Ebook Seguro Responsabilidad Civil Profesional

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Seguro de Responsabilidad Civil Profesional

INDÍCE

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Introducción

02

Concepto

Responsabilidad Civil y porqué asegurarla

Responsabilidad Civil Profesional médica

¿Cómo funciona?

¿Es obligatorio para el ejercicio profesional?

Conclusión

¿Qué es la Responsabilidad Civil?

¿Por qué asegurar la Responsabilidad Civil? 2.1 2.2

¿Qué riesgo puede existir para el sanitario si no lo tiene?

¿Qué tipos de reclamaciones exiten?

Si tengo varias especialidades, ¿necesitaría dos seguros distintos?

¿Qué debo hacer o no hacer, si recibo una reclamación?

das indemnizaciones, requieran legalmente de un seguro expresamente diseñado para cubrir demandas por mala praxis profesional. Pero hay que dejar claro que el hecho de que un paciente piense que ha existido mala praxis, no lo convierte en real; y por eso no hay que alarmarse si llega una reclamación. Es algo que habrá que demostrar durante las diligencias procesales y jurídicas.

INTRODUCCIÓN

Es normal que el grado de responsabilidad de los médicos vaya aumentando según va aumentando su contacto con pacientes, su nivel de conocimiento, número de diagnósticos… es decir, según va completando el MIR. Todo lo que se va aprendiendo conlleva más actuación médica y, por muy responsablemente que se quiera hacer, conlleva cierto riesgo. Porque en la medicina, el avance se va demostrando y haciendo según nos vamos distanciando de una básica medicina preventiva.

Por ello, es entendible que los profesionales de la salud, ante los riesgos de una reclamación y las posibles eleva-

El consentimiento informado es una pieza fundamental del ejercicio profesional, y cualquier ayuda que recibamos en el ejercicio de nuestra profesión para tener controlado todos y cada uno de los aspectos del consentimiento informado a pacientes, es bienvenido. Que estén bien redactados, claros e inteligibles por la población; que sean lo más específicos posible, que su archivo y documentación se haga de una forma correcta, aun no siendo responsabilidad del médico.

No es su responsabilidad, pero cualquier fallo al respecto se le achacará a él. Es una de las coberturas principales que necesitamos en nuestro seguro de responsabilidad civil para médicos, ya que por ahí entran muchísimas reclamaciones. Da igual qué modelo de relación médico-paciente exista en la comunidad autónoma, puesto que todos tienen la obligación de tener la aprobación expresa del paciente sobre el correcto entendimiento acerca de los tratamientos, así como su aprobación mediante firma en documentos oficiales.

Nuestra humilde y más sincera recomendación es, en caso de tener alguna reclamación, ponerse en contacto con los mejores. Profesionales que tengan experiencia y dominen este sector en concreto. Que trabajen en equipo para hacer sentir protegido a los profesionales de la salud, trabajando eficaz y eficientemente.

Cuando un paciente tiene una dolencia concreta que le preocupa, ¿acudirá a cualquier consulta o se informará y seguirá recomendaciones para acudir a la consulta de profesionales especializados en ese tipo de patología? La respuesta es obvia, ¿verdad? Pues en este tema es exactamente igual. Debemos contar con el respaldo de los mejores en responsabilidad civil profesional. En este punto queremos hacer una matización para diferenciar entre entidades aseguradoras expertas y corredurías líderes en el sector. ¿Cuáles son las ventajas de éstas últimas?

c La correduría siempre examinará todas las posibilidades para que el asegurado esté cubierto, es decir, que su cliente aún existiendo conflictos por la cobertura del seguro, salga beneficiado.

c Además, la correduría se suele identificar por una rápida gestión de siniestros y un trato cercano con sus asegurados.

Desgraciadamente, en muchas ocasiones no pocos médicos han sufrido las consecuencias de una deficiente atención por parte de sus aseguradoras de responsabilidad civil. Normalmente, debido a:

c Falta de cobertura del siniestro.

c Lagunas de información en la resolución del siniestro.

c Lentitud en la tramitación del siniestro.

c Conflicto de intereses con la aseguradora.

Entendemos perfectamente que no estés familiarizado a priori con este concepto, ya que no todos los sectores profesionales necesitan un seguro de responsabilidad civil para poder ejercer su trabajo. Sólo aquellas profesiones que puedan provocar un daño a otras personas, del tipo que sea, necesitan un seguro que cubra esa posible eventualidad.

Partiendo de esta básica descripción, podemos ir desgranando profesiones que sí puedan necesitar de un seguro que cubra en caso de infortunio, por posibles daños físicos, materiales y morales. Algunas de las profesiones que lo necesitan son conductores y transportistas, arquitectos, constructores, pilotos, médicos, enfermeros, abogados, notarios… estos últimos por ofrecer consejos y/o servicios en los que la información es vital. Una incorrecta formulación de un consejo, que lleve a consecuencias negativas, puede conllevar una reclamación.

