Procesos y regímenes aduaneros

Depósitos
Perfeccionamientos
El proceso de importación se inicia incluso antes de que se cargue la mercancía en el transporte de origen, debido a la necesidad de un análisis de riesgos por parte de la aduana europea para evitar la obliga a todas las mercancías que deban cargarse con destino a Europa, que informen a las autoridades aduaneras con un plazo previo a la carga según el tipo de transporte, a través de la ENS (Entry Summary Declaration) / DSE (Declaración Sumaria de Entrada).
Debe realizar la declaración a la primera aduana de destino la persona que se haga cargo del transporte, en marítimo por ejemplo suele ser la naviera, y la hace para toda la carga que transporta. Aunque puede ser el importador o consignatario o cualquier persona en cuyo nombre o por cuya cuenta actúe el transportista.
Una vez presentada la Declaración Sumaria de Entrada, las autoridades aduaneras procederán a su registro y lo comunicarán inmediatamente al declarante, a su vez, la aduana de primera entrada realizará el análisis de riesgos sobre la base de la información que contiene la declaración, adoptando las medidas oportunas en función del resultado.
Marí mo
Plazo para comunicación según po tranporte
• CONTENEDORES
• GRANEL
Aéreo
• VUELOS DE CORTO
RECORRIDO (< 4 horas)
• VUELOS DE LARGO RECORRIDO (> 4 horas)
24 horas antes de la carga
4 horas antes de la llegada al primer puerto del TAU.
Por lo menos, en el momento del despegue efec vo del avión.
4 horas antes de la llegada al primer aeropuerto del TAU.
Carretera 1 hora antes de la llegada.
Antes de llegar al primer punto de entrada a Europa, se tiene que avisar de la previsión de fecha y hora prevista de llegada realizando el “Aviso de llegada”
El operador del medio de transporte activo que entre en el TAU debe avisar de la llegada del mismo ENS previas.
“riesgo de tal magnitud que exige ser controlada en el primer punto de entrada aunque no esté prevista su descarga”
Justo a la llegada del transporte a puerto/aeropuerto de destino, el consignatario / aerolínea realiza la DSDT (Declaración sumaria de depósito temporal), conocida comúnmente como “sumaria” en el que se incluye toda la información relativa a la mercancía descargada por un buque en un puerto y en un viaje determinado.
Como procedimiento general, se establecen a continuación los diferentes pasos que se deben seguir para presentar la declaración sumaria de descarga en el puerto de Barcelona:
El armador o la naviera, cuando conoce la mercancía que se va a descargar en el puerto, lo comunica al agente consignatario que lo representa en dicho puerto.
El agente consignatario elabora y envía a la Autoridad Portuaria pertinente la declaración sumaria
La Autoridad Portuaria la reenvía a la Aduana correspondiente.
La Aduana responde con un mensaje de aceptación o rechazo de la declaración que se envía a la Autoridad Portuaria. Ésta lo reenvía al agente consignatario. sobre la declaración.
La declaración sumaria se activa cuando el buque es detectado por la Boya Sierra y, ésta envía la hora de llegada del buque a la Autoridad Portuaria. La activación implica que la mercancía está a disposición de la Aduana y por lo tanto se puede solicitar destino aduanero para las mercancías El Agente de Aduanas ya puede “lanzar” el DUA a la aduana
Una vez tenemos la mercancía en el ADT, tendremos esos 90 días de plazo para escoger entre los diferentes regímenes aduaneros según la intención que tengamos con las mercancías que hemos traído del exterior.
Lo más común es solicitar una importación a consumo, lo que supone el pago del IVA tener dicho producto disponible para la venta en España, ya que será una venta sujeta a IVA.
La liquidación del pago del IVA se puede realizar en el momento de la importación o diferirlo a la declaración del IVA*.
Otra opción dentro de la importación de la mercancía es suspender el pago del IVA realizando una importación “a libre práctica” y posteriormente tenemos la opción de reexpedir inmediatamente la mercancía a otro estado miembro y por eso no se paga IVA, pero debe probarse la salida del TAI (Territorio de Aplicación del Impuesto Península y
Otro de los regímenes posibles usual, es el de la exportación de mercancías desde Europa a un país tercero.
Al no tener aranceles de exportación los controles son menores, pero siguen existiendo. Especialmente para productos que llevan para control de temas sanitarios, veterinarios, …
La declaración de las exportaciones se hace mediante el DUA y es en esta declaración de origen Eur1 a la aduana si lo requerimos.
La información que declaramos también sirve para estadística de la comunidad europea y debemos tener en cuenta la responsabilidad que adquiere el exportador indicado en el DUA, ya que podría considerarse un fraude, Toda la información debe estar correcta tanto en la declaración como en la documentación que se nos requiere para realizar la exportación como son la factura comercial, documentos de transporte, packing list, y aquellos documentos
La exportación Directa y ultimación.
Las factura que realizamos a la exportación son exentas de IVA según el artículo 21 de la ley del IVA, para poder acogerse a ella debemos fehaciente TAU. Por ello es importante no solo contar con el DUA, sino que además esté ultimado. Se puede dar el caso que las mercancías no hayan sido incluidas en el realiza un requerimiento al exportador, ya que no tiene constancia de la salida fehaciente.
Para solucionar este problema se puede solicitar al transitario, que pida al consignatario incluyendo nuestra carga, que ellos han gestionado, para poder enviarlo una vez
Despacho Export:
Filtro Verde
Todo OK
Filtro Naranja
Falta documentación
Filtro Rojo
Inspección Física
Unidad Análisis de Riesgos
La normativa aduanera nos brinda de diferentes regímenes aduaneros, que son una herramienta para operativas distintas a la de importación y exportación que divide en cuatro grupos según la motivación:
Tránsito: para mover mercancías dentro del TAU evitando el pago de aranceles e IVA.
