidad y con respeto a los derechos de las personas. “El uso legítimo de la fuerza para la protección y la defensa de los ciudadanos corresponde al Estado. Eso lo debemos subrayar, y está debidamente establecido en la Constitución”, dijo Calderón.

Por su parte, la PGR establece que se puede hacer uso de la fuerza para someter a unas persona que se resista a la detención, o cuando los agentes de la Policía Pág 5


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