Lo difícil es cuantificar dichos daños en muchas ocasiones. Pero esta labor la tiene que realizar el juez. Está claro: si se han perdido días de trabajo, se ha gastado dinero en desplazamientos, fisioterapia… esto sería fácil de cuantificar por las facturas, nómina… pero los daños morales son más difíciles de cuantificar.

Como en todo seguro contratado, el tomador cuenta con una serie de obligaciones y derechos, como son:

c Obligaciones:

w Pagar las cuotas del seguro, con la periodicidad pactada con la aseguradora.

w Poner en conocimiento cualquier cambio en las cláusulas contratadas siempre que afecten al riesgo contratado.

c Derechos:

w Solicitar cualquier cambio en la póliza contratada: coberturas, beneficiario…

w Oposición a la prórroga.

w Solicitar la entrega de la póliza.

w Realizar quejas relacionadas con el seguro.

w Interponer demandas justificadas.

Los profesionales del sector de la salud, ya sean doctores o enfermeras, están expuestos a recibir denuncias y juicios en materia civil por parte de sus pacientes; administrativa y/o penal que incrementan el riesgo de prisión, pago de indemnizaciones, multas e inhabilitaciones.

CONCEPTO RESPONSABILIDAD

CIVIL Y POR QUÉ

ASEGURARLA

2.1. ¿Qué es la Responsabilidad Civil?

La responsabilidad civil es un concepto universal, ya que se refiere a un sistema que se podría aplicar a cualquier régimen jurídico moderno. Sin embargo, no es un concepto matemático ya que su constatación depende de la concurrencia de una serie de requisitos, quedando a la decisión del juzgador la comprobación

de la concurrencia de aquellos requisitos, y a su criterio la determinación de las cantidades indemnizatorias.

Para que exista responsabilidad civil es necesario que se conjuguen los elementos que la configuran: acción u omisión productora del acto ilícito, antijuricidad, culpa del agente, daño efectivo y nexo de causalidad entre la acción y el daño causado. Existen dos tipos de responsabilidad civil:

c Contractual: las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes firmantes (art. 1091 del Código Civil). Existen dos tipos de contratos: de medios y de objetivos. En el primero, el que presta el servicio se compromete a poner todos los medios posibles y a su alcance para conseguir unos objetivos marcados de forma conjunta. En el segundo, en cambio, el prestador de servicio se compromete a conseguir unos resultados concretos.

c Extracontractual: la que nos ocupa en este ebook, que será explicada a continuación.

2.2. ¿Por qué asegurar la

Responsabilidad Civil?

La consecuencia del seguro de Responsabilidad Civil radica en la obligación legal que tiene una persona de reparar cualquier menoscabo, daño o pérdida causados a una tercera persona por culpa o negligencia, recogida en el Código Civil por los artículos:

w Art. 1902:

“El que por acción u omisión causa un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.”

De este artículo se desprende la existencia de los diversos elementos que lo configuran:

c Acción u omisión: comportamiento dañoso del que el causante debe responder, bien entendiendo que puede configurarse tanto en sentido activo como pasivo –acción u omisión- (se realiza aquello que debió omitirse o bien se omite aquello que debió realizarse) siendo ésta la causa desencadenante del daño.

c Daño: menoscabo padecido por la integridad física o psíquica de una persona. También el deterioro o, incluso, la destrucción de bienes materiales, producidos como consecuencia de la intervención del profesional contratado o asignado.

c Culpa o negligencia: valoración de una determinada acción u omisión para establecer su reprochabilidad, o no, a su autor. Se desencadena como producto de una ausen-

cia de observación del «deber de cuidado», o de la omisión por parte del agente de la diligencia y previsiones exigidas (negligencia); o bien producto de la intencionalidad o mala fe en la causa del daño (dolo).

c Relación causal: es el elemento que configura el nexo de unión entre los dos primeros, pues no es posible imputar responsabilidad a nadie si entre su acción/omisión y la producción de daño, no ha mediado una relación directa causa/efecto.

Se trata de la parte más farragosa y difícil de masticar, pero necesaria después de todo. En estos artículos del Código Civil se explica en lenguaje jurídico-administrativo los conceptos más importantes que hacen que sea obligatorio el seguro de responsabilidad civil en algunas profesiones.

w Art. 1903:

“La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propias, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder. Los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda. Los tutores lo son de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que están bajo su autoridad y habitan en su compañía.

Lo son igualmente los dueños o directores de un establecimiento o empresa respecto de los perjuicios causados por sus dependientes en el servicio de los ramos en que los tuvieran empleados, o con ocasión de sus funciones.

Las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias.

La responsabilidad de que trata este artículo cesará cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño.”