Depósito: para almacenar mercancías dentro del TAU evitando el pago de aranceles e IVA.
Destinos Especiales: para importar de manera
arancel proporcional a dicho plazo, o para ciertos productos que dependiendo el destino que se le va a dar gozan de reducción de aranceles
Perfeccionamiento: para transformación de aranceles a la importación.
Previamente al CAU, existía la posibilidad de abandonar las mercancías en la Aduana, pero actualmente se ha convertido este derecho en una cesión de las mercancías, es decir, la aduana solo las aceptará en el caso de que considere que puede subastarla para recuperar los costes los impuestos y derechos de importación. En caso contrario, nos invitará a destruir las mercancías, con el respectivo coste que deberemos asumir nosotros.
Es un régimen aduanero que se aplica a la circulación de mercancía (de la Unión y no TAU. Implica que los derechos de aduana, los II.EE., el IVA y las medidas de política comercial a las que están sujetas dichas mercancías quedarán en suspenso durante la circulación desde la aduana de partida hasta la aduana de destino.
Tránsitos
Existen 2 tipos de tránsitos dependiendo de si hablamos de mercancías con estatuto aduanero (que se ha
Tránsito EXTERNO (T1): que permite la circulación de mercancía no pertenecientes a la Unión de un punto a otro
Unión objeto de formalidades aduaneras de exportación a terceros países en el marco de la PAC (restituciones a
Tránsito INTERNO (T2): que permite la circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del TAU pasando
nuestra intención es la de almacenar mercancía no perteneciente a la Unión para posteriormente tomar una decisión. Implica que los derechos de aduana, los II.EE., el IVA y las medidas de política comercial a las que están sujetas dichas mercancías quedarán en suspenso hasta que se decida solicitar otro régimen.
A diferencia con el ADT, las mercancías tienen derecho a estar depositadas ilimitadamente, pero debemos ser conscientes de que están cubiertas por una garantía a favor de la aduana que supone un coste.
Existen 2 tipos de regímenes de depósito:
Depósito Aduanero, lugar reconocido por las autoridades aduaneras y sometido a su control, en el que pueden almacenarse mercancías en las condiciones establecidas. Estos pueden ser privados, para uso exclusivo del titucualquier persona puede depositar sus mercancías (estos suelen ser solicitados por operadores logísticos para
Zona Franca, son partes del territorio aduanero donde se considerará que las mercancías no comunitarias no se encuentran en el territorio aduanero de la Comunidad para la aplicación de los derechos de importación y de las medidas de política comercial.
La diferencia más relevante es que en las zonas francas no hay una garantía (muy útil para depositar mercancías y depende del ministerio de hacienda y actualmente solo existen 7 en todo España (Santander, Barcelona, Vigo,
Tercer País
Unión Europea Unión Europea / ESP
Es un recinto situado en el territorio nacional, habilitado y bajo el control de aduanas, donde se permite almacenar mercancías y donde se pueden someter las mercancía a una serie de operaciones autorizadas. Las mercancías se -
IMPORT/ EXPORT D.A
ADUANA ORIGEN EXPORTACIÓN A Consumo
*Se pueden efectuar manipulaciones de la mercancía antes de ser despachada a consumo o preparar la misma para su venta por pedidos y modelos según las ne-
Entre sus características principales encontramos:
En operaciones de importación, nos permite posponer el pago de IVA y de Aranceles al momento en que requerimos de las mercancías.
Pueden permanecer en el depósito sin límites de tiempo.
Las salidas del depósito no es necesario que sean iguales en cantidad que la entrada, pueden realizarse salidas parciales. Podríamos introducir un container completo de sacos de producto y posteriormente realizar salidas de sacos individuales cada tanto tiempo.
Existe la posibilidad de realizar manipulaciones* en el propio almacén
Solo se permite la entrada a mercancías no comunitarias
Enviar a otro Depósito Aduanero mediante un tránsito,
La entrada en un Depósito Aduanero se realiza mediante un declaración a la Aduana DVD (Declaración de Vinculación a Por lo tanto, podemos ir decidiendo que hacer con las mercancías almacenadas, enviado a diferentes destinos partes parciales hasta agotar la cantidad que entró en su momento declarada en el DVD a la aduana. Es así la manera que tiene la aduana de controlar lo que debería haber en el depósito, descontando a cada entrada, las salidas que se van declarando hasta llegar a cero. En caso de una inspección, deberá coincidir la contabilidad de la aduana, con la del sistema administrativo de la empresa titular del régimen y las mercancías físicas.
Importar a España con un DUA de importación a consumo pagando arancel e IVA
Importar a otro estado miembro con un DUA de importación a libre práctica pagando arancel
Las Zonas Francas son una parte cerrada del territorio aduanero de la Unión, separada del resto, en la que se puede al-
macenar toda clase de mercancías no pertenecientes a la Unión sin estar sujetas a:
Derechos importación
Otros gravámenes a la importación
Entre sus características principales encontramos:
No requiere autorización para su gestión,
La llevanza de los registros para el control aduanero es de entrada y de salida
No se requiere de una garantía.
Se puede construir inmuebles con la autorización de la aduana
Se puede tener actividad industrial, comercial o de servicios salvo las que estén prohibidas por la propia naturaleza de la mercancía o porque la persona no ofrezca garantías.
El tiempo de estancia en la zona franca es también ilimitado.
Podemos introducir mercancías de la unión, pero a la vuelta al territorio se deberá probar el estatuto aduanero o serán consideradas mercancías no pertenecientes a la unión.