Esta obligación alcanza a todas las personas, sean físicas o jurídicas y cualquiera que sea su actividad, pues suponen un factor potencial y generador de riesgos. Así, nos centramos en que la sociedad está organizada alrededor de una serie de principios. Uno de estos es el no causar daño a los bienes e intereses de los demás. Por tanto, todo ello nos lleva inequívocamente al concepto real de Responsabilidad Civil:

«Deber jurídico que corresponde al individuo imputable que ha cometido un hecho ilícito, de asumir las consecuencias que del mismo se deriven, previstas en la Ley»

RESPONSABILIDAD

CIVIL PROFESIONAL SANITARIA

Es la acción de resarcir a aquellos a los que se haya podido realizar un daño en el ámbito del ejercicio de la profesión sanitaria. El daño puede haberse producido de manera fortuita, casual o accidental. Para que exista responsabilidad civil es necesario que se conjuguen los elementos que la configuran: acción u omisión productora del acto ilícito, antijuricidad, culpa del agente, daño efectivo y nexo de causalidad entre la acción y el daño causado.

Vamos a desarrollar un apartado de preguntas frecuentes que, en nuestra experiencia, ayudan mucho a entender por qué existen seguros de responsabilidad civil profesional. Como siempre, queremos mantener a nuestros médicos bien informados sobre aquellos aspectos jurídicos que no tienen que entender, y mucho menos dominar. Sentimos esa necesidad, y queremos devolver, aunque sea una pequeña parte, todo lo que hacéis por nosotros cada día.

3.1. ¿Cómo funciona?

Los profesionales del sector de la salud, ya sean doctores o enfermeras, están expuestos a recibir denuncias y juicios en materia civil por parte de sus pacientes; administrativa y/o penal que incrementan el riesgo de prisión, pago de indemnizaciones, multas e inhabilitaciones. También a consecuencia de

un error involuntario en su actuación médica, que puede generar consecuencias negativas tanto para el profesional como para sus familias.

Al adquirir protección a través de una póliza de responsabilidad civil profesional sanitaria, se transferirá todo el riesgo por medio de respaldo legal y económico.

3.2. ¿Es obligatorio para el ejercicio profesional?

Sí, el seguro de responsabilidad civil es obligatorio para ejercer la medicina, tal y como establece la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias en su artículo 46.

Se prohíbe llevar a cabo ningún tipo de práctica médica sin tener dicho seguro, pudiendo constituir esto incluso un delito penal.

3.3. ¿Qué riesgo

puede existir para el sanitario si no lo tiene?

Como ya hemos dicho, el seguro de responsabilidad civil es básico y obligatorio para los profesionales. Ya que, aunque la especialidad del ejercicio no se desarrolle con el contacto directo del paciente, pueden existir reclamaciones.

Los riesgos son indiscutibles y se recogen desde considerables indemnizaciones, los costes de la defensa a nivel jurídico, fianzas fiscales e inhabilitaciones del profesional perjudicado. Todo ello de la mano de tensiones emocionales que se experimentan siempre.

Este tipo de seguro es una garantía segura para dotar a los profesionales de la medicina de la protección que necesitan junto a la ley. Ya que, además, puede llegar a asegurar los ingresos ante una inhabilitación total del sanitario.

El seguro de responsabilidad civil es básico y obligatorio para los profesionales. Ya que, aunque la especialidad del ejercicio no se desarrolle con el contacto directo del paciente, pueden existir reclamaciones.

El consentimiento informado es una pieza fundamental del ejercicio profesional, aun no siendo responsabilidad del médico, cualquier fallo al respecto se le achacará a él.

3.4. ¿Qué tipos de reclamaciones existen?

Existen diferentes tipos de reclamaciones:

c Reclamación Civil: en este caso, el objetivo de la reclamación es conseguir una indemnización económica por el daño ocasionado. Tiene, por tanto, una finalidad reparadora.

c Reclamación Penal: a través de esta vía, se busca la sanción penal del asegurado por el acto médico realizado. También una posible indemnización e incluso su inhabilitación profesional.

3.5. Si tengo varias especialidades, ¿necesitaría dos seguros distintos?

Es necesario declarar todas las especialidades que ejerces, sin embargo, no es necesario contratar dos seguros, para esto se analiza todo el riesgo al que estás expuesto y se adapta la mejor opción de garantías y coberturas para tu actividad profesional.

3.6.

¿Qué debo hacer, o no hacer, si recibo una reclamación?

Si has sufrido un siniestro, lo primero es mantener la calma e ir preparando la siguiente documentación:

w Reclamación.

w Historia Clínica.

w Consentimiento Informado.

w Parte del siniestro.

Lo que no debes hacer es:

w Aceptar responsabilidades sobre el acto médico.

w Llegar a un acuerdo extrajudicial sin autorización de tu abogado gestor.

w Dar dinero al paciente o familiares, mantén siempre la calma.

w Mantener reuniones con el paciente, familiares o abogados sin antes comunicarlo a tu abogado.

w Asistir a versiones o testimonios sin la debida asesoría legal.

w Asistir a versiones o testimonios con abogados externos al despacho jurídico designado.

w Alterar la historia clínica y/o el resto de documentación medicolegal.

Esperamos que con este apartado hayamos podido disipar cualquier duda que pudieras tener sobre la responsabilidad civil profesional en el sector de la salud. No dudes en contactar con nosotros si quieres ampliar información y, sobre todo, queremos poner en tu conocimiento que la Fundación Uniteco Profesional desarrolla cada año en Madrid, junto con la Universidad de Alcalá de Henares, el Máster en Peritaje médico y valoración del daño corporal, en el que se ahonda muchísimo en las claves para resolver favorablemente juicios por mala praxis de profesionales de la salud. La figura del perito médico, además de ser una necesidad en auge, es clave para que los jueces puedan decidir de manera justa si el médico ha cometido mala praxis en el ejercicio de su profesión para ese caso en concreto.

La sentencia con la indemnización más alta de la historia en España llegó a los 4.2 millones de euros por una niña que, por sufrir falta de oxígeno en su nacimiento, padece parálisis cerebral. Muy pocas personas podrían afrontar una indemnización de tal magnitud, y por ello existen seguros de responsabilidad civil profesional. Ojalá nos equivoquemos, pero creemos que no mucha gente iría más allá del titular. No nos referimos a leer la noticia, sino a realizar un ejercicio de empatía con la situación intentando ver la foto completa. Pobre familia, está claro, no negamos que se cometió algún error. Quizá el parto fue muy complicado, puede ser. Los médicos son personas, se pueden confundir. La única diferencia es que si nos confundimos escribiendo, podemos borrar lo escrito y volver a escribirlo otra vez. En cambio, si un médico comete un error en el peor momento, una vida se va.

CONCLUSIÓN

Tal y como sucede en otros muchos sectores de bienes y servicios, existe una guerra de precios que aplica perfectamente a la guerra de primas en seguros. Se crea competencia, sí, y hasta aquí todo bien. Pero como ‘nadie regala duros a pesetas’, el que termina sufrien-

do las consecuencias es el consumidor, en este caso el asegurado. Si se bajan los precios, también lo harán las prestaciones; y se pueden dar situaciones muy incómodas para aquellos que contaban con unas teóricas coberturas que luego en la práctica no formaban parte del condicionado de su póliza. Todo ello va en contra de la pura idea de un seguro que no es ni más ni menos que hacer sentir tranquilo al asegurado para que pueda desempeñar sus funciones con la seguridad de estar cubierto en todo momento.

Cuando te ofrezcan un seguro y su atractivo solo sea el precio, desconfía y lee todo el contenido del condicionado. Si es posible, consulta con expertos en materia de seguros que valoren y comparen la oferta; y asegúrate de que tiene las reclamaciones básicas cubiertas.

Nos damos cuenta de ello en nuestra vida diaria: lo barato termina saliendo caro, puesto que conlleva gastos extras, reposiciones… nos pasa en casi todos los ámbitos. Lo que hoy vemos como un ahorro sustancial de nuestros gastos, se puede convertir en una pesadilla de la que no podremos

despertar. La realidad es que no sólo la indemnización nos lastraría en caso de que no salga todo como queremos, sino que los gastos en defensa al inicio del procedimiento pueden ser una carga difícil de asumir en muchos casos (entre procuradores, peritos y abogados, como mínimo, empezaríamos a hablar de 5.000 a 6.000€).

No todos los seguros son iguales, aunque se llamen de la misma manera. La letra pequeña se convierte en la gran diferencia cuando nos ponemos a compararlos. El condicionado de cada póliza es el que determina qué cosas están cubiertas y qué cosas quedan descubiertas. Hay cosas en la vida en las que es mejor no escatimar. Y no hablamos de subjetividades como el coche o la casa… sino de aquello que nos protege. Se trata de una inversión, más que de un gasto. En muchos casos, escuchamos o leemos las indemnizaciones astronómicas provenientes de resoluciones judiciales en casos de

mala praxis sanitaria… nadie puede asumir esas sumas por sí mismo. Y, sinceramente, a la población vista como un conjunto, nos interesa que los médicos arriesguen porque es una de las maneras de avanzar en este campo. La sociedad se ha beneficiado de esos riesgos que muchos profesionales han decidido tomar por el bien común.

Contrata un seguro de responsabilidad civil profesional completo para poder trabajar tranquilo, sabiendo que estás cubierto ante cualquier eventualidad que se pueda producir en el ejercicio de tu profesión.

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